Eutanasia en pacientes terminales sin capacidad de decisión (página 2)
Enviado por Fernando Luis Duran Acosta
4. MARCOS DE REFERENCIA
4.1 MARCO CONCEPTUAL
4.1.1 Definición De Eutanasia: El término eutanasia deriva del griego: "eu" -bien- y "thánatos" –muerte. Es todo acto u omisión cuya responsabilidad recae en personal médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de éste con el fin de evitarle sufrimientos insoportables o la prolongación artificial e inhumana de su vida. Actualmente, se distingue del término 'muerte digna', que consiste en el otorgamiento de medidas médicas paliativas (que disminuyen el sufrimiento o lo hacen tolerable), de apoyo emocional y espiritual a los enfermos terminales.
4.1.2 Clasificaciones De Eutanasia: Existe mucha confusión en cuanto a la forma de calificar la eutanasia actualmente. En el medio hispanohablante se han introducido conceptos provenientes de la evaluación ética de la eutanasia y se la califica de directa o indirecta en cuanto existe o no la intención de provocar primariamente la muerte en las acciones que se realizan sobre el enfermo terminal. En el contexto anglosajón la división en cuanto la eutanasia se lleva a cabo como una acción o como una omisión (dejar morir). Su traducción equivalente sería eutanasia activa y eutanasia pasiva respectivamente. Se ocupan en forma casi sinónima las calificaciones de positiva y negativa respectivamente.
Eutanasia directa: adelantar la hora de la muerte en caso de una enfermedad incurable, esta a su vez posee 2 formas:
- Activa: consiste en provocar una muerte indolora a petición del afectado cuando se es víctima de enfermedades incurables muy penosas o progresivas y gravemente invalidantes; el caso más frecuentemente mostrado es el cáncer. Se recurre, como se comprende, a substancias especiales mortíferas o a sobredosis de morfina
- Pasiva: se deja de tratar una complicación, por ejemplo una bronconeumonía, o de alimentar por vía parenteral u otra al enfermo, con lo cual se precipita el término de la vida; es una muerte por omisión. De acuerdo con pérez varela "la eutanasia pasiva puede revestir dos formas: la abstención terapéutica y la suspensión terapéutica. En el primer caso no se inicia el tratamiento y en el segundo se suspende el ya iniciado ya que se considera que más que prolongar el vivir, prolonga el morir" debe resaltarse que en este tipo de eutanasia no se abandona en ningún momento al enfermo.
Eutanasia indirecta : consiste en efectuar procedimientos terapéuticos que tienen como efecto secundario la muerte, por ejemplo la sobredosis de analgésicos, como es el caso de la morfina para calmar los dolores, cuyo efecto agregado, como se sabe, es la disminución de la conciencia y casi siempre una abreviación de la vida. Aquí la intención, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el sufrimiento, y lo otro es una consecuencia no deseada.
4.1.3 Otros Conceptos Relacionados Son: Suicidio asistido: significa proporcionar en forma intencional y con conocimiento a una persona los medios o procedimientos o ambos necesarios para suicidarse, incluidos el asesoramiento sobre dosis letales de medicamentos, la prescripción de dichos medicamentos letales o su suministro. Se plantea como deseo de extinción de muerte inminente, porque la vida ha perdido razón de ser o se ha hecho dolorosamente desesperanzada.
- Cacotanasia: es la eutanasia que se impone sin el consentimiento del afectado. La palabra apunta hacia una mala muerte (kakós: malo)
- Ortotanasia: consiste en dejar morir a tiempo sin emplear medios desproporcionados y extraordinarios. Se ha sustituido en la terminología práctica por muerte digna, para centrar el concepto en la condición ("dignidad") del enfermo terminal y no en la voluntad de morir.
- Distanasia: consiste en el "encarnizamiento o ensañamiento terapéutico", mediante el cual se procura posponer el momento de la muerte recurriendo a cualquier medio artificial, pese a que haya seguridad que no hay opción alguna de regreso a la vida, con el fin de prolongar su vida a toda costa, llegando a la muerte en condiciones inhumanas, aquí se buscan ventajas para los demás, ajenas al verdadero interés del paciente.
4.1.4 Historia: Hay pensadores que justifican el término activo de la vida, condenado durante la edad media. El filósofo inglés Francis Bacón, en 1623, es el primero en retomar, el antiguo nombre de eutanasia, y diferencia dos tipos: la "eutanasia exterior" como término directo de la vida y la "eutanasia interior" como preparación espiritual para la muerte. Con esto, Bacón se refiere, por una parte, a la tradición del "arte de morir" como parte del "arte de vivir", pero agrega a esta tradición algo que para la edad media era una posibilidad inimaginable: la muerte de un enfermo ayudado por el médico. Tomás moro, quien también justifica el suicidio, en utopía (1516), defiende la eutanasia activa, sin usar este nombre.
Tanto para moro como para Bacón es un requisito decisivo de la eutanasia activa el deseo del enfermo; contra la voluntad del enfermo o sin aclaración, la eutanasia no puede tener lugar: "quien se ha convencido de esto, quien termina su vida, ya sea voluntariamente a través de la abstención de recibir alimentos o es puesto a dormir y encuentra salvación sin darse cuenta de la muerte. Contra su voluntad no se debe matar a nadie, se le debe prestar cuidados igual que a cualquier otro" dice Tomás moro en utopía.
Sin embargo, en la práctica, el comportamiento general de los médicos no siguió las ideas de los filósofos: rechazaron la eutanasia externa; justificaron la eutanasia pasiva y preconizaron la eutanasia interior.
Desde fines del siglo XIX, diversos enfoques, que señalan una nueva orientación, comienzan a exteriorizarse entre los médicos y pacientes, entre las personas y la sociedad.
El darwinismo social y la eugenesia son temas que también comienzan a debatirse. En numerosos países europeos se fundan, a comienzos del siglo XX, sociedades para la eutanasia y, se promulgan informes para una legalización de la eutanasia activa. En las discusiones toman parte médicos, abogados, filósofos y teólogos.
La escasez económica en tiempos de la primera guerra mundial sustentan la matanza de lisiados y enfermos mentales. El término eutanasia ha sido muchas veces separado de su sentido real, por ejemplo, los nazis hablaban de eutanasia para referirse a la eliminación de los minusválidos y débiles (Aktion t-4). En los juicios de Nuremberg (1946 – 1947) se juzgó como ilegal e inmoral toda forma de eutanasia activa sin aclaración y consentimiento o en contra de la voluntad de los afectados.
En el presente, se sustentan diferentes opiniones sobre la eutanasia y son variadas las prácticas médicas y las legalidades en los distintos países del mundo. Muchas prácticas como los hospicios u hogares, la medicina paliativa y los grupos de autoayuda, trabajan por la humanización en el trato con los moribundos y quieren contribuir a superar la distancia ente la vida y las prácticas médicas.
Estos son hitos históricos producidos en el espacio público -poco investigadas y mucho menos conocidas- son las diferentes prácticas reales de las personas frente al acto de morir. Se sabe que hasta fines del siglo XIX en América del sur existía la persona del "despenador" o "despenadora" encargada de hacer morir a los moribundos desahuciados a petición de los parientes.
4.1.5 Argumentos en contra: Máquina confiscada en Australia (ver anexos), (enero de 2003) al abogado Philip Nitschke cuando pretendía transportarla a los estados unidos, el aparato causaba la muerte a través de fuertes dosis de monóxido de carbono y fue de uso legal en el territorio del norte entre 1995 y 1997.
Los argumentos en contra inciden en la inviolabilidad de la vida humana, la defensa de su dignidad independientemente de las condiciones de vida o la voluntad del individuo implicado, y las repercusiones sociales de desconfianza que podría conllevar la eutanasia.
La asociación médica mundial considera contrarios a la ética tanto el suicidio con ayuda médica como la eutanasia, por lo que deben ser condenados por la profesión médica. En cambio recomienda los cuidados paliativos.
La postura de las iglesias cristianas en tanto, a nivel mundial, es mayoritariamente contraria a la eutanasia y al suicidio asistido, es el caso de la iglesia católica romana y de las iglesias evangélicas y pentecostales. La postura del actual papa Benedicto XVI quedó explícitamente recogida en una carta a varios eclesiástico norteamericanos de 2004:
No todos los asuntos morales tienen el mismo peso moral que el aborto y la eutanasia. Por ejemplo, si un católico discrepara con el santo padre sobre la aplicación de la pena de muerte o en la decisión de hacer la guerra, éste no sería considerado por esta razón indigno de presentarse a recibir la sagrada comunión. Aunque la iglesia exhorta a las autoridades civiles a buscar la paz, y no la guerra, y a ejercer discreción y misericordia al castigar a criminales, aún sería lícito tomar las armas para repeler a un agresor o recurrir a la pena capital. Puede haber una legítima diversidad de opinión entre católicos respecto de ir a la guerra y aplicar la pena de muerte, pero no, sin embargo, respecto del aborto y la eutanasia.
Tercer punto de la carta de J. Ratzinger, al cardenal Theodore Mccarrick, arzobispo de Washington DC
Las iglesias luteranas y metodistas en cambio, como asimismo la mayoría de las afiliadas a la comunión anglicana se oponen en principio, pero dan espacio para la decisión individual caso a caso. Por otro lado, varias iglesias han optado por no pronunciarse a este respecto y enfatizar el valor de la conciencia individual en cuestiones éticas, es el caso de las iglesias católicas afiliadas a la Unión De Utrecht, y algunas iglesias presbiterianas, entre otras
4.1.6 Algunas Consideraciones en Torno al Derecho a la Vida y la Eutanasia: Es indudable, a mi manera de ver, que el primordial derecho que puede asistir hoy a todo ser humano es el de la vida, pero cuando se ve afectado por unas condiciones de salud lamentables, que llevan a quien las padece a verse en una situación en la cual se ve recluido en una unidad de cuidados intensivos, de la cual no se sabe si saldrá, donde su existencia está en la cuerda floja, donde puede existir una salida irreversible, donde la existencia dependerá en el futuro de medios extraordinarios, conectado a máquinas como el respirador artificial, cabe preguntarse si se está cuidando la vida o prolongando la agonía que nos puede llevar a la muerte.
Para poder hablar de derecho a la vida y la eutanasia, primero habría que definirse por lo menos las dos nociones : eutanasia y derecho a la vida, por la primera se encuentran definiciones como las que veremos a continuación:
Algunos autores ven que el concepto o la noción de eutanasia es demasiado ambigua, lo que puede llevarnos a entender cosas muy diferentes y hasta contrarias. Vamos a referirnos a ella:
Un uso normatizado: "muerte sin sufrimiento físico" o "la que se provoca voluntariamente" "Otro uso es el
fáctico "muerte sin dolor" o "muerte en estado de gracia", como significado etimológico. O el de "lucha contra el sufrimiento a cualquier precio". Supresión de la vida en un enfermo incurable, sea a petición propia o de su familia, el médico o el estado ; decisión de abstenerse de medios extraordinarios, considerados desproporcionados en la fase terminal y vistos como "encarnizamiento terapéutico"; en el mundo grecorromano, era "morir bueno" derecho a la propia muerte, con el significado de muerte apropiada , que otros llaman muerte digna.
Ante esta disparidad de significados, hay que ver la historia del vocablo, mirando los significados que a lo largo del tiempo ha tenido: en el mundo grecorromano es "morir bueno", morir bien, el que ha muerto bien. Pero estos tres términos han recibido diversos significados a lo largo de la historia, miremos primero el hecho de tener un "morir bueno" (sin dolor):
En el mundo grecorromano, ésto significa el morir bien, sin dolor, no tiene en cuenta la ayuda al morir. , cicerón le da significado a la palabra como "muerte digna, honesta y gloriosa".
En la historia Griega, Hipócrates (S. V A.C.) En su juramento afirma que no dará medicamento mortal por más que se lo soliciten. Platón, (427-337 a.c.) Dice lo contrario en la república: "se dejará morir a quienes no sean sanos de cuerpo".
En los romanos, la práctica es múltiple: muerte sin dolor por miedo a afrontar conscientemente el sufrimiento y la propia destrucción (tácito en sus anales)
Los Estoicos, (Séneca, Epícteto y Marco Aurelio) ven la eutanasia así: séneca : "es preferible quitarse la vida, a una vida sin sentido y con sufrimiento". Epícteto predica la muerte como una afirmación de la libre voluntad.
Para efectos prácticos tomaré como definición de eutanasia la siguiente: un derecho del paciente a decidir la forma y el momento de su muerte., esto dentro de una definición corta, pero que busca como único fin el librar a una persona de sus intensos sufrimientos, de una agonía inmisericorde que padece como resultado de una enfermedad grave e incurable (por ejemplo algunos tipos de cáncer o un sida).
Dicha enfermedad o estado debe haber sido diagnosticado suficientemente, de manera que su característica de irreversibilidad, sea tal, que se determine la muerte como algo inevitable. Dentro de la misma definición, el concepto de paciente, como el del ser humano que padece algo, puede ser un sufrimiento físico. Sin referirnos al sufrimiento moral o psicológico exclusivamente, aunque por esto, no se descarta que el sufrimiento físico le pueda provocar un sufrimiento como los enunciados anteriormente. De esto, pienso que la eutanasia si puede ser un derecho pero bajo ciertas condiciones, aunque como veremos a lo largo de esta trabajo, tiene sus puntos a favor y en contra, además de las implicaciones morales y legales que trataremos de vislumbrar en este ensayo.
Antes de entrar a profundizar en el tema que nos ocupa, miremos las posiciones de diferentes corrientes del pensamiento al respecto: para el Jusnaturalismo, la obligación por cuestión divina de respetar la vida en toda circunstancia, existe una prohibición estricta sustentada en leyes naturales de disponer por cuenta propia de la vida. Juan pablo II, en su encíclica "el evangelio de la vida" define la eutanasia como: "adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otro". Y se considera esto como una "cultura de la muerte" que se ve en las sociedades del bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va en contra de los ancianos y los más débiles, caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por la familia y la sociedad, según lo cual una vida inhábil no tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la eutanasia como una "acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor "situada en la intención y los métodos usados".
En términos de una teoría utilitarista de los derechos, la eutanasia se nos muestra como una opción más práctica en el caso de que se nos presente una existencia marcada por el dolor y sin posibilidades de felicidad. Desde esta perspectiva, la eutanasia es buena dados los dolores que se le quitan a quien los está sufriendo, se disminuyen los daños a la sociedad y se termina con una "carga" para la familia.
En la utopía de tomas moro, aparece el concepto médico y moral de la eutanasia : "…cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los magistrados y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle tratan de hacerle ver que está ya privado de los bienes y funciones vitales…y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí mismo o permitir que otros le liberen… Esto es, la muerte no le apartará de las dulzuras de vida sino del suplicio y se realiza una obra …piadosa y santa…este tipo de muerte se considera algo honorable" aquí se ve : una atención esmerada a los enfermos, una enfermedad intolerable, que legitima la muerte voluntaria y la eutanasia en utopía , tiene en cuenta los derechos de la persona : responsabilidad moral, libertad, los sacerdotes son intérpretes de la divinidad.
Hume, critica la posición eminentemente moralista del suicidio y de paso la eutanasia así: "nuestro horror a la muerte es tan grande que cuando ésta se presenta bajo cualquier otra forma distinta de la que un hombre se había esforzado en reconciliar con su imaginación, adquiere nuevos aspectos aterradores y resulta abrumadora para sus pocas fuerzas. Y cuando las amenazas de la superstición se añaden a esta natural timidez, no es extraño que consigan privar a los hombres de todo poder sobre sus vidas" y va en contra de un determinismo al decir que " si el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería el que un hombre actuara para conservar la vida, como el que decidiese destruirla."
Finalmente justifica la eutanasia en términos prácticos al decir que : " una vez que se admite que la edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir la vida en una carga y hacer de ella algo peor que la aniquilación. Creo que ningún hombre ha renunciado a la vida si esta mereciera conservarse." quien se retira de la vida no le produce daño a la sociedad , a lo sumo deja de producirle un bien.
En términos de Kant, a él no le importa la singularidad, el suicidio es malo, al contrario de Hume, por que viola deberes para conmigo mismo, el respeto por nosotros mismos. Frente a la eutanasia tiene en cuenta es la potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las posibilidades de desarrollo de sus capacidades. La vida no vale por sí misma, sino en función de un proyecto de vida ligado con una libertad y una autonomía, ésta se justifica si permite la base material para una vida digna.
Sin embargo, creo que se debe reconocer algo al ser humano, este derecho a que se le reconozca la posibilidad de disponer de su propia vida en situaciones especiales simplemente por la dignidad que éste puede tener, el reconocerle a un ser humano la posibilidad de definir que hacer con su vida es respetar la humanidad del otro (su humanidad), es el respeto de la libertad y de la vida propia, y esto nos ayuda a definir lo que es una vida digna, se puede argumentar desde este punto de vista, de la dignidad humana, la exigencia de instaurar la eutanasia (bajo ciertas condiciones) como una lucha por el reconocimiento del derecho a la muerte digna, entendiendo por muerte indigna aquella que prolonga inmisericordemente la vida por medios artificiales, en la que la vida se escapa lentamente y se da un apego puramente al cuerpo físico.
4.1.7 Mirando al paciente cerca de la muerte, se puede ver la dignidad del mismo desde ciertos puntos de vista:
1. El derecho a morir es más una exigencia ética que un derecho en toda la extensión de la palabra, y no se refiere al morir en sí, sino a la forma y razones de y para morir
2. Los derechos del paciente, son reconocidos por la ley colombiana a través de la resolución 13437 de noviembre 1 de 1991, y se pueden tomar como criterio moral de la ética del morir. Y el contenido que tiene esta resolución, supone una serie de exigencias que han de ser realizadas por parte de la sociedad : atención al moribundo para aliviar el dolor y prolongarle la vida; estar verídicamente informado sobre su enfermedad; conocer y recibir explicaciones sobre costos de su tratamiento; derecho a que su voluntad personal sea respetada, todo a través de un comité de etica hospitalaria.
El morir dignamente sería entonces el morir libre de dolor, con los analgésicos y tranquilizantes necesarios para el desasosiego y con el suministro de medicamentos que se requieran contra las incomodidades que se puedan presentar, eliminando en lo posible el sufrimiento de toda índole, siendo respetado y tratado como ser humano, cumpliendo con las condiciones planteadas en el punto anterior. Aunque no solamente reduciendo el dolor, lo que vale es una vida con cierta autonomía y libertad. El morir dignamente es que se respete la dignidad del moribundo, existen procesos de fallecimiento en que medidas de encarnización médica entran en conflicto con la dignidad de la persona, no se debe, entonces, anteponer el tratamiento médico a la dignidad de la persona, hay casos en que el paciente anhela de alguna manera la muerte, pero por causa de la intromisión médica, escudada en un deber moral, el paciente debe soportar una degradación tan grande que no la iguala lo terrible que podría ser el camino hacia la muerte, destruyéndose la dignidad de la persona, por lo cual éstas medidas ya no conservan un ser humano, sino lo que hemos llamado mejor: una piltrafa humana. Lo que debe preservar el médico es al ser humano integral y no solamente una mera existencia vegetativa.
Tomando el esbozo histórico anterior y mis opiniones personales al margen del mismo, vemos que para los jusnaturalistas es urgente decir (y lo hacen de forma clara) no a la eutanasia, desde el "no matarás" de los mandamientos o tablas de la ley de dios, pero esto es solamente cierto para el momento histórico que se vivía en aquella época, ya que si no fuese así, probablemente estaríamos exterminados, y pasar estos mismos preceptos a ésta época, de manera ahistórica, donde los horizontes de vida eran mínimos, es de cierta forma ilusorio. En nuestra época actual, con intereses diferentes, con ritmos de vida distintos, con horizontes de vida mucho mayores, con una sociedad más evolucionada, con mayores avances tecnológicos ya podría pensarse en ir reconociendo la eutanasia.
Si lo miramos en términos hegelianos, determinar como derecho la eutanasia se podría hacer a través del uso de la autoconciencia que va constituyendo lo humano del hombre dentro del entorno natural, lo que conlleva a que la determinación sobre la muerte sea una cuestión de reconocimiento propio y de autoconciencia ; además, solo mediante la satisfacción de necesidades como la libertad y la dignidad, que van más allá de las que pueden definirse como básicas, obtiene el reconocimiento de otros individuos con los cuales interactúa socialmente.
Sin embargo, la contradicción se da cuando ese ser humano busca reconocimiento y lo tiene es en vida, si se aplicase la eutanasia, perdería ese reconocimiento.
Algunos aspectos a tener en cuenta para su posible aprobación
Antes que puntos claros , o conclusiones, respecto al tema, lo que tengo es una innumerable lista de aspectos sin resolver que, creo, deben tenerse en cuenta, aunque de por sí, de acuerdo con la definición dada más atrás, se podría aprobar o reglamentar este derecho. Aunque de por sí, en un país como el nuestro, podría ser causa más de perjuicios que de beneficios, dado que no están dadas las condiciones de conciencia, de legislación, y de cubrimiento necesarias para que se pueda tener de alguna manera en cuenta en éste país.
4.1.8 Si Se Aprobara La Eutanasia Por Parte De Un Estado, Se Deberían Tener En Cuenta Aspectos Como Los Siguientes: Los argumentos que podrían estar a favor de ello pueden ser: el promedio de esperanza de vida ha aumentado enormemente en los países más prósperos. (y aún en países menos prósperos, como el nuestro) ello nos beneficia mientras gozamos de un buen estado de salud. Pero los avances médicos, que han supuesto una gran mejora para la salud, pueden servir también para alargar el proceso de la muerte. En teoría, se necesita nuestro consentimiento para que se nos administre un tratamiento, pero la mayoría de la gente acepta automáticamente lo que el médico le suministra. Hay quien pasa meses, incluso años, con una calidad de vida tan pobre que llega a desear vehementemente morir. Lo que la mayoría de la gente desea en todos aquellos lugares en que se han realizado encuestas, la mayoría de la gente piensa que se debería permitir que los médicos pudiesen ayudar a morir a un paciente incurable si el paciente lo solicita ( en colombia, la ley 23 de 1981 dcto. 3380/81 dicta algunas normas en materia de ética médica relacionadas con este aspecto) . En la mayoría de los países en los que un médico lleva a cabo esta ayuda puede acusársele de homicidio, en colombia, se llama homicidio por piedad y tiene cárcel de 6 meses a tres años. (ley 2241 art. 3261. Cdgo. Penal colombiano)
Se debería tener en cuenta el derecho a la intimidad, como lo consagra el artículo 15 de la constitución de 1991. Y a la hora de legislar sobre la eutanasia, habría de considerarse este derecho relacionado.
Tener en cuenta, el derecho a la libre disposición del cuerpo, como lo reconoce el derecho consuetudinario y reconocerle, así mismo, la posibilidad de la autonomía sobre su vida al ser humano.
Deben tenerse en cuenta o aplicarse los mismos principios a un paciente mentalmente capacitado que a otro afectado de muerte cerebral, en estado vegetativo persistente, o en estado grave e irreversible de demencia? Esto por que podría caerse a través de esto en una "eutanasia social" donde los desechables pueden ser eliminados muy suavemente, sin condenas morales y desconociéndoles de alguna manera sus más elementales derechos.
Algunos puntos a favor y en contra de la eutanasia: Se encuentran, a través de toda la argumentación presentada ciertos puntos a favor y en contra de la eutanasia, se pueden mencionar entre los puntos en contra de la eutanasia los siguientes:
- La vida como un derecho inalienable, al optar por la eutanasia, estoy entregando mi libertad y al mismo tiempo acabando con ella, cuestión aún sin resolver.
- Los límites de la eutanasia : bajo qué circunstancias se debe aplicar ? Cómo legislarla ? Aunque aquí se plantean ciertos límites, aún no es claro cómo aprobarla, bajo qué límites.
- Existe una dificultad de toma de posición en el caso de los enfermos mentales.
Las expectativas: cómo sé si aquella persona que hizo su testamento en vida autorizando ésta práctica no se arrepintió en el último momento?
"mientras hay vida hay esperanza" dice un adagio popular, sin embargo, hay que analizar y desentrañar aún más el verdadero significado de esta frase, alguien podría decir, y si al otro día se encuentra la cura contra ésta enfermedad?
Podrían aumentar el número de eliminaciones a débiles y personas subnormales, así mismo, aumentarían las presiones sobre el ejecutante (medico?) Del acto por parte de la familia.
Los mismos ejecutantes podrían ser tomados como verdugos, lo que puede implicar en una sociedad como la nuestra, una pérdida de confianza en la persona tratante de mi enfermedad
¿Es justo morir de un modo tan doloroso?
Como vemos, el mar de preguntas que nos arrastra aún es grande, sin embargo, ya existe una cierta conciencia en nuestro tiempo para que ella sea aceptada de alguna manera, los valores se han ido transformando poco a poco y ya se está llegando, a que algún día, no muy lejano, se apruebe el derecho a una muerte justa, en los términos aquí planteados. Los individuos están tomando más en serio su papel dentro de este momento histórico y se comienzan a preguntar sobre aspectos trascendentales en la existencia del ser. Sin embargo, los riesgos de que éste individuo sea absorbido y manipulado por el sistema capitalista están latentes, ya que éste puede manipularlo para volverlo desechable y hasta productivo en un momento dado.
Aún existen muchos aspectos indeterminados en torno a la eutanasia, cabe mencionar algunos como la dignidad humana y la autonomía, el no tomar al ser humano desde un punto de vista eminentemente biológico, la calidad de la vida y la libertad de elección y no hay que olvidar la ambigüedad a la que se puede llegar con su eventual legalización.
Sin embargo, la discusión sigue abierta…
4.2 MARCO LEGAL
TESTAMENTO VITAL
(Manifestación de voluntad sobre el final de mi propia vida)
Yo………………………………………………………………., con d.n.i.no…………………………….., mayor de edad, con domicilio en ………………………………………………………………………………………………………………………, en plenitud de mis facultades mentales, libremente y tras prolongada reflexión, declaro:
Que, si llego a encontrarme en una situación en la que no pueda tomar decisiones sobre mi cuidado médico, a consecuencia de mi deterioro físico y/o mental, por encontrarme en uno de los estados clínicos enumerados en el punto 4 de este documento, y si dos médicos independientes coinciden en que mi estado es irreversible, mi voluntad inequívoca es la siguiente:
1. Que no se prolongue mi vida por medios artificiales, tales como técnicas de soporte vital, fluidos intravenosos, fármacos o alimentación artificial.
2. Que se me suministren los fármacos necesarios para paliar al máximo mi malestar, sufrimiento psíquico y dolor físico causados por la enfermedad o por falta de fluidos o alimentación, aún en el caso de que puedan acortar mi vida.
3. Que, si me hallo en un estado particularmente deteriorado, se me administren los fármacos necesarios para acabar definitivamente, y de forma rápida e indolora, con los padecimientos expresados en el punto 2 de este documento.
4. Los estados clínicos a las que hago mención más arriba son: daño cerebral severo e irreversible. Tumor maligno diseminado en fase avanzada. Enfermedad degenerativa del sistema nervioso y/o del sistema muscular en fase avanzada, con importante limitación de mi movilidad y falta de respuesta positiva al tratamiento específico si lo hubiere. Demencias preseniles, seniles o similares. Enfermedades o situaciones de gravedad comparable a las anteriores.
Otras: (especificar si se desea) ……………………………………………………………………………………
5. Designo como mi representante para que vigile el cumplimiento de las instrucciones sobre el final de mi vida expresadas en este documento, y tome las decisiones necesarias para tal fin, a:
Nombre del representante …………………………………………………………………. D.n.i………………………..
6. Manifiesto, asimismo, que libero a los médicos que me atiendan de toda responsabilidad civil y penal que pueda derivarse por llevar a cabo los términos de esta declaración.
7. Me reservo el derecho de revocar esta declaración en cualquier momento, en forma oral o escrita.
Fecha…………………… Lugar……………………. Firma………………………………
Testigos:
1. Nombre…………………………………………. Dni………….. Firma……………………………
2. Nombre…………………………………………. Dni………….. Firma…………………………….
Representante:
Firma………………………………………………………. Fecha……………………………
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• Situación legal del testamento vital. Los documentos tipo testamento vital no tienen un apoyo legal específico en España. Pero, como toda declaración personal de voluntad, sí que tienen una validez. De hecho se ha demostrado, en la práctica, que facilitan las decisiones de quienes le rodean en las situaciones de enfermedad que en él se expresan e inciden en las actuaciones médicas. Si se tuviera que ir ante un tribunal para defender lo que vd. Expresa en su testamento vital, éste sería una prueba de inmenso valor.
• Firma. El testamento vital conviene firmarlo ante un notario para que éste atestigüe su firma. De no ser así, firme ante dos testigos que no sean familiares o personas ligadas a vd. Por intereses económicos.
• Representante. En el testamento vital de la dmd se incluye la posibilidad de que vd. Nombre un representante para cuando vd. No pueda expresarse por sí mismo. Conviene que la persona elegida como representante sea alguien que comprenda lo mejor posible sus deseos y los valores y motivos personales en que sustentan sus decisiones sobre el final de su vida. Además, ha de ser una persona que se declare dispuesta a luchar por que se cumplan las instrucciones que vd. Deja en su testamento vital, caso de incumplimiento por parte de médicos o familiares.
• Puntos 1, 2 y 3 del testamento vital. Contemplan distintas opciones para paliar su sufrimiento y evitar un alargamiento indeseado de su vida cuando vd. Considera que la calidad de ésta le resulta indeseable por la degradación a la que le ha conducido la enfermedad. Si vd. No está de acuerdo con lo que se solicita en alguno de estos puntos, táchelo.
• Enfermedades enumeradas. Puede vd., asimismo, tachar las enfermedades enumeradas en el punto 4 que no desea que figuren en su testamento vital.
• Difusion. Es conveniente, para su propia seguridad de que se cumplirá su voluntad, que reparta vd. Entre personas de su confianza (incluido su médico de cabecera, si lo ve posible) copias de su testamento vital. Es importante que deje vd. Indicaciones sobre dónde localizarlo, por si sufriera un accidente o enfermedad súbitos que le impidieran expresarse. Puede vd. También enviar una copia de su testamento vital al registro de testamento vitales que la asociación tiene abierto para sus socios. En este caso, su representante podría contactar con la asociación para recabar asesoría sobre cómo utilizar el testamento vital que vd. Ha dejado preparado. Es uno de los servicios que, como socio, le ofrece la asociación dmd.
• Anulacion. Vd. Puede anular su testamento vital en cualquier momento. Puede vd. Simplemente romperlo (¡no se olvide de las copias que haya entregado!) O declarar su cambio de opinión por escrito, u oralmente ante testigos, tal como se indica en el propio documento.
"PROTOCOLO DE GRONINGEN"
¿quién decide el valor de la vida de un bebé minusválido?
Desde que se legalizó la eutanasia en holanda en 2000, se ha ido aplicando también a pacientes que no pueden decidir por sí mismos. El nuevo paso ha sido extenderla a recién nacidos que sufren por enfermedades graves. El llamado "protocolo de groningen", propuesto por pediatras de este hospital universitario, quiere establecer las bases legales para estos casos. La asociación holandesa de pediatría se ha pronunciado a favor de utilizar el protocolo.
Cuando surgió la noticia, la mayor parte de los medios de comunicación extranjeros reaccionaron con indignación ante esta práctica médica en holanda. Eduard verhagen y pieter sauer, pediatras en la clínica infantil beatrix de groningen, principales autores del protocolo, achacan todas estas críticas a "incomprensión" y falta de información. Para aclarar la situación publicaron un artículo en la revista médica "new england journal of medicine" (marzo 2005), donde defienden que el protocolo es una guía que indica al médico cómo actuar en los casos en los que el recién nacido con una enfermedad grave experimenta un sufrimiento insoportable que no puede aliviarse con los cuidados médicos.
Garantía para los médicos
En realidad, el protocolo, elaborado conjuntamente con la fiscalía, regula el procedimiento a seguir para aplicar la eutanasia a recién nacidos dentro de los márgenes legales que la consideran aceptable. Una especie de garantía que asegura a los médicos que no se les perseguirá jurídicamente si se atienen a él. Una comisión especial compuesta por un médico, un jurista y un filósofo especializado en ética y medicina, juzga el caso a posteriori.
En este sentido, su objetivo es el de servir para controlar jurídicamente una práctica que se lleva a cabo desde hace años de un modo silencioso y sin control en los hospitales holandeses.
Los autores estudiaron 22 casos de eutanasia a bebés, realizados en la sección de pediatría de la clínica beatrix en los últimos siete años, sin que hubiera repercusiones judiciales. En todos los casos se trataba de pacientes nacidos con espina bífida, como consecuencia de la cual no funcionaban varios órganos, entre ellos los riñones y el intestino, por lo que los bebés sufrían dolores insoportables y ahogos. Después de la decisión de interrumpir el tratamiento médico porque los bebés no daban ninguna esperanza, estos no fallecían inmediatamente. En todos los casos, los padres pidieron la eutanasia porque no soportaban ver el sufrimiento de sus hijos. Sin embargo, existe la certeza de que el número de recién nacidos a los que se les ha aplicado la eutanasia es mayor, ya que no se registran muchos casos porque tanto los médicos como los padres prefieren evitar que se investiguen.
Los autores del protocolo quieren que se aplique a escala nacional. Sin embargo, el resto de los hospitales del país aún no se ha pronunciado sobre el protocolo y por ahora se encuentra en la fase de estudio por el "centro ético" de cada hospital.
La asociación holandesa de pediatría se ha pronunciado a favor de utilizar el protocolo y ha aconsejado reelaborarlo para incluir con más detalle las medidas jurídicas a seguir. Con el objetivo de apoyar a los médicos y a los padres que se encuentran en la difícil situación de decidir sobre la aplicación de la eutanasia a recién nacidos con graves anomalías, esta asociación ha creado la fundación dilemma. Principal cometido de esta fundación formada por expertos en distintas disciplinas –pediatras, ginecólogos, médicos de familia, enfermeros, éticos y juristas– es aconsejar sobre si se cumplen las requisitos médicos y jurídicos que justifican la aplicación de la eutanasia y, en el caso que no sea así, proporcionar medidas alternativas.
Por su parte, el ministro de justicia ha anunciado la creación de una "comisión de ética y derecho" que se encargará de estudiar los casos de eutanasia declarados.
Para medir la calidad de vida: El protocolo reconoce que la calidad de vida que se considera aceptable para justificar la eutanasia es un criterio subjetivo que depende de las distintas opiniones de padres y médicos. Para no caer en apreciaciones personales, se han recogido los criterios adoptados por el "grupo profesional médico" para la valoración de situaciones críticas en el informe "doen of laten" ("hacer o dejar de hacer") de la asociación holandesa de pediatría. Estos criterios son los siguientes: el grado de dependencia de los cuidados médicos que tendrá el paciente en el futuro, la posibilidad de llevar una vida más o menos autónoma, la capacidad de comunicación, el nivel de sufrimiento y la esperanza media de vida.
En principio, son los padres del recién nacido los que están legalmente autorizados para tomar la decisión que crean más conveniente. Pero en la práctica las decisiones de acabar con la vida del bebé se llegan a realizar sin consentimiento de los padres y muchas veces en contra de su opinión. En la unidad de neonatología del hospital académico de la universidad libre de amsterdam, por ejemplo, es práctica normal administrar una cantidad letal de sedantes a bebés a los que se ha decidido interrumpir el tratamiento intensivo cuando los padres manifiestan su intención de mantener la vida del bebé en el caso de que éste siga respirando por cuenta propia. "es una decisión difícil, pero no podemos dejar vivir a un niño en unas condiciones inhumanas, aunque los padres lo deseen. En una situación así, sólo el médico puede determinar objetivamente sobre lo que es lo mejor para el paciente", afirma el catedrático jefe del departamento de neonatología de dicho hospital.
El protocolo no es una iniciativa aislada, sino que se puede considerar como el producto final de una serie de casos en la historia de la neonatología en holanda. Ya en 1993 la justicia holandesa absolvió a los doctores kadijk y prins, que provocaron la muerte de niños de pocos días con malformaciones congénitas a petición de sus padres, por "actuar responsablemente y de acuerdo con la ética médica vigente". No es de extrañar por lo tanto que se califique al protocolo como el punto final de una pendiente resbaladiza. Sin embargo, los expertos médicos holandeses prefieren hablar de "una consecuencia racional lógica, signo de evolución de la práctica médica en su lucha por defender el derecho del paciente a una calidad de vida mínima".
5. LIMITACIONES
5.1 LIMITACIÓN ESPACIAL
- La limitación espacial de este proyecto se centra en todo el espacio territorial de Colombia.
5.2 LIMITACIÓN TEMPORAL
- La limitación temporal de este proyecto esta dada en dos meses y para que se ejecute esta en manos de los estudios que se realicen en la Rama Legislativa.
6. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ACTIVIDAD | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | ||||||
I | II | III | IV | I | II | III | IV | |
Investigación exhaustiva de la eutanasia | ||||||||
Marco teórico de la eutanasia | ||||||||
Búsqueda de solución. | ||||||||
Realización del proyecto su culminación |
7. PRESUPUESTO
DESCRIPCIÓN | VALOR |
Investigación | 350.000 |
Realización del proyecto | 105.000 |
Trascripción e impresión | 90.000 |
Valores agregados de consumo | 75.000 |
TOTAL | 620.000 |
8. CONCLUSIONES
La eutanasia descansa sobre un principio ético básico para la democracia: el derecho a la privacidad. Este tiene su raíz en la idea de libertad personal. Adquiere mayor significado en las sociedades abiertas, pluralistas y democráticas, donde coexisten posturas, creencias religiosas y sistemas de valores contrapuestos, y donde tenemos la obligación de ser tolerantes con las diferentes convicciones éticas.
Nosotros como familiares tenemos el deber de reducir el sufrimiento innecesario, aplicándolo a los individuos independientemente del derecho a la libre elección, o sea, con aquellas personas que debido a su enfermedad Terminal no poseen la facultad de decidir que quieren para si mismos, si terminar con el sufrimiento que los agobia o si continuar hasta llegar a lo inevitable.
Sin embargo, el derecho a la privacidad implica que una persona debería tener potestad sobre su cuerpo, su nutrición y salud, y, en lo posible, que se le debería consultar sobre el tratamiento de sus propias enfermedades. Ello supone un principio de autodeterminación con respecto a los problemas que surjan en el contexto del tratamiento médico. Este principio se aplica a la eutanasia. Aquellos individuos que están agonizando, gravemente enfermos, deberían tener el derecho de negarse al tratamiento y pedir ayuda para aliviar el sufrimiento y adelantar la muerte, y dado el caso que este no pueda realizar esta decisión, lo haga el pariente más cercano.
ANEXOS
Máquina confiscada en Australia
(Inyecta Hidróxido de Carbono en grandes cantidades, directamente a las venas, lo que produce una muerte segura)
Estado Vegetativo
Estado De Coma
Derecho a la Eutanasia y no al Sufrimiento
Autor:
Fernando Luis Duran Acosta
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA LATINOAMERICANA
PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
BARRANQUILLA
2007
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