- Introducción
- Economía comunal
- Principios de la economía comunal
- Economía comunal y sus formas
- Pasos para constituir un Comité de economía comunal
Introducción
Hablar de Economía Comunal, es hablar de un modelo de economía organizada desde las bases populares en procura de diseñar el flujo de la producción de bienes y servicios desde el origen hasta el beneficiario final tomando en cuenta la experiencia y las vivencias típicas de cada comunidad.
La Economía Comunal debe evitar la fuga del dinero que genera u obtiene la comunidad por el ejercicio laboral formal o informal que incrementa las riquezas de los grandes centros de consumo y productores capitalistas de la localidad, Región, Estado y País acrecentado la explotación del hombre por el hombre. Este tipo de economía debe estar orientado en función de unas bases humanistas y socialistas donde los mas importante es el Hombre, su familia y su trabajo creador.
La Economía Capitalista ha creado modelos Económicos (Liberal y Neoliberal) orientados a la multiplicación de capitales invertidos en la producción de bienes y servicios basadas en relaciones productivas donde el hombre es visto como objeto de la producción al que se le extrae el máximo nivel de vida útil despojándolo del valor agradado a la producción de dichos bienes y servicios generando mayores niveles de exclusión e incrementando el nivel de excluidos de la sociedad. El Capitalismo en procura de preservar el imperialismo, ha diseñado sendas estrategias de mercado destinadas a condicionar la conducta del consumidor final para promover el desarrollo del consumismo compulsivo, crear escasez y así obtener grandes ingresos para aumentar la propiedad privada.
La Economía Comunal, debe educar al nuevo ciudadano que deseamos para contrarrestar los efectos negativos generados por una economía de mercado consumista. Para ello se necesita que el Estado, aporte las técnicas pedagógicas necesarias para tal fin.
Economía: La economía (del griego OIKOS que significa casa) y (NOMOS que significa ley o regla), es la dirección o administración de la casa en términos sencillos.
Comunal: palabra que deriva de comuna cuya composición etimológica (común= el todo y una= la unidad) significa como una sola, es decir todos en una sola.
Luego la Economía Comunal, no es una ciencia abstracta como la economía capitalista cuyos exponentes la presentan como un mundo inaccesible al conocimiento. La economía es una ciencia social orientada a resolver el problema económico (¿Qué producir? y ¿Para quién Producir?) El fin que se busca; mejorar la calidad de vida del ser humano.
La Economía Comunal está basada en el Modelo de Desarrollo Endógeno, es humanista y socialista sustentada en la sabiduría popular y las experiencias típicas de cada comunidad, soportada con algunos elementos de carácter científico que rompen paradigmas de la teoría económica Liberal y Neoliberal entre otras.
La Economía Comunal, organiza a las comunidades por áreas de trabajo para crear el Sistema Productivo Comunal que englobe los tres sectores de la economía de una comunidad, pero también abarca lo ideológico fortaleciendo el pensamiento solidario, cooperativista hasta llegar a valores morales y éticos orientados al progreso comunal.
Algunas definiciones en la Economía Comunal.
Comuna: Sistema Natural de Vida que se constituyó en las primeras comunidades primitivas a partir de la individualidad en la que el hombre y la mujer vivían y poblaban la tierra cuando eran nómadas.
Comunal: Acción que generan los hombres y mujeres que habitan dentro de una comuna en función de objetivos colectivos o comunales.
Comunalista: Expositor y defensor de las ideas comunales generadas en LA COMUNA por sus hombres y mujeres.
Comunero: Hombre o mujer que habitan en una comuna y el que promueve todos los cambios y acciones que se dan dentro de una comuna.
Principios de la economía comunal
1. Sistema Popular de Producción Organizada: Las comunidades organizan su sistema de producción, transformación, almacenamiento, transporte e intercambio comunal en función de sus necesidades, experiencias y características típicas.
2. Economía de Compromisos: Debe existir entre la comunidad productora y la comunidad beneficiaria un compromiso de adquisición de los productos, precios solidarios y la mejor calidad. Debe existir el compromiso del bienestar comunal y debe existir el compromiso de protección del ambiente.
3. Economía de justicia Social. Es una economía que reconoce ambos género: Hombre y mujer en sus distintas áreas de la producción y les reconoce sus derechos. No es excluyente, ya que consagra la importancia del ser humano, su trabajo y a su familia y no ve al hombre y a la mujer como objetos de la producción.
4. Economía de Equivalencia: Equivalencia significa valores iguales. Una economía de equivalencias es una economía en la cual los intercambios y las gratificaciones de los sujetos económicos se hacen sobre valores iguales, es decir, sobre esfuerzos laborales, cantidades de trabajo aportados a la generación de la riqueza social. Y en esto radica la justicia. (Heinz Dietrich).
La Economía Comunal genera a su vez otros tipos de economías tales como:
–Economía del Tiempo: El tiempo debe ser distribuido con diligencia racional y provechosa para cada cosa de las necesidades de la vida en el desempeño de sus funciones: tiempo para el trabajo, tiempo para el estudio y las artes y tiempo para el esparcimiento y descanso.
–Economía Artística. Poner cada cosa en su puesto y preparar un puesto para cada cosa, es lo que constituye el todo de ésta economía. Es de toda necesidad para el orden y concierto de la casa, de la comunidad, de la ciudad, de la región y de todo el mundo. Esta economía está sujeta a las aptitudes del ser humano.
–Economía Animal: Requiere conocimientos científicos y sin ellos no se puede cumplir con la Economía Animal que consiste en conocer el organismo de todo ser y seres con quienes se conviven y otras funciones fisiológicas de sus organismos.
–Economía Moral: Consiste en disponer todo lo concerniente para una obra antes de ejecutarla y pesar todo bien en la mente del autor, para que la idea se convierta en realidad con un bien mayor y menos costos de fuerzas.
–Economía Científica: Lleva a la aplicación de un método matemático para obtener los resultados posibles favoreciendo la exactitud de los componentes y preparativos mentales y científicos, antes de exponer, ni hacer gasto ninguno de intereses ni fuerzas.
-Economía Doméstica: consiste en someterse a una pauta o regla calculada, pero no rutinaria y si ascendente, para conseguir siempre un mejor género de vida, sin salirse de su posición; es decir, de los medios con que se cuenta para la vida. Esta economía pertenece a la mujer.
–Economía Orgánica: representa el aprovechamiento armónico de todos los organismos y cosas de la tierra para un bien social común. La Economía Orgánica, es de la comuna sin parcelas que se debe implantar en todo el mundo.
–Economía Rural y Agrícola: Se basa en el aprovechamiento de la economía orgánica y científica en todas sus ramas, para sacar por su eficacia y unidad mejores rendimientos cada vez. La agricultura, es la primera y mayor atención y solo por ella habrá grandeza.
–Economía Pública: Consiste en la buena administración de una ciudad y una nación. Es la órbita donde gira la economía doméstica, porque los encargados (municipios y Gobiernos) son los que deben señalar las ventajas e inconvenientes de hacer esto y aquello, facilitando los medios económicos a la producción; regular el consumo y sus costos, para que puedan las comunidades y la nación cubrir sus necesidades sin miserias.
–Economía Industrial: Consiste en la organización de todos los elementos que concurren a la producción de bienes y servicios gastando menos y produciendo más. Es donde tiene toda su aplicación la Economía Científica y la Economía Moral. En esta economía donde concurren la química, la física y las matemáticas.
–Economía Política o Geográfica: Consiste en el conocimiento de las riquezas o producciones de las regiones para su intercambio y el por qué y causas del aumento y disminución de la producción
–Economía Social: Encierra todos los intereses morales materiales de las sociedades y los derechos y obligaciones los individuos, para su estudio, ascender cada día en la armonía y la belleza, física y moralmente sin exclusión de ningún tipo.
–Economía Espiritual: Consiste en la unidad del pensamiento para el esfuerzo Psíquico necesario para alcanzar el progreso comunal de los hombres y mujeres de una comunidad en su acción creadora y productiva.
Asamblea De Ciudadanos Y Ciudadanas
Es la instancia primaria para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el Consejo Comunal (Art. 4, num. 5 L.C.C).
Comité de Trabajo del Consejo Comunal.
Es un colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades y desarrollar las potencialidades de cada comunidad.
El comité de trabajo articulará y promoverá la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad. (Art. 6, num. 6 L.C.C)
Área de Trabajo.
Se constituyen en relación con las particularidades de los problemas más relevantes de la comunidad. El número y contenido de áreas de trabajo dependerá de la realidad de cada comunidad, pudiendo ser de: Economía Popular y Desarrollo Endógeno (ahora Comunal); Desarrollo Social Integral, Vivienda, hábitat e infraestructura; y cualquier otra que defina la Comunidad. Las áreas de trabajo agruparan a varios comités de trabajo. (Art. 4, num. 7 L.C.C)
Organizaciones Comunitarias.
Son aquellas que existen o pueden existir en la comunidad y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y ciudadanas en base a objetivos e intereses Comunes tales como: comité de tierras, comité de salud, mesas técnicas de aguas, grupos Culturales, clubes deportivos, puntos de encuentros y organizaciones de trabajadores y trabajadoras, organizaciones juveniles o estudiantiles, asociaciones civiles, cooperativas, entre otras. (Art.4, num. 8 L.C.C).
Vocero O Vocera.
Es la persona electa en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, para cada comité de trabajo, de reconocida solvencia moral, trabajo comunitario, con capacidad de trabajo colectivo, espíritu unitario y compromiso con los interésese la comunidad a fin de coordinar, todo lo relacionado con el consejo comunal, la Instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante las ante las instancias correspondientes. (Art. 4, num. 9 L.C.C).
Comité de Economía Comunal
Un Comité de Economía Comunal es una instancia que forma parte de la estructura organizativa y a su vez un ejecutor de las estrategias socio-económicas emanadas de los consejos comunales para la articulación de las diversas actividades productivas que genera un grupo de personas naturales o jurídicas y que habitan en una región determinada de dicho "Consejo Comunal"
Pasos para constituir un Comité de economía comunal
Elección o nombramiento de un vocero o vocera.
Realizar un censo para determinar los tipos de actividades económicas que implican personas jurídicas y personas naturales que desarrollan actividades productivas correspondientes a los tres (3) sectores de economía.
Organizar por actividad economía y en subcomité de trabajos a todos los actores de la economía comunal, Ejemplo: Subcomité de latoneros y pintores, subcomité de carpinteros y herreros, subcomité de panaderos, subcomité albañiles, plomeros y electricistas, subcomités de profesionales y técnicos universitarios entre otros.
Crear una base de datos de todos los actores de la economía comunal con síntesis curriculares que permita determinar los conocimientos y habilidades.
Nombrar un delegado o vocero de cada subcomité de trabajo que integraran las coordinaciones de trabajo que requiera cada comité de economía comunal.
Diseñar la estructura organizativa del C.E.C, en la que se recomienda aperturar las siguientes coordinaciones: Coordinación de Distribución e Intercambio Social, la Coordinación de Producción Social, la Coordinación de Productores Independientes y la Coordinación de Calidad.
– Elaborar el Acta Constitutiva del Comité Economía Comunal bajo la figura de una fundación sin fines de lucro siguiendo los pasos legales que se requieren para el caso.
– Elaborar el reglamento interno respectivo de acuerdo al acta constitutiva que establezca los procedimientos legales, funcionales, operativos y administrativos del Comité de Economía Comunal.
– Diseñar y redactar los procedimientos administrativos del Comité de Economía Comunal en relación a las normas establecidas en el Reglamento interno.
– Diseñar los formatos necesarios que ilustren los procedimientos administrativos y funcionales de cada C.E.C.
Bases Filosóficas:
Misión: Atender a las necesidades, identificar y desarrollar las potencialidades de la comunidad de forma articulada y organizada que coadyuven al Estado en el proceso de la toma de dediciones para la resolución de problemas de tipo económico y social locales, regionales, estadales y nacionales.
Visión: Ser en el tiempo el brazo articulador de las diferentes áreas socios productivos, que se constituyan dentro de una comunidad o comunidades a fin de orientar la economía Local hacia una red socialista de producción de bienes y servicios que coadyuvé al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad local y adyacentes.
Objetivos: Promover el impulso del Modelo de Desarrollo Endógeno de la Comunidad Local.
Promover la organización de la comunidad productiva local, en grupos de áreas de trabajo para la producción de bienes y/o servicios tales como: Artesanos, mecánicos, latoneros y pintores, carpinteros, pequeños y medianos empresarios, profesionales y cooperativas entre otros.
Establecer los mecanismos y los procedimientos que impulsen la actividad productiva local bajos los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.
Promover la formulación de proyectos socio-productivos que coadyuven a la consolidación de la comunidad en general bajo los principios socialistas donde interese el hombre, su familia y su trabajo colectivo.
Promover el intercambio socio-productivo comunal dentro de la localidad y fuera de la localidad
Bases Legales.
1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículos: 112, 113, 117 y otros que consagren el derecho a las distintas formas asociativas, derechos y deberes.
2. Ley de los Consejos Comunales: Artículos: 01, 02, 03, 05, 06, 07, 08, y 09.
3. Ley Especial de Asociaciones Cooperativas: Artículos: 03, 04, 06, 07 y otras que coadyuven a la integración de la comunidad local.
4. Estatutos.
5. Reglamentos.
6. Manual de Normas y Procedimientos.
7. Manual de Convivencia.
8. Otros manuales que la asamblea establezca.
Bases Organizativas:
Las bases organizativas estarán determinadas por los principios valores organizativos que consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley de los Consejos Comunales de forma horizontal y no vertical a fin de evitar el caudillismo y las formas de dominación capitalistas entre explotador y explotado.
Bases Funcionales:
Las bases funcionales, deben ser definidas primero que todo a partir de los Objetivos para los cuales se crea el "Comité de Economía Comunal" enmarcados en la Ley de los "Consejos Comunales" y las características típicas de cada comunidad.
Funciones Recomendadas.
1. Identificar las áreas de producción de bienes y servicios y agruparlas por sectores de la economía: Sector Primario: Toda actividad de extracción y/o explotación considerada como materia prima. Ejemplo: la agricultura, minería, canteras entre otros. Sector Secundario: Toda actividad destinada a la transformación de la materia prima en productos de consumo intermedio o final. Ejemplo: Ropa, medicinas, prendas, alimentos entre otros. Sector Terciario: Toda actividad destinada a la prestación de servicios tales como: Transporte, distribución comercialización de los productos extraídos y manufacturados, finanzas, educación entre otros.
2. Promover la articulación de las áreas de trabajo para generar el flujo de la Economía Comunal.
3. Promover el desarrollo económico humanista, endógeno y autogestionario fortaleciendo la microempresa, la cogestión y las cooperativas entre otras.
4. Elaborar Planes de intercambio socialista enfocados a: Productos, precios, promoción, colocación y servicios de post-venta.
5. Elaborar procedimientos que permitan el Intercambio Socialista de los productos como: Censos, puntos de intercambio social, Presupuesto de Intercambio Social, Estudios socio-económicos, Plan de Intercambio Socialista, Delimitación del ámbito para el intercambio Socialista.
6. Alianzas / Desarrollo de cadenas/ Redes.
7. Mesas / Ferias /
8. Programa Publicidad y Propaganda Comunal y Divulgación Endógena.
9. Crear espacios para el intercambio socio-productivo donde interactúen los vendedores, compradores, y presentar descuentos, ofertas entre otros.
10. Crear canales socialistas de Distribución Interna y externa.
11. Presentar proyectos socio-productivos y socio-comunitarios para ser financiados por los Bancos Comunales y que sean aprobados en asambleas de ciudadanos y ciudadanas.
Bases Sociales:
Estas deben estar enmarcadas dentro de los Derechos Humanos de cada ser social y sujeto social consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tales como: derecho al trabajo independiente o asociado en cualquiera de sus formas, libertad de participación y protagonismo colectivo dentro de las comunidades, derecho a la vida, a la libertad de expresión, a la participación porcentual de los excedentes para ser destinados a las mejoras de la comunidad en cuanto a la calidad de vida se refiere
Autor:
Lugher Ofic Juridica