"Lineamientos actuales de las políticas universitarias"
del Posgrado "Especialista en la enseñanza de la educación superior".
Profesora Estela Inés Medina
Autor: Ing. Carlos G. Liendo
Octubre de 1998
Introducción
Este informe pretende sintetizar los mecanismos de evaluación y acreditación para la educación superior, como los pilares que sustentan la calidad de las instituciones universitarias en todos los aspectos. Una de las razones para realizar la evaluación de las universidades y la acreditación de carreras es el creciente proceso de globalización que se esta registrando en todos los ordenes, con el objetivo que las universidades puedan competir frente a otras alternativas internas y externas.
Hoy se impone una característica de cambio permanente donde la capacitación es la base para poder afrontarlos. La incorporación de los individuos al trabajo productivo requiere, como condición ineludible, una educación de calidad y permanente.
Evaluación y Acreditación
El desarrollo de la sociedad y su economía depende en gran medida del avance del conocimiento científico y tecnológico tanto como de profesionales e investigadores, con educación, formación y capacitación adecuadas. Debido a esto, se hace sumamente necesario implementar métodos de evaluación para las universidades como forma de encuadrarlas dentro de un esquema de parámetros comunes que permitan la comparación entre las distintas instituciones.
Sin un proceso de evaluación resultaría difícil discernir si las instituciones tienen capacidad académica, organizativa y económica para cumplir con su oferta educativa.
En cuanto a la acreditación de carreras, básicamente permite garantizar un mecanismo por el cual las universidades pueden evaluar sus programas de estudios basadas en criterios determinados y comunes a nivel nacional e internacional, para lograr una adecuada preparación de los graduados para la práctica de las distintas especialidades.
Con la acreditación, los estudiantes podrán conocer, desde el comienzo de sus estudios, cuales serán los conocimientos a adquirir y como estos los habilitan para acceder a los requerimientos del medio laboral. Desde el punto de vista de los empleadores, conocerán las aptitudes y conocimientos del profesional a emplear. También con la acreditación la comunidad podrá conocer sobre el destino de los fondos invertidos y en que medida la carrera garantiza el resguardo de la seguridad, la salud, los bienes de la sociedad y la preservación del medio ambiente y la forma en que contribuye con el progreso socioeconómico y cultural del país y la región.
Uno de los principales conceptos que las instituciones deben cambiar para una excitosa evaluación y acreditación, es el que Ayarza llama "cultura institucional" y la define como "el conjunto complejo de supuestos básicos y creencias, profundamente arraigadas y compartidas por todos los miembros de la institución, influyendo y condicionando de manera importante los comportamientos individuales". Este concepto es muy importante a la hora de aceptar los cambios que se originan con las aplicación de la evaluación institucional, debido a que normalmente las personas se resisten a cambiar sus hábitos, formas de enseñanza y procederes.
Evaluación y Calidad
La "evaluación" de la educación superior universitaria tiene relación directa con la "calidad" de la educación, por lo tanto es importante comprender el termino calidad antes de proponer y analizar el concepto de evaluación.
La calidad la construimos con las decisiones que cada uno tomamos en las instituciones para lograr la excelencia como grado máximo de calidad del proceso educativo. Tradicionalmente mejoramos la calidad de la educación para satisfacer la demanda del mercado, sin embargo la tendencia actual esta cambiando esta forma de ver la calidad y se prefiere mejorar la calidad de la educación para crear una nueva oferta de mercado en innovación, ciencia y tecnología.
La calidad es un concepto que importa tanto a los participantes del proceso educativo (comunidad universitaria) como a los gobiernos y también a los empresarios y empleadores que necesitan mantener un ritmo de desarrollo económico y para ello requieren la participación de profesionales capacitados en las instituciones universitarias.
La calidad es un concepto filosófico que admite una variedad de definiciones según los individuos y el ámbito social. La calidad como término en latín significa "cualidad, manera de ser", la significación castellana del término calidad es "propiedad o conjunto de propiedades inherentes a una cosa, que permiten apreciarla como igual, mejor o peor que las restantes de su especie".
Pero muchos autores prefieren establecer un conjunto de criterios y cualidades que reflejen aspectos de la calidad antes que lograr una definición concreta.
Con esto podemos decir que la calidad en la educación implica:
- Eficiencia en los recursos invertidos por el estado en la educación.
- Que los padres y estudiantes pretendan excelencia
- Que los programas de estudio contemplen relaciones entre ellos
- Que los empleadores esperen un producto con aptitud en relación a sus necesidades específicas
- Que la comunidad pretenda calidad total en todos los procesos educativos, etc.
La "calidad universitaria" implica que el conjunto de factores involucrados se relacionen entre sí para lograr un individuo capacitado en una especialidad y también como parte de la sociedad en la cual se encuentra inmerso para que aporte sus conocimientos y sea un ciudadano competente.
Una vez definido el nivel de calidad que se busca, la "evaluación" de la institución bajo todos sus aspectos nos mostrará la situación real y a partir de esto podremos tomar conciencia de cuanto nos acercamos al nivel de calidad buscado. Luego podremos tomar decisiones para efectuar los cambios necesarios. La "evaluación" aislada sin un proceso de realimentación no eleva los niveles de calidad, es necesario efectuar modificaciones a partir de las conclusiones y volver a evaluar para ver el resultado de los cambios.
Reseña histórica de la evaluación en Argentina
La evaluación de las universidades no es nueva en el mundo (en Latinoamérica instituciones como ANUIES en México, ICFES en Colombia y CAPES en Brasil realizaron evaluación hace más de veinte años), sin embargo en Argentina recién en 1993 se plantearon una serie de iniciativas tendientes a generar una cultura de la evaluación y la acreditación. Los instrumentos más importantes que permitieron la gradual institucionalización de la evaluación y de la acreditación fueron la Comisión de Acreditación de Posgrados (CAP), que en 1995 llevó a cabo un proceso de acreditación de carreras de posgrado, y la posterior constitución y puesta en marcha de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
En 1995 se dicta la Ley de Educación Superior 24.521/95 que viene a llenar un vacío de normativa para las instituciones universitarias y no universitarias. Con la ley el Estado nacional pretende garantizar niveles crecientes de calidad y excelencia en la oferta educativa superior y uno de los aspectos mas importantes que hace referencia la ley es la evaluación institucional.
Diversas instituciones y organismos internacionales han propuesto estos esquemas de evaluación, tal el caso de CEPAL/UNESCO y del BANCO MUNDIAL (1992). Ambas consideran que se deben estimular los procesos de autoevaluacion institucional y de evaluación externa y la acreditación de programas de posgrado. Las propuestas hablan también de lograr "calidad", "equidad", "efectividad" y "eficiencia". Todos estos términos son evaluables, por lo tanto puede verse la importancia de los procesos de evaluación de las instituciones.
Por otro lado, desde la Secretaría de Políticas Universitarias, creada en 1993, se propone transformar el sistema educativo superior y plantea un conjunto de estrategias para la transformación, entre ellas la de Evaluación, Acreditación y Mejoramiento de la calidad. Estimula un sistema de evaluación que permita conocer el nivel de logros de las instituciones, los problemas de toda índole que tengan y los niveles de calidad. Este resultado lo informa a la sociedad para dar a conocer la aptitud de cada institución en cuanto al desempeño de su función de educación.
Como antecedente podemos citar que completaron procesos de autoevaluación y evaluación externa antes de la creación de la Ley de Educación Superior: la Universidad Nacional de Cuyo, la Universidad Nacional del Sur y la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, estas son las primeras experiencias en nuestro país que sentaron las bases para el resto de las instituciones.
Creación de la CONEAU
La Ley de Educación Superior crea la CONEAU y hace referencia a la Evaluación y Acreditación universitaria en el Título IV, Capitulo 3, Sección 3, Artículos 44 a 47. De donde se destaca que las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de instancias internas de evaluación institucional, llamada autoevaluación. La cual se complementará con evaluaciones externas, que se harán como mínimo cada seis (6) años. La evaluación abarcará las funciones de docencia, investigación y extensión, y en el caso de las instituciones universitarias nacionales, también la gestión institucional. Para el caso de las evaluaciones externas se determina que deberán ser realizadas por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) o entidades privadas constituidas con ese fin.
Sobre la CONEAU
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado, que funciona en jurisdicción del Ministerio de Cultura y Educación, y que tiene por funciones:
a) Coordinar y llevar adelante la evaluación externa prevista por la Ley.
b) Acreditar las carreras de grado, así como las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollen, conforme a los estándares que establezca el Ministerio de Cultura y Educación en consulta con el Consejo de Universidades;
c) Pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad del proyecto institucional que se requiere para el Ministerio de Cultura y Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional con la posterioridad a su creación o el reconocimiento de una institución universitaria provincial;
d) Preparar los informes requeridos para otorgar la autorización provisoria y el reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas, así como los informes en base a los cuales se evaluará el período de funcionamiento provisorio de dichas instituciones.
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria estará integrada por doce (12) miembros, designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Interuniversitario Nacional, uno (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, uno (1) por la Academia Nacional de Educación, tres (3) por cada una de las Cámaras del Honorable Congreso Nacional, y uno (1) por el Ministerio de Cultura y Educación. Durarán en sus funciones cuatro años, con sistema de renovación parcial. En todos los casos deberán tratarse de personalidades de reconocida jerarquía académica y científica. La Comisión contará con presupuesto propio. Los integrantes ejercen sus funciones a título personal, con independencia de criterio y sin asumir la representación de ninguna institución.
Su Presidencia y Vicepresidencia son ejercidas por dos de sus miembros elegidos por mayoría durante un año. La CONEAU se reúne periódicamente y debe dar cumplimiento a los objetivos establecidos por ley, programando y supervisando las tareas de un equipo técnico permanente. El equipo técnico permanente de la CONEAU está compuesto por profesionales universitarios, expertos en la elaboración de procedimientos y técnicas de evaluación, bajo la coordinación de un Director Ejecutivo quien participará en las reuniones de la CONEAU. Dichos cargos serán cubiertos por concurso público, de acuerdo con las normas del SINAPA. Las evaluaciones se realizan con la participación de miembros destacados de la comunidad académica y universitaria, invitados especialmente a esos fines, con el apoyo del equipo permanente y utilizando los criterios y procedimientos aprobados por la CONEAU.
La participación de la comunidad universitaria se realiza a través de la constitución de comisiones asesoras y comités de pares designados por la CONEAU. Los miembros de las comisiones y comités son escogidos a partir de consultas con universidades, asociaciones científicas y profesionales y otros organismos técnicos pertinentes. Las opiniones y recomendaciones de las comisiones asesoras y comités de pares, debidamente fundamentadas, constituyen la base de las resoluciones de la CONEAU.
La CONEAU elaborará, difundirá y pondrá en ejecución pautas y procedimientos de evaluación y acreditación coincidentes con sus objetivos y funciones. Las conclusiones serán transmitidas a las diferentes instituciones analizadas para atender su punto de vista.
Integrantes de la CONEAU
Presidente: Emilio Fermín Mignone
Vice-presidente: Arturo Ramón López Dávalos
Director Ejecutivo: José Landi
Equipo técnico: Ricardo Roberto Biazzi
Gustavo Francisco Cirigliano
Norberto Rafael Fernández Lamarra
Juan Carlos Hidalgo
Víctor René Nicoletti
Juan Carlos Pugliese
Fernando Storni
Adolfo Luis Stubrin
Ernesto Fernando Villanueva
Dirección de la CONEAU:
Av. Santa Fe 1385, piso 5 (1059) Buenos Aires, Argentina Tel.: (54-1) 815-1767/1798 Fax: (54-1) 815-0744
Site: e-mail:
Métodos y fases de Evaluación
Toda institución universitaria pública o privada debe someterse a instancias de evaluación institucional y acreditación de sus programas de estudio. La evaluación consta de dos fases:
- una de autoevaluación realizada por los integrantes de la propia institución o Universidad.
- y otra posterior de evaluación externa realizada por la CONEAU o por alguna institución privada debidamente autorizada por la CONEAU y el MCyE.
Estas evaluaciones son acordadas entre la Universidad y la CONEAU con la firma del "Proyecto de Acuerdo General para implementar el proceso de evaluación institucional" (Ver Anexo I).
De este compromiso se desprende que la autoevaluación deberá considerar los siguientes aspectos:
- que cuente con un alto grado de participación de la comunidad universitaria.
- que adopte una perspectiva contextual e histórica referida a sus objetivos y al proyecto institucional de la UNIVERSIDAD.
- que cubra todas las funciones que desempeña la UNIVERSIDAD incluyendo información cualitativa y cuantitativa debidamente interpretada.
- que enfoque a la institución como un todo y no como la mera suma de sus partes.
- que incluya en el informe de autoevaluación recomendaciones para la mejora de la UNIVERSIDAD jerarquizadas y analice su factibilidad dentro de los recursos a su disposición
- que posibilite a sus lectores alcanzar una imagen documentada de la institución.
Luego del proceso de autoevaluación se realizará la evaluación externa a cargo de la CONEAU y se centrará en los siguientes puntos:
- Docencia
- Investigación, desarrollo y creación
- Extensión, producción de tecnología y transferencia
- Gobierno y gestión
- Recursos humanos
- Infraestructura y recursos materiales
- Servicios de biblioteca, información, informáticos y de bienestar universitarios, etc.
- Integración de la institución universitaria
Con las siguientes características:
- Se realizará dentro del marco de los objetivos definidos por la UNIVERSIDAD.
- La unidad de análisis del proceso de evaluación externa será la UNIVERSIDAD como un todo. En consecuencia, la evaluación tomará en cuenta las unidades académicas que la componen dentro de ese marco.
- La autoevaluación de la UNIVERSIDAD será el punto inicial de referencia del proceso de evaluación externa.
- Tomará en cuenta la historia y el contexto propio de la UNIVERSIDAD para poder comprender adecuadamente el sentido de sus prácticas, procesos y productos.
- Se llevará a cabo con la participación de pares académicos de reconocida competencia. Ellos realizarán la visita a la UNIVERSIDAD en la cual se entrevistarán con miembros de la comunidad para recoger las diferentes opiniones, interpretaciones y perspectivas sobre la situación institucional en la que conviven.
- Utilizará información cuantitativa y cualitativa. Los datos e indicadores serán la base para emitir juicios de valor sobre las actividades que se desarrollan en el seno de la UNIVERSIDAD.
Siguiendo las siguientes normas:
- La evaluación deberá hacerse con una actitud constructiva que refleje el objetivo fundamental de mejorar la calidad de la institución.
- Se respetarán los artículos del Código de Etica de la CONEAU (Ver Anexo II) (Ordenanza 003-CONEAU-96)
- El examen y la utilización de documentos que no sean públicos requerirá la autorización explícita de los responsables.
- Los evaluadores se identificarán debidamente y establecerán claramente el propósito de las entrevistas.
- Se guardará la confidencialidad de los entrevistados en relación a las opiniones vertidas por ellos.
Finalmente, la CONEAU considera que uno de los objetivos de la evaluación externa es que la Universidad extraiga mayores beneficios de su esfuerzo de autoevaluación. Interesa que no se lo considere un episodio aislado, sino una función permanente de su vida institucional, de manera que la actividad correspondiente a un próximo período se encare con continuidad.
Aplicación de la Ley de Educación Superior
La aplicación de la Ley de Educación Superior se esta dando en forma paulatina, la CONEAU convoca periódicamente a inscribirse para evaluar y acreditar, un ejemplo es lo siguiente, obtenido del sitio web de la CONEAU:
ACREDITACION DE ESPECIALIZACIONES, MAESTRIAS Y DOCTORADOS
Las acreditaciones se llevarán a cabo de conformidad con los criterios y estándares establecidos en la Resolución 1168/97 del Ministerio de Cultura y Educación, que fuera dictada previa consulta con el Consejo de Universidades. Tal como lo indica el decreto reglamentario N° 173/96, la CONEAU cuenta con el apoyo de Comisiones Asesoras formadas por personas de reconocido prestigio en ámbitos académicos y elegidas luego de amplias consultas realizadas en distintos ámbitos académicos, científicos y profesionales.
El Registro de Expertos de la CONEAU cuenta ya con alrededor de 1770 nombres aportados por distintos organismos y fundamentalmente por las universidades de todo el país. La CONEAU está en permanente contacto con las mismas a los efectos de poder llegar a conformar Comités de Pares con personalidades idóneas, reconocidas por la comunidad académica y representativas en términos disciplinares, institucionales y regionales.
CONVOCATORIA
Acreditación de | Fecha | Recepción de la documentación |
Especializaciones en Ciencias de la Salud | 1 de octubre -19 de diciembre 1997 CERRADA | |
Especializaciones, a Excepción de Ciencias de la Salud | 20 de julio – 23 de octubre – 1998 a las 17 hs. | |
Maestrías * | 20 de julio – 23 de octubre – 1998 a las 17 hs. | Oficinas de la CONEAU, Área Acreditación de Posgrados, Avda. Libertador 8250 (1429), Ciudad de Buenos Aires, tel.: 704-1084/1085; fax 704-1086 e-mail |
Doctorados * | 20 de julio – 23 de octubre – 1998 a las 17 hs. | Oficinas de la CONEAU, Área Acreditación de Posgrados, Avda. Libertador 8250 (1429), Ciudad de Buenos Aires, tel.: 704-1084/1085; fax 704-1086 e-mail coneau[arroba]cnea.edu.ar |
* La documentación necesaria para la presentación puede ser solicitada a los rectorados universitarios, donde se han enviado los documentos "Procedimientos, Criterios y Solicitud de Acreditación de Carreras y Proyectos de Maestría" y "Procedimientos, Criterios y Solicitud de Acreditación de Carreras y Proyectos de Doctorado" y los disquetes informáticos correspondientes. Esta documentación también se encuentra en la página Instructivos de este sitio web.
La Oficina de Prensa de la CONEAU informa periódicamente sobre el avance de la aplicación de Ley de Educación Superior:
Más de 200 carreras y especializaciones médicas se presentaron a la convocatoria de acreditación de la CONEAU. Al vencimiento de la convocatoria para la acreditación de carreras de grado y proyectos de especialización médicas y odontológicas se recibieron en la CONEAU 232 solicitudes. De éstas, 208 corresponden a programas en funcionamiento y 24 a nuevos proyectos.
El número de presentaciones alcanza un alto porcentaje de las especialidades reconocidas hasta la fecha por el Ministerio de Cultura y Educación y pone de manifiesto el progreso de la aplicación paulatina de la Ley de Educación Superior y la participación masiva de los establecimientos universitarios del país, tanto estatales como privados.
De las 232 solicitudes recibidas por la CONEAU, 101 son carreras de la Universidad de Buenos Aires, 31 de la Universidad Nacional de Córdoba, 13 de la Universidad Nacional de Tucumán, 10 de la de la Plata, 9 de Cuyo, 8 del Nordeste, 6 de Rosario. Por su parte presentaron 7 carreras el Instituto Universitario Favaloro, 3 de la Universidad Católica Argentina, Maimonides y John F. Kennedy; una carrera y un proyecto de la Universidad del Salvador, 11 proyectos de la Universidad Católica de Córdoba, una carrera de las Universidades Nacionales de Lomas de Zamora y de San Martín ; y 10 carreras y 10 proyectos del Instituto Universitario CEMIC.
La CONEAU ya inició la tarea de clasificación e informatización del material. A partir de febrero comenzará la labor de selección de los pares académicos y científicos que evaluarán, luego de una visita de constatación, el nivel de las propuestas, a fin de elevar los informes pertinentes a la Comisión, que es la que decidirá en cada caso.
Evaluación externa a la Universidad Nacional de San Juan
La CONEAU informa que concluyó la evaluación externa de la Universidad Nacional de San Juan. En estos momentos se está trabajando en la elaboración del informe, que será considerado por la CONEAU en febrero de 1998 y publicado posiblemente en marzo, con un post scriptum del Rector del establecimiento.
Oficina de Prensa, 30 de diciembre de 1997
Situación actual de las Universidades Argentinas
Hasta el 20 de octubre de 1998 un total de 31 instituciones universitarias están involucradas en procesos de evaluación, el detalle es el siguiente:
Universidades que terminaron la Autoevaluación:
U. N. de San Juan, U. N. de Luján, U. N. de la Patagonia San J. Bosco, U. N. de San Luis, U. N. de Tucumán, U. N. del Litoral, U. N. de Santiago del Estero, U. N. del Nordeste, U. N. del Centro de la P.B.A., Universidad Adventista del Plata, Universidad de Palermo, U. N. de la Patagonia Austral, U. N. de Cuyo y la U. N. del Sur.
Universidades que han firmado convenio para la Autoevaluación:
U. N. de Villa María, Centro Educativo Latinoamericano, I. U. Barceló, I. U. Favaloro, Universidad de San Andrés, FASTA, I. U. Aeronáutico, Universidad del Museo Social Arg., U. del Norte S.Tomás de Aquino, Instituto de E. Superior del Ejército, Universidad BarIlan, Universidad de Belgrano, Universidad de Mendoza, U. N. de Salta, U. Abierta Interamericana, U.N. de La Pampa y la U. Tecnológica Nacional.
Universidades que han terminado la Evaluación Externa:
U. N. de San Juan, U. N. de la Patagonia Austral, U. N. de Cuyo, U. N. del Sur, el resto de la universidades tienen previsto terminar la Evaluación Externa entre 1998 y finales del 2000.
Evaluación Externa, antecedentes
Para analizar los aspectos que la CONEAU evalúa, lo mejor es tomar como referencia la evaluación realizada a la Universidad Nacional de San Juan.
Esta Universidad ha terminado el proceso de Evaluación Externa bajo la normativa de la CONEAU, el informe final se encuentra publicado en el sitio de la CONEAU y recomiendo su lectura para tener una idea acabada de la forma de evaluación.
Como elementos destacables de este informe podemos extraer los puntos concretos evaluados:
Los Docentes
Cantidad de Docentes
Cargos Concursados
Tipo de dedicación
Formación de posgrado
Categorización de los docentes
Como se estructura el cuerpo docente
Problemas relacionados con los docentes
Los Alumnos
Total matriculado
Ingresantes por año
Estadísticas de aumento de matrícula
Distribución por especialidad
Porcentaje de deserción y sus causas
Inversión en becas a estudiantes
Oferta académica
Carreras disponibles
Niveles de enseñanza
Incumbencias de títulos
Análisis de articulación de carreras
Agrupación de departamentos
Relación Docente-Alumno
Relación Docente-Alumno
Distribución de Docentes por Alumnos en cada especialidad
La Investigación
Actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico
Como se regula, se implementa y se estipula la investigación
Institutos, Centros, Gabinetes con que se dispone.
Proyectos ejecutados y en ejecución
Cantidad de Investigadores y Docentes Investigadores y sus categorías (A, B, C, D)
Acreditación de programas de incentivo
Distribución de los subsidios para investigación
Pertinencia de los programas de investigación con las necesidades del medio
La Extensión
Infraestructura para extensión
Convenios con organismos públicos y privados
Presupuesto en extensión y su distribución
Estrategia de vinculación de la Universidad con la sociedad
Evaluación desde el punto de vista de la sociedad sobre las actividades de extensión
El Gobierno
Estatuto
Composición de miembros
Requisitos para las funciones directivas
Requisitos para categorización docente
Mecanismos de toma de decisiones
Distribución presupuestaria
La administración
Organigrama, misiones y funciones
Cantidad de personas para las distintas funciones
Relaciones no docente/alumno y no docente/docente
Tipo de gestión
Movimiento de fondos y gestiones
Sistema informático
Gestión económica y financiera
Estado contable
La Biblioteca
Cantidad de bibliotecas, libros, etc
Sistema de información
Personal de biblioteca
Servicios al alumno y profesores
Actualización
Finalmente la CONEAU a través de los miembros evaluadores elabora un informe final con las consideraciones y las sugerencias sobre los aspectos que han sido evaluados. Este informe será de referencia para introducir los cambios necesarios en la institución y poder encontrar mejoras que permitan un avance en todos los aspectos y lograr mejorar en la próxima evaluación.
Como puede verse es intensa la labor de la CONEAU para poner dentro de la Ley a las instituciones argentinas, como también es importante la participación de la comunidad educativa en apoyo a la aplicación de Ley. No hay duda que con el tiempo a medida que se completen las evaluaciones de las instituciones y cuando las evaluaciones se repitan en cada una de ellas, se alcanzará una universidad competitiva, para mejorar la enseñanza, y lograr una equiparación con las mas importantes universidades del planeta.
Ing. Carlos G. Liendo
DNI 13.819.324
Universidad Blas Pascal
Material de referencia utilizado en este informe:
- "Evaluación de la Educación Superior como Estrategia para el Cambio". Hernán E. Ayarza. Revista "Universidades", Núnero 9 Enero/Junio 1995
- "Evaluación y Acreditación Universitaria: Perspectivas abiertas por la Ley de Educación Superior". Jorge Balán. Revista "Universidades".
- "Calidad de la educación universitaria y los retos del siglo XXI". Dr. Alexander Vega Miranda. Tomado del sitio web www.edu.red
- "Educación superior, educación y desarrollo". María Isabel Larrauri
- "De la acreditación social a la evaluación académica". Lic. José Francisco Martín, Rector de la Universidad Nacional de Cuyo.
- "Lineamientos para la Evaluación Institucional". Resolución Nº 094-CONEAU-1997
- "Proyecto de Acuerdo General para implementar el proceso de evaluación institucional". Acuerdo entre Universidad y CONEAU.
- "Código de Etica". Aprobado por Resolución Nº 003-CONEAU-1996
- "Evaluación y Acreditación Universitaria: Perspectivas abiertas por la Ley de Educación Superior". Jorge Balán. CONEAU
- "Estándares para el reconocimiento de entidades privadas de acreditación y evaluación universitaria". Resolución Nº 1807 Ministerio de Cultura y Educación.
- "La visión de las universidades argentinas". Ing. Jorge H. González, Consejo Federal de Decanos de Ingeniería.
- "Informe Final: Evaluación Externa de la Universidad Nacional de San Juan, 1998". CONEAU
- "Ley de Educación Superior Nº 24.521/95"
Sitios Web:
- Ministerio de Cultura y Educación: http://www.mcye.gov.ar
- CONEAU: http://www.coneau.edu.ar
- Infomec: http://www.ds.mcye.gov.ar/coneau.htm
- Universidad Nacional de Cuyo http://www.uncu.edu.ar/rectorado/default.
- Revista Zona Educativa http://www.zona.mcye.gov.ar/ZonaEducativa/ZonaEducativa.html
- Secretaría de Políticas Universitarias http://www.mcye.gov.ar/secretaria/spu/
- Comisión de Educación http://www.mcye.gov.ar/hcdce/webedu.html
- Anuario Estadístico http://www.spu.edu.ar/anuario/anua1996.htm
- Universidad Blas Pascal http://www.ubp.edu.ar
- Anexo I
Proyecto de Acuerdo General para implementar el proceso de evaluación institucional
En la ciudad de ……., a los …….. días del mes de ……… de………., LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA, representada por su Presidente, el Dr. Emilio F. Mignone, de aquí en adelante la CONEAU, y la UNIVERSIDAD ……, representada por su Rector/a ….., de aquí en adelante LA UNIVERSIDAD, convienen celebrar el presente acuerdo sujeto a las siguientes cláusulas.
PRIMERA: Las partes acuerdan llevar adelante el proceso de evaluación institucional previsto en el artículo 44 de la Ley 24.521 de Educación Superior. Dicho proceso se desarrollará en dos fases: una de autoevaluación y otra de evaluación externa. La primera la llevará a cabo la UNIVERSIDAD y la segunda estará a cargo de la CONEAU. Para que este proceso se realice en forma articulada, es deseable que las dos fases se desarrollen en un marco de cooperación y diálogo.
SEGUNDA: El proceso de evaluación institucional de la UNIVERSIDAD se realizará siguiendo las pautas fijadas en el documento "Lineamientos para la evaluación institucional", el cual recoge los aportes del Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional y del Consejo de Rectores de Universidades Privadas (Resolución Nº094-CONEAU-97).
De la autoevaluación
TERCERA: La UNIVERSIDAD dará comienzo a la primera fase del proceso de evaluación institucional, la autoevaluación, a partir de la firma del presente acuerdo. Esta fase deberá completarse en un plazo que no supere los …… meses.
CUARTA: A solicitud de la UNIVERSIDAD, la CONEAU entablará un diálogo técnico sobre aspectos de la autoevaluación.
QUINTA: La UNIVERSIDAD implementará el proceso de autoevaluación teniendo en cuenta las siguientes pautas:
que cuente con un alto grado de participación de la comunidad universitaria.
que adopte una perspectiva contextual e histórica referida a sus objetivos y al proyecto institucional de la UNIVERSIDAD.
que cubra todas las funciones que desempeña la UNIVERSIDAD incluyendo información cualitativa y cuantitativa debidamente interpretada.
que enfoque a la institución como un todo y no como la mera suma de sus partes.
que incluya en el informe de autoevaluación recomendaciones para la mejora de la UNIVERSIDAD jerarquizadas y analice su factibilidad dentro de los recursos a su disposición
que posibilite a sus lectores alcanzar una imagen documentada de la institución.
SEXTA: Una vez concluida la fase de autoevaluación, la UNIVERSIDAD presentará el informe de la misma a la CONEAU y solicitará que se de comienzo a la segunda fase del proceso de evaluación institucional.
De la evaluación externa
SEPTIMA: La evaluación externa se llevará a cabo dentro de un plazo aproximado de seis meses de la presentación del informe de autoevaluación.
OCTAVA: El objetivo de la evaluación externa es contribuir al mejoramiento de la calidad de la institución. Para ello, se buscará conocer, comprender, explicar y ponderar la situación de la UNIVERSIDAD. El proceso debe señalar los logros y dificultades y efectuar recomendaciones en el marco del proyecto institucional de la propia universidad.
NOVENA: La evaluación externa abarcará los siguientes aspectos:
Docencia
Investigación, desarrollo y creación
Extensión, producción de tecnología y transferencia
Gobierno y gestión
Recursos humanos
Infraestructura y recursos materiales
Servicios de biblioteca, información, informáticos y de bienestar universitarios, etc.
Integración de la institución universitaria
DECIMA: La fase de evaluación externa que llevará a cabo la CONEAU tendrá las siguientes características:
Se realizará dentro del marco de los objetivos definidos por la UNIVERSIDAD.
La unidad de análisis del proceso de evaluación externa será la UNIVERSIDAD como un todo. En consecuencia, la evaluación tomará en cuenta las unidades académicas que la componen dentro de ese marco.
La autoevaluación de la UNIVERSIDAD será el punto inicial de referencia del proceso de evaluación externa.
Tomará en cuenta la historia y el contexto propio de la UNIVERSIDAD para poder comprender adecuadamente el sentido de sus prácticas, procesos y productos.
Se llevará a cabo con la participación de pares académicos de reconocida competencia. Ellos realizarán la visita a la UNIVERSIDAD en la cual se entrevistarán con miembros de la comunidad para recoger las diferentes opiniones, interpretaciones y perspectivas sobre la situación institucional en la que conviven.
Utilizará información cuantitativa y cualitativa. Los datos e indicadores serán la base para emitir juicios de valor sobre las actividades que se desarrollan en el seno de la UNIVERSIDAD.
DECIMAPRIMERA: El proceso de evaluación externa se desarrollará en las etapas descriptas en el documento citado en la cláusula dos. Las mismas son:
Trabajos preparatorios para la visita: designación de los miembros responsables de la evaluación externa.
Desarrollo de las actividades del Comité de Pares Evaluadores: visita del Comité de Pares Evaluadores a la UNIVERSIDAD y redacción del Proyecto de Informe por el Comité de Pares Evaluadores.
Redacción por la CONEAU de la versión preliminar del Informe Final de evaluación externa y su presentación al Rector para que realice sus comentarios.
Consideración de los comentarios del Rector por la CONEAU y redacción del Informe Final.
Aprobación del Informe Final por la CONEAU.
Publicación y difusión del Informe Final con los comentarios del Rector si los hubiere.
DECIMOSEGUNDA: Los pares evaluadores serán personas de destacada trayectoria académica con experiencia en evaluación. El Comité de Pares Evaluadores se conformará equilibradamente considerando la dimensión y diversidad de la UNIVERSIDAD. La CONEAU nominará a los miembros del Comité de Pares Evaluadores. La UNIVERSIDAD podrá formular objeciones debidamente fundadas sobre los miembros nominados que la CONEAU tomará en cuenta en la designación de los integrantes del Comité.
DECIMOTERCERA: La UNIVERSIDAD facilitará la tarea de los pares evaluadores, posibilitándoles un acceso razonable a información, documentos y personas de la institución. Los pares evaluadores podrán requerir acercarse a administradores, docentes, estudiantes y otras personas vinculadas directa o indirectamente con la UNIVERSIDAD.
DECIMOCUARTA: La CONEAU, los miembros del equipo técnico de la misma y los pares evaluadores respetarán las siguientes normas:
La evaluación deberá hacerse con una actitud constructiva que refleje el objetivo fundamental de mejorar la calidad de la institución.
Se respetarán los artículos del Código de Etica de la CONEAU (Ordenanza 003-CONEAU-96)
El examen y la utilización de documentos que no sean públicos requerirá la autorización explícita de los responsables.
Los evaluadores se indentificarán debidamente y establecerán claramente el propósito de las entrevistas.
Se guardará el confidencialidad de los entrevistados en relación a las opiniones vertidas por ellos.
DECIMOQUINTA: Los gastos que demande la fase de autoevaluación estarán a cargo de la UNIVERSIDAD y los correspondientes a la fase de evaluación externa estarán a cargo de la CONEAU, incluyendo honorarios, viáticos y materiales de trabajo del Comité de Pares Evaluadores.
En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Anexo II
Código de Etica
Aprobado por Resolución Nº 003-CONEAU-1996
BUENOS AIRES, 18 de Noviembre de 1996
. VISTO, la Ley Nº 24.521 y el Decreto Nº 173/96, del 21 de Febrero de 1996, y
CONSIDERANDO :
Que de acuerdo con el artículo 26 del Decreto 173/96, la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA ( CONEAU ) debe aprobar un Código de Ética.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA SANCIONA CON CARACTER DE ORDENANZA :
ARTICULO 1º.- Las reglas generales de la ética profesional, y en particular las que se detallan a continuación, guiarán el comportamiento de la CONEAU, incluyendo los miembros de la Comisión, el Director Ejecutivo, los integrantes del equipo técnico y de las comisiones asesoras y de los comités de pares evaluadores.
ARTICULO 2º.- Todo el personal de la CONEAU mantendrá la confidencialidad de la siguiente información, tanto mientras dure su vinculación con la CONEAU como posteriormente, no pudiendo divulgarla sino cuando le sea requerido como parte de sus funciones dentro de la CONEAU :
a) Los datos proporcionados por las instituciones universitarias y sus unidades académicas a los fines de evaluación y acreditación que no tienen estado público;
b) Las opiniones y recomendaciones producidas por los comités de pares y comisiones asesoras, así como el contenido de las deliberaciones que tienen lugar en sus reuniones o en las de la CONEAU;
c) Las resoluciones de la CONEAU que aun no fueran comunicados por escrito firmado por su Presidente y su Director Ejecutivo.
ARTICULO 3º. Todos los integrantes de comisiones asesoras y de comités de pares , así como los miembros de la CONEAU , se abstendrán de intervenir en los procesos de evaluación y acreditación en los siguientes casos :
Cuando tengan en la actualidad, o hayan tenido durante los dos años anteriores al inicio de dichos procedimientos , un vínculo con la unidad académica ( la institución universitaria en los casos de las evaluaciones institucionales y/o la carrera en los casos de acreditación ) que es evaluada o solicita acreditación, cuando dicho vínculo pueda comprometer su objetividad.
Cuando las autoridades universitarias o el director y/o responsables académicos del posgrado para que el que se solicita acreditación hayan integrado jurados para concursos universitarios referidos al integrante o miembro o, a su vez, él haya integrado jurados ante los cuales se hubieran presentado las autoridades universitarias y los responsables académicos antes mencionados.
Cuando tengan vínculos académicos o profesionales con otras instituciones cuyos intereses puedan estar en colisión con las unidades a evaluar.
Cuando tengan en la actualidad vínculo matrimonial o de parentesco hasta el segundo grado con un directivo de la institución universitaria o de la unidad académica que es evaluada o acreditada.
Será responsabilidad de las personas involucradas por dichos vínculos hacerlo saber a la Comisión y ausentarse de la sesión o deliberación donde se considere la evaluación o acreditación del caso.
ARTICULO 4º .- Todos los integrantes de comisiones asesoras y de comités de pares , así como los miembros de la CONEAU , actuarán con independencia de criterio académico en los procedimientos de evaluación y acreditación en los que participen , sin asumir la representación de intereses ajenos a la CONEAU por más legítimos que ellos fueran.
ARTICULO 5º .- Los miembros de la CONEAU y los integrantes de su equipo técnico se abstendrán de intervenir en cualquier carácter en procesos de evaluación o acreditación que se llevaren a cabo en instituciones universitarias sujetas a la jurisdicción de esta comisión, en tanto no formaren parte de sus tareas en la misma y salvo en su condición de docentes, investigadores o directivos en una unidad académica que se autoevalúa.
ARTICULO 6º .- La aplicación de las normas precedentes estará a cargo de la Comisión . La substanciación de causa será realizada por un grupo de tres de sus miembros que en cada caso se elegirán por sorteo . Las sanciones podrán ser apercibimiento, suspensión y pedido de separación y serán adoptadas por tres cuartas partes de los miembros.
ARTICULO 7º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Autor:
Ing. Carlos G. Liendo, cliendo[arroba]ubp.edu.ar