Sobre las 10 preguntas para la consulta 2011 Ecuador (página 2)
Enviado por Patricia Ramírez Tumbaco
Conclusión: Pero ahora último se creo una ley de comunicación de Rolando Panchana pero no se cumple. Estoy de acuerdo que debe regularse el contenido de violencia, sexual o discriminatorio por la Televisión y radio y publicaciones escritas y que se responsabilice de las que escriben y por quienes fueron creados.
Sugerencia: Que se cree una Ley explícitamente para la regulación de estos medios de comunicación.
5. Con la finalidad de evitar la explotación laboral, ¿Está usted de acuerdo que la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de trabajadores en relación de dependencia sea considerada delito?
Conclusión: No se debe permitir dejar de afiliar a un trabajador al Instituto de seguridad Social, porque para eso existe la Inspectoria de trabajo para que cumplan su trabajo de ir a las empresa y hacer cumplir su deber a los Patronos.
Sugerencia: Crear Leyes que permita tener libertad para inspeccionar las empresas y verificar que no exista explotación Laboral.
Las leyes se las maneja políticamente, pensé que la idea de preguntar al pueblo era para exterminar el grado de la delincuencia en que medida se ha desarrollado en nuestro país y como frenar de raíz, esa es mi manera de ver y apreciar esta consulta no la veo nada provechosa no se que quiere conseguir el Gobierno, por que estas preguntas tienen doble sentido.
Mi voto para el si será para 2 preguntas y el no para las 8 restantes, si hasta no sé porque me debería molestarme en ir a sufragar porque la realidad es otra, es obtener mi certificado de votación porque se me exige cuando uno realiza un tramite sea público o privado es importante.
Debemos presentarnos y ejercer nuestro derecho al voto, no anularlo ni dejarlo en blanco debemos votar a consciencia y hacernos escuchar nuestro clamor.
Si los que deben aprobar esta consulta, que en verdad no veo una razón que la aprueben pero son los tiempos que vivimos actualmente; la comunidad ecuatoriana debe hacerse presente, se debe saber lo que se está votando no dejarnos llenar la cabeza de pajaritos de colores y preñados; así que es el deber de todos nosotros explicar a todas las personas posibles sobre lo que va esta consulta para que más ecuatorianos sepan de verdad lo que van a votar y no solo lo que la propaganda gubernamental nos cuenta.
No debemos intentar influenciar a las personas con las cuales hablamos, solo leerles cada una de las 10 preguntas y hacerles razonar las mismas creo que como dicen por ahí, el pueblo no es ignorante y no come cuento.
Preguntas de la Consulta y del Referéndum con sus anexos
Así quedaron redactados las preguntas del Referéndum y sus anexos1. ¿Está usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del artículo 77 de la Constitución de la República incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisión preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar las trabas irrazonables en la administración de justicia por parte de juezas, jueces, fiscales, peritos o servidores de órganos auxiliares de la Función Judicial, como establece el anexo 1?ANEXO 1Incorpórese a continuación del primer inciso al numeral 9 del artículo 77 uno que dirá:
"La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente si por cualquier medio la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defensor público, peritos o servidores de órganos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán ser sancionados de conformidad de la ley".2. ¿Está usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privación de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?ANEXO 2El artículo 77 numeral 1 dirá:
"La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de 24 horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicarán de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la ley".
El artículo 77 numeral 2 dirá:
"La jueza o juez aplicará las medidas cautelares alternativas a la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicarán de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la Ley".3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sea dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?
ANEXO 3El primer inciso del artículo 312 de la Constitución dirá:
"Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa o indirectamente, de acciones o participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente".En el primer inciso de la disposición transitoria vigésimo novena dirá:"Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referéndum".4. ¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece el anexo 4?
ANEXO 4El artículo 20 del Régimen de Transición dirá:
"Se disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura. En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente de la República, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estarán sometidos a juicio político. Este Consejo de la Judicatura transitorio tendrá todas las facultades establecidas en la Constitución, así como las dispuestas en el Código Orgánico de la Función Judicial, y ejercerán sus funciones por un período improrrogable de 18 meses.El Consejo de la Judicatura definitivo se conformará mediante el procedimiento establecido en la Constitución enmendada. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social asegurará que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura estén designados antes de concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transición.Queda sin efecto el concurso de méritos y oposición que lleva a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para la designación de los nuevos vocales del Consejo de la Judiactura.Suprímase la disposición transitoria primera del Código Orgánico de la Función Judicial".5. ¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como establece el anexo 5?ANEXO 5Enmiéndese la Constitución de la República del Ecuador de la siguiente manera:
"Art. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados, y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, quien lo presidirá; por el Fiscal General del Estado; por el Defensor Público; por la Función Ejecutiva; y por la Asamblea Nacional.Los delegados mencionados en el inciso anterior, serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana.El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros".Así quedaron redactadas las preguntas de la Consulta Popular
1.¿Está usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique en el Código Penal, como un delito autónomo, el enriquecimiento privado no justificado?2.¿Está usted de acuerdo que en el país se prohíban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?3.¿Está usted de acuerdo que en el cantón de su domicilio se prohíba los espectáculos que tengan como finalidad dar muerte al animal?4.¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos de la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o medios emisores?5. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique como infracción penal la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relación de dependencia?
Enmienda y consulta, a debate nacional
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QUITO. Nina Pacari Vega, cuyo informe no fue considerado por el pleno de la CC, dijo que la decisión fue "política".
Lea en noticias relacionadas las preguntas del Referéndum con sus anexosEn base a los informes de los jueces Patricio Herrera y Roberto Bhrunis, la Corte Constitucional (CC) dio luz verde, la noche del pasado martes, al referéndum y a la consulta popular planteados por el presidente Rafael Correa.El pleno del organismo desechó el análisis efectuado por la magistrada Nina Pacari Vega, que cuestionaba la constitucionalidad de 4 de las 5 preguntas del referéndum.Tras seis horas de debate, la CC hizo modificaciones tanto de forma como de fondo en la redacción de las preguntas 1, 2, 4 y 5 del referéndum (con sus respectivos anexos); y las 1, 3, 4 y 5 de la consulta.Así, por ejemplo, se eliminaron las frases introductorias que, a criterio de juristas consultados, hubiesen inducido a la ciudadanía a votar a favor de una determinada opción.La propuesta del Ejecutivo fue aprobada con seis de nueve votos posibles. Al cabo de la sesión, el presidente de la CC, Patricio Pazmiño, señaló que el organismo no se allanó "de ninguna manera" al pedido del Ejecutivo o de otra función del Estado.
Aunque la jueza Vega dijo que la decisión del pleno había sido "más política que jurídica y constitucional".Este Diario presenta un análisis del contenido de las preguntas y sus respectivos anexos, citando las opiniones de constitucionalistas, asambleístas y sectores afectados por las posibles reformas.
Las 10 últimas preguntas de la consulta del referéndum reformadas
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
1. ¿Está usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del artículo 77 de la Constitución de la República incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisión preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar las trabas irrazonables en la administración de justicia por parte de juezas, jueces, fiscales, peritos o servidores de órganos auxiliares de la Función Judicial, como establece el anexo 1?
En conclusión: A lo que se refiere este artículos 77 del numeral 9 Dice que las detenciones preventivas no deben excederse de seis meses o más de un año porque si no se quedan sin efecto. Pero a ciencias cierta son los Jueces y juezas son los más que demoran los tramites para su debido proceso porque si gana el si en esta pregunta deberán captar y obedecer todos los procesos.
Recomendación: para agilitar los trámites deben de contratar a jueces competentes para su prontitud en los procesos de la prisión preventiva.
2. ¿Está usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privación de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?Conclusión: La privación de libertad a lo que se refiere se aplicara cuando sea necesaria para así garantizar las comparecencia en el proceso, y asegurar el debido cumplimiento de la pena máxima y se procederá por ordenes estricta de los jueces competente y la formalidad establecida estrictamente en la Ley, se procesara los delitos descubiertos cuyo casos no podrá mantenerse a la persona detenidas sin formula de juicio por más de veinticuatro horas; los jueces tendrá la autoridad de ordenar medidas cautelar distintas a la prisión preventiva.
Recomendación: Para que se proceda a cumplir como lo estipula las leyes espero que las cumplan estas Ley.
3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sea dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?
Conclusión: No deben de tener empresa de comunicación porque estos grandes empresarios al tener estos medios de comunicación maquilan la
información de los estados reales por ejemplo de un Banco que esta en quiebra no dicen la verdad de sus estados financieros para que las gentes no se percaten mientras que ellos se enriquecen ilícitamente
Recomendación: Que el gobierno no debe permitir que estas instituciones financieras privadas, deban dedicarse a una sola plaza de trabajo y así deje de perjudicar a la ciudadanía.
4. ¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece el anexo 4?
Conclusión: No estoy de acuerdo en estos porque estos deben hacerlos así, porque aprueban estas pregunta el Sí el gobierno tendría todos los poderes y donde quedaría el pueblo para oponerse.
Sugerencia: Estos debe hacerse por medio de concurso de merito de oposición para que ganen los más competente.
5. ¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como establece el anexo 5?
Conclusión: no estoy de acuerdo en esta pregunta porque el gobierno quiere hacerlo todo eligiendo el Concejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados de la corte Nacional de justicia y quienes los presidirán son el Fiscal General del Estado, defensor Público, la Función Ejecutiva , y por la Asamblea Nacional. En cambio los incisos anteriores seria elegidos por el concejo de participación ciudadana y control social que a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de impugnación, el proceso ,plazos y demás elementos del proceso será determinados por el consejo de la participación ciudadana y control social. Los miembros del consejo de la Judicatura tanto titulares como suplente, deben durar en el ejercicio de sus funciones de 6 años. En cambio el consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros.
Sugerencia: Deben de tener en clara estas preguntas porque para la gente más iletradas que van a entender y las personas votaran por el sí desconociendo deben de propagar más estas pregunta al público para que no cometan errores a futuro.
SEGUNDO GRUPO DE PREGUNTAS CONSULTA POPULAR
1. ¿Está usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique en el Código Penal, como un delito autónomo, el enriquecimiento privado no justificado?
Conclusión: En esta pregunta votaría por el sí para que cambien las
Leyes Orgánica de la Función Legislativa, y que se cumpla a partir de
los resultados positivos del plebiscito se tipifique en el código Penal como un delito autónomo, el enriquecimiento privado que existe no justificado en sus bienes que posee.
Sugerencia: que se cumpla lo que esta estipulado al cambio de los resultados para el cambio del código Penal.
2. ¿Está usted de acuerdo que en el país se prohíban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?
Conclusión: Si estoy de acuerdo que se prohíban a todos los juegos de Azares porque ellos se enriquecen ilícitamente crean mucho daño sobre todo a la juventud que son los que más se dan por jugar en estos lugares de vicios como no tienen control alguno por las autoridades y peor por la policía de turno que no pone mano dura a toda estos juegos de malos hábitos para nuestra sociedad o nuestra futura generación.
Sugerencia: que estos juegos de AZAR sea cerrado con todo el rigor de la Ley. . ¿Está usted de acuerdo que en el cantón de su domicilio se prohíba los espectáculos que tengan como finalidad dar muerte al animal?
Conclusión: sí estoy de acuerdo que se prohíban estas clases de juegos como por ejemplo estas galleras que por lucrarse personas inescrupulosa se dedican a este juegos sacrificando animales.
Sugerencia: Con todo el rigor de la Ley se prohíba sin que las autoridades se venda y a escondidas funciones. 4. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos de la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores medios emisores?
Conclusión: Estoy totalmente de acuerdo que sin prórrogas dentro del plazo establecido en la Ley orgánica de la Función Legislativa se aplique esta Ley de comunicación que se cree un
consejo de regulación de difusión de los contenidos de la televisión , radio y publicaciones de prensa escrita que sobre todo Contenga mensajes de violencia explícitamente discriminatoria se implante criterios de responsabilidad Venidero dentro de los comunicadores.
Sugerencia: Pero hace poco tiempo se creo una Ley por el asambleísta Rolando Panchana pero no es cumple debe también aplicarse algo de bueno debe tener.
5. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique como infracción penal la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relación de dependencia?
Conclusión: Si estoy de acuerdo porque toda empresa debe de portarle a trabajado porque así lo establece el código de trabajo que se cumpla sin aplazamientos establecidos en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir que se ha saber que es ganadora esta pregunta se plasme con infracción penal a la no afiliación del trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Sugerencia: Una vez que se establezca que se cumpla esta Ley.
Conclusión y recomendación de la nueva reformas de la pregunta consulta popular
Al realizar las nuevas elecciones en el referéndum hay varias cosas que se están cometiendo ilícitamente como es las fiestas taurinas donde se matan loa animales por diversión y estos afecta el impacto ambiental, de esta manera se va a realizar un consenso a todas las personas fanáticas y así evitar este abuso.
El no control con los juegos de Asares y el enriquecimientos ilícito en el sector privado y público.
Control sobre la inseguridad con los robos descabellados que existe en la actualidad.
Informar adecuadamente a la ciudadanía para que no existan malos entendidos entre los ciudadanos y el gobierno de todo, o que va acontecer en el nuevo referéndum.
Obtener un control adecuado que facilite a los ciudadanos entender el porque, las causas y objetivos que tiene la consulta popular o referéndum y no realizar a la prisa ir a las urnas unos con un poco de conocimiento u otros ignorando.
El Universo Domingo 30 de enero del 2011 Política – Inv. Interne
El Universo Jueves 17 de Febrero del 2011 – Aprobado por la Asamblea-Inv. Internet
El Universo Miércoles 2 de Febrero del 2011- Autor Dimitri Cevallos
Por Sandra Morán Castillo – smoranre.com.ec
ECUARUMARI -31 de Enero-2011 http://www.ecuarunariec. Org/noticias
La Hora Nacional 17-Febrero-2011
Autor:
Patricia Ramírez Tumbaco
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