- Objeto: iniciar juicio sucesorio
- Objeto: promover disolución y liquidación de la sociedad conyugal
- Objeto: iniciar juicio reclamando alimentos
- Objeto: ofrecer pruebas
- Objeto: promover demanda de pago por consignación
- Objeto: promover demanda de reconocimiento de filiación post mortem
- Objeto: promover juicio de reconocimiento de crédito
- Objeto: iniciar demanda por partición de condominio
- Objeto: promover demanda de cumplimiento de contrato
- Objeto: promover garantía de habeas corpus reparador
- Objeto: solicitar declaración de nacionalidad paraguaya.
- Objeto: interponer recurso de aclaratoria
- Objeto: promover demanda de repetición de lo pagado
- Objeto: plantear acción sobre reconocimiento de matrimonio aparente
- Objeto: plantear demanda por rendición de cuentas
- Objeto: promover demanda de retención de inmueble por cobro de mejoras.
- Objeto: plantear incidente de caducidad de instancia
- Objeto: promover incidente de tercería de dominio
- Objeto: solicitud de quiebra de deudor no comerciante
- Objeto: promover acción autónoma de nulidad
Objeto: iniciar juicio sucesorio
SEÑOR/A JUEZ/A
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, con domicilio en Mauricio José Troche N° 111, por la representación de ANDRES FRETES y LUISA FRETES, con domicilio en Gral. Díaz N° 542 conforme al testimonio de poder que acompaño a S.S respetuosamente digo:—————————————————————–
QUE, por el presente escrito vengo a iniciar el juicio sucesorio de la Señora LIBRADA GOMEZ VIUDA DE FRETES, fallecida el 28 de agosto del corriente año conforme al certificado de defunción que adjunto a la presente.———————————————————————————
HECHOS
QUE, la vocación hereditaria de mis mandantes lo pruebo y/o justifico con el certificado de nacimiento donde consta que ANDRES FRETES y LUISA FRETES son hijos de la causante.—————————————————-
QUE, así mismo vengo a denunciar como ultimo domicilio de la causante en 14 de Mayo y Oliva de esta Capital, donde deberá efectuarse el inventario y avaluó de los bienes muebles.—————————————–
QUE, bajo fe del juramento mis representados declaran que no tienen conocimiento de la existencia de otra persona con vocación hereditaria.——
DERECHOS
Fundo lo anteriormente expuesto en el Art. 2443 del CC y concordantes. Junto al Art. 731 del CPC y concordantes.———————————
Solicito de esta manera a V.S el siguiente:———————————
PETITORIO
I. Tener por reconocida la personería y domicilio en el lugar señalado.———-
II. Tener por iniciado el juicio sucesorio de la Señora LIBRADA GOMEZ DE FRETES.———————————————————————————-
III. Ordene la publicación de los edictos por el plazo de ley en el periódico de esta Capital.——————————————————————————
IV. Ordene la fracción e inventario de los bienes fijándose día y hora que se constituirán en el ultimo domicilio del causante.———————————–
V. Ordene el desglose de los originales y su devolución previa autenticación por el actuario.————————————————————————–
VI. Otorgue intervención al Agente Fiscal.———————————————–
VII. Oportunamente dictar sentencia declarando heredero a mis representantes.-
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
——————————————–
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: promover disolución y liquidación de la sociedad conyugal
SEÑOR/A JUEZ/A
VENANCIO GIMENEZ Y ADA LUZ RAMIREZ DE GIMENEZ, por nuestros propios derechos y bajo patrocinio de CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, con domicilio real en Perú Nº 345 de la esta capital, fijándose domicilio procesal en Cerro Cora Nº 241 de esta capital a V.S., respetuosamente decimos: ———————————————————-
QUE, en legal forma y en atención a lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 45/91, venimos a promover juicio de disolución y liquidación de nuestra comunidad conyugal, en base a las siguientes consideraciones de: ———————————-
HECHOS
QUE, nuestra condición de esposos, lo acreditamos con el Certificado de Matrimonio que acompaño. ——————————————————————-
DERECHOS
El Art. 209 del Código Civil consagra "En todo momento cualquiera de los conyugues o ambos de conformidad podrán pedir, sin expresión de causa, la disolución y liquidación de la comunidad. El Juez deberá decretar sin más trámites y la comunidad quedara extinguida", norma que concuerda con lo establecido en el art. 613 del Código Procesal Civil. ———————————————————–
QUE, por motivos económicos conyugales, proponemos que la publicaciones se realicen en el periódico "Popular" de publicación diaria, o el que el Juzgado considere pertinente a los efectos legales. ————————————–
Por lo brevemente expuesto, respetuosamente solicitamos a V.S el siguiente:—————————————————————————————–
PETITORIO
El reconocimiento de nuestra personería y por constituido el domicilio en el lugar indicado. —————————————————————————————–
Tener por iniciado este juicio, y más tramites, decretar la disolución de nuestra sociedad conyugal de bienes, disponiendo la inscripción de la disolución en la Dirección General de los Registros Públicos. ———————————————–
Ordenar la publicación de los edictos, en el diario "Popular" de esta Capital, por el término y a los efectos establecidos en el Art. 614 del Código Procesal Civil. ——–
Oportunamente, dictar resolución de liquidación de la comunidad conyugal, con arreglo de Derecho. —————————————————————————-
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
—————————————————————
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: iniciar juicio reclamando alimentos
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, con domicilio en la casa de la calle Capitán Bado N° 1069 c/ Brasil de esta Capital, en representación del Señor ROQUE MARTIN CUBILLA, con domicilio en Corrales N° 625 c/ Paraguarí, de esta Capital conforme PODER que adjunto a V.S respetuosamente digo:——————–
QUE, vengo por el presente escrito a iniciar DEMANDA POR ASISTENCIA ALIMENTICIA, en contra de su hijo RUBEN A. CUBILLA RUIZ y su hija MARLENE B. CUBILLA RUIZ, ambos domiciliados en la casa de la calle Alberdi N° 665 casi Atenas de la Ciudad de Asunción, conforme a las consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer:———————–
HECHOS
En efecto S.S tal como lo acredito en el certificado de nacimiento que adjunto acompaño, a la fecha, mi cliente esta próxima a cumplir 82 años de edad ya que nació el 14 de octubre de año 1929.————————————————
La avanzada edad y deteriorado estado de salud, hizo que ya no pueda ejercer sus actividades profesionales habituales, que con anterioridad le generaban el ingreso económico apropiado que le permitía, sostener y solventar a su familia y luego, procurarse el sostén personal, una vez que con el correr del tiempo y la conducta ingrata de su hija hoy demandada y su esposo, el Señor ALFREDO BARRIOS, le hayan abandonado en la vida. Mi mandante es auxiliar de la Justicia Ordinaria, estando Matriculado como oficial de Justicia ante la Corte Suprema de Justicia con la Matricula N° 099, sin embargo, físicamente ya no se encuentra en condiciones de desempeñar dicha actividad en circunstancias normales, que prácticamente hace que ya no tenga clientes que le garanticen algún trabajo en dicho rubro.—————————————————————–
Demás esta decir que sus hijos hoy demandados, al igual que sus hermanos, fallecidos uno y otro imposibilitando de proveerle de alimentos, han nacido, crecido y desarrollados íntegramente gracias al esfuerzo mancomunado de el, y de su esposa, la Señora MARIA ESTER RUIZ DE CUBILLA (80 años), hoy ciega y con otros problemas de salud.————————————————————–
Incluso, la vivienda que conformada su hogar, fue liquidada a través de un remate judicial por culpa de la hoy demandada MARLENE B. CUBILLA RUIZ, y de su Esposo ALFREDO BARRIOS, quienes se beneficiaron con un millonario préstamo hipotecario del desaparecido BIP S.A, que tenia supuestamente la finalidad de inversión comercial, actividad que según ellos le generarían ganancias y permitirían pagar lo prestado y crecer luego comercialmente.————————-
Ni uno ni lo otro, el despilfarro del dinero prestado gracias a la hipoteca de su vivienda hizo que los citados dejaran de pagar el préstamo hipotecario, lo que a lo largo culmino con el remate de su propiedad, ocurrido el 31 de octubre del 2004, por lo que se tuvo que ir a vivir con su señora a la casa de su hija, la hoy demandada, tiempo en el cual participo y contribuyo en los gastos domésticos y otras necesidades, o sea, que a pesar de todo nada era gratis para el.————————————————————————————————–
Sin embargo, hace 4 años mas o menos, su hija la hoy demandada MARLENE B. CUBILLA RUIZ DE BARRIOS, lo echo de la casa, con el argumento de que ya no podía seguir viviendo con ellos, lo que le obligo a trasladarse solo a su humilde oficina hasta el día de hoy.———————————————————-
Como ya lo manifesté anteriormente el estado de salud, de mi mandante se ha deteriorado en los últimos años padeciendo varias enfermedades que requieren tratamientos médicos específicos y que le impiden movilizarse con normalidad.—————————————————————————————
El decaimiento y deterioro físico, influyo en el animo y confianza de sus clientes, por lo que hace bastante tiempo ya no tiene trabajo.———————
El único ingreso con lo que cuenta es una jubilación que recibe de la República Argentina cuyo monto intimo ni siquiera llega a los setecientos mil guaraníes, (Gs. 700.000), suma insuficientes para cubrir los gastos mínimos que requieren una vida digna, al cual es merecedor como cualquier otro humano.——-
Los demandados están plenamente capacitados para pasarle alimentos que le permitan seguir viviendo ya que su hija la Señora MARLENE CUBILLA RUIZ DE BARRIOS, Licenciada en Contabilidad, esta percibiendo mensualmente la suma de veinte millones de guaraníes (Gs. 20.000.000), y su esposo el Señor ALFREDO BARRIOS, es Gerente de la Firma Frigorífico SAN ANTONIO S.A, percibiendo un sueldo de ocho millones de guaraníes (Gs. 8.000.000).———————————–
Su hijo el demandado el Señor RUBEN A. CUBILLA RUIZ, posee un local gastronómico, sobre la Avda. Mcal López con muy buena concurrencia de gente, por lo que estimo puede tener una ganancia mensual de guaraníes veinte y cinco millones (Gs. 25.000.000), suma que sin dudas le permite pasarle así mismo alimentos.—————————————————————————————-
PROMEDIOS DE GASTOS BASICOS MENSUALES
Alquiler Habitacional Gs. 400.000.-
Energía Eléctrica (ANDE) Gs. 90.000.-
Agua (ESSAP) Gs. 50.000.-
Medicamentos Gs. 260.000.-
Transporte/Movilidad Gs. 150.000.-
Alimentos Gs. 650.000.-
Lavandería Gs. 40.000.-
TOTAL PROMEDIO MENSUAL Gs. 1.640.000.-
DERECHOS
Fundo la presente demanda en la disposición de los siguientes Arts. 256, 257, 258, 259, 261, 262, 263, 264 y 265 todos del CC, así como los Arts. 597, 598, 599 y siguientes del CPC.——————————————————————————
PETITORIO
I. TENER, por reconocida mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado como así también el de mi mandante.——————————————————————————–
II. TENER, por promovido el presente juicio de Asistencia Alimenticia que invoca mi mandante el Señor ROQUE MARTIN CUBILLA, en contra de sus hijos la Señora MARLENE B. CUBILLA RUIZ, y el Señor RUBEN A. CUBILLA RUIZ.————————————————————————————–
III. TENER, por ofrecidas las pruebas que hacen al derecho de mi mandante y seguidamente proveer las mismas para su producción; fijar las fechas y horas de audiencia y remitir los oficios.———————————————
IV. ORDENAR, la devolución de los documentos originales, previa agregación y autenticación de las fotocopias por el Actuario.————————————
V. DE CONFORMIDAD, al tipo de juicio sumarísimo que corresponde a la reclamación de alimentos y en concordancia con las disposiciones contenidas en el Art. 175 CNA, de las MEDIDAS CAUTELARES DE PROTECCION INC "e", PETICIONO QUE S.S FIJE EN FORMA PROVISORIA ALIMENTOS A FAVOR DE MI MANDANTE MIENTRAS TANTO DURE EL PRESENTE JUICIO.———————————————————————
VI. OPORTUNAMENTE, dictar sentencia definitiva fijando una pensión mensual de guaraníes un millón quinientos mil. (Gs. 1.500.000), que en forma conjunta deberán pasarle al Señor ROQUE MARTIN CUBILLA, sus hijos los hoy demandados Señora MARLENE B. CUBILLA RUIZ, y el Señora RUBEN A. CUBILLA RUIZ, e imponer a los mismos las costas del juicio.——————–
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
—————————————————————
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: ofrecer pruebas
SEÑOR/A JUEZ/A
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, por la personería reconocida en representación del Señor MARTIN AYALA, en los autos caratulados: "MARTIN AYALA C/ DIEGO SANCHEZ S/ INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS", a V.S respetuosamente digo:—————————————————————–
QUE, vengo por el presente escrito vengo a ofrecer las pruebas que hacen al derecho de mi parte, solicitando desde ya que sean admitidas y diligenciadas dentro del periodo probatorio, poniendo las siguientes:———-
1. PRUEBAS DOCUMENTALES
QUE, atenta a lo dispuesto en el Art. 303 y sigtes. Del CPC, ofrezco como prueba documental las agregadas al expediente con el escrito de demanda (titulo de propiedad, parte policial, fotografías, fotocopias de C.I y del registro de conducir), solicitando que sean admitidas y agregada a autos las mismas.-
2. PRUEBA CONFESORIA
QUE, asimismo ofrezco la absolución de posiciones de la parte demandada, el Sr. DIEGO SANCHEZ, con domicilio en la calle Azara N° 276 y sigtes del CPC, y bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 282 de que en caso de incomparencia sin justa causa, será tenido por confeso en los términos del Art 302, la primera parte del C.P.C.
3. PRUEBA PERICIAL
Ofrezco como perito al Ingeniero en mecánica, Sr. JOSE VILLALBA, quien deberá realizar su labor a los efectos de verificar las condiciones en que quedo el automóvil siniestrado y determinar el daño causado, quien firma este escrito como constancia de aceptación de su proposición y deberá elevar informe de acuerdo a los puntos de la pericia que oportunamente serán propuestos.
4. PRUEBA TESTIFICAL
QUE, igualmente y de conformidad al Art. 314 del CPC, ofrezco la declaración testifical y a ese efecto deberá el Juzgado fijar dia y hora para la declaración de las siguientes personas:
a) MIGUEL RAMIREZ, mayor de edad, nacionalidad paraguaya, con C.I.N° 1.432.567, domiciliado en la casa de la calle España N° 789 c/ Peru, de profesión albañil.-
b) ALEJANDRA TORRES, mayor de edad, nacionalidad paraguaya, con C.I.N° 2.012.345, domiciliada en la casa de la calle Mcal Lopez N° 678 c/ Gral. Santos, de profesión administración.-
c) CARLA BENITEZ, mayor de edad, nacionalidad paraguaya, con C.I.N° 901.324, domiciliada en la casa de la calle Tte Alcorta 765 c/ Otazu
5.- PRUEBA DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL.
De igual manera, solicito al Juzgado fije día y hora a los efectos de que se constituya en el lugar donde ocurrió el accidente donde se efectuará un croquis y al Taller "Los Mellizos", ubicado éste en la Avda. Fernando de la Mora Nº 1230, de esta Capital, a los efectos de constatar los daños sufridos por el vehículo.
6.- PRUEBA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMA.
QUE, solito igualmente, se fije día y hora de la audiencia de reconocimiento de firma de las personas que citaré a continuación, de manera que se ratifiquen sobre la firma estampada en los recibos presentados con la demanda. A ese menester se servirá citar a:
JUAN LOPEZ, mayor de edad, de nacionalidad paraguaya, con C.I.Nº 1.890.000, con domicilio en la casa de la calle Batallón 40 Nº 650 c/ Yegros, de profesión mecánico, debiendo reconocer las firmas obrantes en los siguientes documentos: 1) PRESUPUESTO de fecha 03 de marzo de 2011, por reparación en los rubros de chapería, pintura, cambios de faros, y paragolpes delantero; por reparación en el rubro de ARREGLO DEL MOTOR, conforme detalle de repuestos, totalizando la suma de Guaraníes Cincuenta y cinco millones, ver fs. 6, (Gs. 55.000.000).-
POR TANTO, en base a lo expuesto antecedentemente, formulo el siguiente:——–
P E T I T O R I O:
1.- TENER por ofrecidas las pruebas indicadas en cada ítem del presente escrito.
2.- ADMITIR, con noticia contraria, las pruebas ofrecidas y ordene el diligenciamiento de las mismas, dentro del plazo establecido en la ley.
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA.
———————————– —————————————
JOSE VILLALBA CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Matricula Nº 360 Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: promover demanda de pago por consignación
SEÑOR/A JUEZ/A EN LO CIVIL Y COMERCIAL
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, constituyendo domicilio procesal en la casa de la calle Carlos A. Lopez N° 520, de esta capital, por la representación de la Señora ELIZABETH DAVALOS, con domiilio real en la casa de la calle España N° 570 casi Peru, de esta capital, conforme al testimonio de poder general que adjunto, a V.S respetuosamente digo:———————————————–
QUE, cumpliendo instrucciones de mi mandante vengo a PROMOVER DEMANDA DE PAGO POR CONSIGNACION contra el Señor NESTOR CAÑETE, domiciliado en la casa de la calle Eusebio Ayala N° 1200 de esta capital, basándose en las consideraciones de hechos y de derechos que seguidamente paso a exponer:——————————————————-
HECHOS
QUE, mi mandante ha firmado con el Señor NESTOR CAÑETE, un contrato de locación de inmueble ubicado en la calle Mariscal Estigarribia N° 1350 de esta capital. Este instrumento tiene vigencia a partir de la firma del contrato el 30 de enero del 2011 y fenece el 30 de enero de 2012, en la clausula tercera se establece como canon de la locación la suma de guaranies 4.000.000 (Gs. 4.000.000), adjunto copia del contrato de locación.—————————————
QUE, mi representada ha cumplido en lo convenido y atento al compromiso ha pagado con la suma de locación dentro del pacto, expidiendo el recibo correspondiente. Adjunto fotocopia de los recibos expedidos por el propietario donde constan las fechas de pago del alquiler estipulado.—————–
SEÑOR/A JUEZ/A, mi cliente cuando pretendió pagar el séptimo mes el locador se negó a recibir el pago alegando que el precio era muy exiguo, y le expreso a mi cliente que el inmueble en la actualidad era muy codiciado expresándole a la inquilina que solamente recibiría como pago del alquiler si esta abonaba con un aumento del 25% de la suma pactada, esta determinación inaudita no figura en ninguna parte del contrato y el propietario no puede proceder a aumentar el precio de la locación por su sola voluntad y menos por la razón de este precio es exiguo.————————————————————————–
SEÑOR/A JUEZ/A, este proceder denota que el locador esta incumpliendo con lo pactado en el contrato y la única persona perjudicada al final será mi representada.————————————————————————–
QUE, atendiendo la circunstancia de que el dueño del inmueble el Señor NESTOR CAÑETE, se niega a recibir el precio de lo pactado y dado que en una clausula del contrato se estipula que la falta de pago de dos meses consecutivos de pleno derecho la recisión del contrato, evidentemente este desea que se produzca el no pago de dos mensualidades, para plantear el juicio de desalojo por incumplimiento del contrato de parte de mi representada cuando en realidad el que pretende incumplir el contrato es el dueño del inmueble locado.—–
QUE, ante la eventualidad de que el dueño utilice la falta de cumplimiento de mi mandante del contrato de locación y promueva juicio de desalojo por la presente vengo a promover este juicio de pago por consignación. Y a ese efecto solicito que el Juzgado proceda a abrir una cuenta en el Banco Nacional de Fomento en nombre de este juicio y a la orden del Juzgado a los efectos de depositar las sumas de dos meses en concepto de alquiler, dejando expresa constancia que mi parte solamente adeuda un mes de alquiler.————–
DERECHOS
Atento a lo expuesto en líneas arriba invoco como fundamento de la siguiente acción los artículos 548 y concordantes del CC y los artículos 207, 215 y concordantes del CPC.————————————————————————–
En base a lo relacionado a V.S formulo el siguiente:———————-
PETITORIO
I. Tener por reconocida mi personería en el carácter invocado y constituido mi domicilio en el lugar señalado y el domicilio señalado de mi representada.—
II. Tener por iniciada la presentada demanda que promueve la Señora ELIZABETH DAVALOS contra el Señor NESTOR CAÑETE por pago por consignación y de la misma los documentos presentados se servirá correr traslado al demandado por todo el plazo indicado en la ley.———————
III. Ordenar el desglose y devolución de los documentos originales previa agregación y autenticación por parte del actuario.——————————–
IV. Remitir oficio al Banco Nacional de Fomento a los efectos de proceder a abrir una cuenta a nombre del juicio y a la orden del Juzgado.—————–
V. Abrir a prueba este juicio en el caso necesario.————————————
VI. Oportunamente dictar sentencia definitivamente haciendo lugar al pago de consignación, con costas a la demandada en caso de oposición.—————
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
—————————————————-
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: promover demanda de reconocimiento de filiación post mortem
SEÑOR/A JUEZ/A
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, con domicilio en la casa de la calle Jejui N° 667 de esta capital, por la representación del Señor SAMUEL ALFONSO GIRETT, conforme testimonio de poder que adjunto, constituyendo domicilio en la casa de la calle Pai Pérez N° 1300 casi República de Colombia de esta capital, a S.S respetuosamente digo:——
QUE, cumpliendo instrucciones de mi poderdante vengo a PROMOVER DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE FILIACION POST MORTEM contra la sucesión del Señor SAMUEL CACERES FERNANDEZ de conformidad a las alegaciones de hechos y derechos que paso a exponer:—————————————————-
HECHOS
QUE, mi mandante es hijo extramatrimonial de quien en vida fuera SAMUEL CACERES FERNANDEZ. Este por la madre de mi poderdante mantuvieron una relación amorosa desde el año 1988 y hasta el año 1990 cuando ella vivía en la ciudad de Encarnación, el finado tenia su residencia en Asunción y se trasladaba hasta esa ciudad desde el día lunes y permanecía hasta los viernes por razones laborales, volviendo el sábado a Asunción donde vivía según el con su padre. De la relación amorosa, el 24 de octubre de 1990 nació mi mandante que a la fecha tiene 21 años de edad. Adjunto certificado de nacimiento.——————————-
QUE, al mes del nacimiento de mi mandante el padre SAMUEL CACERES FERNANDEZ tuvo que confesar a su esposa el nacimiento de la criatura ante la insistencia de la madre de mi poderdante para inscribirlo como hijo suyo, lo cual el padre no realizo dicha inscripción. Esta negatividad hirió a la madre de mi mandante y dejo de insistir para que el padre lo reconozca y ya no le pidió que le inscriba como hijo suyo.————————————————————————
QUE, mi representado fue inscripto en el Registro Civil por su madre, se adjunta el certificado de nacimiento.———————————————————
QUE, debo reconocer en honor a la verdad que mi poderdante y su madre nunca fueron abandonados por su padre y recibieron atenciones, cuidados, asistencia económica para su manutención. En 1992 mi mandante y su madre se trasladaban a Asunción para vivir con la familia materna y el relacionamiento de mi mandante con su padre se hace mas fuerte, esto lo demuestran las fotos de fiestas de cumpleaños de mi cliente, los encuentros familiares, el bautismo, los festejos del día del padre y del niño en el colegio, donde aparece en las fotos el Señor SAMUEL CACERES FERNANDEZ, con lo cual se prueba que ejercía su calidad de padre. Acompaño las fotografías mencionadas.——————————————–
QUE, además era de publico conocimiento que el finado pagaba el seguro medico del Sanatorio Santa Clara a favor de mi mandante desde el año 1992 hasta el año 2010 en que se produjo su fallecimiento. Estos pagos lo realizaba con cheques mensualmente a nombre del mencionado sanatorio. Acompaño fotocopias de los pagos detallados proveídos por el Sanatorio Santa Clara.————————
QUE, mi poderdante tomo conocimiento de la citación a los herederos del causante a través de la publicación de edictos aparecidos en el diario Ultima Hora y acompaño un ejemplar que desde ya se agrego a autos.——————————
QUE, en base a lo relatado me veo en la necesidad de plantear este juicio de reconocimiento de filiación post mortem contra la sucesión del finado padre de mi poderdante y a ese efecto para probar la vocación hereditaria lo pongo a Manuel Cáceres Domínguez en la ocasión oportuna se someta a la prueba de ADN, igualmente solicito que mientras se sustancie este juicio no sea dictada sentencia declaratoria de herederos.———————————————————————
QUE, todo lo relatado podrá ser corroborado en la estación oportuna, a través de la declaración de la Señora Estela Martínez de Fernández y de Alfredo Fernández, ambos padrinos de bautismo de mi mandante, quienes conocían que mi mandante mantenían una solida relación con el finado.——————————
DERECHOS
Fundo la presente acción en los artículos 234 y concordantes del CC. Y el articulo 733 y concordantes del CPC.——————————————————–
Por tanto y atento a lo expuesto a su S.S formulo el siguiente:—————–
PETITORIO
I. Reconocer mi personería en el carácter invocado y los domicilios señalados.-
II. Tener por iniciada la demanda por reconocimiento de filiación post mortem que promueve el Señor SAMUEL ALFONSO GIRETT contra la sucesión del Señor SAMUEL CACERES FERNANDEZ y correr traslado de la misma a la otra parte.——————————————————————————–
III. Ordenar desglose y devolución de las copias.————————————–
IV. Como medida de urgencia ordenar la paralización del juicio sucesorio hasta tanto se dicte sentencia firme de este juicio.—————————————
V. Ordenar la apertura a prueba en caso necesario.———————————-
VI. Dar intervención al Ministerio Publico.———————————————–
VII. OPORTUNAMENTE y previo los tramites procesales de rigor dictar sentencia haciendo lugar a la presente acción y en consecuencia declarar que es hijo extramatrimonial y se ordene la inscripción en el Registro Civil de las Personas.———————————————————————————
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
—————————————————————
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: promover juicio de reconocimiento de crédito
SEÑOR/A JUEZ/A
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, constituyendo domicilio procesal en la casa de la calle Corrales N° 62 de esta capital por la representación de la Señora RAQUEL DOMINGUEZ, conforme testimonio de poder que acompaño, constituyendo domicilio real en la casa de la calle Paraguarí N° 55 de esta capital, a V.S respetuosamente digo:——————–
QUE, por el presente escrito vengo a PROMOVER JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE CREDITO contra la empresa YATY S.A, con domicilio en la casa de la calle Jejui N° 1515 de esta capital en base a las consideraciones de hechos y de derechos que paso a exponer:————————————————-
HECHOS
QUE, mi mandante es comerciante mayorista en el rubro de papelería, bolsas plásticas y elementos para envoltorio de mercaderías, abasteciendo de dichos elementos desde el inicio de sus actividades a la empresa YATY S.A.———
El procedimiento de venta practicado consiste en la entrega de mercaderías según pedido de la empresa y esta al recepcionar las mismas firma un "RECIBIDO CONFORME" y a los quince días de la entrega deposita el monto convenido en una cuenta corriente bancaria cancelando la deuda por lo general al mes de la entrega una vez depositada la suma mi clienta le otorga el recibo por el monto cancelado. En prueba de lo alegado adjunto a la presente el movimiento de mi poderdante, la contabilidad que practica el contador de mi representada. Hago saber que la demandada depositaba los pagos por las mercaderías recibidas en mi cuenta corriente N° 0015 del Banco Continental.—————————————————
QUE, entre las partes existía un contrato verbal sobre la forma de entrega y de pago, es así que la demandada regularmente no registraba atrasos en los pagos, y en el caso eventual que se atrase, se había pactado una tasa de interés del 3% mensual, por las demoras que se produjeran por cancelar el saldo y los intereses se cobrarían a partir del quinto día hábil de atraso, en los meses de junio y julio de 2011 se redujeron atrasos y se incluyeron en las liquidaciones en los intereses calculados, los que fueron cancelados conjuntamente con el saldo del mes de junio, depositando el monto adeudado en la cuenta corriente de mi representada.————————————————————————————
QUE, la suma de reconocimiento que solicito corresponde al saldo del mes de julio, que corresponde a mi factura N° 1052, que contiene la firma del empleado de la empresa demandada y donde consta haber recibido conforme las mercaderías por el monto de catorce millones de guaraníes (Gs. 14.000.000), más los intereses que se reclama el reconocimiento por crédito impago.——————–
En consecuencia, solicito el reconocimiento del monto que se adeuda, es decir, el capital que haciende a catorce millones de guaraníes (Gs. 14.000.000), más los intereses que serán calculados en la estación oportuna y adjunto igualmente originales y fotocopia de factura N° 1052, del recibo de las mercaderías, conteniendo la firma de haber recibido las mismas el encargado del depósito de la empresa el Señor José Pérez, quien era aquel que habitualmente recibía las mercaderías.————————————————————————
Hago saber a V.S que la entrega de la mercadería fue efectuada por el distribuidor de mi representada el Señor Juan Espínola, con domicilio en la casa de la calle Colon N° 2724 de esta capital, quien habitualmente hacia los repartos al local de la empresa con costas a mi cargo.————————————————-
DERECHOS
Fundo mis pretensiones en lo que disponen los artículos 547, 557 y demás concordantes del CC.—————————————————————————
En base a lo expuesto en líneas arriba, a V.S formulo el siguiente:————-
PETITORIO
I. Tener por reconocida mi personería en el carácter invocado y mi domicilio y el de mi representada en los lugares señalados.———————————–
II. Tener por iniciado el JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE CREDITO que promueve la Señora Raquel Domínguez contra la empresa YATY S.A y de la misma de los documentos presentados correr traslado a la demandada por todos los plazos de ley.—————————————————————-
III. Fijar día y hora para que comparezca ante el Juzgado el Señor Juan Pérez a fin de que reconozca o desconozca la firma que se le atribuye.—————–
IV. Ordenar el desglose de los documentos originales presentados previa agregación y autenticación por parte del actuario.——————————–
V. Oportunamente y previo los trámites de rigor dictar sentencia del crédito a favor de mi representada por la suma de catorce millones de guaraníes (Gs. 14.000.000), mas intereses, intimando al pago dentro del plazo de diez días de ejecutoriada la presente resolución.———————————————-
VI. Protesto costas.————————————————————————-
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
—————————————————————
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA
Abogada
Matricula N° 30.000 C.S.J
Objeto: iniciar demanda por partición de condominio
SEÑOR/A JUEZ/A
CARLA GUADALUPE JARA CABRERA, Abogada, según matricula N° 30.000 de la C.S.J, constituyendo domicilio procesal en la casa de la calle N° 760 de la calle Pai Pérez de esta capital, por la representación de los Señores: RODRIGO RODRIGUEZ, SONIA RODRIGUEZ y MABEL RODRIGUEZ, constituyendo domicilio real en la casa N° 920 de la calle Perú, de esta capital, conforme al testimonio de poder general que acompaño a S.S muy respetuosamente digo:———————–
QUE, en nombre y representación de mis poderdantes vengo a promover DEMANDA POR PARTICION DE CONDOMINIO, contra el Señor RODOLFO RODRIGUEZ, constituyendo domicilio en la casa N° 650 de la calle 14 de Mayo de esta capital, en base a las consideraciones de Hechos y de Derechos que paso a exponer:——————————————————————————————
HECHOS
QUE, mis clientes son condóminos con el demandado de un inmueble ubicado en San José de los Arroyos individualizado como Finca N° 870, cuya superficie total es de 400 hectáreas. Este inmueble fue recibido por herencia de su padre, conforme Certificado de Adjudicación que adjunto a la presente.————–
QUE, de entre los condóminos el único que utiliza el inmueble es el demandado realizando la explotación ganadera lo cual hace se atente contra los intereses de los condóminos.——————————————————————
QUE, el inmueble que pertenece en condominio a las partes tiene una superficie llana, no posee accidente geográfico y por ello es apto para la explotación ganadera, dado que el pastizal sirve para el alimento que existen en el referido campo.———————————————————————————-
QUE, mis clientes realizaban un trabajo distinto al condómino demandado y al no prosperar la actividad laboral desearon dedicarse también a la explotación ganadera, y por ello le solicitaron la partición extrajudicial al demandado negándose rotundamente a acceder al pedido. Ante ello mis clientes le enviaron dos notas amistosas y dos telegramas colacionados solicitándole la partición del condominio de las partes iguales sin recibir ningún tipo de respuesta. Adjunto copia de estos documentos.——————————————————————-
QUE, así mismo solicitamos que el Juzgado oficie a la Municipalidad de San José de los Arroyos a fin de que informe sobre si el terreno es apto para dividirse en partes iguales y remita la avaluacion fiscal de la propiedad.————————-
QUE, así mismo proponemos como perito de la parte actora al ingeniero agrónomo Ever Fernández , quien en prueba de aceptación firma el escrito, a fin de que en la estación oportuna realice deslinde, mensura y el proyecto de amojonamiento del inmueble. Solicitamos que durante la realización de estos trabajos se comisione al actuario y labre acta de todo lo actuado, que atendiendo lo expuesto mas arriba esta pretensión se funda en los siguientes:——————–
DERECHOS
Invoco los artículos 2083, 2088 y concordantes del CC. Los artículos 680 y siguientes concordantes del CPC.————————————————————-
En virtud de lo expuesto a S.S formulo el siguiente:——————————
PETITORIO
I. Tener por reconocida mi personería en el carácter invocado y los domicilios en los lugares señalados.
II. Tener por iniciada la DEMANDA POR PARTICION DE CONDOMINIO y de los documentos correr traslado a la otra parte.
III. Librar oficio a los efectos propuestos en este escrito.
IV. Fijar día y hora para que comparezca el perito propuesto para aceptar o rechazar el cargo.
V. En caso de necesidad fijar día y hora para una audiencia de conciliación entre las partes.
VI. Tener en momento procesal oportuno fijar día y hora a los efectos que el perito realice las diligencias propuestas.
VII. Oportunamente y luego de los tramites de estilo dictar sentencia haciendo lugar a la partición y ordenar la inscripción de la parcela a nombre de cada uno de los condóminos resultantes de la desmembración de la finca madre y la inscripción de estos en los Registros Públicos.
PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA
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