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La Formación Investigativa de los alumnos de Derecho de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Propuesta de Perfeccionamiento


    1. Resumen
    2. Desarrollo
    3. Conclusiones
    4. Bibliografía

    Resumen.

    El presente trabajo, se desarrolla en torno a la formación investigativa de los estudiantes de la Licenciatura en Derecho de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP).

    En la actualidad el Componente Investigativo dentro del proceso de enseñanza aprendizaje toma gran importancia en la formación de los estudiantes del Derecho y hoy constituye una problemática la formación investigativa de los alumnos; en tal sentido el presente tiene como objetivo el señalar la necesidad de perfeccionar la formación investigativa, mediante la elaboración de una propuesta metodológica que contribuya a la formación y el desarrollo de las competencias investigativas de los alumnos a través de la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación.

    Se utilizaron los métodos teóricos de análisis y síntesis, inducción y deducción y el histórico-lógico para el estudio y valoración de las fuentes bibliográficas necesarias para su desarrollo y los métodos y técnicas empíricas para la realización del estudio diagnóstico de la situación existente de dicha problemática.

    En tal sentido se propone una propuesta de perfeccionamiento que a través de una metodología contribuya a la formación y desarrollo de competencias investigativas en los alumnos, sustentando el aporte práctico de este trabajo en la innovación de una metodología que puede ser implementada al proceso de enseñanza aprendizaje de la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación.

    Introducción.

    En los últimos siglos los Estados han sido los principales rectores en las políticas educacionales, logrando la innovación y vigencia en la preparación de estudios, programas, clases, la impartición de estas y de dinámicas que busquen interactuar entre profesores y alumnos hasta llegar a la introducción de toda la nueva tecnología de información y comunicación.

    Destacando la importancia de la investigación, como una de las tareas más importantes dentro de la educación partiendo de las necesidades y problemas que presenta esta y el resultado que se pretende obtener del proceso de enseñanza en la evolución de cualquier sociedad, el Sistema Educativo Mexicano contempló dentro de su marco jurídico, Ley General de Educación, en la cual se establece en su Capitulo I, Disposiciones Generales (artículo 7, fracciones I, II y VII) que la educación que imparte el Estado mexicano tendrá entre otros como fin el :

    I.- Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus capacidades humanas;

    II.- Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis y reflexión críticos;

    VII.- Fomentar actitudes que estimulen la investigación y la innovación científicas y tecnológicas.

    Resulta objetivo que se señale: Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 3, fracción VII otorga autonomía a la universidades e instituciones de educación superior; teniendo la facultad y responsabilidad de gobernarse así mismos. La Ley General de Educación y la Ley de Educación del Estado de Puebla, excluyen la función educativa de las universidades e instituciones de educación superior, al determinar que las mismas deberán regularse por sus propias leyes; sin embargo dichos ordenamientos en sus artículos 9 y 14 respectivamente apoyan e impulsan la investigación científica y tecnológica en todos los tipos y modalidades educativos incluyendo la educación superior.

    Por lo que en este momento se enfoca el presente trabajo en la educación superior, es decir; en la universidad y en específico en el área del derecho, ya que la importancia de este trabajo se centra en la necesidad de dotar al estudiante del área del Derecho no sólo de una preparación teórica, sino que se despierte en él un desarrollo integral que sea capaz de observar, analizar y hacer reflexiones críticas; ya que las personas que se inician en el estudio jurídico necesitan fuentes de información especializada para desarrollar sus estudios, cultivando así la investigación, paso que ayudará en la verdadera formación y desarrollo de su vocación y habilidades para más tarde desarrollarse en el campo laboral.

    Tal y como lo señala el maestro Gabriel Álvarez, al señalar que "En los últimos años se intenta complementar el estudio de la investigación dogmática y documental, con las posibilidades emergentes de la investigación empírica o de campo con el objetivo de conocer la eficiencia de la norma jurídica, es decir, estudiar la realidad jurídica en las fuentes directas".

    Para enfrentar dicha situación es necesario que dentro del proceso educativo se analice y señale; si en la formación universitaria que se les está ofreciendo a los estudiantes se está desarrollando en ellos la habilidad investigativa como parte de esa formación, ya que la misma Ley General de Educación señala que dentro de los planes y programas de estudio deberán de establecerse la adquisición de habilidades y destrezas; o sólo se trata de obtener los conocimientos básicos teniendo como base la doctrina y la legislación.

    En la actualidad, resulta cierto que la investigación jurídica es sólo de interés de una minoría en las universidades y demás centros del conocimiento; encasillando al estudiante de derecho a ser litigante o funcionario público, pero se a olvidado dotarlo de la preparación desde el nivel básico de la carrera a desarrollar en él la habilidad de la investigación y ver en ellas el desarrollo del Derecho como ciencia misma. Sin embargo existen diversos autores que se han dedicado a trabajar y enfocarse a la formación investigativa de los alumnos, buscando el que se desarrollen y formen en los estudiantes habilidades y competencias investigativas sobre los nuevos paradigmas que las ciencias de la educación han permitido, así se pueden observar los trabajos de Honore (1980), Kellinger (1985), Canales (1986), Sánchez Puentes (1987), Arredondo (1989), Rojas Soriano (1992), Díaz Barriga (1993), Barbier (1993), Tunnerman (1997), Fuentes (2000), Gallardo (2003), Bermejo 2005, entre otros.

    Pocos son los casos en los que se enfrenta al estudiante a dejar el papel de alumno receptor y convertirse en alumno investigador; en donde se desarrollen lo que tûnnerman denomino como las "Competencias básicas; las cuales sintetizan el ser, saber y el hacer del profesional universitario". Y aunque algunos programas de licenciatura incluyen la asignatura de Metodología de la Investigación; como la materia que inicie al estudiante dentro de esta tarea; ésta sólo resulta ser un curso aislado, quedando en el olvido entre todas las materias cursadas a lo largo de la carrera debido a que no se le enseña al estudiante a hacer de ella una fuente de información y una herramienta de trabajo, tal y como lo señala el maestro Álvarez ya que debería de ser en los primeros años de la formación del estudiante, cuando se estimule "la capacidad heurística y de reflexión al buscar la información relevante del fenómeno jurídico estudiado… y en los últimos años de la carrera … los alumnos apliquen los conocimientos obtenidos en su formación, elaborando el proyecto de investigación jurídica y su memoria…".

    Dentro de este contexto, se ubica la vigencia del tema, debido a que observa que es en la transición de "estudiante a profesionales"; cuando el alumno es obligado a convertirse en investigador de la noche a la mañana; careciendo de las bases investigativas en el momento en que éste se ve en la necesidad de realizar el trabajo de investigación que deberá presentar y defender ante un jurado para poder otorgarle el grado académico; lo cual, los centros del conocimiento han hecho a un lado sin tomar en cuenta que es una parte fundamental en la formación de los egresado con la que deben de contar, debido a que a su paso por la universidad no se le inició en ello o se hizo de forma muy débil, lo cual acarrea consecuencias no tan solo en su tesis, sino después de realizada esta, en el desarrollo de su profesión se deja al olvido cuando debería de ser el comienzo de ella.

    Considerando los aspectos antes señalados este trabajo se enfocó a conocer en forma muy general la opinión de diez egresados del área del Derecho con respecto a su formación investigativa en su desarrollo universitario mediante una encuesta (anexo 1).

    De acuerdo a los resultados obtenidos de la aplicación de dicha encuesta, el 80% de los encuestados contestó que su formación investigativa en su desarrollo universitario había sido regular, mientras que el 20% restante respondió que había sido buena.

    Por lo que respecta a las causas que dieron origen a esa formación, se encierran en cuatro puntos:

    • A la falta de aplicación práctica de los Métodos y Técnicas de la Investigación.
    • A que los profesores son sólo abogados, que carecen de herramientas para la enseñanza.
    • No existe una vinculación de la investigación del estudiante con las materias especializadas que se van cursando.
    • Resultaba aburrida la materia de Metodología de la Investigación.

    Tomando en cuenta diagnóstico realizado y a partir de las vivencias de la autora, se ha planteado como problema científico el siguiente: La insuficiencia en la formación investigativa de los alumnos de la Licenciatura en Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la BUAP; teniendo como objeto de investigación: El proceso de enseñanza aprendizaje de la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación y estableciendo como campo de acción:

    La formación investigativa de los estudiantes.

    La hipótesis planteada en la investigación es la siguiente: Si en el proceso de formación de los estudiantes de la Licenciatura en Derecho, se aplica una metodología para la formación y el desarrollo de las habilidades investigativas de los alumnos mediante la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación, basada en la contradicción entre los Métodos de Investigación Jurídica y los Métodos Didácticos; se contribuirá a la formación investigativa de los estudiantes.

    Desarrollo.

    La educación debe ser un proceso dinámico, de renovación constante, debiendo evolucionar a la par de la sociedad; partiendo de este hecho, la investigación científica es una tarea primordial en la vida académica de cualquier estudiante, ya que brinda la oportunidad de contar con la información de las fuentes directas del Derecho positivo lo que a su vez les permite ser parte activa y responsable del proceso de enseñanza-aprendizaje.

    El proceso de investigación es muy complejo; ya que se relacionan varios componentes entre si para el desarrollo de habilidades investigativas. Partiendo del análisis de la naturaleza dialéctica de los mismos se obtiene como consecuencia la dinámica del proceso; en donde al entrelazarse unos con otros, resulta cierto; que al faltar uno de estos o ser deficiente, el proceso será ineficaz.

    Por lo que para analizar las tendencias históricas de la formación investigativa de los estudiantes de Derecho de la BUAP, mediante la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación se han tenido en cuenta los siguientes indicadores:

    • Modificación a los planes y/o programas de estudio.
    • El papel del alumno en el proceso docente educativo.
    • El papel del profesor en el proceso docente educativo y
    • La metodología de la enseñanza

    Desprendiéndose del análisis de dichas tendencias que la formación investigativa de los alumnos de derecho ha atravesado por el conjunto de etapas que son:

    1972 – 1982. Etapa de enfoque teoricista.

    1983 – 1991. Etapa de comprensión científica del Derecho

    1992 – 2001. Etapa de vinculación de investigación-desempeño.

    2002 – 2005. Etapa de formación investigativa general.

    Etapa de enfoque teoricista. (1972 – 1982).

    El principal antecedente histórico de la asignatura en cuestión, se desarrolla en el Plan de Estudios de 1972 en el cual se impartía las materias de Preseminario de Metodología Jurídica y Seminario de Aplicación de la Metodología Jurídica en primer y segundo semestre respectivamente, hasta el mes de septiembre del año de 1977 cuando se realiza el segundo Congreso de la Escuela de Derecho de la BUAP con carácter resolutivo, en el cual se discutió y se aprobó un nuevo plan de estudios, orientado hacia los métodos y contenidos de la enseñanza y la investigación. Aprobando bajo esas directrices el Plan de Estudios de 1978, Se señala que dichos programas carecían de cartas descriptivas de los cursos, de objetivos y algunos eran incompletos; es decir, un porcentaje significativo carecía de programas de estudio debidamente requisitados.

    Este plan tenía una falta total de propósitos generales y una completa ausencia de objetivos terminales. Consideraba dos niveles, el primero estaba comprendido por los primeros cuatro semestres los cuales buscaban hacer al estudiante apto cultural y científicamente para manejar la teoría del derecho y la técnica jurídica, en clases de tres horas; dentro de este se ubicaba la materia de Metodología Jurídica Teórica Práctica; como resultado de la fusión de las asignaturas de Preseminario de Metodología Jurídica y Seminario de Aplicación de la Metodología Jurídica contempladas en el anterior Plan de estudios.

    El programa de la asignatura de Metodología Jurídica Teórica Práctica estaba comprendida por nueve unidades en donde se es notorio observar que no existió congruencia entre los objetivos específicos a cumplir en la unidad y las actividades a realizar; así por ejemplo en la primera unidad mientras en sus objetivos específicos se encontraba el expresar porque es el trabajo de investigación, en las actividades a realizar se encontraba que se tenía que investigar que era una memoria y lo que era una obra básica. Por lo tanto en este programa prevalecía la falta de concordancia entre los objetivos y el contenido de los mismos, teniendo temas que correspondían a uno de filosofía y su desarrollo era totalmente teórico, cursando dicha asignatura en el primer año de la carrera.

    Por lo que respecta al papel del alumno dentro de esta etapa se señala que resultaba nulo el trabajo científico de los estudiantes, en donde rara vez se les pedía que realizaran trabajos de investigación durante los cursos, haciéndose notoria la inexistencia de la investigación en los alumnos y por consecuencia en la formación y desarrollo de sus habilidades investigativas; ya que ni siquiera se tenia claro lo que era una investigación.

    Dentro de esta etapa del proceso los profesores enfocaban sus esfuerzos para que los alumnos desarrollaran en la práctica los conocimientos adquiridos de las materias jurídicas de ahí se deriva que muchos abogados, por no decir que todos, se encasillaron en prepararse para ser litigantes y pocos volvieron su rostro a la docencia e investigación. los maestros no establecían siquiera la relación teoría – práctica durante el curso, limitándose a la impartición exegética de la clase; quienes sólo repetían los patrones de conducta sobre los cuales ellos mismos habían aprendido.

    En cuanto a la metodología de la enseñanza, esta se señalaba de manera dogmática, donde la formación del criterio jurídico no existía al igual que la investigación integrada. Lo cual pone en evidencia la separación de dicho plan y las funciones de la Universidad que postulaba el Movimiento de Reforma Universitaria, que eran: la docencia, investigación y la extensión universitaria, que armonizadas íntimamente tenían el objeto de formar profesionistas críticos y comprometidos. Sólo se daba realce a las asignaturas que abrían posibilidades a nuevas opciones de trabajo profesional para los egresados; asumiéndose el método tradicional, y donde los recursos didácticos que se empleaban no eran más que la pizarra, el libro de texto y el dictado de apuntes, sumándose a estos cátedras magistrales.

    Etapa de comprensión científica del Derecho (1983 – 1991)

    Por lo que respecta a los Planes y Programas de Estudio dentro de esta etapa; se llevó a cabo en noviembre de 1983, el Foro de Planes y Programas de Estudio, el cual tenía como objetivo la mejora de los mismos mediante el análisis critico al plan 78 que era el vigente hasta ese momento; con el fin de incorporar a los programas y al proceso de enseñanza una correcta conceptualización de lo científico y técnico, como de lo práctico y teórico.

    Teniendo como resultado en la actualización del plan de estudios la substitución del curso de Metodología Jurídica Teórico y Práctica por el Taller de Metodología y Técnicas de Investigación Jurídica, dándole la validez como un curso de formación para una correcta comprensión científica del derecho; partiendo del criterio integral para interrelacionar los cursos de formación con los jurídicos, en donde se reafirmaba su importancia. Ya que de nada servía tener toda la teoría comprendida en un curso sino se le daba aplicación; así los mismos alumnos demandaron un curso donde pudieran desarrollar dichos conocimientos motivo por el cual se convierte en un taller, que sería cursado en el tercer o cuarto semestre ya que se tuviera un nivel básico de conocimientos jurídicos; además de establecer un seminario para la elaboración de la tesis que se debía cursar en el último año escolar debido a la ausencia del nivel científico del trabajo de investigación, que se puede señalar como consecuencia de la falta de aplicación de la materia de Metodología y Técnicas de la Investigación.

    Dichos puntos resolutivos del foro sólo llegaron hasta ahí, debido a la falta de aplicación como consecuencia de que la academia sólo actuó como instancia revisora dejando en el olvido su papel de órgano ejecutor.

    Logrando un retroceso enorme, ya que se sabía una deficiencia y se tenía el remedio pero simplemente no se hizo uso de él, y decidieron quedarse como estaban, y en el quinto congreso celebrado en el año de 1985 se aprobó el plan de estudios nuevamente con la misma materia sólo que cambió su nombre por el de Métodos y Técnicas de Investigación Jurídica, ubicándose en el área Jurídico Instrumental del nivel básico; estructurándola a través de cuatro unidades temáticas, lo cual tenia como objetivos la información y formación que permitiera a los estudiantes identificar el proceso del conocimiento científico y el proceso de la investigación jurídica; la explicación y justificación de la importancia de las técnicas de investigación documental y de campo y adquirir los conocimientos suficientes sobre los elementos fundamentales de la investigación jurídica de carácter científico. Por lo que se puede señalar que los mismos objetivos de esta asignatura limitaban el proceso de enseñanza-aprendizaje, al hacer de estos un listado a nivel de conocimientos sin buscar convertir ese conocer

    El papel de los alumnos y maestros continuaban siendo los mismos de la etapa anterior; ya que los docentes seguían impartiendo su cátedra mediante el discurso clásico del aprendizaje en donde sólo se transmitía el conocimiento doctrinal sin propiciar que los alumnos se desarrollara la investigación, donde la práctica que se llevaba a cabo era una consecuencia lógica para la aplicación de los conocimientos que se les había impartido con respecto al área jurídica, pero no a la científica.

    En el mismo sentido, la metodología de la enseñanza dentro de esta etapa se señalaba en torno a la motivación del proceso de enseñanza-aprendizaje, no cambio mucho ya que continuaba impartiéndose bajo el esquema tradicionalista, enteramente como una materia teórica sin ninguna aplicación, en donde la formación y desarrollo de habilidades investigativas resultaban nulas y no se encontraba vinculación alguna con el resto de las asignaturas.

    Esto se podría señalar como consecuencia de la deficiente estructuración de la materia dentro del plan de estudios y los objetivos que se perseguían con la impartición de la misma. Aunado a que sus recursos didácticos utilizados eran la pizarra, lecturas, uso de libro, lecturas comentadas, laminas y rotafolio entre otros.

    Etapa de vinculación de investigación-desempeño. (1992 – 2001)

    Dentro de esta etapa, los planes y programas de estudio de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales fueron evaluados por la Comisión Coordinadora del Proceso de estructuración del nuevo plan de estudios para el desarrollo del proyecto académico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la BUAP (1992), la cual al revisar dichos programas, elaboró un diagnóstico del mismo en el que se revela en primera instancia que el plan de estudios de la materia de Métodos y Técnicas de la Investigación Jurídica no se evaluó debido a que el presidente de la academia no cooperó con dicha comisión6, se hace un paréntesis para señalar en este punto que si ese era el interés y apoyo que se obtenía del presidente de la academia ante una comisión revisora, se deja clara la idea de la "importancia que se tenía de la asignatura" para el presidente de la academia y los demás integrantes de la misma.

    Sin embargo, como resultado de dicha revisión al Plan de estudios, se elaboró uno nuevo(1995) basado en el sistema de créditos, señalando entre sus objetivos curriculares:

    Impulsar la investigación jurídica como una actividad especializada no necesariamente divorciada de la práctica jurídica; sino al contrario, íntimamente relacionada a ella como su fuente inmediata, pero a su vez como factor del desarrollo de esa práctica.

    Propiciar la formación de un egresado, altamente informado en lo científico acerca del Derecho Positivo……. prepararse específicamente para dar su concurso efectivo como … un investigador especializado en la materia jurídica.

    Se estructura el plan de estudios en cinco áreas: Técnico Jurídica Fundamental, Jurídica Social, Jurídica Filosófica, Jurídica Instrumental y Cultura Universitaria, comprendiendo dentro del área Jurídico Instrumental la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación; como una materia de carácter informativo que permitiera una visión integral del campo científico por medio de la combinación de actividades de investigación y aplicación para su desempeño creativo, coadyuvando a la facilitación del aprendizaje y su formación, que en conjunto con el resto de los cursos comprendidos en esta área correspondiesen a la praxis profesional, definiendo el quehacer humanístico/científico/técnico, facilitando la investigación y orientación al campo del ejercicio profesional.

    Estableciéndola dentro del nivel básico en el mapa curricular con tres horas de teoría semanal con un total de seis unidades de créditos, sin requisito previo para ser cursada. Logrando tener un plan de estudios estudiado y completamente reestructurado.

    Por lo que respecta al papel que desempeñaban alumnos y maestros; la comisión señaló que la situación que imperaba en la planta de maestros a nivel general en la escuela tornaba más difícil la situación, ya que se detectó un alto índice acerca del incumplimiento en los programas de estudio por parte de los profesores y estudiantes, haciéndose notorio el elevado nivel que existía de corrupción de alumnos y de maestros que no impartían el tiempo completo de la cátedra y otros más que eran sustituidos por pasantes en la impartición de clases; no existía ninguna dinámica entre el profesor y el alumno, en donde se pudieran desarrollar trabajos científicos en los cuales se aplicaran dichos conocimientos. Sin embargo dicha comisión señaló tareas inmediatas a cumplir de donde se desprende la aplicación por parte de la planta docente del método científico y la necesidad de aplicar nuevas técnicas pedagógicas e incrementar la investigación como punto de apoyo de la docencia.

    El proceso de enseñanza aprendizaje al inicio de esta etapa se destacaba por ser verdaderamente informativo y repetitivo de conceptos y doctrinas y aunque se logra tener un plan de estudios reestructurado, se señala que la cátedra de dicha materia se vuelve a concentrar en la teoría, resultando inexistente la formación y desarrollo de competencias investigativas y encasillando a la cátedra a ser una serie de conferencias semanales. Quedando estancado el proceso de investigación en esta materia ya que se argumenta que se debe al método exegético utilizado en la enseñanza.

    Etapa de formación investigativa general. (2002 – 2005)

    Cinco años más tarde, los miembros de la Comisión de Seguimiento y Evaluación Curricular presentan el plan de estudios del año 2001, el cual se encontraba sustentado en el de 1995 y se encuentra vigente hasta estos días; ubicando a la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación Jurídica en el mismo lugar; dando su descripción; como la materia que "Proporciona a los estudiantes los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias que les permiten obtener una información adecuada sobre los métodos y técnicas de Investigación jurídica más usuales." 7 y modificándola respecto al número de créditos, dejándola con cuatro en total y con una hora de teoría y dos de práctica, sin embargo aún no logró el balance total entre estas dos cuestiones, ya que este plan con relación al anterior sólo restó dos horas a la teoría para otorgárselas a la práctica, lo cual no garantizó que se formen habilidades en los alumnos, mucho menos se desarrolle una práctica correcta; ya que sólo describe a la asignatura como la materia que permite hacerse llegar de información sobre métodos y técnicas de investigación; más no a desarrollar habilidades, ni que decir de las competencias que otros autores del tema señalan y que se analizaran más adelante en el cuerpo del presente trabajo.

    No obstante, en cuanto al papel que desempeñaban alumnos y maestros disminuyo la corrupción señalada en la etapa anterior dándose aunque en un menor grado la dinámica entre el profesor y el alumno para desarrollar trabajos, pero aun el número de docentes que se han comprometido con el cambio pedagógico es poco, ya que si bien ahora ya les dejan trabajos para investigar, los alumnos señalan que son generales y no reciben una valoración profunda por parte de los maestros; en donde esto se torna en una corriente de solo cumplir con hacer la investigación para la obtención de una calificación; lo cual permite en un muy pequeño parámetro favorecer el desarrollo integral de los alumnos, involucrando a estos y haciéndolos corresponsables de su propio aprendizaje.

    Además, se debe señalar que dicha reforma hizo obligatorio a los docentes de la Universidad el que se prepararan y actualizaran mediante estudios de Maestrías y Doctorados elevando así su nivel académico y el desarrollo frente a los grupos.

    El proceso de enseñanza aprendizaje cambia un poco con la metodología sugerida, ya que el profesor, aunque sigue dando su exposición facilitadora, permite en menor grado la participación de los alumnos en exposiciones y buscando iniciar dinámicas grupales en algún momento y aunque el plan de estudios se encuentra reestructurado, los contenidos de la materia se vuelve a concentrar en la teoría, resultando inexistente la formación y desarrollo de competencias investigativas; en donde la clase es una serie de conferencias semanales con orientaciones para iniciar a los alumnos en trabajos por equipos eventual y esporádicamente.

    Siendo dicho proceso de investigación en esta materia limitado, donde no se motiva a la utilización de la nuevas tecnologías de la investigación y centrándolo minimamente en la solución de problemas reales y nulamente en problemas jurídicos mediante la ciencia. Logrando que esta etapa sólo forme en investigación en forma muy general.

    Conclusiones.

    Resulta evidente que el tema de la formación y el desarrollo de las habilidades investigativas de los alumnos a través de la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación es de suma importancia para los estudiantes de la carrera de Derecho y Ciencias Sociales, ya que el tema se fundamenta a partir de que no sólo se trata de formar a un profesional con determinadas competencias en la práctica jurídica forense; sino de que además ese profesional contribuya a su crecimiento personal y al desarrollo en todos los ámbitos de la sociedad con los cuales interactúan las instituciones educativas, en lo cual incide la formación en el contexto escolar de manera fundamental.

    Así se señala como conclusión de las tendencias históricas del tema de investigación abordado en éste trabajo que:

    En la Etapa de Etapa de enfoque teoricista. (1972 – 1982). Al ingresar la asignatura de Metodología Jurídica Teórica Práctica al plan de estudios de 1978, se contemplaba la necesidad de brindarle al estudiante de Derecho las herramientas necesarias para desarrollarse como un estudioso de esta área desde el origen de las cosas.

    Mientras que en la Etapa de comprensión científica del Derecho (1983 – 1991), se tenia como objetivos la información y formación que permitiera a los estudiantes identificar el proceso del conocimiento científico y el proceso de la investigación jurídica; aunque continuaba dejando por completo fuera del alcance del estudiante el desarrollo de competencias investigativas.

    La tercera etapa llamada de vinculación de investigación-desempeño (1992 – 2001), permitió dar coherencia entre los programas de estudio de cada asignatura y la planta docente junto con los alumnos, en donde se dio un nuevo aire a la materia de Métodos y Técnicas de la Investigación en específico, al desarrollar como uno de sus fines el impulso a la investigación, además de encerrar dentro del perfil del egresado la faceta de investigador. Sin embargo, no fue observable una formación investigativa en los alumnos del área del Derecho de la BUAP.

    En la cuarta etapa denominada de formación investigativa general. (2002 – 2005), permite eso; la formación muy general de los alumnos en la cuestión investigativa donde la clase es una serie de conferencias semanales con orientaciones para iniciar a los alumnos en trabajos por equipos eventualmente, pero sin que esta actividad halle un desarrollo aunado a la práctica jurídica, buscando sólo que los alumnos obtengan una formación investigativa en forma muy general.

    Lo antes descrito; sugiere la conclusión del presente trabajo con la proposición de desarrollar una propuesta de perfeccionamiento mediante la elaboración de una metodología para la formación y el desarrollo de competencias investigativas en los alumnos de Derecho mediante la asignatura de Métodos y Técnicas de la investigación.

    Ya que al desarrollar competencias, no tan sólo se desarrollarían habilidades en sí mismas, sino que se estaría en una mejor postura de fomentar y propiciar la investigación en las universidades en donde el estudiante sería capaz de buscar y construir su conocimiento dando una mayor significación entre la educación y las demandas sociales; ya que el establecimiento del desarrollo de competencias adquiere un mayor significado entre el "ser y saber cómo" sobre el "saber y hacer qué".

    Por lo que en la opinión de la autora, la propuesta metodológica para la formación investigativa mediante el desarrollo de competencias en los estudiantes de Derecho a través de la asignatura de Métodos y Técnicas de la Investigación Jurídica; tiene que basarse en la contradicción que se manifiesta entre los Métodos de Investigación Jurídica y los Métodos Didácticos. "ya que sin la propiciación de la búsqueda y creación de conocimiento nuevo; no sería una universidad moderna" (Bunge 1987).

     

    Notas referenciales.

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    2. Tunnermann. C. (1997) Una nueva visión de la educación superior, en educación superior latinoamericana y del caribe, Siglo XXI, Ecuador. Citado por: Gallardo. O. (Cuba 2003). en: Modelo De Formación Por Competencias Investigativas Para Investigadores Profesionales. (p.18) Centro de Investigaciones y Servicios Ambientales y Tecnológicos. Holguín, Cuba.
    3. Álvarez, G. (2003). Importancia de la metodología de la investigación jurídica en la formación del abogado. Extraído el 26 Septiembre, 2005 de http://www.lasemanajuridica.cl/LaSemanaJuridica/1401/article-33408.html#null
    4. Bunge. M. (1987). Vistas y entrevistas. Opiniones impopulares sobre problemas de actualidad. Buenos Aires, Siglo Veinte. Citado por: Iniciación En La Investigación. Seminario En La Facultad De Derecho Y Ciencia Política De La Universidad De San Martín De Porres 2003. Extraìdo el 15 de Septiembre, 2005 de http://www.derecho.usmp.edu.pe/1ciclo/metodologia_investigacion_juridica/METODOLOG%CDA%20E%20INVESTIGACI%D3N%20JUR%CDDICA.doc

    Bibliografía.

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    Datos de la autora: Andrea Castillo Duran

    Licenciada en Derecho y Ciencias Sociales por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla; México. 2002.

    Actualmente cursante de la Maestría en Ciencias de la Educación con especialidad en la enseñanza del derecho por la Universidad de Camagüey, Cuba. Con sede en la Facultad de Derecho de la B.U.A.P.