- ¿Quién es el responsable de solucionar los problemas públicos, el estado o el gobierno?
- ¿El orden es el bien público primordial que debe garantizar todo gobierno?
¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS PÚBLICOS, EL ESTADO O EL GOBIERNO?
Partiendo de la idea del contrato social formulada por Juan Jacobo Rosseau, los hombres en el denominado "estado de naturaleza" fueron superados por obstáculos que pusieron en peligro su supervivencia y los cuales no podían ser afrontados de manera individual, pues sus fuerzas y capacidades no lo permitían.
La manera idónea para superar estas contingencias que impedían la satisfacción de sus necesidades, la encontró en la integración de fuerzas y en la división del trabajo, vinculada a través de un ente de organización y coordinación y a partir de un acuerdo general.
Dicha estructura evolucionó hasta convertirse en la institución jurídica, política y social columna del desarrollo humano conocida como Estado.
Rosseau lo define como "… una forma de asociación capaz de defender y proteger con toda la fuerza común la persona y bienes de cada uno de los asociados" (Rosseau, El contrato Social) , queda claro que se trata de una relación contractual coordinada y regulada por el derecho necesariamente, para definir las prerrogativas y obligaciones de cada una de las partes, entendidas estas, por un lado los asociados y por el otro la asociación denominada estado, que si bien en esencia es una ficción jurídica sabemos que en la teoría clásica se compone de elementos para su integración material: Población, Territorio y Gobierno.
En esencia, las funciones del Estado son aquellas que exige la adquisición del bien común. El Estado tiene derecho de hacer todo aquello que reclama el bien común, de prohibir todo lo que impide el bien común y de prescribir lo que exige el bien común. (Velásquez H. 1997)
Pero, siendo el Estado una ficción jurídica, ¿Cómo se llevan a cabo sus acciones? ¿De que manera se materializa su pretensión de lograr el bien común?
En este punto es necesario mencionar y para efectos del presente ensayo que la mayoría de las personas utilizan los términos Estado y Gobierno indistintamente, sea para hacer referencia a la institución organizativa social o para su elemento de coordinación, planeación, implementación, dirección y control de acciones denominado como gobierno, que a su vez se estructura de acuerdo a facultades y competencias en órganos compuestos de recursos humanos, financieros, materiales y técnicos los cuales componen la administración pública, prestadores finales de los servicios y obras que el Estado se obliga a proporcionar a aquellos que le dieron origen mediante el acuerdo de voluntades, mejor conocidos como población, en un área geográfica determinada y delimitada que compone el territorio.
Para entender el concepto Estado, primero debemos entender lo que no es:
- No es el régimen político. Basado en la forma de la distribución de la riqueza y de la propiedad de los medios de producción, así como, en las formas de representación y como surgen las decisiones para cumplir con los objetivos de dicho régimen, pues este puede cambiar, el Estado permanece.
- No es el gobierno. Pues en sentido material, es el equipo de hombres que detentan el poder. Los gobiernos acaban mientras el Estado subsiste.
- No es el poder. El poder político es un atributo esencial del Estado, aunque este concepto se encuentra aún mas relacionado con el de soberanía.
En el caso de México, el artículo 39 de Nuestra Constitución establece que la soberanía que es el poder supremo radica en el pueblo el cual tendrá en todo momento el derecho de cambiar su gobierno.
Para intentar responder a la cuestión de la responsabilidad de resolución de problemas públicos, debemos comenzar por establecer que el Estado al igual que el Derecho no son fines, sino medios, el primero de organización y el segundo de regulación de un conglomerado social, por lo que ninguno de los dos de manera individual o aislado pueden dar solución a conflictos, pues necesariamente deben contar con el factor de acción que complementa el gobierno y la función de la administración pública. Efectivamente el Estado representa el poder público, pero es el gobierno quien lo ejerce, a través de sus diversos órganos.
Referente al concepto de Administración pública, en el año de 1937 Marshall E. Dimock, postuló una definición amplia que enuncia: "… la administración se refiere al "que" y al "como" del gobierno .
El "que" es la sustancia, el conocimiento técnico de un campo, que capacita al administrador para llevar a cabo su tarea.
El "como" son las técnicas de gerencia, los principios que llevan al éxito los programas cooperativos. Cada uno de estos dos elementos es indispensable; juntos forman la síntesis que se llama administración" (Dimock 1937).
Leonard D. White señaló: "la administración pública consiste en todas las operaciones que tienen como propósito la realización y ejecución de la política pública".
En todo caso la realización de la "política pública" de los objetivos del Estado, es tarea que en realidad comparten los ciudadanos, los partidos políticos, las asociaciones, los órganos gubernamentales y los servidores públicos, los órganos de opinión pública, los grupos de intereses económicos, así como todos los agentes sociales que convergen en la estructura de un estado.
Los autores Simon, Smithburg y Thompson, en su libro Public Administration, de 1950, definen administración como "la actividad de grupos que cooperan para la realización de objetivos comunes" y en cuanto a la administración pública, dicen: "significa, las actividades de las ramas ejecutivas de los gobiernos (Simon, Smithburg y Thompson 1950).
Por lo antes expuesto, y en un proceso de definir al responsable de solucionar los problemas públicos y una vez realizadas las definiciones anteriores se puede establecer que dicha responsabilidad se presenta de una forma solidaria y subsidiaria entre los agentes estatales, cada uno desde la esfera de su competencia respectiva.
Si consideramos que el gobierno es un elemento del Estado, el planteamiento del presente problema adquiere una dimensión de reciprocidad, indistintamente ambos adquirirán responsabilidad en el fracaso o reconocimiento por los logros. Aunque no hay que olvidar el manejo de conceptos de acuerdo al perfil del problema.
Por ejemplo, en un problema de carácter internacional o de relaciones multinacionales, hablaremos de las acciones del Estado Mexicano respecto de otros estados y cuando el problema sea a nivel interno nos referiremos a las acciones implementadas por el gobierno, sea este, federal, estatal o municipal.
Por otra parte, ya se ha dicho que el estado no es el fin sino el medio por el cual el hombre se organiza para satisfacer sus necesidades o lograr el bien común, por lo que tenemos que definir el concepto de problema desde el objeto del Estado.
Así podemos definir al problema desde la esfera del estado como toda aquella contingencia y/o obstáculo que impida las condiciones de desarrollo y de satisfacción de necesidades. En una sociedad las anteriores circunstancias esenciales se denominan como bien común.
ESTADO GOBIERNO ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Si responsabilizamos alguno de los anteriores conceptos, de manera solidaria los restantes se encontraran implícitos por ser parte conjunta de un solo ente.
Por lo que retomando la esencia del contrato social de Rosseau se puede afirmar que el compromiso de solucionar los problemas públicos es representado por el Estado, la estrategia diseñada por el gobierno y la ejecución realizada por la Administración Pública, siendo partes integrantes de un todo.
De lo establecido en los artículos 39 y 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos se desprende que la soberanía radica en el pueblo, así como la facultad de tomar las decisiones más importantes para la nación, por lo que la responsabilidad del pueblo no se debe limitar a ejercer su sufragio para que a través de un sistema representativo elija a aquellos que integrarán al gobierno, sino igualmente es responsable de participar en la toma de decisiones así como en su ejecución en plena cooperación con el gobierno y con los diversos órganos de la administración pública.
En concreto, la responsabilidad de solucionar los problemas públicos recae en una función conjunta solidaria y subsidiaria en la que el gobierno como parte coordinadora del estado debe organizar a todos los agentes para la maximización de sus capacidades y facultades a partir de la formulación informada y planeada de acciones (políticas públicas).
Actualmente ya no es posible fincar la responsabilidad de tal función de manera exclusiva al gobierno pues incluyendo la participación activa de la sociedad se promueve la transparencia y la información, instrumentos necesarios para eficientar los acciones de gobierno y generar un compromiso social que traerá como consecuencia un orden social y condiciones de gobernabilidad a partir de consensos amplios que tienen como origen procesos de reflexión y deliberación.
¿EL ORDEN ES EL BIEN PÚBLICO PRIMORDIAL QUE DEBE GARANTIZAR TODO GOBIERNO?
El Estado es una creación humana racional, al igual que el derecho, pues ambos buscan la misma finalidad la convivencia armónica del hombre en sociedad, condición indispensable para que pueda existir el desarrollo integral del hombre y de manera solidaria el de la sociedad.
El estado no podría existir sin el derecho, esto sería imposible.
La enigmática frase de Rosseau según la cual "en ocasiones es necesario obligar a algunos hombres a ser libres", sería considerada absurda si no se tuviera en cuenta la primacía de las leyes y el bien público sobre cualquier interés individual. La reivindicación de la voluntad general y el bien común llevan a subordinar cuando es necesario, aquellas libertades individuales que no coinciden con los intereses públicos. Rosseau con esta frase agrega elementos a una futura teoría del Estado de Derecho:
- La continuidad absoluta entre libertad individual y voluntad general.
- La idea de que los intereses públicos solo pueden ser expresados bajo la forma de leyes, que representan la voluntad general y buscan el bien común.
El Estado atiende a una voluntad general y por consiguiente a su bienestar y a la búsqueda de las condiciones de armonía y equilibrio entre los agentes de la sociedad.
Esta condición el estado la debe garantizar traduciéndola en seguridad de forma integral, por lo que efectivamente el bien público primordial que el Estado debe proveer es el orden, entendido este como el perfecto funcionamiento y respeto a las formas jurídicas que norman la organización y estructura de los órganos gubernamentales y las relaciones de subordinación entre sus servidores, así como el estricto cumplimiento de las formas legales en todas las relaciones que se susciten en el conglomerado social.
Así en una situación de orden, los poderes públicos son respetados como instituciones, las personas que lo encarnan, así como, la adecuada defensa del régimen y de los derechos fundamentales de los ciudadanos, la paz social y la tranquilidad pública.
Para la existencia de esta condición de orden es necesario cumplir con los siguientes principios: Democracia, Soberanía, Unidad Social, Integridad del Patrimonio Nacional, Estado de Derecho y Desarrollo.
Dimock, Marshall E. "The study of Administration", American Political Science Review, XXX, Núm 1 (febrero 1937), 31-32. Public Administration (Nueva York: Rinehart, 1953), Pág. 4
Rosseau, J.J (1712-1778) El Contrato Social, Ediciones Quinto Sol.
Sánchez Bringas Enrique (1995) Derecho Constitucional, Editorial Porrua. México
Serra Rojas, Andrés, (2000) Derecho Administrativo, Editorial Porrua. México
Simon, Herbert A., Smithburg, Donald W, Thompson, Victor A.(1950) Public Administration, Knopf Nueva York , Pág.3
Velázquez H, Pedro. P, (1997) Iniciación a la Vida Política, Editorial EPESSA, México, julio 1997.
White, Leonard D (1950), Introduction to the study of Public Organization, Macmillan, Nueva York
DANIEL GARCIA RUBIO
– LIC. EN DERECHO. EGRESADO DEL COLEGIO HOLANDES.
– ESTUDIOS DE MAESTRIA EN POLITICAS PÚBLICAS POR LA
UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA-XOCHIMILCO.
– PROFESOR UNIVERSITARIO DE LAS MATERIAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO,
DERECHO MERCANTIL Y METODOLOGÍA JURÍDICA.
– HA TRABAJADO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL (AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE NAUCALPAN)
Y FEDERAL EN LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL.
– FUNDADOR DEL FRENTE CIVICO "DIGNIDAD CIUDADANA"
– ABOGADO POSTULANTE EN LAS MATERIAS CIVIL, MERCANTIL, FAMILIAR, ADMINISTRATIVA, LABORAL Y PENAL.
– INVESTIGADOR DE TEMAS DE SEGURIDAD NACIONAL Y LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.