El costo de ventas y su incidencia en el estado de resultado integral de la empresa minera Enproyec SAC (página 2)
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Además en el literal j) del artículo 11° del reglamento del TUO de la LIR, se regula que se aplicarán supletoriamente las NIIF, en tanto no se opongan a lo dispuesto en la LIR y su reglamento.
Registro de Control de Inventarios para efectos Tributarios
Obligación de llevar registros de Inventarios y contabilidad de costos (Artículo 35° Reglamento LIR).
-Cuyos ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a 1,500 UIT del ejercicio en curso deberán llevar un Sistema de Contabilidad de Costos, el cual incluye: Registro de Costos y Registro de Inventario Permanente Valorizado Además deberán realizar por lo menos un inventario físico en cada ejercicio.
– Cuyos ingresos brutos anuales del ejercicio precedente hayan sido mayores a 500 UIT y menores o iguales a 1,500 UIT del ejercicio en curso deberán llevar un Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas Además deberán realizar por lo menos un inventario físico en cada ejercicio.
– Cuyos ingresos brutos anuales del ejercicio precedente hayan sido inferiores a 500 UIT del ejercicio en curso: Deberán practicar Inventarios Físicos de sus existencias al final del ejercicio sobre el alcance y cumplimiento de dicha obligación, citamos a continuación los criterios vinculantes emitidos por el Tribunal Fiscal:
– RTF N° 04289-8-2015, publicada en el diario oficial "El Peruano" el día 16.05.2015 y que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria:
"Las exigencias formales previstas por el artículo 35° del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta en relación con los libros y registros referidos a inventarios sólo son aplicables a los contribuyentes, empresas o sociedades cuya actividad requiera practicar inventarios físicos o materiales."
– RTF N° 08246-8-2015, publicada en el diario oficial "El Peruano" el día 08.09.2015 y que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria:
"Los contribuyentes, empresas o sociedades que están dentro del ámbito de aplicación del inciso a) del artículo 35° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta están obligados a registrar información en un Registro de Costos, que forma parte del Sistema de Contabilidad de Costos, si su actividad implica la existencia de un proceso productivo que origine un bien material o físico que deba ser valuado y que califique como inventario".
En función a dichos criterios, procede considerar que existen dos tipos de inventarios (i) Materiales e (ii) Inmateriales, alcanzando las obligaciones formales tributarias respecto al control de inventarios únicamente a los bienes de carácter material.
En correlato con ello, SUNAT emitió el Informe N° 0135-2015- SUNAT/5D0000, de fecha 24.09.2015 señalando el criterio siguiente: "No existe la obligación de llevar Registro de Costos tratándose de empresas de servicios, comercialización u otra actividad que no implique la producción de bienes."
Sobrantes y Faltantes de Inventarios
La determinación de las diferencias de inventario, se obtienen mediante el procedimiento de comparación de la información obtenida en la toma de inventario físico y la información de su kárdex, actualmente conocido como registro de inventario permanente.
En el análisis de las diferencias de inventario podemos encontrarnos en dos situaciones: faltante de inventario (pérdida) o sobrante de inventario (ganancia), debiendo evaluar ambas situaciones y su incidencia o tratamiento tributario.
Impuesto a la Renta
a) Faltante de inventario
El artículo 62º del TUO de la Ley del IR señala que: "Los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos, siempre que se apliquen uniformemente de ejercicio en ejercicio:
a) Primeras entradas, primeras salidas (PEPS).
b) Promedio diario, mensual o anual (PONDERADO O MÓVIL).
c) Identificación específica.
d) Inventario al detalle o por menor.
e) Existencias básicas".
El artículo 35º del Reglamento del IR precisa los parámetros de la obligación del llevado de registros de control de los inventarios y sus costos, los cuales se determinan en función a sus ingresos anuales o naturaleza de sus actividades, y dice:
"Los deudores tributarios deberán llevar sus inventarios y contabilizar sus costos de acuerdo a las siguientes normas:
a. Si sus ingresos brutos anuales del ejercicio precedente son mayores a 1,500 UIT, deberán llevar un sistema de contabilidad de costos, cuya información deberá ser registrada en los siguientes registros:
– Registro de costos,
– Registro de inventario permanente en unidades físicas, y
– Registro de inventario permanente valorizado.
b. Si sus ingresos brutos anuales del ejercicio precedente haya sido mayor o igual a 500 UIT y menor o igual a 1500 UIT, solo deberán llevar el Registro de inventario permanente en unidades físicas.
c. Si sus ingresos brutos anuales del ejercicio precedente son menores a 500 UIT, solo deberán realizar inventarios físicos de sus existencias al final del ejercicio.
d. Tratándose de los deudores tributarios comprendidos en los incisos precedentes a. y b., adicionalmente deberán realizar, por lo menos, un inventario físico de sus existencias en cada ejercicio.
e. Deberán contabilizar en un registro de costos, en cuentas separadas, los elementos constitutivos del costo de producción por cada etapa del proceso productivo. Dichos elementos son los comprendidos en la Norma Internacional de Contabilidad correspondiente, tales como: materiales directos, mano de obra directa y gastos de producción indirectos.
f. Aquellos que deben llevar un sistema de contabilidad de costos basado en registros de inventario permanente en unidades físicas o valorizados o los que sin estar obligados opten por llevarlo regularmente, podrán deducir pérdidas por faltantes de inventario, en cualquier fecha dentro del ejercicio, siempre que los inventarios físicos y su valorización hayan sido aprobados por los responsables de su ejecución y además cumplan con lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del artículo 21º del reglamento, que señala lo siguiente:
Art. 21º Reglamento de LIR
(..)
c) Para la deducción de las mermas y desmedros de existencias dispuestas en el inciso
f) del artículo 37º de la Ley, se entiende por:
1. Merma: Pérdida física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo.
2. Desmedro: Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados. Cuando la Sunat lo requiera, el contribuyente deberá acreditar las mermas mediante un informe técnico emitido por un profesional independiente, competente y colegiado o por el organismo técnico competente. Dicho informe deberá contener por lo menos la metodología empleada y las pruebas realizadas. En caso contrario, no se admitirá la deducción.
"Tratándose de los desmedros de existencias, la Sunat aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuadas ante Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquél, siempre que se comunique previamente a la Sunat en un plazo no menor de seis (6) días hábiles anteriores a la fecha en que llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes. Dicha entidad podrá designar a un funcionario para presenciar dicho acto; también podrá establecer procedimientos alternativos o complementarios a los indicados, tomando en consideración la naturaleza de las existencias o la actividad de la empresa".
g. No podrán variar el método de valuación de existencias sin autorización de la Sunat y surtirá efectos a partir del ejercicio siguiente a aquel en que se otorgue la aprobación, previa realización de los ajustes que dicha entidad determine.
h. La Sunat mediante resolución de superintendencia podrá:
i. Establecer los requisitos, características, contenido, forma y condiciones en que deberá llevarse los registros establecidos en el presente artículo.
ii. Eximir a los deudores tributarios comprendidos en el inciso a) del presente artículo, de llevar el Registro de inventario permanente en unidades físicas.
iii. Establecer los procedimientos a seguir para la ejecución de la toma de inventarios físicos en armonía con las normas de contabilidad referidas a tales procedimientos.
En todos los casos en que los deudores tributarios practiquen inventarios físicos de sus existencias, los resultados de dichos inventarios deberán ser refrendados por el contador o persona responsable de su ejecución y aprobados por el representante legal.
A fin de mostrar el costo real, los deudores tributarios deberán acreditar, mediante los registros establecidos en el presente artículo, las unidades producidas durante el ejercicio, así como el costo unitario de los artículos que aparezcan en los inventarios finales. En el transcurso del ejercicio gravable, los deudores tributarios podrán llevar un sistema de costo estándar que se adapte a su giro, pero al formular cualquier balance a efectos del impuesto, deberán necesariamente valorar sus existencias al costo real. Los deudores tributarios deberán proporcionar el informe y los estudios técnicos necesarios que sustenten la aplicación del sistema antes referido, cuando sea requerido por la Sunat.
Como se comprende de la norma, los faltantes de inventarios serán deducibles para la determinación del IR; siempre que se cuente con la toma de inventarios debidamente firmada por el representante legal y la persona responsable de la ejecución, además que se hayan obtenido por mermas o desmedros.
En ese sentido, los faltantes de inventarios ocasionados por robos o extravíos deberán tener en consideración lo señalado en el artículo 37° inciso d) de la Ley del IR, esto es que son deducibles las pérdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los bienes productores de renta gravada o por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente por sus dependientes o terceros, en la parte que tales pérdidas no resulten cubiertas por indemnizaciones o seguros y siempre que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o que se acredite que es inútil ejercitar la acción judicial correspondiente.
b) Sobrante de inventario
La identificación de sobrantes de inventario implicará el reconocimiento de un ingreso proveniente de terceros, de acuerdo al artículo 3° de la Ley del IR; los cuales se encuentran gravados; cuya precisión normativa indica que: "En general, constituye renta gravada de las empresas, cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con terceros, así como el resultado por exposición a la inflación determinado conforme a la legislación vigente".
Impuesto General a las Ventas
a. Faltante de inventario
A efectos del IGV, el procedimiento a tener en consideración es el establecido en el artículo 22º de la Ley del IGV y señala lo siguiente:
La desaparición, destrucción o pérdida de bienes cuya adquisición generó un crédito fiscal, así como la de bienes terminados en cuya elaboración se hayan utilizado bienes e insumos cuya adquisición también generó crédito fiscal, determina la pérdida del mismo.
En todos los casos, el reintegro del crédito fiscal deberá efectuarse en la fecha en que corresponda declarar las operaciones que se realicen en el periodo tributario en que se produzcan los hechos que originan el mismo.
Se excluyen de la obligación del reintegro:
a) La desaparición, destrucción o pérdida de bienes que se produzcan por caso fortuito o fuerza mayor;
b) La desaparición, destrucción o pérdida de bienes por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente por sus dependientes o terceros;
c) La venta de los bienes del activo fijo que se encuentren totalmente depreciados;
d) Las mermas y desmedros debidamente acreditados. ( )
b. Sobrantes de inventario
En el caso de sobrantes de inventarios, el nacimiento de obligación tributaria respecto del IGV, ocurre en la oportunidad en que se transfiera la propiedad de tales inventarios (venta).
2.2.6. Relación de la NIC 2 Inventarios con otras Normas Internacionales de Información Financiera
La NIC 2 inventarios se relaciona de manera importante con algunas otras Normas Internacionales de Información Financiera, ya que para una correcta y confiable presentación de los estados financieros estas normas se interrelacionan entre sí para poder tener coherencia de la información contable y financiera, de esta manera tenemos la relación con las siguientes normas:
NIC 1 Presentación de los estados financieros.
NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores.
NIC 10 Hechos ocurridos después de la fecha del balance.
NIC 16 Propiedades, planta y equipos.
NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias.
NIC 19 Beneficios a los empleados.
NIC 23 Costos por préstamos.
NIC 37 Provisiones pasivos contingentes y activos contingentes.
NIC 40 Propiedades de inversión.
En cambio la NIC 2 no tiene relación con las siguientes normas:
NIC 11 Contratos de construcción.
NIC 32 Instrumentos financieros.
NIC 39 Instrumentos financieros reconocimiento y medición.
NIC 41 Agricultura.
NIC 1 Presentación de los Estados Financieros
Todas las Normas Internacionales de Información Financiera tienen algo en común, que es la relación con la NIC 1 correspondiente a la presentación de los estados financieros, de igual forma los inventarios no pueden quedar fuera de ésta, los inventarios son cuentas de activo corriente por su liquidez, por lo tanto se ve reflejada en el estado de situación financiera.
Como se puede observar las existencias se encuentran en el estado de situación financiera y en las notas, así mismo se presenta de forma detallada los diferentes inventarios, de tal manera, que los usuarios de la información encuentren en ella una base sólida para la continuidad del negocio, en el caso de los inventarios que estén de acuerdo a la norma y a la naturaleza de la empresa.
En el caso de una industria, los inventarios pueden clasificarse como inventarios de materias primas, materiales, productos en proceso, productos terminados, mercaderías etc., de igual forma en la presentación del estado del resultado integral la norma exige revelar los costos de los inventarios reconocidos como gasto ya que esta información es muy necesaria para comprender los estados financieros.
En el caso de una industria los inventarios pueden clasificarse como inventarios de materias primas, materiales, productos en proceso, productos terminados, mercaderías etc., de igual forma en la presentación del estado del resultado integral la norma exige revelar los costos de los inventarios reconocidos como gasto ya que esta información es muy necesaria para comprender los estados financieros.
NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores.
La NIC 8 se refiere a seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores.
Cambio en las políticas contables
Los usuarios necesitan poder comparar los estados financieros de la empresa durante un intervalo de tiempo que sea suficiente para poder identificar tendencias en su situación financiera, desempeño y flujos de efectivo. Por ello, normalmente se adoptarán las mismas políticas contables en los sucesivos periodos.
Las siguientes situaciones no constituyen cambios en las políticas contables: La adopción de una política contable para tratar sucesos o transacciones, que difieren sustancialmente de los que han sido contabilizados previamente, y
La adopción de una nueva política contable para sucesos o transacciones que no han ocurrido anteriormente, o que, de ocurrir, no fueron significativas.
Un cambio en las políticas contables se puede aplicar retrospectiva o prospectivamente. La aplicación retrospectiva consiste en aplicar la nueva política contable a los eventos y transacciones como si se hubiese estado usando siempre.
Por tanto, la política se aplica a los sucesos y transacciones desde la misma fecha en que se originaron las partidas correspondientes. La aplicación prospectiva consiste en utilizar la nueva política en los sucesos y transacciones que ocurran tras la fecha del cambio.
Cambios en las estimaciones contables
Como resultado de las incertidumbres inherentes a las actividades empresariales, muchas de las partidas de los estados financieros no pueden ser medidas con precisión, sino sólo a través de estimaciones. El proceso de estimación implica la utilización de suposiciones, basadas en la información disponible más reciente.
Se requieren estimaciones, por ejemplo:
De los clientes fallidos,
De los inventarios obsoletos,
Así como de la vida útil o de las pautas de consumo de la capacidad de servicio de los activos depreciables.
El uso de estimaciones razonables es una parte esencial de la preparación de los estados financieros, y no perjudica su fiabilidad.
En ocasiones es difícil distinguir entre un cambio de política contable y un cambio en una estimación contable. En tales casos, el cambio se tratará como si fuera una estimación contable, revelando información apropiada al respecto.
El efecto del cambio en una estimación contable debe ser incluido, al determinar la ganancia o la pérdida, en:
El periodo en que tiene lugar el cambio, si éste afecta a un solo periodo, o
El periodo del cambio y los futuros, si éste afecta a varios periodos.
El efecto del cambio en una estimación contable debe ser presentado, dentro del estado de resultados, en la misma partida que fue usada previamente para reflejar la estimación.
Deben ser revelados, en los estados financieros, la naturaleza e importe de cualquier cambio en una estimación contable que haya producido efectos significativos en el periodo corriente, o que vaya a producirlos en periodos subsiguientes. Si fuera imposible cuantificar el efecto, tal hecho debe también ser revelado.
Errores
Los errores se suelen cometer al preparar los estados financieros de uno o más periodos anteriores los mismos que se pueden producir por:
Errores aritméticos,
Errores al aplicar las políticas contables,
Problemas de interpretación de los hechos, fraudes o negligencias.
La corrección de esos errores se incluirá, normalmente, en la determinación del resultado del periodo corriente.
En ciertas circunstancias, el error tiene un efecto significativo en los estados financieros de uno o más periodos anteriores, de manera que los estados financieros correspondientes no pueden ser considerados fiables para la fecha en que fueron emitidos.
NIC 10 Hechos Ocurridos Después de la Fecha del Balance
Hechos posteriores que pongan de manifiesto condiciones que ya existían en la fecha de balance.
Estos hechos posteriores motivarán en las cuentas anuales, en función de su naturaleza, un ajuste en los importes reconocidos en sus estados financieros, o bien a reconocer partidas no reconocidas con anterioridad.
Hechos posteriores que pongan de manifiesto condiciones que no existían en la fecha de balance
Los hechos posteriores al cierre del ejercicio que pongan de manifiesto condiciones que no existían al cierre del mismo, no supondrán un ajuste en las cuentas anuales.
No obstante, cuando los hechos sean de tal importancia que si no se facilitara información al respecto podría distorsionarse la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales, se deberá incluir en la memoria información respecto a la naturaleza del hecho posterior conjuntamente con una estimación de su efecto o, en su caso, una manifestación acerca de la imposibilidad de realizar dicha estimación.
En todo caso, deberá incluirse información sobre los hechos posteriores que afecte a la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.
NIC 16 Propiedades, Planta y Equipos.
La norma explica que en la adquisición de un elemento de propiedad planta y equipo se debe acumular los costos desde el momento de su adquisición hasta que la maquinaria esté en el lugar de trabajo y en condiciones aptas para operar, continuación observaremos un ejemplo en la importación de una maquinaria para minería:
La entidad debe acumular todos estos costos precedidos de las obligaciones por desmantelamiento, retiro, preparación del lugar; los mismos que van a sumarse al costo de la maquinaria que se está adquiriendo y cuando la maquinaria esté lista para realizar sus tareas que son objeto de su compra se realiza un asiento acreditando a la cuenta maquinaria y debitando la cuenta maquinaria en curso.
Luego de haber determinado el costo real de la propiedad planta y equipo se procede a darle el tratamiento como tal y a realizar la debida depreciación por él método más conveniente, así mismo esta depreciación se la cargará al costo de los productos que estamos procesando, es decir, la depreciación de la maquinaria dará paso a incrementar el costo de otro activo (inventarios) que se incluirá en su importe en libros.
NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias
Los ingresos son incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, surgen en el curso de las actividades ordinarias de la entidad y adoptan una gran variedad de nombres, tales como ventas, comisiones, intereses dividendos y regalías.
El ingreso de actividades ordinarias es reconocido cuando es probable que los beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y estos beneficios puedan ser medidos con fiabilidad.
El tratamiento contable del ingreso es derivado de ciertos tipos de transacciones o hechos.
Venta de productos
Prestación de servicios
Uso, por parte de terceros, de activos de la empresa que produzcan intereses, regalías y dividendos.
Venta de bienes
a) Los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de bienes deben ser reconocidos y registrados en los estados financieros cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones.
b) La entidad ha transferido al comprador los riesgos y ventajas, de tipo significativo, derivados de la propiedad de los bienes;
c) La entidad no conserva para sí ninguna implicación en la gestión corriente de los bienes vendidos, en el grado usualmente asociado con la propiedad, niretiene el control efectivo sobre los mismos.
d) El importe de los ingresos de actividades ordinarias puede medirse con fiabilidad
e) Sea probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción y
f) Los costos incurridos, o por incurrir, en relación con la transacción pueden ser medidos con fiabilidad.
Prestación de servicios
Cuando el resultado de una transacción, que suponga la prestación de servicios, pueda ser estimado con fiabilidad, los ingresos de actividades ordinarias asociados con la operación deben reconocerse, considerando el grado de terminación de la prestación final del periodo sobre el que se informa. El resultado de una transacción puede ser estimado con fiabilidad cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad
b) Sea probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción;
c) El grado de realización de la transacción, al final del periodo sobre el que se informa, pueda ser medido con fiabilidad; y
d) Los costos ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, puedan ser medidos con fiabilidad.
Intereses, regalías y dividendos
El ingreso originado por el uso de activos de la empresa que rinden intereses, regalías y dividendos, debe ser reconocido cuando:
a) Es probable que los beneficios económicos asociados con la transacción fluyan hacia la empresa; y
b) La cantidad de ingreso puede ser cuantificada confiablemente.
NIC 19 Beneficios a los Empleados
La norma menciona que el costo de los inventarios lo constituyen todos aquellos gastos derivados de su adquisición y transformación que se hayan tenido que realizar para darles a los inventarios su condición y ubicación actuales, es así que los gastos incurridos por mano de obra directa e indirecta incluidos todos los beneficios sociales que según la legislación laboral ecuatoriana debe pagárseles a los empleados se debe transformar en parte del costo de los productos, ya que depende de la mano de obra para que se pueda transformar la materia prima en producto elaborado para que posteriormente sea vendido.
Para mejor entendimiento de lo anteriormente mencionado, se presenta el siguiente ejemplo, que muestra cómo se incorpora al costo de los inventarios los gastos realizados por pago a los trabajadores y sus beneficios.
Para la elaboración de tres tipos de horno para pastelería se requieren 28 días, en la planta trabaja un jefe de producción, un mecánico, un maestro de obra y dos obreros cuyos sueldos es como se detalla en el siguiente rol de pagos, considerando también que solo el jefe de producción y el mecánico, vienen trabajando más de un año en la empresa.
NIC 23 Costos por Préstamos
Se entiende como costos por préstamos a los intereses y costos, en los que la entidad incurre como consecuencia de haber tomado prestado fondos para invertirlos, los costos por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos aptos forman parte del costo de dichos activos aptos, también existen otros intereses que se los reconoce directamente como gastos, es indispensable recordar que un activo apto es aquel que necesariamente requiere de un periodo sustancial antes de estar listo para el uso destinado o para la venta.
Por ejemplo, dependiendo de las circunstancias, activos aptos o cualificados puede ser las existencias, fábricas de manufactura, instalaciones de producción eléctrica, activos intangibles, inversiones inmobiliarias, propiedades de inversión, la existencias que son manufacturadas o producidas de cualquier otra manera en períodos cortos de tiempo, no se constituyen como activos aptos, ni tampoco los activos que ya están listos para su uso o venta a los que están destinados.
NIC 37 Provisiones Pasivos Contingentes y Activos Contingentes
El objetivo de esta norma busca:
Aplicar bases apropiadas para el reconocimiento y medición de provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes.
Revelar la información suficiente a través de las notas para permitir a los usuarios de los estados financieros comprender la naturaleza, vencimientos e importes.
Se establece también la diferencia entre:
a) Provisiones: que ya han sido objeto de reconocimiento como pasivos (suponiendo que su monto haya podido ser estimado de forma fiable) porque representan obligaciones presentes y es probable que, para liquidarlas, la entidad tenga que desprenderse de recursos que impliquen beneficios económicos; y
b) Pasivos contingentes: los cuales no han sido objeto de reconocimiento como pasivos porque son:
Obligaciones posibles, en la medida que todavía se tiene que confirmar si la entidad tiene una obligación presente que puede suponerle una salida de recursos que impliquen beneficios económicos; o bien
Obligaciones presentes que no cumplen los criterios de reconocimiento y sea porque no es probable que, para su liquidación, se produzca una salida de recursos que impliquen beneficios económicos, o porque no pueda hacerse una estimación suficientemente fiable del monto de la obligación.
Solo si se cumplen las siguientes tres condiciones se debe registrar una provisión
Se tiene una obligación presente como resultado de un suceso pasado,
Es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos,
Puede hacer una estimación fiable del importe.
NIC 40 Propiedades de Inversión
Para el análisis de esta norma se tiene el siguiente ejemplo: Como punto de partida, se contabiliza inicialmente como una propiedad de inversión, pero luego se decide cambiar de destino a ese inmueble, para el inicio de un desarrollo con intención de venta en el curso normal de sus operaciones.
CAPÍTULO III
1. Aplicar los lineamientos establecidos en los párrafos 10, 11,16 y 23 de la NIC 2 Inventarios para determinar razonablemente los costos de la mercadería de la empresa (anexo 1).
2. Clasificar correctamente las transacciones económicas de la empresa en costo o gasto según la naturaleza de la operación, codificando cada una de las facturas recepcionadas por el área contable, conforme al listado de cuentas del PCGE, antes de ser ingresadas al sistema contable.
3. Asignar a cada lote de mercadería adquirida el costo vinculado de servicio de transporte y servicio de análisis de laboratorio químico según corresponda.
4. Realizar los asientos contables por la reclasificación de los gastos de venta y ajuste del costo de venta en exceso que se consigna en la casuística (anexo 2).
5. Capacitar al área contable de la empresa sobre la aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad N° 2 Inventarios.
1. El costo de venta, si incide en el estado de resultados integral por haber incluido a los inventarios gastos de venta por S/.2, 386,670 que representa el 1.51 % del total de ventas netas del ejercicio 2013.
2. Los costos vinculados a la compra, sí inciden en el estado de resultados integral porque forman parte del costo de los inventarios de la empresa, conforme lo establecido en la NIC 2 Inventarios mostrándose que debieron únicamente ser transferidos al costo de almacén el 3.23 % del total de servicios de transporte de mercadería que equivale a S/.69, 836 y el 29.17% de los servicios de análisis de laboratorio químico por S/.122,535.
3. El rubro gastos de venta del estado de resultados integral de S/.706, 477 triplicó su valor original a S/.3, 093,148 luego de realizar los asientos contables de reclasificación y ajuste a los gastos de venta y al costo de venta respectivamente.
4. El personal que labora en el departamento de contabilidad desconoce la aplicación de la NIC 2 Inventarios y la clasificación de costos y gastos de las operaciones económicas de la empresa.
1. Elaborar la política contable para el reconocimiento y medición de los inventarios a fin de valuar de manera específica los costos vinculados de cada lote de mercadería adquirida.
2. Revisar periódicamente los procesos operativos de compra y de venta conforme a la realidad operativa comercial en la que trabaja la empresa Minera Enproyec SAC
3. Revisar constantemente los rubros afectados que componen el estado de resultado integral, para una adecuada formulación y emisión de los indicadores financieros para la toma de decisiones.
4. Evaluar la necesidad de capacitar al personal del área contable con el fin de mostrar estados financieros con saldos razonables, dada la obligatoriedad de adecuarse a la normas internacionales de información financiera NIIF, NIC y sus interpretaciones.
Coadyuvar: Contribuir o ayudar a la consecución de una cosa.
Concentrado de cobre: Los concentrados de cobre provienen de las celdas de flotación y son el resultado de la trituración, chancado y molienda de los minerales sulfurados de minas subterráneas
Costo: El costo es un recurso que se sacrifica o al que se renuncia para alcanzar un objetivo específico.
Costo de ventas: El costo de ventas es el gasto o el costo de producir de todos los artículos vendidos durante un período contable. Cada unidad vendida tiene un costo de ventas o costo de los bienes vendidos.
Costo de transporte: Son los pagos realizados por una empresa por el traslado de los bienes adquiridos a su almacén.
Estado de Resultados: Es un estado financiero que muestra ordenada y detalladamente la forma de cómo se obtuvo el resultado del ejercicio durante un periodo determinado.
Flete de compra: El costo de transporte que el comprador paga sobre una compra de mercancías.
Flete de venta: El costo de flete pagado para embarcar mercancías vendidas a sus clientes.
Gasto: Como expiración de elementos del activo en la que se han incurrido voluntariamente para producir ingresos.
Gastos de ventas: Son aquellos gastos que una empresa incurre para llevar a cabo la venta de sus inventarios o prestar sus servicios.
Inventarios: Representa la existencia de bienes almacenados destinados a realizar una operación, sea de compra, alquiler, venta, uso o transformación. Debe aparecer, contablemente, dentro del activo como un activo corriente.
Lote de mercadería: Es la acumulación de mineral sea en bruto o concentrado que se da con la emisión de tickets de pesaje por cada proveedor y que generalmente son designados alfanuméricamente.
Medición de los Inventarios: Los inventarios se miden al costo al momento de su adquisición o al valor neto realizable si sufre algún deterioro u obsolescencia.
Minerales Metalíferos no ferroso: Un metal no ferroso es un metal, incluyendo aleaciones, que no contiene hierro en cantidades apreciables
Proceso de compra: Se lleva a cabo cada vez que un usuario se da cuenta de que necesita un producto.
Proceso de venta: Es la sucesión de pasos que una empresa realiza desde el momento en que intenta captar la atención de un potencial cliente hasta que la transacción final se lleva a cabo.
Procesos operativos: Se refiere a los lineamientos operativos-administrativos que se seguirán con el objetivo de obtener los resultados que se ha propuesto alcanzar en un tiempo determinado.
Transacciones económicas: Cualquier intercambio de bienes, servicios o recursos efectuado por dos o más personas naturales y/o jurídicas.
Reconocimiento de los Inventarios: Los desembolsos de dinero que realiza una empresa en la adquisición de inventarios para su venta se reconocen como un activo en el estado de situación financiera hasta que se produzca la operación.
TESIS:
Awananch, Edith Graciela. Aplicación de la NIC 2 Inventarios. Trabajo de fin titulación. Loja, Ecuador .2013.
Buri Pauta, Gloria Ximena y León Pineda, Melva Nathaly. Análisis de la NIC 2 Inventarios y su relación con otras Normas Internacionales de Información Financiera. Trabajo fin de titulación. Loja, Ecuador.2012.
Castillo Perea, Víctor Marcos. Aplicar los procedimientos que la norma NIC 2 establece, para la ejecución de un sistema de inventario y evaluar los resultados de forma técnica que permita una mejor revelación en los estados financieros. Proyecto de grado. Guayaquil, Ecuador .2013.
Eulalia Noemí, Cabrera Guamán. Implementación de un sistema de contabilidad de costos y su incidencia en la presentación de estados financieros. Tesis. Cuenca, Ecuador.2012.
Graciela Isabel, Calderón Álvarez y Auri Selene, Cornetero Suybate. Evaluación de la gestión logística y su influencia en la determinación del costo de ventas. Tesis. Chiclayo, Perú .2016.
Arancibia Cueva, Miguel. Contabilidad de Costos. Lima. Instituto Pacífico, 2012.
CPCC Gustavo Torres Orihuela. Tratado de Contabilidad de Costos por Sectores Económicos. Lima. Editor Marketing Consultores SA.2da Edición Marzo,2013 (p.30-32)
CPC Jaime Flores Soria. Costos y Presupuestos. Lima. Edición Centro de Especialización en Contabilidad y Finanzas EIRL.5ta Edición, 2014. (p.10, 14 y 55)
Gaceta Jurídica S.A. y Abanto Bromley, Martha. Normas Internaciones de contabilidad NIC, NIFF, SIC, CINIFF 2012.Lima.Editorial El Búho EIRL. 1era Edición Agosto 2011.(p.53,61,62,67)
Kole, Ralph S. Polimeni, Frank J. Fabozzi, Arthur H. Adelberg. Contabilidad de costos.
Percy Vílchez Olivares. Informativo Caballero Bustamante. Revista de Asesoría Especializada. 2º Quincena Diciembre 2015.(p.C5-C8)
CPC Luz Hirache Flores. Actualidad Empresarial Nº 302.1era Quincena de Mayo 2014.(p.I15-I16)
GestioPolis.com Experto. (2012, agosto 19). ¿Qué es inventario? Tipos, utilidad, contabilización y valuación. Recuperado de http://www.gestiopolis.com/que-es-inventario-tipos-utilidad-contabilizacion-y-valuacion/
Gómez Giovanny. (2012, junio 26). Sistemas de valuación de inventarios. Recuperado de http://www.gestiopolis.com/sistemas-de-valuacion-de-inventarios/
FLUJOGRAMA DE LA PROBLEMÁTICA
A nuestro Dios, por su gran amor, acompañamiento, ayuda y sabiduría.
A mis padres y familiares que me brindaron su apoyo, cariño y sabias enseñanzas para hacer de mí una mejor persona.
A los maestros, por la voluntad de transmitirnos sus conocimientos.
María Marleni Silva Chávez
A Dios, por permitir mi formación profesional.
A mi madre y hermanos que siempre están brindándome su apoyo.
Al hombre que me dio la vida, quien me cuida y guía desde cielo.
A mi familia en general, por compartir conmigo buenos momentos.
A mis compañeros (as) y amistades de mi alma mater, por su apoyo y hermandad.
Wilson Fredy Ventura Saldaña
A Dios, quien nos ilumina y nos fortalece la fe.
A mis padres, por sus constantes luchas en la vida.
.A mis hermanos, por su ímpetu de ser mejores cada día.
A mí querido abuelo y tío, quienes forjaron mi camino. Y demás familiares, por su confianza en mi persona en que lograría este preciado sueño.
Jonny Groberth Ybañez Guevara
A la Universidad Peruana de Las Américas por su acogida y oportunidad de formarnos profesionalmente. A nuestro asesor Mg. CPC Luis Alberto Gil Pasquel, por asesorarnos en la elaboración del presente trabajo, con sus aportes oportunos que permitieron mejorar la calidad del presente trabajo de investigación.
María Marleni Silva Chávez
A Dios, por protegerme en todo mi camino y darme fuerzas para superar obstáculos a lo largo de mi vida.
Gracias a todas las personas que ayudaron directa e indirectamente en la realización de este trabajo de investigación.
Wilson Fredy Ventura Saldaña
A mis padres que me dieron la vida y consejos durante mi formación profesional. A nuestros maestros, que con sus consejos me trasmitieron sus conocimientos para lograr ser buen ciudadano al servicio de la sociedad..
Jonny Groberth Ybañez Guevara
UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
XVI PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
PARA OPTAR EL TÍTULO DE CONTADOR PÚBLICO
Asesor: Mg. Cpc Luis Alberto Gil Pasquel.
JUNIO 2016.
Autor:
Silva Chávez, María Marleni.
Ventura Saldaña, Wilson Fredy.
Ybañez Guevara, Jonny Groberth.
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