Resumen
Quiero empezar este ensayo dando respuesta a la siguiente pregunta ¿Cuál fue la base para la construcción del marco jurídico de la educación en México?
Es interesante observar cómo lo que en un momento se denominó instrucción, es decir, la enseñanza de habilidades y conocimientos para desempeñar un oficio, vino a configurarse como e l fin fundamental de los procesos educativos escolares, dejando prácticamente en el olvido la función verdaderamente educativa que corresponde a las acciones encaminadas a la formación del ciudadano, a la configuración del ser social, más allá del ser productivo.
Este descuido ahora emerge como un problema que requiere ser abordado con urgencia, al identificarse que muchas de las situaciones sociales y jurídicas son producto de haber pasado por alto la esencia de la formación del hombre. Si bien el ser humano nace diferenciado fisiológicamente de los animales, logra su verdadera humanidad a través del contacto con otros humanos, creciendo con ellos, aprendiendo de otros y con otros, esto difícilmente llega a ser considerado. No basta con coexistir con otros para adquirir el apelativo de "ser humano", sino tener presente que lo que se precisa es primeramente proponérselo a partir de una filosofía de vida y una comprensión del contexto.
Palabras claves: Marco jurídico, educación, formación, hombre, filosofía.
Abstract
I want to start this essay in response to the question ¿what was the basis for the exercise of the legal framework for education in Mexico? It is interesting to note how instruction, i.e., the teaching of skills and knowledge to carry out a trade, which at one time called came to set up as the fundamental purpose of school educational processes, leaving the truly educational function that corresponds to the actions aimed at the formation of the citizen, to the configuration of the social being virtually into oblivionmore than being productive.
This carelessness now emerges as a problem that needs to be addressed with urgency, to identify that many social situations and legal are the product of have missed the essence of the formation of the man. While the human being is born differentiated physiologically animals, achieved his true humanity through contact with other humans, to grow with them, learning from others and with others, this hardly comes to be considered. It is not enough to coexist with each other to acquire the nickname "human being", but keep in mind that what is needed is first wanting from a philosophy of life and an understanding of the context.
Keywords: legal framework, education, training, man, philosophy.
Introducción
En este entramado de confusiones y desencantos en todos los niveles y estructuras de la sociedad que fueron configurando el marco jurídico de la educación en México a través de los años, los sujetos que convivimos en esta sociedad cambiante, donde el contexto, la sociedad, y las demás cosas con las que contactamos o interactuamos todos los días, también nos educan y de una u otra forma modifican nuestras conductas y nuestras maneras de actuar en la sociedad, en la escuela , en la familia, en la comunidad, en la iglesia, en el sindicato, en el trabajo. El marco jurídico-educativo que se ha ido configurando desde fuera de las estructuras organizacionales de las comunidades, ha ido cambiando de acurdo con los momentos históricos en el campo social y de la vida política de nuestro país como un elemento necesario para entender los procesos históricos que México ha vivido. El marco jurídico en que se fue ubicando el contexto de la Educación, constituyó una dimensión, pensada y realizada no por la misma sociedad sino por el poder, a través de sus diferentes instituciones, con el objetivo de formar al sujeto y a las comunidades, no para vivir y convivir, de manera asertiva, autónoma, regulada, productiva, saludable y democrática en la sociedad sino, para responder a los intereses de la clase en el poder.
Sin embargo; este tránsito estuvo influenciado por la evolución de la mirada de la realidad del momento histórico social de nuestro país, la conformación de los contextos jurídicos se inserta en un primer momento por las necesidades reales de laicidad de la educación basada en las necesidades de la sociedad colonial, y con esta buscar que el individuo y las comunidades, desarrollaran mayores conocimientos, capacidades, actitudes, comportamientos y procedimientos para pensar, decidir, comunicar, y hacer, en el mundo productivo, científico, social, cultural, ciudadano y político fuese más justo y equitativo. En la actualidad el marco jurídico de la educación en México, no solo está marcado por las leyes de su entorno local, sino por lo global, que enmarcan la OCDE, la UNICEF, y el Banco Mundial. Si al inicio la Educación de los sujetos fue considerada una instrucción dentro de sus circunstancias individuales, familiares, escolares, barriales, socio-culturales y por supuesto productivas, tenemos que tomar en cuenta las interrelaciones y la interdependencia entre la cultura y lo jurídico estos niveles y las posibles contingencias y problemáticas, que pueden poner en condiciones de vulnerabilidad social al sujeto y a la sociedad.
Se trata de contribuir al desarrollo a partir de la formación social para el cambio, la transformación, el empoderamiento del sujeto y las comunidades para agenciar el cambio, en medio de la adversidad, el conflicto y la crisis social. La educación y lo jurídico, no se reduce a un plan de estudios en un centro educativo, ni a un programa de estudios definido; que hace referencia a la formación integral individual pero que viene de lo global, sino que, hace que una sociedad sea capaz de actuar en un contexto socio-cultural, económico y político específico de manera razonada e integral. Transformar la especie humana en verdadera humanidad" (E. Morín, 1999:42) se vuelve el objetivo fundamental de toda educación. La educación debe orientarse a propiciar el que se entiendan las implicaciones de ser un ser humano y la toma de conciencia en una comunidad local y global lo cual nos llevara a un compromiso, entender la unidad y la diversidad propiciar la autonomía pero también la complementariedad del marco jurídico educativo.
Contenido.
La educación mexicana surge bajo el signo del liberalismo, en su dimensión de proyecto jurídico y político, así como de su realidad histórica; implicó no solo el reconocimiento de todos y cada uno de los habitantes, sino la búsqueda de las condiciones que respondieran a las necesidades de formación del contexto local, nacional e internacional. Aun en los comienzos de la educación en el pueblo azteca desde la época prehispánica la instrucción se inculcaba a los niños y jóvenes mediante el "huehuehtloatolli", textos llamados discursos de los ancianos. Comenzaba en el hogar y se prolongaba hasta los doce años sin ningún marco jurídico como base. La educación del varón estaba confiada al padre, y la de la niña a su madre. En estos primeros años, la enseñanza se limitaba a buenos consejos y a labores domésticas menores.
El niño aprendía a llevar agua y leña, acompañaba a su padre al mercado y recogía los granos de maíz que hubieran caído al suelo. Por su parte, la niña observaba cómo su madre hilaba y cuando tenía seis años era enseñada a manejar el huso. A partir de los siete años y hasta cumplir los catorce, los varones aprendían a pescar y a conducir la canoa, mientras las niñas hilaban el algodón, barrían la casa, molían el maíz con el metate y trabajaban en el telar. Al cumplir los doce años los jóvenes podían ingresar en el calmécac, reservado en un principio a los hijos de los dignatarios y comerciantes, o bien al telpochcalli, la escuela del calpulli destinada a la gente del pueblo (Códice Mendoza). La educación se subdividía en cinco formas principales: Tradicional, alimentaban la tradición; Doméstica, los padres inculcaban amor, deber, justicia, verdad y reverencia; Publica, de las instituciones; Calmecac, para el intelecto y el telpochcalli, para la guerra, Estética, de los mancebos y doncellas, para la danza, canto, poesía y oratoria; Superior, de la alta cultura, botánica, arte de curar y zoología.
En ese entonces, los fines de la educación era "incorporar nuevos seres para los objetos supremos de la comunidad". Las cinco formas mencionadas de educación en esta cultura tenían un propósito práctico e importante, basado en la organización de la cultura. Este orden establecido era sumamente respetado. Al parecer los valores "arcaicos" eran trascendentales en la vida de cualquier cultura mexicana. En la actualidad todavía se anhela esta experiencia axiológica, aunque muchas veces aparece como un terreno poco conocido, con la duda de la parcialidad que sugieren los códices. En esta visión de educación pareciera ser que la formación de los nuevos ciudadanos deberían ser ejemplos para las nuevas generaciones con una educación humanista basada en valores buscando siempre el bien común por un lado, y por otro sectarista que dividía la enseñanza una para los hijos de los dignatarios y otra para los hijos de la gente del pueblo. ¿Será que era necesaria la configuración de un marco jurídico educativo? ¿Con un marco jurídico existente los hombres se educan en libertad?, o se someten al marco jurídico impuesto por la sociedad o el pueblo.
Hacia el S. XVI la educación, así como la organización social de los aztecas era por demás compleja e interesante. Sin embargo, en los primeros años de este siglo llegarían a ellos el máximo golpe en el curso de su historia: la colonización. Aquí se gestaría el primer gran giro radical en la estructura educativa del país. En la colonia, en el mundo novohispano se tuvo la necesidad de reglamentar el servicio de la educación (primer intento del marco jurídico educativo). Gaspar Zúñiga y Acevedo, Conde de Monterrey, expidió la ordenanza de los maestro del "nobilísimo arte de leer, escribir y contar". "El Virrey Antonio de Mendoza se manifestaba por el esfuerzo de los religiosos españoles para formar nuevos formadores capaces de transmitir las enseñanzas". En 1551 Se crea la Real Pontificia Universidad para los intelectuales distinguidos, mientras que a los indígenas se les sometió, imponiéndoseles las creencias espirituales y las materias de educación. Sin embargo, en la segunda mitad del siglo XVI, el marco jurídico de las actividades educativas se basaban en diversas órdenes religiosas, los jesuitas llegaron a ejercer una gran influencia intelectual en la sociedad novohispana. Esta fue de gran importancia para la consolidación ideológica y religiosa del dominio español. En ella se distinguieron tres tipos de enseñanza: la evangelizadora, el adiestramiento en artes y oficios, la femenina, la formación religiosa y la universitaria, totalmente distinta a la educación inicial de los aztecas el sometimiento de los conquistados habría cambiado de rumbo, hacia un nuevo horizonte.
Procedente del movimiento de emancipación que México iniciara en 1810, con el histórico grito de Dolores, en la constitución de Cádiz, relacionada con la educación pública, en su artículo 336 que decía "en todos los pueblos de la monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñara a los niños a leer, escribir y contar y el catecismo de la religión católica".
La educación estaba en manos de la Iglesia en toda la Nueva España. De 1823-1867, hasta la caída del Imperio de Maximiliano. El mayor problema era la conformación de una educación laica, que estaba monopolizada por la iglesia católica.
Aunque el presidente Valentín Gómez Farías, expidió el 23 de octubre de 1833, una ley en la que se estableció por primera vez en México, el principio de la libertad de enseñanza.
La reforma liberal de 1833 que impedía al clero intervenir en la educación, no pudo aplicarse pues en 1834 fue suprimida ante la respuesta adversa de los sectores conservadores.
En 1842, ante la carencia de instituciones que pudieran organizar la educación, el estado encargo a la compañía Lancasteriana el manejo de la Dirección de Instrucción Publica
En 1867, tras la victoria definitiva de Juárez, se promulgo la ley orgánica de instrucción pública. En ella se establecía la educación primaria gratuita para los pobres y obligatoria, se proponía la unificación educativa, se excluía del plan de estudios toda enseñanza religiosa y se incorporaba la enseñanza moral.
La ley de 1867 también contenía disposiciones para la educación secundaria, bajo los principios del positivismo de la escuela de estudios preparatorios, la ley solo regia al D.F. y territorios federales, pero ejerció influencias sobre leyes estatales. La educación de hoy y siempre constituye una de las aspiraciones del hombre, las luchas que se han dado la han puesto como una de las principales exigencias, como un factor primordial para el cambio social, esto implica llevar una instrucción de calidad a todos los rincones del país; Desde la Constitución política de 1857 el artículo tercero constitucional señala sus características: el laicismo, la gratuidad, la obligatoriedad, el nacionalismo, el desarrollo armónico e integral, son principios que han quedado grabados en nuestras leyes y a pesar de los obstáculos se han cumplido en cierta medida. Más tarde en la Constitución politica Mexicana de 1917 el artículo 3º. declaró "La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.
Conclusiones
Considerando a la educación como el factor primordial de la producción sociocultural de los individuos y con una función orientadora de la sociedad para la organización y desarrollo de la misma, se puede decir que la educación es la elaboradora más que la colaboradora de las civilizaciones y la historia.
En México, el Sistema Educativo Nacional, se ha caracterizado por esas fluctuaciones, y como ya se explicito están entrelazadas con el complejo social, pero a su vez estos son movimientos producidos por individuos que han logrado de la educación modelos dinámicos y no estáticos adecuándolos a la realidad histórica en que se vive.
Estamos rezagados veinte años, vemos esto porque el programa de modernización educativa que se puso en marcha desde 1992, aún sigue hueco en la práctica diaria de muchas escuelas. Aún así su filosofía constructivista de educación permanente es poco aplicada. Nuestros proyectos y programas deben ponernos en crisis como raza humana, situados en un presente relativizado, debe discernir sobre lo que ya se tiene que hacer.
Una nueva conciencia y proceso de pensamiento siempre actual, con miras a futuro pero sin olvidarnos de aquel pasado que nos colocó en el aquí y ahora.
La nueva educación debe ser sintetizadora del pasado y del presente, pero conformar su propia identidad con la discusión de esos dos modos de tiempo.
Este ideal ya fue puesto en marcha por uno de los mayores pedagogos del S.XX, Paulo Freire, quien reconocía una verdadera praxis de liberación a través de la cultura educativa. Freire, tuvo influencia en muchos pensadores y educadores mexicanos, no obstante, las Instituciones de gobierno – conservadoras – no permitieron su total inserción como este lo hizo para otros países Sudamericanos.
Aún así, el vínculo ideológico de Freire hacía muchos que compartimos su visión y tenemos la oportunidad de re-editar sus modelos en las aulas es un reto en esta educación del tercer milenio. Sus premisas siguen siendo un paradigma nuevo, que podemos discutir con los nuevos influyentes de la educación de nuestro tiempo, para crear otro escalón educativo más de esta cadena mexicana a través de los siglos.
Fuentes bibliográficas.
LEÓN, P. (2002). Rostro y Corazón de Anáhuac, Libros Gratuitos, México.
MORIN, E. (2000). Los siete saberes necesarios para la educación del futuro, UNESCO, ROBLES, M. (1990). Educación y sociedad en la historia de México s.XXI, México.
BUENFIL B. (1997-1998) Filosofía de la Educación, posmodernidad y modernización educativa, Revista La Vasija, Año 1, Vol. 1, No. 1.
FERNÁNDEZ, David S.J. Nuevos paradigmas para una educación humanista. Conferencia presentada el VIII Simposium de Educación- Cátedra "Paulo Freire". 2000. [En línea]. Disponible en http://www.iteso.mx/event/simpeduc/2001/result/rector.htm Consultado el 27 de junio de 2011.
FREIRE, Paulo (1974). Concientización. Buenos Aires: Ed. Búsqueda.
Autor:
Dr. Edívoras López Ramos
Es coordinador general del proyecto de Investigaciones para el diseño y elaboración de Gramáticas y diccionarios en las lenguas: Tseltal, Tsotsil, Chol, Tojolabal, Mame, Mocho, Kakchikel y Maya Lacandón del Estado de Chiapas, México. eddy_lora[arroba]hotmail.com gramatica_1976[arroba]yahoo.com.mx
Doctorante en Educación por la Universidad del Sur, Tiene una Maestría en Ciencias de la Educación por el IEU, Licenciado de Educación por la Universidad Pedagógica Nacional, Cuenta con un Diplomado en Calidad total por la UNICEF. Actualmente es coordinador general del proyecto de investigación para el diseño de gramáticas y diccionarios de lenguas indígenas para la Secretaria de Educación. Es catedrático en la Universidad del Sur en el nivel de Maestrías, Fue Coordinador académico del Proyecto de Investigación Educativa: Plan Estratégico Rector para la calidad de la Educación en Chiapas para la Subsecretaria de Educación Estatal; Coordinador Académico del Equipo Técnico Pedagógico Estatal en la Dirección de Educación Indígena además de ser Director encargado y Maestro Frente a Grupo. Ha coordinado la construcción de las siguientes obras:
1) Diccionarios Monolingues: säkläji"b ty"äñ, Ch"ol (Diccionario de la lengua Ch"ol), Otekäme"tskutsyame (Diccionario de la lengua Zoque) Sle"ulab"il b"a stojolil k"umal Tojol-ab"al (Diccionario de la lengua Tojol-ab"al ) Sa"obil sk"oplal bats"ik"op (Diccionario de la lengua Tsotsil) Swejteseji"bal k"op yu"un Tseltal (Diccionario de la lengua Tseltal) U"jal te ta k"loj yol Mam te Chyapas (Diccionario de la lengua Mam) Jwisq"an" chonlenal Mocho" (Diccionario de la lengua Mocho")Tholbanyol te yo"laj Kakchikel te Chiapas (Diccionario de la lengua Kakchikel)
2) Gramáticas Descrittivas: Its"bal chu ts"iba we" took" Mocho" cheet Chiapas (Gramática de la lengua Mocho") Tu"kuräk a"ra"ar uk"aba" ich tajt"an (Gramática de la lengua Maya – Lacandón) Txolil tume"l teta yol Mam te Chiapas (Gramática de la lengua Mam) Túmel ts"iben te yólaj Kakchikel te Chiapas (Gramática de la lengua Kakchikel)