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Sistema de crédito público (página 2)


Partes: 1, 2

  • Opción A (perdón de deuda parcial). Un tercio del servicio de la deuda es cancelado y el resto reestructurado a tasas de mercado a través de 14 años con 8 años de gracia.

  • Opción B (Extensión de vencimientos). No hay otras concesiones que un período de reintegro de 25 años con 14 años de gracia.

Opción C (Tasas concesionales de interés). Los períodos de vencimiento y de gracia son como los de la opción A, pero interés moratorio está reducido por debajo de las tasas de mercado en 3.5 puntos, o por un medio, cualquiera que sea menor.

En enero de 1992 surge una nueva iniciativa llamada "Términos de Trinidad", sin cambios específicos en el enfoque actual de elegibilidad según los "Términos de Toronto" y siempre tratando con los países sobre base de caso por caso. Los términos de Toronto son variados con las siguientes modalidades.

  • El stock total de deuda elegible para el Club de París debería ser reestructurado de una sola vez.

  • El alivio de deuda otorgado debería duplicarse a dos tercios.

  • El interés debería ser capitalizado, sin que se requiera hacer pagos durante los primeros cinco años.

  • Los períodos de reintegro en dicho paquete deberían ser extendidos a veinticinco años.

Sigue siendo esencial, que los países elegibles hayan adoptado un programa de ajuste con el FMI, y que hayan cumplido con sus obligaciones bajo anteriores convenios.

La minuta acordada deberá incluir cláusulas con relación a:

  • a) El convenio marco y acuerdos bilaterales. El convenio marco que se acuerda con los acreedores se formaliza en una minuta, pero para que entre en vigor debe ser incorporado en convenios bilaterales separados negociados con cada acreedor principalmente en lo que se refiere a tasas de interés y montos de deuda.

Aun en los casos en que se tenga un registro confiable de la deuda, la determinación de la cantidad a ser consolidada es difícil ya que existen créditos de los suplidores extranjeros a los residentes del país deudor que han sido garantizados por agencias de créditos de exportación en los países acreedores.

  • b) Categorías de deuda que se incluyen, son renegociadas en estas reuniones pueden ser muy amplias en su cobertura. De parte del acreedor, la deuda puede incluir todos los créditos otorgados por gobiernos o agencias gubernamentales (créditos de exportación, asistencia oficial de desarrollo), así como préstamos del sector privado (siempre y cuando, desde luego, esta deuda esté cubierta por la garantía del gobierno en el país acreedor). La readecuación de la deuda es muy frecuentemente restringida a mediano y largo plazo.

Los porcentajes de la ayuda potencial, a la cual los acreedores están preparados a convenir, tienden a ser el mínimo calculado como necesario para llenar la brecha financiera identificada por el FMI.

  • c) Propósito de la readecuación en el Club de París. La meta principal de la readecuación es permitir al país deudor regresar a los arreglos normales de financiamiento internacional. Los acreedores consideran este resultado como muy probable si el país deudor tiene un programa apoyado por el FMI. En consecuencia, están primordialmente dispuestos a otorgar ayuda de deuda en los vencimientos corrientes durante períodos de consolidación no más largos que el período cubierto por un convenio con el Fondo en los tramos superiores del crédito.

Finalmente, deben firmarse los acuerdos bilaterales sobre la base de la minuta acordada, en los cuales se reescalona la deuda y se establecen las tasas de interés, el intervalo entre las dos instancia suele ser de siete meses.

Avales

El aval es una forma peculiar de garantía por la cual el Estado se obliga accesoriamente para el cumplimiento de una obligación crediticia contraída por una entidad pública, privada o mixta.

La legislación universal ha creado la figura del aval, con características y condiciones propias, mayores seguridades y medios más expeditivos que los ofrecidos por el contrato de fianza. Por medio de un aval se garantiza a su vencimiento la obligación de un tercero.

El contrato de una fianza y el aval garantizan una obligación contraída por un tercero; en el aval la obligación es de carácter objetivo, pues, garantiza el pago de la deuda y no a la persona del deudor como en el caso de la fianza.

Algunos autores consideran que el otorgamiento de avales no constituye un empréstito porque el Estado sólo otorga una garantía para el supuesto caso de que el sujeto avalado incumpla con su obligación derivada del contrato de préstamo. Otros tampoco lo consideran un gasto, por cuanto, estaría sujeto a una eventualidad o contingencia sujeta al cumplimiento del avalado; por ello, el Estado cuando avala, toma sobre sí el riesgo de la deuda original.

A pesar de las muchas interpretaciones que sobre este punto han definido los países es importante que existan normas claras y procedimientos específicos para la autorización y otorgamiento de avales, el seguimiento y registro tanto de los desembolsos como del servicio y el recupero en casos de incumplimiento de los deudores directos.

Administración de la deuda pública

Uno de los propósitos básicos del sistema de crédito público consiste en administrar adecuadamente la deuda contraída, los desembolsos recibidos, la atención en tiempo y forma de los servicios de la misma y su interoperación con el Sistema Integrado Modelo de Administración Financiera – SIMAFAL II, del cual es uno de sus componentes.

La gestión y administración del crédito público se sustenta en un adecuado registro de las operaciones, cuyo contenido está caracterizado por los datos detallados sobre cada uno de los contratos firmados y en negociación, sus desembolsos y el servicio correspondiente.

Este sistema está concebido no sólo a los efectos de registrar contablemente el pasivo del Estado sino fundamentalmente se constituye en una poderosa herramienta de gestión de la deuda pública, porque se utiliza para:

  • La formulación del presupuesto mediante la definición de las proyecciones de vencimientos y las necesidades financieras del servicio en el periodo que se formula.

  • La elaboración de proyecciones de diversos escenarios macroeconómicos, según las necesidades y el tipo de análisis a realizar

El registro de estas operaciones que se relaciona directamente con el Sistema Integrado Modelo de Administración Financiera – SIMAFAL II en tres etapas:

  • Cuando se contrata un préstamo o se emiten títulos o se autorizan avales

  • Cuando se producen los desembolsos de los préstamos contratados o la colocación de los títulos

  • Cuando se efectúa el servicio de la deuda o el rescate de los títulos.

Cada una de estas etapas ejecuta el presupuesto de recursos o de gastos, según corresponda y genera asientos de partida doble en la contabilidad general.

Dicha información se asemeja al mayor auxiliar de la cuenta "deuda pública" del pasivo de la contabilidad general, es el kardex o fichero de acreedores, ordenado cronológicamente por tipo de deuda, acreedor, tasa de interés, de corto, mediano o largo plazo, interna o externa, etc.

Clasificación de la deuda pública

La confiabilidad de la información que procese y remita el registro de la deuda pública va a ser función directa de los datos que se ingresen al sistema, con el propósito de garantizar información del universo de las operaciones de crédito público es necesario clasificar la deuda pública desde distintos puntos de vista, como ser:

a) Por la procedencia de los recursos se clasifica en:

Deuda interna, cuando los recursos provienen de acreedores domiciliados en el país.

Deuda externa, cuando los recursos provienen de acreedores no domiciliados en el país.

  • b) Por el tipo de instrumento de deuda pública se clasifica en:

Deuda por préstamos, sobre la base de contratos legalmente autorizados entre uno o más deudores y acreedores debidamente identificados.

Deuda por títulos valor, sobre la base de títulos valor, emitidos por el deudor. Los acreedores no necesariamente son identificables en forma individual, porque generalmente estos títulos se colocan en el mercado secundario y pueden ser negociables.

c) Por el grado de obligación con el acreedor:

Deuda directa, cuando el Estado es el deudor directo.

Deuda avalada, en la que si bien hay un deudor específico que puede ser una entidad pública o privada o mixta, el Estado es garante y se convierte en deudor cuando se produce incumplimiento del deudor directo.

Procedimientos de Registro de la Deuda Pública

Los procedimientos que se utilizarán para el registro de la deuda deberán contemplar la asignación de funciones y niveles de responsabilidad perfectamente delimitadas entre las unidades de crédito público, presupuestos, tesorería y contabilidad, ya que estos sistemas se interrelacionan con las operaciones de deuda pública.

A continuación se presentan algunos procedimientos tipo para su adecuación a las características propias de cada país, tales como:

Procedimiento de registro de préstamos contratados o emisión de títulos

Las unidades de administración y registro de la deuda pública recibirán los contratos de préstamos autorizados o las disposiciones legales relacionadas a la emisión de títulos, deberán registrar en el sistema los siguientes datos:

  • Los convenios de préstamos o de donación o los documentos legales de emisión de títulos.

  • Las características de cada instrumento

  • Las informaciones singulares de los participantes de los contratos (prestamista, prestatario, garante, beneficiario, etc.)

  • Transacciones corrientes e históricas

  • Las monedas de cada convenio

  • Las tasas de interés variable

  • Los tipos de cambio diarios

  • La estructura programática del presupuesto

  • Información sobre los tramos de los convenios (cada tramo representa una unidad financiera de base independiente y tiene su propia divisa, sus propios desembolsos futuros, intereses, calendario de reembolso del principal)

Con estos datos el sistema, después de validar su corrección, otorgará en forma automática, un código único identificatorio a cada préstamo o documento de emisión de títulos.

Algunos países registran en este momento la operación con cuentas de orden en la Contabilidad General, en ese caso, el sistema deberá generar automáticamente el asiento de partida doble que corresponda.

Es necesario aclarar que la información relacionada a cada instrumento queda guardada en el archivo de crédito público para uso de dicha oficina; en cambio, el asiento de partida doble pertenece a la Contabilidad; por lo tanto, se guardará en el archivo o tabla informática denominada Libro Diario y en el Libro Mayor.

Cada uno de los préstamos o título será identificado con el código único que le haya otorgado el Sistema de Administración de la Deuda y el organismo responsable del uso de los fondos o de su registro será identificado mediante tablas que relacionen:

  • Código del préstamo o título

  • Programa, componente o categoría de inversión

  • Tipo de Desembolso o colocación

  • Organismo/unidad ejecutor

  • Imputación de Recursos

  • Imputación de Gastos

  • Moneda

  • Importe

Esta tabla se actualizará cada vez que se de el alta a un nuevo préstamo o título, y se utilizará en los casos que se reciba un desembolso o se coloque un título.

Procedimiento de registro de desembolsos de préstamos o colocación de títulos

El presupuesto anual deberá incluir en el cálculo de recursos, los desembolsos de préstamos contratados y la colocación de títulos que se espera realizar en el año.

Los desembolsos se realizan en efectivo, en especie o mediante cargos directos.

El procedimiento para los desembolsos en efectivo tendrá dos modalidades, dependiendo donde se inicia la operación

  • Cuando la información necesaria para el registro se origina en Crédito Público, se registrará automática y simultáneamente en el Sistema de Administración de la deuda y en el Sistema Integrado de Administración Financiera. En el Sistema de Administración de la Deuda de acuerdo a las características propias e individuales de cada tipo de deuda y en el Sistema Integrado de Administración Financiera presupuestaria y contablemente siguiendo los procedimientos propios del registro de recursos y de gastos.

  • Cuando la información se origina en el Tesoro Nacional genera igualmente en forma automática y simultánea el registro que corresponda a recursos en el Sistema Integrado de Administración Financiera por el importe efectivamente recibido y, en el Sistema de Administración de la Deuda por el importe comunicado en la notificación de pago del organismo acreedor, la diferencia entre los dos importes corresponde a los gastos por comisiones bancarias, por dicho importe elaborará un registro de regularización de de recursos y de gastos.

En ambas modalidades utilizará la tabla de relación indicada en el punto anterior y registrará lo siguiente:

En el Sistema de Administración de la Deuda:

  • Código del Préstamo o Título

  • Notificación de Pago

  • Tipo de desembolso

  • Tipo de colocación

  • Moneda original

  • Tipo de cambio

  • Importe

En el Sistema Integrado de Administración Financiera

  • Ejecución Presupuestaria de Recursos por el importe bruto del desembolso.

  • Ejecución presupuestaria de gastos por el importe que corresponda a gastos y comisiones bancarias.

  • Asientos de partida doble en la Contabilidad.

  • Si Ingresa por el Tesoro, genera un crédito en el Libro Banco de la cuenta bancaria donde fue depositado el dinero.

El procedimiento para desembolsos en especie indica que el mismo se efectuará en bienes, para lo cual seguirá los mismos pasos como si se iniciara la operación en la Oficina de Crédito Público, con la diferencia de que además del registro de recursos, generará simultáneamente el registro de gastos por los bienes recibidos simulando una compra. No existirá movimiento de fondos real.

El procedimiento denominado cargos directos, significa que en lugar de transferirse los fondos a la cuenta bancaria del Tesoro Nacional o de la Unidad Ejecutora, se enviará directamente a la cuenta de un proveedor contratado por el proyecto para cumplir con determinadas actividades, ya sea de adquisición de bienes o prestación de servicios. En estos casos, el procedimiento registra de manera similar al anterior los recursos y genera el pago de las ordenes de pago existentes para ese proveedor y que estuvieran informadas con ese objetivo.

Procedimiento de registro del servicio de la deuda o recate de títulos

El presupuesto anual deberá incluir la asignación del crédito presupuestario para cada imputación de gastos que corresponda al Servicio de la Deuda.

La Unidad de Administración del Crédito Público solicitará a Presupuestos la asignación de las cuotas trimestrales de compromiso y, periódicamente, las cuotas mensuales de pago. Dicha solicitud se fundamentará en las proyecciones que realicen del servicio de la deuda y del rescate de títulos, tomando en cuenta las variaciones de los tipos de cambio de las monedas originales de los instrumentos. Esta información se obtendrá directamente del Sistema de Administración de la Deuda.

De igual manera, actualizará la tabla de beneficiarios y de cuentas corrientes bancarias del Sistema Integrado de Administración Financiera.

Al principio del año, el Sistema de Administración de la Deuda elaborará el registro del compromiso por el total de los vencimientos del servicio de cada uno de los préstamos y del rescate de los títulos, en caso de sufrir modificaciones en el transcurso del ejercicio, realizará nuevos registros de compromiso o correcciones a los originales o desafectaciones. Este registro producirá la ejecución presupuestaria de gastos en la etapa del compromiso en el Sistema Integrado de Administración Financiera.

De acuerdo a los vencimientos, el Sistema de Administración de la Deuda generará las respectivas ordenes de pago, el beneficiario será el organismo acreedor que deberá contar con el alta correspondiente en la Tabla de Beneficiarios. La confección de este registro deberá estar sujeta a los instructivos o manuales de ejecución de gastos que emitan las respectivas Contadurías Generales en cada país. Como norma general, una orden de pago para su registro necesitará contar con el registro de compromiso previo y, por consiguiente, con saldo disponible de crédito presupuestario en la imputación de gasto que corresponda a cada uno de los préstamos que se vence.

Además, a cada orden de pago se adjuntará una Nota, que es el medio de pago que utilizará la Tesorería Nacional para instruir al intermediario financiero o Banco Central, la transferencia de los fondos a la cuenta del organismo acreedor.

La información indicada se genera en el Sistema de Administración de la Deuda, pero se registra en el Sistema Integrado de Administración Financiera en el Sistema de Contabilidad; en este último, la orden de pago produce el registro de la ejecución presupuestaria de gastos en la etapa del devengado, y genera el asiento de partida doble que le corresponde en la contabilidad general.

La Tesorería Nacional elaborará su programa de pagos diario basándose en la fecha de vencimiento de la deuda exigible registrada en el sistema. Para el caso del servicio de la deuda pública considerará las ordenes de pago con anticipación a su vencimiento, debido a la necesidad de contar con el tiempo que demande la compra de monedas y los procedimientos de transferencia de fondos.

Una vez seleccionadas estas ordenes de pago, el Sistema Integrado de Administración Financiera, en el sistema de Tesorería, solicitará completar datos en la Nota adjunta a la orden de pago; estos datos se refieren a la cuenta corriente bancaria de donde se debitará el pago y las comisiones y gastos bancarios que demande la operación.

La emisión de la Nota genera el registro de la ejecución presupuestaria en la etapa del pagado, los asientos de partida doble en la contabilidad general, el débito en el Libro Banco de la cuenta corriente bancaria respectiva y la comunicación o marca en el Sistema de Administración de la Deuda de la operación efectuada.

El pago puede realizarse en forma total o parcial. Es total, si el importe de la Nota es igual al importe total de la orden de pago. Es parcial, si el importe de la Nota es inferior al importe total de la orden de pago, nunca será superior. Una orden de pago podrá relacionar una o varias notas para el mismo código de préstamo y beneficiario y la sumatoria de las notas será igual al importe total de la orden de pago.

Cuando el Banco Central o el intermediario financiero responsable de la transferencia de fondos efectiviza la operación emite un documento conocido internacionalmente con el nombre de "SWIFT", en el cual se detallan los cálculos y registros realizados para la conversión de monedas y la transferencia de fondos.

La Oficina de Crédito Público recibirá del Banco Central o del intermediario financiero el SWIFT.

Si el SWIFT es enviado electrónicamente, sin necesidad de cargar datos, el Sistema de Administración de la Deuda validaría la información y comparará los importes totales debitados por el Banco, estos importes pueden ser superiores o inferiores al importe de cada Nota; en ese caso, elaborará los registros de regularización que correspondan para incrementar o disminuir el gasto; además, generaría un nuevo registro por los gastos y comisiones bancarias de la operación de transferencia.

Si el SWIFT es enviado en papel, será necesario cargar manualmente los datos, el sistema igualmente, operará de la forma descripta en el punto anterior.

Las diferencias de importes entre la Nota y el SWFIT se presentan porque, desde el momento que se genera la orden de pago hasta que se instruye el pago, pasan algunos días y pueden variar los tipos de cambio de las monedas en las cuales debe efectuarse la operación. Además, los gastos y comisiones bancarias se conocen en el momento de realizarse la transferencia de fondos.

En el caso del rescate de títulos el procedimiento presentará algunas variaciones; por ejemplo, el beneficiario de la orden de pago no será el tenedor del título, sino que se efectuará la operación mediante intermediarios financieros como la Caja de Valores u otros.

En resumen, es necesario recalcar que la aplicación real de la integración nos demuestra que no es necesaria ninguna conciliación de datos entre los sistemas, porque no es posible tener diferencias como ocurría en el pasado. Por ejemplo: en la colocación de títulos, la Tesorería Nacional registraba por el valor efectivo y Crédito Público por el valor nominal, hoy se registra el valor nominal, el valor efectivo, las diferencias de cotización o de cambio y las comisiones bancarias o de intermediarios financieros que producen este tipo de operaciones.

El Sistema de Administración de la Deuda mostrará la información detallada por cada código único de préstamo o título y el Sistema Integrado de Administración Financiera en forma agregada por cuenta o subcuenta contable o recurso o egreso presupuestario y las sumatorias finales serán siempre las mismas.

Sistema de Gestión y Análisis de la Deuda – SIGADE

En este punto explicaremos brevemente el Sistema de Gestión y Análisis de la Deuda – SIGADE-, desarrollado por la UNCTAD, debido a que muchos países lo están utilizando con buenos resultados, como es el caso Argentino que inclusive ha desarrollado el módulo de interoperación con su Sistema Integrado de Información Financiera.

El Sistema de Gestión y Análisis de la Deuda – SIGADE – es un sistema computarizado que está concebido para ser utilizado por los ministerios de hacienda, economía o finanzas y los bancos centrales en la gestión de la deuda pública.

Se trata de un instrumento destinado específicamente a apoyar las funciones relativas a la gestión operacional de la deuda, es decir la administración cotidiana, de conformidad con una dirección y organización ejecutivas, de las funciones de gestión de la deuda propiamente dichas, El punto de partida lo constituye el contrato de préstamo firmado entre el acreedor y un deudor que produce obligaciones directas o indirectas para el gobierno.

El Sigade también es un instrumento de apoyo a la gestión ejecutiva de la deuda, la cual puede concebirse como el establecimiento, a los niveles más elevados del gobierno, de las reglas del juego respecto al endeudamiento público en el contexto macroeconómico de las finanzas públicas.

El Sigade permite la gestión de la deuda a corto plazo, mediano y largo plazo, que sea pública, garantizada por Estado, reasignada o privada. Todos los tipos de préstamos pueden registrarse en el Sigade, inclusive los que pertenecen a sistemas de canastas de divisas o de unidades de cuenta, como los del Banco Mundial, del Banco Asiático de Desarrollo, del Banco Africano de Desarrollo o del Banco Interamericano de Desarrollo

En la actualidad, este sistema, está funcionando en Rumania, Paraguay, Bolivia, Indonesia, Egipto, Costa Rica, Filipinas, etc. en español, inglés y francés.

El Sigade permite registrar todos los datos básicos relacionados con:

  • Los acuerdos de préstamos o donaciones

  • Los proyectos financiados por préstamos o donaciones

  • Los acuerdos generales (minutas del Club de París, etc.)

  • Las operaciones de reescalonamiento

  • Participantes a los diferentes acuerdos

  • Tasas de interés variable

  • Tipos de cambio diarios

  • Las líneas presupuestarias

Además, el sistema permite registrar y controlar:

Las enmiendas a los contratos de préstamo,

Las participaciones de los acreedores en un préstamo sindicado.

El SIGADE cuenta con funciones que permiten el registro de los desembolsos y permitirá también generar automáticamente formularios de solicitud de desembolsos para el Banco Mundial y otras principales instituciones acreedoras.

Permite el cálculo y la generación automática de las Tablas de Amortización, muestra para cada tramo de los préstamos, la información relativa a los vencimientos, reembolsos, pagos, atrasos, quitas, intereses en mora, controla la canasta de divisas, elabora ajustes de vencimientos debido a las variaciones de los tipos de cambio. Basándose en dicha información registra el Servicio de la Deuda.

El SIGADE produce gran variedad de salidas de información, como ser:

SOBRE PRÉSTAMOS POR:

  • Tipo de Acreedor

  • Acreedor

  • País u Organismo Acreedor

  • Tipo de Deuda

  • Tipo de Moneda

  • Organismo Deudor

  • Proyecciones del Servicio

  • Vencimientos

SOBRE TITULOS POR:

  • Emitidos

  • Colocados

  • Tipo de Deuda

  • Tipo de Tasa

  • Proyecciones del Rescate

  • Vencimientos

SOBRE AVALES POR:

  • Otorgados

  • Seguimiento

Organización del sistema de crédito público

El SIMAFAL II plantea que cada sistema integrante de la administración financiera debe operar con su propio núcleo gobernante independiente, pero interrelacionado con los demás sistemas componentes

En este sentido, es importante que esta característica se concrete orgánicamente en el caso del crédito público En la mayoría de los países de América Latina se ha adoptado diversas formas de estructurar la oficina de crédito público. Un modelo básico adaptable a cualquier realidad consiste en la siguiente organización del sistema:

  • Un órgano rector que centralice la función normativa y sea responsable de la conducción del Sistema de Crédito Público.

  • Las Unidades Ejecutoras de Préstamos, responsables del cumplimiento de los programas y proyectos de inversión financiados con endeudamiento público.

  • Igualmente deben estar claramente identificadas las entidades vinculadas al proceso de endeudamiento. Entre ellas se puede mencionar a:

  • Los agentes financieros del Estado.

  • El Banco Central emisor.

  • Los organismos y las Unidades Ejecutoras de los préstamos para inversiones con recursos de endeudamiento.

  • Los organismos acreedores.

  • Otro elemento importante de la organización del sistema es la elaboración de un cuerpo coherente de normas y procedimientos técnicos para el funcionamiento de las oficinas de crédito público en los Ministerios de economía, finanzas o hacienda y las unidades en los bancos centrales que realizan estas funciones, compatibilizado con la normativa de los demás componentes del sistema de administración financiera

Relación del sistema de crédito público con los demás sistemas de administración financiera y control

En los anteriores capítulos se ha señalado de manera general, la íntima relación que existe o más bien dicho debe existir entre los componentes del Sistema Integrado de Administración Financiera Central (Sistemas de Presupuestos, Tesorería, Crédito Público y Contabilidad); todos estos elementos tienen su importancia relativa dentro de la operación integrada del sistema. Cada uno de los sistemas desarrolla su actividad a base de insumos que se procesan y generan flujos de información que llegan a las instancias superiores, para el análisis previo a la toma de decisiones.

Interrelación con Presupuesto

En la etapa de negociación, la unidad de endeudamiento debe prever que el componente en moneda local que requiere el proyecto como contraparte esté considerado en el presupuesto. Se asegurará de este requerimiento solicitando a la Oficina de Presupuesto que este monto sea garantizado con el fin de lograr que la ejecución del proyecto no sufra retrasos por insuficiencia de moneda local.

El Sistema de Crédito Público deberá enviar información para la formulación del presupuesto y recibir la asignación de crédito presupuestario suficiente para hacer frente al servicio de la deuda correspondiente a cada año.

Hemos dicho que Crédito Público debe llevar el seguimiento financiero del proyecto porque es quien centraliza la información de los desembolsos, pero también se requiere del seguimiento físico de los mismos. Para efectuar este tipo de seguimiento, la unidad de Presupuesto cuenta con el personal calificado, ya que para autorizar los desembolsos de fondos internos se asegura que las obras se realicen conforme a lo planeado mediante la evaluación. Lógico es, que si el Sistema de Presupuesto tiene la capacidad instalada y la información, Crédito Público también puede observar la misma información y relacionarla con los desembolsos que tienen un componente interno y externo.

Interrelación con Tesorería

En la etapa del servicio de la deuda, la canalización de los recursos presupuestarios autorizados para el pago debe efectuarse a través del sistema de Tesorería, pero la gestión y generación de información pertinente proviene de la unidad de crédito público, por tanto, necesariamente existe interoperación entre estos dos componentes.

Del mismo modo, cuando se autoriza emisiones de Títulos de Tesorería interviene tanto la unidad que administra la deuda como la Tesorería que es titular formal en los valores emitidos.

Interrelación con Contabilidad General

Todo país, así como cualquier empresa tiene la necesidad de conocer cuales son sus bienes, derechos y obligaciones, en otras palabras cual es su situación financiera. Siendo la unidad de Crédito Público productora de información relacionada con el crédito público interno y externo es necesario determinar con qué nivel de detalle deberá registrarse la información en la Contabilidad General con el fin de incorporar los datos a la información contable que generará los Estados Financieros de la Nación.

Interrelación con el Sistema de Control

Como ya se ha expuesto a lo largo de este documento, el control interno como elemento propio de la gestión debe estar presente en los procesos del endeudamiento y su administración debiendo elaborarse procedimientos y normas que permitan a los ejecutivos de la deuda: conocer, verificar, autorizar y coordinar los aspectos de la administración de la deuda dentro de la estructura de competencias y niveles de autoridad establecidos.

La auditoria interna también deberá estar presente como elemento retroalimentador de la gestión gerencial del endeudamiento y como elemento de análisis e información básica sobre el cumplimiento y aplicación de los controles internos.

El sistema de endeudamiento en su interrelación con la auditoría externa deberá proporcionar información adecuada y oportuna sobre el desarrollo de la gestión del financiamiento. Por su parte, la auditoría externa, luego de efectuar los análisis y verificaciones propias de su función, deberá dar a conocer sus resultados y recomendar alternativas orientadas a superar desviaciones y mejorar la gestión.

Sistema de crédito público en Venezuela

El Crédito Público en Venezuela se rige por las disposiciones de esta Ley Orgánica y su Reglamento, y por las leyes especiales, decretos, resoluciones y convenios relativos a cada operación.

Entidad del estado encargado del credito publico

Oficina Nacional de Crédito Público

Visión

Una organización de alta competencia profesional dotada con tecnología de punta y reconocida como el líder del Gobierno en la Gerencia de Deuda.

Esto significa: ser una Oficina con personal técnicamente calificado y con una cultura de gerencia de riesgo, con procesos diseñados con las mejores prácticas, con sistemas de información integrados y con suficiente flexibilidad y autonomía que permite agilidad en los procesos de negociación, análisis, emisión, relación con los inversionistas, agencias calificadoras e instituciones financieras que permitan garantizar el acceso continuo, oportuno a los mercados financieros nacionales e internacionales, con la mejor valoración de riesgo país.

Misión

Garantizar el acceso continuo a los mercados financieros para satisfacer las necesidades de recursos de la República al menor costo posible, dentro de parámetros de riesgo definidos y cumpliendo con las políticas de endeudamiento que garanticen la sostenibilidad fiscal y los principios de transparencia en el manejo de la deuda.

Organización del gabinete económico (oficina Nacional de crédito público)

edu.red

Organismos adscritos al Ministerio del Poder Popular para Finazas

  • Viceministerio de Gestión Financiera

  •  Viceministerio de Regulación y Control

  •  Oficina Nacional de Crédito Público

  •  Oficina Nacional del Tesoro

  •  Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre)

  •  Oficina Nacional de Contabilidad Pública

  •  Oficina de Servicios

  •  Oficina de Recursos Humanos

  •  Oficina de Planificación y Presupuesto

  •  Oficina de Informática

  •  Dirección de Inspección y Fiscalización

  •  Oficina de Estadísticas de las Finanzas Públicas

  •  Oficina de Seguridad y Protección Integral

  •  Oficina de Comunicaciones y Relaciones Públicas

  •  Oficina de Secretaria General

  •  Consultoría Jurídica

  •  Auditoría Interna

  •  Programa de Modernización de la Administración Financiera del Estado (Promafe)

  •  Servicio Autónomo Fondo de Prestaciones

  •  Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector Público (Cenbisp)

  •  Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública – IUT

  •  Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat)

  •  Superintendencia de Bancos (Sudeban)

  •  Comisión Administradora de Divisas (Cadivi)

  •  Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (Fogade)

  •  Banco Industrial de Venezuela (BIV)

  •  Comisión Nacional de Valores (CNV)

  •  Superintendencia de Seguros

  •  Superintendencia de Cajas de Ahorro

  •  Superintendencia Nacional de Actividades Hípicas

  •  Banco de Fomento Regional los Andes (Banfoandes)

  •  Sociedad Nacional de Garantías Recíprocas para Mediana y Pequeña Industria (Sogampi)

  •  Junta de la Zona Libre, Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida (Zolccyt)

  •  Corporación para la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Tur. de la Península de Paraguana

  •  Almacenadora Caracas y sus Filiales

  •  Banco de Desarrollo Economico (Bandes)

  •  Banco de Comercio Exterior (Bancoex)

  •  Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Empresa (Fonpyme)

 

 

Autor:

Gómez Carla

Muñoz Melisa

Enviado por:

Iván José Turmero Astros

edu.rededu.red

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA

"ANTONIO JOSE DE SUCRE"

VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Puerto Ordaz, 05 de Marzo de 2008

Partes: 1, 2
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