Marco legal es por ejemplo la jurisdicción legal dentro del cual se desenvuelve un hecho determinado. Son los límites que fijan las leyes para que los hombres puedan -dentro del mismo- desempeñar o encuadrar libremente una conducta, acción o actividad sin violarlas. "Las acciones de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe".
Creo que dicha disposición que consagra el principio "alterum non laedere", referido a la protección de las acciones privadas. El Art. 28 al prescribir que Los principios,garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten el ejercicio.
El Art. 43 de la Carta Magna, consagra protectoriamente el derecho posibilitando que "Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley., el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se Funde el acto u omisión lesiva…" .
El Art. 1066 del Código Civil establece que "Ningún acto voluntario tendrá el carácter de ilícito, si no fuere expresamente prohibido por las leyes ordinarias, municipales o reglamentos de policía; y a ningún acto ilícito se le podrá aplicar pena o sanción…, si no hubiere disposición de la ley que la hubiese impuesto".
El Art. 1071: "El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto. La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos. Se considerará tal al que cotraríe los fines que aquélla tuvo en mira al reconocerlos o al que exceda los límites impuestos por la Buena fe, la moral y la buenas costumbres.".
1.3.- ¿QUE ES LA PARTICIPACION CIUDADANA?
Como ya hemos visto todos integramos grupos que reflejan distintas necesidades y que exigen nuestra participación y colaboración de manera activa y directa, ya sea para organizarnos en ronda de vigilancia nocturna, para realizar una campaña de vacunación o para llevar a un buen termino un proyecto de arborización.
En el caso concreto del patrimonio cultural del Perú, la participación ciudadana se refiere a la integración de las comunidades locales en la gestión y compromiso con la protección y defensa del mismo.
Todo poblador tiene derecho y obligación d que beneficiara a todo el grupo en su conjunto, permitiendo que sus habitantes alcancen una mejor calidad de vida y se reduzcan los niveles de pobreza contribuyendo al progreso y desarrollo del país. Así pues, es legítima la intervención de los ciudadanos en a la gestión pública, es decir, en la administración que hace el Estado para establecer prioridades, determinar acciones, o pedir cuentas si el Estado no cumple con lo pactado. Por ej. Se participa en gestión publica cuando enviamos una carta o documento al director de una entidad. Así mismo ejercemos nuestro derecho y deber de participación ciudadana cuando exigimos resultados de políticas determinadas, presentamos denuncias ante las respectivas instancias de control o recurrimos a la defensora del pueblo para nuestra protección.
La participación ciudadana se da también mediante procesos electorales cuando elegimos a nuestras autoridades regionales, nacionales y locales, presidente de APAFA, representante de aula, dirigente comunal, a la junta de propietarios del edificio donde vivimos, al presidente de la asociación vecinal, representante estudiantil, etc.
Las instituciones del estado fomentan la participa ción ciudadana cuando reciben personas que hacen sugerencias, participan en consultas, etc. En cuanto a la elaboración de políticas públicas la participación ciudadana es necesaria porque permite que los verdaderos intereses de la población sean tomados en cuenta, que las dediciones tengan mayor apoyo entre los pobladores y que se pueda reforzar el sentimiento de pertenencia a una comunidad.
Recordemos que e nuestro sistema jurídico prevalece la Democracia Representativa, mediante la elección de autoridades que nos representan, sobre la Democracia Participativa, por medio de la intervención directa de los ciudadanos en toma de las
decisiones. No podemos ver la participación ciudadana esta presente en todos los ámbitos de la convivencia diaria, pues se trata del ejercicio de un derecho ciudadano básico y comprende acciones colectivas o individuales, ejercidas a través de canales institucionalizados, o espontáneos e informales los que pueden ser locales o nacionales.
1.4.- LA CIUDADANÍA
Es ciudadano todo peruano mayor de dieciocho años. Para ejercitar los derechos que le corresponden tiene que inscribirse en el registro electoral, es decir debe haber recibido su Documento Nacional de Identificación (antes Libreta Electoral). El ser mayor de dieciocho años le da derecho de ciudadanía; pero, no puede ejercer este hasta efectuar su inscripción en el Registro Electoral.
Para efecto de todas las votaciones se les otorga a los ciudadanos el goce de su capacidad civil. El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años.
El ejercicio de la ciudadanía se suspende:
Por resolución judicial de interdicción.
Por sentencia con pena privativa de libertad.
Por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos.
1.5.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PERÚ:
El proceso de descentralización que se viene desarrollando en el país ha incorporado como uno de sus principios el de la participación ciudadana a nivel nacional, regional y local, consagrando normativamente este tipo de participación en los planes de desarrollo y presupuestos.
Nuestra constitución política reconoce el derecho de participar en los asuntos públicos, así como los derechos de asociación, de reunión, de libertad de expresión, de opinión, de rectificación y de sufragio. El acuerdo nacional, suscrito por todos los partidos políticos, también promueve y fomenta la participación ciudadana en las decisiones públicas.
La «participación ciudadana» es uno de los caminos que hoy se ofrece para mejorar los regímenes políticos presentes, y abrir paso a prácticas sociales más democráticas. Ante el descrédito de los partidos políticos y su consiguiente pérdida de eficacia como transmisores de las demandas de la población, se procura hoy aumentar la participación de ésta en las decisiones de los gobiernos, ya sean nacionales o locales. Pero la gama que abarcan las formas de participación ciudadana es de lo más difusa, amplia y variada.
Este libro busca delimitar los campos en ese amplio territorio; proponer en cierta forma una clasificación o taxonomía de los modos o tipos de participación, esclareciendo sus mecanismos, costos, los objetivos que se persigue y lo que, a fin de cuentas, normalmente se obtiene.
1.5.1.- PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA
Es el proceso por el cual las organizaciones de la sociedad civil, junto con el Estado a través de los Gobiernos Regionales y Locales, toman parte en las desiciones vinculadas a la gestión pública y el desarrollo de sus regiones y localidades. Los instrumentos más importantes que expresan los acuerdos tomados en estos procesos son el plan de desarrollo concertado y el presupuesto participativo.
Desde el año 2002 se cuenta con normas que promueven y regulan la participación de la sociedad civil en la gestión del desarrollo regional y local.
1.5.2.- ¿QUE CONSEGUIMOS AL PARTICIPAR?
Logramos que se utilicen mejor los recursos de los gobiernos regionales y locales que tienen destinados para la inversión. Así, poco a poco, podemos mejorar nuestras condiciones de vida.
Fortalecemos nuestra relación con el Estado en la medida en que generamos compromisos y tenemos responsabilidades compartidas. Luchamos contra la corrupción y los malos manejos porque podemos constituir nuestro comité de vigilancia y control para observar de cerca cual es el desempeño de nuestras autoridades y en que medida cumplen sus compromisos. Además, podemos exigir que se realicen audiencias publicas en las que se rindan cuentas.
Sin la participación ciudadana no hay democracia. La participación supone la existencia de una ciudadanía real, no de una ciudadanía simbólica, y esto exige superar lo que llaman el vicio de la pasividad. La obra enseña a realizar el tránsito de las diferentes formas de pasividad y dependencias al protagonismo del ciudadano. Concebido en la misma línea que la Guía Fácil de Asociaciones, toda la obra tiene un sentido práctico, con un lenguaje comprensible
1.5.3.- TIPOS DE PARTICIPACION CIUDADANA:
La población Local puede participar en los temas que le interesa de diversas formas:
1.5.3.1.- INFORMANDO:
Las personas o grupos requerimos continuamente información sobre acciones, propuestas, programas, o actividades.
1.5.3.2.- CONSULTANDO:
Individualmente exponemos nuestras ideas a través de encuestas, foros y talleres, donde también podemos consultar. Asimismo, las comunidades pueden realizar consultas a diversas entidades.
1.5.3.3.- DECIDIENDO JUNTOS:
Nuestros representantes, l as organizaciones comunales y los sectores interesados estudian, discuten y participan en la toma de desiciones que afectan a la población.
1.5.3.4.- ACTUANDO JUNTOS:
Tomamos parte en los acuerdos mediante la acción conjunta responsable y compartida.
1.5.3.5.- APOYANDO LOS INTERESES COMUNITARIOS:
Los especialistas que trabajan en las distintas instituciones del Estado nos asesoran en la toma de desiciones y en la elaboración y ejecución de proyectos. Asimismo, orientan a los pobladores y los capacitan para que ellos mismos sean los responsables de solucionar los problemas que les afectan directamente.
CAPÍTULO II:
Participación ciudadana y patrimonio cultural
2.1.- ¿Cómo se da la participación ciudadana en el patrimonio cultural?
Nuestra participación y nuestra opinión son importantes porque en muchos casos conocemos los problemas de cerca o estamos en el lugar de los hechos, de modo que la Institución encargada puede beneficiarse con nuestros consejos y experiencias. Proteger nuestro patrimonio cultural no es tarea exclusiva del Estado ni del Instituto Nacional de Cultura, ni de cualquier otra entidad pública; es también responsabilidad de cada uno de nosotros.
En realidad, se trata de establecer un proceso participativo entre el Estado y la comunidad para la protección y defensa del patrimonio cultural, es decir, involucrar a la
Población local, que conoce los problemas y las situaciones relacionadas con su propio patrimonio cultural, mediante la toma de conciencia, la denuncia, la consulta, la acción, la mayordomía, etc.
2.1.1.- TOMA DE CONCIENCIA
Todos los ciudadanos debemos tomar conciencia acerca del valor que tiene el patrimonio cultural para la comunidad. Debemos entender que se trata de nuestra herencia cultural y que, como tal, forma parte de nuestra identidad nacional, regional y local y que, además, es vital para poder conocer nuestro pasado, saber cuáles son nuestras raíces y cómo podemos aprovechar lo que tenemos proponiendo diversos proyectos de desarrollo.
Debemos tener presente que el patrimonio cultural es frágil y no renovable; que su valor como tal va más allá de lo económico; y que bien utilizado puede traer progreso para la comunidad.
2.1.2.- LA DENUNCIA
Es la manera más sencilla de participación ciudadana, pero la que menos practicamos por temor a represalias o por simple desinterés. Hacemos una denuncia cuando comunicamos, a la institución cultural responsable, a la policía o al serenazgo, situaciones o hechos que afectan y/o dañan nuestro patrimonio.
Si dejamos pasar la oportunidad de denunciar actos sospechosos, las autoridades correspondientes no podrán realizar acciones ni encontrar a los responsables de los delitos.
2.1.3.- LA CONSULTA
Además de la denuncia, podemos realizar consultas y formular preguntas vinculadas al patrimonio cultural de nuestra comunidad porque nos interesa, nos preocupa o, simplemente, por curiosidad. Por necesidad de saber algo más sobre nuestro patrimonio.
LA ACCIÓN
Mediante nuestra acción rápida, directa y decidida podemos participar en la conservación y defensa de nuestro patrimonio cultural. Podemos realizar diversas acciones.
Como:
Tomar parte en una jornada de recojo de basura en un sitio arqueológico de la comunidad.
Orientar al público en un museo.
Apoyar las labores de inventario y registro del INC de la localidad.
Respetar siempre las normas y señales para la buena conservación de nuestro patrimonio: no trepar a los muros arqueológicos para evitar las acciones negativas y cualquier otro daño posible.
2.1.5.- MAYORDOMÍAS
Refleja el verdadero espíritu de trabajo comunitario y colectivo de los antiguos habitantes de nuestro país, basado en el principio de reciprocidad, presente en casi toda la vida comunal del Perú. Este trabajo colectivo se expresa de diversas maneras a lo largo de nuestro territorio.
2.1.6.- PATRONATOS CULTURALES
Se trata de asociaciones de carácter privado, que pueden formarse al interior de una institución o fuera de ella, por iniciativa de personas y/o entidades, para colaborar, asesorar o vigilar que una organización determinada cumpla con sus funciones.
2.1.7.- ASOCIACIONES DE DEFENSA
Al igual que los patronatos, las asociaciones de defensa también son de carácter privado porque no pertenecen al Estado y están formadas por grupos de personas que se unen porque tienen el mismo interés, preocupación o inquietud y buscan lograr un fin común.
Se trata de asociaciones sin fines de lucro y de servicio a la comunidad. Las asociaciones pueden ser de distinto tipo: educativas, sociales, científicas, culturales y deportivas.
2.1.8.- DEFENSORES DEL PATRIMONIO CULTURAL
Se trata de un programa de voluntariado que el Instituto Nacional de Cultura en coordinación con la Municipalidades, Asociaciones Comunales, Culturales, la Iglesia y otras desarrollarán como una estrategia de participación ciudadana, para fomentar el interés de jóvenes y adultos por la apropiación social del patrimonio cultural de la comunidad.
2.2.- ACCIONES PARTICIPADAS POR LOS CIUDADANOS
Los ciudadanos participan en las vacunaciones para prevenir
Enfermedades para la salud.
Participan en la OMPE para elegir nuestro candidato en el Perú.
Participan campañas de salud contra el cáncer
Participan en los censos actuales para saber cuantos números de habitantes.
Participación de los artistas mediante sus conciertos para los damnificados.
Participan en orientación de la anorexia.
Reuniones informativas.
Consultas públicas.
Talleres de validación técnica.
Examen general para los profesores.
Participación infante –juvenil.
Vocales de control y vigilancia.
Comité del comedor popular y vaso de leche
Participación de mejoramiento ecológico.
Participación educativa, cultura y deportiva.
Participación de los derechos humanos
Participación patronal de la virgen.
Participación por el Día de la Madre.
Participación navideña, y otras participaciones mas
2.3.- DERECHOS CIUDADANOS:
LEY DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACION Y CONTROL CIUDADANOS
Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos como:
Referéndum
Iniciativa Legislativa
Remoción o revocación de autoridades
Demanda de rendición de cuentas
Elegir y ser elegidos
El gobierno Municipal
2.3.1.- REFERENDUM:
"El Referéndum es el derecho de los ciudadanos para pronunciarse conforme a la Constitución en los temas normativos que se le consultan."(El peruano)
El Referéndum puede ser solicitado por un número de ciudadanos no menor al 10 por ciento del electorado nacional. Procede el Referéndum en los siguientes casos:
a) La reforma total y parcial de la Constitución, de acuerdo al Artículo 206º de la misma.
b) Para la aprobación de leyes, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales.
c) Para la desaprobación de leyes, decretos legislativos y decretos de urgencia, así como de las normas que se refiere al inciso anterior.
d) En las materias a que se refiere el articulo 190º de la Constitución, según ley especial.
2.3.2.- INICIATIVA LEGISLATIVA:
La iniciativa legislativa de uno o mas proyectos de ley, acompañada por las firmas comprobadas de no menos del cero punto tres por ciento (0.3%) de la población electoral nacional, recibe preferencia en el tramite del Congreso. El Congreso ordena su publicación en el diario oficial.
2.3.3.- REMOCIÓN O REVOCACIÓN DE AUTORIDADES:
La Revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a:
a) Alcaldes y Regidores
b) Autoridades regionales que provengan de elección popular.
c) Magistrados que provengan de elección popular.
Los ciudadanos tienen derecho de revocar a las autoridades elegidas. No procede la revocatoria durante el primero y el último año de su mandato salvo el caso de magistrados.
La solicitud de revocatoria se refiere a una autoridad en particular, es fundamentada y no requiere ser probada.
2.3.4.- DEMANDA DE RENDICION DE CUENTAS:
Mediante la Rendición de Cuentas el ciudadano tiene el derecho de interpelar a las autoridades respecto a la ejecución presupuestal y el uso de recursos propios. La autoridad esta obligada a dar respuesta. Son susceptibles de esta demanda quienes ocupan cargos sujetos a revocatoria y remoción.
2.3.5.- ELEGIR Y SER ELEGIDOS:
Tienen el derecho a ser elegidos como representantes de su localidad y de la misma forma la facultad de elegir a sus gobernantes y autoridades.
Los miembros de la FF. AA. Y PNP en actividad no pueden elegir ni ser elegidos.
2.3.6.- DEBERES CIUDADANOS:
Honrar a la patria y proteger los intereses nacionales, cada ciudadano debe contribuir con su desarrollo.
Defender la Constitución y sus leyes, las mismas que deben ser cumplidas por todos porque garantizan la tranquilidad y el orden necesario.
2.4.- LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Art. 199 de la Constitución política del Perú:
Los gobiernos regionales y locales formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a la ley.
Ley Nº 27783 de bases de la centralización (Art. 12°)
Ley Nº 27972.ley orgánica de municipalidades y normas complementarias. Arts. 111° -222°.
Ley Nº 26300, ley de los derechos de participación Y control ciudadana.
Ley N°26806, ley transparencia y acceso a la información publica su reglamento y modificaciones.
Ley Nº 20301, ley de aplicación de habeas data.
Ley Nº 28056 ley marco de prosupuesto participativo y DS Nº 171 -2003 –EF reglamento de la ley 28056 – (Art. 9°)
Instructivo N°001 – 2005 – RF / 76.01 del RD Nº 010 -2004 EF
Referencias Bibliográficas
WEB:
www.mimdes.gob.pe
www.oeiperu.org
Autor:
Sharon Mejía Villanueva
DERECHO
2007
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