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Tipos de estado


  1. Introducción
  2. Clasificación de los Estados
  3. Deberes y derechos de los Estados
  4. Estados teocráticos
  5. Conclusiones

Introducción

Antes de conocer a cerca de la Clasificación de los Estados, es propio saber sobare su nacimiento, el cual se da cuando ocurre la coexistencia de sus tres elementos constitutivos: territorio, población y gobierno. La escuela tradicional (Jelineck) enseña que el nacimiento de los Estados es una cuestión de hecho, que tiene causa en asuntos completamente diferentes de Derecho, como son los acontecimientos históricos, sociológicos o económicos.

En cuanto a los derechos de los Estados, la Cancillería Venezolana distinguió estos derechos llamándolos Universales o Convencionales, con motivo de una discusión doctrinal con Colombia sobre navegación del río Orinoco.

Venezuela sostenía que su derecho a dicho río era incontrastable por ser único dueño de sus vías fluviales; "Ningún derecho cuando es absoluto o universal requiere para su uso y ejercicio por un Estado cualquiera el consentimiento de otros Poderes, como efecto de especiales estipulaciones.

Lo que exige acuerdo directo entre dos o más países y sucesivas reglamentaciones para su práctica, no puede emanar de ningún principio inconcuso, sino de un derecho consentido"

ESTADO COMPUESTO

Se trata de aquellos estados que surgen como consecuencia de la unión de dos estados soberanos, bajo un mismo gobierno, en torno a un mismo gobernante (en este caso se llaman estados de unión personal), es el caso de algunos estados monárquicos, en donde el monarca asume el gobierno de dos países, pero el poder y la administración no se unifican, siendo independientes cada uno de los estados, pero siendo gobernados por la misma autoridad (el monarca). Se trata de algo que fue muy común en las monarquías europeas, en donde un mismo monarca gobernaba estados independientes (países).

Clasificación de los Estados

Desde el punto de vista de la Estructura, los Estados han sido clasificados en simples y compuestos.

Estados Simples: 

Son aquellos que en las relaciones internacionales se presentan en forma individualizada, como consecuencia de su estructura individual interna de tipo unitario. Ejemplos. VenezuelaFranciaEstados Unidos.

Ejemplos. Las principales figuras del Estado compuesto son la unión real, la unión personal, la incorporación, la federación y la confederación.

Están comprometidas dos o más soberanías, pero desde el punto de vista de las relaciones exteriores actúa como una sola.

Unión Personal: 

Es la unión de dos o más Estados a través de un vínculo personal del soberano y se da el caso cuando las leyes sucesorias de dos países elevan al trono una misma persona.

Unión Real: 

Se basa en un hecho querido o deseado, que puede estar contenido en un Tratado o en un acto diplomático determinado y esta misma voluntad la que es suficiente para ponerle fin a esa unión.

Estado Federal: 

Desde el punto de vista del Derecho Internacional los Estados, que antes habían aparecido como Estados soberanos en la comunidad internacional, se unan ahora bajo la forma de Estado Federal, contándose a partir de esta fecha como un solo sujeto en las relaciones internacionales. Ejemplo: Los Estados Unidos de América Central de 1921 que comprendía a los antiguos Estados. Guatemala, Honduras, Salvador y Costa Rica.

Confederación de Estados: 

En realidad se trata de la unión de varios Estados con el propósito de realizar en común algún objetivo predeterminado, generalmente de carácter político. Cada Estado conserva su propia integridad tanto desde el punto de vista de la soberanía interior como desde el de la soberanía exterior, limitando a ésta en aquella parte que haya dado lugar a la confederación, los cuales son conocidos con el nombre de "casus foederis", o sea, casos contemplados en la alianza o confederación. Ejemplo: La Confederación de las Repúblicas de Colombia (Colombia, Venezuela y Ecuador),

CLASIFICACIÓN SEGÚN SU SOBERANÍA.

Esta clasificación no es posible hacerla desde el punto de vista del Derecho, porque la soberanía es esencialmente indivisible y por lo tanto no pueden existir Estados semi-soberanos. Corrientemente se han considerado como Estados vasallos y Estados protegidos, ambos son fundamentalmente una concepción del feudalismo, traslada completamente al Derecho Internacional; por eso resulta hoy una forma anacrónica a la cual el Derecho no le puede dar cabida.

Esta figura jurídica comportaba una doble obligación: tributos y contribuciones por parte del llamado Estado vasallo o protegido y ayuda militar o protección por parte del Estado soberano.

Extinción de los Estados: Según Cavaglieri, sostiene la tesis de que la extinción de los Estados es una cuestión de hecho que se escapa por tanto a toda apreciación jurídica.

En realidad puede decirse que la extinción de los Estados ocurre con la pérdida de uno de sus elementos constitutivos: población, territorio y gobierno.

Perdida de la Población: Este sería un caso hipotético, aunque posible. Aparejaría también la pérdida del Gobierno. La historia diplomática no registra ningún caso de fin de Estado por pérdida de su población.

Perdida del Territorio: Muchos Estados han dejado de existir por pérdida del territorio. Estos son los casos de incorporación. También puede darse el caso de desmembración de Estado, el cual es un proceso en el que un Estado deja de ser para dar lugar a otros. Tal como fue el caso de Austria-Hungría después de la primera guerra.

Deberes y derechos de los Estados

Son aquellos poderes y garantías mediante los cuales dichos sujetos realizan su misión individual y colectiva, sus fines mediatos e inmediatos.

Clasificación de estos Derechos:

Los derechos de los Estados han sido clasificados en absolutos o primordiales y en secundarios o relativos.

La razón de ser esta clasificación estriba en el hecho de que los primeros son considerados como esenciales a la existencia misma del Estado, para muchos autores se fundamenta en el Derecho Natural; tanto que los segundos provienen de convenciones, costumbres y actos internacionales.

Clasificación de los Derechos Fundamentales:

Así como hay diversidad de criterios con respecto al concepto y fundamento de los derechos fundamentales, también los hay con relación a la clasificación de los mismos. Según la clasificación de Fauchille, los derechos fundamentales de los Estados se clasifican en derechos relativos a la conservación y a la soberanía.

Los primeros se subdividen a su vez en derechos relativos a la 1) perfectibilidad, Los Estados perfeccionan sus instituciones internas y externas. 2) defensa, los Estados se defienden en forma individual o colectiva para conservar su integridad física y política. 3) seguridad, los Estados están dentro del límite de sus funciones al establecer interior y exteriormente todas las medidas que consideren pertinentes relativas a la seguridad de la integridad física y política del Estado.

Por otro lado los derechos relativos a la soberanía se subdividen en 

  • 1) Soberanía interior (autonomía). Estos comprenden:

  • a) poder constituyente.

  • b) gestión administrativa,

  • c) legislación,

  • d) jurisdicción.

  • e) dominio.

  • 2) Soberanía exterior esto comprende: 

  • a) el derecho a la igualdad

  • b) el respeto mutuo, 

  • c) el de legación, 

  • d) el de libre comercio.

  • e) el derecho a la guerra.

Deberes de los Estados:

Deberes Jurídicos: Así como los individuos, los Estados tienen deberes que nacen del goce de un derecho respectivo. De manera que en las relaciones internacionales priva el principio de que el derecho de un Estado termina cuando comienza el de otro y esto por la sencilla razón de que la existencia del derecho ajeno genera el deber jurídico de respetarlo.

Deberes Morales: La fuente de estos deberes reside en concepto metajurídicos como son la cortesía, el humanitarismo, el honor, otros.

Por ejemplo el Estado tienen el deber de ayudar a cualquier buque que zozobre en sus costas; el de ayudar a los damnificados de un terremoto de un país vecino; y el de velar porque enfermedades contagiosas no se trasmitan a través de pasajeros que no hayan sido debidamente inmunizados. Se fundamenta en las pacificas relaciones de los Estados, la buena marcha de los mismos y el acrecentamiento de los valores morales de la comunidad.

Los Derechos y los Deberes de los Estados en América: Se han realizado esfuerzos tendientes a unificar las reglas que definen los derechos y los deberes internacionales de los Estados.

CONCLUSION

En cuanto a la clasificación de los Estados pretenden hoy desarrollar su destino individual y colectivo en la forma más personal posible.

Esto nos demuestra que hay un cambio en la comunidad internacional de estos últimos tiempos, en la cual no caben ya estas formas de ideales. Con relación al derecho de igualdad, los Estados son considerados iguales entre sí prescindiendo de cualquier otra consideración.

Este es en realidad el axioma jurídico y viene a ser uno de los fundamentos del Derecho Internacional Público. Su desconocimiento o violación ha sembrado con frecuencia la guerra.

Este principio es la fórmula mediante la cual el Derecho trata de lograr el equilibrio jurídico de los Estados. El respeto se impone como consecuencia de la igualdad.

El derecho de legación es aquel mediante el cual el Estado acredita y recibe agentes diplomáticos, envía y recibe misiones del exterior y en una palabra, establece relaciones diplomáticas. De allí que este derecho sea activo o pasivo.

ESTADO DE UNIÓN REAL.

Se trata de los estados que se conforman tras la unión voluntaria de ambos estados, bajo el gobierno de un mismo gobernante, es el caso del estado austro-húngaro.

Estados teocráticos

¿Qué es una Teocracia? ¿La Teocracia es el gobierno de Dios? ¿Puede existir una teocracia? …O no puede existir, pues hasta ahora Dios no ha gobernado nunca directamente, o bien todos los regímenes lo son, en cuanto que el poder "viene de Dios", según los creyentes religiosos.

Concepto

El Diccionario de la lengua española, de la Real Academia Española, se define a la Teocracia como el "gobierno ejercido directamente por Dios", y en una segunda acepción: "Sociedad en que la autoridad política, considerada emanada de Dios, se ejerce por sus ministros".

Es una forma de gobierno en virtud de la cual el ejercicio del Poder Político está radicado en cabeza de Dios o de la Divinidad, o en el Gobernante o Autoridad Política o líder representante de Dios o de la Divinidad y cuyo fundamento radica en este.

ORIGEN HISTÓRICO DEL TÉRMINO

El término "teocracia" se atribuye a Josefo, historiador judío del siglo I E.C., quien lo debió acuñar en su obra (libro II, sec. 16). Acerca del gobierno que se estableció sobre Israel en Sinaí, escribió: "Unos otorgan el poder a la monarquía, otros a la oligarquía, y otros al pueblo. Pero nuestro legislador, rechazando todos estos métodos, instituyó un gobierno teocrático [literalmente, "una teocracia"]. Permítaseme usar esta palabra, aunque violente el lenguaje. Atribuyó a Dios el poder y la fuerza". Por supuesto, para que este gobierno fuera una teocracia pura, no podía constituirlo ningún legislador humano, como Moisés, sino únicamente Dios.

FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS

Teoría política que fundamenta el origen divino del poder político y cuyo ejercicio sólo se justifica moralmente en la medida en que sirva a la mayor gloria de Dios en la Tierra. Se funda en las palabras del apóstol san Pablo: "no hay potestad que no provenga de Dios" y se integra después con las opiniones que sobre la sociedad y los fenómenos políticos enunciaron, especialmente en la Edad Media, los teólogos y doctores de la Iglesia Católica.

CARACTERÍSTICAS

  • 1. Es una forma de gobierno, es decir, una manera de hacer funcionar o ejercer el poder político de un Estado.

  • 2. La teocracia se caracteriza por ser del tipo de gobiernos de poder centralizado -que concentran en una o pocas personas una gran cantidad de poder. En este sentido es una forma de gobierno opuesta a las basadas en la división del poder, como la Repúblicana.

  • 3. Necesariamente, en una teocracia existe una sola religión, la oficial, y que domina todas las esferas de la vida del país -donde las leyes emitidas por el gobierno son los mismos preceptos de la religión dominante o coinciden con ella.

  • 4. En los Estados Teocráticos ven a la religión como un sistema completo de vida, se interesan más por el bienestar espiritual de los gobernados que por el bienestar físico y material de los mismos.

  • 5. Los Estado Teocráticos interpretan a Dios como creador del ser humano, omnipotente, todopoderoso y perfecto, de tal forma que las leyes y regulaciones que se encuentran prescritas en las sagradas escrituras son igualmente perfectas por ser de su inspiración.

  • 6. En los Estados Teocráticos le ley está íntimamente vinculada con el pensamiento individual, por lo tanto la actuación de los individuos está regulada no solamente por los organismo de coacción, sino también por la sociedad en su conjunto, de allí derivan las posiciones fundamentalistas de este tipo de sociedades.

  • 7. En una teocracia, el poder del gobierno es usado para imponer creencias y mandatos religiosos -una idea que es contraria al espíritu democrático occidental.

  • 8. las teocracias no son democráticas: el pueblo no elige a sus representantes. Las personas, por otra parte, no pueden postularse para representar a sus compatriotas, ya que la característica principal de la teocracia es que se consideran a los dirigentes como emanaciones de Dios o representantes de él. Esta particularidad, a su vez, anula la posibilidad de ejercer la oposición debido a que, si el dirigente es Dios o su representante, nadie puede reemplazarlo.

  • 9. La Teocrática es un sistema revolucionario desde lo divino, por lo tanto insurgente contra cualquier otro sistema humano. En el gobierno teocrático, el Estado y la Sociedad quedan sometidos a las leyes, estatutos, reglamentos, decretos y disposiciones divinas, las cuales rigen todas las áreas de la vida. Se interpreta como obediencia directa a Dios, la sumisión a la voluntad divina expresada mediante las leyes de Dios.

ELEMENTOS

El Estado Teocrático, al igual que cualquier otro tipo de Estado, posee unos elementos de carácter material, formal e ideológico que lo caracterizan. El Estado teocrático se sostiene sobre un "Aparato de Estado"; que comprende los elementos de aparatos de "Estado Represivo" (Elemento material), "Aparatos de Estado Jurídico-político"(Elemento formal), y los "Aparatos de Estado Ideológico" (Elemento ideológico), destinados a contralor y eliminar a los elementos distintos a la clase dominante, en este caso, la clase religiosa (el clero sacerdotal).

El Aparato de Estado Represivo comprende los subelementos de: "poder político" (que comprende la relación entre los gobernantes y los gobernados), y el "poder de coacción (que comprende el sistema jurídico y las fuerzas armadas que se usan como medios de represión al ciudadano).

El Aparato de Estado Formal comprende los subelementos de: "la Constitución política" y "las leyes" del país, el "libro sagrado" (por ejemplo, la biblia), la "religión oficial" o dominante del Estado y las "Instituciones políticas y religiosas" establecidas.

El Aparato de Estado Ideológico comprende los subelementos de: los medios de comunicación, el sistema educativo, los núcleos de familia y la cultura (en cuanto a las tradiciones de la sociedad). Estos elementos son dominados por la Iglesia oficial.

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FORMAS DE TEOCRACIA

  • A. Según su Naturaleza o Esencia:

  • 1. Teocracia Directa o Pura

Se refiere al gobierno que ejerce Dios o una divinidad de manera directa. El gobierno de Dios es, estructural y funcionalmente, una teocracia pura (del gr. Theós: dios; y krátos: gobierno), un gobierno por Dios.

  • 2. Teocracia Indirecta o Representativa

Se refiere al gobierno que ejerce una autoridad de manera indirecta. En la teocracia representativa, por lo tanto, las autoridades gobiernan en el nombre de Dios. De este modo, el líder religioso es también el líder político, son la misma persona. Estos sistemas no contemplan una separación entre el Estado y la institución religiosa.

  • B. Desde el punto de vista funcional o estructural

  • 1. Teocracia Monista.

Es una forma de gobierno en la que los líderes gubernamentales coinciden con los líderes de la religión dominante, y las políticas gubernamentales son idénticas o están muy influidas por los principios de la religión dominante; normalmente el gobierno afirma gobernar en nombre de Dios o de una fuerza superior, tal como especifica la religión local. Son sistemas políticos en los que los gobernantes se tornan cuasi ministros religiosos, seres iluminados y mesías salvadores -al estilo de Stalin en la URSS y Mao Tse-Tung en China.

2. Teocracia Dualista.

Es una forma de gobierno en donde la religión o líderes espirituales y el gobierno o líderes gubernamentales coinciden en sus ideas creando una especie de gobierno paralelo (co-gobierno), generalmente el gobierno dice hacerlo en nombre de Dios esto según la religión dominante del país.

Sinopsis histórica

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Conocer el origen cronológico de la teocracia es una tarea imposible, sabemos que se remonta a épocas lejanas en las cuales el hombre comenzó a crear mitos sobre seres divinos que dominaban la naturaleza y algunos de estos hombres, atribuyéndose la cualidad de ser descendientes de esos seres divinos o simplemente profetas ungidos por ellos, iniciaron la lucha por el dominio del poder sobre la colectividad en nombre de su Dios.

La teocracia más antigua conocida dataría de las sociedades tribales primitivas, en donde, en muchos casos, el Chamán ejercía un doble rol como líder espiritual y jefe tribal. Dicho sistema está contenido en los libros de Moisés que contienen las Leyes dictadas por Yahvé. El faraón en el antiguo Egipto era, a la vez, sacerdote y representante de los dioses. Existen otros tipos de teocracias o seudoteocracias. Un ejemplo es el cesaropapismo, en que el poder es compartido entre un líder secular (un emperador, un César) y un líder religioso (un papa). La teocracia también puede ser ejercida directamente por el clero (como ocurre en Irán) o indirectamente (como a través del derecho divino de los reyes).

VENTAJAS DEL ESTADO TEOCRÁTICO

En el mundo moderno, se cree que los Estados teocráticos son menos evolucionados y están más atrasados que una democracia moderna. Sin embargo, cuentan con ciertas ventajas: con Dios como el jefe supremo del Estado, el gobierno puede ordenar una mayor lealtad de los ciudadanos. Además, la ciudadanía probablemente será más unida y menos rebelde que en una democracia. Todo el mundo, al menos en la superficie, está de acuerdo en que la ley debe basarse en el derecho divino, tal como la Torá en el judaísmo, o el Corán en el Islam. Los Estados teocráticos pueden ser bastante formidables en la guerra, como cuando Irán era capaz de reunir a millones de hombres jóvenes en su conflicto contra Irak con la promesa de una recompensa celestial para los "mártires" de esa guerra. Las guerras de un Estado teocrático son santas, y por lo tanto los soldados pueden sentirse más inspirados para luchar ferozmente y pueden tener menos miedo a la muerte.

DESVENTAJAS DE LAS TEOCRACIAS

Los seres humanos más modernos dirían que las desventajas de las teocracias son mayores que sus ventajas. Hay mucha menor libertad y menos libertades civiles en un Estado teocrático que en un Estado que separa Iglesia y Estado. Por ejemplo, en un Estado teocrático, una persona con una religión diferente a la dominante pueden ser perseguida e incluso asesinada. Las leyes no pueden basarse en la lógica o la justicia, sino en las palabras de un libro antiguo, y no son discutibles y no se pueden cambiar fácilmente. Muchos Estados teocráticos restringen la libertad de las mujeres, especialmente en el caso de los Estados islámicos. La libertad de expresión está severamente restringida.

SEPARACIÓN DE LA IGLESIA Y EL ESTADO

Debido a las enormes desventajas de la teocracia, los Estados modernos suelen separar la iglesia del Estado, aunque todavía hay una religión patrocinada por el Estado. Por ejemplo, la iglesia anglicana es la religión oficial de Gran Bretaña, pero pertenecer a la iglesia anglicana no es obligatorio, y otras religiones florecen en Gran Bretaña. En Estados Unidos, no existe una religión oficial, y la Cláusula de Establecimiento de la Constitución de dicho país prohíbe al gobierno favorecer a una religión sobre otra. Esto proporciona a los ciudadanos la libertad de practicar cualquier religión, y evita que el gobierno enseñe cualquier religión en las escuelas públicas. Esto es parte de la tendencia posterior a la Ilustración en la sociedad occidental hacia el laicismo.

EL LÍDER TEOCRÁTICO.

La autoridad política o gobernante de un Estado teocrático es una persona que encarna los ideales de los principios teocráticos o religiosos (dogmas) y de los principios políticos de Estado. El líder teocrático se caracteriza por ser a su vez "líder político" y "líder religioso", es decir, ser una autoridad que representa al Estado y el cuerpo civil, así como al Clero religioso para la conducción y administración de la Nación hacia los fines establecidos conforme a la Ley (Constitución) y la Religión. El líder teocrático se caracteriza también porque posee la mayoría de los poderes del Estado, y por lo tanto el manejo y control de todas las esferas de la vida política, económica, social, cultura y militar dentro del Estado teocrático.

¿Teocracias O Monarquías Divinas?

Resulta difícil distinguir y definir hasta qué punto un gobierno es teocrático o monárquico, ya que muchas monarquías se definen como "divinas" en naturaleza o están directamente relacionadas con una religión. El zar de Rusia, por ejemplo, con la Iglesia ortodoxa rusa, el rey de Tailandia con el budismo, el emperador de China considerado un ser divino (de allí el término Imperio Celestial), el rey de Bután con el lamaísmo, etc.

Diferentes líderes han sido tanto políticos como religiosos. Tres casos similares serían los del papa dentro de la Iglesia católica, el califa del Islam y el Dalái Lama en el budismo tibetano.

El cesaropapismo, inaugurado por la práctica política de Carlomagno, tendrá que ceder definitivamente ante el peso de la hierocracia, que tiene en Gregorio VII (1073-85), en los canonistas del Siglo XII y en los decretalistas del XIII, o en Bonifacio VIII (1294-1303) a los teóricos de las máximas formulaciones del poder universal de los sucesores de Pedro 1.

EJEMPLOS

Ejemplos de gobiernos teocráticos:

  • 1. En La Antigüedad.

La teocracia es quizás uno de las más antiguas formas de gobierno si se tiene en cuenta que durante la Antigüedad y la Edad Media las religiones del mundo ocupaban un lugar central y que eran, en definitiva, las que organizaban la vida diaria, las prácticas sociales, las costumbres y las formas de pensar de cada sociedad.

En este sentido, civilizaciones como la del Antiguo Egipto o algunas de la Mesopotamia y los hebreos, entre otros, se caracterizaron por poseer gobiernos en los cuales el gobernante principal era al mismo tiempo el sumo representante religioso, quien tomaba todas las decisiones y, además, el único que representaba al Dios en cuestión en el mundo terrenal. En muchos casos se consideraba al rey o faraón descendiente directo de los dioses, habiéndose entonces ganado al nacer la gracia divina para gobernar sobre su pueblo.

Conclusiones

Las teocracias son formas de gobiernos discutidas hoy en día, ya que en la actualidad formas democráticas o parlamentarias, que buscan abrir la representación y participación política de toda la sociedad las consideran formas de gobierno irracionales y caducas. Sin embargo, es normal encontrar que muchos estados de Medio Oriente, algunos de África y hasta el Vaticano se mueven a partir de la idea teocrática de que quien los gobierna está directamente vinculado con su dios.

En la actualidad existen pocas naciones que mantienen la Teocracia como forma de gobierno, el régimen teocrático más representativo actualmente es el Vaticano, el cual es una monarquía absoluta de carácter electivo. Irán ha extendido su influencia por todo el mundo Islámico, es un régimen de partido único y tiene en el Corán su fuente legal por excelencia. La teocracia islámica más rigurosa, recientemente derrocada, fue el régimen de los Talibanes de Afganistán. En el Tibet persiste una teocracia desde hace más de 500 años.

Casos a parte son; Israel, más que un régimen teocrático es un régimen confesional aunque dominado por los integristas judíos, también se dice que es una teocracia laica ya que la religión está indisolublemente ligada a la existencia del Estado de Israel. Irlanda, es un país oficialmente católico y el Reino Unido es anglicano.

 

 

Autor:

M.sc. Flora Ccama Tipo