Sexualidad en el virreinato de la Nueva Granada a fines del siglo XVIII: Segunda parte
Enviado por diego mario ponte triveño
Segunda parte:
Masturbación: Un vicio que mata
Continuando con nuestra presentación del proyecto "La Rochela" y, dentro de éste, sobre el tratamiento de la sexualidad en la Nueva Granada a finales del siglo XVIII, presentaremos el comentario de la autora, respecto de la cuestión de la masturbación, su desincentivo y tratamiento por parte de las autoridades religiosas y civiles:
Desde la baja edad media, la masturbación, también denominada onanismo o vicio solitario, se constituyó en un grave pecado condenado por la iglesia, según la cual, constituía un comportamiento en contra del orden natural y divino. Que las personas se procuraran placer a sí mismas contradecía los lineamientos dictados por la cristiandad desde el siglo XIII, según los cuales el matrimonio era el único espacio legítimo para el ejercicio de la sexualidad, pues su fin era la reproducción y no el goce de quienes hicieran ejercicio de ella.
Esta concepción teológica del onanismo encontrará apoyo en las teorías médicas vigentes hasta el siglo XVII, basadas en autores como Hipócrates y Galeno, quienes reafirmaban la postura religiosa desde argumentos más racionales. Sin embargo, es a partir de finales del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX cuando la masturbación surge como una patología, que además de constituir un pecado, produce una serie de males en la salud que pueden llevar a la muerte. Así, la medicina se convierte en el pilar para controlar el cuerpo, que ya no se disciplina a través de mecanismos religiosos como la confesión, sino mediante una interiorización del miedo a las enfermedades que produce el vicio solitario y la necesidad de detener esa costumbre en la sociedad.
Aquí vemos la conexión existente entre moral o religión y pensamiento ilustrado. Ambos pretendieron controlar el cuerpo desde la sexualidad, siendo que establecieron una continuidad que le podemos llamar "cómplice", en aras de controlar y restringir la maniobrabilidad de las personas respecto de sus actividades sexuales. Resulta que, para ambas formas de pensar y concebir el mundo. El placer solitario no resultaba funcional a sus intereses de productividad de la especie y socialización. Esta continuidad podemos advertirla en el testimonio de un medio representativo del siglo XVII, SOBRE EL cual la autora realiza los comentarios siguientes:
"Según el médico Tasso, el semen constituía uno de los humores más importantes del cuerpo, incluso antes que la sangre, pues "influye de tal modo sobre las fuerzas vitales y la perfección de las digestiones que los médicos de todos los siglos han opinado y creído, que la perdida de una onza de este licor debilita y enerva mucho más que la de cuarenta onzas de sangre"11. Retomando a Hipócrates y Galeno, Tasso afirmaba que el semen estaba constituido por todos los humores del cuerpo y era conducido a través de la medula espinal desde el cerebro hasta los testículos. Razón por la cual, era parte integrante del sistema nervioso, que a su vez era la manifestación física del alma y viceversa:
Entendemos por sistema nervioso la substancia medular de cerebro y cerebelo, y la medula oblonga da con todas las cuerdas y filamentos, que son propiamente los nervios, que distribuyéndose en toda la economía animal, forman lo que llamamos naturaleza. El sistema nervioso es el origen del sentido y del movimiento, y la parte en donde residen las facultades conservadoras y curadoras tan celebradas en las escuelas. Nuestra alma está unida de tal modo con el sistema nervioso, que los movimientos excitados en éste, producen un pensamiento; y el discurso, de cualquier manera que se produzca, motiva nuevos movimientos en aquel.12
Según este médico, la fermentación que permitía la perfección del semen, hacía de esta sustancia un elemento vigorizante, por lo cual era necesario advertir los peligros de su desperdicio en el desenfreno de las pasiones, pues aunque eran constitutivas del ser humano, debían ser sometidas al control de la razón.
La acción de las pasiones es esencial a nuestra constitución, según acabamos de referir, y su origen reside en la sensibilidad de los órganos. Ellas obran de un mismo modo en todos los hombres, y mientras están circunscriptas a sus justos límites son digámoslo así, unos agentes conservadores que los mantienen siempre en acción, y los preservan de una apatía peligrosa, y de un letargo funesto: pero si son impetuosas y violentas, si llegan a superar la razón, y el hombre sucumbe a su tiranía, se convierten en otros tantos agentes debilitativos, que destruyendo la energía de los nervios, lo minan lentamente, y lo conduden a pasos largos al termino fatal de la vida Todas las pasiones llevadas al exceso acarrean enfermedades muy temibles; y algunas veces ocasionan la muerte".
Lo que revelan los pareceres tanto de teólogos como de médicos que decían tener expertiz en la materia, era la opca importancia que tenía para éstos el desarrollo de la libertad, al menos si ésta no era funcional a un mdelo de productividad y reproductividad, de utilidad y de preservación de un "orden natural". Tal como concluye nuestra autora:
"Así las cosas, el vicio solitario constituía una afrenta tanto a los valores morales que procuraban salvar el alma y evitar los pecados carnales, como a las ordenanzas de Dios, que había dado al hombre la capacidad de reproducirse y para ello debía ser usada la semilla, por lo que se ofendía a la creación divina y a la naturaleza con la masturbación".
Bestialidad a finales del siglo XVIII: UN estudio de caso
De todas estas conductas, es la más reprochable y la que tiene prevista un castigo más garve (al menos en teoría), por paret de las autoridades coloniales. Podríamos decir que es la gransgresión más abominable al orden natural, incluso al propósito de la creación. Dejemos que ahble nuestra autora:
"En el caso del Bestialismo o delito de Bestialidad,la normativa cristiana operaba de manera más fuerte. Las relaciones sexuales entre un ser humano y un animal eran consideradas como el "más abominable de todos los crímenes atribuidos a los placeres de la carne".6 El bestialismo constituía una afrenta al orden divino, traspasando las barreras de las especies y con un fin claramente distante de la procreación.
Tener relaciones con un animal era un pecado contra naturam, pues atentaba contra el orden natural creado por Dios. El hombre tenía a su servicio la naturaleza para dominarla, no para equipararse con ella de una forma tan ofensiva para la moral cristiana como lo era el bestialismo. Común en espacios rurales, las relaciones entre un hombre y un animal gozaban de cierta tolerancia a nivel local, aunque a veces se interpretaban como causa de pestes, plagas, enfermedades y otros castigos divinos,8 lo que llevaba a la denuncia de los infractores".
Y este temor fue lo que llevó a la hermana del joven a quien presentaremos a continuación, a denunciar su actuar ante las autoridades:
"Para ejemplificar lo que antes he mencionado, relataré el caso de Francisco Peña, de 15 años, juzgado por el delito de bestialidad en 1784.10 Francisco era un joven que vivía en Somondoco, en la provincia de Tunja, acusado de haber "cometido el error y extrañedad de fornicar con gallinas", cuyo juicio empezó en 1784 y culminó en 1788. La testigo era su hermana quien afirmó en su declaración que vió al muchacho en la cama, de la cual salió una gallina "desrrengada" que posteriormente murió. A Francisco se le acusaba no solo de fornicar con gallinas, sino de matar a cuatro de ellas, cuyos cuerpos se encontraron en el patio de la casa".
Francisco estaba en la cárcel desde 1784 y para el año siguiente se pidió una opinión externa que aclarará el caso. El 20 de julio de 1785 el Alcalde Ordinario de Tunja, Nicolás Tovar declaró como asesor frente al caso:
He visto estos autos, seguidos a Francisco Peña por haber cometido Pecado Nefando con quatro gallinas cuia atrocidad y torpesa tiene confesada y de ella ay bastante prueba en el sumario por allarse la que prescribe la ley para semejantes crímenes como el de Heregia y Lesa Magestad; y aunque el ser menor de edad e ignorante pudiera prevalerle en otros delitos, más no en este que la misma naturaleza lo repugna y apenas ay Bruto que se una con otro de diferente especie por los que soy de dictamen que debe condenarlo a pena de muerte de fuego para lo cual será sacado de la prisión por las calles publicas de esta ciudad publicándose en ellas su delito por vos de pregonero y será arrojado vivo en plena hoguera encendida que a este fin estará preparada y sus senisas serán arrojadas en el rio más inmediato.
Nicolas Tovar es la viva imagen de la doctrina cristiana, refiriéndose a los pecados/delitos sexuales. En su opinión, llama Pecado Nefando a la relación de Francisco con las gallinas; esta terminología "Nefando" implicaba que la falta era tan grave que no podía ser nombrada. Además, el asesor pide la hoguera para el acusado, valiéndose del conocimiento innato, por naturaleza, que aleja a los hombres del coito con animales, muy acorde con la concepción cristiana del bestialismo, añadiendo a esto la similitud del delito de bestialidad con la herejía.
Pese a ello, como se nos relata a continuación, la sanción prevista resulta atenuada por las circunstancias personales del imputado (menor de 15 años, ignorancia de la doctrina cristiana):
Gracias a la defensa del abogado y la ignorancia de Francisco en la Doctrina cristiana, que ratificaría un escribano, éste no fue condenado a muerte como lo solicitaba el fiscal y ratificaba el Asesor. Francisco fue condenado en 1787 a 8 años de servicio en las fábricas de la Plaza de armas de Cartagena, que el año siguiente se rebajaron a 4, pues estaba preso desde hace 4 años.
A Francisco se le dio una sentencia definitiva a la edad de 19 años, en diciembre de 1788. La pregunta que quedaría por resolver es: ¿Por qué no se le condenó a muerte como lo pidieron el fiscal y el asesor? Una explicación sería que desde 1760, la corona de los Borbones estaba ejecutando un plan de reformas cuyo objetivo era mejorar el aprovechamiento de los recursos de sus colonias, incluida la mano de obra. Quizá Francisco Peña era más útil para la Corona española en las fábricas de la plaza de Cartagena y no en la hoguera, como hubiese pasado si la Doctrina que él argumentaba no conocer, lo hubiera juzgado en toda su rigidez.
Nos toca, finalmente, culminar nuestra presentación sober la sexualidad en la Nueva Granada del siglo XVIII, con uno de los temas, a mi parecer, más trágicos por las resticcciones que acarreaba para quienes lo padecían. Estamos hablando del hermafroditismo, cuestión sobre la cual el enfoque médico no ha cambiado mucho hasta nuestros días; pues, antes como ahora, los médicos deciden o intentan decidir determinando una sexualidad,, un rol y una forma de ser para la persona que presenta esta condición.
Dejando de lado digresiones que podrían ser objetod e otro próximo trabajo, presentemos las consideraciones de la autora sobre este particular:
"Los casos documentados de personas consideradas como hermafroditas hasta el siglo XVIII eran en su mayoría de mujeres que poseían una protuberancia parecida al pene, o leída como tal por los médicos y clérigos encargados de evaluar este tipo de situaciones por su desconocimiento del clítoris y su posibilidad de aumentar de tamaño, o individuos en los cuales se presentaban tanto partes femeninas como masculinas. En estos casos, el tratamiento que se daba, a partir del derecho canónigo medieval, era la determinación de una posible tendencia hacia alguno de los dos sexos definidos, obligando a la elección por parte de los padres o del mismo afectado de uno de ellos, para que las autoridades lo reafirmaran dándole al sujeto la ropa y el estatus que le correspondía. Esta elección podía o, no, estar de acuerdo con la opinión de que daban médicos y clérigos, pero fuera cual fuera, debía convertir el sujeto en hombre o mujer y someterlo a sus obligaciones sociales de acuerdo a uno de esos sexos.5
Tal y como lo enuncia Thomas Laqueur: "en cuanto a los hermafroditas, la cuestión no era «de qué sexo son verdaderamente», sino hacia qué género les impulsa con mejor disposición la propia arquitectura de sus cuerpos. El interés de los magistrados se centraba menos en una realidad corporal —en lo que llamaríamos sexo— que en mantener limites sociales claros, en mantener categorías de género".
Y sigue la autora haciendo énfasis en el carácter institucionalizador y controlador de la medicina:
"De esta manera, el hermafrodita que antes tenía la potestad de definir su identidad sexual, aceptada por la sociedad, empieza a considerarse una figura engañosa, producto de la superstición popular, que puede ser explicada y desaparecida por el conocimiento racional de la ciencia ilustrada.10 Al estatus legal del individuo con sexo ambiguo que podía decidir sobre su cuerpo se le aplica el disciplinamiento a través del discurso experto del medico, que es quien posee, desde finales del siglo XVIII, la potestad de establecer la identidad sexual del sujeto.11 De esta manera, el hermafroditismo es asociado a una concepción de la naturaleza que ya no se entiende sino que se domina y "ya que la naturaleza era imperfecta, a veces se producían anomalías que la ciencia y sociedad humanas tenían que corregir".
Vayamos ahora al caso paradigmático:
"En el caso específico de la Nueva Granada, se encuentra en el Archivo General de la Nación, en el fondo de Criminales Juicios, el caso de Martina Parra, habitante de la provincia de Suesca y quien es acusada de hermafrodita por su compañera Juana Martínez en 1803, agobiada ésta última por la culpa de cohabitar con una mujer siéndolo ella también, aunque es clara al especificar el carácter confuso del sexo de Martina en su declaración:
dijo que el mes de Agosto o septiembre de el año pasado murio su marido y a pocos días se vino a su casa Martina Parra a acompañarla, y que un dia fueron a Nemocon a llevar una carga de leña y a la tarde se volvieron a su casa en feligresia de Suesca y que declarance havia tomado alguna chicha y con sueño, lo que le dijo a la Martina y se metieron a un lado del camino a la otra tanda del serro de Nemocon entre un montesito y alli se hecho a dormir y quando disperto le tenia la Martina alzadas las naguas, por lo que la regañó; pero que desde aquel dia ha estado viviendo en mal estado con la Martina la que tiene las partes de la generacion de muger; pero que al tiempo de pecar le sale un miembro como de hombre, y cohavita como tal; pero que tiene mestruacion. Que esta es la verdad en fuerza de el juramento fecho".
Tal y como he enunciado anteriormente, la determinación del sexo no es realizada por el acusado sino por el médico que lo evalúa y que en su respuesta deja ver la inexistencia del fenómeno del hermafroditismo para la ciencia médica ilustrada. Con respecto a Martina, aunque ella afirmaba que su sexo era "muger", solo las palabras del médico en pluma del escribano lo confirman:
que han reconocido con la mayor atencion a la expresada Martina Parra, de quien se sospecha que posee los organos de la generacion propios del sexo masculino y juntamente los del femenino y que solamente han hallado los que son propios y caracteristicos de Muger con toda su natural perfeccion y situacion según las Reglas y presenta la simple vista y tacto, sin notarsele señal alguna de las que son propias de varon: es cierto que entre las partes destinadas a la generacion en las mujeres se halla una partecilla semejante a la Glande o Miembro viril, inherente o pegada debajo de la comisura o unión de los labios mayores llamada Clitoris, la qual adquiere longitud y dureza segun la edad y la concupiscencia; y que algunas según refieren Autores Anatomicos y Chirurgicos han abusado por este medio tanto de la Venus, que han dado ocasion al vulgo para creer las fabulas de hembras con [vertidas] en varones, bien que sin consumación de acto venereo o Coito por defecto de semen prolífico. Pero que en la dicha Martina no hallan vestigio alguno de semejante abuso, aunque no pueden concluir absolutamente que no le halla habido porque el clitoris que llevan dicho naturalmente esta retraido, u oculto, y solamente se manifiesta en el acto venéreo".
Podemos ver cómo en todos estos casos la ´concepción médica, tendente a la ilustración, refuerza los prejuicios de la jerarquía eclesiástica del medioevo, sólo que desde otra poptica y, en ciertos casos, con mayor severidad y tendencia al disciplinamiento de la población en procura que sea funcional a los roles deseados por las élites sociales.
Autor:
Diego Mario Ponte Triveño