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Debate Ley de Servicios Públicos (página 3)

Enviado por Arturo Clery


Partes: 1, 2, 3

La Presidencia de la República informó ayer sobre el cambio de dominio de sus portales oficiales dentro del proceso de defensa de la soberanía.A través de www.presidencia.gob.ec se podrá visitar la página de la Presidencia de la República y el dominio www.elciudadano.gob.ec es una nueva forma de visitar el periódico digital del Gobierno. Ambas direcciones mantendrán temporalmente el dominio gov.ec hasta superar el periodo de transición, se informó.

La modificación obedece al acuerdo Nº 064, emitido por el Ministerio de Telecomunicaciones (Mintel), que dispuso el cambio de gov.ec por gob.ec en todos los dominios de las entidades públicas.

La dirección electrónica de esta Secretaría de Estado fue la primera en cambiar, desde el pasado 8 de julio se lee como www.mintel.gob.ec.

Antes que la Presidencia, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad cambió de dominio el pasado 17 de agosto.

El Ministerio de Telecomunicaciones no cuenta con un registro que indique cuántas instituciones son en total, pero hasta hace dos semanas 29 entidades modificaron sus direcciones entre ministerios y secretarías, así como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

La disposición del Mintel es que hasta el 31 de diciembre de este año todas las instituciones públicas migren al nuevo dominio o mantengan ambos.

Según el artículo 225 de la Constitución, el sector público comprende los organismos y las dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social. Así como las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado, los organismos y entidades creados por la Constitución o ley para el ejercicio de la potestad estatal y para la prestación de servicios públicos o desarrollo de actividades económicas asumidas por el Estado.

El cambio de la letra "v" por la "b" se da por el uso del idioma, gov proviene de la abreviatura en inglés de government y gob de gobierno en español.

Domingo 22 de agosto del 2010

Ejecutivo analiza sus reparos a la Ley de Servicio Público

TOMADO DEL DIARIO EL UNIVERSO

QUITO. Un 85% de las disposiciones de la Ley de Servicio Público tienen aceptación del Ejecutivo, para el resto se analiza un veto. En abril, alcaldes llenaron la Asamblea para pedir su archivo.

Satisfacción –por la mejora de las indemnizaciones– y críticas –porque los extranjeros podrán ser servidores públicos– recibe el proyecto de Ley Orgánica de Servicio Público, el último que aprobó la Asamblea antes de su receso.De esas normas quedaron fuera la Contraloría, funciones Legislativa y Judicial, por lo que se aplicará a las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, la Procuraduría, la Corte Constitucional, entidades del régimen autónomo descentralizado y en aquellas en que las instituciones del Estado tengan más del 50% de participación en el capital o patrimonio.El ministro de Relaciones Laborales, Richard Espinosa, tras su comparecencia en la Comisión de Derechos Laborales de la Asamblea, el pasado 12 de agosto, señaló que hay un tema que les preocupa sobre el sistema remunerativo. "Si bien es cierto se incorpora lo que antes no estaba incorporado a través de la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, por ejemplo, la Corte Constitucional, Procuraduría, FF.AA., Policía, también se está dejando de lado a otras funciones del Estado, como la Legislativa, Judicial".

Expresó que cuando se habla de recursos públicos estos deben ser regulados en materia remunerativa a fin de que no vuelvan los "sueldos dorados". Este tema podría incluirse en un eventual veto presidencial, cuyo plazo vence el próximo 9 de septiembre.

Una de las novedades que trae la ley es que los extranjeros residentes en Ecuador podrán ser servidores públicos si han permanecido legalmente al menos cinco años en el país, sin perjuicio de la aplicación de los convenios bilaterales de reciprocidad que rijan la materia.

Esa iniciativa fue criticada por el asambleísta Andrés Páez (ID). Lo ve como una "bofetada vil en contra de los desempleados y subempleados que superan el 52% de la población económicamente activa y no tienen posibilidades de trabajar".

Aunque Espinosa afirmó que se aplicará siempre que haya la misma reciprocidad de otros países con respecto a un ecuatoriano en el exterior.

Para Felipe Mantilla, ex ministro de Trabajo, esto puede constituirse en una base política extranjera para el Gobierno, porque se podrían dar cargos a venezolanos, cubanos o nicaragüenses que ya se encuentran en el país.

El texto privilegia al emigrante en su puesto de trabajo. Según el numeral j) del artículo 23, el servidor puede recibir un trato preferente para reingresar en las mismas condiciones de empleo a la institución pública a la que hubiere renunciado para emigrar al exterior en busca de trabajo, en forma debidamente comprobada.

Los ex presidentes y ex vicepresidentes recibirán una pensión vitalicia mensual equivalente al 75% de la remuneración vigente (el salario presidencial es de $ 5.450) si fueron elegidos en las urnas, exceptuándose los mandatarios a quienes se les revoque el mandato.

Para Miguel García, presidente de la Federación de Servidores Públicos, en términos generales, la ley es mejor que la anterior porque se elimina la centralización ministerial, se mejoran las indemnizaciones y no se dejó pasar la creación del despido intempestivo.

Las personas que se jubilen recibirán por una sola vez siete salarios básicos unificados del trabajador privado ($ 240) por cada año de servicio ($ 1.680) y hasta un máximo de 210 de esos salarios ($ 50.400). Esto ya fue introducido en el mandato 2 por la Constituyente.

Espinosa señaló que hay el 85% de acuerdo con el contenido de la ley aprobada y que cuando el presidente Rafael Correa regrese de sus vacaciones lo va a asesorar "para que se pueda realizar, de ser el caso, el respectivo veto".

Servidores: Sector público

En aumento

El total de dignatarios, autoridades, funcionarios, servidores y trabajadores del sector público al 2009 era de 454.034, frente a 356.120 que había en el 2006, según el Ministerio de Finanzas.

Por contrato

Datos de esa cartera de Estado sostienen que existen 92.364 personas bajo el régimen de contrato de servicios personales.

Lo que se dispone

Feriado a servidoras

El 8 de marzo de cada año, Día de la Mujer, será feriado de descanso obligatorio para las servidoras públicas y cuando los feriados correspondan a los días martes, miércoles o jueves el descanso se trasladará al viernes.

ContratadosLa séptima disposición transitoria indica que como excepción y por esta ocasión las personas que tengan vigentes contratos de servicios ocasionales por más de cuatro años en la misma institución, a través de renovaciones o firma de nuevos contratos, y quienes hayan estado contratados mediante servicios de tercerización (previo al concurso de méritos y oposición en el que se les otorgará una calificación adicional) ingresarán directamente a la carrera del servicio público.

RemuneracionesEl Ministerio del ramo expedirá una resolución que contenga la escala nacional de remuneraciones mensuales, aunque no se especifica un plazo en la primera disposición transitoria.

PlazosEn 90 días se inspeccionarán las instituciones y empresas del Estado para emitir el primer informe técnico sobre el cumplimiento de la disposición de inserción laboral para personas con discapacidad. En un plazo no mayor de 45 días se expedirá la escala de remuneraciones de los técnicos docentes, educadores para la salud del Ministerio de ese ramo, homologada a las remuneraciones del sector público.

Conclusiones

  • Este tema podría incluirse en un eventual veto presidencial, cuyo plazo vence el próximo 9 de Septiembre.

  • Una de las novedades que trae la ley es que los extranjeros residentes en Ecuador podrán ser servidores públicos si han permanecido legalmente al menos 5 años en el país, sin perjuicio de la aplicación de los convenios bilaterales de reciprocidad que rijan la materia.

  • Esta ley regirá para los 440 mil funcionarios públicos. La normativa no cobija a los maestros o profesores porque se determinó que ese grupo de servidores se regirán por la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio.

Recomendaciones

  • Expresar que cuando se habla de recursos públicos estos deben ser regulados en materia remunerativa a fin de que no vuelvan los "sueldos dorados".

  • Eliminar la figura de los contratos ocasionales, pues los asambleístas consideran que toda persona que ingrese al sector público debe hacerlo por concurso de méritos y de oposición, y que además el cargo debe estar vacante.

  • Garantizar horarios especiales con las mismas remuneraciones para aquellos servidores públicos que tienen a su cargo o protección a personas con discapacidad.

Bibliografía

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www.eluniverso.com/…/ley-registro-datos-publicos-pasa-asamblea.html

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www.eluniverso.com/…/docentes-entran-ley-servicio-publico.html

 

 

Autor:

Cruz Guale Mariuxi

Matías Nazareno Lilibeth

Orrala Soriano Rosalía

Perero Balón Adrián

Roca Quimí Ángel

Yagual Santos Alex

Enviado por:

Arturo Clery

2/2 Ingeniería en Marketing

02/09/2010

Partes: 1, 2, 3
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