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Mega mineria a cielo abierto

Enviado por augusto


  1. Introducción
  2. Justificación
  3. Estudios científicos por parte de la facultad de ciencias exactas y forestales de la UNSE
  4. La MCA y sus impactos ambientales
  5. Entrevistas
  6. Conclusión
  7. Posibles soluciones
  8. Bibliografía

Introducción

Nos referimos a la actividad metalífera también denominada minería a cielo abierto (MCA) , también conocida como megamineria transnacional , una de las formas mas devastadoras de extracción de materia prima minerales , ya que conlleva enorme impacto a nivel ambiental , social y cultural. Ninguna actividad industrial es tan agresiva como la MCA , asi lo sostiene el contundente consenso que existe en la literatura científica , académica y periodística especializada sobre el tema .

La MCA es usada para la explotación de yacimientos cercanos a la superficie terrestre , y posee minerales en estado de expansión , en concentraciones mínimas y dispersas en las rocas de las montañas . Para ello se quita completamente el recubrimiento estéril y se extrae el material útil . Ha tenido gran impulso en los últimos tiempos en función de desarrollo de modernos equipos de excavación y transporte , la posibilidad de construir grandes maquinas , el uso de nuevos insumos y las tuberías de distribución que permite hoy remover montañas enteras en poco tiempo , haciendo rentable la extracción de pequeñas cantidades de minerales por tonelada de materia removida .

"Para apropiarse de los minerales y concentrarlos , la minería debe primero producir la voladura de extraordinarias cantidades de suelo , montañas enteras son convertidas en rocas y luego trituradas hasta alcanzar medidas ínfimas , para posteriormente aplicarles una sopa de sustancias químicas licuadas con gigantescas cantidades de agua , que logran separar y capturar los metales del resto de la roca . Los reactivos químicos empleados son cianuro , mercurio , acido sulfúrico , y otros compuestos tóxicos , acumulativos y preexistentes , de alto impacto en la salud de las personas y en el medio ambiente . La remoción de montañas enteras genera a su vez la movilización de otras tantas sustancias que entran en contacto con el aire , provocando nubes de polvo que viajan a distancias kilométricas " ( Rodríguez Pardo Javier –"Vienen por el oro , vienen por todo")

Es necesario aclarar que estamos hablando de "megamineria" metalífera; esto es de minería a gran escala orientada a la extracción de oro , plata , cobre y otros minerales estratégicos .

Impulsada por el banco mundial y las corporaciones mineras, en los años 90 se modifico la legislación minera en más de 70 países con grandes reservas metalíferas. En Argentina la reforma fue conducida por el presidente de la comisión de minería de la cámara de diputados de la nación, José Luis Gioja. La legislación permisiva sancionada posibilito la expansión de esta modalidad de explotación minera en Argentina, dejando consecuencias ambientales de enormes proporciones. Es

probable que se haya perdido parte de nuestro acervo cultural desconocido , dado de que muchas de la voladuras mencionadas se han realizado en zonas donde antiguamente se asentaron comunidades originarias . Es decir que estamos desprotegiendo también nuestro patrimonio histórico cultural.

OBJETIVOS

1- Juicio ético a los responsables de los efectos negativos de la megamineria a cielo abierto. (queremos aclarar que en el tema a desarrollar el objetivo queda totalmente excluido de cualquier índole político y esta mas bien orientado en un sentido académico con el fin de lograr una clara interpretación del mismo para poder plantearnos las posibles soluciones al mismo ) .

1.1- através de una discusión sobre la megamineria a cielo abierto (MCA), que nos conduzca:

1.2- Una acción colectiva contra este tipo de explotación de nuestros recursos naturales y metalíferos

Justificación

La constitución nacional ampara la defensa del medio ambiente y del patrimonio cultural en el artículo Nº 41 que pasamos a transcribir a continuación.

"todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que todas las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tiene el deber de preservarlo. El daño ambiental generara la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.

Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los bienes naturales, a la preservación del patrimonio cultural y natural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambientales.

Corresponde a la nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesidades para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos".

LEY GENERAL DEL AMBIENTE Nº 25.675/2002 (Establece los presupuestos mínimos antes expresados y al ser de orden publico , rige en todo el territorio de la Nación ) .

En su Art.1 alude al bien jurídico protegido : "La presente ley establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente , la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable".

En su articulo 2 dispone que la política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos :

  • a) Asegurar la preservación , conservación , recuperación , y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales , tantos naturales como culturales , a la realización de las diferentes actividades antrópicas ;

  • b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras , en forma prioritaria ;

  • c) Fomentar la participación social en los procesos de toma decisión ;

  • d) Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales ;

  • e) Mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos ;

  • f) Asegurar la conservación de la diversidad biológica ;

  • g) Prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica , económica , y social del desarrollo ;

  • h) Promover los cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable , a través de una educación ambiental , tanto en el sistema formal , como no en lo no formal .

  • i) Establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos ambientales , para la preservación y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental .

OTRAS LEYES DE ORDEN PROVINCIAL REFERENTES AL TEMA AMBIENTAL :

CONSTITUCION PROVINCIAL

TITULO II-DERECHOS

Capitulo V- del medio ambiente

ART.35 : CALIDAD DE VIDA – Todo habitante tiene el derechos a un ambiente sano y a que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras .Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud , la conservación de los recursos naturales , culturales y la diversidad biológica y la preservación de la flora y la fauna .Se prohíbe el ingreso , la instalación o radicación en el territorio provincial de residuos actual o potencialmente tóxicos.

Capitulo II –recursos naturales

ART.107: PROCESOS ECOLOGICOS – Es obligación del estado y de toda persona proteger los procesos ecológicos esenciales y los sistemas de vida , de los que dependen el desarrollo y la supervivencia humana. Los poderes públicos sancionan una ley general de recursos naturales que prevé los medios y los estímulos para alcanzar los objetivos señalados y sanciona los actos u omisiones que los contraríen.

ART. 112: La provincia regula el uso de aprovechamiento de los ríos interprovinciales que atraviesan su territorio , mediante tratados con las otras provincias , en base a la participación equitativa y razonable , priorizando los usos consuntivos de las aguas de la cuenca , evitando la contaminación y agotamiento de las cuentes .

PRINCIPALES TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL RATIFICADOS POR LA ARGENTINA :

Convención de las naciones unidas sobre la protección del patrimonio mundial ,cultural y natural (aprobada por la ley 21.836)

Acuerdo Marco sobre medio ambiente del MERCOSUR (aprobado por ley 25.841)

Convención de las Naciones Unidas contra la desertificación y la sequía (aprobada por ley 24.701)

Protocolo al tratado antártico sobre protección del medio ambiente ( aprobado por ley 24.216)

LA FUNDAMENTACION DEL RECHAZO ES TOTALMETE VIGENTE:

Se ha verificado empíricamente , y lo sostiene la amplia mayoría de los informes recogidos , que la actividad minera que se desarrolla a cielo abierto e implica la utilización de procedimientos químicos para la extracción de metales , daña severamente el ambiente y en consecuencia de los seres humanos y sus comunidades".

En marzo de 2007 la Secretaria de Minería de la Nación elaboro un informe en el que se refiere a los elevados contenidos de metales en el canal DP2 indicando que el efluente de la planta de tratamiento de minera Alumbrera presenta concentraciones de sólidos totales disueltos sulfatos y molibdeno detectadas en el comienzo del canal superan los limites normados.

Este tipo de actividades produce por lo general un avasallamiento de las pautas culturales de la población , lo que sumado a los daños ambientales empíricamente verificados , degradan la calidad en vida en las regiones afectadas.

La problemática socioambiental no solo involucra dimensiones económicas y técnicas , sino que implica fundamentalmente aspectos vinculados a los derechos humanos y el bienestar de las comunidades.

Principio de congruencia: establece que la legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley ( código de minería en su art 214 -art 270 ley 22.259-; ley de inversiones extranjera 21.382 –art 5-, ley de residuos peligrosos 24.051); en caso que así no fuere, este prevalecerá sobre toda normas que se le oponga.

Principio de prevención: establece que las causas de los problemas ambiéntales atenderán de forma prioritaria e integrada, tratarlo de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueda producir.

Estudios científicos por parte de la facultad de ciencias exactas y forestales de la UNSE

El informe dice que la cuenca salídulce que esta ubicada en el centro entre Tucumán y Santiago del Estero , en la cual se hizo un monitoreo en Octubre del 2006 con el objetivo de buscar la calidad de agua tubo como resultado :

Enero 2007 -25º

Enero 2008-28º

Como se ve hay una variación de la temperatura a producto de los desechos tóxicos provocados por la Alumbrera , lo que va a dar por resultado a la mortandad enorme de peces , también se encontró los valores de mercurio , el cromo , cianuro y otros componentes tóxicos por encima de lo permitido .Esta contaminación afecto a 58.000 habitantes , teniendo en cuenta que el río dulce en nuestra provincia atraviesa 14 departamentos .

La MCA y sus impactos ambientales

Se afecta profundamente la morfología de la zona donde se efectúa la explotación al realizarse un pozo de cientos de hectáreas de superficie y cientos de metros de profundidad. Esta deformación es abandonada al finalizar la explotación, o sea que donde antes había un cerro luego de la explotación de la mina queda una gran hondonada. Las exposiciones diarias que se producen para extraer las rocas que contienen mineral afecta a la fauna del lugar provocando la huida de pájaros y otros animales, que abandonan su hábitat natural alterando el equilibrio ecológico de la zona explotados. En este punto cabe destacar la falta de atención que desde las autoridades ha recibido históricamente nuestro patrimonio arqueológico, que bien podría haberse perdido en cualquiera de estos mega emprendimientos.

se utilizan sustancias toxicas como el cianuro. Para extraer los metales del sustrato rocoso, mediante la operación conocida como lixiviaciones. Los residuos de esta operación son almacenados en reservorios que, muchas veces, ya sea por deterioro o derrames, terminan contaminando los cursos de agua. A si mismo, se contaminan lo aires y los suelos, los sistemas productivos y la salud humana (canceres, enfermedades respiratorias y en la piel son algunos de los signos que han proliferado en las zonas afectadas). También se contamina con los escombros provocados, los trozos de rocas remanentes de la explotación son depositadas en lugares llamadas escombreras donde drenan diversas sustancias contaminantes (ácidos de diversas toxicidad).

Se utilizan y contaminan grandes cantidades de agua para realizar dicha operación. El agua principal insumo en el proceso extractivo, es obtenida de ríos, glaciares y acuíferos cercanos a los proyectos a razón de varios cientos o miles de litros por segundo. En razón de ello, las explotaciones se sitúan en el origen de las cuencas hídricas y en las proximidades de la reservas de aguas fósiles. Según la organización mundial de la salud (OMC) el consumo de agua recomendado por persona es de 80 litros de agua por día. Según un estudio publicado por la secretaria de minería en relación al proyecto VELADERO en la provincia de San Juan, el consumo nominal de un proyecto que ocuparía 360 personas mencionando en régimen seria de 3.250 metros cúbicos por día (32.5000 litros por día), es decir la cantidad de agua que consumiría un pueblo de 40.600 habitantes en un día. AGUA RICA, otro megayasimiento entre – a pocos kilómetros de la ciudad de Andagalà en la provincia de Catamarca- de ponerse en marcha consumiría 250 litros por segundo. El proyecto UALCAMAYO, la provincia de San Juan, consume actualmente 106 litros por segundo. El agua generalmente es obtenida de cursos de agua o de perforaciones profundas, lo que ocasiona la alteración de las condiciones de riego de las cuencas afectadas.

La situación es mas acuciante si tenemos en cuanta que el agua es considerada actualmente un recurso escaso en el mundo, que en Argentina nos encontramos a travesando graves episodios de sequía que ni Veladero en agua rica, ni Ualcamayo son los proyectos de MCA de mayor envergadura que se realiza o piensan realizar en Argentina y que en lugar de resguardar celosamente nuestras reservas de agua por las poblaciones locales la mismas están solventando emprendimientos de empresas transnacionales que las reintegran al sistema acuífero con altos niveles de contaminación. Se estima que en el proyecto PASCUA- LAMA, de la Barrick Gold- emprendimiento binacional Argentino Chileno- la magnitud del consumo acuífero será muy superior por las características del proyecto.

Lamentablemente no se publican datos e informes descriptivos sobre la cantidad de agua y energía eléctrica que se consumirá en dicho emprendimiento, paradójicamente se detallan las potencialidades y las oportunidades de negocios a partir del "desarrollo productivo minero y los nuevos escenarios competitivos".

El informe " Impacto de la megaminería" sobre las poblaciones locales en argentina por Juiette Renaud , asesora del Premio nobel de la paz Adolfo Pérez Esquivel , asegura " que el impacto mas grave de grandes proyectos mineros es la contaminación del agua , en estanques , arroyos , ríos ;EJ: Stgo. Del Estero la cuenca del río dulce que atraviesa 14 departamentos de nuestra provincia aunque también contamina los suelos , lo cual tiene un impacto fuertemente negativo sobre la vegetación y la productividad de los mismos , a partir del deposito de partículas sedimentadas por el vertido de productos químicos , por filtración a partir de los lixiviados .

Las poblaciones son expuestas entonces a consumir alimentos , agua , respirar aires , contaminados por productos químicos presentes en el ambiente a partir de estos modos productivos ;

Ya existen causas judiciales abiertas por contaminación , daños a la salud y al ambiente de este tipo de modelos extractivos , uno de los cuales es el iniciado por el Fiscal de Cámara de Tucumán , quien denuncia a la minera la Alumbrera y prueba la presencia en agua de Arsénico en valores 20.000 veces superiores así como de cadmio (500 veces mas ) , cobre, mercurio (100 veces mas) , plomo (100 veces mas ) , selenio (100 veces mas ) a lo permitido por la ley 24.051 (sobre la generación , manipulación , transporte y tratamiento de residuos altamente contaminantes) .

Estos entendimientos en nuestro país ya han sido responsables de al menos 4 derrames (17/9/2004 , 10/6/2006 , 12/6/2006 en villa Yil Córdoba y diciembre de 2008 en Ampujaco) que como documenta la Universidad Nacional de Córdoba en su resolución HCS nº 1308/2009 en Marzo de 2007 la Secretaria de Minería de la Nación elaboro un informe en el que se refiere a los elevados contenidos de metales en el canal DP2 dique provincial indicando que el efluente de la planta de tratamiento de minera Alumbrera presenta concentraciones de sólidos totales disueltos sulfatos y molibdeno detectadas en el comienzo del canal que supera los limites normales lo que evidencia la debilidad de las autoridades de control para evitar riesgos ; los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano ,equilibrado , apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones futuras y tiene el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponer según lo establezca la ley.

Entrevistas

A continuación queremos aportar a la investigación las entrevistas realizadas a personas cercanas al tema tratado ( Anita Loto , Ambientalista de la Ciudad de Termas – Gustavo Carreras , Sociólogo y Profesor de Filosofía en la UNSE – Martín Díaz Achabal , defensor del pueblo )

Gustavo Carreras :

¿ De que se trata el problema?

  • Dado que los responsables son múltiples , hay que exigirles una conducta Ética.

Hay distintas culpabilidades : en primer lugar las empresas privadas , los mas de 15 ingenios , las mineras a cielo abierto , incluso la producción de agroquímicos.

Utilizan un patrimonio común , que es el patrimonio hídrico , y a cambio nos dejan un ambiente envenenado .Otra responsabilidad (como culpa y como remedio) es la estatal y la gubernamental , por que jamás tomaron medidas necesarias .

Un tercer sector que hay que enjuiciar por su "responsabilidad ética" es el poder judicial .En esto tiene un rol clave , dado que debería poner limites a los avasallamientos del poder publico y privado , hay normas constitucionales pero no son respetadas.

Y nosotros los universitarios , tenemos una gran cuota de responsabilidad. Como universidades , es decir , como agentes públicos de producción de conocimiento cientifico al servicio de los intereses de la población santiagueña , no podemos permanecer ajenos frente a esta problemática .

¿ Por que un juicio ético?

-Por que se trata de un llamado a la responsabilidad para con la vida.

¿En que estado se encuentra la organización de este juicio ético?

  • Una primera etapa de difusión de la problemática , en distintos lugares e instituciones .Dar a conocer .

En la etapa en la que se encuentra en estos momentos es de recolección de pruebas , de todo tipo .

La ultima etapa estará en concretar el juicio , que durara dos días.

¿Entonces la perspectiva del juicio ético no es solo ambientalista?

No , es social , política, ambiental. Hoy la idea que nos domina es la del crecimiento económico ,como un bien deseable por todos los estados .Esto llevo a la acumulación de la riqueza , la extracción de recursos , y el excesivo consumo de todos los habitantes , provocan los problemas ambientales . Ya se han comprobado los problemas de piel , de hidroarsenicismo , producto de la contaminación del agua.

Martín Díaz Achabal (defensor del pueblo) :

En la causa la matanza provocada por la Alumbrera (MCA) de la provincia de Tucumán dijo que el objetivo es la clausura temporal . Significa que no van a producir por un día y el día después mas de 500 mil pesos que es la cifra que no producirían , lo que genera un impacto mayor a las multas impuestas por el juzgado federal (con chicanas o demás ), un abogado postergaría de 5 a 6 años el cobro de alguna multa . La idea era presionar firmemente , lograr la inclusión de Santiago del Estero en el marco de control , hacer que el empresariado firme un compromiso , cosa que antes nunca existió.

Tucumán nunca acepto la colectividad de santiago del estero pero si la individualidad, nos considero históricamente " los bobos de la región", dicho en otras palabras el mapalo que vaya y nos controle . Esto es un logro , un avance .Si Tucumán pierde en la causa matanzas la jurisdicción no va a poder gobernar en la toda la región en cuanto a su crecimiento , ni poder tomar decisiones políticas .Este es el plan que se trazo para llegar a este acuerdo .

Quiero aprovechar para llamar a todas las ONG a formar parte del control , así sean mas los ojos que controlemos la Alumbrera. Por que las ONG forman parte de este acuerdo , mas allá de los acuerdos nacionales y con la provincia de Tucumán, .

Espero que esto allá servido como aporte y también como un mensaje para la sociedad de Santiago del Estero, que realmente nos debemos consolidar en el tema para poder seguir adelante contra este aprovechamiento de los sectores mas poderosos .

ANITA LOTO (ASAMBLEISTA DE LA CIUDAD DE TERMAS)

Tuve la suerte de representar a mi pueblo desde el año 2010 en este tema que no me es indiferente.

Esta causa lleva ya 13 años , como creyente de la causa , me es muy difícil por que en casi todo este tiempo estuve prácticamente sola en la lucha. Es muy triste saber que en tanto tiempo no hemos podido avanzar como queríamos, debido a las travas que ponen estos poderosos. Recuerdo que en el 2004 una investigación hecha por la gendarmería nacional se comprobó el uso excesivo de productos químicos para la extracción de metales y minerales ; pero tardan en cambiar toda esta realidad . El juez de la causa en aquel momento mando hacer una nueva investigación en la cual decía que la Alumbrera no contaminaba. Esto es increíble por que teníamos la oportunidad de frenar todo esto y no hubo voluntad del poder judicial para cambiar esta situación, y fallo a favor de este grupo de poder , por que realmente tienen poder .

Hemos presentado en todo este tiempo mas de cientos de denuncias pero no recibimos ninguna respuesta , por eso llamamos al juicio ético , queremos verlos a los responsables en el banquillo , por que este es un crimen de lesa humanidad , no solo ambiental debido a que destruye la vida del ser humano.

Conclusión

Deducimos que es un problema social de acuerdo al lo que plantea el autor Paul B. Horton a donde aclara que los problemas sociales son creados por el hombre , asi se convierten en problemas sociales las situaciones creadas por el hombre y que al mismo tiempo pueden modificarse .Los problemas sociales son productos normales del hombre que vive en una sociedad civilizada . Las condiciones que convierten en problemas sociales deben exhibir también cierto grado de permanencia . Afecta a un numero importante de personas .En general , los problemas sociales se extienden allende a la comunidad local , el estado o la región y afecta a toda la sociedad . Por lo tanto, antes de que pueda hablarse de un problema social es necesario que se encuentre afectado un sector importante de la población de la sociedad.

Estas condiciones provocadas por la intervención de empresas multinacionales afecta a los valores ya vigentes en nuestra sociedad .

Frente a esta situación debe tenerse presente que la Argentina no es un país de tradición minera en términos de economía minera a gran escala , pero si un país rico en su diversidad de bienes comunes , los cuales , deben protegerse y defenderse a favor del bienestar social y de la futura generación .

Posibles soluciones

• Prohibir este tipo de megamineria en la modalidad denominada a cielo abierto o tajo abierto en todas sus etapas .

Prohibir el uso de cianuro ,mercurio , acido sulfúrico , acido fluorhídrico , acido nítrico , y de toda otra sustancia química peligrosa para la vida y el consumo humano.

Controlar la exploración y explotación minera , la utilización de ríos , arroyos , y cualquier vertiente o deposito natural de agua.

Crear organizaciones no gubernamentales para la realización de una supervisión trimestral en la zona a partir de la puesta en vigencia de dicha actividad durante todo el periodo de explotación después del abandono de la explotación . Los análisis debería realizarse a efectos de detectar cualquier consecuencia perjudicial al ambiente o la salud de personas.

Los titulares de concesiones o derechos mineros deberán adecuarse a sus procesos a las prohibiciones anunciadas en punto anterior.

Necesidad de implementar educación ambiental en las instituciones educativas.

Implementar una conciencia moral-ambiental en la sociedad.

Bibliografía

  • Rodríguez pardo, Javier "vienen por el oro, vienen por todo" (2009).

  • Machado Araoz "sobre mitos, sueños y fantasías. La extraña realidad de la minería como fantasía colonial", UNC (2009).

  • Svampa y Antonelli "minería transnacional, narrativa del desarrollo y resistencias sociales" editorial biblos (2009)

  • Brown, S "geología y mineralización del yacimiento de cobre-oro debajo de la alumbrera" (2004)

 

 

Autor:

Grupo: "Los Desfachatados"

Federico Valles

Mario Molina

Rodrigo Maciel

Cesar Augusto Iturre

Ezequiel Díaz

UNSE

FH CS Y S

CARRERA: SOCIOLOGIA

MATERIA: PROBLEMAS SOCIALES DE NUESTROS TIEMPOS

AÑO: 2012