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Derecho civil comparado (página 3)


Partes: 1, 2, 3

Las otras partes o libros de este código civil son mas familiares, por ello, no tocaremos otras partes, por que son habituales en un código civil e incluso la técnica legislativa es habitual para los abogados y estudiantes de derecho peruanos.

Otro tema es que se encuentra dividido en tres partes, lo cual lo convierte en un código civil con estructura diferente al código civil peruano y en este orden de ideas es claro que corresponde estudiarlo.

Derecho civil estadounidense

El derecho civil estadounidense es el derecho civil que se estudia en Estados Unidos de Norteamérica, el cual es un país perteneciente al primer mundo y es tomado siempre como un país desarrollado. Sin embargo, hace algún tiempo este país tiene problemas en su economía, lo cual es conocido a través de diversos medios de comunicación, por ello, se espera que este problema sea solucionado con motivo del cambio de gobierno y de esta manera se ponga fin a este problema, lo cual ha motivado la atención de diversos autores en la economía mundial y en todo caso otro tema actual y de hace años es la caída de las hipotecas, lo cual también debe ser materia de estudio dentro del derecho civil y registral, entre otras ramas del derecho y ramas del conocimiento.

Inglaterra y Estados Unidos de Norteamérica conforman la familia jurídica del common law, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho. Pero está fuera de esta el estado de Lousiana, el cual pertenece a la familia jurídica romano germánica. Es decir, el derecho civil estudiado se encuentra dividido, lo cual ha sido advertido por diversos tratadistas de este sistema jurídico, al igual que del derecho extranjero, lo cual debe motivar los correspondientes comentarios.

El derecho civil estadounidense es muy importante en el estudio de los códigos civiles, por lo cual estudiaremos el mismo.

En este derecho no existe código civil, lo cual debe ser divulgado, a efecto de que se tengan en cuenta sus diferencias con la familia romano germánica, es decir, el derecho estadounidense no pertenece a esta familia jurídica, sino a la familia jurídica del common law.

En este sistema jurídico como es por cierto el sistema jurídico estadounidense es necesario dejar constancia que no cuenta con código civil, sino con otro elemento del derecho civil, como son por cierto los restatements (los cuales existen en determinados temas, el cual es un tema bastante conocido para los abogados del derecho estudiado, como es por cierto el derecho estadounidense, y esto debe ser materia de estudio para profundizar los estudios en este importante tema). Lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas de otros sistemas jurídicos y familias jurídicas.

En el derecho estadounidense es poco común hablar de códigos civiles, es decir, para un jurista de este sistema jurídico es claro que la estructura del derecho es otra o diferente. Lo cual es materia de estudio por parte de los tratadistas. E incluso para algunos autores las fuentes del derecho no son materia de estudio.

Derecho civil inglés

El derecho civil inglés es el derecho civil que existe en Inglaterra, el cual estudiaremos en esta sede a efecto de tener conocimiento del derecho de otros continentes, lo cual será materia de estudio por parte de los tratadistas. Es decir, el derecho inglés ha sido poco estudiado por los civilistas peruanos y en este sentido esperamos que sea materia de estudio, no sólo en Inglaterra, sino también en el derecho de otros países.

Inglaterra y Estados Unidos de Norteamérica conforman la familia jurídica del common law, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho. Pero está fuera de esta el estado de Lousiana, el cual pertenece a la familia jurídica romano germánica.

En esta sede estudiaremos el derecho civil inglés, el cual es poco estudiado en el derecho peruano y en general en la familia jurídica romano germánica.

En el sistema jurídico inglés no existe código civil, lo cual debe materia de estudio por parte de los tratadistas.

Este sistema no tiene restatements, sin embargo, pertenece a la familia jurídica del common law.

En este sistema jurídico tiene mucha importancia el jurado y el precedente, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

Los juristas ingleses es claro que no acostumbran estudiar códigos civiles, por que el mismo no existe en su país, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

En el derecho civil inglés es poco frecuente hablar de código civil, por lo tanto, en este país la terminología jurídica del derecho civil es diferente a la peruana, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas y en todo caso que este es un tema crucial en estudios como el presente que se encuentra dentro de la disciplina jurídica del derecho comparado. Dejando constancia que el derecho civil es rama del derecho y también es considerada como disciplina jurídica.

Derecho civil socialista

El derecho civil socialista es el derecho civil que existe en los sistemas jurídicos socialistas o dicho de otra forma en la familia jurídica socialista, el cual será materia de estudio en la presente sede, pero en forma panorámica a efecto de tener una idea sobre el mismo y así poder estudiar el derecho civil comparado mundial, el cual es materia de estudio por parte de los tratadistas del derecho comparado.

Dentro del derecho civil socialista debemos tener en cuenta: el derecho civil de la Unión Soviética, la perestroika, el derecho civil de Polonia, el derecho civil de China, el derecho civil de Hungría, el derecho civil de Cuba, los cuales pueden ser materia de estudio por parte de los tratadistas que tengan acceso al presente y completar o complementar sus estudios con libros de estos derechos extranjeros.

De los sistemas jurídicos estudiados en el presente subtulo debe ponerse énfasis en el derecho civil de Cuba, país que estuvo a cargo de Fidel CASTRO, al menos hasta algunos años, el cual ya es una persona de avanzada edad y en todo caso es claro que es un sistema jurídico distinto al peruano, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

Derecho civil de base religiosa

El derecho civil de base religiosa es el derecho civil que existe en los sistemas jurídicos estrictamente religiosos, a los cuales nos referiremos a continuación a efecto de tener una idea panorámica del tema materia de estudio, dentro de los cuales se encuentra el Vaticano.

En este derecho se debe tener en cuenta: el sistema jurídico musulmán, derecho canónico, derecho hebreo y derecho hindú, los cuales deben ser materia de estudio por parte los tratadistas.

De estos el mas conocido en el derecho peruano es el derecho canónico, por que ha sido materia de estudio el código de derecho canónico, el cual es un código general, bastante conocido en la religión católicas, apostólica y romana, el cual puede ser materia de estudio en las bibliotecas especializadas de este derecho.

Es decir, nos estamos refiriendo al Vaticano el cual es un territorio o un estado en el cual rige el código de derecho canónico.

El Vaticano es el estado o país mas pequeño hasta ahora, lo cual es aceptado en forma uniforme por parte de la doctrina del derecho mundial, por ello, recomendamos su estudio.

Tratado de Derecho Civil comparado

En esta sede conviene revisar el principal libro o tratado sobre este tema o rama del derecho comparado, lo cual permitirá brindar información útil y confiable a los lectores e investigadores del derecho civil comparado a efecto de que en un futuro se lleven a cabo investigaciones sobre esta importante disciplina jurídica, la cual también es conocida como rama del derecho comparado.

En el derecho comparado ha sido publicado hace algunas décadas el tratado de derecho civil de René DAVID, siendo éste último uno de los mas grandes tratadistas del derecho comparado, el cual citamos para que sea materia de consulta, sin embargo, nosotros no lo hemos consultado. Al parecer se encuentra disponible en la biblioteca del Colegio de Abogados de Lima del Palacio de Justicia de la ciudad de Lima.

Este libro debe ser materia de consulta por parte de los comparatistas especializados en el derecho civil comparado, ya que es un trabajo importante en esta rama del derecho comparado.

No hemos tenido noticia sobre otro trabajo similar en la doctrina de esta rama del derecho comparado, por lo cual, es claro que debe ser materia de revisión en la doctrina del derecho comparado.

En todo caso este libro mencionado no abarca a todo el derecho sino tan sólo al derecho civil comparado, lo cual es materia de estudio por parte de los tratadistas.

Enseñanza del Derecho Civil comparado en la Pontificia Universidad Católica del Perú

En la Pontificia Universidad Católica del Perú existe, entre otras, una maestría en derecho civil, y dentro de sus cursos se dicta el curso de derecho civil comparado, el cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas de esta rama del derecho comparado.

Según la web

http://www.pucp.edu.pe/content/pagina42.php?pID=2853&pIDSeccionWeb=25&pIDContenedor=2857&pIDIdiomaLocal=1&pIDReferencial= el curso propone un estudio detallado del método comparativo aplicado a las disciplinas jurídicas. Centrada en la noción de familia jurídica, la metodología comparatista será el canal teórico idóneo para aproximarse a los principales temas de Derecho Civil en los grandes sistemas jurídicos contemporáneos.

Es decir, esta maestría se encuentra orientada dentro del derecho comparado al método correspondiente al mismo.

Además sólo estudia sistemas jurídicos de estos tiempos pero no de otros tiempos, lo cual debe ser materia de estudia en dicha sede, por lo cual sugerimos su modificación, por ejemplo, entendemos que debe ser materia de estudio el derecho romano antiguo comparado con el derecho peruano actual, tema al cual dedicamos alguna publicación, la cual aparece en Internet y en todo caso sugerimos su lectura e investigación por parte de los lectores e investigadores jurídicos.

Para enseñar el derecho civil comparado se debe dominar el derecho civil, por lo cual es claro que es difícil comprender este tema.

En tal sentido si un abogado no conoce el derecho civil, ni lo domina es claro que no puede estudiar el derecho civil comparado, o en caso de estudiarlo es claro que no puede entenderlo, ya que sería como estudiar la división sin haber estudiado la suma y la resta, por lo cual esperamos que este ejemplo sea de utilidad para los lectores del presente trabajo de investigación sobre el derecho civil comparado.

Enseñanza del Derecho Civil comparado en la Universidad Nacional Federico Villareal

Hemos tenido noticia http://www.educamericas.com/node/2377 que en la Universidad Nacional Federico Villareal se estudia en su maestría en derecho civil y comercial el curso de derecho civil comparado, el cual es de mucha utilidad para los abogados que estudian la misma teniendo en cuenta la especialidad de la maestría, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los investigadores del derecho civil comparado.

El derecho civil comparado es importante, por ello, es claro que sugerimos que esta universidad dicte la maestría en derecho civil, a efecto de que en la misma se agregue el curso de derecho civil comparado, a efecto de permitir un estudio mas adecuado del derecho civil.

Es decir, en caso de aperturarse esta maestría es claro los alumnos de esta universidad en esta maestría tendrían mayor conocimiento sobre este importante tema como es por cierto el derecho civil comparado.

Conclusión

El derecho civil comparado es muy importante, por lo cual debe ser materia de estudio en la presente sede.

En esta sede sólo hemos dado pinceladas a una futura investigación, la cual podrá ser realizada y publicada por abogados especialistas en la rama del derecho comparado conocida como el derecho civil comparado.

El derecho comparado agrupa a muchas ramas, dentro de las cuales podemos citar al derecho civil comparado, derecho penal comparado, derecho constitucional comparado, principalmente.

El derecho civil comparado contribuye con el desarrollo de los pueblos, en tal sentido es claro que debemos estudiarlo con el debido cuidado a efecto de poder comparar las instituciones jurídicas mas importantes y de esta forma proponer recepciones jurídicas importantes para el derecho y también para la economía.

Resulta complejo en algunos casos diferenciar el derecho comparado del derecho extranjero.

No es lo mismo el derecho comparado que historia del derecho, sin embargo, este tema ha merecido escasos trabajos de investigación publicados en el derecho peruano.

La comparación es de dos clases que son las siguientes: comparación interna y comparación externa, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas del derecho comparado.

 

 

 

Autor:

Fernando Jesús Torres Manrique.

Ex Registrador Público Titular.

Ex Juez Titular Decano.

Ex Jefe Titular de Registros Públicos.

Autor de diversas publicaciones jurídicas.

Maestría en derecho civil y comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Partes: 1, 2, 3
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