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Casos de toma de decisiones (página 2)

Enviado por Arturo Clery


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2. Pagaré.Es un instrumento negociable el cual es una "promesa" incondicional por escrito, dirigida de una persona a otra, firmada por el formulante del pagaré, comprometiéndose a pagar a su presentación, o en una fecha fija o tiempo futuro determinable, cierta cantidad de dinero en unión de sus intereses a una tasa especificada  a la orden y al portador. Los pagarés se derivan de la venta de mercancía, de préstamos en efectivo, o de la conversión de una cuenta corriente. La mayor parte de los pagarés llevan intereses el cual se convierte en un gasto para el girador y un ingreso para el beneficiario. Los instrumentos negociables son pagaderos a su vencimiento, de todos modos, a veces no es posible cobrar un instrumento a su vencimiento, o puede surgir algún obstáculo que requiera acción legal. Es pagadero en efectivo, hay alta  seguridad de pago al momento de realizar alguna operación comercial. Puede surgir algún incumplimiento en el pago  que requiera acción legal. Los pagarés se derivan de la venta de mercancía, de préstamos en efectivo, o de la conversión de una cuenta corriente. Dicho documento debe contener ciertos elementos de negociabilidad entre los que destaca que: Debe ser por escrito y estar firmado por el girador; Debe contener una orden incondicional de pagar cierta cantidad en efectivo estableciéndose también la cuota de interés que se carga por la extensión del crédito por cierto tiempo. El interés para fines de conveniencia en las operaciones comerciales se calculan, por lo general, en base a 360 días por año; debe ser pagadero a favor de una persona designada, puede estar hecho al portador; Debe ser pagadero a su presentación o en cierto tiempo fijo y futuro determinable. Cuando un pagaré no es pagado a su vencimiento y es protestado, el tenedor del mismo debe preparar un certificado de protesto y un aviso de protesto.

  • 3. Papeles Comerciales.

Es una Fuente de Financiamiento a Corto Plazo que consiste en los pagarés no garantizados de grandes e importantes empresas que adquieren los bancos, las compañías de seguros, los fondos de pensiones y algunas empresas industriales que desean invertir acorto plazo sus recursos temporales excedentes. Las empresas pueden considerar la utilización del papel comercial como fuente de recursos a corto plazo no sólo porque es menos costoso que el crédito bancario sino también porque constituye  un complemento de los préstamos  bancarios usuales. El empleo juicioso del papel comercial puede ser otra fuente de recursos cuando los bancos no pueden proporcionarlos en los períodos de dinero apretado cuando las necesidades exceden los límites de financiamiento de los bancos. El Papel comercial es una fuente de financiamiento menos costosa que el Crédito Bancario. Sirve para financiar necesidades a corto plazo, por ejemplo el capital de trabajo. Las emisiones de Papel Comercial no están garantizadas. Deben ir acompañados de una línea de crédito o una carta de crédito en dificultades de pago. La negociación acarrea un costo por concepto de una tasa prima. El papel se puede clasificar como de primera calidad y de calidad media. El de primera calidad es el emitido por el más confiable de todos los clientes confiables, mientras que el de calidad media es el que emiten los clientes sólo un poco menos confiables. Esto encierra para la empresa una investigación cuidadosa. El vencimiento medio del papel comercial es de tres a seis meses, aunque en algunas ocasiones se ofrecen emisiones de nueve meses y a un año. No se requiere un saldo mínimo. En algunos casos, la emisión va acompañada por una línea de crédito o por una carta de crédito, preparada por el emisor para asegurar a los compradores que, en caso de dificultades con el pago, podrá respaldar el papel mediante un convenio de préstamo con el banco. Esto se exige algunas veces a las empresas de calidad menor cuando venden papel, y aumentan la tasa de interés real.

4. Financiamiento por medio de la Cuentas por Cobrar.

Es aquel en la cual la empresa  consigue financiar dichas cuentas por cobrar consiguiendo recursos para invertirlos en ella. Es un método de financiamiento que resulta menos costoso y disminuye el riesgo de incumplimiento. Aporta muchos beneficios que radican en los costos que la empresa ahorra al no manejar sus propias operaciones de crédito. No hay costos de cobranza, puesto que existe un agente encargado de cobrar las cuentas; no hay costo del departamento de crédito, como contabilidad y sueldos, la empresa puede eludir el riesgo de incumplimiento si decide vender las cuentas sin responsabilidad, aunque esto por lo general más costoso, y puede obtener recursos con rapidez y prácticamente sin ningún retraso costo. Es menos costoso para la empresa. Disminuye el riesgo de incumplimiento. No hay costo de cobranza. Existe un costo por concepto de comisión otorgado al agente. Existe la posibilidad de una intervención legal por incumplimiento del contrato. Consiste en vender las cuentas por cobrar de la empresa a un factor (agente de ventas o comprador de cuentas por cobrar) conforme a un convenio negociado previamente. Por lo regular se dan instrucciones a los clientes para que paguen sus cuentas directamente al agente o factor, quien actúa como departamento de crédito de la empresa. Cuando recibe el pago, el agente retiene una parte por concepto de honorarios por sus servicios a un porcentaje estipulado  y abonar el resto a la cuenta de la empresa.  La mayoría de las cuentas por cobrar se adquieren con responsabilidad de la empresa, es decir, que si el agente no logra cobrar, la empresa tendrá que rembolsar el importe ya sea mediante el pago en efectivo o reponiendo la cuenta incobrable por otra más viable.

5. Financiamiento por medio de los Inventarios.

Es aquel en el cual se usa el inventario como garantía de un préstamo  en que se confiere al acreedor el derecho de tomar posesión  garantía en caso de que la empresa deje de cumplir. Es importante ya que le permite a los directores de la empresa usar el inventario de la empresa como fuente de recursos, gravando el inventario como colateral es posible obtener recursos de acuerdo con las formas específicas de financiamiento usuales, en estos casos, como son el Depósito, el Almacenamiento, Garantía Flotante y la Hipoteca. Permite aprovechar una importante pieza de la empresa como es el Inventario de Mercancía. Brinda oportunidad a la organización de hacer más dinámica sus actividades. Le genera un Costo de Financiamiento al deudor. El deudor corre riesgo de perder el Inventario dado en garantía en caso de no poder cancelar el contrato. Por lo general al momento de hacerse la negociación, se exige que los artículos sean duraderos, identificables y susceptibles de ser vendidos al precio que prevalezca en el Mercado. El acreedor debe tener derecho legal sobre los artículos, de manera que si se hace necesario tomar posesión de ellos el acto no sea materia de controversia. El gravamen que se constituye sobre el inventario se debe formalizar mediante alguna clase de convenio que pruebe la existencia del colateral. El que se celebra con el banco específica no sólo la garantía sino también los derechos del banco y las obligaciones del beneficiario, entre otras cosas. Los directores firmarán esta clase de convenios en nombre de su empresa cuando se den garantías tales como el inventarío.

Además del convenio de garantía, se podrán encontrar otros documentos probatorios entre los cuales se pueden citar el Recibo en Custodia y el Almacenamiento. Ahora bien, cualquiera que sea el tipo de convenio que se celebre, para le empresa se generará un Costo de Financiamiento que comprende algo más que los intereses por el préstamo, aunque éste es el gasto principal. A la empresa le toca absorber los cargos por servicio de mantenimiento del Inventario, que pueden incluir almacenamiento, inspección por parte de los representantes del acreedor y manejo, todo lo cual forma parte de la obligación de la empresa de conservar el inventario de manera que no disminuya su valor como garantía. Normalmente no debe pagar el costo de un seguro contra pérdida por incendio o robo.

6. Hipoteca.

Es un traslado condicionado de propiedad que es otorgado por el prestatario (deudor) al prestamista (acreedor) a fin de garantiza el pago del préstamo. Es importante señalar que una hipoteca no es una obligación a pagar ya que el deudor es el que otorga la hipoteca y el acreedor es el que la recibe, en caso de que el prestamista no cancele dicha hipoteca, la misma le será arrebatada y pasará a manos del prestatario. Vale destacar que la finalidad de las hipotecas por parte del prestamista es obtener algún activo fijo, mientras que para el prestatario es el tener seguridad de pago por medio de dicha hipoteca así como el obtener ganancia de la misma por medio de los interese generados.

Para el prestatario le es rentable debido a la posibilidad de obtener  ganancia por medio de los intereses generados de dicha operación. Da seguridad al prestatario de no obtener perdida al otorgar el préstamo. El prestamista tiene la posibilidad de adquirir un bien. Al prestamista le genera una obligación ante terceros. Existe riesgo de surgir cierta intervención legal debido a falta de pago. La hipoteca confiere al acreedor una participación en el bien. El acreedor tendría que acudir a la justicia y lograr que la mercancía se venda por orden de ésta. Es decir, que el bien no pasa a ser del prestamista hasta que no haya sido cancelado el préstamo.

7. Acciones.

Las acciones representan la participación patrimonial o de capital de un accionista dentro de la organización a la que pertenece. Son de mucha importancia ya que miden el nivel de participación y lo que le corresponde a un accionista por parte de la organización a la que representa, bien sea por concepto de dividendos, derechos de los accionistas, derechos preferenciales, etc. Las acciones preferentes dan el énfasis deseado al ingreso. Las acciones preferentes son particularmente útiles para las negociaciones de fusión y adquisición de empresas. El empleo de las acciones diluye el control de los actuales accionistas. El costo de emisión de acciones es alto. Las emisiones más recientes se venden a través de un suscriptor, el método utilizado para vender las nuevas emisiones de acciones es el derecho de suscripción el cual se hace por medio de un corredor de inversiones. Después de haber vendido las acciones, la empresa tendrá que cuidar su valor y considerar operaciones tales como el aumento o disminución del número de acciones, el listado y la recompra.

8. Bonos.

Es un instrumento escrito en la forma de una promesa incondicional, certificada, en la cual el prestatario promete pagar una suma especificada en una futura fecha determinada, en unión a los intereses a una tasa determinada y en fechas determinadas.Cuando una sociedad anónima tiene necesidad de fondos adicionales a largo plazo se ve en el caso de tener que decidir entre la emisión de acciones adicionales del capital o de obtener préstamo expidiendo evidencia del adeudo en la forma de bonos. La emisión de bonos puede ser ventajosa si los actuales accionistas prefieren no compartir su propiedad y las utilidades de la empresa con nuevos accionistas. El derecho de emitir bonos se deriva de la facultad para tomar dinero prestado que la ley otorga a las sociedades anónimas. El tenedor de un bono es un acreedor; un accionista es un propietario. Debido a que la mayor parte de los bonos tienen que estar respaldados por activos fijos tangibles de la empresa emisora, el propietario de un bono posiblemente goce de mayor protección a su inversión, el tipo de interés que se paga sobre los bonos es, por lo general, inferior a la tasa de dividendos que reciben las acciones de una empresa. Los bonos son fáciles de vender ya que sus costos son menores. El empleo de los bonos no diluye el control de los actuales accionistas. Mejoran la liquidez y la situación de capital de trabajo de la empresa. La empresa debe ser cuidadosa al momento de invertir dentro de este mercado. Cada emisión de bonos está asegurada por una hipoteca conocida como "Escritura de Fideicomiso". El tenedor del bono recibe una reclamación o gravamen en contra de la propiedad que ha sido ofrecida como seguridad para el préstamo. Si el préstamo no es cubierto por el prestatario, la organización que el fideicomiso puede iniciar acción legal a fin de que se saque a remate la propiedad hipotecada y el valor obtenido de la venta sea aplicada al pago del adeudo. Al momento de hacerse los arreglos para la expedición e bonos, la empresa prestataria no conoce los nombres de los futuros propietarios de los bonos debido a que éstos serán emitidos por medio de un banco y pueden ser transferidos, más adelante, de mano en mano. En consecuencia la escritura de fideicomiso de estos bonos no puede mencionar a los acreedores, como se hace cuando se trata de una hipoteca directa entre dos personas. La empresa prestataria escoge como representantes de los futuros propietarios de bonos a un banco o una organización financiera para hacerse cargo del fideicomiso. La escritura de fideicomiso transfiere condicionalmente el titulo sobre la propiedad hipotecada al fideicomisario. Por otra parte, los egresos por intereses sobre un bono son cargos fijos el prestatario que deben ser cubiertos a su vencimiento si es que se desea evitar una posible cancelación anticipada del préstamo. Los intereses sobre los bonos tienen que pagarse a las fechas especificadas  en los contratos; los dividendos sobre acciones se declaran a discreción del consejo directivo de la empresa. Por lo tanto, cuando una empresa expide bonos debe estar bien segura de que el uso del dinero tomado en préstamo resultará en una en una utilidad neta que sea superior al costo de los intereses del propio préstamo.

9. Arrendamiento Financiero.

Es un contrato que se negocia entre el propietario de los bienes(acreedor) y la empresa (arrendatario) a la cual se le permite el uso de esos bienes durante un período determinado y mediante el pago de una renta específica, sus estipulaciones pueden variar según la situación y las necesidades de cada una de las partes. La importancia del arrendamiento es la flexibilidad que presta para la empresa ya que no se limitan sus posibilidades de adoptar un cambio de planes inmediato o de emprender una acción no prevista con el fin de aprovechar una buena oportunidad o de ajustarse a los cambios que ocurran e el medio de la operación.El arrendamiento se presta al financiamiento por partes, lo que permite a la empresa recurrir a este medio para adquirir pequeños activos. Por otra parte, los pagos de arrendamiento son deducibles del impuesto como gasto de operación, por lo tanto la empresa tiene mayor deducción fiscal cuando toma el arrendamiento.   Para la empresa marginal el arrendamiento es la única forma de financiar la adquisición de activo. El riesgo se reduce porque la propiedad queda con el arrendado, y éste puede estar dispuesto a operar cuando otros acreedores rehúsan a financiar la empresa. Esto facilita considerablemente la reorganización de la empresa. Es en financiamiento bastante flexible para las empresas debido a las oportunidades que ofrece. Evita riesgo de una rápida obsolescencia para la empresa ya que el activo no pertenece a ella. Los arrendamientos dan oportunidades a las empresas pequeñas en caso de quiebra. Un contrato de arrendamiento obliga una tasa costo por concepto de intereses. La principal desventaja del arrendamiento es que resulta más costoso que la compra de activo. Consiste en dar un préstamo a plazo con pagos periódicos obligatorios que se efectúan en el transcurso de un plazo determinado, generalmente igual o menor que la vida estimada del activo arrendado. El arrendatario (la empresa) pierde el derecho sobre el valor de rescate del activo (que conservará en cambio cuando lo haya comprado).

  

La mayoría de los arrendamientos son incancelables, lo cual significa que la empresa está obligada a continuar con los pagos que se acuerden aún cuando abandone el activo por no necesitarlo más. En todo caso, un arrendamiento no cancelable es tan obligatorio para la empresa como los pagos de los intereses que se compromete. Una característica distintiva del arrendamiento financiero es que la empresa (arrendatario) conviene en conservar el activo aunque la propiedad del mismo corresponda al arrendador. Mientras dure el arrendamiento, el importe total de los pagos excederá al precio original de compra, porque la renta no sólo debe restituir el desembolso original del arrendador, sino también producir intereses por los recursos que se comprometen durante la vida del activo.

3.- Informe todas las obligaciones tributarias que implica el negocio de un casino.

Los Arts. 91 y 92 del Reglamento General de Actividades Turísticas, Registro Oficial 726, 16/12/2002, autoriza su funcionamiento exclusivo en hoteles de lujo. Existen además otras normativas vigentes desde 1938 como el Decreto Supremo 130, artículo 313: "quedan prohibidos los juegos de azar (.) reprimidos con prisión de tres a seis meses y multa .". Art. 622: "siempre que llegare a conocimiento del Intendente u otra de las autoridades de policía que se trate de cometer o que se está perpetrando un delito o contravención, tomarán las medidas adecuadas y oportunas para impedir la realización del hecho penal, o su continuación."

Esto es, el funcionamiento de establecimientos o locales en donde se practiquen juegos de azar y operen máquinas tragamonedas sin contar con los registros y licencias de funcionamiento respectivos, que constituyen delitos de acción pública, pues no son considerados actividad turística. 

Decreto Ejecutivo No. 355, R.O. 077, 08/08/2005 reforma al Reglamento de Aplicación de la Ley de Turismo: "El Ministerio de Turismo autorizará, supervisará y controlará de manera privativa el funcionamiento de los establecimientos autorizados para la práctica de juegos de azar (.) El Ministerio de Gobierno y Policía ordenará la clausura de aquellos locales en los que se practiquen juegos de azar y operen máquinas tragamonedas sin contar con los registros y licencias respectivas, los cuales no podrán suplirse con ningún otro instrumento." 

Reglamento General de Actividades Turísticas, Arts. 91 y 92, R.O. 726, 16/12/2002: "Las máquinas tragamonedas no podrán funcionar dentro de establecimientos distintos a los casinos. No se autorizará su instalación en locales comerciales o como servicios complementarios de bares, restaurantes, discotecas, salas de baile, bingos, alojamientos y demás actividades turísticas y conexas."(.) "Los casinos solo podrán funcionar en hoteles""

El referido reglamento en su disposición transitoria 3era. Dispone para el control: "El Ministerio de Gobierno y Policía impedirá, de conformidad con la Ley, el funcionamiento de casinos, salas de juego y máquinas tragamonedas que no cuenten con los permisos correspondientes" 

El Acuerdo Ministerial No. 145, R.O. 613, 08/07/2002 de los Ministerios de Gobierno, Educación y Turismo acuerda: "Art. 1.- Prohíbase la instalación de juegos de azar o suerte en los que se arriesgue dinero o algo que lo valga (.) en los locales distintos a los casinos que funcionan en hoteles registrados en el Ministerio de Turismo "Art. 2.- Dispóngase la clausura inmediata de los establecimientos que tengan máquinas tragamonedas en locales abiertos al público, distintos de los casinos (.) las clausuras las ejecutarán las Intendencias Generales de Policía a pedido del Ministerio de Turismo." 

Finalmente, y ante la serie de amparos constitucionales obtenidos por las empresas y negocios dedicados a esta actividad ilegal el Procurador General del Estado corroboró estos criterios legales mediante oficio No. 030213 del 21/12/2006: "el Ministerio de Gobierno ordenará la clausura de los establecimientos o locales en los que se practiquen juegos de azar y operen máquinas tragamonedas sin contar con los registros y licencias de funcionamiento"."No es obligatorio para la Administración Pública el cumplimiento de amparos constitucionales de los cuales no ha sido parte y que por ende no le han sido notificados vulnerando así el debido proceso". "Tampoco es obligatorio para la Administración Pública acatar alcances a las resoluciones de amparo constitucional, que dictan normas de carácter obligatorio y general."

La Asamblea Nacional Constituyente al respecto promulgó:

  • Que los casinos, salas de juego y otros juegos de azar, paguen por IVA una cuota fija mensual establecida en consideración a cada mesa o máquina de juego.

  • La base imponible sobre la que se calculará y cobrará el impuesto por los servicios de casinos, salas de juego (bingo-mecánicos) y otros juegos de azar, corresponderá al valor de las fichas u otros medios utilizados para las apuestas."

  • Están gravados con el impuesto a los consumos especiales los siguientes bienes y servicios:

  • Servicios de casinos, salas de juego (bingo – mecánicos) y otros juegos de azar 35%.

  • No podrán acogerse al Régimen Simplificado (RS) las personas naturales que hayan sido agentes de retención de impuestos en los últimos tres años o que desarrollen las siguientes actividades:

  • De casinos, bingos y salas de juego;

4.- ¿Informe la forma más recomendable de contratación del personal y porque?

Al contratar personal debe integrar requerimientos que deben satisfacer las personas, para ocupar los puestos eficientemente. El reemplazo y el puesto de nueva creación se notificaran a través de una requisición al departamento de selección de personal o a la sección encargada de estas funciones, señalando los motivos que las están ocasionando, la fecha en que deberá estar cubierto el puesto, el tiempo por el cual se va a contratar, departamento, horario y sueldo. Para definir el perfil se pueden elaborar profesiogramas que consisten en una representación gráfica de los requisitos o características de un puesto de trabajo, señalándolos cualitativa y cuantitativamente. El reclutamiento es el conjunto de esfuerzos que hace una organización para atraer, convocar al personal mejor calificado con mayores posibilidades de integración. Éste debe de ser rápido y de respuesta rápidas. Algunas herramientas que se utiliza son las siguientes:

  • Medios de comunicación masivas

  • Bolsas de trabajo

  • Ferias del empleo

  • Agencias de colocación

  • Internet (websites, e-mail)

  • Instituciones educativas

  • familiares o recomendados

  • Puerta a puerta en la calle

  • otras empresas

La selección es el proceso que trata no solamente de aceptar o rechazar candidatos si no conocer sus aptitudes y cualidades con objeto de colocarlo en el puesto más afín a sus características. Se utilizan:

  • Entrevista inicial

  • Exámenes psicométricos

  • Psicotécnicos y de conocimientos

  • Referencias

  • Examen médico

edu.red

En la entrevista se intercambia información valiosa, se estudia:

SOLICITUD.- Es una herramienta que servirá de base para todos los demás procesos ya que sus datos es fuente de información comparable entre los diferentes candidatos.

CURRÍCULUM.- Al igual que la solicitud su papel es de fuente de información en la cual el candidato puede utilizarlo expresando cada uno de sus logros o experiencias laborales.

Las pruebas psicométricas comprenden la aplicación de ciertas pruebas para tener un marco de referencias sobre el potencial intelectual y personalidad del candidato. Algunos tipos son:

  • Pruebas de personalidad.

  • Pruebas de inteligencia

  • Pruebas de intereses.

  • Pruebas de rendimiento.

  • Pruebas de aptitud

La investigación laboral nos permite predecir el comportamiento futuro del candidato en el puesto:

  • Investigación de antecedentes de trabajo

  • Investigación de antecedentes penales

  • Investigación de cartas de recomendación

  • Investigación en el domicilio

La contratación es formalizar con apego a la ley la futura relación de trabajo para garantizar los intereses, derechos, tanto del trabajador como la empresa. Cuando ya se aceptaron las partes en necesario integrar su expediente de trabajo. La contratación se llevará a cabo entre la organización y el trabajador. La duración del contrato será por tiempo indeterminado o determinado. Generara afiliación al IESS.

5.- ¿Indique de qué manera puede crear activos inmateriales para la empresa o negocio y cómo los aprovecharía?

Los activos inmateriales comprenden las inversiones en software informático que se crean especialmente para casinos, y otras salas de juegos de azar. Los costes de desarrollo del software son capitalizados a condición de que satisfagan ciertos criterios de identificabilidad, que presenten visos de reportar ventajas económicas futuras y que su coste pueda ser medido de manera fiable. El software internamente desarrollado que cumple estas condiciones se contabiliza por su coste de adquisición menos la depreciación acumulada (amortización lineal en los tres años siguientes a su terminación).

Las compras de software se amortizan linealmente sobre su vida estimada (de 2 a 5 años). Por inversión inicial se entiende una inversión en activos inmateriales relativa a:

  • La creación de un nuevo establecimiento.

  • La ampliación de un establecimiento existente, entendiendo por tal las inversiones que impliquen un aumento de la capacidad final de producción del servicio de entretenimiento, así como la creación de nuevos puestos de trabajo y el mantenimiento de los existentes.

  • La diversificación de la producción de servicios o máquinas de juegos de un establecimiento, para atender mercados de productos nuevos y adicionales.

  • Una transformación fundamental en el proceso global de producción de juegos de azar de un establecimiento existente, que conlleve la incorporación de instalaciones técnicas, bienes de equipo y/o otros activos fijos materiales, siempre que la inversión subvencionable supere el 150% de la media de la dotación para amortizaciones del inmovilizado de la empresa. Cuando la inversión se refiera exclusivamente a la adquisición de bienes de equipo que supongan una mejora del proceso productivo y de servicios, no se aplicará el criterio anterior.

Las inversiones inmateriales en el caso de los casinos, podrá contabilizarse íntegramente en los costes de inversión en activos inmateriales mediante transferencia de tecnología a través de la adquisición de derechos de patente, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados.

 

AUTOR:

Ab. Arturo Clery Aguirre

Año 2009

Datos del Autor

EDUCACIÓN FORMAL

DE CUARTO NIVEL:

DE TERCER NIVEL:

  • Ingeniero Comercial.

  • Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador.

  • Licenciado en Ciencias Sociales y Políticas.

  • EJERCICIO PROFESIONAL:

  • Estudio Jurídico ''Clery & Asociados''. Asesoramiento legal y judicial.

  • Asesorías varias: Congreso Nacional, Municipio y Prefectura.

  • Diputado Parlamentario Andino. Periodo 2003 – 07.

  • EXPERIENCIA EN PROYECTOS:

Asesorías de creación de escuelas y especializaciones académicas.

Aplicación y uso del sistema Kamban para lograr la eficiencia operativa de la empresa.

La calidad total como una estrategia competitiva.

Guía legal básica del administrador profesional.

Manejo de imagen, publicidad y asesoramiento de los candidatos en varias campañas electorales.

Primer censo agro socio económico de las organizaciones montubias de la provincia del Guayas registradas y calificadas en el CODEPMOC

Diagnóstico participativo situacional, línea de base contextual y análisis cuali-cuantitativo del impacto social de la transferencia de activos y pasivos del H.C.P.G. a la jurisdicción y administración del H.C.P.S.E.

  • EXPERIENCIA DOCENTE:

  • Colegio Nacional Mixto "Huancavilca".

  • Unidad Educativa "Santa Mariana de Jesús".

  • Universidad Estatal de Guayaquil, Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación.

  • Escuela de Comercio Exterior.

  • Escuela de Mercadotecnia y Publicidad.

Partes: 1, 2
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