Descargar

Cultura por la Paz y los Derechos Humanos (Argentina)

Enviado por Liliana Cánaves


    Cultura para la paz y Derechos Humanos CÁTEDRA ADOLFO PEREZ ESQUIVEL. – Monografias.com

    Cultura para la paz y Derechos Humanos CÁTEDRA ADOLFO PEREZ ESQUIVEL.

    Consigna Nro 1

    La llamada Doctrina de Seguridad Nacional es una serie de acciones de política exterior adoptadas por Estados Unidos en el marco de la Guerra Fría, en donde el bloque occidental-capitalista consideraba como amenaza al bloque oriental-comunista, por razones fundamentalmente ideológicas y políticas. En este contexto de anticomunismo patológico[1]Estados Unidos, basándose en la idea de que el comunismo buscaba transformarse en la única potencia mundial, neutralizó todo aquello que consideraba "amenaza" a su seguridad nacional mediante la legitimación de la toma del poder por parte de las FFAA. Esta ideología penetró en Latinoamérica (cristalizándose en lo que más tarde se denominaría Operación Cóndor) donde no pocos países que estaban atravesando gobiernos de factos compartían sus ideas. De esta forma, Estados Unidos proporcionó no solo la base ideológica, sino también financiamiento, instrucción militar, asistencia técnica, coordinación a estos gobiernos. La represión fue a escala regional[2]La Escuela de las Américas fue el centro de entrenamiento de instrucción militar para América Latina[3]La llamada Operación Cóndor[4]se puede analizar en dos etapas, una durante los períodos dictatoriales y otra posterior a éstos, ya que a pesar de que en la década del "80 muchas dictaduras estaban llegando a su fin, la Operación Cóndor siguió operando, ejemplo de esto es lo que ocurrió por esos años en América central, con diversas catástrofes aéreas relacionadas con Cóndor. En Argentina puntualmente, la SIDE junto a la DINA (policía secreta chilena) tuvieron un papel preponderante. Ciertos documentos demuestran que los asesinatos de Carlos y Sofía Prat (1974 – Bs. As.) fueron en el marco de la Operación Cóndor, como a casi todos sus "objetivos", se los identificaba, vigilaba y finalmente los ejecutaban. En este caso, el autor material de los asesinatos fue un agente de la CIA. Además de asesinar, capturaban y torturaban, para luego hacer desaparecer. El centro clandestino de detención "Automotores Orletti" es considerado una de las guaridas[5]más importantes de la Operación Cóndor, puntualmente era el centro de operaciones regional de dicha operación, allí trabajaban en coordinación con represores de distintos países de América. Los vuelos de la muerte representaron una de las formas de exterminio más utilizadas por esta operación, arrojaban en pleno vuelo a sus prisioneros vivos al mar. En ciertos casos se encontraban en las costas los restos de estas personas, que eran enterrados como NN. Un ejemplo de esto es lo que le ocurrió a Azucena Villaflor, víctima de un vuelo de la muerte.

    Consigna Nro 2

    Las estrategias y métodos no violentos de lucha del movimiento de DDHH en Argentina durante la dictadura y en democracia fueron diversas, según la dimensión temporal (durante y después de la dictadura), los cambios operados en el contexto (distintos gobiernos y situación socio-político-económica) y la heterogeneidad de los movimientos de DDHH[6]Hasta mediados de los "80, el acento estuvo puesto en el esclarecimiento de lo ocurrido, la difusión (la demanda de "verdad") y denuncia de las violaciones, el reclamo de castigo a los culpables, protestas y manifestaciones abiertas, marchas (por ejemplo la Marcha de la Resistencia de las madres), petitorios de firmas, de los diversos organismos locales de DDHH a nivel nacional e internacional (por ejemplo, la presentación de habeas corpus), contención de víctimas y familiares (orientación, asesoramiento) ofrecer testimonios (preservaban a las víctimas del terrorismo de estado que habían logrado salvarse, y divulgaban sus testimonios de lo vivido), acumulación de información sobre los casos, todo esto en un espacio público de acción (la Plaza de Mayo, los barrios, las fábricas, por ejemplo), la utilización estratégica de la consigna "aparición con vida" por su carga emotiva y política. Debemos tener en cuenta la limitación que padecían estas formas de expresión debido a las fuerzas represivas que estaban operando en todos los niveles. Una vez en democracia, el lema preponderante fue "juicio y castigo a todos los culpables", buscando evitar que los represores salgan impunes, por ello, organizan actos, movilizaciones, multiplican su presencia en las calles, las estrategias políticas adoptadas por los distintos organismos de DDHH eran disidentes entre sí (unos aceptaron las reglas del juego político y otros cuestionaban al accionar del gobierno) pero al mismo tiempo se complementaban, pero la idea que todos compartían era obtener juicio y castigo, todos combinaban diferentes intervenciones públicas para demostrar la necesidad de castigar por los crímenes cometidos (condena moral y social pero también condena legal), en la lucha contra el olvido y por la recuperación de la memoria[7]elaborando documentos, archivos históricos, las madres continúan con sus rondas y marchas utilizando sus típicos pañuelos blancos, que representan los pañales de sus hijos desaparecidos, más tarde se comenzaron a realizar escraches a represores (alrededor del año 1997, comenzó esta novedosa de protesta no violenta, consistía en denunciar, poner en evidencia, romper con el anonimato, repudiar a personas que habían participado activamente en la represión, asistiendo a sus lugares de trabajo y exigiendo lo desvincularan, repartiendo volantes y haciendo pintadas con la cara de los torturadores, publicitando su fotografía, número de teléfono, practicas que hacia regularmente, también en su domicilio, con la idea de que los vecinos y la comunidad entera supieran sobre la responsabilidad de estos represores -muchos de ellos poco conocidos por la población en general- buscando su condena moral, como es el caso del ginecólogo Jorge Luis Magnacco y Jorge "el tigre" Acosta[8]

    Consigna Nro 3

    El paradigma de género gira en torno al androcentrismo y a la dominación masculina, bajo el cual las mujeres se encuentran ligadas al ámbito privado (doméstico) y el hombre, en contraposición, al ámbito público (productivo) de acuerdo a una "diferencia de orden natural", entre quienes tienen una función reproductiva y otra productiva dadas por sus diversas características fundamentalmente físicas. Este paradigma parte de esta idea, que se extiende y reproduce en todos las esferas de la vida, una de estas esferas es la familia, vemos los efectos del patriarcado y sus postulados: en el texto que tenemos para analizar, por ejemplo, se expresa que se le puede negar a una mujer el acceso a los anticonceptivos si no concurre con su marido, o que en Marruecos se obliga a una niña a casarse con su violador para "protegerlo" y preservar el "honor" de la familia. La mujer, en muchos lugares, aún no tiene el derecho a decidir sobre su propio cuerpo (en el texto lo vemos con las mujeres que deben viajar a Reino Unido a practicarse un aborto porque en Irlanda es ilegal) es más, la reproducción y la sexualidad siguen siendo consideradas en muchas sociedades una sola cosa, desde la visión impuesta, los hombres se consideran dueños de los cuerpos de las mujeres[9]

    El paradigma dominante de los derechos humanos se construye en base a una diferencia: los derechos civiles y políticos de los individuos se sitúan en la vida pública; quedan fuera las violaciones a estos derechos en la esfera privada de las relaciones familiares, y esto es especialmente importante para la ciudadanía de las mujeres[10]

    La violencia doméstica es un tabú, invisible y complejo. Oculta bajo el manto de la privacidad, las prácticas violentas dentro de la familia, cuyas víctimas son casi siempre mujeres, pero también niñas, niños y ancianos, surgen a la luz en la década de los años ochenta. En nuestra cultura es muy difícil reconocer y hablar de la violencia doméstica (inclusive la sexual). La complicidad de víctimas y victimarios es enorme. El abuso de las mujeres fue caracterizado muchas veces como expresión emocional de los hombres o como manifestación simbólica del poder que resulta de la necesidad de demostrar la masculinidad. Al coartar la libertad de las mujeres y al crear un clima de terror y de sometimiento que agudiza la desigualdad de género y la dependencia de las mujeres, el círculo de la violencia doméstica fortalece las barreras estructurales que limitan las opciones de las mujeres. Y es que a diferencia de las estructuras de dominación y de desigualdad política entre hombres, las formas de dominación de los hombres sobre las mujeres se efectivizan social y económicamente antes de la operatividad de la ley, sin actos estatales explícitos, en contextos íntimos definidos como vida cotidiana. La "privacidad" de la familia es utilizada como justificación para limitar la intervención del estado en esta esfera. En los hechos, la dicotomización de las esferas pública y privada lleva a mutilar la ciudadanía de las mujeres (Romany, 1994). Se manifiesta aquí una tensión irresoluble entre el respeta a la privacidad y la intimidad por un lado, y las responsabilidades públicas por el otro, que debiera llevar a una redefinición de la distinción entre lo público y lo privado e íntimo, distinción que lia funcionado en el plano simbólico y jurídico, pero no en la práctica, ya que el estado moderno siempre ha tenido un poder de policiamiento sobre la familia (Donzelot, 1979; Jelin, 1982).

    Uno de los grandes aportes del feminismo ha sido la profunda crítica y el desenmascaramiento de los supuestos del paradigma dominante, que toma a los hombres (occidentales) como punto de referencia universal y que transforma a las mujeres (y a otro/as) en diferentes o invisibles. La crítica feminista al "androcentrismo" de la visión dominante de la igualdad lla sido clara y explícita (Facio, 1991; Bunch, 1991), debido a que cuando se habla de igualdad de los sexos, generalmente se está pensando en "elevar" la condición de la mujeres para acercarla a la del hombre, paradigma de "lo humano"(Facio, 1991, p. 11). Al hacer esta crítica, el feminismo se ha movido en un espacio contradictorio: el reclamo de derechos iguales a los de los hombres y un tratamiento igualitario por un lado; el derecho a un tratamiento diferenciado y a la valorización de las especificidades de la mujer por el otro.

    El avance de las mujeres y el logro del objetivo de igualdad entre hombres y mujeres son temas de derechos humanos y condición para la justicia social y no deberían verse aisladamente como un tema de mujeres. Son la única vía para construir una sociedad desarrollada, justa y sostenible. El empoderamiento de las mujeres y la igualdad de género son pre-requisitos para lograr la seguridad política, económica, cultural y social de todos los pueblos.

    Consigna Nro 4

    2 paradigmas tienen que ver con el concepto social que consideran al niño: 1- La doctrina de Situación irregular y 2- La doctrina de Protección integral.

    La doctrina de Situación Irregular se estableció bajo la interpretación de la Ley Nacional N° 10.903 que consideraba al niño como un objeto. Su piso era la idea del niño en peligro material (pobreza, vivienda, alimento), el niño más vulnerado, que era separado de su familia, porque estaba en peligro de vida, y también se lo aislaba de la sociedad porque implicaría cierto peligro material y/o moral. El Juez actuaba por sobre padres y niños, sin consultarles. Víctima y victimario pasan por el mismo proceso judicial y el juez podía dictar sentencia por tiempo indeterminado.

    Hoy nos encontramos bajo la doctrina de la Protección Integral que retoma la Convención de los Derechos del Niño de 1989 (con vigencia desde 1990) establecida bajo la ley nacional 16.061 de Protección Integral de Derechos de los niños, niñas y adolescentes. Hoy el niño es considerado un sujeto de derechos donde el Estado es el promotor y garante de esos derechos. Existen jueces para tratar lo civil y otros para lo penal. Se considera a todos los niños, bajo el concepto de una sola infancia. El niño tiene derecho a ser escuchado.

    Los principios rectores de la Convención incluyen la no discriminación; la adhesión al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el derecho la participación. Estos principios son la base para que todos y cada uno de los derechos se conviertan en realidad[11]La no discriminación, significa que cada niña, sin distinción, posee todos los derechos enunciados en la Convención, siendo responsabilidad de cada Estado asegurar su aplicación, como así también la identificación de los casos de discriminación reales y potenciales. Para ello, los Estados deben introducir los cambios necesarios tanto administrativos, legislativos, económicos, educacionales y todas las medidas especiales para hacer que se modifiquen las actitudes discriminatorias[12]

    El interés superior del niño se refiere a las medidas que tomen las "instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos". El principio exige la adopción de medidas activas por el gobierno, el parlamento y la judicatura. Todos los órganos o instituciones legislativos-administrativos y judiciales han de aplicar el principio del interés superior del niña estudiando sistemáticamente cómo los derechos y los intereses del niña se ven afectados o se verán afectados por las decisiones y las medidas que adopten[13]

    Derechos a la supervivencia y el desarrollo Estos son derechos a los recursos, las aptitudes y las contribuciones necesarias para la supervivencia y el pleno desarrollo de la niña. Incluyen derechos a recibir una alimentación adecuada, vivienda, agua potable, educación oficial, atención primaria de la salud, tiempo libre y recreación, actividades culturales e información sobre los derechos. Estos derechos exigen no solamente que existan los medios para lograr que se cumplan, sino también acceso a ellos. El derecho intrínseco del niño a la vida y la obligación de los Estados Partes de garantizar la supervivencia y el desarrollo del niño. El Comité espera que los Estados interpreten el término "desarrollo" en su sentido más amplio, como concepto holístico que abarca el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social del niño. Las medidas de aplicación deben estar dirigidas a conseguir el desarrollo de todos las niñas[14]

    Derechos a la participación : Las niñas tienen derecho a la libertad de expresión y a expresar su opinión sobre cuestiones que afecten su vida social, económica, religiosa, cultural y política. Los derechos a la participación incluyen el derecho a emitir sus opiniones y a que se les escuche, el derecho a la información y el derecho a la libertad de asociación. El disfrute de estos derechos en su proceso de crecimiento ayuda a las niñas y niñas a promover la realización de todos sus derechos y les prepara para desempeñar una función activa en la sociedad.

    El escuchar a las niñas no debe considerarse como un fin en sí mismo, sino más bien como un medio de que los Estados hagan que sus interacciones con ellas y las medidas que adopten a su favor estén cada vez más orientadas a la puesta en práctica de sus derechos. La participación de las niñas no deben ser simbólicas, sino estar dirigidas a determinar opiniones que sean representativas. Conocer opiniones de determinados grupos de niños sobre cuestiones concretas, por ejemplo opinión de niñas adoptadas. Los gobiernos deben tener relación directa con las niñas[15]

     

     

    Autor:

    Salas, Adriana Soledad

    Canavés, Liliana

    SEGUNDO PARCIAL

    CARRERA: LIC. EN RELACIONES DEL TRABAJO

    CUATRIMESTRE Y AÑO: SEGUNDO CUATRIMESTE 2014

    PRACTICO: DE 15 A 17 – AULA 100

    [1] nexo Calloni, Estela. Los a?os del lobo. Operaci?n C?ndor, Cap. 1. Ediciones El Continente, Bs. As., 1999.

    [2] Funes, Patricia. Nunca m?s. Memorias de las dictaduras en Am?rica Latina. En Bruno Groppo y Patricia Flier (comps.): La imposibilidad del olvido. Recorridos de la memoria en Argentina, Chile y La Plata. Al Margen. 2001

    [3] Wikipedia.com

    [4] Fue gestada un par de a?os antes (1974) de nuestra dictadura militar, los dictadores de la regi?n (Pinochet en Chile y Stroessner en Paraguay) comenzaron a organizarse y realizar operaciones secretas de manera conjunta, formando parte tambi?n Brasil, Argentina, Bolivia y Uruguay (tambi?n Per?, Ecuador, Venezuela, Colombia) con la idea de tejer una red a nivel regional con el fin de exterminar a los exiliados de cada pa?s. El Coronel Robert Scherrer (FBI) que se encontraba en Argentina en el a?o 1976, inform? a sus superiores sobre lo que se denomin? Operaci?n C?ndor ?este es el nombre en c?digo para la recolecci?n, intercambio y almacenamiento de informaci?n de inteligencia sobre los llamados izquierdistas, comunistas o marxistas, que se estableci? hace poco entre los servicios de inteligencia de Am?rica del Sur que cooperan entre s? para eliminar de la zona las actividades terroristas-marxistas. Adem?s propicia operaciones conjuntas contra objetivos terroristas en los pa?ses miembros para llevar a cabo represalias que llegan al asesinato contra supuestos terroristas o sus apoyos o soportes, o a perseguirlos en las naciones miembros de la Operaci?n C?ndor. Calloni, Estela. Los a?os del lobo. Operaci?n C?ndor, Cap. 1. Ediciones El Continente, Bs. As., 1999

    [5] Juicios. Anexo Memoria 2010. El plano institucional, causa Automotores Orletti. Friele, Guillermo. Material de la C?tedra.

    [6] Elizabeth Jelin en su texto ?La pol?tica de la memoria: El movimiento de DDHH y la construcci?n democr?tica en la Argentina? establece dos tipos de organismos de DDHH: los no afectados (creados antes de 1976, con demandas en torno a la violencia pol?tica las primeras violaciones a los DDHH, por ejemplo, la APDH, SERPAJ) y los afectados (surgen luego de 1976, cuando la desaparici?n masiva de personas se transforma en la modalidad preponderante al inicio de la dictadura, son los afectados directamente por estas violaciones a los DDHH y sus familias, por ejemplo, las madres de Plaza de Mayo, Abuelas, los Familiares de Desaparecidos, ex detenidos desaparecidos). En s? mismo, el movimiento de DDHH es heterog?neo en su composici?n y en las estrategias y t?cticas adoptadas, esto tiene que ver tambi?n con la conformaci?n de su oponente, que se va modificando a medida que pasa el tiempo y seg?n las circunstancias.

    [7] Jelin, Elizabeth. La pol?tica de la memoria. El movimiento de DDHH y la construcci?n democr?tica en la Argentina, en AAVV, Juicios, Castigos y memorias. DDHH y justicia en la pol?tica argentina, Nueva Visi?n, Bs. As., 1995.

    [8] Bonaldi, Pablo. Hijos de desaparecidos. Entre la construcci?n de la pol?tica y la construcci?n de la memoria en Elizabeth Jelin, Diego Sempol (comps) El pasado y el futuro: los movimientos juveniles, Bs. As. Siglo XXI, 2006

    [9] Elizabeth Jelin, en su texto ?Ante, de en, y? Mujeres y derechos humanos? establece que ?la necesidad del control del cuerpo de la mujer proviene de la simultaneidad de la propiedad privada y la transmisi?n hereditaria de la propiedad?

    [10] LAS MUJERES Y LA CULTURA CIUDADANA EN AM?RICA LATINA de Elizabeth Jelin, UBA ? CONICET, Buenos Aires, Argentina, Marzo de 1996.

    [11] UNICEF – http://www.unicef.org/spanish/crc/index_30177.html

    [12] Cita indirecta ? ver autor del apunte.

    [13] Cita indirecta Convenci?n sobre los Derechos del Ni?o. CRC/OC/2003/S

    [14] Cita indirecta: Comit? de Derechos , Observaci?n general N? 18 (1989), HRI-GEN-1-Rev.6, p?gs. 168 y ss.

    [15] Cita indirecta del autor (ver)