El grado de libertad tiene que ver con el grado de poder y control institucional que posee el corrupto: dado el nivel de la corrupción y el tamaño de la institución, cuanto más poder y control acumule y posea, éste podrá tender a delinquir con relativa mayor facilidad obteniendo así mayores niveles de ingreso irregular. Este punto nos permite entender el porqué en los países e instituciones donde existe concentración de poder y un manejo vertical ("no democrático") del mismo, el corrupto tiende a no querer soltar el poder (no democratizar la gestión), ya que perderlo significa renunciar a la percepción de ingresos irregulares individualmente muy significativos.
El corrupto trata de generar para sí el mayor ingreso total posible con sus actividades delictivas, pero enfrenta a una serie de costos los mismos que tienen que ser confrontados con el ingreso. El costo total de cometer actos de corrupción es igual a la suma de costos de penalidad, los costos morales y los costos de ejecución de la actividad corruptiva. Los costos penales comprenden básicamente las sanciones formales (institucionales y judiciales) a que están sujetos los actos de corrupción. Dependiendo del tipo de régimen institucional existente, las sanciones formales pueden comprender acciones como: amonestación, pérdida de empleo, pagos monetarios, castigos físicos, pérdida de libertad, inclusive hasta la pena de muerte como es el caso de algunos países asiáticos. Cuanto más dura y efectiva sea la penalidad, mayor será el costo (riesgo) que enfrenta un individuo que comete actos de corrupción.
El costo de penalidad incluye implícitamente el costo de oportunidad del corrupto. En este caso, definimos el costo de oportunidad como el ingreso legal al que se arriesga a renunciar o dejaría de percibir el corrupto cuando sean detectadas sus actividades irregulares y sea sancionado por ello. Esto implica que las personas que perciben relativamente mayores remuneraciones formales y que se encuentran satisfechas en la institución que laboran, enfrentan un costo de oportunidad más elevado que aquellos que obtienen relativamente bajas remuneraciones y que no se encuentran del todo satisfechas. Entonces, el costo de penalidad será mayor (menor) para aquellos individuos que poseen un mayor (menor) costo de oportunidad. El costo moral está relacionado con el aspecto de la reputación del individuo en la sociedad en que vive, el mismo que a su vez tiene que ver con la escala de valores y la ética personal. Si bien los individuos generalmente tratan de minimizar la mala reputación ante la sociedad, sin embargo se tienen diferencias de grado o intensidad en el mismo. Existen individuos relativamente amantes y practicantes de la buena reputación y ética personal, pero también existen individuos a los que ésta les interesa en menor grado; para los primeros el costo moral de ser delatados como corrupto es mayor que para los segundos. En todo caso, cuanto mayor sea el castigo y la sanción moral que impregna la sociedad a los actos de corrupción y cuando así lo sientan los individuos, mayor será el costo moral de cometer las actividades de corrupción.
El costo de la ejecución comprende el costo de utilizar recursos humanos y materiales en el proceso de la corrupción; a su vez este costo guarda una relación en sentido directo con el grado de dificultad de ejecutar tal actividad irregular. El grado de dificultad está relacionado con la barrera tecnológica y de personas (instancias) que se tienen que superar para efectivizar la actividad corruptiva. La barrera tecnológica comprende el grado de conocimiento que tienen los corruptos acerca del sistema de funcionamiento de la institución en que están involucrados. La barrera de individuos tiene que ver con las personas o instancias que necesariamente tienen que ser involucrados en el acto delictivo.
El costo de ejecución será menor si el corrupto conoce muy bien el sistema de funcionamiento de la institución en que está involucrado y el contexto en que se desenvuelve y si necesita involucrar una menor cantidad de individuos para cometer sus actividades corruptivas. En otros términos, cuanto más se conozca sobre el teje y maneje" de la institución y cuanto menor sea la cantidad de individuos a quienes también se tiene que corromper o "sobornar", se incurrirá en menores costos de ejecución (costos de operación).
El corrupto logra maximizar el ingreso neto cuando el ingreso marginal es igual al costo marginal; en otros términos, el corrupto cometerá actos de corrupción hasta el punto en que el ingreso adicional que le genera el último acto corruptivo sea igual al costo adicional del mismo. En este punto, habrá un nivel de corrupción óptimo (para el corrupto) correspondiente al nivel máximo de ingreso neto que genera tal actividad irregular.
3.4 El Proceso de La Corrupción.
El modelo microeconómico formulado permite precisar porqué en algunos países e instituciones existen relativamente mayores niveles de corrupción que en otros. ""En principio, el nivel de corrupción será mayor en la medida en que el ingreso que generan las actividades corruptivas sea mayor y los costos en que se incurre sea menor; en términos marginales, si el ingreso marginal es mayor que el costo marginal, el nivel de corrupción tenderá a aumentar hasta el punto en que el costo marginal creciente sea igual al ingreso marginal generado por el último acto corruptivo""[19]
Para cada nivel de corrupción, el ingreso total será mayor en la medida en que aumenta el tamaño económico de la institución y el grado de libertad o poder del corrupto. Dado el aumento en el ingreso total para cada nivel de corrupción, el ingreso marginal también se incrementa. Para el nivel de corrupción inicial el aumento en el ingreso marginal inducirá al individuo a incrementar su nivel de corrupción, debido a que el ingreso marginal es mayor que el costo marginal. En la medida en que el corrupto va incrementando sus actividades delictivas, el costo marginal irá elevándose hasta que éste se iguale al ingreso marginal. Al final, el nivel de corrupción, es decir, el nivel de corrupción óptima para el corrupto, aumenta. El ingreso neto máximo generado por el mayor nivel de corrupción también aumenta.
El hecho de que un mayor ""tamaño económico de las instituciones coadyuve al incremento en el nivel de corrupción se explica, porque en estos casos los recursos o ingresos que se manejan o "mueven" son de una magnitud tal que los individuos, con cierta tendencia corruptiva no logran resistir la tentación de obtener ingresos irregulares de una manera relativamente fácil""y de montos muy significativos para ellos. En forma similar, si el corrupto goza de un mayor grado de libertad o poder, tenderá a incrementar el nivel de sus actividades irregulares, ya que tratará de sacar ventaja de su "situación privilegiada" o tratará de "aprovechar la oportunidad al máximo" para así lograr el incremento en sus niveles de ingreso o riqueza. De ello se desprende que en los países e instituciones donde exista concentración de poder, verticalidad y una débil fiscalización, se tiendan a presentar mayores niveles de corrupción.
3.5 Los costos involucrados con la Corrupción
Para cada nivel de corrupción los costos totales pueden ser menores cuando disminuyan los costos de penalidad, moral y de ejecución. Dado el nivel de corrupción inicial la disminución del costo marginal implica que el ingreso marginal sea mayor que el nuevo costo marginal, lo que inducirá al corrupto a incrementar sus actividades ilícitas hasta el punto en que el ingreso adicional que le genera el último acto de corrupción sea igual al costo adicional del mismo, es decir hasta que el nuevo costo marginal sea igual al ingreso marginal. Inicialmente, el costo marginal era igual al ingreso marginal, sin embargo con la caída del costo marginal, la igualdad se produce y por tanto lo que origina es un mayor nivel de corrupción. El corrupto, con el nuevo nivel de corrupción, obtiene un ingreso neto máximo que es mayor que el ingreso neto inicial.
Ahora bien, si la caída en los costos coadyuva a la corrupción, hay que especificar los componentes de tales costos para entender mucho mejor el porqué de la existencia de mayores niveles de corrupción. Detrás de los costos de penalidad están; como ya se especificó en el capítulo anterior, los costos de sanción institucional y judicial y también el costo de oportunidad. En el costo moral se tiene al factor de la reputación social de los individuos, ponderado por la escala de valores del mismo. En tanto que en el costo de ejecución está incluido el costo que implica el uso de recursos humanos y materiales necesarios para efectuar el acto delictivo, condicionado a su vez por el grado de dificultad del mismo.
Si las sanciones institucionales y judiciales son leves y tienden a no efectivizarse, entonces, el costo de penalidad será menor, lo que incentivará la práctica de mayores niveles de corrupción; ello implica que por ejemplo, en sociedades e instituciones donde el castigo a los actos de corrupción son laxas y el sistema judicial y de control interno son débiles, ineficientes y corruptos, se tenderá a observar mayores niveles de corrupción. También aquellas personas que poseen un menor costo de oportunidad tenderán a efectuar mayores niveles de corrupción debido a que el costo de penalidad ligada al costo de oportunidad es menor. En otros términos, en aquellos países e instituciones donde las remuneraciones son bajas o que existe mucha pobreza, tenderán a observarse relativamente mayores niveles de corrupción, ya que el corrupto tiene "poco que perder" si es detectado y sancionado por sus actos delictuosos. Por ello no debe sorprender el hecho de que exista una relación en sentido directo entre el nivel de pobreza y grado de corrupción de los países: en la medida en que los países son más pobres o "subdesarrollados" tienden a presentar mayores niveles de corrupción.
Según el modelo, relacionado al ""costo moral, el nivel de corrupción será mayor en la medida en que se tenga sociedades e instituciones integradas por individuos con una baja o deteriorada escala de valores, debido a que el costo moral es menor para los individuos que tienen poco pudor" para cometer actos irregulares"". Un menor costo de ejecución de la actividad de corrupción coadyuvará al incremento del nivel de corrupción. Este costo será menor en aquellas situaciones en que el corrupto conoce muy bien el funcionamiento de la institución con el que está relacionado y el contexto en que opera, además será menor en la medida en que las instituciones carezcan de mecanismos de controles eficientes y eficaces.
3.6 Enfoque Institucional – Económico
El enfoque institucional permite identificar aquellos factores que incentivan la aparición de actos corruptos en las organizaciones. Desde esta perspectiva, las instituciones determinan las reglas de juego de la interacción humana. El análisis institucional de la corrupción revela que si no existen mecanismos que generen los incentivos adecuados, será más difícil evitar la corrupción. Una de las restricciones más importantes que confrontan los agentes es el conjunto de reglas que regulan su comportamiento. Las decisiones de los agentes también se ven afectadas por la información, sus capacidades y los recursos de los que disponen. Esta situación puede ser analizada en el marco de llamado problema del "principal- agente".
Cuando el diseño institucional no genera un conjunto de reglas o incentivos que alineen los intereses del principal con los del agente, estos últimos (los servidores públicos), actuando racionalmente en su propio beneficio no necesariamente realizarán el nivel de esfuerzo comprometido con el principal, no actuando en maximizar el beneficio de los ciudadanos sino el suyo propio.
El enfoque institucional resulta muy claro. Aquella corrupción que socava las reglas de juego, el marco institucional, termina por devastar el desarrollo político y económico. Es la que se denomina corrupción sistémica. Existe una distinción entre la corrupción sistémica y la corrupción conductual. La primera, la sistémica, se refiere a fallas del sistema que predisponen a la corrupción y la segunda a la conducta oportunista de individuos aislados. Si el problema de la corrupción que enfrenta una sociedad es el de casos aislados, una estrategia punitiva desde la vía judicial tiene viabilidad. Pero si la corrupción es sistémica, porque las reglas de juego económicas y políticas facilitan el desarrollo de la corrupción, la vía judicial es inefectiva, pues aún cuando se procese y condene al corrupto, el sistema hará que se reproduzca el problema. En este sentido, la corrupción es igual a monopolio más la discrecionalidad menos rendición de cuentas o transparencia.
Esta relación señala que habrá mayor probabilidad de que se generen problemas de corrupción, si la actividad en cuestión tiene carácter de monopolio, si el funcionario tiene mayor discrecionalidad y si su función se ejerce con poca transparencia. Las implicancias del análisis son claras: intentar reducir las situaciones de monopolio, ajustar la discrecionalidad del funcionario a lo que sea realmente necesario y aumentar la transparencia.
"Existen otros factores que son también importantes para explicar la corrupción sistémica: la impunidad (la no sanción) y los bajos sueldos de los servidores públicos"[20]. La persistencia de ellos genera una base propicia para la corrupción"". Mientras el riesgo de ser procesado y sentenciado por corrupción sea bajo y el posible beneficio a obtener sea alto, la tentación de corromperse estará siempre presente.
Para disminuir la corrupción, buscando la convergencia de objetivos entre el principal (los ciudadanos) y el agente (el servidor público) el modelo en cuestión sugiere las siguientes respuestas (incentivos y sanciones): salarios por encima de su costo de oportunidad (salarios de eficiencia), alta probabilidad de ser detectado el acto de corrupción y sanciones drásticas para el corrupto.
3.7 Efectos de las sanciones en el comportamiento de los individuos
Desde un punto de vista del análisis económico, es importante los dos criterios que toman en cuenta los individuos y e este caso, los agentes corrutos para tener tan comportamiento ante una determinada sanción impuesta por el ordenamientos jurídico. En este caso estamos hablando de los dos costos que suponen una conducta corrupta 1) Costo real de un acto de corrupción típico 2) Precio implícito/ valor asumido por el perjuicio causado. De este modo el agente corrupto hace una comparación entre el costo real y el precio implícito y para maximisitas sus beneficios el corrupto ajunta su conducta hasta que el costo de tal manera que el costo real de dicha conducta sea igual al precio implícito que en este caso esta constituido por el conjunto de sanciones que el agente recibiría si se descubre tal acto de corrupción.
Costo real de la seguridad (Ganancia esperada)
Comparación: entre el costo de la seguridad con el precio implícito de los accidentes, para maximizar los beneficios el productor ajustara su conducta hasta que el costo real de seguridad adicional se iguale al precio implícito.
Fabricante
Precio implícito/ valor asumido por el perjuicio causado (Costo esperado)
3.8 Efectos de la variación de una norma en la conducta de los individuos
¿En qué medida mejorara la conducta de los corruptos, si se sabe que el Estado promueve una reforma estatal que incluye innumerables políticas y proyectos anticorrupción?
Para responde tal pregunta es preciso tener en cuenta que el agente, para identifica el precio implícito debe verificar primero el producto que surge entre la probabilidad de ser descubierto y recibir pena con la magnitud de esta pena. Esto es importante ya que si un sistema estatal posee idóneas mecánicas para lograr descubrir los actos de corrupción que se suscitan, o ejecuta buenas políticas anti corrupción, la probabilidad de que el corrupto sea descubierto aumentaran; sin embargo puede existir circunstancias en las cuales un gobierno sea eficaz en descubrir los actos de corrupción, pero la dimensión o magnitud de las sanciones que impone son mínimas.
Véase que si la probabilidad de que los corruptos sean descubiertos y que a la vez reciban una sanción, aumenta un 5%; y la magnitud de las sanciones disminuye en un 5%; no variara la renta (el producto seguirá siendo el mismo) y por tanto el delincuente tampoco variara su conducta. Sin embargo si estos datos son manejados de modo distinto nos permite llegar a una situación óptima. Esto ocurriría si el Estado disminuye los recursos más costosos: Probabilidad (aprensión y procesamiento que involucra auditores, policías, fiscales, etc.), y a su vez aumenta los recursos menos costosos: Magnitud de la multa o pena hasta el máximo que pueda imponerse. En consecuencia se disminuye los costos que el estado despliega en su lucha contra la corrupción y los agentes corruptos pueden variar su conducta.
CAPÍTULO IV
Consecuencias económicas de la corrupción
Impacto Socioeconómico de la Corrupción
En relación con las secuelas económicas de la corrupción hay diversidad de énfasis. Hay algunos que se concentran en los impactos macro económicos de dicha actividad ilícita, distinguiéndose quienes encuentran efectos adversos como, también, quienes argumentan que puede tener efectos positivos sobre el funcionamiento de la economía.
Impacto sobre la eficiencia económica
El soborno aumenta los costos de transacción y la incertidumbre en una economía (Soto, 2000)[21]. Desvía el talento hacia actividades de captación de rentas y distorsiona las prioridades sectoriales y las elecciones tecnológicas. Los datos disponibles refutan el argumento del soborno como acelerador al demostrar una relación positiva entre el alcance del soborno y el tiempo que pasan los directivos de empresas negociando con los funcionarios públicos involucrados.
La ""corrupción distorsiona los incentivos en los cuales opera la empresa privada reduciendo la eficiencia económica. Cuando se percibe la posibilidad de corromper a un funcionario público""[22]hay un desvío de recursos desde actividades netamente productivas hacia aquellas denominadas de búsqueda de renta, que no aumentan el bienestar de la sociedad. Los negocios más productivos no dependerían de la competitividad de las empresas sino de su capacidad de influir en los responsables de tomar las decisiones sobre la regulación o el destino de los fondos públicos.
Impacto en el nivel de actividad
El supuesto de partida es que el uso alternativo de los recursos desviados hacia la corrupción es un uso productivo: el de la inversión bruta interna pública o privada. Siendo esto así, se busca determinar la sensibilidad del PBI a cambios en la tasa de inversión cuantificando el impacto productivo de ese uso alternativo. Esta sensibilidad del PBI a cambios en la inversión se obtiene determinando el coeficiente de elasticidad producto – inversión.
Una vez medido el impacto de la inversión sobre el producto bruto se puede determinar el impacto de este último sobre el nivel de empleo a través de obtener la elasticidad producto – empleo. Para nuestro caso, dados los cambios acontecidos en la estructura económica durante la última década, se ha trabajado con la información disponible de la PEA ocupada y el producto. De este se ha obtenido que exista sensibilidad del empleo a cambios en el producto. Esto quiere decir que si el PBI crece, el empleo también crecerá.
Impacto en la asignación del gasto público
De otro lado se ha apreciado que genera una distorsión del gasto público. Los gobiernos corruptos gastan menos en educación y quizás en salud, y tal vez más en obras de infraestructura. Por regla general si un país mejora su posición de 6 a 8 en el índice de corrupción, aumentará sus gastos en educación de 0,5 % del PIB, lo que constituye un efecto considerable, sobre todo por el impacto que tiene en la formación del capital humano y los efectos de esa mayor inversión sobre la productividad y competitividad de la economía en su conjunto.
La corrupción suele llevar a distorsiones en la asignación del gasto público por varias vías. Una de ellas debido a la aprobación de proyectos públicos basados en la capacidad que tiene el funcionario corrupto de extraer beneficios del mismo y no a su necesidad social.
Mientras mayor sea la probabilidad de recibir sobornos es posible que se realice un mayor número de proyectos de inversión pública que lo razonable, que éstos sean más grandes que el óptimo -pues ello maximiza la probabilidad de obtener pagos ilegales en la forma de incentivos, sobrefacturación, uso de materiales de mala calidad, etc.- y que los proyectos se retrasen como resultado de funcionarios públicos que aumentan la tramitación de los mismos para incentivar dichos pagos. Adicionalmente, los gobiernos deben gastar mayores sumas para detectar e inhibir la corrupción.
En general, se pueden resumir las siguientes consecuencias de la corrupción, en tanto impactos económicos adversos:
A) Reducción de los incentivos a invertir ya que el grado de corrupción actúa como un impuesto oculto. Por esta vía habría un menor crecimiento económico, produce un desvío de recursos humanos altamente calificados hacia actividades buscadoras de rentas en vez de actividades definidamente productivas. El costo de oportunidad de las actividades corrompibles se muestra más alto que las productivas, podría reducir la efectividad de las flujos de ayuda por el desvío de recursos de su asignación inicial puede afectar la recaudación fiscal cuando toma la forma de evasión fiscal o cuando hay un uso inapropiado de la discrecionalidad en el otorgamiento de exoneraciones tributarias la existencia de corrupción en las licitaciones públicas puede sesgar la aprobación de ellas hacia obras de menor calidad con la secuela de dicha decisión: accidentes, desastres, mayor necesidad de mantenimiento, etc.
B) La corrupción puede alterar la composición del gasto público, orientándolo hacia aquellas actividades generadoras de sobornos. En el caso de los hospitales, por ejemplo, se privilegiaría la construcción y aprovisionamiento de insumos y equipamiento antes que producir mejoras en las remuneraciones del personal de salud.
4.5 Impacto en la distribución del ingreso y pobreza extrema
Los recursos desviados hacia la corrupción pueden considerarse como una transferencia pública. En este caso los recursos se concentrarían en el sector de mayores ingresos, teniendo un comportamiento claramente regresivo sobre la distribución del ingreso. Sin embargo, estos recursos desviados hacia la corrupción tienen un uso alternativo, esto es su aplicación en los sectores de pobreza extrema. En este sentido son una transferencia hacia los más pobres y tienen un impacto claramente progresivo.
En el caso que estos recursos se hubieran canalizado hacia el 20% más pobre de la población del país, su impacto sería muy importante en el mejoramiento de la desigualdad, que se expresa en una disminución del coeficiente Gini. Si los recursos corresponden a la corrupción de nivel 1 (US$ 572 millones) dicho coeficiente que está en 0.49 bajará a 0.46. Si estamos en una corrupción de nivel 2 (US$ 872 millones), la mejora en el Gini se expresará en un descenso de dicho indicador hasta 0.453.
Impacto como impuesto oculto
Resulta usual encontrar análisis económicos que igualan la corrupción a un impuesto (Soto, 2000)[23]:
Si bien tanto los impuestos como la corrupción imponen mayores costos al productor, la recaudación de esta última es "privada" y, por lo tanto, se pierde el potencial uso de dichos recursos en fines socialmente más productivos.
La corrupción es costosa para la sociedad por el hecho mismo de ser ilegítima. Por un lado hay recursos destinados a evitar la corrupción y a sancionarla, y por otro lado, quienes participan en actos corruptos deben destinar recursos a evitar ser descubiertos.
La medición y noción de impuesto oculto -como impuesto marginal a las ganancias corporativas- presente en la presentación del Índice de Opacidad (Price WaterhouseCoopers, 2001)[24] se encuentra en esta línea de pensamiento.
Conclusiones
1. La racionalidad y el egoísmo del individuo conducen a un resultado no satisfactorio y optimo para el mercado. De aquí se infiere erróneamente que el modelo de la economía y mercado ideal es aquel donde los individuos deciden en un mercado competitivo, ya que supuestamente conocen cuáles son sus intereses y preferencias. En este sentido, si el individuo se equivoca, no es racional y por tanto sufrirá las consecuencias de su irracionabilidad, si se instaura un sistema suficientemente seguro, que además cree desincentivos ara la comisión de tales actos delictivos, de mismo modo que crear incentivos para que el hombre actúe no solo racionalmente y no además éticamente.
2. Del análisis formulado se concluye que la corrupción es el reflejo de conductas económicas de individuos que buscan maximizar su nivel de utilidad o bienestar. Para alcanzar mayores niveles de utilidad, éstos tratan de incrementar sus niveles de ingreso mediante el proceso de maximización del ingreso neto generado por las actividades irregulares. El ingreso neto, que se define como la diferencia entre el ingreso total y costo total, se logra maximizar en el punto en que el ingreso marginal de la última actividad de corrupción es igual al costo marginal del mismo. Si el ingreso marginal es mayor que el costo marginal, entonces el individuo incrementará su nivel de corrupción hasta el punto en sean iguales los mismos; en ese punto el corrupto determina su nivel óptimo de corrupción.
3. Dado este proceso de maximización de ingreso neto por parte de los individuos, la corrupción en las sociedades e instituciones será mayor en la medida en que sean mayores los ingresos y menores los costos de la corrupción, en otros términos, cuanto mayor sea el tamaño económico de las instituciones y el grado de libertad o poder de los corruptos y menores sean los costos de penalidad, moral y el costo de ejecución.
4. Para que los países e instituciones tiendan a reducir los niveles de corrupción y así tratar de asignar eficientemente los recursos en aras del crecimiento económico, deben propugnar a reducir los incentivos (ingresos) e incrementar los costos que generan las actividades de la corrupción; en ese contexto, la corrupción tenderá a ser menor, entre otros, cuando: a) se reduzca el grado de libertad en el manejo de los recursos mediante medidas y políticas de mayor y efectiva fiscalización, b) exista administraciones democráticas y horizontales, c) se incremente el grado y efectividad de las sanciones, d) sea mayor el costo de oportunidad de cometer actos de corrupción en el marco de una sociedad donde la pobreza sea mínima y los ingresos personales bastante satisfactorios, e) exista una escala de valores que muestre una alta aversión a la corrupción.
Recomendaciones
Recomendaciones para la Reforma del Sistema Político, Burocrático, Control Social
Como medidas generales se puede adoptar las siguientes:
1. Establecimiento de regulaciones claras, coherentes. duraderas. realistas y precisas.
2. Aumento de sanciones efectivas por corrupción (para aumentar la sanción esperada del corrupto).
3. Aumento de la competencia en el sector público, competencia entre diferentes agencias en la provisión de los mismos servicios, descentralización del poder del ejecutivo y también en el sector privado.
4. Aumento de la responsabilidad y transparencia de la vida política y económica: reglas del juego claras y controles internos.
5. Instauración de mejores sistemas de detección para lo cual es imprescindible la independencia del poder judicial.
6. Obligación de funcionarios y políticos de presentar a un organismo de control cuenta y razón de sus haberes.
7. Leyes que tipifiquen como delito el blanqueo de capitales derivados de actividades delictivas y que prevean actuaciones tanto para su prevención -sistema preventivo que ha de ser sencillo, flexible y ágil- como para su represión. incluyendo el decomiso de los bienes blanqueados y la cooperación internacional.
8. Regulación (referente al sistema financiero) que permita detectar flujos financieros procedentes de operaciones ilícitas mediante controles primarios (rechazo y comunicación de operaciones sospechosas) y secundarios (auditoria interna), así como controles sobre la actuación del personal.
9. Leyes que persigan los sobornos trasnacionales como el aumento de los costes, riesgos y penas sobre los que cometen los actos ilícitos; leyes que incorporen el principio de extraterritorialidad (sanciones y pagos ilícitos a funcionarios públicos fuera de las fronteras nacionales.
Respecto a las reformas del sistema político pueden aplicarse las siguientes:
1. Imponer limites a la función de los partidos políticos
2. Castigar con mayor severidad a los funcionarios corruptos más importantes, procurando un efecto demostrativo en la sociedad.
3. Creación de una mayor seguridad institucional mediante la limitación del poder discrecional del ejecutivo, a través de: la ampliación del ámbito de los derechos individuales, introducción de competencia dentro del Estado mediante principios de democracia directa, descentralización competitiva y equilibrios y controles al ejecutivo.
4. División del poder en los niveles supranacionales.
5. Respecto a la reforma del sistema burocrático las posibles soluciones pueden ser:
6. Establecer normas que sancionan el enriquecimiento ilícito de los funcionarios.
7. Revisión de los procedimientos de auditoria y códigos de ética de los auditores.
8. Mejora de los incentivos de los funcionarios basando su remuneración en el rendimiento.
9. Logro de una mejor discrecionalidad de los funcionarios.
10. Fijación del precio del mercado para la venta de bienes y servicio por el sector publicó, ya que la fijación por encima de esto, es, para estos autores, el origen de la corrupción.
11. Promoción de un papel activo del sector privado.
12. Movilidad de los empleados públicos, con el objeto de evitar lazos sociales o familiares que predispongan a los factores.
Cabe mencionar que ninguna medida será realmente efectiva si no se crea conciencia nacional de aquel sistema de valores que se ha ido perdiendo, en tal tarea debe trabajar el estado junto con el sector privado (que involucra a los medios de comunicación, quienes además deben descubrir y denunciar los escándalos); dentro de las políticas debe existir un plan de educación y promoción de la ética y moral primero en el seno familiar, que produzca un rechazo sicológico de la corrupción y que predisponga a la honradez, así como educación en los colegios e incluso a los funcionarios públicos.
Anexo
ANEXO 1
Normativa Anticorrupción
Preventiva
Ley que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en caso de parentesco.Ley N° 26771, publicada el 15 de abril de 1997.
Reglamento de la Ley N° 26771D.S. N° 021-2000-PCM, publicado el 27 de julio de 2000.
Ley que regula la publicación de declaraciones de ingresos y de bienes y rentas de los Funcionarios y servidores del Estado.Ley N° 27482, publicada el 15 de junio de 2001.
Reglamento de la Ley N° 27482D.S. N° 080-2001-PCM, D.S. N° 003-2002-PCM, publicado el 18 de enero de 2002.
Ley del Código de Ética de la Función PúblicaLey 27815, publicada el 13 de agosto de 2002. Modificada por Ley N° 28496, publicada el 16 de abril de 2005.
Reglamento de la Ley N° 27815D.S. N° 033-2005-PCM, publicado el 18 de abril de 2005.
Ley de trasparencia y acceso a la información públicaLey N° 27806, publicada el 02 de agosto de 2002.
Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la información públicaD.S. N° 043-2003-PCM, publicado el 22 de abril de 2003.
Reglamento de la Ley N° 27806D.S. N° 072-2003-PCM, publicado el 06 de agosto de 2003.
Ley que regula la gestión de intereses en la Administración PúblicaLey N° 28024, publicada el 12 de julio de 2003.
Reglamento de la Ley N° 28024D.S. N° 099-2003-PCM, publicado el 20 de diciembre de 2003.
Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual. Ley N° 27588.
Ley Marco del empleo públicoLey N° 28175.
Código de ética parlamentariaResolución Legislativa del Congreso N° 016-2003-CR.
Código de ética del auditor gubernamentalResolución de Contraloría N° 077-99-CJ.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de ControlLey N° 27785.
Plan regional anticorrupción de la gestión en el sector salud del Gobierno Regional de La Libertad.Ordenanza Regional N° 031-2008-GR-LL/CR de 31 de diciembre de 2008.
Plan regional anticorrupción en salud del Gobierno Regional de Lambayeque.
Plan regional anticorrupción de salud del Gobierno Regional de Ucayali.Ordenanza Regional N° 003-2009-GRU-CR de fecha 10 de febrero de 2009.
Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el combate contra la corrupción y el crimen organizadoDecreto Supremo 10-2012-PCM de fecha 9 de febrero de 2012.
Plan de Acción del Gobierno del Perú para la Alianza para un Gobierno AbiertoFecha de aprobación: 22 de febrero de 2012.
Acuerdo del Consejo Regional de Moquegua que declara la necesidad de creación de fiscalías y juzgados especializados en delitos de corrupciónAcuerdo del Consejo Regional de Moquegua 20-20120-CR/GRM de fecha 1 de marzo de 2012.
Punitiva y procesal
Código Penal PeruanoTítulo XVIII: Delitos contra la Administración Pública, Capítulo II: delitos cometidos por funcionarios públicos. Modificación: Ley N° 29703, publicada el 10 de junio de 2011. Modificación: Ley N° 29758, publicada el 21de julio de 2011.
Ley que establece beneficios por colaboración eficaz en el ámbito de la criminalidad organizadaLey N° 27378, publicada el 21 de diciembre de 2000.
Reglamento de la Ley N° 27378D.S. N° 020-2001-JUS, publicado el 06 de julio de 2001.
Ley de procedimientos para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminaresLey N° 27379, publicada el 21 de diciembre de 2000.
Ley que regula las investigaciones preliminares previstas en la ley 27379 tratándose de los funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la ConstituciónLey N° 27399, publicada el 13 de enero de 2001.
Ley que regula el otorgamiento de beneficios penales y penitenciarios a aquellos que cometen delitos graves contra la administración pública.Ley N° 27770, publicada el 28 de junio de 2002.
Ley que incrementa las penas en los delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo, cohecho propio, cohecho impropio, cohecho específico, corrupción pasiva de auxiliares jurisdiccionales y enriquecimiento ilícito.Ley N° 28355, publicada el 04 de octubre de 2004.
Ley que otorga facultad al fiscal para la intervención y control de comunicaciones y documentos privados en caso excepcional.Ley N° 27697, publicada el 12 de abril de 2002.
Ley que simplifica y hace más expeditivo el informe final del juez instructor.Ley N° 27994, publicada el 04 de junio de 2003.
Ley que trata sobre la celeridad y la eficacia procesal.Ley N° 28117, publicada el 09 de diciembre de 2003.
Institucionales
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgànica de la Superintendencia de Banca y Seguros.Ley N° 26702, publicada el 09 de diciembre de 1996. Última modificatoria: Ley N° 29489, publicada el 23 de diciembre de 2009.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.Ley N° 27785, publicada el 23 de julio de 2002. Modificada por Ley N° 29622 que amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional, publicada el 07 de diciembre de 2010.III.
Reglamento de la Ley N° 29622 que amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional. Decreto Supremo N° 023-2011-PCM, publicado el 18 de marzo de 2011.
ANEXOS 2
FUENTE: http://www.slideshare.net/ESTADISTICAPLICACIONES/estadstica-y-corrupcin. 30/05/2012
ANEXO 3
FUENTE: http://www.slideshare.net/ESTADISTICAPLICACIONES/estadstica-y-corrupcin. 30/05/2012
ANEXO 4
FUENTE: http://www.slideshare.net/ESTADISTICAPLICACIONES/estadstica-y-corrupcin. 30/05/2012
ANEXO 5
FUENTE: http://www.slideshare.net/ESTADISTICAPLICACIONES/estadstica-y-corrupcin. 30/05/2012
ANEXO 6
FUENTE: http://www.slideshare.net/ESTADISTICAPLICACIONES/estadstica-y-corrupcin. 30/05/2012
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