La reelección presidencial inmediata. Reforma o sustitución de la Constitución de 1991
Enviado por EDGARDO DE LA OSSA MONTERROSA
COLOMBIA
- El problema a investigar
- Delimitación del tema
- Objetivos
- Justificación
- Diseño metodológico
- Cronograma de actividades
- Presupuesto
- Bibliografía
La Reelección Presidencial Inmediata. Reforma o Sustitución de la Constitución Política de 1991.
- TEMA DE INVESTIGACIÓN.
Derecho Constitucional.
- ÁREA DEL DERECHO A QUE SE REFIERE EL TEMA.
- AREA DE CONOCIMIENTO:
Derecho Público y Teoría General del Derecho.
- INTRODUCCION
Después de casi dos años de tensión e incertidumbre, la aprobación, por parte del Congreso de la Republica, del Acto Legislativo 02 de 2004, que permite la reelección inmediata del actual presidente en las próximas elecciones del 2006, y la posterior decisión de la Corte Constitucional, consistente en declarar ajustado a la Carta Política el mencionado Acto Legislativo, le da un giro radical a la política colombiana, por cuanto introdujo nuevos elementos a la coyuntura política actual y al orden constitucional colombiano vigente.
Aunque aun no han desaparecido del debate político, los argumentos a favor y en contra de esta reforma institucional se han movido a un segundo plano y han dado paso a un nuevo escenario, caracterizado por el análisis jurídico y académico de la reforma.
Empero, al tratarse de un tema político de innegables implicaciones hacia el futuro, es inevitable que dicho debate jurídico se desarrolle en un contexto donde se expresan diversas posiciones, algunas de ellas antagónicas sobre los efectos que la decisión de la Corte tendrá en la vida del país, pues sería la primera vez en casi 100 años que un presidente sería reelegido para el período inmediatamente siguiente, por lo que, precisamente por no haber antecedentes próximos, es difícil prever que pasara.
Ahora bien, la decisión de la Corte Constitucional no solo deja las puertas abiertas para que los mandatarios que vengan puedan seguir sentados en el solio de Bolívar por más de un periodo, sino que, además de suponer una ardua tarea de reingeniería constitucional, trae aparejado cambios insospechados en el manejo de poder.
De esta forma, la inquietud que aquí apenas "insinuamos" , o lo que es lo mismo, el asunto que nos ocupa es determinar si, asumiendo que una de las finalidades de la Constitución de 1991 fue morigerar el poder presidencial, la consagración en Colombia de la reelección presidencial inmediata altera tanto la relación de poderes que equivale a una nueva constitución.
- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
- FORMULACION DEL PROBLEMA
Teniendo en cuenta lo anteriormente planteado, el problema de investigación lo formulamos de la siguiente manera: ¿Es la reelección presidencial inmediata solo una reforma de la Constitución de 1991 o se constituye en una verdadera sustitución (cambio estructural) de la misma?.
- EL PROBLEMA A INVESTIGAR
Es el territorio de Colombia, ámbito de aplicación de la Constitución de 1991, del Acto Legislativo 02 del 2004 y de la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
- ESPACIAL.
Esta investigación está comprendida a partir de 2005, año en que entró en vigencia el Acto Legislativo 02 del 2004.
- TEMPORAL
- CONCEPTUAL
CONSTITUCIÓN
Se denomina Constitución a la norma fundamental de un Estado, escrita o no, que regula el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política. Normalmente, es aplicada por una Corte Suprema o Tribunal Constitucional que es el encargado de resolver los litigios o recursos de inconstitucionalidad entre los ciudadanos y el poder legislativo.
PODER CONSTITUYENTE.
El Poder Constituyente es aquel que tiene la facultad para establecer la Constitución Política del Estado y se encuentra radicado en el pueblo o Nación.
Este poder se pone en acción cuando nace un nuevo Estado y cuando cae un régimen político como consecuencia de un quiebre institucional.
Los procedimientos que originan las Constituciones se clasifican tradicionalmente en procedimientos monárquicos, autocráticos y democráticos.
a) Los procedimientos monárquicos dan origen a Constituciones Otorgadas, donde el poder constituyente lo conforma únicamente el monarca, y las Pactadas, donde negocian la Carta Fundamental el monarca con el pueblo.
b) Entre los procedimientos autocráticos contemporáneos para la formación de la Constitución están: para los estados autoritarios, la adopción en forma unilateral por el detentor del poder de la Constitución; para los estados socialistas, la adopción de la decisión constituyente por un órgano del partido único y otro sistema donde la aprobación de la Constitución está dada por un órgano determinado del partido y luego es sometido a la ratificación de la asamblea parlamentaria.
c) Los procedimientos democráticos para establecer una Constitución parten del principio de que el poder constituyente se encuentra radicado en el pueblo, siendo éste el único que legítimamente puede darse una Carta Fundamental. Los procedimientos más utilizados son :
– Asamblea Constituyente
Los ciudadanos en elecciones libres, competitivas y limpias eligen a los miembros que conforman la Asamblea, la cual elaborará la nueva Constitución Política del Estado. Este procedimiento fue utilizado para la Constitución de Estados Unidos de Norteamérica, las constituciones francesas de 1791, 1848 y 1875, la Constitución peruana de 1979, la de Brasil en 1988, entre otras.
– Referendo o Plebiscito
El pueblo se pronuncia entre distintas alternativas, que surgen del seno de una comisión representativa de los distintos sectores del país. Este procedimiento fue utilizado para la Constitución chilena de 1925, la Constitución francesa de 1946, la española de 1978 y la reforma constitucional chilena de 1989, entre otras.
ESTADO SOCIAL DE DERECHO
"El Estado de Bienestar es un sistema basado en un contrato social escrito y tácito que garantiza la seguridad social, individual y colectiva, que promueve la justicia social y que propone fórmulas eficaces de solidaridad entre los hombres y las generaciones."
El Estado Social de Derecho es el Estado que procura satisfacer, por intermedio de su brazo administrativo, las necesidades vitales básicas de los individuos, sobre todos de los más débiles. Distribuye bienes y servicios que permiten el logro de un estándar de vida más elevado, convirtiendo a los derechos económicos y sociales en conquistas en permanente realización y perfeccionamiento. Además, es el Estado de la integración social en la medida en que pretende conciliar los intereses de la sociedad
La concepción clásica del Estado Social de Derecho no desaparece sino que viene a armonizarse con la condición social del mismo, al encontrar la dignidad de la persona el punto de fusión. Así, a la seguridad jurídica que proporciona la legalidad, se le aúna la efectividad de los derechos humanos que se desprende del concepto de lo social.
El respeto de los derechos humanos de un lado, y el acatamiento de los principios rectores de la actuación estatal, por otro lado, constituyen las consecuencias prácticas, de la filosofía del Estado Social de Derecho. En este sentido el concepto de Estado Social de Derecho se desarrolla en tres principios orgánicos: legalidad, independencia, y colaboración de las ramas del poder público, para el cumplimiento de los fines sociales del estado; y, criterios de excelencia.
- DELIMITACION DEL TEMA
Determinar si el Acto Legislativo 02 del 2004 es solo una reforma de Constitución de 1991, o, por el contrario, implica una sustitución o cambio de la misma.
- GENERAL
- ESPECÍFICOS
- OBJETIVOS
- Determinar los antecedentes de la figura de la reelección presidencial en Colombia.
- Definir los contenidos y alcances que la jurisprudencia de la Corte Constitucional le ha dado al tópico de "la reforma de la Constitución".
- Establecer si con la expedición del Acto Legislativo 02 del 2004, por medio del cual se levanta la prohibición constitucional de reelegir presidentes se altera de manera sustancial la esencia del régimen político colombiano.
- Analizar, si a las luces de las nuevas teorías sobre la democracia (neocontractualismo), la figura de la reelección presidencial inmediata tiene o no sentido en nuestro orden constitucional.
El acontecimiento político, jurídico y académico más importante de los últimos dos semestres ha sido, sin lugar ha dudas, el ocasionado por el Acto Legislativo 02 del 2004, por medio del cual el Congreso reformó la Constitución para permitir la reelección inmediata del Presidente de la Republica.
El debate jurídico, en principio, se reflejó en las innumerables demandas presentadas ante la Corte Constitucional. Posteriormente, el Dr. Edgardo Maya Villazón, Procurador General de la Nación, rindió su concepto sobre 16 de las 27 demandas.
De la misma forma, el Ministerio del Interior y Justicia, se pronunció en contra de los diferentes cargos establecidos en las demandas y avaladas por el Procurador. Quedando zanjada y finalizada, esta controversia, por la sentencia del 19 de octubre del 2005, proferida por la Corte Constitucional, donde declaró ajustado a la Constitución el acto Legislativo 02 de 2004.
Lo anterior no significa que el debate académico quede cerrado, pues además de que está en juego la legitimidad del sistema y del modelo político, una de las responsabilidades de la academia es procurar por el fortalecimiento de dialéctica como condición necesaria para la cimentación de una cultura jurídica, máxime cuando la ausencia de debate se traduce en actitudes pasivas frente a las infracciones a la filosofía del Estado social de derecho.
Ahora bien, si recurrimos a las páginas de la historia, ésta nos dirá que al menos 11 de las reformas constitucionales en los países latinoamericanos que actualmente consagran en sus ordenamientos constitucionales la reelección, se produjeron en los últimos 25 años y en seis de los casos, fueron
impulsadas por el gobernante de turno, casi siempre con resultados desastrosos; procesos históricos estos que, si no queremos estar condenados a repetir, debemos por lo menos considerar.
Por otro lado, no podemos perder de vista que toda la controversia suscitada en torno al tema de figura de la reelección presidencial, se encuentra atravesada de principio a fin por las más diversas posturas iusfilosóficas concernientes a las diferentes concepciones del derecho y del mundo; es así como, para algunos, la cuestión no es de simple legalidad sino que transita a los linderos de la legitimidad, mientras que para otros, esta reforma le da tales ventajas al candidato presidente, que viola el más sagrado principio de la Carta Política: la igualdad. Confundiéndose, en esta maraña de argumentos, unos con otros.
Así pues, este trabajo de investigación es de la mayor conveniencia, pues mediante el y teniendo como base el análisis de las diferentes posiciones tanto políticas, jurisprudenciales y iusfilosóficas, se pretende elaborar un análisis de la pertinencia y sentido de la figura de la reelección presidencial inmediata en Colombia.
Por lo expuesto, esta investigación es útil, dado que dará criterios válidos para encuadrar la figura de la reelección presidencial inmediata; es viable, puesto que se puede acceder fácilmente a as fuentes; y es
factible de ejecutar porque sus costos son más o menos cómodamente financiables.
- JUSTIFICACION
Es una investigación jurídica, bibliográfica, descriptiva e histórica con utilización de fuentes primarias y secundarias. De tipo cualitativo que haga posible determinar los alcances del problema y el planteamiento de una posible y válida solución.
- TIPO DE INVESTIGACIÓN
Se hará uso de fuentes primarias y secundarias.
La Constitución, las líneas jurisprudenciales de la Corte Constitucional sobre la materia.
- Primarias.
- Secundarias.
Como tales usaré la doctrina nacional e internacional por medio de libros, ensayos en revistas y base de datos en la WEB.
- FUENTES
- TECNICAS DE RECOLECCION Y MANEJO DE LA INFORMACION
Como técnicas usaré las indicadas para la investigación bibliográfica, prescritas por el jurista JAIME GIRALDO ANGEL.
- DISEÑO METODOLOGICO
- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
PAPELERIA Y UTILES | $180.000 |
FOTOCOPIAS | $100.000 |
TRANSPORTE | $35.000 |
TRANSCRIPCION | $400.000 |
REFRIGERIOS Y VIÁTICOS | $40.000 |
EQUIPOS Y AUDIOVISUALES | $50.000 |
TOTAL GASTOS | $805.000 |
- Constitución Política de Colombia, Légis Editores, 2006.
EDGARDO DE LA OSSA MONTERROSA
ANTEPROYECTO DE TRABAJO DE INVESTIGACION DIRIGIDA
PRESENTADO AL:
DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA
CARTAGENA DE INDIAS
2006