Tratamiento de problemas de higiene en el ambiente laboral
Enviado por Ing.Licdo. Yunior Andrés Castillo Silverio
- Por dónde empezar
- Tratar el problema
- Descripción de la empresa
- Política de prevención de riesgos laborales
- Evaluación de riesgos
- Revisión de la evaluación inicial
- Formación e información a los trabajadores
- Vigilancia de la salud
- Notificación y registro de accidentes
- Planificacion de emergencias
- Archivo de documentación
A los empleadores les es incómodo a menudo tratar los problemas de higiene, tales como olor corporal, incontinencia, o ropa inadecuada. Algunos empleadores tratan de hacer frente a estos problemas de forma indirecta mediante el envío de notas anónimas o dejando jabones y desodorantes en el escritorio del empleado. Por desgracia, ignorar los problemas de higiene o tratarlos en forma indirecta podría hacer que continúen hasta comenzar a interferir con el trabajo de otros empleados o alejar a los clientes. Las siguientes sugerencias pueden serles de utilidad a aquellos empresarios que quieran tratar directamente los problemas de higiene.
Primero es bueno decidir quién se ocupará de los problemas de higiene que se presenten (por ejemplo, recursos humanos o el supervisor directo del empleado). La persona elegida para hacer frente al problema debe verificar que el problema existe, ya sea porque la información proviene de una fuente fidedigna o mediante la interacción directa con el empleado que tiene el problema. Antes de hablar con el empleado, el empleador debe decidir si se proporcionará la fuente de la información para el empleado, esté preparado para discutir detalles sobre el problema, y esté familiarizado con la política de la empresa y los procedimientos relacionados.
Una vez que el empleador está dispuesto a reunirse con el empleado, el siguiente paso es elegir un lugar y la hora de la reunión. La reunión debe ser en un área privada y con suficiente tiempo para que el empleado recupere su compostura, si fuera necesario, antes de regresar al trabajo.Al discutir el problema con el empleado, el empleador debe ser sensible, pero directo, haciéndole saber al empleado que tiene un problema de higiene que debe solucionar. En algunos casos, el empleado puede no ser consciente de que el problema existe y puede necesitar información específica acerca de cuál es el problema. El empleador puede tener que describir el problema (por ejemplo, el olor de la orina o las heces, la orina o las heces quedan en sillas de oficina, el olor de la flatulencia, el olor a sudor, mal aliento, aspecto desaliñado) y explicarle cómo está afectando el lugar de trabajo (por ejemplo, molesta a sus compañeros de trabajo, los clientes se quejan, etc.)El empleador también debe hacerle conocer al empleado cuáles son las expectativas (por ejemplo, cuándo es necesario que el problema se resuelva, lo que sucede en el ínterin, y qué seguimiento se llevará a cabo). Si existe una política específica de la empresa que se ocupa de la cuestión, el empleador debe señalarla o proporcionar una copia. El empleador también puede querer hacer una declaración general como: " Si puedo ayudar a resolver este problema, por favor hágamelo saber. "Si el empleado tiene una discapacidad, el empleador no debe asumir que el problema de la higiene está relacionado con la discapacidad. Puede haber otras causas para el problema, además de la discapacidad, tales como problemas personales, problemas financieros, diferencias culturales, o simplemente una falta de higiene. Si el empleado no indica que el problema está relacionado con una discapacidad, entonces el empleador debe proceder de acuerdo a la política de empresa. Si el empleado indica que el problema está relacionado con una discapacidad, entonces el empleador debe iniciar un proceso interactivo para determinar si el Acta para Americanos con Discapacidades (ADA) se aplica y si hay acomodaciones que pueden resolver el problema.Para ver un ejemplo del proceso interactivo, visite: http://AskJAN.org/topics/interactive.htmEl ADA se aplica cuando un empleador tiene por lo menos 15 empleados y el empleado cumple con la definición de discapacidad del ADA. Los empleadores pueden necesitar solicitar información médica para ayudar a determinar si un empleado tiene una discapacidad y para ayudar a determinar opciones de acomodación.Para obtener información acerca de cómo determinar si un empleado tiene una discapacidad bajo el ADA, visite: http://AskJAN.org/corner/vol05iss04.htmPara obtener más información acerca de las preguntas médicas, visite: http://AskJAN.org/topics/medexinq.htm
Acomodaciones
Si el empleado tiene una discapacidad bajo el ADA y el empleador está cubierto por la misma, entonces éste debe considerar la proporción de acomodaciones. En algunos casos, un empleado puede ser capaz de superar un problema de higiene a través de tratamiento médico. En tales casos, las únicas adaptaciones necesarias pueden ser un horario flexible o permitirle tomar licencia para el tratamiento. En otros casos, el problema no puede ser remediado y el empleador debe considerar otras opciones de acomodación. Si el trabajo del empleado no requiere la interacción en persona con sus compañeros de trabajo o clientes, podría considerarse razonable modificar la política de higiene para el empleado o permitir que el empleado trabaje desde su casa. Por otro lado, si el trabajo del empleado requiere la interacción en persona con sus compañeros de trabajo y clientes, el empleador tiene que explorar opciones de acomodación para reducir o eliminar el problema. Si no hay acomodación posible y si el problema afecta los negocios de la empresa, el empleador no está obligado a seguir permitiéndole al empleado trabajar en su puesto. Sin embargo, en caso que haya disponibilidad, el empleador debe considerar la reasignación del empleado a un trabajo que no implique el contacto personal.
1.- OBJETO
Es objeto del presente documento diseñar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales relativo a la empresa , en el que se definen la estructura, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para conseguir la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión de la empresa. Se consideran instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención la evaluación general de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva cuya metodología se expone en los párrafos siguientes y cuyo desarrollo aparece en los anexos del presente documento.
Nº DE TRABAJADORES | SECTOR DE ACTIVIDAD |
DIRECCIÓN | TELEFONO/FAX/E-MAIL |
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA | |
NOMBRE TRABAJADORES | PUESTO/CATEGORÍA |
Política de prevención de riesgos laborales
La Política de Prevención de la empresa tiene como objetivo la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, con el fin de elevar los niveles de la seguridad, salud y bienestar de todos sus trabajadores.
La responsabilidad en la gestión de la prevención de Riesgos Laborales incumbe a toda la empresa y, en consecuencia, la dirección y todos sus trabajadores asumen el compromiso de incorporar la gestión preventiva en sus actividades cotidianas.
La mejora continua en la acción preventiva sólo puede conseguirse mediante la información, consulta y participación del personal, en todos los niveles de la empresa.
De acuerdo con estos principios, la empresa asume los siguientes compromisos:
1. Alcanzar un alto nivel de seguridad y salud en el trabajo, cumpliendo como mínimo la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
2. Desarrollar, aplicar y mantener un modelo gestión de la prevención destinado a la mejora continua de las condiciones de trabajo.
3. Integrar dicho sistema en la gestión empresarial, de manera que la prevención se incorpore en todas las áreas de la empresa y en todas las actividades que se desarrollen.
4. Desarrollar, aplicar y mantener actualizados los Planes de Prevención de todas nuestras actividades.
5. Garantizar la participación e información de los trabajadores.
6. Desarrollar actividades formativas necesarias para desarrollar la política preventiva.
7. Integrar a nuestros suministradores, concesionarios y subcontratistas en el compromiso activo de la mejora de las condiciones de trabajo.
8. Dotar a la empresa de los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar esta política preventiva.
9. Hacer amplia difusión de esta política entre todos los miembros de la empresa.
ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN
3.1. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
El empresario asume personalmente (marcar sólo la que proceda)
El empresario designa al empleado para llevar a cabo
las actividades de prevención con el objeto de organizar los recursos necesarios para su integración en la empresa.
El empresario , (marcar sólo la que proceda)
El empleado , cuenta con la formación necesaria para asumir dichas responsabilidades tal y como se indica el capítulo VI del Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención).
Las actividades preventivas no desarrolladas por el empresario serán concertadas con el Servicio de Prevención Ajeno . Dichas actividades son las siguientes:
(marcar aquellos que procedan, añadir si es necesario)
Vigilancia de la salud
Formación/información a los trabajadores
Medidas de emergencia y primeros auxilios
Mediciones higiénicas (agentes físicos, químicos y/o biológicos)
Otros:
Así, queda definida la estructura organizativa de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales, de la siguiente manera:
En la que centrados a partir de la política de prevención adoptada existe un modelo bidireccional de comunicación, coordinación y actuación en todos los niveles de la empresa.
3.2. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
De acuerdo con el contenido de este plan de prevención las funciones y responsabilidades de los distintos niveles jerárquicos de la empresa son los que a continuación se describen:
La dirección de la empresa y los responsables de sección deberán:
a) Conocer e informar de los riesgos que supone la realización del trabajo que se desarrolla en el área de su competencia y responsabilidad, así como de las medidas de prevención y protección que se deban adoptar.
b) Asegurarse de que los trabajadores bajo su responsabilidad disponen de todos los medios y equipos necesarios, y de que las condiciones de trabajo son seguras.
c) Detectar las posibles necesidades de formación de su personal en esta materia, proponiendo y planificando acciones concretas.
d) Velar y exigir que todos los trabajos se realicen siguiendo las medidas de prevención y protección establecidas y de acuerdo con el buen criterio profesional.
e) Participar en todas las actividades preventivas que se lleven a cabo relacionadas con su ámbito de actuación.
f) Suspender cualquier actividad que suponga un riesgo grave e inminente que él mismo no pueda subsanar, e informar de ello a la persona responsable para que tome las medidas más adecuadas para la prevención y la protección de los trabajadores.
g) Conocer los riesgos y las medidas de prevención y protección a adoptar, e informar a los trabajadores.
h) Exigir que el trabajo se lleve a cabo de acuerdo con las normas de seguridad y procedimientos existentes.
Todos los empleados, con independencia del nivel ocupado en la línea jerárquica y función asignada, deberán :
a) Cumplir con las normas establecidas en la empresa, las instrucciones recibidas de los superiores jerárquicos y las señales existentes, así como seguir la política de prevención. Preguntar al personal responsable en caso de dudas a cerca del contenido o forma de aplicación de las normas e instrucciones, o sobre cualquier duda relativa al modo de desempeñar su trabajo.
b) Adoptar todas las medidas de prevención propias de la profesión u oficio desempeñado.
c) Informar inmediatamente al superior jerárquico directo y al personal con funciones específicas en prevención sobre cualquier condición o práctica que pueda suponer un peligro para la seguridad y salud de los trabajadores, así como notificar la ocurrencia de accidentes o incidentes potencialmente peligrosos.
d) Utilizar lo equipos adecuados al trabajo que se realiza teniendo en cuenta el riesgo existente, usarlos de forma segura y mantenerlos en buen estado de conservación.
e) Utilizar y ajustar, alterar o reparar el equipo sólo si se está autorizado.
f) No anular y utilizar correctamente los equipos y dispositivos de seguridad, en particular los de protección individual.
g) Mantener las áreas de trabajo limpias y ordenadas. Eliminar lo innecesario y clasificar lo útil.
h) Cooperar con la empresa en todas aquellas actividades destinadas a la prevención de riesgos laborales.
i) Cooperar en las labores de extinción de incendios, evacuación en caso de emergencia y salvamento de las victimas en caso de accidente.
De acuerdo con la LPRL (art. 16), se establece la evaluación inicial de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores como punto de partida de la acción preventiva. A partir de la información obtenida, se decidirá sobre la necesidad o no de llevar a cabo las actuaciones preventivas y cuales serán las más adecuadas.
Se entiende por evaluación de riesgos el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que, una vez identificados, no hayan podido evitarse, pudiéndose materializar la aparición de un determinado peligro en el lugar de trabajo.
Se considera riesgo laboral el posible daño para la seguridad y salud de los trabajadores derivado tanto de las condiciones de seguridad y medioambientales del centro de trabajo como de las características y la organización de la actividad que realiza el empleado.
Dicha evaluación se llevará a cabo en este centro de trabajo por , en calidad de empresario (marcar sólo la que proceda)
empleado
que posee como mínimo la formación de nivel básico tal y como se indica el capítulo VI del Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención).
Se considerará asimismo la evaluación de riesgos como un proceso dinámico, siendo revisada periódicamente en función de los niveles de riesgo existentes.
4.1. METODOLOGÍA EMPLEADA
No existiendo obligación legal de evaluar los riesgos mediante un método concreto de análisis, salvo que exista normativa específica de aplicación, se emplea la metodología de evaluación general de riesgos basada en la propuesta de evaluación del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).
Para la aplicación de este método, se adopta el siguiente procedimiento:
4.1.1 PREPARACIÓN DE LA EVALUACIÓN
4.1.1.1 Recopilación de información general
Como medida previa, se recoge información sobre la organización que puede ser útil para la evaluación: actividad general de la empresa, descripción de actividades, instalaciones y máquinas así como listado de puestos de trabajo. También se tendrán en cuenta las características del entorno del puesto de trabajo tales como: condiciones termohigrométricas, niveles de iluminación y ruido, accesos, etc.
4.1.1.2 Información sobre los puestos de trabajo
Una vez obtenida la información general de la empresa, por cada puesto de trabajo se elabora una lista en la que se describen las diferentes actividades de trabajo (tareas y procesos), recabando información sobre:
Datos de identificación del puesto
Desplazamientos verticales y horizontales
Tipo de trabajo manual y herramientas utilizadas
Movimientos críticos que se realizan
Cargas que se levantan
Trabajo en altura
Existencia de sobrecarga de trabajo
Posibilidad de relación durante la jornada laboral
Máquinas y herramientas empleadas
Exposición a ruido
Iluminación y ambiente térmico
Exposición a agentes químicos
Exposición a riesgos eléctricos y térmicos
Equipos de protección individual y colectiva
4.1.2 ANALISIS DE RIESGOS
4.1.2.1 Identificación de riesgos
Se identifican y reflejan los riesgos de accidente y enfermedades profesionales que pueden afectar:
Al conjunto de trabajadores de la empresa
A los trabajadores de una determinada categoría, ligados a una actividad concreta.
A un puesto de trabajo determinado o a una zona de la empresa.
Se ha elaborado una lista no exhaustiva de riesgos que aparecen en la parte inferior de la tabla de identificación general de riesgos.
4.1.2.2 Estimación del riesgo
Para cada peligro detectado debe estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad del daño (consecuencias) y la probabilidad de que ocurra el hecho.
Severidad del daño
Para determinar la potencial severidad del daño, debe considerarse:
Partes del cuerpo que se verán afectadas
Naturaleza del daño, graduándolo desde ligeramente dañino a extremadamente dañino.
Ejemplos de ligeramente dañino:
Daños superficiales: cortes y magulladuras pequeñas, irritación de los ojos por polvo.
Molestias e irritación, por ejemplo: dolor de cabeza, disconfort.
Ejemplos de dañino:
Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores.
Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos, enfermedad que conduce a una incapacidad menor.
Ejemplos de extremadamente dañino:
Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales.
Cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten severamente la vida.
Probabilidad de que ocurra el daño.
La probabilidad de que ocurra el daño se puede graduar, desde baja hasta alta, con el siguiente criterio:
Probabilidad alta: El daño ocurrirá siempre o casi siempre
Probabilidad media: El daño ocurrirá en algunas ocasiones
Probabilidad baja: El daño ocurrirá raras veces
A la hora de establecer la probabilidad de daño, se debe considerar si las medidas de control ya implantadas son adecuadas. Los requisitos legales y los códigos de buena práctica para medidas específicas de control, también juegan un papel importante. Además de la información sobre las actividades de trabajo, se debe considerar lo siguiente:
Trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos (características personales o estado biológico).
Frecuencia de exposición al peligro.
Fallos en el servicio. Por ejemplo: electricidad y agua.
Fallos en los componentes de las instalaciones y de las máquinas, así como en los dispositivos de protección.
Exposición a los elementos.
Protección suministrada por los EPI y tiempo de utilización de estos equipos.
Actos inseguros de las personas (errores no intencionados y violaciones intencionadas de los procedimientos):
El cuadro siguiente da un método simple para estimar los niveles de riesgo de acuerdo a su probabilidad estimada y a sus consecuencias esperadas.
NIVELES DE RIESGO
4.1.2.3 Valoración del riesgo
Los niveles de riesgos indicados en el cuadro anterior, forman la base para decidir si se requiere mejorar los controles existentes o implantar unos nuevos, así como la temporización de las acciones. En la siguiente tabla se muestra un criterio sugerido como punto de partida para la toma de decisión. La tabla también indica que los esfuerzos precisos para el control de los riesgos y la urgencia con la que deben adoptarse las medidas de control, deben ser proporcionales al riesgo
4.1.3 PLANIFICACION DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
Concluida la evaluación, se establecen las medidas de protección y prevención a adoptar y su forma de implantación, seguimiento y coste asociado (económico o en tiempo). Para ello se tendrá en cuenta los principios de acción preventiva siguientes:
Evitar los riesgos y combatirlos en su origen
Procurar en todo momento adaptar el trabajo a la persona
Se tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, la evolución de la técnica
Se procurará sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro
Priorizar las medidas de protección colectiva frente a las individuales
Revisión de la evaluación inicial
La evaluación inicial de riesgos realizada en la empresa se revisará en las siguientes ocasiones:
1. Puntualmente, evaluación adicional o "ad hoc", al variar las condiciones en las que ésta se realizó (por la elección de nuevos equipos de trabajo, la introducción de nuevas tecnologías o nuevo acondicionamiento del centro de trabajo) o cuando se incorporen trabajadores que deben merecer especial protección (si esta circunstancia no se hubiera previsto al realizar la evaluación inicial). Esta nueva evaluación se limitará únicamente a los lugares/puestos de trabajo que hayan experimentado los tipos de cambios indicados.
2. Cuando el resultado de la investigación de las causas de los daños producidos en la salud de los trabajadores, de las actividades preventivas desarrolladas o de las actividades de control realizadas (condiciones ambientales y/o vigilancia de la salud) demuestren una inadecuación entre las previsiones efectuadas y los resultados obtenidos, se revisará el procedimiento (entendiendo como tal el conjunto evaluación-planificación-adopción de medidas preventivas). Este tipo de evaluación de revisión se limitará también a los lugares/puestos de trabajo que la experimenten.
3. Periódicamente, cuando lo acuerde la empresa y los representantes de los trabajadores, teniendo en cuenta el posible deterioro de las instalaciones o para comprobar la adopción de las medidas preventivas.
4. Cuando así lo dictamine la disposición específica.
Formación e información a los trabajadores
Parece lógico pensar que una persona formada e informada sobre sus tareas, el entorno en el que estas se desarrollan, los medios que emplea y los riesgos que comporta su utilización, se considera menos expuesta a riesgos que otra cuya formación sea incompleta.
Siguiendo este principio, la empresa posibilitará que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica suficiente en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
De la misma manera la empresa dará a conocer a todos sus empleados:
la política de prevención establecida
los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo
las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos del punto anterior
las medidas adoptadas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación
La vigilancia de la salud comprende aquel conjunto de actividades que, realizadas con criterios de eficacia y efectividad por personal sanitario competente y acreditado, están dirigidas a la mejora de la salud de los trabajadores y a la detección de posibles daños derivados de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.
Estas actividades se llevarán a cabo de acuerdo a los posibles riesgos inherentes a cada puesto de trabajo, realizándose pruebas específicas en función de los mismos. La vigilancia de la salud ha sido contratada con .
Los resultados de la vigilancia serán comunicados a cada trabajador respetando su derecho a la intimidad y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Por otra parte, el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados y guardarán como parte de esta documentación las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente su funciones en materia preventiva
Esta vigilancia de la salud sólo se llevará a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, a excepción de aquellos casos en que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para el resto de trabajadores o para cualquier persona relacionada con la empresa.
Notificación y registro de accidentes
La empresa llevará un registro de todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que han causado al trabajador al menos 1 día de baja laboral.
Deberá notificarse a la autoridad laboral los daños a la salud de los trabajadores según la reglamentación vigente y usando los modelos establecidos.
Los accidentes ocurridos en el centro de trabajo o durante el desplazamiento al mismo que ocasione fallecimiento o sean graves o muy graves, o accidentes ocurridos en el centro de trabajo que afecte a más de 4 trabajadores, se notificarán además en el plazo de 24 horas por telegrama o de manera análoga.
Cuando se produzca una lesión o enfermedad profesional y aparezcan indicios de que las medidas de prevención o protección son insuficientes se llevará a cabo una investigación para detectar las causas que lo produjeron.
Siguiendo lo establecido en el artículo 20 de la LPRL, se analizan en este punto las posibles situaciones de emergencia y se explican las medidas básicas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.
Para ello se hace necesario designar un responsable de emergencias que puede ser el propio empresario o el trabajador designado, con la condición de que la mayor parte del tiempo se encuentre en las instalaciones de la empresa. Asimismo puede resultar necesario nombrar un sustituto que asuma dichas funciones en caso de ausencia del responsable. En cualquier caso resulta imprescindible dar a conocer a todos los empleados el contenido de esta planificación ante posibles situaciones de emergencia.
En el anexo VI de este documento se encuentran los resultados del análisis de las posibles zonas o lugares de la empresa susceptibles de originar una situación de incendio. Se comentan a continuación las posibles vías de evacuación de emergencia, así como los posibles puntos de reunión fuera de las instalaciones de la empresa. Se hace necesario conocer los sistemas de alarma y los sistemas de extinción de incendios con los que cuenta la empresa, así como el procedimiento adecuado de uso de los mismos. Finalmente se dan unas instrucciones básicas de actuación en materia de primeros auxilios.
Toda la información anterior debe tener la máxima difusión entre los empleados y es aconsejable la realización de simulacros de emergencia. Esta documentación deberá ser revisada constantemente y en especial cuando se produzcan cambios en las instalaciones de la empresa.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la LPRL, queda archivada y conservada a disposición de las autoridades competentes toda la documentación generada en la aplicación del presente procedimiento.
Firmas
El empresario El delegado de prevención
Enviado por:
Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®
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Santiago de los Caballeros,
República Dominicana,
2015.
"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH -POR SIEMPRE"®