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Despacho Aduanero en el Mercosur

Enviado por Pedro Duarte


  1. Introducción
  2. Despacho aduanero
  3. Documentos Aduaneros
  4. Procesos del despacho aduanero
  5. Sistema SOFIA (sistema de ordenamiento fiscal del impuesto en aduanas)
  6. Conclusión
  7. Bibliografía

Los códigos aduaneros son reglamentaciones importantes las cuales se deben seguir al pie de la letra para que podamos convivir mejor con los países vecinos ya que importamos y exportamos mercaderías de todo tipo también se habla del despacho aduanero sus reglas y sobre todo como funciona el código aduanero del Mercosur es imprescindible para el Paraguay puesto que da muchos beneficios aunque en estos últimos meses no todo se está encaminando bien sobre el Mercosur tenemos la esperanza que saldremos de esto de la mejor manera posible.

Se define como Despacho Aduanero de importación al procedimiento fiscal mediante el cual es verificada la exactitud de los datos declarados por el importador con relación a la mercadería importada y los documentos presentados dentro de la legislación vigente, con vistas a la entrada al país de la mercadería.

El Despachante de Aduana es la persona de existencia visible, que en las condiciones previstas en el Código Civil, llevan a cabo en nombre de otros ante el servicio aduanero, trámites y diligencias relativas a la importación, exportación y demás operaciones aduaneras. Es responsable de las operaciones de tránsito de mercaderías extranjeras que cruzan el país, establece los controles para que dicha mercadería cumpla con requisitos legales. Trabaja en relación de dependencia para un tercero no inscripto, que es quien mantiene las tratativas con los usuarios y encara el desarrollo de las operaciones que se le encomiendan.

El Despachante de Aduanas tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y de generar y proporcionar la información necesaria para el despacho aduanero.

El despacho aduanero es el conjunto de todos los trámites realizados para la liberación de una mercadería, ya sea para su ingreso al territorio aduanero, importación dentro del país, como su salida al exterior, exportación a un país extranjero.

Estos despachos aduaneros son realizados ante las dependencias aduaneras establecidas para los distintos regímenes de importación o exportación, teniendo en cuenta la existencia de disposiciones que reglamentan el ingreso o la salida de determinadas mercaderías por determinados puntos aduaneros del país.

Dependiendo del origen de la mercadería a ser importada, estos se regirán conforme a los acuerdos firmados y ratificados por el Paraguay, con los países de los cuales procedan las mercaderías. Siendo de esta manera aplicable gravámenes preferenciales a determinados bienes. Para que una mercadería se acoja a los beneficios de un acurdo firmado es importante que al momento del arribo, estas cuente con el "CERTIFCICADO DE ORIGEN", documento por el cual se certifica el origen de las mercaderías a despachar.

Cuando solicite información referente al costo de una importación, es importante que provea de toda la información relacionada con la mercadería, a los efectos de realizar puntualmente los cálculos y determinar los impuestos aplicables a las distintas mercaderías.

Es importante que provea de: FACTURA DE COMPRA, el CERTIFICADO DE ORIGEN, el DOCUMENTO DE TRANSPORTE, y CUALQUIER OTRO DOCUMENTO RELACIONADO CON LA MERCADERÍA.

Así como existe infinidad de documentos relacionados al comercio y tráfico de mercaderías entre distintos países, existen los documentos obligatorios exigidos por las distintas aduanas, las que, conforme a la potestad que la ley les otorga, el funcionario de aduanas puede exigir su presentación cuando considere necesario.  Aparte de los documentos, formularios de declaración, exigidos para el despacho y que son proveídos por el despachante, los documentos indispensables para el desaduanemiento de una mercadería los detallamos a continuación, intentando explicar brevemente su importación:

Factura comercial

Factura proforma

Certificado de origen

Conocimiento de embarque

Fluvia

Terrestre (crt)

Guia aérea (awb)

Lista de empaque

Mic/dta (manifiesto internacional de cargas/declaración de tránsito aduanero)

Requisitos exigidos por la Aduana para lainscripción como Importador

a) LEY NRO. 2.422/04 CODIGO ADUANERO PARAGUAYO

DEL IMPORTADOR Y EXPORTADOR

Artículo 18. Importador y exportador

Concepto:

1. Importador es la persona física o jurídica que en su nombre ingresa mercaderías al territorio aduanero, ya sea que la traiga consigo o que un tercero la traiga para él.

2. Exportador es la persona física o jurídica que en su nombre envía mercaderías al extranjero, ya sea que la lleve consigo o que un tercero lleve la que él hubiera expedido.

3. El importador y el exportador deberán estar registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas, conforme con los requisitos establecidos en las normas reglamentarias.

4. Los requisitos y modalidades para la registración de importadores y exportadores ocasionales o casuales se regirán por las disposiciones establecidas en las normas reglamentarias. 

Artículo 19.- Suspensión y eliminación.

1. Los importadores o exportadores serán suspendidos del registro aduanero en los siguientes casos: 

a) al perder su capacidad de actuar en derecho mientras dure esa situación.

b) ser deudor de obligación tributaria aduanera exigible, o de obligación emergente de sanción patrimonial aduanera firme, hasta la extinción de la deuda. 

2. Los importadores o exportadores serán eliminados del registro aduanero en los siguientes casos:

a) condena por infracción aduanera mientras dure la sanción.

b) declaración de quiebra.

c) por fallecimiento.

DECRETO NRO. 4.672/05 Reglamentario del CODIGO ADUANERO PARAGUAYO

SECCIÓN 2

DEL IMPORTADOR

Artículo 18. Registro de firma del Importador. 

El registro de firma del Importador deberá realizarse en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Aduanas, en los libros habilitados para el efecto.

Artículo 19. Los Requisitos para el Registro de Firma del Importador serán:

1. Registro Único de Contribuyentes (RUC).

2. Patente municipal.

3. Balance de apertura o del último ejercicio, certificado por las oficinas competentes.

4. Cédula de Identidad Civil de las personas firmantes 

5. Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, las Sociedades de Responsabilidad Limitada, las Sociedades Anónimas y otras formas de Sociedades, además de las mencionadas anteriormente, deberán presentar:

6 Escritura de Constitución de Sociedad y Aporte de Capital

7 Inscripción en el Registro Público de Comercio e Inscripción en el Registro Público de Personas Jurídicas.

8 Inscripción en la Matrícula de comerciante.

9 Para las Sociedades Anónimas el acta de la última asamblea.

10 Las empresas unipersonales deberán así mismo presentar la Inscripción en la Matrícula de Comerciante.

11 Referencias bancarias, certificado por un banco de plaza habilitado por el Banco Central del Paraguay.

12 Contar con infraestructura acorde a su actividad. La Dirección Nacional de Aduanas dictará normas complementarias para la reglamentar este literal.

13 Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda.

Constituir domicilio especial en el radio urbano de la Administración de Aduana por donde opera, a los efectos legales correspondientes. 

14 Comunicar a la Dirección Nacional de Aduanas el cambio de su domicilio real / especial en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles so pena de ser aplicado  el Artículo 59 del Código Civil.

Artículo 20. Habilitación del Importador.

Para proceder a la habilitación que acredite la condición de Importador, el interesado deberá presentar la solicitud en formulario correspondiente, cuyas referencias deberán ser llenadas en forma clara y precisa. Los requisitos mencionados en el Artículo anterior, que estén sujetos a actualizaciones anuales, deberán presentarse obligatoriamente hasta el 30 de abril de cada año, improrrogable, sin cuyo requisito no podrá seguir operando, hasta tanto proceda a la regularización respectiva. La solicitud mencionada deberá contar con la intervención de las oficinas encargadas de certificar la no afectación o impedimentos, por causas establecidas en el Código Aduanero.

Artículo 21. Constancia de firma del Importador.

La oficina aduanera competente conectada al Sistema Informático SOFIA, una vez cumplidos con los recaudos correspondientes, y realizadas las anotaciones respectivas, procederán a redactar la constancia del Registro de Firma y efectuar el escaneo de la misma, con cuya referencia el Sistema Informático SOFIA proporcionará una consulta en línea, a las Administraciones Aduaneras.

Artículo 22. Procedimiento en caso de no estar conectado al Sistema Informático SOFIA.

Para las tramitaciones ante las Administraciones de Aduana mientras no estén conectadas al Sistema Informático SOFIA, a más de la constancia proveída por dicho Sistema Informático, en la forma prevista en el Artículo anterior, la Oficina competente entregará al interesado fotocopia autenticada por el funcionario autorizado, de la solicitud de inscripción en el que conste el nombre del funcionario con su respectiva firma.

Artículo 23. Documento informático habilitante.

El registro de firma de los importadores que se hayan efectuado a través del Sistema Informático SOFIA, tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir de su registración, a cuyo vencimiento deberá procederse a su renovación, salvo que en el transcurso de dicho lapso se produzcan modificaciones que alteren la fidelidad de los recaudos.

Artículo 24. Comprobación de Locales.

La Dirección Nacional de Aduanas dispondrá a través de sus organismos competentes la comprobación de la existencia de los locales en donde funcionan las respectivas empresas de importación y sus depósitos, con cuyo informe deberá conceder o rechazar la habilitación, sin perjuicio de las sanciones legales o administrativas que correspondan.

Artículo 25. Requisitos para el importador ocasional.

La Dirección Nacional de Aduanas dictará las normas para establecer los requisitos, y modalidaes para el registro del Importador Ocasional o Casual.

MARCO LEGAL DE LAS IMPORTACIONES

Constitución Nacional 1992

Código Aduanero Paraguayo Ley Nro. 2.422/04

Ley N° 125/91

Ley Nro. 2.421/04

Leyes Portuarias

Ley de Representaciones

Otras leyes relacionadas

Decretos y Resoluciones del Poder Ejecutivo

Resoluciones, Circulares y otros de la D.N.A. y organismos pertinentes.

Restricción para la Importación de ciertos productos

Se prohíbe la importación de artículos que puedan afectar la seguridad nacional, al orden Público, la Salud, la Sanidad Animal y Vegetal, la Moral y las Buenas Costumbres por Ley N° 1095 Art. 6 de fecha 14 de diciembre de 1.984.

Las extracciones y prohibiciones serán efectuadas de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 10 de la Ley 1173/85 del Código Aduanero, y de la facultad otorgada al Poder Ejecutivo de acuerdo al enciso B) del Art. 10 de la Ley 1095/84 . al Arancel de Aduanas Art. 13 del Decreto Nº 1053/93.

La comercialización internacional de especies de la flora y fauna silvestre se realizaran conforme a lo establecido en los Decretos 18796/75 y 6418/90 y 10655/91. Art. 14 del Decreto 1053/93.

Por razones conforme a los requerimientos fitosanitarios mínimos establecidos en la Ley Nº 123/91, que Adopta nuevas normas de protección fitosanitarios y las disposiciones legales que la reglamentan ( Art. 15 del Decreto 1053/93.)

Por Razones de Orden Publico o de seguridad Nacional ,las introducción al país de Armas de Fuego, pólvora , explosivos y afines , se realizara conforme a lo establecidos en el Decreto Nº 23459/76 y las Normas que en su consecuencia se dicten (Art. 16 del Decreto 1053/93.)

Documentos necesarios para cada despacho

Conocimiento de Embarque

– Factura Comercial

– Certificado de origen 

– Documentos Bancarios

En el momento de la presentación del despacho, además de los documentos citados (Art. 57° del C. Aduanero), se deberá acompañar factura consular, autorización del Banco Central del Paraguay y , si fuere el caso, Certificado Sanitario del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de la Municipalidad, del Ministerio de Salud Pública, de Industrias Militares, del Ministerio de Industria y Comercio y demás documentos especiales, según la naturaleza de la mercadería o de la operación.

Procesos del despacho aduanero En Aduana

1) Contraloría

2) Sección Letras

3) Registro

4) Visturía e Inspección

5) Valoración

6) Caja

7) Contraloría

8) Resguardo

9) Portón

En Puerto

10) Cubicaje139786

11) Registro

12) Liquidación

13) Caja

14) Administración

15) Guarda

16) Portón

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de un Depositario?

Llenar correcta y debidamente la solicitud de Inscripción Original (Formulario Dirección Nacional de Aduanas) acompañando los siguientes Documentos:

  • Presentar la Resolución de la Dirección Nacional de Aduanas que otorga la Matrícula como Depósito Aduanero, autenticada por el Departamento de Registro de la Aduana.

  • Acreditar su inscripción en le Registro Único del Contribuyente (RUC).

  • Patente Municipal.

  • Comunicar Capacidad real de domicilio presentando el título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda.

  • Presentar Certificado de Vida y Residencia.

  • Otorgar Garantías a favor y satisfacción de la Dirección Nacional de Aduanas.

  • Si se tratase de una persona Física presentar Certificado de Antecedentes Penales.

  • Si se tratase de una Persona Jurídica deberá presentar los instrumentos que acrediten su constitución y funcionamiento e individualizar las personas que ejerzan su representación legal.

  • Acreditar solvencia económica a satisfacción de la Dirección Nacional de Aduanas con Patrimonio mínimo de $100.000 (cien mil dólares americanos) con inmuebles pudiendo ser un monto mayor según el tipo de depósito habilitado.

OBS: Las actualizaciones se realizan el 30 de abril de cada año.

Depositario: El depositario de mercaderías es la persona física o jurídica habilitada por la Dirección Nacional de Aduanas para recibir y custodiar mercaderías en un depósito aduanero.

El viajero que ingrese por vía aérea y fluvialTendrán una exención para los bienes hasta el límite de 300$ (trescientos Dólares Americanos) o su equivalente en moneda nacional. En casos de frontera terrestre, se fija una franquicia de 150$ (ciento cincuenta Dólares Americanos) o su equivalente en otra moneda para el ingreso de bienes. Las autoridades controlarán que la franquicia no sea utilizada más de una vez por mes.

¿Cómo puedo realizar una reversa o transferencia de un depósito de dinero realizado en caja?La reversa Administrativa de un depósito de dinero en caja puede realizar un funcionario de caja, atendiendo que el cajero cuenta con la opción de realizar dicha operación. También puede efectuar la reversa de un depósito hecho bajo el concepto de IVA DESPACHANTE. Todas las reversas pueden ser generadas en el mismo día del depósito. Solo se puede solicitar como Crédito Aduanero o ejecutar la transferencia a otro Importador o Despachante.

¿Cómo puedo obtener la tarjeta de conexión al Kit SOFIA?

  • Primero hay que registrarse como despachante de aduanas y dirigirse a la Administración de la aduana de la Capital mediante una nota solicitando la tarjeta.

  • En el caso de que sea la primera vez, se entregara una tarjeta de manera gratuita y otra de extensión, en caso contrario se deberá abonar el arancel correspondiente al Centro de Despachante de Aduanas.

  • Ir al Sistema SOFIA para la impresión de la misma y retirar de la secretaria de la Dirección Nacional de Aduanas.

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de Agente de Carga?

  • Resolución de la Dirección Nacional de Aduanas que lo habilite como tal.

  • Cédula de Identidad Civil o Cédula de Radicación.

  • Registro Único del Contribuyente.

  • Certificado de Antecedentes Penales.

  • Balance de Apertura o del último Ejercicio visado por el cajero del -Banco Nacional de Fomento (BNF).

  • Título de propiedad o Contrato de Alquiler.

  • Certificado de vida y residencia.

  • Certificado de Cumplimiento tributario.

  • Otorgar garantía de US 15.000 (Quince mil dólares americanos); a satisfacción y a favor de la Dirección Nacional de Aduanas.

Agente de Carga

 Se entiende por agente de carga de consolidación o desconsolidación de mercaderías a la persona física o jurídica que interviene en la contratación y organización de servicios.

Tratamiento para los viajeros que ingresan a residir en forma permanenteLos extranjeros de terceros países que vienen a establecerse en territorio aduanero. Después de permanecer en el extranjero por más de un año podrá ingresar además de los efectos de uso personal, los siguientes bienes nuevos y/o usados libre de tributo aduanero:

  • Muebles y otros bienes de uso doméstico.

  • Herramientas, maquinarias, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión.

  • En el caso de extranjeros, mientras no les sea concedida la residencia permanente, sus bienes podrán ingresar al territorio aduanero bajo el Régimen de Admisión Temporaria.

¿Por qué la Aduana cambio de nombre?

La Aduana ha cambiado su posición dentro de la Administración Pública; la misma se ha convertido en un ente Autónomo lo que le permite, además de administrar su presupuesto, tener una mayor dinámica organizacional.

Requisito para la Habilitación de un Depositario de Mercaderías

  • Resolución o documento equivalente otorgado por la DNA por la cual se otorga el carácter de Depositario de Mercaderías. 

  • Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente.

  • Registro Único de Contribuyentes  (R.U.C.).

  • Constancia Policial del certificado de Vida y Residencia. (Unipersonal).

  • Título de Propiedad o Contrato de Alquiler.

  • Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas.

  • Matricula de Comerciante. (Unipersonal).

  • Patente Municipal correspondiente al año fiscal. 

  • Balance de Apertura o del Último ejercicio o documento equivalente. 

  • Antecedente Judicial. (Unipersonal). 

  • Garantía a satisfacción de la DNA. 

  • Acreditar solvencia económica a satisfacción de la Dirección Nacional de Aduanas con patrimonio mínimo de US$ 100.000 (Cien mil dólares americanos) con inmuebles pudiendo ser un monto mayor según el tipo de depósito habilitado.

  • Declaración Jurada, Dirección de la oficina/empresa

Las documentaciones a presentar para la actualización anual son:

  • Patente Municipal correspondiente al año fiscal. 

  • Balance de Apertura o del Último ejercicio o documento equivalente.

  • Antecedente Judicial.  (Unipersonal). 

  • Garantía a satisfacción de la DNA. 

  • Contrato de Alquiler vigente, si corresponde. 

  • Declaración Jurada, Dirección de la oficina/empresa. (Anexo 2).

  • Se adjunta: (Formulario y Anexos n° 2 ) Declaración Jurada.

Descripción:

Es un sistema informático de despacho aduanero que interactúa en forma directa con sus usuarios: Despachantes de Aduana, Empresas de Transporte, Depositarios, Funcionarios de Aduana y con los Organismos vinculados al comercio exterior.

El Sistema de Información se trata de la construcción de un conjunto operacional que toma como base y punto de partida el Sistema SOFI (Sistema de Computación para el Flete Internacional) francés, que va incorporando nuevas funcionalidades para satisfacer las necesidades de gestión de la Aduana Paraguaya, conforme a la evolución impuesta por el comercio globalizado.

Objetivos:

  • Simplificación y agilización de los procedimientos de desaduanamiento de las mercaderías.

  • Aplicación en forma rápida y uniforme de la legislación en vigencia.

  • Mejoramiento de la eficacia administrativa y capacidad de gestión de la Dirección Nacional de Aduanas.

  • Obtención de estadísticas de comercio exterior.

  • Información para la lucha contra el fraude.

Principios:

  • Procesamiento descentralizado.

  • Descentralización en el ingreso de la información.

  • Unicidad de criterio de aplicación de la tributación y reglamentación vigente.

  • Descentralización del procedimiento Aduanero.

  • Centralización de los datos considerados de interés estadístico en un servidor central.

  • Usuarios (despachantes, depositarios, transportistas, aduaneros) conectados directamente al sistema.

Funcionamiento:

  • SOFIA permite la conexión de los Despachantes de Aduana o de los Agentes de Transporte para la formulación de sus Despachos de Importación/Exportación o Manifiestos desde sus propias oficinas.

  • Existe también la posibilidad de realizar las operaciones desde los Centros Públicos habilitados a tal efecto.

  • El Despachante llega a la Aduana para realizar sus operaciones (presentación del despacho, verificación documental y/o física y posterior retiro de las mercaderías) conforme al canal selectivo asignado.

  • El sistema trabaja electrónicamente para la percepción de tributos con el dinero depositado en un Banco de plaza o en las cajas habilitadas en la DNA, una vez acreditado el monto a la cuenta conjunta del Despachante con el Importador que dispone para afectarse a las liquidaciones de los tributos.

Preguntas

1 ¿Cuáles son las faltas e infracciones aduaneras?

2 ¿Cuál es la función del despacho aduanero?

3 ¿Cuáles son los requisitos que se debe seguir para la exportación e importación de mercaderías?

Objetivos

  • Determinarlas faltas e infracciones aduaneras

  • Reconocer la función del despacho aduanero

  • Averiguar los requisitos que se debe seguir para la exportación e importación de mercaderías

El despacho aduanero es un sistema mediante el cual se realizan diferentes transacciones ya sean importaciones y exportaciones, el mismo sirve para evaluar la situación de dichas mercaderías para evitar la evasión de impuestos llamados comúnmente contrabando.

Es muy importante para nuestro país así como para los países sudamericanos por que por ahora hay mucho contrabando por el fácil acceso a los países menos desarrollados por causa de que no hay controles suficientes se espera que eso vaya disminuyendo con el pasar del tiempo porque perjudica mucho a las empresas que son legales.

Así se concluye el trabajo realizado con mucho esfuerzo y esmero por los integrantes del grupo.

* http://www.cip.org.py/importador/manual_del_importador.html

* http://www.aduana.gov.py

 

 

Autor:

Ana Barrios

Pedro Duarte

Luis Rodriguez

PROFESOR: FULVIO ROJAS

2012