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Las personas y su clasificación


    1. Concepto de Persona
    2. Personas
    3. Persona jurídica
    4. Persona regular
    5. De derecho privado
    6. Requisitos de Constitución
    7. Sistema de Seguridad Social en Salud

    Concepto de Persona

    Es todo ser natural o ficticio que por ley natural o normativa tiene la capacidad legal para desarrollar actividades dentro y fuera del país y se clasifican en la siguiente forma:

    PERSONAS:

    Naturales:

    Es todo ser humano o individuo que hace y obtiene la capacidad legal en la sociedad si importar edad, sexo o religión, por ejemplo: Sócrates.

    Jurídicas:

    Es un ente ficticio que obtiene la capacidad legal porque la ley le asigna poder para contratar y contraer obligaciones con representación de una persona natural.

    Sociedad de Hecho:

    Surge de un acuerdo entre dos o más personas que se obligan a aportar dinero, trabajo u otro tipo de bienes para explotar una actividad comercial, con el ánimo de repartir las utilidades entre sí. Como no se constituyen legalmente no son personas jurídicas así que los derechos y obligaciones contraídos se consideran a cargo o a favor de los socios.

    PERSONA JURÍDICA:

    Regular:

    Son aquellas que se constituyen dentro de las formalidades de la ley y se ciñen a todos los requisitos para su organización, funcionamiento, operación y resultados del negocio.

    Irregular:

    Es aquella empresa que funciona sin el cumplimiento o el lleno de los requisitos que exige la ley.

    PERSONA REGULAR:

    De Derecho Público:

    Se dividen en: Entes Territoriales:

    Es la estructura político-administrativa del estado. Ejemplo: nación, departamento, distrito, municipios

    Entidades Descentralizadas:

    Son aquellas que siendo del estado mantienen una estructura independiente como empresa. Ejemplo: colegios, empresas industriales y comerciales del estado.

    De Derecho Privado: Se dividen en: Asociaciones o corporaciones:

    En ellas el objeto social o la función es lo más importante (sin ánimo de lucro) por ejemplo: fundaciones.

    Sociedades:

    Es un contrato con aporte de dinero de dos o más personas con el fin de obtener utilidades y después repartirlas entre los socios o accionistas.

    De Derecho Canónico:

    Diócesis, Arquidiócesis y Parroquias: Es propiamente la iglesia, no importa cual sea su forma o regulación interna, su objetivo esencial es la devoción a Dios.

    DE DERECHO PRIVADO:

    Asociaciones o corporaciones:

    Grupo de personas con objetivos afines los cuales encaminan esfuerzos con beneficio personal y social. Ejemplo la Corporación Regional Autónoma, Asociación de Amigos del Campo y Fundación Nueva Arco Iris.

    Sociedades Comerciales

    1. De Personas:

    Es el nombre de la persona la carta de presentación como socio para su constitución. Se divide en colectiva y en comandita simple. Los libros contables que deben llevar son: Libro mayor y de Balances, Libro de Inventario y Balances, Libro de Registro de Operaciones Diarias, Libro de Actas, de Registro de Socios, de Asambleas y de Juntas; según sea el caso.

    a) Colectiva:

    Se caracteriza porque la responsabilidad de los socios es ilimitada y solidaria con las operaciones y responsabilidades de la empresa, es decir, todo lo que posean es de la sociedad y uno cubre al otro en el pago de sus deudas. Su razón social se forma con el nombre y/o apellidos de uno o varios socios acompañados de las siglas "Hmnos", "& Cía.", "E Hijos".

    Su razón social se forma con el nombre y/o apellidos de uno o varios socios acompañados de las siglas "Hmnos", "& Cía.", "E Hijos". b) En Comandita Simple:

    Se constituye con uno o más socios colectivos o gestores y uno o más socios comanditarios, las personas mantienen la responsabilidad total del negocio como en las colectivas por tanto que los segundos limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La razón social igual al de la sociedad colectiva pero agregándole S en C "Sociedad en Comandita".

    2. De Capital:

    Por todo lo contrario, no importa la procedencia del socio sino el dinero que posea para constituir la sociedad. Se dividen en comandita por acciones y anónimas.

    a) En Comandita por Acciones:

    Se forma con uno o más socios colectivos o gestores y cuatro o más comanditarios cuya responsabilidad se limita al monto de sus aportes. Su razón social es la de la Sociedad Colectiva acompañado de la sigla S.C.A.

    b) Anónima:

    Es la sociedad de capital por excelencia, quizás las empresas más grandes del país. Su capital está dividido en partes grandes llamadas acciones y para constituirse legalmente tiene que presentarlo así:

    El 100% es el capital autorizado, tiene que suscribir no menos del 50% y tiene que pagar 1/3 del capital suscrito. Su nombre social va acompañado de la sigla S.A. o Sociedad Anónima. Sus dueños o accionistas no son allegados y no se conocen unos a otros, esta sociedad para poderse constituir tiene que tener al primer momento como mínimo 5 accionistas. Ejemplo: Avianca S.A., Industrial del Cuero S.A., todos los bancos comerciales son S.A.

    3. Mixta:

    En esta sociedad se deben tener las dos condiciones, su persona y tener dinero, en esta modalidad encontramos las de responsabilidad limitada.

    a) De Responsabilidad Limitada:

    Al constituirse los socios responden hasta el monto de sus respectivos aportes por los compromisos que contraiga la sociedad. Su nombre social se forma con un nombre cualquiera acompañado de la sigla Ltda. O la palabra Limitada. Ejemplo: Almacén La Paz & Cía. Ltda. Los aportes se pagarán totalmente al constituirse la sociedad.

    Requisitos de Constitución

    1. Legales:

    Son aquellos que permiten darle vida jurídica a la empresa o sociedad. a) Escritura Pública:

    Se eleva ante un notario público. En ella se definen todas las directrices que gobiernan la empresa, como: nombre social, dirección, domicilio, objeto social, administración, número de socios, reparto de utilidades.

    b) Matrícula Mercantil:

    Se diligencia en la Cámara de Comercio en donde se le asigna un código para que el nombre no se registre dos veces, y las certificaciones que se solicitan.

    R.U.T – Registro Único Tributario:

    Se obtiene en la DIAN y tiene como finalidad el registro de los entes para el pago de los impuestos y su identificación tributaria. c) Registro de Libros:

    Las empresas obligadas a llevar contabilidad tienen que registrar sus libros en la Cámara de Comercio en donde tiene el domicilio principal sin importar la forma como se llevan o la estructura de los mismos.

    d) Tesorería Municipal:

    Al pagar los impuestos municipales

    Como industria y comercio, avisos, carteles, bomberos y otros impuestos soportes del municipio o distrito se obtendrá la licencia de funcionamiento.

    2. Labores:

    Son aquellos requisitos que deben cumplir las empresas con afiliaciones de los trabajadores para su protección personal y social. Los entes económicos están obligados por ley a inscribir a todos sus trabajadores en EPS, ARP, Cajas de Compensación Familiar, Fondo de Pensiones y Cesantías.

    Sistema de Seguridad Social en Salud. El Instituto de Seguros Sociales; ISS y/o EPS vigentes, se crearon con el fin de proporcionar atención en salud básica y hospitalaria y pensiones de invalidez; vejez y muerte a los trabajadores colombianos y extranjeros vinculados a empresas con contratos de trabajo temporal o permanente.

    Bienestar Familiar y Social. La vinculación de cualquier Persona Natural o Jurídica al Sistema de Bienestar Familiar y Social del Estado; es de suma importancia para garantizar el acceso del trabajador y su familia a subsidios monetarios y a otros servicios. La prestación de los servicios está cargo de las Cajas de Compensación Familiar, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBM) y del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

    Cajas de Compensación Familiar. A través de estas, se canaliza el subsidio familiar, que es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores permanentes; de medianos y menores ingresos; proporcional al número de personas a su cargo. El objetivo fundamental es aliviar las cargas económicas que representa el mantenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad. Deben afiliarse al subsidio familiar los empleadores que tengan contratados 1 ó más empleados permanentes.

    3. Renovación y Pago:

    Es la actualización en su funcionamiento y pago de sus obligaciones tributarias del año o período fiscal. Las empresas periódicamente tienen que renovar y pagar sus obligaciones en los términos en que cada utilidad tiene estipulado para tales fines como fechas límites y entidades financieras asignadas para recibir los respectivos dineros. Ejemplo: Renovación de matricula mercantil en la Cámara de Comercio, debe hacerse antes del 31 de marzo de cada año.

    FUNDACIÓN ANDRÉS ARBOLEDA

    ¿QUIÉNES SOMOS?

    LA FUNDACIÓN ANDRÉS ARBOLEDA ES UNA FUNDACIÓN SIN ÁNIMO DE LUCRO CREADA EL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2005, QUE FUE FUNDADA POR UN ESTUDIANTE LLAMADO ANDRÉS ARBOLEDA DE LA JORNADA NOCTURNA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA FEDERICO CARRASQUILLA

    NUESTRA LABOR EN LA SOCIEDAD ES ORIENTARNOS PARA MEJORAR LA LABOR PRODUCTIVA, LA AUTOGESTIÓN, EL EMPLEO Y LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE LA COMUNIDAD EN GENERAL. CONDUCENTE PARA LA MEJORACIÓN DE UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA

    MISIÓN

    AYUDAR A MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE TODAS LAS PERSONAS QUE LO NECESITEN, CONCENTRANDONOS EN FOMENTAR LA EDUCACIÓN – BÁSICA

    PRIMARIA-BÁSICA SECUNDARIA Y EDUCACIÓN SUPERIOR DE TODA PERSONA.

    VISIÓN

    FORMAR PERSONAS ÍNTEGRAS A LA SOCIEDAD CON UNA EXELENTE EDUCACIÓN PARA QUE PUEDAN DESEMPEÑAR CON RESPONSABILIDAD Y DISCIPLINA

    CUALQUIER LABOR EN LA COMUNIDAD.

    ASÍ MISMO HACER QUE LA FUNDACIÓN SEA RECONOCIDA

    A NIVEL LOCAL…

    DEPARTAMENTAL Y

    NACIONAL.

     

    FUNDACIÓN ANDRÉS ARBOLEDA