- Introducción
- El hostigamiento, acoso sexual y discriminación laboral por embarazo en México
- Conclusión
Introducción
El hostigamiento, acoso sexual y discriminación laboral por embarazo en México es un problema que ha afectado a las mujeres durante muchos años ya que siempre se a tachado a las mujeres como es sexo débil, y nadas eran aptas para los quehaceres del hogar y el cuidado de los hijos, eran excluidas de las actividades económicas.
Pero gracias a diferentes movimientos por la lucha de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres se logro que las mujeres tuvieran derecho al voto y al trabajo con una remuneración aunque en ocasiones fuera menor al de los hombres y cuando los padrones se enteraban que estaban embarazadas era un motivo de despido ya que en ese estado no producían al 100% y su rendimiento es mas bajo.
En la actualidad se ha vuelto un problema muy común por los diversos cambios socio-económicos donde se como los hombres y las mujeres han participado, pero a pesar de que se ha luchado por la igualdad aun las mujeres encuentran barreras que frustran su desarrollo ante la sociedad, pero con la falta de atención de las autoridades competentes que no hacen valer la ley y no dan una resolución satisfactorias, se siguen cometiendo esta harta de discriminación contra las mujeres en la área labora.
Al buscar una forma de radicar y prevenir este problema lo primero que demos hacer es promover los derechos de igualdad de trato, de género, de respeto y las oportunidades entre ambos sexos. Y hacer que la ley atienda de manera urgente y continua las quejas y denuncias de las victimas así protegiendo los derechos de las mujeres trabajadoras.
Hay leyes e instituciones que ayudan a regular y fundamentar las acciones en el marco jurídico para intervenir en la resolución de este problema.
Las leyes dicen que no existe discriminación por hostigamiento o acoso sexual, ni por maternidad, principalmente la ley Federal del Trabajo que estable que nadie puede impedir o anular el reconocimiento o ejerció de sus derechos y la igualdad de oportunidades entre las personas.
La Organización internacional del trabajo (OTI), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) Y tras organizaciones federales y estatales de orden publico y privado estas trabajan en conjunto para crear instancias colegiadas y en ellas se establezca un proceso para la prevención, atención y sanción de asuntos relacionados con hostigamiento sexual y discriminación por embarazo en el área laboral.
En los últimos doce meses el 11.28% de las mujeres mexicanas empleadas sufrió discriminación por embarazo y 2.83% por hostigamiento o acoso de cuerdo con las cifras de la Organización Internacional del Trabajo. Con las cifras nos hemos dado cuenta que es un problema muy grave y por lo mismo hay que hacer un trabajo en conjunto para poder erradicarlo desde raíz para crear una área laboral mas armónica.
No podemos continuar sin aclarar que hostigamiento y acoso sexual tiene un significando similar y sin dar una definición de estas de acuerdo con la OTI Y la Legislación Mexicana porque para levantar un denuncia la República Mexicana no es valido el acoso sexual ya que en su legislación la toma como hostigamiento sexual a pesar de que ambas tengan un significado similar.
La Organización Internacional del Trabajo la define de la siguiente manera:
El acoso sexual en lugar de trabajo consiste en una atención de orden sexual indeseada a la que de manera implícita o explicita, que generan un entorno de trabajo intimidatorio, hostil u ofensivo.[1]
La Legislación Mexicana las define de la siguiente manera:
Hostigamiento sexual laboral: conducta de una persona que consiste en molestar, perturbar o crear dificultades a otra persona del mismo sexo o del sexo contrario, al hacerle sugerencias, invitaciones o proposiciones íntimas, de manera directa o indirecta, relacionadas con actividades sexuales, consideradas ofensivas, cuando ocurran en el centro de trabajo o con motivo de la relación de trabajo.[2]
Hacemos esta aclaración porque ambos términos los utilizaremos con frecuencia y para no causar un conflicto al lector.
El hostigamiento, acoso sexual y discriminación laboral por embarazo en México
La discriminación laboral, abarca dos grandes temas el hostigamiento o acoso sexual y la maternidad, son problemas que generan violencia en contra de las mujeres, violando sus derechos de igualdad de trato, de género y de oportunidades entre los hombres y las mujeres en el área laboral.
Aunque la ley dice lo contrario en el artículo cuarto de nuestra constitución donde establece que los hombres y las mujeres gozan de igualdad jurídica, sin embargo no somos iguales ya que la naturaleza nos ha diferenciado a los hombres y las mujeres, porque las mujeres tienen la posibilidad de ser madres y otras diferencias propias de los genero.
La discriminación por maternidad, se ha vuelto un motivo muy concurrente de despido que experimentan muchas mujeres en nuestro país, porque la Ley Federal del Trabajo no las protege y no prohíbe, la discriminación hacia las mujeres embarazadas que van a solicitar un empleo o que ya se encuentran dentro del, a pesar de que la Ley Federal del Trabajo resguarda los derechos de los trabajadores.
El despido por embarazo dicen los patrones que se da ya las mujeres en este estado su rendimiento y su productibilidad son mas bajos a comparación de una mujer que no se encuentra embarazada, por que las que se encuentran en se estado requieren un trato mas delicado y sin muchos esfuerzos porque si no tiene estos cuidados se produciría un aborto o un intento de aborto. Sin embargo en ocasiones a los patrones prefríen despedirlas que pagar los gastos y darles los subsidios por incapacidades temporales por lactancia.
También se ha vuelto una forma de discriminación cuando se va pedir empleo y te piden una prueba de embarazo para ver si eres candidata o no para el trabajo, pero esta quedo prohibida en el 2002 gracias al presidente de la República el Lic. Vicente Fox, que declarando que ninguna mujer puede ser despedida o se le niegue el derecho de trabajar por estar embarazada.
Con esta iniciativa podemos tratar de erradicar la discriminación por embarazo en la República Mexicana.
Gracias a esto muchas instituciones como la Red de Mujeres Sindicalistas, Mujeres Trabajadoras Unidas A, C., y otras exigen que se realice un reforma laboral, la cual contenga que se prohíba terminantemente la discriminación hacia a las mujeres embarazadas en el área laboral y se prohíba la prueba de embarazo a la hora de solicitar un trabajo. [3]
El hostigamiento o acoso sexual ocupa el segundo lugar de violencia hacia las mujeres pero existen muy pocas denuncias ya que la mayoría de las victimas sufren se acoso sexual y en México tan solo se castiga el hostigamiento. Por esta razón el gobierno federal realizo una nueva ley donde explica las diferentes molaridades de violencia, también en esta misma se creó un programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, establecida desde el 2007 y lleva por nombre Ley General Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
También el hostigamiento sexual esta consignado en código penal federal y en legislaciones locales de 17 entidades, este lo ve como un delito contra la libertad sexual de las personas y la norma desarrollo psicosexual.[4]
Este tipo de violencia es muy común en un ámbito laboral donde existen organizaciones estructurales de jerárquicas y verticales, donde generalmente los puestos de decisión y mando están a cargo de hombres quienes aprovechándose de su poción acosan a sus empleadas y en ocasiones estas acceden por miedo a ser despedidas o perder las prestaciones o benéficos que la ley establece. En ocasiones estas proposiciones también realizadas por los propios compañeros de trabajo, según la Red de Mujeres Sindicalizadas. [5]
La mayor parte de las mujeres que sufren este problema tienen entre 21 y 30 años y quedan afectas es su integridad física, moral, psicológica, su libertad sexual y su intimidad de personal.
Las leyes mexicanas no contemplan una obligación de que las empresas u organizaciones proporcionen un ambiente de trabajo libre de acoso sexual, como se hace en Canadá y Estados Unidos.
Según Jennifer Cooper, dice que no existen mecanismos de justicia social y laboral para mujeres que han sido victimas de hostigamiento sexual, a pesar de la existencia de un marco legal que sanciona estos comportamientos y a los altos costos de los juicios, así como la intimidación de las victimas que hacen que den un paso hacia atrás.[6]
Hay diversas legislaciones e instituciones que ayudan y protegen a mujeres con estos problemas a continuación mencionaremos algunas de ellas:
Legislaciones mexicanas
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Código Penal Federal (CPF)
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP)
Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE)
Ley Federal de Trabajo (LFT)
Contrato Colectivo de Trabajo (CCT)
Reglamento Interior de Trabajo (RIT)
Códigos de Conducta (CC)
Ley Federal de Salud
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Legislaciones internacionales
• Declaraciones y plataformas de acción
• Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), Artículos 1, 2 y 26.
• Segunda Conferencia Mundial de la Mujer, Copenhague, Dinamarca (1980).
• Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Austria, Viena (1993).
• Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, El Cairo (1994).
• Novena Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, México (2004).
• Declaración y Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Tratados
• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW, por sus siglas en inglés) (1979), Artículos 2, 3, 5 y 11.
• Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Belem do Pará, Artículos 2, 3, 6 y 8.
• Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte, Artículo 11.
• Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Instituciones privadas y públicas
Instituto Nacional de las Mujeres
Sistema Integral de la Familia
Red de Mujeres Sindicalizadas
Mujeres Trabajadoras Unidas A.C.
Estas instituciones nos brindan información para prevenir, erradica y sancionar estos problemas, y donde pueden asistir las victimas que padecen estos problemas. Se le recomienda a las victimas que levanten un a denuncia ante las autoridades competentes para que así se pueda evitar que siga creciendo esta violencia contra las mujeres, para así llegar a una erradicación desde raíz, será difícil pero si no denunciamos esta violencia seguirá prevaleciendo en los centros de trabajos.
Conclusión
Estos problemas son muy graves en nuestro país, porque afectan el desarrollo de muchas mujeres que buscan contribuir al sostenimiento de su familia, en México la mayor parte de ellas son madres solteras, divorciadas y viudas, encabezando los hogares.
A pesar de lo que dice la ley en México que los hombres y las mujeres gozan de igualdad ante la ley en a área laboral es lo contrario existe discriminación y esta se ve reflejada en los salarios, en los despidos injustificados contra las mujeres embarazadas, a la hora de pedir trabajo y pedir la prueba de embarazo, por ultimo en el hostigamiento u acoso sexual.
Para radicar estos problemas es urgente llevar a cabo una reforma profunda que modifique las leyes laborales, donde se eviten las injusticias en el hostigamiento o acoso sexual y que impongan obligaciones económicas a los empresarios que no paguen los subsidios por maternidad.
Porque las legislaciones vigentes que cuenta nuestro país son obsoletas ya que en la práctica no se sujetan a los problemas y estos afectan al desarrollo económico de nuestro país.
Hay que terminar de raíz estos problemas ya que afectan a las mujeres desde tiempo atrás a pesar de ellas conforman la mayor parte la actividad económica de nuestro país y encabezan los hogares mexicanos. Por eso hay que luchar por una igualdad entre los hombres y mujeres, y que se respeten nuestros derechos.
Será difícil radicarlo pero no imposible hay que trabajan en conjunto para logar que en la área laboral entre el padrón y las trabajadoras.
Todos tenemos derecho a un trabajo digno, en el cual no se violen los derechos de los trabajadores ya sean hombres y mujeres, y que no haya distinción por su condición, genero, sexo, edad, etc.
Autor:
Ana Zamora
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNAMA
DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
MATERIA: DESARROLLO DE HABILIDADES EN EL USO DE LA TECNOLOGÍA, LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN
OTOÑO 2011
[1] Patricia Kurczyn Villalobos, Acoso sexual y discriminación por maternidad en el trabajo, Instituto de Investigaciones Jurídicas- UNAM, México, 2004, p. 80.
[2] Organización internacional del Trabajo. “La hora de la igualdad en el trabajo”. Informe global con arreglo al surgimiento de la declaración de la OTI relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, conferencia internacional del trabajo. 91
[3] Aguirre Aleyla. “El despido por gravidez, problema laboral grave. La Jornada. 1 de Septiembre de 2001
[4] Espinosa Torres, Patricia. Rutas de atención y prevención del hostigamiento sexual en las instituciones públicas, primera edición, 2006.
[5] Aguirre Aleyla. “El despido por gravidez, problema laboral grave. La Jornada. 1 de Septiembre de 2001.
[6] Coloqui universitario: Mujeres en cargos de dirección. Jennifer Cooper. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. 16 de Febrero 2001