Utilización del método de esterilización por vapor para el tratamiento de residuos infecciosos (página 2)
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Según un informe realizado por la Asociación de Residuos Sólidos, entre el 60 y el 70% de los generadores de residuos hospitalarios utiliza operadores externos para su tratamiento. A fin de optimizar la disposición de los desechos hospitalarios se ha implementado la práctica de separar los desechos clínicos de la basura doméstica, poniéndolas en bolsas de color distinto. En Gran Bretaña se estableció este sistema en 1982 dada la preocupación generada por la forma en que los desechos clínicos estaban siendo mezclados con las basuras generales y encontrados aun en áreas públicas, o terminando en rellenos de tierras destinados normalmente a residuos domésticos. Cuando en 1989 inspeccionaron en Londres los incineradores de los hospitales, se encontró que muchos de ellos estaban obsoletos y sobrecargados, produciendo humos y probablemente dioxinas, y operando por debajo de las temperaturas recomendadas, quizás para economizar combustibles. Se encontraron también bolsas reventadas con sus contenidos derramados por el piso, siendo habitualmente manipuladas por equipos de disposición inexpertos y con ropas protectoras mínimas. [1]
Para que un residuo sea considerado patogénico debe contar con la presencia de:
/ Un agente patógeno en concentración suficiente como para producir una infección,
/ Una puerta de entrada para que el microorganismo ingrese a un nuevo huésped,
/ Un huésped susceptible.
El Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación incorporó al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica las Normas Técnicas Nacionales sobre el manejo de residuos biopatológicos de Unidades de Atención de la Salud por resolución 0349/94.
[1] Revista Latinoamericana de Salud en el Trabajo. Vol. 3 – N° 1 – 2003
Allí define residuos sólidos biopatogénicos a todos aquellos desechos o elementos materiales orgánicos o inorgánicos en estado sólido y/o semisólido, que presenten cualquier característica de actividad biológica que pueda afectar directa o indirectamente a los seres vivos o causar contaminación del suelo, del agua o la atmósfera, que sean generados con motivo de brindar servicios de atención de salud humana o animal con fines de prevención, control, atención de patologías, diagnóstico y/o tratamiento y rehabilitación, así como también en la investigación y/o producción comercial de elementos biológicos. Categoriza como residuos biopatogénicos (tipo B) a aquellos residuos con actividad biológica que provengan de áreas de internación, de emergencias, de tratamientos quirúrgicos u obstétricos y traumatológicos, laboratorios clínicos y microbiológicos, de investigación y farmacológicos, de hemoterapia, consultorios odontológicos y cuerpos de animales de experimentación y sus excrementos, anatomía patológica, morgue, autopsias, far-macia, etc. incluyendo desechos alimentarios de áreas de infectocontagiosos.
Graham A. J. Ayliffe, plantea que el residuo hospitalario tiene un contenido de mi- croorganismos similar o posiblemente menor que el residuo domiciliario. Expresa que no hay evidencia de transmisión de infecciones por residuo hospitalario fuera de los accidentes con materiales punzo-cortantes en los trabajadores de la salud, donde el riesgo de adquirir una infección por HIV es bajo. Diferentes estudios en Europa han demostrado que hay menos cantidad de microorganismos en los residuos hospitalarios que en los domiciliarios y que los potenciales patógenos son iguales en ambos casos. Se han demostrado menos microorganis- mos en residuos provenientes de pacientes en salas de aislamiento, que en los producidos en otras salas. Por consiguiente, no existe evidencia que el residuo hospitalario sea más peligroso que el domiciliario o que eI residuo hospitalario sea responsable de enfermedades en la comunidad o en el personal hospitalario, fuera de las agujas u otros elementos punzo- cortantes.[2]
Hay muy pocas situaciones en que se cumplen los requerimientos para que un residuo sea considerado patogénico, y la transmisión de la infección será más improbable si la cadena es rota colocando los residuos en envases plásticos sellados o en otros envases impermeables.
Sí hay muchas probabilidades de que el operador pueda contraer una enfermedad infecciosa por medio de instrumentos corto-punzantes, si es que estos no son descartados correctamente y de acuerdo a lo dispuesto en los programas de bioseguridad o por lo reglamentado para el manejo de residuos patogénicos o infecciosos.
De todos modos, y a pesar de lo expuesto por el Dr. G. Ayliffe, el planteo del tema acerca del tratamiento de los residuos de origen clínico humano o animal, debería tratarse en condiciones de extrema peligrosidad y cuidado más allá de las pocas o nulas evidencias de transmisión de enfermedades infecciosas por estos residuos, asegurando así la rotura de la cadena epidemiológica.
La falta de alguno de los elementos que componen la triada epidemiológica, implica la no contagiosidad de enfermedades sean transmitidas o no por residuos infecciosos.
[2] – G. Ayliffe. "Clinical waste: how dangerous is it?. Current opinión in infectious diseases. Vol. 7 N° 4. 1994
Clasificación de los Residuos de Establecimientos de Salud.
Residuos hospitalarios.
Se denomina residuo hospitalario al conjunto de residuos que genera un hospital durante la realización de sus actividades y que de acuerdo son su origen dentro del establecimiento asistencial, son más o menos contaminantes.
Su manejo correcto tiene el objetivo de contribuir al control de las infecciones y de la contaminación microbiológica a los fines de velar por la seguridad de las personas (público y personal) que concurren al hospital y por otra parte, a la prevención de problemas de contaminación ambiental que afecten a la población externa del hospital.
Las consideraciones en que se basa el tratamiento correcto de los residuos hospitalarios tienen que ver con la prevención de las infecciones intrahospitalarias, con la protección de la población exterior de enfermedades contagiosas, con sus características físicas o químicas, que puedan dañar el ambiente, así como con razones éticas y estéticas asociadas.
Residuos infecciosos propiamente dichos.
Son aquellos generados durante las diferentes etapas de atención de salud (diagnóstico, tratamiento, investigaciones, etc.) y por lo tanto han entrado en contacto con pacientes humanos o animales. Estos residuos entonces presentan diferentes niveles de peligro potencial de acuerdo al grado de exposición que hayan tenido con los agentes infecciosos que provocan las enfermedades.
Según la Organización Mundial de la Salud, son aquellos que pueden ser transmisores de enfermedades infecciosas, también referidos como residuos patológicos. Comprenden específicamente:
Y Material de laboratorio, cultivos microbianos, sangre y derivados
Y Material de anatomía patológica y quirófanos
Y Elementos corto-punzantes
Y Elementos de pacientes hospitalizados o no com enfermidades transmisibles
Y Resíduos de diálisis, incluídos viales y membranas
Y Otros desechos
Tratamiento:
Material de laboratorio, cultivos microbianos, sangre y derivados: estos elementos deben ser siempre clasificados y considerados como residuos infecciosos en vista de la posible presencia de agentes que originan enfermedades infecciosas. Cultivos y cepas de agentes infecciosos, cultivos microbianos, deben ser considerados siempre como residuos infecciosos a causa de la alta concentración de microorganismos patógenos normalmente presente en las muestras. Se hallan incluido dentro de este ítem, placas de cultivos y aparatos, material de laboratorio empleados para transmitir, inocular y mezclar cultivos.
Los residuos potencialmente infecciosos generados en laboratorios de investigación, de anatomía patológica, de microbiología, farmacéuticos o generados en otros laboratorios industriales, deberán ser tratados de igual forma, como así también los recipientes que contuvieron muestras y cultivos de microorganismos, como frascos, cápsulas de Petri, tubos de ensayo, etc. Los elementos para manipular materiales infecciosos y los equipos de protección del personal como guantes, guardapolvos, barbijos que hayan estado en contacto con muestras biológicas, cultivos microbianos, etc., deberán ser esterilizados.
Es recomendable tratar el material de laboratorio, cultivos microbianos, sangre y derivados, el proceso de esterilización por vapor dentro del mismo laboratorio antes de ser movidos de ese lugar, es decir, dentro del lugar de su generación. De esta forma se eliminarán los riesgos de exposición tanto durante el movimiento de los residuos dentro de la misma institución como en el caso de ser transportados a una instalación externa de tratamiento centralizado. Hay que tener en cuenta que, luego del proceso de esterilización por vapor, los residuos sólidos deberán depositarse en bolsas de residuos correspondientes, mientras que la porción líquida restante, será conveniente recolectarla en frascos con tapa segura y recién proceder a su descarte en la bolsa de residuo correspondiente.
Residuos de anatomía patológica y quirófanos: bajo de esta denominación se incluyen a los tejidos biológicos, órganos y miembros amputados y otras partes del cuerpo y fluidos corporales que hayan sido removidos durante procesos quirúrgicos, biopsias o autopsias. Se requiere un manipuleo especial para estos residuos por dos razones: por la posibilidad de una infección desconocida en el paciente o cadáver y por consideraciones estéticas. Para este tipo de residuos sólidos el mejor tratamiento es la incineración, este es el método elegido para tratar los residuos patológicos, teniendo en cuenta que generalmente los incineradores no se encuentran en el mismo edificio donde se generan los residuos, por lo tanto deben tratarse en forma específica durante el traslado dentro de la unidad sanitaria y hasta el momento de su recolección. Para los residuos líquidos generados durante alguna de las intervenciones antes mencionadas, como así también ropas de camillas, de mesa de quirófanos, apósitos, etc. que hayan estado en contacto con los residuos generados, será conveniente tratarlos por medio de esterilización con vapor antes de su tratamiento.
Elementos corto-punzantes: esta categoría incluye agujas de jeringas, bisturís, tubos capilares y todo tipo de material de vidrio. Los elementos corto-punzantes deben ser tratados como elementos contaminados y requieren especial cuidado en su manipuleo debido al doble riesgo que presentan de ocasionar daño y de incluir una enfermedad. Los cortes, heridas y lesiones punzantes originados por estos elementos constituyen vías de acceso de agentes infecciosos a través de la piel dañada. El adecuado tratamiento de estos elementos incluye: en primer lugar, colocarlos en recipientes especiales cerrados hasta el momento de disponer de ellos para su descarte, y en segundo lugar, esterilizar por vapor el dicho recipiente antes de ser transferido al lugar para su recolección.
Aquellos elementos corto-punzantes, que no fueron expuestos a agentes patógenos y que por lo tanto no estén contaminados, beberán ser tratados como si lo estuviesen.
Elementos de pacientes hospitalizados o no con enfermedades transmisibles: estos residuos se originan en las áreas de atención de pacientes en salas de urgencias, internación, quirófanos, centros de diálisis, morgue. Un criterio general para determinar cuales de los residuos originados en la atención de pacientes son potencialmente infecciosos es incluir en esta categoría a todos los residuos contaminados con sangre, líquidos corporales, excreciones y secreciones, e incluyen: residuos provenientes de salas de cirugía como vendas, esponjas, paños, drenajes, sondas, etc. y todo tipo de material descartable utilizado en la atención del paciente.
Residuos de diálisis, incluidos viales y membranas: ya que estuvieron en contacto con sangre y fluidos corporales, como sondas, viales, membranas, filtros, son descartables y antes de ser desechados es conveniente someterlos al proceso de esterilización. Las máquinas dializadores, deberán ser sometidas a procesos de desinfección correspondientes.
Otros desechos: se incluyen todos los residuos infecciosos o no, que hayan quedado fuera de las categorías entes mencionados.
Residuos especiales y domiciliarios
Si bien este tipo de residuos no son objeto de ser tratados en el presente trabajo por no ser susceptibles de ser tratados por esterilización por vapor a fin de convertirlos en residuos inocuos, son nombrados por pertenecer a la clasificación de residuos.
Son los residuos generados durante las actividades auxiliares de los centros de atención de salud que no han estado en contacto con el paciente directamente no con agentes infecciosos. Estos residuos constituyen un peligro para la salud por sus características químicas tales como: inflamabilidad, corrosividad, reactividad, toxicidad, carcinogenicidad, mutagenicidad, teratogenicidad y radiactividad.
Son residuos domiciliarios aquellos generados por las actividades administrativas, de cocina, limpieza, obras y reparaciones y residuos domésticos en general. No representan entonces peligro para la salud, aunque sí pueden considerarse como contaminantes ambientales en muchos casos.
Generadores.
Se refiere a quienes generan los residuos infecciosos en una comunidad, y pueden
citarse:
/ Centros de salud, como hospitales, sanitarios, clínicas, maternidades
/ Laboratorios de investigación (académicos e industriales), de análisis clínicos, de análisis microbiológicos.
/ Industria farmacéutica
/ Veterinarias
/ Industrias de elaboración de drogas y cosméticos.
Generación. Riesgos para la salud.
Los trabajadores de la salud se enfrentan a diferentes factores de riesgo de contaminación o adquisición de enfermedades ocupacionales por contacto con residuos infecciosos. Esta relación esta directamente asociada con la ocupación u oficio que se realiza.
Estos riesgos se los puede clasificar en:
/ Riesgo alto: personas expuestas a residuos patógenos como sangre, tejidos, agujas desechadas, hojas de bisturís, residuos de laboratorio y residuos corporales, etc.
/ Riesgo medio: son las personas cuyas actividades no involucra contacto directo con residuos infecciosos o su contacto no es permanente
/ Riesgo bajo: personal administrativo Manipulación y transporte interno.
La principal preocupación durante el manejo de residuos infecciosos es el riesgo de exposición a agentes patógenos, en todos aquellos puntos de la gestión donde se realice un manipuleo de los mismos.
El riesgo persiste durante todas las etapas de la gestión: descarga, recolección y movimiento dentro del lugar de generación, almacenamiento, tratamiento in situ o bien transporte externo para el tratamiento y disposición final fuera del lugar de generación. El riesgo no solo incluye posibles heridas de piel y por lo tanto penetración vía dérmica de agentes infecciosos, sino también la potencial exposición a través de inhalación o ingestión de agentes patógenos.
Pueden enunciarse algunos principios y procedimientos que tienden a reducir las posibilidades de exposición:
/ Embalaje adecuado de residuos
/ Protección del embalaje y contenedor de residuos a fin de protegerlos de acciones que puedan desgarrar o romper los recipientes o elementos de envoltura.
/ Evitar contacto físico con los residuos
/ Utilización de elementos de protección (guantes, delantales o guardapolvos, máscaras u otros elementos de acuerdo a las exigencias de la actividad) por parte del personal encargado de tareas vinculadas a la gestión de los residuos.
/ Minimizar las ocasiones de manipuleo de los residuos tanto como sea posible.
/ Limitar el número de personas bajo exposición potencial por manipuleo.
/ Desarrollar medidas y procedimientos para prevenir derrames y accidentes.
/ Planificar las acciones y procedimientos que se aplicarán de ocurrir accidentes.
Esquema propuesto para la segregación de residuos (según la OMS).[3]
Residuos sólidos no infecciosos: bolsas de polietileno color verde. No deben contener restos de vidrios rotos ni elementos corto-punzantes
Residuos sólidos infecciosos: en bolsas de polietileno color rojas las cuales se colocaran dentro de una caja de cartón que las contenga, llenadas hasta un 75% de su capacidad, con rótulo de "residuo infeccioso"
Residuos líquidos infecciosos: en recipiente tronco cónico con tapa de cierre hermético con rótulo de "residuo infecciosos líquido"
Residuos corto-punzantes infecciosos: en cajas rígidas resistentes a cortes y pinchaduras con rótulo "residuo corto-punzante infeccioso"
Tratamientos.
De manera amplia, el término tratamiento se refiere a cualquier método, técnica o proceso físico, químico, térmico o biológico diseñado para cambiar la composición de un residuo peligroso o modificar sus propiedades físicas, químicas o biológicas de modo de transformarlo en no peligroso o bien en menos peligroso a efectos de hacer mas seguras las condiciones de almacenamiento, transporte o disposición final.
Los mismos principios tendientes a reducir las oportunidades de exposición son aplicables a los aspectos de manipuleo de los residuos durante la etapa de tratamiento. Esto implica mantener la integridad de los recipientes y bolsas como también asegurar el empleo de equipos y vestimenta de protección por parte del operario.
Las técnicas disponibles y/o potencialmente aplicables para el tratamiento de residuos infecciosos son:
/ Esterilización por vapor
/ Esterilización con gas (óxido de etileno)
/ Desinfección química
/ Inactivación térmica
/ Irradiación
/ Incineración
De las técnicas expuestas o aplicables, es la esterilización por vapor y la incineración los más efectivos y seguros para descontaminar todo tipo de residuo infecciosos, asegurando así la eliminación de cualquier patógeno.
Proceso de esterilización por vapor.
Es el método por excelencia que se utiliza en el laboratorio especialmente de microbiología dado que es la forma en que se elimina absolutamente toda forma de vida microbiana incluida las esporas microbianas (formas resistentes de algunos patógenos).
Fundamento: el sistema de esterilización por vapor consiste en un aparato de doble capa de bronce revestido por una capa externa metálica que esteriliza a 121°C a una atmósfera de presión durante 20 o 30 minutos, tiempo suficiente para lograr la muerte de microorganismos presentes en muestras que lo contengan. La forma que los patógenos son destruidos se lleva a cabo por la alta temperatura a determinada presión debido a la desnaturalización y coagulación de proteínas y posterior lisis (rompimiento) de la pared celular del microorganismo y de la membrana celular de glóbulos rojos y blancos de la sangre. Se asegura por este método que el material esterilizado, una vez finalizado el proceso, este libre de todo patógeno que pueda colonizar, invadir y multiplicarse en el operador.
[3] – OMS- Manual para el manejo de Residuos Peligrosos – 2006
El autoclave es el aparato en cuestión, que se encuentra en todo laboratorio donde se manipulé cultivos microbianos (sean estos patógenos o no), a partir de muestras biológicas humanas o de animales o de muestras como alimentos, agua o de otro tipo, en los laboratorios de microbiología industrial.
Es útil para esterilizar: cultivos microbianos procedentes de muestras biológicas (orina, materia fecal, LCR – líquido cefalorraquídeo; cultivos procedentes de catéteres, sondas; cultivos procedentes de esputos, raspajes y fluidos corporales como sangre (hemocultivo); muestras procedentes para su cultivo microbiológico, material de vidrio con muestras y cultivos ya estudiados en su interior; material plástico descartable contaminado o no; recipientes de vidrio que contienen elementos corto-punzantes; guantes descartables, torundas, algodón, gasas, etc. debidamente contenidos en recipientes de vidrio; ropa de camillas y vestimentas utilizadas durante actos quirúrgicos; etc.
En síntesis, la esterilización por vapor asegura una descontaminación segura de todo tipo de material que estuvo o que se sospecha en contacto con pacientes con enfermedades infecto contagiosas declaradas o en proceso de incubación, asegurando así evitar que el responsable de la transferencia de los residuos infecciosos desde el lugar en que fueron generados hasta la disposición final de los mismos, no corra riesgos de contraer enfermedades debido a accidentes y/o mal tratamiento de los mismos.
Como podrá observarse, el método es efectivo y reduce en un alto porcentaje los posibles accidentes de contaminación si son llevas a cabo las prácticas en forma adecuada y consciente. Todos los laboratorios en los que se realizan prácticas microbiológicas cuentan con el sistema de esterilización por vapor ya que es un aparato de uso corriente para la gran mayoría de las prácticas microbiológicas.
Además de la ventaja que ofrece el proceso en cuanto al aseguramiento de la muerte de microorganismo, se trata de un aparato que conectado a una toma de corriente eléctrica o de gas, no ocupa demasiado espacio, no es contaminante del ambiente donde se encuentre, no requiere lugares específico para su instalación y es fácilmente manejable, aunque como todo proceso que incluye una técnica a seguir, debe ser utilizado por personal capacitado.
Son varias las ventajas del método, pero fundamentalmente asegura la destrucción de cualquier agente infeccioso, preservando así la integridad física del operador, la integridad física del que quien es el responsable del traslado y movimiento de dichos residuos, y previene la posible contaminación ambiental.
Existen en el mercado tiras reactivas denominadas bioindicadores, los que son eficaces para la comprobación de esterilidad luego del proceso de esterilización por vapor, aunque de hecho si el proceso se llevo a cabo en forma adecuada, su uso resulta indistinto.
Niveles de Inactivación de microorganismos.
Nivel I: Inactivación de bacterias vegetativas, hongos y virus lipofílicos a un nivel de reducción de seis órdenes logarítmicos o mayor (6 Log 10 reducción)
Nivel II: Inactivación de bacterias vegetativas, hongos y virus lipofílicos/hidrofílicos, parásitos y mycobacterias a un nivel de reducción de seis órdenes logarítmicos o mayor (6 Log10 reducción)
Nivel III: Inactivación de bacterias vegetativas, hongos y virus lipofílicos/hidrofílicos, parásitos y mycobacterias a un nivel de reducción de seis órdenes logarítmicos o mayor (6 Log10 reducción) e inactivación de las esporas del Bacillus stearothermophilus o de las esporas de Bacillus subtilis a un nivel de reducción de cuatro órdenes logarítmicos o mayor (4 Log10 reducción)
Nivel IV: Inactivación de bacterias vegetativas, hongos y virus lipofílicos/hidrofílicos, parásitos, mycobacterias y esporas de Bacillus stearothermophilus a un nivel de reducción de seis órdenes logarítmicos o mayor (6 Log10 reducción)
Regulación y marco legal.
1) – Constitución Nacional. Art. 41
2) - Legislación sobre residuos hospitalarios en el ámbito Nacional.
Ley 24051 sancionada en 1991.
Decreto 831/93 (Reglam. de la Ley 24051) Régimen legal de Residuos Patológicos. Esta Ley se refiere a los siguientes temas:
/ Requisitos y control de operadores y generadores
/ Categorización de los generadores según la cantidad y peligrosidad de los residuos
/ Condiciones de transporte
/ Disposiciones reglamentarias
3) – Legislación en el ámbito Provincial
Ley 11717 sobre Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable Cap. IX – Art. 22 y 23
Decreto 1844/2002 sustituye el reglamento de los art. 22 y 23 de la Ley 11717 (Art. 30) El reglamento de los artículos 22 y 23 de la Ley 11717 es el siguiente:
Cap I – Definiciones
Cap II – Disposiciones Generales
Cap III – Registro de consultores, expertos y peritos
Cap. IV – Registro de generadores y operadores de residuos peligrosos Cap V – Registro de infractores
Cap. VI – Manifiesto
Cap VII – Certificado de aptitud ambiental
Cap VIII – Tasa adicional anual por la generación y operación de residuos peligrosos Cap IX – Generadores, disposiciones generales
Cap X – Generación de residuos peligrosos en forma eventual o no programada Cap XI – Alamacenadores transitorios de residuos peligrosos
Cap XII – Plantas de tratamiento y disposición final Cap XIII – Liberación accidental de residuos peligrosos Cap XIV – Disposiciones transitorias
Cap XV – Disposiciones complementarias Anexos
4) – Legislación en el ámbito Municipal
Ordenanza 5846 sobre Residuos patológicos y anexo I de la citada ordenanza.
Municipalidad de la Ciudad de Rosario
5) - Otras normativas.
Normas ISO 14000 de Ambiente Y Sociedad (de adopción voluntaria)
Prevención, vigilancia y control de las infecciones hospitalarias, y autoridad de aplicación
En el orden nacional, la vigilancia de las infecciones hospitalarias se lleva a cabo mediante el Programa Nacional de Vigilancia de Infecciones Hospitalarias, Sistema VIHDA, y mediante el Sistema de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud de la Nación, Programa VIGI-
A. Ambos tienen como finalidad fortalecer el sistema de vigilancia en salud con respecto a un grupo de enfermedades transmisibles y no transmisibles y, realizar acciones tendientes a reforzar los programas de divulgación para la población sobre los criterios de prevención para mejorar la calidad de vida de la misma.
A nivel provincial, y en algunos casos municipales, cada jurisdicción organiza su propio sistema de vigilancia.
El Proyecto de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGI-A) tiene por fin obtener la información necesaria para la toma de decisiones sobre la estructura y el funcionamiento de los servicios, daños y riesgos para los distintos grupos y áreas de la población. Sus objetivos son fortalecer y modernizar el Sistema de Vigilancia Epidemiológica en sus distintos niveles, incluyendo el control de las infecciones nosocomiales.
En el orden normativo, existe una disposición general sobre Prevención y Control de la Infección Hospitalaria (Resolución Ministerial No. 355 de 1999 del Ministerio de Salud de la Nación) que contiene disposiciones enumeradas en anexos sobre las siguientes materias: medidas para la prevención de las infecciones relacionadas con catéteres vasculares, medidas para la prevención de la neumonía intrahospitalaria, medidas para la prevención de la infección del tracto urinario en el paciente con catéter vesical, normas de procedimiento para la higiene hospitalaria, normas de procedimiento de lavado de manos, normas de procedimiento sobre residuos patogénicos y normas de precaución de aislamiento. Dichas normas se incorporan a su vez a una instancia superior y más amplia conformada por el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, creado por la Resolución No. 432 de 1992 y refrendada por el Decreto No. 1.424 de 1997. Este programa tiene como objetivos normalizar las actividades vinculadas con las actividades sanitarias para asegurar la calidad de los servicios y de las prestaciones que se brindan a la población, y proponer las medidas necesarias para garantizar la calidad de los mismos en cumplimiento de la función indelegable del Estado de asegurar la calidad de los servicios de salud para toda la población, mediante el dictado de las normas necesarias en el marco de su competencia.
A su vez y para optimizar las acciones del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, la Resolución No. 432, creó el Consejo Asesor Permanente de la Comisión Nacional de Certificación y Recertificación Profesional y la Comisión Nacional de Acreditación de Establecimientos de Salud, con la adecuada participación de representantes del Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) y de entidades representativas del sector en cada caso. El Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, al que se incorporan las Normas de Prevención y Control de la Infección Hospitalaria, es de aplicación obligatoria en todos los establecimientos nacionales de salud y del Sistema Nacional del Seguro de Salud, el Sistema Nacional de Obras Sociales, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, los establecimientos incorporados al Registro Nacional de Hospitales Públicos de Autogestión, así como en los establecimientos dependientes de las distintas jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en las entidades del sector salud que adhieran al mismo.
Existen también y son dignas de mención, numerosas normas específicas regulan los procedimientos y servicios de salud que incluyen referencias a la prevención y control de las infecciones hospitalarias. Por ejemplo, la Resolución No. 1.883 de 2005 del Ministerio de Salud de la Nación, que aprueba las Normas de Organización y Funcionamiento de los Servicios de Cirugía, establece en la sección 3.4.d. los requisitos necesarios que deberá cumplir el sistema de acondicionamiento térmico para no generar contaminación ambiental y para mantener la temperatura adecuada en las áreas calefaccionadas según su función y dimensiones. Dicho sistema contemplará la división en sectores de la unidad según grados de asepsia. Entre los riesgos a reconocer, menciona el control ambiental y de infecciones.
En esta línea, toda las normas enumeradas y referidas a la organización y funcionamiento de servicios específicos de salud (como los servicios de pediatría, patología o maternidad) o las referidas al diagnóstico y tratamiento de enfermedades (como el VIH/SIDA o la atención del parto normal en maternidades, entre otras), contienen disposiciones que enfatizan la prevención de las infecciones hospitalarias Con respecto a la autoridad de aplicación en la materia, la Resolución No. 2.885 de 1983 del Ministerio de Salud de la Nación delega en el Instituto Nacional de Epidemiología "Dr. Juan H. Jara" (INE) la vigilancia y el control de las infecciones hospitalarias. El INE forma parte de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr. Carlos G. Malbrán" (ANLIS), que es un organismo descentralizado del Ministerio de Salud de la Nación.
Convenio de Basilea. 1992.
El Convenio de Basilea es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición.
El Convenio de Basilea fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992. El Convenio es la respuesta de la comunidad internacional a los problemas causados por la producción mundial anual de 400 millones de toneladas de desechos peligrosos para el hombre o para el ambiente debido a su características tóxicas/ecotóxicas, venenosas, explosivas, corrosivas, inflamables o infecciosas.
El Convenio reconoce que la forma más efectiva de proteger la salud humana y el ambiente de daños producidos por los desechos se basa en la máxima reducción de su generación en cantidad y/o en peligrosidad. Los principios básicos del Convenio de Basilea son:
/ el tránsito transfronterizo de desechos peligrosos debe ser reducido al mínimo consistente con su manejo ambientalmente apropiado;
/ los desechos peligrosos deben ser tratados y dispuestos lo más cerca posible de la fuente de su generación;
/ los desechos peligrosos deben ser reducidos y minimizados en su fuente.
Como podrá observarse, en el segundo ítems, estable la necesidad de tratar los desechos lo más cerca posible de la fuente de generación, lo que llevar a cavo la esterilidad de los residuos antes de ser transportados aunque sea dentro del mismo edificio, sería una opción para minimizar los riesgos de infección en operadores donde dicha acción se condice con lo dispuesto y aceptado por los países firmantes del convenio.
Como podrá observase, durante el tratamiento interno, es decir, en el mismo lugar donde se generan los residuos infecciosos o patogénico como así también los patológicos no esta instaurado el uso de autoclave para llevar a cabo en proceso de esterilización por vapor de los residuos recién generados y antes de ser transportados dentro de las mismas instalaciones.
No está reglamentado en ninguna de las normas citadas, el uso del proceso de esterilización en el mismo lugar de su generación, lo que significaría una potencial reducción de los riesgos en primer lugar para el operador de los residuos inmediatamente después de su generación y en segundo lugar para todos aquellos que intervienen en el tratamiento y manipulación hasta su destino final.
Como puede verse en el trabajo de investigación adjunto (anexo), la mayor parte del personal interviniente de las áreas en donde se generan residuos infecciosos o patológicos, no está capacitado para su manipuleo aunque un cierto porcentaje tiene conocimiento sobre la separación de residuos pero no han recibido capacitación al respecto.
Creo que es necesario rever la legislación vigente, imponer el sistema de esterilización para los residuos infecciosos especialmente en el mismo lugar donde son generados y para los residuos patológicos en áreas destinas al proceso, es necesaria la creación de órganos de control interno (en la misma institución sanitaria) y externo dependientes de las Secretaría de Salud de las municipalidades y/o comunas o del Ministerio de Salud de la Provincia, a la vez que se lleven cursos de capacitación periódicos en donde se capacite al personal que tiene o tendrá a cargo la manipulación de residuos recién generados y se les comunique sobre enfermedades declaradas contraídas a causa de la errónea forma de tratar residuos infecciosos y patológicos al solo efecto de concientizarlos sobre el manipuleo de los mismos.
ANEXO
Ayliffe, G. Clinical waste: haw dangeruos is it?. Current opinion in infections diseases, Vol. 7 – N° 4 – 1994
Brion, Jorge. Manejo de residuos patogénicos. CEAMSE (Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado) 1998.
Leplumé, Hector. Resíduos Patogênicos o Infecciosos. Revista Nuestro Hospital. Año 1- N° 3 – 1997.
Manual de procedimientos para el manejo de residuos patológicos. Universidad Austral de Chile. Proyecto de Administración Ambiental Corporativo. 2003.
Manual para el manejo de residuos peligrosos. Facultad de Medicina. Universidad Autónoma de México. 2005.
Manual de procedimientos para el manejo de residuos peligrosos biológicos-infecciosos generados en hospitales del Instituto de Salud del Estado de México.2005.
Manual para el manejo integral de residuos de servicios de salud. Sistema Federal Sanitario. México. 2005
Manual para el manejo de Residuos Peligrosos. OMS – 2006
Residuos patogénicos en establecimientos de salud. Asociación Argentina de Microbiología. Ed. 2007
Residuos patológicos. Revista del Hospital Ramos Mejías. Volumen IX – N° 3 – 2004
Revista Latinoamericana de Salud en el Trabajo. Vol. 3 – N° 1 – 2003
UNR – CEI
MAESTRIA EN SISTEMAS AMBIENTALES HUMANOS
Seminario: DERECHO AMBIENTAL
Docentes:
Dr. C. Arcocha
Dr. H. Allende Rubino Dr. A. Monsanto
Autor:
Germán Puigdomenech
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