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Guía de gestión de residuos industriales peligrosos en el sector de la galvanoplastia (página 2)

Enviado por Manolo Córdova


Partes: 1, 2

•         El desarrollo e implantación de un sistema de Seguridad y Salud Laboral es parte de un Sistema de Gestión Integrada, cuyo uso implica un reconocimiento nacional e internacional en cuanto a calidad.

•         Disminuye las pérdidas de horas laborales por mantener un ambiente saludable.

•         Se regulariza y afirma las contrataciones asegurando al patrono el estado de salud del nuevo personal antes y durante el tiempo en que estos formen parte de las actividades laborales en la empresa y evitando pagos innecesarios por enfermedades profesionales que pudieran ser en trabajos o actividades previas a su contratación.

•         Se evita en el personal trabajador  daños severos y en ocasiones fatalidades por seguir procedimientos de trabajo seguro sin importar que la tarea sea de alto riesgo como es en la industria galvánica.

BENEFICIOS QUE SURGEN DEL CUMPLIMIENTO NORMATIVO

•         Generan resultados desde el corto plazo.

•         Aseguran cerrar el ciclo de mejoramiento continuo.

•         Realmente constituyen herramientas poderosas para mejorar la calidad de las organizaciones y de los productos, fomentar un manejo responsable del ambiente y cuidar de las personas.

•         Aplicando un Sistema de Gestión Integral basado en Normas (ISO 9000,  OSHAS 18000  e ISO 14000) se logra: Satisfacción al cliente, Cuidado de las Personas y Cuidado Ambiental.

•         Incremento de la Rentabilidad por mejora competitiva.

•         Antes, las empresas grandes dominaban a las pequeñas. Ahora las rápidas dominan a las lentas y la normativa lo hace posible.

•         La normativa permite competir atendiendo  los cambios del entorno de la Empresa.

0.3    IMPLICACIONES DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

•         Compromiso Gerencial. Para dirigir con éxito la gestión.

•         Organización Interna. Para acatar y cumplir los procedimientos.

•         Integración Vertical (Todos los departamentos). Se involucraran y estarán comunicados.

•         Integración Horizontal (Proveedores, Empresa, Cliente). Se involucraran y estarán comunicados a demás de entregar la información necesaria cuando sea pertinente. (Ejemplo: el proveedor de químicos dará Hojas de Seguridad de los Productos MSDS).

•         Invertir recursos para mejorar el perfil de la empresa (técnico, gerencial, operativo).

•         Incurrir en costos para reducir los costos seriamente.

•         Pensar a mediano y largo plazo.

•         La legislación Ecuatoriana autoriza el uso de normativa Técnica Internacional cuando la estatal no contemple algún problema en particular situación que permite utilizar estándares Internacionales ya sea en procedimientos o tareas críticas.

OBSTÁCULOS QUE IMPIDEN A LAS EMPRESAS ADMINISTRAR ADECUADAMENTE LOS RESIDUOS PELIGROSOS

•         Aplicación enérgica de los procedimientos actuales.

•         Conceptuar en el falso de que se debe contratar más personal para manejar los Residuos Peligrosos y no Capacitarlos adaptando un sistema de Gestión.

•         Creer en el infundado de que solo hace falta crear o fortalecer el departamento de Control para mejorar el manejar los Residuos Peligrosos.

•         Culpar a la gente por los problemas y creer que no responden como se espera de ellos.

•         Creer que solo se necesita lanzar planes de austeridad que a veces solo afectan la moral.

•         Trabajar sin seguridad, y pensar que lo importante es el trabajar barato.

•         Trabajar sin respaldo de procedimientos y documentación.

•         Pensar que un poco de humo, al fin nadie lo nota.

0.4    IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA Y SOLUCIONES PROPUESTAS

INTRODUCCIÓN

La industria Galvánica posee tecnologías para su proceso productivo que no pueden ser catalogadas como tecnologías mas limpias, esto hace que produzcan volúmenes considerables de residuales en los que están presentes sustancias  tóxicas como son los metales pesados.

Entre los más significativos se encuentran metales  como el cromo, níquel, y cobre que presentan valores de concentraciones por encima de los valores admisibles en descargas según la legislación Ecuatoriana  Tabla 6 TULA ANEXO I LIBRO VI (ver anexo 4).

El sistema de tratamiento aplicado en algunos talleres genera una contaminación secundaria que son los lodos con contenidos de hidróxidos de los metales involucrados en el proceso productivo, en este caso las concentraciones de los metales contenidos al ser comparados con valores encontrados en las normas Europeas y Suizas los superan 100 veces.

Todo lo anterior expuesto hace necesario una gestión ambiental adecuada para evitar daños al hombre y al medio ambiente.

El objetivo del presente trabajo es plantear una estrategia dirigida a la reducción del desecho en las fuentes contaminantes (volumen y peligrosidad) con la disminución de las materias primas y el uso de productos químicos menos peligrosos en el proceso tecnológico usando técnicas convencionales.

0.5    PRINCIPALES PROCESOS Y RESIDUOS GENERADOS

La industria galvánica Ecuatoriana mantiene la tendencia Sudamericana. (CENTRO ECUATORIANO DE PRODUCCION MÁS LIMPIA CEPL)

Utiliza  un gran número de productos químicos en su mayoría de importación y con costos elevados; además se caracteriza por su alto consumo de agua por unidad de productos terminado y el aprovechamiento de la materia prima es muy bajo e este tipo de industria 0,5 – 1,0 m3 por cada m2 de superficie tratada. (Kenneth 1967).

Los productos químicos no utilizados en el proceso productivo son incorporados en las aguas residuales lo que propicia que la industria galvánica sea una de las actividades más peligrosas para el medioambiente y el hombre, por las elevadas concentraciones de metales pesados y otras sustancias tóxicas en el contenido residual. El manejo de estos residuales requiere de complicados sistemas de tratamiento para obtener efluentes que puedan ser incorporados a los diferentes cuerpos receptores.

En muchos talleres los sistemas de tratamiento de residuales no operan con la eficiencia requerida por no contar con el mantenimiento adecuado o por obsolescencia tecnológica; en otros casos no poseen sistema de tratamiento de  las aguas residuales y sus lodos generados en la industria galvánica vertiendo directamente sus efluentes.

ANÁLISIS DE LOS EFECTOS EN RELACIÓN CON LOS COSTOS

La mala disposición y vertido de residuos peligrosos  causa impactos ambientales descritas en el LIBRO VI TITULOS III y IV del TULA cuyas causas probadas son sancionadas y penadas por la ley teniendo montos que van de 1000 a 2000 salarios mínimos vitales generales. (Art. 222 TULA LIBRO VI).

Y según el Art.223.- Se sancionará con prisión de tres a cinco años, además de la suspensión indefinida de la actividad, todo sujeto de control de este instrumento que, sin contar con la licencia o la autorización de la autoridad competente, haya provocado la lesión o muerte de personas. Igual sanción acarreará el tráfico ilegal de desechos peligrosos.

Así mismo el Art.225.- Se concede acción popular para la denuncia por el daño o riesgo causados por un sujeto de control de este reglamento, al infringir cualquiera de sus disposiciones.

Los costos de Tratamiento en países de la Unión Europea se muestran en la siguiente tabla:

Haciendo relación de costos-beneficio  se recomienda invertir en tratamiento de los residuos peligrosos que dará una mejor producción y rentabilidad  antes que tener que pagar multas elevadas por incumplimientos.

METODOLOGÍA

La estrategia de la Gestión debe estar dirigida hacia la reducción de la producción y peligrosidad de residuales galvánicos mediante:

·         El control de la disciplina tecnológica.

·         Implementación de medidas y reciclaje.

·         La sustitución de productos químicos persistentes nocivos por otros biodegradables e inocuos.

0.6    DESARROLLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS

TéCNICAS USADAS

En la actualidad existen tres categorías básicas de tecnologías de tratamiento o procesamiento de residuos peligrosos: Térmica, química/física/biológica, solidificación/fijación.

Procesamiento térmico. Se utiliza para destruir residuos orgánicos sin que esto signifique un peligro para el medio ambiente.

Procesos Químico/Físicos/Biológicos. Pueden ser utilizados para obtener residuos menos peligrosos o no peligrosos. Estas opciones pueden reducir el grado de riesgo y las cantidades de residuos que deben ser dispuestos directamente a la tierra.

Métodos de Solidificación y Encapsulado. Se utilizan para mejorar el manipuleo y las características físicas del residuo, limitar su solubilidad o destoxificar algún componente peligroso que pudieran contener.

Los residuos que pueden solidificarse/estabilizarse eficazmente consisten fundamentalmente de materiales inorgánicos en solución acuosa o suspensión que contenga cantidades apreciables de metales pesados tóxicos y/o sales inorgánicas. Los residuos de la industria de galvanoplastia han sido procesados con los sistemas puzolánicos.

TéCNICAS RECOMENDADAS.

Métodos de estabilización, fijación, solidificación y Encapsulado.

La estabilización y solidificación, se han utilizado ampliamente en la gestión de los residuos peligrosos.

Estabilización. Es el proceso que utiliza aditivos (reactivos) para reducir la naturaleza peligrosa de un residuo, transformando el residuo y sus constituyentes peligrosos en un bloque, para de esta manera:

·         Minimizar la velocidad de migración de los contaminantes al medio ambiente.

·         Reducir al nivel de toxicidad.

Fijación. Se emplea a menudo como sinónimo de estabilización. La estabilización se realiza a través de la adición de reactivos que:

·         Mejoran el manejo y las características físicas del residuo.

·         Disminuyen la superficie a través de la cual puede tener lugar la transferencia o pérdida de contaminantes.

·         Limita la solubilidad de cualquier contaminante presente en el residuo.

·         Reduce la toxicidad de los contaminantes.

Solidificación. Se describe como el proceso en el que se añade cantidad suficiente de material solidificante, incluidos sólidos, a los materiales peligrosos para originar una masa solidificada. La solidificación de masas se realiza mediante la adición de reactivos que:

·         Aumentan la resistencia.

·         Disminuyen la compresibilidad.

·         Disminuyen la permeabilidad del residuo.

Los términos solidificación y estabilización tienen conceptos diferentes pero muchos autores los toman como sinónimos, se hará excepción cuando se especifique lo contrario.

0.7    MECANISMOS

Para la correcta puesta en práctica de la estabilización como tecnología de gestión de residuos peligrosos, es necesario comprender los mecanismos básicos físicos y químicos que controlan la eficacia de los reactivos de estabilización. Para lograr la estabilización se puede usar una de las siguientes técnicas.

a.       Macroencapsulación. Es el mecanismo por el cual los constituyentes del residuo peligroso quedan atrapados físicamente en una matriz estructural de mayor tamaño, es decir, los constituyentes del residuo peligroso se retienen en los poros discontinuos del material estabilizante. Si se produce la degradación física (descomposición) del material estabilizado, incluso si es en partículas de gran tamaño, los compuestos atrapados quedan libres para migrar. La masa estabilizada puede descomponerse con el tiempo debido a las tensiones ambientales. Por tanto los contaminantes estabilizados únicamente por macroencapsulación pueden aparecer en el medio ambiente si no e conserva la integridad de la masa.

b.       Microencapsulación. Los constituyentes del residuo peligroso quedan atrapados en el interior de la estructura cristalina de la matriz solidificada a nivel microscópico. Como resultado, incluso si los materiales estabilizados se degradan a partículas de tamaño relativamente pequeño, la mayor parte del residuo peligro permanece atrapado. Sin embargo, como sucede con la macrocapsulación, al no estar el residuo alterado o ligado químicamente, la velocidad de liberación del contaminante de la masa estabilizada puede aumentar al disminuir el tamaño de partícula y quedar expuesta a una superficie mayor.

c.       Absorción. La absorción es el proceso por el cual los contaminantes son tomados por el adsorbente de manera similar a como una esponja toma el agua. Este proceso se emplea principalmente para eliminar los líquidos libres de manera que se mejoren las características de manejo del residuo, es decir, para solidificar el residuo. Los líquidos pueden escurrir del material si se somete la masa a tensiones de consolidación. Por ello de la absorción se considera una medida temporal para mejorar las características del manejo.

d.       Adsorción. Es l fenómeno por el cual los contaminantes quedan ligados de manera electroquímica a los agentes de estabilización de la matriz. Se consideran fenómenos de superficie característicos y la naturaleza de la unión puede ser por fuerzas de van de Waals o puentes de hidrogeno. Los contaminantes adsorbidos químicamente a la matriz estabilizadora  tienen menor probabilidad de quedar libres en el medio ambiente de aquellos no fijados. Al contrario de la macroencapsulación y la microencapsulación, donde la simple rotura de la partícula puede aumentar la velocidad de migración del contaminante. Se necesita una fuerza físico-química adicional para resorber el material de la superficie de adsorción.

e.       Precipitación. Algunos procesos de estabilización precipitan los contaminantes del residuo dando lugar a un forma mas estable de los constituyentes dentro del residuo- Los precipitados, tales como hidróxidos , sulfuros, silicatos, carbonatos y fosfatos quedan así contenidos en la masa estabilizada como parte de la estructura del material. Este fenómeno se puede aplicar para la estabilización de residuos inorgánicos como lodos con hidróxidos de metales. Por ejemplo los carbonatos con metales son menos solubles que los hidróxidos metálicos. A pH, alto la reacción para que se forme un carbonato metálico a partir de un residuo con hidróxido metálico a partir de un residuo con hidróxido metálico la permanencia del metal fijado como carbonato metálico depende de pH, entre otros factores. En este, caso, el carbonato metálico es bastante estable excepto en condiciones de pH bajo. En condiciones fuertemente ácidas, el metal puede redisolverse y quedar libre para migrar como soluto al medio ambiente. Por tanto, en la evaluación de la eficacia de la estabilización deben considerarse adecuadamente las condiciones ambientales presentes y futuras.

f.         Detoxificación. Algunas de as reacciones químicas que tienen lugar durante el proceso de estabilización pueden originar un residuo de menor toxicidad. Se entiende por detoxificación cualquier mecanismo que modifica un constituyente químico en otro (u otra forma del miso constituyente) no tóxico o menos tóxico. Un ejemplo de esto es la reducción del cromo con estado de valencia +6 a cromo con valencia +3durante la estabilización con materiales tipo cemento. El cromo trivalente tiene un menor solubilidad y toxicidad que el cromo hexavalente.

0.8    IMPLEMENTACIÓN DE SOLUCIONES

APLICACIÓN DE REACTIVOS PARA LA                        ESTABILIZACIÓN DE RESIDUOS

Los aditivos (reactivos) más importantes usados en los procesos de estabilización son:

a)            Cemento. Los residuos se mezclan con el cemento y en el caso de que el residuo no tenga agua suficiente, se agrega agua para su hidratación, la que origina una estructura cristalina de aluminio-silicato cálcico. Esto da lugar a una masa dura, monolítica de aspecto rocoso. El hormigón, por definición, es un compuesto formado por cemento hidratado y agregado.

         La estabilización con cemento se adapta mejor a residuos inorgánicos especialmente aquellos que contienen metales pesados. Como resultado del elevado pH del cemento, los metales son retenidos como hidróxidos insolubles o carbonatos en la estructura endurecida. Los estudios muestran que el Pb, Cu, Zn, Sn, y Cd, se unen a la matriz por fijación química. Por otro lado, los contaminantes órganos infieren el proceso de hidratación, reducen la resistencia final y no son fáciles de estabilizar.

         También pueden reducir la formación de la estructura cristalina originando un material más amorfo. Para reducir la interferencia de los contaminantes orgánicos en la hidratación del cemento e incrementar la estabilización, se pueden incorporar otros aditivos junto con el cemento en la mezcla de estabilización.

         La estabilización con cemento muestra un futuro prometedor y una importante utilización en la fijación de residuos inorgánicos como lodos de hidróxidos metálicos de la industria de galvanotecnia.

La estabilización con el cemento presenta una serie de ventajas:

·               La tecnología del cemento es bien conocida, incluso el manejo, mezcla, fraguado y endurecimiento.

·               El costo del material es relativamente bajo.

·               La eliminación excesiva de agua en lodos y residuos con alto porcentaje de humedad no es necesaria, ya que se requiere agua para su hidratación.

·               El sistema tiene capacidad para admitir variaciones en la composición química del residuo.

·               La alcalinidad del cemento puede neutralizar los residuos ácidos.

b)            Puzolanas.  Las puzolanas son materiales que reaccionan con la cal en presencia de agua para producir un material de cementación. La reacción de material aluminio-silíceo, cal y agua da lugar a la formación de un producto del tipo del hormigón puzolánico. Entre los materiales puzolánicos se encuentran las cenizas volantes, escorias de incineración y polvos de horno de cemento.

         Al igual que la estabilización con cemento, la mayoría de las aplicaciones de la estabilización con puzolanas es para el material inorgánico. El medio de alto pH es adecuado para residuos contaminados con materiales pesados.

c)             Cal.  L a estabilización de lodos se realiza muy a menudo mediante la adición de hidróxido de calcio Ca(OH)2 o cal (también se llama hidratada ). Al reaccionar con los materiales presentes en el residuo puede dar lugar a silicato-cálcico, alúmina cálcica o aluminio-silicato cálcico hidratados. Estos materiales se forman a partir de la reacción del calcio de la cal y los aluminosilicatos del residuo. Hay que tener en cuenta que la cal también puede añadirse para subir el pH de lodos ácidos, junto con los otros reactivos que proporcionan las reacciones principales de estabilización como las cenizas volantes. La estabilización con cal está indicada para contaminantes inorgánicos y se ha utilizado ampliamente con lodos que contienen metales.

d)            Silicatos Solubles. El uso de los compuestos silíceos en la estabilización de metales se utiliza en procesos comerciales a gran escala. En algunos de estos procesos, los reactivos de sílice se acidifican para dar lugar a una solución monosilícea ácida a la que se añaden los residuos con metales. En otos, la combinación de silicatos líquidos solubles y cemento forman la base del proceso, el cual ha demostrado ser efectivo en la estabilización de suelos contaminados con altas concentraciones de plomo, cobre y zinc.

         Existen otros aditivos para la estabilización de residuos que están a disposición en la literatura especializada y en patentes, los que se ha detallado son los usados mas comúnmente para residuos inorgánicos con metales pesados.

0.9    GESTIÓN DE LOS DESECHOS PELIGROSOS:

DE LA GENERACIÓN

Art. 160.- Todo generador de desechos peligrosos es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:

1. Tomar  medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de desechos peligrosos.

2.  Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles.

3.  Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores.

4.  Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo, únicamente a las personas autorizadas para el efecto por el MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

5.  Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la STPQP o de las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva, el cual remitirá la información necesaria al MA.

6. Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades producidas, características y destino de los desechos peligrosos, cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para cada generador e independiente del número de desechos  y centros de producción. La declaración se identificará con un número exclusivo para cada generador. Esta declaración será juramentada y se lo realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el generador se responsabiliza de la exactitud de  la información declarada, la cual estará sujeta a comprobación por parte de la Autoridad Competente.

7. Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de acuerdo a la norma técnica correspondiente.

8.       Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de servicios, deberá demostrar ante la autoridad competente que no es posible aprovecharlos dentro de su instalación.

Art. 161.- Los proyectos de instalación de actividades nuevas que vayan a producir desechos peligrosos de acuerdo con los procesos de producción y las materias primas a utilizarse, de igual manera deberán presentar la declaración determinada en el numeral 5. del artículo precedente, la cual será requisito previo para la aprobación por parte de la Autoridad Competente.

Igualmente, deberán realizar un estudio de impacto ambiental conjuntamente con los estudios de ingeniería, el cual es requisito para su aprobación.

Art. 162.- El generador deberá informar de forma inmediata a la STPQP del MA,  de accidentes producidos durante la generación y manejo de los desechos peligrosos. El  ocultamiento de esta información recibirá la sanción prevista en este reglamento.

 (1)TULA LIBRO VI TITULO VI

DEL MANEJO DE LOS DESECHOS PELIGROSOS

RECOLECCIÓN

Art. 163.- Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos deberán ser envasados, almacenados y etiquetados, en forma tal que no afecte la salud de los trabajadores y al ambiente, siguiendo para el efecto las normas técnicas pertinentes establecidas por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) o, en su defecto por el MA en aplicación de normas internacionales validadas para el país.

Los envases empleados en el almacenamiento deberán ser utilizados únicamente para este fin y ser construidos de un material resistente, tomando en cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de los desechos peligrosos con ciertos materiales.

Art. 164.- Los lugares para el almacenamiento temporal deben cumplir con las siguientes condiciones mínimas:

1.  Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos y cumplir todo lo establecido en las normas INEN.

2.  El acceso a estos locales debe ser restringido únicamente para personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y contar con la identificación correspondiente a su ingreso.

3.  Poseer equipo y personal adecuado para la prevención y control de emergencias.

4.  Las instalaciones no deberán permitir el contacto con agua.

5. Señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad, en lugares y formas visibles.

Art. 165.- Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos deberá llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas establecidas por las naciones unidas. La identificación será con marcas de tipo indeleble, legible y de un material resistente a la intemperie.

Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área.

Art. 166.- El generador deberá llevar un libro de registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos en su área de almacenamiento temporal, en donde se harán constar la fecha de los movimientos, su origen, cantidad y destino.

Art. 167.-  El tiempo de almacenamiento va a estar en función de las características y tipo de desechos de acuerdo con la norma técnica correspondiente.

(2)TULA LIBRO VI TITULO VI

DEL TRANSPORTE

Art. 168.- Solo quienes obtengan la licencia ambiental de la Unidad Técnica del MA, estarán autorizados para transportar desechos peligrosos. En este sentido, será una condición indispensable que el transportista acredite estar constituido legalmente para cumplir con esta actividad. Para tal efecto, la STPQP coordinará el control de este requisito con la Policía Nacional y demás autoridades locales y nacionales competentes en materia de tránsito y transporte terrestre,

Sin perjuicio de lo anterior, el generador está obligado a notificar por medio del respectivo manifiesto, a cerca del transporte de los desechos peligrosos al MA antes que se inicie esta actividad.

Art. 169.- Durante el traslado no se podrá realizar ninguna manipulación de los desechos que no sea la propia del traslado o que se encuentre legalmente autorizado. El transportista garantizará la identificación de los desechos durante el transporte.

Art. 170.- El transporte de desechos peligrosos deberá realizarse acompañado de un manifiesto de identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el transportista pueda recibir y transportar dichos desechos. Estos deberán ser entregados en su totalidad y solamente, a las plantas de almacenamiento, reciclaje, tratamiento o disposición final debidamente autorizados que el generador hubiere indicado en el manifiesto.

 Si por alguna situación especial o de emergencia, los desechos no pudieren ser entregados en la planta de tratamiento, reciclaje, almacenamiento o disposición final identificada en el manifiesto, el transportista deberá comunicar esta situación inmediatamente al generador para su atención al momento.

 Art. 171.- El MA expedirá las normas complementarias  a las que deberán ajustarse el transporte de desechos peligrosos, y en particular las referidas a:

a)         Apertura y mantenimiento  por parte del transportista de un registro de las operaciones que realice con individualización  del generador, forma de transporte y destino final.

b)         Normas de envasado y rotulado

c)         Normas de carga y descarga.

d)         Características que debe poseer el vehículo de transporte.

e)         Procedimientos de contingencia para el caso de derrame y/o liberación accidental de los desechos.

f)          Capacitación del personal destinado  a la conducción  de unidades de transporte 

g)         Las condiciones técnicas y jurídicas que deba cumplir el transportista para obtener la licencia ambiental.

h)         Obtención por parte de los conductores  de su correspondiente licencia que los habilite  para operar unidades de transporte de desechos peligrosos.

i)          Horarios y rutas para el traslado durante los intervalos y en la vías de menor congestión vehicular.

j)          La imposibilidad de utilizar el mismo vehículo para el transporte de otro tipo de carga.

Art. 172.- Serán obligaciones de los transportistas entre otras las siguientes:

a)         Portar en la unidad, durante el transporte de desechos peligrosos, un manual de procedimiento elaborado o avalado por el MA, así como materiales y equipamientos adecuados, a fin de neutralizar o controlar inicialmente una eventual  liberación de desechos.

b)         Capacitar en el manejo, traslado  y operación de los desechos peligrosos, al personal involucrado en la conducción de unidades de transporte, de acuerdo al manual de procedimientos mencionado en el inciso a) del presente artículo.

c)         Habilitar un registro de accidentes que permanecerá en el vehículo en el cual se registrarán los accidentes acaecidos durante las operaciones que realicen y que deberán ser  reportados a la Autoridad Competente.

d)         Identificar en forma clara y visible el vehículo y la carga, de conformidad con las normas internacionales, nacionales y municipales vigentes para el efecto.

e)                   Disponer para el caso de transporte por agua, de contenedores que posean flotabilidad positiva aún con carga completa y sean independientes respecto de la unidad transportadora.

f)                     Llevar una bitácora de las horas de viaje del conductor así como de la limpieza de la unidad, la cual debe ser realizada en el sitio de descarga.

g)                   Contar con una póliza de seguros que cubra los casos de accidentes y daños a terceros.

Art. 173.- El transportista tiene prohibido realizar las siguientes actividades:

a)         Transportar y mezclar desechos peligrosos incompatibles entre si  o con otros de distintas características, definidos como tales por parte del MA, mediante norma técnica.

b)         Almacenar desechos peligrosos por un período mayor de 24 horas, salvo expresa autorización de la Autoridad  Competente.

c)         Transportar, transferir o entregar desechos peligrosos cuyo embalaje o envase sea deficiente o inadecuado.

d)         Aceptar desechos cuya recepción  no está asegurada para ser entregada a una planta de tratamiento, almacenamiento, reciclaje o disposición final, o que no tenga la identificación correspondiente.

e)         Mezclar desechos provenientes de distintos generadores, aun cuando los mismos fueren compatibles.

f)          Llevar abordo a personas ajenas al manejo de los desechos.

g)         Incurrir en infracciones establecidas en la ley Tránsito y Transporte Terrestre.

h)         Realizar paradas no justificadas de acuerdo con la ruta establecida o cambio de la misma, salvo caso de fuerza mayor.

i)          Infringir la disposición de no fumar durante el trayecto de la ruta.

j)          Estacionar en áreas pobladas, centros educativos y de salud.

Art.174.- El MA deberá coordinar con los organismos  provinciales y municipales correspondientes, el trazado de rutas de circulación y áreas de transferencias que serán habilitadas al transporte de desechos peligrosos.

Art. 175.- Mientras se realiza el traslado de desechos peligrosos, el transportista que lo realiza es responsable de los daños que éstos puedan producir, en caso de accidentes ocasionados por la negligencia, inobservancia, impericia o inexperiencia de éste último, debidamente probadas.

(3)TULA LIBRO VI TITULO VI

DE LOS TRATAMIENTOS

Art. 176.- En los casos previstos por las normas técnicas pertinentes, previamente a su disposición final, los desechos peligrosos deberán recibir el tratamiento técnico correspondiente y cumplir con los parámetros de control vigentes.

Para efectos del tratamiento, los efluentes  líquidos, lodos, desechos sólidos y gases producto de los sistemas de tratamiento de desechos peligrosos, serán considerados como peligrosos.

Art. 177.-  Los efluentes líquidos del tratamiento de desechos líquidos, sólidos y gaseosos peligrosos, deberán cumplir con lo estipulado en la Ley de Gestión Ambiental, Ley de Prevención y Control de la Contaminación, en sus respectivos reglamentos, en las ordenanzas pertinentes y otras normas que sobre este tema expida el MA.

(4)TULA LIBRO VI TITULO VI

DEL RECICLAJE

Art. 178.- En el reciclaje de desechos peligrosos, la separación deberá realizarse en la fuente generadora  o en la planta de tratamiento, excepto en los sitios exclusivos de disposición final.

Las Empresas generadoras de desechos peligrosos deberán clasificar sus desechos, a ser reciclados, en depósitos identificados bajo las normas técnicas vigentes.

Art. 179.- Quienes desarrollen como actividad el reciclaje de desechos peligrosos, deberán contar con la licencia ambiental correspondiente emitida por el MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

En la solicitud que se presentará para la obtención de la licencia, los recicladores explicarán a qué tipo de tratamientos serán sometidos los desechos antes de proceder a su rehuso, así como cual es el uso que se dará a los desechos reciclados.

La licencia tendrá un período de validez de dos años y para su renovación, el reciclador deberá someterse a un control de su actividad por parte de las autoridades competentes.

Art. 180.- Las instalaciones de reciclaje dispondrán de todas las facilidades con la finalidad de que se garantice un manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos, dispondrán de la infraestructura técnica necesaria, y cumplirán con todas las normas y reglamentos ambientales, en relación, a los desechos que generen.

Art. 181.- Las personas dedicadas al reciclaje de desechos peligrosos, únicamente recibirán desechos de los generadores que cuenten con el manifiesto correspondiente así como con la debida autorización y licencia ambiental otorgada por el MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

Los recicladores llevarán una estadística de las cantidades recicladas y de los desechos producidos por efecto del reciclaje,  de la cual reportarán en forma anual al MA y a las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

(5)TULA LIBRO VI TITULO VI

DE LA DISPOSICIÓN FINAL

Art.182.- Los métodos de disposición final permitidos son: relleno de seguridad o confinamiento controlado, inyección controlada en pozos profundos e incineración de acuerdo al tipo de desecho peligroso, sin embargo el Ministerio de Ambiente podrá autorizar otros métodos de acuerdo a lo que considere pertinente.

Art. 183.- Quienes operen rellenos de seguridad para la eliminación de desechos peligrosos, deberán contar con la licencia ambiental otorgado por la  MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

Art. 184.- En la operación del relleno de seguridad se minimizará el ingreso de líquidos, tanto procedentes de las aguas lluvias como de desechos que contengan líquidos libres con el fin minimizar la producción del percolado.

Art. 185.- El transportista que haya trasladado los desechos peligrosos hasta el relleno de seguridad, deberá informar al operador responsable del mismo por medio del respectivo manifiesto. El operador del relleno de seguridad, a su vez, deberá reportar anualmente dichos datos al MA y a las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva.

Art. 186.- La selección del sitio para la ubicación de un relleno de seguridad, deberán cumplir con los requerimientos de la norma técnica emitida por el Ministerio de Ambiente.

Art. 187. La construcción de las celdas para desechos peligrosos, deberán cumplir con los requerimientos de la norma técnica emitida por el Ministerio  de Ambiente.

Art. 188.- Los sitios de disposición final deberán contar con un sistema de  monitoreo y control que contemple las siguientes actividades:

1.   Monitoreo de las aguas subterráneas cada seis meses para verificar la presencia de lixiviados.

2.   En el caso de existir lixiviados, deberán ser analizados, tratados y finalmente dispuestos de acuerdo a los reglamentos y normas ambientales vigentes.

3.   Los operarios de las celdas especiales deberán contar con equipo de protección personal que establezca la autoridad ambiental.

4.   Las entidades o personas encargadas de la operación de los sitios de disposición final deberán realizar en forma rutinaria monitoreo de los efluentes del relleno. El MA expedirá la norma correspondiente que determine los parámetros que deberán ser analizados en forma rutinaria.

Art. 189.- El diseño y los procedimientos de clausura y postclausura de un emplazamiento de relleno de seguridad deben ser parte integrante del planeamiento original. Las modificaciones que se realicen serán determinadas por los cambios posteriores en el diseño de la instalación, los procedimientos de operación o los requisitos legales.

Art. 190. En el momento de la clausura, todos los vehículos y equipos, con excepción de aquéllos para monitoreo, deben descontaminarse o ser eliminados de acuerdo a las normas técnicas emitidas por el Ministerio del Ambiente.

Art. 191.- Los sitios destinados exclusivamente a la disposición final de desechos peligrosos, deberán contar con un programa de monitoreo y vigilancia post-clausura durante 30 años, durante los cuales su uso será restringido, estos sitios deberán estar adecuadamente señalizados. 

Art. 192.- Para el método de eliminación mediante inyección controlada en pozos profundos se deberá estudiar minuciosamente la geología de la región. El alcance geográfico de la investigación debe extenderse lo suficiente como para garantizar que las regiones adyacentes no serán afectadas.

Art. 193.- Previo al diseño de un pozo a ser perforado, se deberá contar con la licencia ambiental otorgado por parte del MA.

Art. 194.- La disposición final de desechos peligrosos mediante este método, deberá cumplir con las normas técnicas emitidas por el MA.

Art. 195.- Las características geológicas mínimas que deberá cumplir el estrato donde van a ser depositados los desechos peligrosos en forma permanente, son:

1.   El área del pozo de desecho debe ser geológicamente estable

2.   La formación para eliminación o recepción de desechos debe tener una buena permeabilidad para aceptar el desecho y ser lo suficientemente grande para recibir desechos por un tiempo razonablemente prolongado.

3.   Debe existir estratos impermeables entre la formación de eliminación de desecho y la superficie o agua para consumo humano existente en el subsuelo. No deben existir fracturas verticales las cuales podrían provocar que el desecho entre en contacto con el agua del subsuelo.

4.   La formación debe estar aislada de los reservorios de petróleo y gas.

(6)TULA LIBRO VI TITULO VI

MONITOREO CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE EMISIÓN Y DESCARGA

Art. 122.- Monitoreo Ambiental

El cumplimiento de las normas de emisión y descarga deberá verificarse mediante el monitoreo ambiental respectivo por parte del regulado.  Sin embargo, la entidad ambiental de control realizará mediciones o monitoreos cuando lo considere necesario.

(7)TULA LIBRO VI TITULO VI

0.10CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

•         Los sistemas de enjuague resultan incompletos y en muchos casos su utilización es inadecuada.

•         La segregación de las corrientes presenta dificultades en todos los talleres galvánicos: no permiten el tratamiento de las aguas crómicas.

•         La estabilización de los Residuos peligrosos es una alternativa significativa donde la eliminación de los contaminantes (Metales Pesados) es de un 95-99%.

•         Es necesario invertir en el Tratamiento de Residuos Peligrosos para mejorar la productividad y tener un ambiente seguro con cumplimiento de la Legislación y Normas locales que nos dan un estándar de calidad.

•         Cualquier tratamiento de RIP"S debe estar ajustado a la legislación puesta en conocimiento en esta Guía.

0.11BIBLIOGRAFÍA

•         TULA LIBRO III, IV, VI

•         Tesis Ingeniería Química, Utilización de desechos Galvánicos en elaboración de Tejas. Joe Alvarado 2001

•         FREMAP, Manual de Higiene Industrial, Contaminantes Químicos en Procesos Industriales. Editorial Ribert, España, 2001

•         NEMWROW, Industria and Hazardous Waste treatment, Vand Nostralm Remhold. 1991.

0.12ANEXOS

ANEXO 1

ANEXO 2

REDUCCIÓN DE CONTAMINANTES USANDO ENCAPSULAMIENTO.

ANALISIS DE METALES PESADOS

ANEXO 3

TABLA 11.  Límites de descarga al sistema de alcantarillado público

Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo permisible

Aceites y grasas

Sustancias solubles en hexano

mg/l

100

Alkil mercurio

 

mg/l

No detectable

Acidos o bases que puedan causar contaminación, sustancias explosivas o inflamables.

 

mg/l

Cero

Aluminio

Al

mg/l

5,0

Arsénico total

As

mg/l

0,1

Bario

Ba

mg/l

5,0

Cadmio

Cd

mg/l

0,02

Carbonatos

CO3

mg/l

0,1

            Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo permisible

Caudal máximo

 

l/s

1.5 veces el caudal promedio horario del sistema de alcantarillado.

Cianuro total

CN-

mg/l

1,0

Cobalto total

Co

mg/l

0,5

Cobre

Cu

mg/l

1,0

Cloroformo

Extracto carbón cloroformo (ECC)

mg/l

0,1

Cloro Activo

Cl

mg/l

0,5

Cromo Hexavalente

Cr+6

mg/l

0,5

Compuestos fenólicos

Expresado como fenol

mg/l

0,2

Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días)

D.B.O5.

mg/l

250

Demanda Química de Oxígeno

D.Q.O.

mg/l

500

Dicloroetileno

Dicloroetileno

mg/l

1,0

Fósforo Total

P

mg/l

15

Hierro total

Fe

mg/l

25,0

Hidrocarburos Totales de Petróleo

TPH

mg/l

20

Manganeso total

Mn

mg/l

10,0

Materia flotante

Visible

 

Ausencia

Mercurio (total)

Hg

mg/l

0,01

Níquel

Ni

mg/l

2,0

Nitrógeno Total Kjedahl

N

mg/l

40

Plata

Ag

mg/l

0,5

Plomo

Pb

mg/l

0,5

Potencial de hidrógeno

pH

 

5-9

Sólidos Sedimentables

 

ml/l

20

Sólidos Suspendidos Totales

 

mg/l

220

Sólidos totales

 

mg/l

1 600

Selenio

Se

mg/l

0,5

Sulfatos

SO4=

mg/l

400

Sulfuros

S

mg/l

1,0

Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo permisible

Temperatura

oC

 

< 40

Tensoactivos

Sustancias activas al azul de metileno

mg/l

2,0

    

Tricloroetileno

Tricloroetileno

mg/l

1,0

    

Tetracloruro de carbono

Tetracloruro de carbono

mg/l

1,0

Sulfuro de carbono

Sulfuro de carbono

mg/l

1,0

Compuestos organoclorados (totales)

Concentración de organoclorados totales.

mg/l

0,05

Organofosforados y carbamatos  (totales)

Concentración de organofosforadosy carbamatos totales.

mg/l

0,1

Vanadio

V

mg/l

5,0

Zinc

Zn

mg/l

10

 

 

Autor:

Ing. Darwin Córdova

MSSA HAZMAT II

Ecuador

08/10/2008

Partes: 1, 2
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