- Introducción
- Desarrollo
- Proceso para registrar una patente
- Tarifas
- Formatos
- Ventajas y desventajas
- Conclusión
- Bibliografía
Introducción
Con este trabajo se pretende dar el conocimiento a las diferentes personas que tienen una idea o una nueva invención y desean mantenerla como suya sin la preocupación de que alguien pueda robársela y publicarla como suya.
Además se hablará de los costos los formatos y cuales son los requisitos para registrar una invención como nuestras, si se llegase a necesitar una guía para conocer que es lo que se hará, este trabajo incluye datos obtenidos de la página oficial del IMPI, la cual proporciona diferentes, pero específicas ayudas para la elaboración de nuestras patentes, modelos de utilidad y marcas.
Aquí se hablará en específico de las patentes, ¿qué son?, ¿cuáles son las invenciones patentables?, ¿qué es lo que se protege?, ¿cuáles son los costos para dar de alta una patente?, ¿cuáles son los formatos a llenar?, ¿cuáles son los beneficios de dar de alta una patente?, ¿cuáles son las ventajas y desventajas de las patente?
Así como también se verán que tipo de invenciones se pueden patentar, cuales no y las condiciones para patentar una invención.
Con este trabajo se pretende ayudar a los usuarios a que si tienen la necesidad de patentar algo lo pueda hacer sin ningún problema.
Desarrollo
La patente es el derecho de exclusividad comercial de fabricación, uso, distribución y venta que se concede sobre una invención.
INVENCIÓN [6]
La invención es una novedad en el modo de hacer las cosas. Puede ser un producto o un procedimiento.
INVENCIÓN PATENTABLE [6]
La invención solo podrá patentarse, generalmente, si puede tener un uso práctico y es realmente novedosa desde el punto de vista técnico, es decir, que aporte algún elemento nuevo, un paso inventivo, sobre el cuerpo de conocimiento medio del ámbito técnico de la invención. Además debe ajustarse a derecho en función de cada país en cuanto a las restricciones locales que existen sobre la imposibilidad de patentar teorías científicas, procedimientos matemáticos, vegetales, animales, tratamientos médicos, sustancias naturales y métodos comerciales.
PROTECCIÓN [6]
La patente protege a su titular durante un período, por lo general, de 20 años, durante los cuales nadie podrá hacer uso de su derecho exclusivo sin el debido consentimiento. El titular de la patente puede licenciar a terceros para el uso de su invención por acuerdo establecido libremente entre las partes. La patente también puede cambiar de titular por acuerdo de cesión o compra-venta. En cualquier caso cuando expira la patente expiran también los derechos exclusivos del titular sobre la invención que pasa al ámbito de uso de dominio público.
DERECHO DEL TITULAR [6]
El cumplimiento de los derechos del titular de una patente se hace respetar en los tribunales de justicia. En caso de litigio las partes, de común acuerdo, pueden someterse a la decisión de un arbitraje. La Organización Mundial de la Protección Intelectual ofrece el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI.
UN BIEN COMUN A LARGO PLAZO [6]
Al contrario de lo que alguna gente piensa las patentes están concebidas para generar avances tecnológicos y calidad de vida a la humanidad. Su función es la de animar las invención económicas en investigación y desarrollo facilitado su viabilidad económica con el derecho de explotación exclusivo durante algunos años para que posteriormente pasen a ser dominio público. Sin el registro de patentes muchas invenciones serían celosamente guardadas y posiblemente muchas de ellas se habrían a lo largo de la historia.
LA CONCESION [6]
Las patentes son concebidas por las oficinas nacionales o las supranacionales que trabajan para varios países, como son las de Europa y África. Por el PCT (Tratado de Cooperación en materia de Patentes) se acordó la presentación de una única solicitud internacional de patente por el cual se obtiene el mismo efecto que la prestación de la patente en cada una de las oficinas nacionales de los países en lo que se pretenda la protección. El PCT es administrado por la OMPI (Organización Mundial de la Protección Intelectual).
LA SOLICITUD [6]
La solicitud de una patente debe comprender generalmente el título de la invención, una referencia a su ámbito técnico, los antecedentes sobre otras patentes y una descripción de la invención objeto de la patente con un lenguaje claro y suficientemente en detalle para que alguien con conocimientos medios en su ámbito técnico pudiera reproducirla y utilizarla. Además deberá incluir, por lo general, diagramas, planos, dibujos para una mejor comprensión de la invención. También debe contener una o varias reivindicaciones para determinar el alcance de la protección que se pretende conseguir.
LA CONFIDENCIALIDAD [6]
Es muy importante no divulgar el detalle de una invención que se pretenda patentar sin haber presentado antes la solicitud de patente. Por lo general, en muchos países se considerará que la patente carece de novedad. En algunos países se otorga un plazo de gracia. En los casos en los que sea necesaria la búsqueda de un posible inversor o socio antes de presentar la solicitud, debe recurrirse a un contrato de confidencialidad entre las partes.
¿Cómo registrar una invención?[1]
Con el propósito de orientar al público usuario, el IMPI ha elaborado una colección de Guías del Usuario, que tienen como propósito difundir entre el público los diversos aspectos relacionados con los trámites administrativos que se deben efectuar para solicitar la protección de las invenciones a través de la concesión de patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, etc.
Se puede solicitar la protección de una patente a toda invención como: productos, procesos o usos de creación humana que permitan transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y que satisfaga sus necesidades concretas, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
1.- NOVEDAD: Se considera nuevo, todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica, es decir, en el conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos mediante una descripción oral o escrita, por la explotación o por cualquier otro medio de difusión o información, en el país o en el extranjero.
2.- ACTIVIDAD INVENTIVA: Es el proceso creativo cuyos resultados no se deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para un técnico en la materia.
3.- APLICACIÓN INDUSTRIAL: Es la posibilidad de ser producido o utilizado en cualquier rama de la actividad económica.
Proceso para registrar una patente
Una solicitud de patente consta de una memoria descriptiva de la invención, de ejemplos de cómo llevarla a cabo, de dibujos y de un capítulo reivindicatorio, que consta de las cláusulas que describen la invención, y que serán las que describen el objeto de la invención, y donde recae la protección legal de la misma.
Se presenta en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en su oficina central o en sus oficinas regionales, llenando el formato de solicitud y presentado la memoria descriptiva, para obtener una fecha de presentación.
Toda solicitud de patente o de registro de diseño industrial o modelo de utilidad debe tramitarse ante el IMPI, puede ser tramitada por el propio solicitante o a través de un apoderado legal. La solicitud debe ser sometida a un examen de forma y a un examen de fondo. En promedio el trámite de una patente, desde que ingresa la solicitud hasta que es emitido un dictamen de conclusión, sea una concesión o una negativa, es de 3 a 5 años. Para un diseño industrial el tiempo promedio de 1 año y para un modelo de utilidad de 2 años.
Tarifas
Tarifas de patentes[1]
Es el costo por los servicios que presta el Instituto en materia de patentes, certificado de invención, diseños industriales y esquemas de trazado de circuitos integrados. Los precios que aquí se muestran son en pesos mexicanos y no incluyen IVA.
PATENTES |
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Artículo | Concepto | Tarifa | ||
1 | Por los servicios que presta el Instituto en materia de patentes, se pagarán las siguientes tarifas: |
| ||
1a | Por la presentación de solicitudes de patente, así como por los servicios a que se refiere el artículo 38 de la Ley; | $7,172.92 | ||
1 b | Por la entrada a la fase nacional de una solicitud de patente conforme al Capítulo I del Tratado de Cooperación en materia de Patentes; | $5,711.14 | ||
1 c | Por la entrada a la fase nacional de una solicitud de patente conforme al Capítulo II del Tratado de Cooperación en materia de Patentes; | $3,737.75 | ||
1 d | Por publicación anticipada de la solicitud de patente; | $1,084.72 | ||
1 e | Por la expedición del título de patente, y | $2,911.88 | ||
1 f | Por el cambio de texto o dibujos de una patente concedida para corregir errores imputables al solicitante, así como para limitar la extensión de las reivindicaciones, por cada vez que se solicite. | $765.77 | ||
2 | Por cada anualidad de conservación de los derechos que confiere una patente, se pagarán las siguientes tarifas: |
| ||
2a | De la primera a la quinta, por cada una; | $1,055.18 | ||
2 b | De la sexta a la décima, por cada una, y | $1,282.78 | ||
2 c | A partir de la décimo primera, por cada una. | $1,517.47 | ||
3 | Por el estudio de una solicitud de licencia obligatoria o de modificación de sus condiciones. | $2,864.85 | ||
4 | Por el estudio de la solicitud de rehabilitación de una patente caduca por falta de pago oportuno de la anualidad correspondiente. | $2,422.16 | ||
5 | Por la transformación de una solicitud de patente a una de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial, o viceversa. | $2,668.71 | ||
6 | Por la reconsideración interpuesta en contra de una denegación de patente. | $2,665.54 |
PCT-EASY[1]
Sistema de Presentación Electrónica para la Solicitud PCT
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El Documento oficial sigue siendo el papel, que corresponde al formulario PCT/RO/101.
Al presentar su CD debe adjuntar:
Descripción
Reivindicaciones
Resumen
Dibujos
Otros documentos en hoja A4
El programa de instalación lo puede descargar de la siguiente dirección:
http://www.wipo.int/pct-safe/en/download/download_client.htm
Sistema de Información de la Gaceta de la Propiedad Industrial (SIGA) [1]
La Gaceta de la Propiedad Industrial es el órgano de información oficial del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial mediante el cual se efectúa la publicación legal de los actos de autoridad y se difunde la información derivada de las patentes, registros, declaratorias de notoriedad o fama de marcas, autorizaciones y publicaciones concedidos y de cualesquiera otras referentes a los derechos de propiedad industrial que le confiere el Estado Mexicano en sus artículos 6º fracción X y 8º de la Ley de la Propiedad Industrial.
Proyecto Piloto sobre el Procedimiento Acelerado del Patentes (PPH) [1]
Patente de Fiscalía de Programa Vial
Procedimiento Acelerado de Patentes entre el IMPI y KIPO
Procedimiento Acelerado de Patentes
Trámites de solicitudes de invención
Trámites de solicitud de título de patente
Para el trámite de solicitud de una patente, el solicitante debe considerar previamente que para lograr patentar una invención este debe cumplir con tres requisitos fundamentales: Novedad, Actividad inventiva y Aplicación Industrial.
En caso de considerar que su invención es realmente novedosa e inventiva y desea hacer la solicitud de patente, la documentación que se debe entregar es la siguiente:
1.- Solicitud debidamente llenada y firmada, en cuatro tantos.
2.- Comprobante del pago de la tarifa. Original y 2 copias.
3.- Descripción de la invención (por triplicado).
4.- Reivindicaciones (por triplicado).
5.- Dibujo (s) Técnico (s) (por triplicado), en su caso.
6.- Resumen de la descripción de la invención (por triplicado).
VIGENCIA
La protección por patente es de 20 años improrrogables y es de tipo territorial, es decir, solo es válida donde se concede. No existe patente mundial o internacional.
Formatos
Consideraciones generales para su llenado: |
– Este formato es de distribución gratuita. Se autoriza su libre reproducción, siempre y cuando éste no sea alterado y sea presentado impreso su anverso (Página 1) y reverso (Página 2) en una sola hoja de papel blanco y en tamaño oficio. – Debe llenarse en idioma español, preferentemente a máquina. No obstante, podrá presentarse con letra de molde, siempre que la solicitud sea legible. La información de la solicitud debe ser requisitada toda por el mismo medio, sin tachaduras ni enmendaduras. – El formato de solicitud por duplicado, debidamente requisitado y firmado en todos sus ejemplares, así como sus documentos anexos, deben presentarse en la Coordinación Departamental de Recepción y Control de Documentos de la Dirección Divisional de Patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con domicilio en Arenal # 550, Pueblo Santa María Tepepan, Delegación Xochimilco, C.P. 16020, México, D.F., con horario de atención de 8:45 a 16:00 horas de lunes a viernes o en la ventanilla de las Oficinas Regionales del IMPI o las Delegaciones o Subdelegaciones Federales de la Secretaría de Economía. – También podrá remitirse la solicitud por correo, servicios de mensajería u otros equivalentes o, en su caso, presentarse por transmisión telefónica facsimilar, en los términos previstos en el artículo 5o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. – Los documentos anexos redactados en idioma distinto al español deberán acompañarse de la traducción correspondiente. – Los documentos anexos provenientes del extranjero, cuando proceda, deberán acompañarse de la legalización o, en su caso, apostilla correspondiente. |
– En el formato de solicitud marque con una X en el recuadro la solicitud que desea presentar. |
– En caso de Registro de Diseño Industrial señale además si se trata de un modelo o un dibujo. |
– La denominación o título debe ser connotativa de la invención. |
– Si la invención fue divulgada dentro de los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud, indique la fecha de divulgación y anexe la información comprobatoria que marca el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. |
– En la solicitud de invención que sea divisional de una solicitud previamente presentada, deberá proporcionar el número de expediente, la figura jurídica y la fecha de presentación de dicha solicitud. |
– El derecho de reclamar la prioridad sólo tiene lugar si la presente solicitud ha sido previamente presentada en algún país miembro del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Proporcionar los siguientes datos: |
– País donde se presentó por primera vez la solicitud, fecha y número asignado a la solicitud en dicho país. |
– En el listado de documentos que se anexan mencione el total de hojas que comprende cada documento y al final el total de hojas |
Trámite al que corresponde la forma: Solicitud de Patente, Registro de Diseño Industrial y Registro de Modelo de Utilidad. |
Número de Registro Federal de Trámites y Servicios: IMPI-03-001, IMPI-03-002, IMPI-03-003. |
Fecha de autorización de la forma por parte de la Dirección General Adjunta de Propiedad Industrial del IMPI: 2-XII-2011. |
Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 8-XII-2011. |
Fundamento jurídico-administrativo: |
Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 38-47, 50, 52, 53 54, 55,-61 (D.O.F. 27-VI-91, reformas D.O.F. 2-VIII-94, 25-X-96, 26-XII-97,17-V-99, 26-I-04, 16-VI-05, 25-I-06, 06-V-09, 06-I-10, 18-VI-10 y 28-VI-10). |
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. Arts. 5-8, 16, 24-39, 43, 45 y 46 (D.O.F. 23-XI-94, reformas D.O.F. 10-IX-02, 19-IX-03 y 10-VI-11). |
Acuerdo que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Arts. 3-10 y 34 (D.O.F. 14-XII-94, reformas D.O.F. 22-III-99, 14-XII-00, 20-VI-03, 11-VII-03, 18-III-10 y 2-IV-10). |
Acuerdo por el que se da a conocer la tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Arts. 1 inciso a); 9, inciso a) y demás aplicables ((D.O.F. 23-VIII-95, reformas D.O.F. 28-XII-95, 10-XII-96, 2-V-97, 4-V-98, 23-II-99, 11-X-00, 17-X-01, 13-XI-01, 24-XII-01, 27-II-02, 14-III-02, 14-XI-02, 04-II-03, 8-X-03, 27-X-04, 23-III-05, 13-IX-07, 1-VI-09, 10-VIII-09, 24-VIII-09, 1-X-10 y 10-V-11). Acuerdo por el que se da a conocer la lista de instituciones reconocidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para el depósito de material genético (D.O.F. 30-V-97). Acuerdo por el que se establecen reglas y criterios para la resolución de diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Art. 4-18 (D.O.F. 9-VIII-04). Acuerdo por el que se dan a conocer los horarios de trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Art.1. (D.O.F. 31-III-99, reforma D.O.F. 20-I-11). |
Documentos anexos: |
Solicitud de Patente y Registro de Modelo de Utilidad |
– Comprobante de pago de la tarifa correspondiente (original y copia) |
– Descripción, reivindicación, resumen y dibujo (duplicado) |
– Solicitud de Registro de Diseño Industrial |
– Comprobante de pago de la tarifa (original y copia) |
– Descripción, reivindicación y dibujo o fotografía (duplicado) |
– Documentos adicionales que deberán presentarse en su caso: |
– Constancia de depósito de material biológico |
– Acreditación de personalidad del apoderado, en su caso (original) |
– Acreditación del poderdante en el caso de persona moral, señalando el instrumento donde obran dichas facultades y acta constitutiva (original) |
– Documento donde se acredita el carácter del causahabiente o de cesión de derechos (original) |
– Documento comprobatorio de divulgación previa, en su caso (original y copia) |
– Documento de prioridad y su traducción, en su caso (copia certificada expedida por la oficina extranjera) |
– Escrito solicitando el descuento del 50%, cuando corresponda (original) |
Criterios de resolución del trámite |
-Presentar toda la documentación requerida y pagos de la tarifa conforme a la legislación nacional y convenios internacionales de los que México forma parte. |
-Será suficiente el cumplir con los requisitos formales al momento de presentar su solicitud. |
Tiempo de respuesta: |
El plazo máximo de primera respuesta es de 3 meses. No aplica la positiva ni la negativa ficta. |
Número telefónico para quejas: | |
Órgano Interno de Control en el IMPI 5624-04-12 ó 13 (directo) 5624-04-00 (conmutador) Extensiones: 11028 y 11234. Fax: 56-24-04-35 Correo electrónico: [email protected] | Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sírvase llamar al Sistema de Atención Telefónica a la Ciudadanía-SACTEL a los teléfonos: 20002000 en el D.F. y área metropolitana, del interior de la República sin costo para el usuario al 01-800-11205-84 o desde Estados Unidos y Canadá al 1-800-475-23-93. |
Número telefónico del responsable del trámite para consultas: 53 34 07 00 extensiones 10098 y 10026. |
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Formatos:[2]
¿Qué beneficios tiene el inventor cuando obtiene una patente?[3]
La seguridad que la protección de la patente le ofrece al inventor.
Motiva la creatividad del inventor, ya que ahora tiene la garantía de que su actividad inventiva estará protegida durante 20 años y será el único en explotarla.
Si la patente tiene buen éxito comercial o industrial, el inventor se beneficia con la o las licencias de explotación que decida otorgar a terceras personas.
Evita el plagio de sus inventos
Debido a que la actividad inventiva no se guardará o sólo se utiliza para si evitando su explotación industrial; el inventor siempre dará a conocer, publicitar y explicar los beneficios que su invento tiene.
Por su parte el Gobierno mexicano a través de la patente promueve la creación de invenciones de aplicación industrial, fomenta el desarrollo y explotación de la industria y el comercio así como la transferencia de tecnología.
¿Cuáles son los términos y condiciones para el registro de patentes? [3]
* En nuestro país la vigencia de una patente es de 20 años improrrogables contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de patente, siempre y cuando el titular cumpla con el pago de las tasas de mantenimiento anuales.
*Es obligación del titular de una patente explotar la innovación descrita en la misma, ya sea por sí mismo o por otros con su consentimiento, dentro del término de tres años contados a partir de su concesión o de cuatro años contados a partir de la presentación de la solicitud de patente correspondiente.
*La patente sólo podrá hacerse valer en los países en los que se haya presentado y concedido.
¿Qué se puede patentar? [3]
Son patentables las invenciones siguientes:
· Las variedades vegetales.
· Las invenciones relacionadas con microorganismos, como las que se realicen usándolos; las que se apliquen a ellos o las que resulten en los mismos.
· Los procesos biotecnológicos de obtención de farmoquímicos, medicamentos, bebidas y alimentos para consumo animal o humano, fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, fungicidas o productos con actividad biológica.
· La titularidad de las invenciones de los trabajadores le corresponden a las empresas que los contrataron para realizar trabajos relacionados con las invenciones.
· Si la invención no está relacionada con los trabajos para los que fue contratado el empleado, la patente le correspondería al trabajador, quien podría otorgar a la empresa que lo contrató el derecho del tanto o de preferencia en igualdad de circunstancias, para la adquisición de su invento.
· Las invenciones de los trabajadores pertenecen por ley pertenecen a las empresas que los contrataron, por lo que en el contrato laboral, agregan una cláusula en la que se establece que los derechos intelectuales que se deriven de lo que el trabajador realice en la empresa sean concedidos a la misma.
¿Qué no se puede patentar? [3]
· Los principios teóricos o científicos.
· Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya exista en la naturaleza, aun cuando con anterioridad fuese desconocido para el hombre.
· Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos.
· Los programas de computación.
· Las formas de presentación de información.
· Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias.
· Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales.
· La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación de forma, dimensiones o materiales.
· No son patentables, por excepción, los procesos esencialmente biológicos para la obtención o reproducción de plantas, animales, o sus variedades, incluyendo los procesos genéticos o relativos a material capaz de conducir su propia duplicación, por sí mismo o por cualquier otra manera indirecta, cuando consistan simplemente en seleccionar o aislar material biológico disponible y dejarlo que actúe en condiciones naturales.
· Las especies vegetales, y las especies y razas animales.
· El material biológico tal como se encuentra en la naturaleza.
· El material genético.
· Las invenciones referentes a la materia viva que compone el cuerpo humano.
Ventajas y desventajas
Ventajas de las patentes [4]
Pero en muchos casos no se tiene en cuenta que aún siendo la exclusividad la ventaja más notable que aporta una patente, tras ella existen muchas otras que deben tenerse en consideración, de las cuales las principales son las siguientes:
Impedir que terceros paralicen tu producto. La presentación de una patente evita que otros puedan obtener a su vez otra patente posterior sobre una solución equivalente, con lo que se impide que en el futuro alguien pueda reclamar e impedir al primer inventor el uso de su solución, independientemente de que la patente se le conceda o no.
Herramienta de marketing. El tener una patente prestigia el producto, a su comercializador, a su fabricante y a los inventores. Leyendas como "Patent pending" "producto patentado", etc… son reconocidas por los consumidores como señal de calidad y exclusividad.
Efecto disuasorio. Anunciar que un producto está patentado genera en la competencia una reacción de precaución. Muchos competidores al ver que está patentado descartarán esa línea de producto. Otros indagarán para localizar la patente y a la vista de la misma analizarán las posibilidades de buscar una alternativa.Hay que tener en cuenta que la duración mínima del trámite de una patente es dos años, y se puede alargar hasta los 4 ó 5 en el caso de la Patente Europea por lo que durante este tiempo nadie tendrá la seguridad de si la patente se va a conceder y si, por lo tanto, puede copiar esa solución o no, siendo generalmente tiempo suficiente para introducir un producto en el mercado y crear una marca que lo posicione preferentemente respecto al resto de competidores, aunque la patente finalmente no se conceda.
Otorgar licencias. La patente como activo que es, se puede licenciar a terceros y es la vía para conseguir que un producto llegue allá donde nuestra empresa no es capaz de llevarlo. La patente es una herramienta básica para transmitir un conocimiento y regularlo, ya que en ella se condensa bien desarrollado lo principal de una solución dejando claro qué pertenece a ella y qué no.
Desventaja de las patentes[4]
En su contra la patente presenta una desventaja aparte de la propia implícita de que la misma se vaya a publicar. Esta desventaja es que implica una inversión, y aunque a nivel nacional es controlada, si la pretensión es de una extensión internacional los costes son elevados. No obstante cada vez más la Administración dispone de subvenciones para ayudar a los empresarios en la extensión de sus patentes, entendiendo esta actividad fundamental para el desarrollo de la economía de un país.
Conclusión
Ya conocemos ahora lo que son las patentes y todas sus utilidades, y como podemos usarlas a nuestro favor y beneficio, pero también sabemos que hacer en caso de compartir nuestra patente con terceros.
Como ya se vio estos son los pasos, requisitos, documentos, formatos, costos, beneficios, ventajas y desventajas para dar de alta una patente. Y como nos puede servir a nosotros si en algún caso quisiéramos hablar o dar consejo sobre las patentes
Este documento puede servir de aliciente en caso de que una persona decida dar de alta su invención como una patente, siempre y cuando está no este registrada ya.
Cabe destacar que para el llenado de formatos (si es que existe algún problema) en la página Oficial del IMPI se da una ayuda para llenar dichos formatos. [5]
Bibliografía
Página Oficial del IMPI
[5] http://www.impi.gob.mx/
Tema: Patentes Página: 4-5
[6] http://www.patentes.com
Tema: Tarifas Página: 7 -9
[1] http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI/patentes
Tema: Formatos Página: 11 – 15
[2] http://www.impi.gob.mx/work/sites/IMPI/resources/LocalContent/3366/6/IMPI_00_009.pdf
Tema: Beneficios Página: 16 – 17
[3] http://www.trabajo.com.mx/el_registro_de_una_patente.htm
Tema: Ventajas y Desventajas Página: 17 – 18
[4] http://www.navactiva.com/es/documentacion/patentes-ventajas-y-desventajas_56137
Autor:
Angelina Cantú Cantú
LIC. NICACIA MATA ARANDA
DERECHO INFORMATICO
M3
UNIVERSIDAD AUTONOMA
DE NUEVO LEON
FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICA
F.I.M.E.
SAN NICOLAS DE LOS GARZA NUEVO LEON A 22 DE NOVIEMBRE DE 2012