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Evolución del derecho y su importancia en Venezuela y en el mundo


  1. El Derecho Romano
  2. En Nuestro País
  3. Moral y ética
  4. Influencia de la moral y la ética en la formación y evolución del Derecho
  5. Problemas que plantea en la actualidad la relación entre Derecho y moral
  6. Resumen de las principales diferencias entre moral y Derecho

El desarrollo histórico del hombre se ha venido dando en tres campos específicos: cuerpo, Mente y sociedad. El hombre al carecer de ciclos de actividad sexual, como los demás animales (ciclos de celos), se vio en la necesidad de la presencia constante de la mujer, lo que pudo dar origen a la figura de la familia y la posición jerárquica dentro de una comunidad nómada que conviven sedentariamente y que comienzan su existencia con un sentimiento de ayuda y protección, creando así una relación social entre madre y los hijos; surgiendo así un grupo social jerarquizado.

Los primeros rasgos jurídicos pudieren partir de la relación social expuesta en el párrafo anterior, en cuanto a un estilo o clase de derecho de familia.

La transición hacia la agricultura obliga a las primeras generaciones a formar comunidades en donde se desarrolla ayuda mutua y cooperación, surgiendo así las ideas jurídicas que establecieron parámetros en cuanto a la propiedad y posesión.

Las antiguas aldeas, ahora grandes ciudades se ven obligadas a diversificar su producción para competir en un mundo primitivamente capitalista, lo que permite una división del trabajo y por tanto propicia el surgimiento del comercio, y es aquí al fin donde encontramos los primeros documentos jurídicos, escritos en alfabeto cuneiforme que tratan sobre dichas actividades lucrativas.

Ahora bien para entrar directo a la base histórica del derecho en la actualidad o sea el derecho contemporáneo, tenemos al derecho Romano.

Cabe resaltar que existen evidencias antiguas de fuentes de derecho a parte del romano, tales como el código de Hammurabi y su Ley del Talion.

El Derecho Romano

La mayoría de las normas jurídicas en la actualidad tienen su origen en las raíces del derecho romano. Su aporte en materia jurídica al mundo a sido en materia de derecho privado. Nuestro derecho moderno está originado en las costumbres y como modelo el derecho romano, en materia de derecho civil en especial a las obligaciones.

El derecho es muy importante en la organización actual de la sociedad, ya que este es el que norma y regla la convivencia entre los individuos, crea estructuras organizativas y permite establecer criterios y formas de coexistir.

En principio, digamos que es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria al destinatario, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva a la respuesta del estado a tales acciones.

En Nuestro País

La importancia del derecho para nuestro país, es prácticamente la misma expuesta para el mundo, nuestro país está basado en una estructura jurídica de órganos y los poderes que los dirigen tienen su fundamento estrictamente en el bastión jurídico; desde la elección de nuestros representantes hasta la estructuración de los instrumentos jurídicos (constitución, en su aprobación).

Las normas jurídicas en nuestro país, establece mecanismo para que siempre se mantenga la continuidad jurídica y no existan vacios prolongados.

CUADRO COMPARATIVO ENTRE LA MORAL Y LA ÉTICA

edu.red

Moral y ética

La moral son las reglas o normas por las que se rige la conducta de un ser humano en concordancia con la sociedad y consigo mismo. Este término tiene un sentido contrario frente al de «inmoral» (contra la moral) y «amoral» (sin moral). La existencia de acciones y actividades susceptibles de valoración moral se fundamenta en el ser humano como sujeto de actos voluntarios. Por tanto, la moral se relaciona con el estudio de la libertad y abarca la acción del hombre en todas sus manifestaciones.

La moralidad es la calidad de los actos humanos en cuya virtud los designamos como buenos o malos, como acertados o erróneos. Se trata de un término común relativo a la bondad o la maldad de un acto humano, sin especificar a cuál de los dos se refiera. El opuesto de lo moral es propiamente lo no moral, términos que indican que el acto no tiene significado moral en absoluto, que simplemente no se refiere a la moral. La palabra amoral se utiliza también en este sentido, pero se aplica con mayor frecuencia a personas faltas de un sentido de responsabilidad moral. Puesto que palabra inmoral significado moralmente malo, indica un acto que posee una calidad moral definida (un acto malo). Si se lo opone claramente a lo inmoral, el término moral significa moralmente bueno. Así, pues, moral e inmoral son contradictorios, porque toda cosa tiene o no tiene alguna referencia con la moral; moral e inmoral son contrarios, por cuanto marcan los extremos del bien y del mal en el campo de la moral, excluyendo lo moralmente neutro o insignificante.

La palabra «moral» tiene su origen en el término latino mores, cuyo significado es "costumbre". Moralis (< latín mos = griego "costumbre"). Por lo tanto «moral» no acarrea por sí el concepto de malo o de bueno. Son, entonces, las costumbres las que son virtuosas o perniciosas.

El vivir en sociedad genera las normas morales, ya que las normas morales existen en la conciencia de cada uno, esto provoca que existan diferentes puntos de vista y por ende problemas en el momento de considerar las diferentes respuestas existenciales que ejercen las personas frente a ellas.

La ética es la ciencia que estudia el comportamiento humano en cuanto a lo bueno y lo malo, el comportamiento en su deber ser, o sea el cómo debería ser dicho comportamiento.

Influencia de la moral y la ética en la formación y evolución del Derecho

El hombre es un ser social y por ende se desarrolla en sociedad, que con el pasar del tiempo genera costumbres y ciertos comportamientos. El comportamiento de los hombres en sociedad está sometido casi siempre a la acción de estas costumbres que generan normas morales. Ahora el desarrollo de las normas jurídicas es influenciado por la moral, lo que genera cierta armonía entre lo moral y lo jurídico. Lo deseable es que la norma jurídica sintonice al máximo con las maneras de pensar y de sentir de las personas cuya conducta va a normar, es decir, con sus creencias y convicciones morales por lo cual el legislador se ve influenciado en las normas morales para la creación de la ley.

La definición de ética nos dice que esta es la ciencia que estudia la bondad o maldad de los actos humanos; por lo tanto obtiene su carácter de normativa que estudia lo que es normal, pero no lo normal de hecho, que es lo que suele pasar, sino lo normal de derecho, o sea lo que debe ser, por lo tanto la Ética es una ciencia que estudia lo normal de derecho. Entonces podemos decir que se está actuando de un modo ético cuando en esta conducta lo normal de hecho coincide con lo normal de derecho.

De forma teórica, podríamos diferenciar dos grandes grupos: la ética social y la ética individual. Dentro de la ética individual se diferencia, también, una ética interpersonal que es la que rige el comportamiento que tenemos en relación a otros individuos. Aquí se puede situar la ética profesional ya que rige el comportamiento del profesional en su actividad laboral. Los principios que rigen la profesión se obtienen a través de métodos similares a los de la ética general: dialógico, inductivo y deductivo. Para conocer el fundamento ético y moral de un código ético, se requiere el estudio de la actividad profesional en sí misma y no es suficiente la labor de un filósofo que desconozca la profesión.

La ética de las profesiones se mueve en el nivel intermedio de las éticas específicas o "aplicadas". El profesional se juega en el ejercicio de su profesión no sólo ser un buen o mal profesional sino también su ser ético. No acaba de ser considerada una persona éticamente aceptable quien en todos los ámbitos actuase bien y cumpliese con sus deberes menos en el ejercicio de sus responsabilidades profesionales. La ética general de las profesiones se plantea en términos de principios: el principio de beneficencia, el principio de autonomía, el principio de justicia y el principio de no maleficencia El deontologismo plantea los temas éticos en términos de normas y deberes.

Los principios se distinguen de las normas por ser más genéricos que éstas. Los principios ponen ante los ojos los grandes temas y valores del vivir y del actuar. Las normas aplican los principios a situaciones más o menos concretas, más o menos genéricas. Las normas suelen hacer referencia a algún tipo de circunstancia, aunque sea en términos genéricos. Pero también los principios se hacen inteligibles cuando adquieren concreción normativa y hacen referencia a las situaciones en las que se invocan y se aplican. En términos generales un principio enuncia un valor o meta valiosa. Las normas, en cambio, intentando realizar el principio bajo el que se subsumen, dicen cómo debe aplicarse un principio en determinadas situaciones.

Tanto las normas como los principios son universales aun cuando el ámbito de aplicación de los principios sea más amplio y general que las normas específicas que caen bajo dicho principio.

Desde la perspectiva de la ética profesional, el primer criterio para juzgar las actuaciones profesionales será si se logra y cómo se logra realizar esos bienes y proporcionar esos servicios (principio de beneficencia). Como toda actuación profesional tiene como destinatario a otras personas, tratar a las personas como tales personas, respetando su dignidad, autonomía y derechos sería el segundo criterio (principio de autonomía). Las actuaciones profesionales se llevan a cabo en un ámbito social con demandas múltiples que hay que jerarquizar y recursos más o menos limitados que hay que administrar con criterios de justicia (principio de justicia). Y, en todo caso, habrá que evitar causar daño, no perjudicar a nadie que pueda quedar implicado o afectado por una actuación profesional (principio de no maleficencia).

La evolución del derecho está íntimamente ligada con la Moral y la Ética, porque el estudio del comportamiento humano, los valores morales y la ética en estos aspectos, ha llevado a la formación de la norma y los instrumentos jurídicos que rigen la conducta del individuo en sociedad y castiga su desacato. Aunque existen ciertas divergencias entre la norma jurídica y la norma moral, ejemplo cuando la ley permite el aborto; la moral puede considerarlo mal, aunque prevalece lo primero por ser lo que impera en la sociedad; no obstante se trata de conciliar lo más posible entre estas.

Por ser el hombre un ser sociable que vive en sociedad; la sociedad para garantizar su convivencia, desarrolla códigos de comportamientos basados en las costumbres y conductas. A través de estos códigos y conductas, se van desarrollando las normas morales, que son aplicables entre los individuos dentro de esa sociedad. Ahora bien, estas normas morales no fueron suficientes para garantizar la convivencia, ya que si estas no eran consideradas por parte del individuo, a este lo le importaba y podría llegar a no cumplirlas, po lo tanto la sociedad se vio en la obligación de crear otro topo de normas y mecanismo que obligara a los individuos de una sociedad y que sancionara su incumplimiento, de esta forma se dio paso a las normas jurídicas.

Problemas que plantea en la actualidad la relación entre Derecho y moral

Hoy, no sólo ha desaparecido ya casi totalmente dentro de las sociedades la unidad religiosa, sino también la unidad ética: tras el pluralismo religioso y probablemente como su consecuencia, se ha generalizado el pluralismo moral.

Este hecho ha favorecido sin duda la tendencia a que el Derecho sea también básicamente amoral, es decir, neutral desde el punto de vista de los códigos morales particulares, puesto que en caso contrario, resultaría difícil que la normatividad jurídica cumpliera la fundamental función de unir y pacificar las relaciones sociales.

Sin embargo, el debate actual sobre la relación entre Derecho y Moral ha recuperado una buena parte de su tradicional problemática: pueden las leyes ser consideradas como verdadero Derecho cuándo no ordenan correctamente la vida, cuándo no son suficientemente justas, cuándo no se ponen al servicio de la persona humana? La actual filosofía del Derecho y del Estado se cuestiona de nuevo si toda la razón de ser de las leyes se reduce al desnudo mandato del poder legítimamente constituido, o si es más bien constituirse en instrumento al servicio de la dignidad moral del hombre.

Por otra parte, hoy se le exige también insistentemente al Derecho que sea respetuoso con las convicciones éticas particulares de los ciudadanos, hasta el punto de dar a menudo preferencia a esas convicciones sobre los principios o intereses comunitarios. Ejemplos de esa consagración del derecho a la objeción de conciencia o la defensa a la desobediencia civil son suficientemente sintomáticos de esta situación. Ha de reconocerse, por tanto, que en la actualidad, el viejo tema de la relación entre Moral y Derecho sigue planteando a la doctrina una problemática teórica y práctica. 

Resumen de las principales diferencias entre moral y Derecho

1) El Derecho regula conductas externas (aunque no todas) y la Moral sólo regula las conductas internas.

2) Las normas morales implican la intencionalidad del sujeto y las normas jurídicas se conforman con el comportamiento meramente externo.

3) Las normas morales imponen solamente deberes, las normas jurídicas no sólo imponen deberes, atribuyen derechos.

4) Las normas morales solamente obligan aquellos que aceptan y reconocen su fuerza vinculante y las normas jurídicas obligan con independencia total de la aceptación o asentamiento de los destinatarios. Las normas morales tienen un carácter autónomo y las jurídicas son de carácter heterónomo.

5) Las normas morales no son exigibles por la fuerza y las normas jurídicas, en cambio, implican siempre la posibilidad de recurrir a la coacción para lograr su cumplimiento. (Coercibilidad y no-coercibilidad).

6) Las normas morales son subjetivas y unilaterales y las normas jurídicas son objetivas y bilaterales. En relación con los puntos 2 y 3.

7) El fin que el Derecho se propone es conseguir el mantenimiento y adecuado desarrollo de la vida social. En cambio, la Moral tiene como misión la consecución de la perfección o plenitud vital del individuo, responde a una necesidad psicológica.

 

Enviado por:

Francisco R. Araujo M.