Teatro y museo del castigo.
El sistema carcelario que estudiamos lleva consigo la designación de espacio disciplinar no sólo por su estructura interna arquitectónica y penal sino por toda la serie de signos que genera hacia el exterior sociedad que tienen como fin último servir de dispositivo educativo y ejemplarizante. Uno de ellos, dice Foucault, es la muralla de circunvalación, que se manifiesta como figura simbólica y monótona del poder de castigar, de la infranqueabilidad y la incomunicación. Otro sistema para hacer el castigo visible y controlable socialmente es que el trabajo de los presos se torne público (Bentham, 1989, p. 95), que los presos en la calle se hagan visibles a través de su vestimenta, de los números de identificación, de la custodia. En este caso, tal como lo describe Foucault: el soporte del ejemplo es la disposición escénica y pictórica de la moralidad pública (Foucault, 1981, p. 108).
En Mendoza, una forma de reforzar colectivamente el vínculo visible entre la idea del delito y la idea de la pena, fue para el gobierno provincial la disposición de que todos los instrumentos de delitos comisados por el juzgado del crimen fueran remitidos a la Biblioteca San Martín para que sirvan al Museo, con una inscripción en cada objeto, explicando su origen, la fecha en que se produjo el hecho, herido, heridas y demás personas que tomaron parte de él (Reglamento para la cárcel penitenciaria. 1880).
Si bien no tenemos datos de que el museo se haya concretado, la fe en este tipo de dispositivos se basaba en la idea de que este juego de signos disminuía la atracción por el delito, aumentando el interés que convierte la pena en algo temible. Pena visible, al menos parte de ella, como espectáculo, como teatro moral cuyas representaciones imprimían el terror del delito, de lo que no debe ser y de lo que no hay que hacer.
Epílogo. El espacio y el poder
En el trabajo realizado, hemos intentado analizar una serie de apropiaciones e influencias materiales y conceptuales de la propuesta panóptica en el caso de la primera cárcel para Mendoza de 1864. La tipología benthamiana, como tecnología de poder específica para resolver los problemas de la vigilancia, sometida a adaptaciones y modificaciones, se utilizó para ejercer el control y el sometimiento de los presos mendocinos a la autoridad desde fines del siglo XIX.
El edificio penitenciario sirvió a sus fines durante cuarenta años. Contrario a la ilusión de Bentham de que la gente se haría virtuosa por el hecho de ser observada, el número de reclusos fue aumentando a medida que aumentaba la población de la provincia; el edificio, que también presentaba falencias constructivas, colapsó. Con los cambios de autoridades y a partir la decisión política de levantar una cárcel con mayor capacidad en un lugar menos central, el edificio de Moneta fue reemplazado a principios del siglo XX.
La nueva cárcel se levantó hacia el oeste, fuera de la trama urbana más consolidada. El predio de la primera cárcel fue ocupado por el conjunto que componen el teatro Independencia y el originalmente Plaza Hotel de Mendoza, hoy Park Hyatt.
El sistema panóptico probado por primera vez en el país en 1864, siguió vigente en la provincia a través de la cárcel inaugurada en 1906, que se realizó en base al proyecto que el ingeniero Nicolás de Rossetti presentara en 1895, dentro del ámbito de la Superintendencia de Irrigación y Obras Públicas. La propuesta original consistió en un conjunto de edificios cerrados dentro de un muro perimetral con forma poligonal, con el sector de las celdas desarrolladas en planta radial de cinco alas. Siguiendo tipo lógicamente el modelo de la cárcel de Filadelfia y conceptualmente el principio panóptico de casa de Inspección , el edificio se emplaza hoy sobre la actual avenida Boulogne Sur Mer (imagen 7).
En 1997, y por un nuevo colapso en la capacidad del edificio penitenciario, el gobierno provincial abrió un concurso de proyectos para una nueva cárcel para Mendoza, que se emplazaría más alejada aún del centro del trazado de la Ciudad Nueva, en el departamento de Luján de Cuyo.
Esta vez el proyecto ganador para el Centro de Detención de Procesados y Contraventores y de Rehabilitación de Penados; sin centro de inspección y con una marcada relación arquitectónica y penal entre el interior y el exterior, propone una concepción absolutamente distinta a la del moderno sistema panóptico de fines del siglo XIX. Mientras se espera la conclusión de las obras de este Centro, el edificio inaugurado en 1906 continúa, aún colapsado, en funcionamiento. A principios del siglo XXI, el panoptismo, resultado de un largo proceso de relación entre la historia de los espacios y la historia de los poderes, tal como en la antigua cárcel de 1864, sigue ejerciendo el poder de la mirada sobre la población penitenciaria mendocina.
Fuentes y bibliografía
1. AHM, Archivo Histórico de Mendoza (1864). Documentación referente a la construcción de la Cárcel Penitenciaria. Obras Públicas, carpeta Nº 149, Documento Nº 20, abril 11.
2. AHM, Archivo Histórico de Mendoza (1865). Don León Gourdon al Sr. Ministro, adjuntando las propuestas para hacerse cargo de la dirección de los talleres para distintos oficios que se establecerán en la cárcel. Penitenciaría, carpeta Nº 164, Documento Nº 19, junio 20.
3. AHM, Archivo Histórico de Mendoza (1874a). Nómina de presos en la cárcel durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 1873 y enero de 1874. Penitenciaría, carpeta Nº 165, documento Nº 12, enero 7.
4. AHM, Archivo Histórico de Mendoza (1874b). Proyecto de reglamento para la cárcel penitenciaria. Penitenciaría, carpeta Nº 165, documento Nº 27, mayo 15.
5. Discurso del gobernador Villanueva a la Legislatura (1873). Registro Oficial, febrero 3.
6. Reglamento para la cárcel penitenciaria decretado por el gobernador Villanueva (1880). Registro Oficial, diciembre 18.
Bibliografía
7. Bentham, J. (1989) [1791]. El panóptico. Madrid: La Piqueta.
8. Cirvini, S. (1989). La estructura profesional y técnica en la construcción de Mendoza, tomo I. Mendoza: Instituto Argentino de Investigación de Historia de la Arquitectura y el Urbanismo (IAIHAU).
9. Cirvini, S. (1990). Tipologías funcionales. Serie cárceles penitenciarias. En Informe anual 1989-1990. Mendoza: Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICET), Centro Regional de investigaciones Científicas y Tecnológicas (CRICYT), mimeo.
10. Cirvini, S. (s/f.). El patrimonio arquitectónico de Mendoza. Revista Serie Básica, No. 6, pp. 14-16.
11. Foucault, M. (1981). Vigilar y castigar: el nacimiento de la prisión. Madrid: Siglo XXI.
12. Galería de fotografías de la penitenciaría de Mendoza
13.diotti Sandra analia .(2010) cárceles de Mendoza y sus historia
Comentario
La cárcel de Mendoza se convierte así en el paradigma de las cárceles latinoamericanas en crisis, establecimientos que no cumplen la función para las cuales fueron creados y tampoco ayudan a mejorar la seguridad de los ciudadanos.
Las condiciones de reclusión en las cárceles de la provincia de Mendoza constituyen un trato cruel, inhumano y degradante. Existe un grave hacinamiento en condiciones de insalubridad, escasez de agua potable y de una atención médica adecuada.
Un número elevado de presos ha denunciado maltrato por parte del personal penitenciario, imposición arbitraria de sanciones y demora en los procesos judiciales.
Estos factores parecen haber contribuido a la inseguridad dentro del Penitenciaria Provincial Mendoza, en donde ha habido varios motines en los últimos años. Según la información recibida, desde el año 2000 han muerto más de 40 internos en dependencias del Sistema Penitenciario Provincial, con 22 fallecimientos registrados desde febrero de 2004, en circunstancias que todavía no han sido totalmente esclarecidas.
A pesar de medidas provisionales otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en noviembre de 2004 y reiteradas en junio del año en curso, según se informa, la situación carcelaria no ha mejorado sustancialmente.Después, hace una enumeración de los problemas detectados: hacinamiento, falta de atención médica, adultos mezclados con menores y procesados con condenados, encierro prolongado, maltratos y demás.
La suprema corte interamericana de derechos humanos observaron lo siguientes detalles:
1º) Que la Penitenciaría Provincial de Mendoza, tiene capacidad para alojar intramuros (Complejo Boulogne Sur Mer-Unidad Nº 1), en condiciones aceptables, aproximadamente entre cuatrocientos a cuatrocientos internos, y al momento de la constatación, en dicha Unidad, se encontraban alojados un mil doscientos sesenta y cinco internos , discriminados de la siguiente forma: 638 imputados y 627 condenados tanto federales y provinciales
2º) también que se encuentran alojados imputados y condenados en los mismos pabellón ósea procesados y penados
3º) En referencia a las instalaciones sanitarias, no sólo se determinó la ínfima cantidad de duchas y baños -desproporcionadamente insuficientes en relación a la cantidad de internos alojados sino también el notable deterioro y estado deplorable de los mismos. En su mayoría, los baños se hallan tapados y con escasez.
4º) Respecto de las celdas, dado el número poblacional, éstas son insuficientes para alojar a los internos, varias celdas se encuentran habitadas por cuatro, cinco y hasta seis personas, constatándose también la falta de camas y colchones, por ende muchos internos se ven obligados a dormir en el piso y también a compartir el colchón como consecuencia de aquella falencia.
5º) también la falta casi total de ropa de cama para los internos, los que en su mayoría duermen, cuando lo tienen, solamente sobre el colchón
6º) En referencia a las instalaciones eléctricas son deplorable estado de las mismas con conexiones precarias y en la mayoría clandestinas con el consiguiente alto riesgo para la seguridad de los alojados.
7º) En lo concerniente al estado higiénico, se determinó tanto en los pabellones como en los patios de éstos y en las celdas, gran cantidad de basura, muchas veces en estado de descomposición con el consiguiente olor nauseabundo que tornaba la estada en dichos lugares casi insoportable situaciones éstas, que demuestran el estado calamitoso en que se encuentra, desde el punto de vista higiénico
8º) Como consecuencia de la cantidad de horas que permanecen los internos encerrados en sus celdas se ven imposibilitados de hacer uso de las instalaciones sanitarias de acuerdo a sus necesidades, viéndose obligados la mayoría de las veces a hacer sus necesidades fisiológicas dentro de las celdas, defecando en bolsas de nylon y orinando en botellas plásticas, lo que torna insoportable en la mayoría de las celdas constatadas, el olor reinante que resulta penetrante y difícil de tolerar.
9º) la existencia de gran cantidad de palomas, con el consiguiente riesgo que ello significa para la población penitenciaria.
10º) las precarias instalaciones de gas, para hacer funcionar mecheros de fabricación casera, asimismo la inexistencia de calefones o termo tanques para el suministro de agua caliente para higienizarse, viéndose los internos obligados a higienizarse con agua fría, cuando el suministro así se lo permite.
11) Las acequias que están paralelas a la galería tienen aguas estancadas, restos de plásticos, que es otro foco de infección. Otro comentario merece el tema de la instalación eléctrica, muchas de las celdas no tienen corriente eléctrica y otras que la tienen son conexiones con los cables al descubierto sin ninguna protección lo cual es un riesgo permanente para los accidentes como electrocución.
Las cárceles son instituciones creadas por los gobiernos para privar de la libertad a los individuos que han cometido delitos y, por lo tanto, forman parte del sistema de justicia de un Estado.
Surgen varios interrogantes en cuanto al rol que desempeñan las prisiones actualmente en nuestra sociedad. Por ejemplo, su organización está diseñada para vigilar y castigar al delincuente. o están estructuradas de manera tal que promueven la reeducación y reinserción del prisionero Sabemos cuál es la respuesta: en las cárceles argentinas, en general, y en la de la Ciudad de Mendoza, en particular, la mayor parte de los detenidos provienen de sectores sociales marginados o excluidos y las condiciones de vida en las mismas son indignas, situación que genera una violación sistemática de los derechos humanos, los presos sufren de hacinamiento, escasa atención médica, mala alimentación, no cuentan con programas estatales de largo alcance que les garanticen.
Además, si los detenidos protestan o reclaman por algunos de sus derechos son brutalmente reprimidos, sin contar las irregularidades del sistema judicial que dan lugar a que algunos de los recluidos estén más tiempo del que les corresponde por su condena dentro de una prisión.
Todos estos hechos han impulsado la presentación de demandas contra el Estado provincial para hacer cumplir los denominados derechos humanos
Que están vigentes en los Pactos Internacionales a los cuales la Argentina ha adherido en su Constitución para que todos los ciudadanos gocen de ellos; derechos que no pueden estar denegados para quienes conforman la
Población penitenciaria de nuestra sociedad.
Como ciudadano de esta provincia he tenido la necesidad de divulgar la experiencia relatada. Porque creo que la cultura en una sociedad sirve de sustrato para construir el soporte ideológico que favorece la consolidación de un orden social más justo.
Promover la cultura en las cárceles mendocinas es una acción que debe ser revalorizada Y cuando digo cultura, hago referencia al conjunto de ideas, símbolos, valores, creencias, hábitos, costumbres y normas que comparten los individuos de una organización o institución y que surgen de la interacción social, edificando patrones de comportamiento colectivos que establecen una identidad entre sus miembros.
Cabe aquí una salvedad, bajo ciertas circunstancias especiales esa identidad originaria que poseen los sujetos puede transformarse, constituirse en algo distinto a lo que se poseía antes de ingresar a una institución, en el caso aludido, a la Penitenciaria de la Ciudad de Mendoza.
Penitenciaria Provincial, está organizada orgánicamente, de manera tal de conjugar de la manera mas armónica la función de custodia, de disciplina, de orden; haciendo comprender y respetar a los internos.las leyes, las resoluciones, los reglamentos, preparándolos para su posterior reinserción a la sociedad.
Autor:
Oscar Alfredo Mendoza Leca
Universidad Nacional de Cuyo
Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
Diplomado en Gestión Publica
AÑO 2011
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