10. El sadismo sexual
La violencia sádica no suele ser la expresión de una explosión de agresión, sino un asalto premeditado. La perpetración de lesiones a la víctima provocan en el agresor una satisfacción sexual ascendente en modo de espiral a medida que avanza la agresión.
La agresión sádica, en la inmensa mayoría de las veces, no tiene expresión coital (verdadero sadismo). Cuando se trata de un violador con características sádicas, vemos que éste utiliza la agresión en forma desplazada, ya que la víctima no suele jugar ningún rol directo en el desencadenamiento de la agresión porque no es la fantasía de posesión sexual la que motiva la agresión inicial. Aquí la violación tiene el sentido de agraviar y humillar a la víctima empleando el sadismo.
De todos los tipos de violadores es el más peligroso. El propósito de la violación es la expresión de sus fantasías sexuales sádicas (no por deseo coital) y tiende a dañar a sus víctimas psicofísicamente a través del coito para lograr su fin. Muchos tienen una personalidad antisocial y son agresivos en su vida diaria.
Suelen tener antecedentes de malos tratos familiares y provenir de hogares desorganizados y con padres proclives a las desviaciones o represiones sexuales, situaciones por ellos experimentadas.
De especial interés resulta el hallazgo de que las personas con trastorno sádico de la personalidad suelen registrar historias de abusos físicos o sexuales en la infancia, de abandono, hospitalización prolongada, de muerte o separación parental, etc.
En la edad adulta pueden estar casados y ostentar una posición social de clase media, gozando a veces hasta del respeto de sus vecinos. Se trata de una persona inteligente que planea bien sus asaltos y que no es fácil de apresar.
Su agresión está dirigida a disfrutar horrorizando a la víctima, de ahí que utilice parafernalia variada y un ritual de ejecución.
Puede ir perfeccionando el mismo y llegar a matar a sus víctimas convirtiéndose en un "serial killer" (asesino en serie).
La periodicidad de sus ataques no está establecida y dependerá de los planes que establezca, las motivaciones de los mismos, el uso de drogas, y/o alcohol, etc.
La agresión como rasgo de personalidad, está reconocida desde hace mucho tiempo, pero no existe todavía el diagnóstico clínico correspondiente.
Los rasgos de personalidad sádica fueron descriptos por analistas como K. Horney y E. Fromm y conductistas como Millon que habla de la personalidad agresiva.
El trastorno sádico de la personalidad se encuentra incluido en el DSM IV dentro de las categorías propuestas que requieren estudios ulteriores (trastornos pasivo-agresivos).
Para nosotros, la personalidad sádica tiene un patrón de conducta cruel, vejatoria y agresiva utilizada con el fin de establecer una relación dominante.
Este tipo de conducta, esta "manera de ser" es egosintónica, por lo que el sujeto no buscará atención médica y solamente si se ven envueltos en algún problema con la justicia (por ej., maltrato a la esposa o los hijos o cualquier otra consecuencia derivada de su conducta sádica) serán evaluados médicamente en un contexto forense.
Por lo expuesto, pensamos que debe llevarse a cabo un estudio psiquiátrico pormenorizado de la personalidad de estos sujetos para destacar la presencia de un trastorno de la personalidad (antisocial, paranoide, narcisista, bordeline), si tiene dependencia de drogas o antecedentes de episodios psicóticos de características básicamente esquizofrénicas, así como también la posibilidad de encontrarnos con un caso de simulación (aparentar ser psicótico).
El impulso sádico no siempre es la expresión de una personalidad sádica y tendría distintas interpretaciones de acuerdo al diagnóstico del trastorno que presente el actor. Cuando el impulso tiene una intencionalidad determinada se trasunta por una conducta sádica.
Así la conducta sádica derivada de un proceso psicótico (por ej., esquizofrénico) siempre que exista relación directa demostrada entre la acción y la patología psicótica debe estar incluida como un síntoma más dentro del más amplio cuadro clínico que se padece (alucinaciones o vivencias delirantes).
A veces debuta con crimen inmotivado de inusitada violencia, que en algunos casos puede ser la más extrema, dependiendo del trastorno psiquiátrico al que se encuentre ligada.
Aumentarán pena por delitos sexuales
Aprueba el Senado dictamen donde consideran la pornografía infantil un delito grave
Esperanza Barajas Urías
MEXICO.- El dictamen de reformas de ley para incrementar la penalidad en caso de corrupción de menores e incapaces, pornografía infantil y prostitución sexual de niños fue aprobado en comisiones del Senado de la República y se presentará al pleno hoy en primera lectura.
"Se establece una nueva tipificación sobre lo que es pornografía infantil y corrupción de menores, con el propósito que el estado mexicano tenga elementos más eficaces para sancionar esta conducta que ha venido proliferando, sobre todo federalizándola en ciertos casos cuando se use Internet, cualquier medio de transmisión electrónica, la realicen extranjeros o integrantes del crimen organizado", indicó el Senador Amador Rodríguez Lozano, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera.
Las comisiones unidades de Justicia, Atención a niños, jóvenes y tercera edad y, Estudios Legislativos Primera aprobaron el dictamen con el que se aumentan considerablemente las penas y se considera la pornografía infantil como delito grave, con lo cual ya no se podrá alcanzar libertad bajo fianza, informó Rodríguez Lozano.
El dictamen de reformas a los artículos 201, 205 y 208 del Código Penal Federal, las adiciones a los 201 bis 1, bis 2 y bis 3 y 203 será presentado ante el pleno del Senado este jueves y probablemente será aprobado el próximo 26 de octubre.
Los delitos de pornografía y prostitución infantil estarán tipificados no solamente para el territorio nacional, sino también para el ámbito internacional, en los términos de los convenios suscritos multilaterales suscritos por México.
De acuerdo con la reforma propuesta, comete el delito de corrupción de menores quien induzca, facilite u obligue a un menor de 18 años a realizar actos de exhibicionismo, prostitución, ebriedad, consumo de narcóticos, prácticas sexuales o hechos delictivos, esta actividad será penada de entre 5 y 10 años de prisión y una multa de 500 a 2 mil días de salario.
Aquellos que obliguen a mendigar a niños tendrán una pena de 3 a años de prisión y multa de 50 a 200 días de salario.
Cuando la práctica reiterada de corrupción del menor lo lleve a hábitos de alcoholismo, farmacodependencia, prostitución o asociación delictuosa la pena será de 7 a 12 años de cárcel y multa de 300 a 600 días.
De 5 a 10 años de prisión y multa de mil a 2 mil días será para aquellos que induzcan a menores a realizar actos de exhibicionismo o sexuales con el fin de videograbarlos, fotografiarlos o exhibirlos.
A quien imprima, venda, reproduzca, publicite o rente este material se le encarcelará de 10 a 14 años; mientras que las personas que sean encargadas de administrar este tipo de actividades las penas irán de 8 a 16 años de prisión.
A los funcionarios públicos que participen en estas actividades se les impondrá una tercera parte más de la penalidad.
Si el delito es cometido con un menor de 16 años de edad el encarcelamiento se incrementará una tercera parte más de las sanciones y si es menor de 12 años, hasta la mitad de la penalidad.
La reforma propuesta incluye otras modificaciones más para quienes cometen delitos de corrupción de menores.
Mayor Castigo
Este es el incremento propuesto por los legisladores a las penas por corrupción de menores e incapaces, pornografía infantil y prostitución sexual de menores de 18 años
Delito Penalidad:
Corrupción de menores 5 a 10 años
Obligue a mendicidad 3 a 8 años
Si el menor adquiere hábitos de alcoholismo prostitución, drogadicción o asociación delictuosa 7 a 12 años
Si se videograban, fotografían, exhiben actos lascivos o sexuales de menores 5 a 10 años
Al que imprima, venda, reproduzca, venda, rente, exponga, publicite, trasmita este material 10 a 14 años
Al que administre o supervise estas acciones de pornografía 8 a 16 años
Si es un servidor público Una tercera parte más de la pena
Si el delito es contra un menor de 16 años Una tercera parte más de la pena
Si es menor de 12 años La mitad más de la pena
Al que promueva o publicite la prostitución de menores dentro o fuera del país 5 a 14 años Si el delito lo comete la delincuencia organizada 10 a 15 años
Al que entregue a un menor para prostituirse 5 a 12 años
Al que encubra o promueva este delito 8 a 12 años
Denuncian 350 delitos sexuales
Seguridad
René Gardner
TIJUANA – Ante las 350 denuncias por delitos sexuales presentadas en la Procuraduría de Justicia del Estado en este año, la Agencia Especializada de Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar solicitó la creación de un centro de atención a víctimas.
Gabriela Navarro, titular de la Agencia Especializada, indicó que de enero a la fecha se han presentado por lo menos 350 denuncias por delitos sexuales, además de un número similar de casos que no han sido denunciados, lo que hace urgente la creación de un centro de apoyo.
En estos momentos las víctimas de delitos sexuales son recibidas en la Agencia Especializada y de ahí canalizadas hacia algunos organismos no gubernamentales para su tratamiento psicológico, sin embargo, la magnitud del problema así como las repercusiones que una falta de atención pueda generar, hacen necesaria una intervención más a fondo de las autoridades, señaló la funcionaria.
"Se trata de un círculo donde una víctima puede convertirse en el victimario con el paso del tiempo, ya que se puede considerar la agresión como algo normal o como un deseo de venganza", explicó.
La creación de un centro de apoyo serviría para romper el ciclo destructivo y generaría una sociedad más sana, mencionó la agente del Ministerio Público, al dar tratamiento y seguimiento a los problemas de abuso sexual.
En uno de los casos recibidos por la Agencia, ejemplificó Navarro, denunciaban a un joven de 18 años que violó a una menor de 10 años. Al investigar se descubrió que el joven había sido niño de la calle y abusado por otra persona sin recibir ningún tipo de ayuda, por lo que creció con algunos resentimientos.
Según datos de la dependencia, el 80 por ciento de los casos de violaciones que se registran son en contra de menores de edad. En la mayoría de los casos los responsables son familiares o conocidos.
La época veraniega presenta un avance en el número de delitos sexuales en contra de niños, ya que estos salen de vacaciones y sus padres muchas veces no pueden cuidarlos de tiempo completo y los encargan a vecinos o familiares.
Los estudios estadísticos revelan que las colonias populares ubicadas en la periferia de la ciudad son las más propensas a registrar abusos sexuales, ya que se encuentran asentamientos humanos más densos.
Mujer denuncia violación
Juan Antonio Martínez
Una mujer de 37 años fue encontrada la tarde de ayer encerrada en un domicilio del Centro, después de que fue raptada y aparentemente violada por uno o dos hombres.
Vecinos reportaron a Seguridad Pública del Estado que una mujer gritaba pidiendo auxilio, ya que no podía salir del inmueble, por estar encerrada y por los golpes que presentaba en el cuerpo.
Las primeras investigaciones de la Policía Ministeriales señalaban que la mujer fue raptada en Las Américas y Ruiz Cortines, fue subida a un auto donde se desmayó luego de que le dieron un golpe en la cabeza con una botella de brandy.
Luego fue trasladada al lugar en que supuestamente fue víctima de la agresión sexual.
De acuerdo a la investigación, la joven, que se dedica a la venta de pedacería de oro, fue interceptada cuando manejaba su auto al parecer Nissan.
La víctima fue encontraba en una casa ubicada en Gómez Farías entre Matamoros y Allende, cerca del Barrio Antiguo, aproximadamente a las 14:00 horas de ayer.
Tras forzar la puerta del domicilio, los elementos policiacos constataron que la mujer presentaba golpes en el cuerpo, causados con un objeto contundente, por lo que dieron aviso a la Cruz Roja Metropolitana.
Los socorristas trasladaron a la mujer al hospital Universitario en donde ella ofreció los primeros datos para que se iniciara la investigación.
La mujer fue entrevistada por personal del Ministerio Público, pero por el sigilo de la investigación no se reveló el nombre del o los agresores sexuales.
El jefe de grupo César Cortes indicó que el lugar en que fue encontrada la mujer es utilizado también como un taller de reparación de joyería.
Absuelven a jóvenes por 'ignorar' violación
Luis Antonio Rivera
Dos jóvenes fueron absueltos ayer del delito de equiparable a la violación porque desconocían que una joven se encontraba bajo un trastorno mental transitorio, cuando sostuvieron relaciones sexuales con ella.
Juan Manuel Sánchez Rodríguez, Juez Quinto de lo Penal, dictó sentencia absolutoria en favor del Israel Leobardo Vega Navarro, de 23 años, y Juan Gabriel Parás Fernández, de 24, quienes en 10 días más cumplirían un año de estar internados en el Penal del Topo Chico.
Los dos absueltos al ser detenidos fueron acusados de que obligaron a una a amiga de 19 años a sostener relaciones sexuales, en un momento en que perdió la memoria y se encontraba inconsciente, por lo que fueron consignados por el delito de equiparable a la violación.
Como el delito sexual está catalogado como grave, los dos acusados permanecieron sin derecho a la libertad bajo fianza.
Para absolver a los jóvenes, el juez aplicó la causa de justificación cuando el acusado actúa desconociendo alguna situación que lo haga consciente de estar cometiendo un delito.
Además la perito psiquiatra, quien examinó a la afectada, aseguró que no podía emitir un peritaje certero y científico para establecer si la afectada estaba bajo un estado de trastorno mental transitorio en el momento de que sostuvo relaciones sexuales.
Los hechos acontecieron la madrugada del 5 de febrero del año pasado en el domicilio de Vega Navarro a donde invitó a su amiga a quien se encontró sola en el Puente Zaragoza.
Vega y su amigo Parás asistieron a una fiesta y en ella también estuvo presente la afectada y su esposo.
Cuando los dos acusados salieron de la fiesta se encontraron a su amiga, quien dijo que se había disgustado con su esposo y los acompañó a la casa donde ocurrieron los hechos.
Vega dijo que su amiga aceptó tener relaciones sexuales con el en su casa y después a Parás le pidió el mismo tipo de relación.
Ambos aseguraron que la conducta de ella era normal.
La afectada dijo que perdió la memoria y no sabía quien era ella, cuando sostuvo relaciones sexuales, además de que la obligaron los detenidos porque la asustaron con unos "viejos malos".
Afirman que violación con jeans no es delito
ROMA (DPA/AP).- Una sentencia del tribunal de casación en Roma, en la que se afirma que si una mujer lleva puestos jeans no es posible una violación, causaba ayer gran alboroto en Italia.
Según la sentencia, los jeans no pueden quitarse sin la ayuda activa de la portadora.
Tanto juristas como políticas se mostraron indignadas, mientras que el abogado de la demandante habló de un veredicto "absurdo".
Se trata del caso de una joven de las cercanías de la ciudad italiana de Potenza, que denunció a su instructor de manejo en 1992 por violación.
Carmine Cristiano, el instructor de conducción fue sentenciado en 1996 a dos años y ocho meses de cárcel por violar a la estudiante de 18 años.
El tribunal de casación, también llamado tribunal superior, levantó esa sentencia y delegó el caso a la segunda instancia en Nápoles.
El acusado adujo que la muchacha consintió en mantener relaciones sexuales.
El tribunal aceptó el argumento de Cristiano, diciendo que es imposible quitar los vaqueros a alguien sin la colaboración de la persona que los usa, y que la chica debió haber consentido.
Según la prensa, la demandante está "muy traumatizada" y mientras tanto se mudó de localidad.
Simonetta Sotgiu, jueza del tribunal de casación, calificó la sentencia de una confirmación de que el tribunal superior está en manos de hombres.
Las legisladoras italianas acudieron ayer con pantalones vaqueros al Parlamento para protestar por el dictamen de un tribunal de apelaciones.
"Vaqueros: coartada para los violadores", leía el cartel que exhibieron cinco diputadas.
"Este dictamen es vergonzoso. Ofende la dignidad de las mujeres", dijo Alessandra Mussolini, diputada de la Alianza Nacional derechista. "Las mujeres tienen miedo de denunciar violaciones, y esto todavía lo agrava".
La diputada dijo que la protesta continuará hasta que el Tribunal Constitucional revoque la decisión.
Acusan a Diputado de violación; él lo niega
Luis Antonio Rivera, Miriam García y Rosalía Reyes
En tanto, la Procuraduría de Justicia investiga al diputado panista José Luis Castillo Domínguez, por el delito de violación, el legislador local alegó inocencia y argumentó que la denuncia en su contra es un producto del chantaje y del golpeteo político para evitar que busque la Alcaldía de Santa Catarina.
Para concluir la investigación sobre el presunto abuso en perjuicio de una joven, sólo faltan unas tres diligencias.
El diputado fue denunciado el 18 de diciembre pasado por una joven de 17 años, quien narró que la violación ocurrió en abril o mayo de 1997.
María de la Luz Balderas Rodríguez, Fiscal Investigadora No. 2 Especializada de Delitos Sexuales, manifestó que el diputado se presentó voluntariamente a declarar el 22 de enero, ya que la madre de la denunciante le entero de la investigación.
Mencionó que no lo habían citado a declarar por estar de turno y en un periodo vacacional.
"Se presentó a declarar el 22 de enero voluntariamente, no estaba citado, porque se estaban practicando algunas diligencias, él se presenta a declarar porque refiere que se enteró de que existe una denuncia en su contra, por medio de la mamá de la denunciante", mencionó.
"No puedo dar detalles de lo actuando en la averiguación, por el mismo sigilo, lo que si puedo decir que él niega lo denunciado y cualquier contacto sexual con la ahora denunciante, no obstante que ella lo está señalando", señaló.
La Fiscal aseguró que la denuncia no fue presentada fuera de tiempo, además, de que la violación es un delito grave.
"Hay documentos aportados por la denunciante y no está presentada la denuncia en forma extemporánea, porque es una presunta violación que es un delito grave y de oficio, por lo que se está a tiempo cuando se presentó en la fiscalía el 18 de diciembre".
Es golpeteo político: Acusado.
Al asegurar que es inocente y que la denuncia por violación interpuesta en su contra es producto de un "chantaje" y de golpeteo político para evitar que busque la Alcaldía de Santa Catarina, José Luis Castillo Domínguez, Diputado local del PAN, advirtió que una vez que se dicte el inejercicio, procederá a contrademandar a quienes lo han difamado públicamente.
"Esto es un golpeteo político, es un intento de chantaje… ya lleva esto casi 70 días y es la autoridad quien debe determinar si soy culpable o inocente: sé del daño tan grave que le han hecho a mi familia, a mi persona, pues soy una persona recta, que se ha dedicado a servir y tengo la seguridad, pero no voy a decir quién, de que hay una autoría intelectual en todo esto y que es con fines políticos", expresó.
"Soy inocente y me estoy sometiendo al criterio del órgano competente: estoy con la conciencia tranquila, en paz y he sido muy hombre para enfrentar este hecho con rectitud y valentía: voy a demostrar mi inocencia y no tengo conocimiento de que la licenciada del Ministerio Público vaya a solicitar mi separación del cargo, pero esto es una calumnia y por eso estoy planeando seriamente el contrademandar por daños morales y perjuicios".
Aseguró que el caso estaba aclarándose a su favor, pero declinó dar más información bajo el argumento de que podía entorpecer la averiguación y de que los avances sólo podía darlos la autoridad competente.
Sobre la grabación que existe en la que se la madre de la menor le detalla los sucesos, Castillo Domínguez, no la negó, pero aseguró que él sólo buscaba conocer el fondo del caso.
Retirarían fuero.
Aunque aclaró que no quiere adelantar juicios, el Secretario General de Gobierno, José Luis Coindreau, afirmó que en caso de confirmarse la denuncia contra el Diputado del PAN, José Luis Castillo, por presunta violación contra una menor de edad le retirarán el fuero para que responda al proceso.
El funcionario estatal dijo que desconoce los detalles de la denuncia, pero consideró que debe aclararse por respeto a lo involucrados.
"Esto es un golpeteo político, es un intento de chantaje… ya lleva esto casi 70 días".
José Luis Castillo Domínguez.
Diputado panista
Jurisprudencias
Tesis Seleccionada
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito | Epoca: Novena Epoca |
Localización |
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Parte : IV, Noviembre de 1996 Tesis: XIV.2o.37 P Página: 539
Rubro |
Violacion equiparada. es inconstitucional el auto de formal prision decretado por la comision de este ilicito, cuando solo se acredito en grado de tentativa (legislacion del estado de yucatan).
Texto |
Es inconstitucional el auto de formal prisión dictado en contra del acusado por considerársele probable responsable del delito de violación equiparada a que se refiere el artículo 301 del Código de Defensa Social del Estado de Yucatán, si de los datos del sumario aparece que se acreditaron los elementos del tipo de dicho delito, pero en grado de tentativa, porque si bien el imputado realizó todos los actos encaminados directa e inmediatamente a tener cópula con una menor de doce años que, de acuerdo al tipo indicado es sancionable aun en ausencia de violencia, la misma no se consumó, resultando dicho auto de término, contrario a las constancias de autos y, por ende, violatorio del artículo 19 constitucional. Segundo tribunal colegiado del decimo cuarto circuito.
Precedentes |
Amparo en revisión 298/96.- Juan Gabriel Campos Pacheco.- 29 de agosto de 1996.- Unanimidad de votos.- Ponente: Pablo V. Monroy Gómez.- Secretario: Francisco Javier García Solís.
Tesis Seleccionada
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito | Epoca: Novena Epoca |
Localización |
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Parte : IV, Noviembre de 1996 Tesis: VI.2o.145 P Página: 539
Rubro |
Violacion equiparada, la incapacidad mental de la ofendida por el delito de, no requiere forzosamente ser acreditada por dictamen pericial.
Texto |
El estado de incapacidad mental de la ofendida por el delito de violación equiparada, constituye una alteración psicológica que necesariamente se traduce en anormalidad de la conducta de la persona que se encuentra privada de sus facultades mentales, siendo evidente que tal estado de salud es fácilmente perceptible por los sentidos humanos y más por un médico legista, aunque éste no sea especialista en psiquiatría o neurología. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes |
Amparo directo 586/96.- Lorenzo Garrido Téllez.- 30 de octubre de 1996.- Unanimidad de votos.- Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.- Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Tesis Seleccionada
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito | Epoca: Novena Epoca |
Localización |
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Parte : IV, Julio de 1996 Tesis: V.1o.15 P Página: 434
Rubro |
VIolacion equiparada de impuber. no se actualiza el tipo, al no haber existido copula.
Texto |
Si de la declaración de la ofendida no se advierte que ésta impute al quejoso el haberle penetrado con su miembro viril, ni siquiera que hubo contacto directo con la región vaginal de la menor; declaración ésta de la que, si bien se desprenden elementos que en todo caso podrían ser constitutivos de algún otro tipo penal, no son aptos para demostrar el tipo por el que acusó el agente del Ministerio Público, por no estar plenamente demostrado el primer elemento del tipo consistente en la cópula, entendiendo dicho término conforme a la definición contenida en el segundo párrafo del artículo 218, del Código Penal para el Estado de Sonora, como la introducción del miembro viril por la vía vaginal. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes |
Amparo directo 130/96. Ramón Arturo Breceda Lovio. 7 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Cruz Sánchez. Secretario: Francisco Raúl Méndez Vega.
J. Anton Oneca y J. A. Rodríguez Muñoz Derecho Penal (Tomo II) Parte Especial Editorial UdeM Año de 1949 Madrid, Es. Pág. 261-265.
Eugenio Cuello Caleón Derecho Penal Bosch, Casa Editorial Barcelona, Es. 1971 Pág. 574-595
Ricardo Ramírez Derecho Penal Bosch, Casa Editorial Barcelona, Es. 1956 Pág. 121-122.
Fuentes electrónicas: Biblioteca Electrónica del ITESM CD Infosel (Artículos Periodísticos)
- denuncian 350 delitos sexuales el norte 1 de juio de 1999 biblioteca electrónica
el norte 21 de octubre de 1999
- aumentaran pena por delitos sexuales
Fuentes hemerográficas:
- mujer denuncia violación el norte 10 de mayo d 1999
- absuelven a jóvenes por ignorar violación el norte 27 de enero de 1999
- violación con jeans no es delito el norte 21 de febrero de 1999
- acusan a diputado de violación el norte 25 de febrero de 1999
Entrevista. Prof. Dr. Juan Carlos Romir
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