Indice1. Introducción 2. La organización sindical en Venezuela. 3. Acción y política de los sindicatos. 5. Constitución y registro de una organización sindical 6. Conclusión 7. Bibliografía
El movimiento sindical frecuentemente practica la política de conciliación de clases. Por lo tanto, se puede afirmar que existe una vinculación entre dicho movimiento y los partidos políticos a la cual quedan subordinados los intereses de la clase obrera, ahora llamada clase trabajadora, expresión ésta que implica una distorsión conceptual, puesto que se generaliza, la condición del trabajo hacia todas aquéllas personas que pueden ser fuente de producción, pero no asalariado. Hasta ahora hemos podido constatar que los dirigentes obreros conservan el viejo lenguaje de la defensa de los "intereses de la clase obrera". De manera que en el seno del movimiento sindical persiste la concepción relacionada con que el movimiento sindical debe servir a los intereses de la clase obrera". Sin embargo, a lo largo de la historia del movimiento sindical podemos apreciar que la defensa de los intereses de la clase obrera son puramente económicos y muy restringidos, practicando de tal manera, una política de conciliación de clases, puesto que creen que la conciliación de clases es el fundamento mejor de la democracia y evita los riesgos inherentes al sistema democrático.
2. La organización sindical en Venezuela.
El Derecho De Asociación Sindical La Ley del Trabajo en su artículo 400 establece: tanto los trabajadores como los patronos tienen el derecho de asociarse libremente en sindicatos y estos, a su vez, el de constituir, federaciones y confederaciones. La ley del trabajo en su artículo 401 establece: Nadie podrá ser obligado ni constreñido directa o indirectamente a formar parte o no de un sindicato. Los sindicatos tienen derecho a redactar sus propios estatutos y reglamentos y a elegir libremente a los integrantes de su junta directiva; a programar y organizar su administración y a establecer pautas para realizar su acción sindical. Los estatutos de los sindicatos determinarán el ámbito local regional o nacional de sus actividades.
¿Quiénes tienen derecho a sindicalización? Son titulares del derecho de sindicalización los trabajadores del sector privado y de las empresas del Estado, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que cumplen con los requisitos que establece la ley y los respectivos estatutos de la organización de que se trata. Este derecho esta garantizado en la Constitución Política y se puede ejercer en la forma y casos que señala la ley. ¿Que características tiene la afiliación de un trabajador a una organización sindical?
- Es única en función de un mismo empleo
- Es personal, y por lo tanto no puede transferirse ni delegarse
- Es voluntario, nadie puede ser obligado a afiliarse a una organización sindical para desempeñar un empleo o desarrollar una actividad. Tampoco podrá impedirse su desafiliación
- Ningún trabajador puede pertenecer simultáneamente a más de un sindicato.
Origen y panorama de las organizaciones sindicales. El movimiento obrero empezó en Venezuela en 1936, tras la muerte de Juan Vicente Gómez y el advenimiento de la democracia. Un año después, en el gobierno de López Contreras, las formas asociativas e intentos gremiales que lograron sobrevivir en medio de la persecución de la dictadura, se reúnen en un primer Congreso de Trabajadores de Venezuela. Tras la Revolución de Octubre, en 1945, sale del mando Medina Angarita y asume el Poder AD, lo que fortaleció las organizaciones que controlaba este partido, superando así las dominadas por los comunistas (CUTV). La participación de los sindicatos se empezaba a hacer manifiesta en ese entonces. Tanto, que se hablaba de "sindicatos blancos, rojos y negros» en alusión a los colores electorales de algunas agrupaciones políticas. En la segunda mitad del siglo, Pérez Jiménez toma el poder y tres meses después dicta un decreto que disuelve a la CTV y sus federaciones. Aparecen desde el poder persecuciones de diversa índole. La tortura, el exilio y la clandestinidad se convierten en sinónimos en una constante del movimiento sindical. Sólo las organizaciones más fuertes sobreviven, entre ellas, algunos sindicatos nacidos bajo los auspicios de la Fraternal Unión de Dirigentes de Acción Social Católica y del Círculo Obrero de Caracas, promovidos por el padre Manuel Aguirre Elorriaga, s.j. El deseo de acabar con la represión dictatorial propició un sentido de unidad, que lleva a la formación del Comité Obrero de la Junta Patriótica, que jugó un importante papel en la convocatoria a huelga general de tres días, hecho que culminó con la caída de Pérez Jiménez. Con la vuelta al sistema democrático, la adscripción de dirigentes sindicales a partidos políticos entorpeció su autonomía en el proceso de toma de decisiones. La lealtad al partido y el interés propio privaron en numerosas ocasiones sobre las necesidades reales de los trabajadores. De esta forma, los "sindicaleros" comienzan a perder credibilidad y, en la misma proporción, a ganar el rechazo de la opinión pública nacional.
Los primeros grupos sociales de obreros aparecen en la sociedad venezolana durante las últimas décadas del siglo XIX; pero, la clase obrera como tal, diferenciada de otras clases por el lugar ocupado en el proceso de producción predominante, surge y adquiere fisonomía con la iniciación y el desarrollo en el país de las operaciones de exploración y explotación, programadas por los monopolios extranjeros en la industria petrolera. En la dinámica de nuestra sociedad, el obrero no se distingue fundamentalmente del empleado, por cuanto aquél es un productor de plusvalía y éste un distribuidor de la misma. De acuerdo con una concepción plasmada en la legislación laboral venezolana, la separación obedecer al supuesto predominio del esfuerzo físico en el trabajo del obrero, como esfuerzo intelectual en el empleado. Los componentes de la clase obrera son en su gran mayoría hombres y mujeres jóvenes. La clase obrera comprende diversos destacamentos, entre los cuales algunos crecen constantemente. El de mayor importancia, sin ser el más numeroso, es el proletariado industrial. En la clase obrera nacional se han producido cambios cuantitativos de gran importancia en los dos últimos años (1999-2000), determinados por la desincorporación de grandes destacamentos que anteriormente estructuraban la masa laboral empresarial, la cual se ha ido despojando de un considerable número de ellos, como consecuencia de una apreciación de transformación estructural en el país, sin se aprecien transformaciones cualitativas al nivel de la inserción tecnológica.
Los triunfos históricos de la clase obrera en diversas regiones del mundo, las revoluciones sociales que han convertido al proletariado como clase gobernante, atemorizan a los colonizadores modernos y sus aliados, las clases dominantes nacionales, y los lleva a intensificar las actividades dirigidas a conseguir la división del movimiento obrero nacional y así obstaculizar el desarrollo de las luchas que se van adecuando a las nuevas necesidades del país, a las transformaciones que se operan en él. Para lograrlo, invierten fabulosas sumas de dinero en propaganda que confunde, generando a la vez, los mecanismos de corrupción de algunos dirigentes sindicales. La división del movimiento obrero y de los trabajadores en general, es una finalidad permanente, que se expresa con toda nitidez en la estructura de los maestros y profesores, donde siete agrupaciones, con distintos colores partidistas, luchan por el predominio contractual. Betancourt, desde la jefatura del gobierno, hizo de los dirigentes sindicales afiliados a Acción Democrática, los difusores del reformismo entre los efectivos del movimiento obrero nacional.
Resultado de estas gestiones fue lo que se conoció como la "paz laboral", establecida mediante la celebración de contratos colectivos de trabajo de larga duración, que eliminan, en lo legal, situaciones conflictivas entre patronos y trabajadores durante dilatados períodos, al encontrarse los sindicatos jurídicamente incapacitados para luchar (a través de contrataciones colectivas, se fue ajustando el tiempo de duración, hasta lograr revisiones de contrato cada dos años, tanto al nivel de la empresa
Esta es una categoría económica que se refiere al "valor que el trabajo no pagado del obrero asalariado crea por encima del valor de su fuerza de trabajo y del que se apropia gratuitamente el capitalista. La plusvalía expresa la esencia y la particularidad de la forma capitalista de explotación, en la que el plusproducto adquiere la forma de plusvalía. Después de descubrir la esencia de la categoría económica de la mercancía fuerza de trabajo, Marx resolvió lo que no había podido resolver toda la economía política que la precedió, descubrió la fuente real que da origen a la plusvalía, puso al descubierto la naturaleza de la explotación capitalista, oculta tras las relaciones mercantiles. Al organizar la producción, el capitalista desembolsa una determinada suma de dinero para adquirir medios de producción y para comprar fuerza de trabajo sin perseguir más que un objetivo: obtener un excedente de valor sobre la cantidad e dinero inicial anticipada por él, es decir, obtener plusvalía. Después de descubrir la esencia de la categoría económica de la mercancía fuerza de trabajo, Marx resolvió lo que no había podido resolver toda la economía política que la precedió, descubrió la fuente real que da origen a la plusvalía, puso al descubierto la naturaleza de la explotación capitalista, oculta tras las relaciones mercantiles. Al organizar la producción, el capitalista desembolsa una determinada suma de dinero para adquirir medios de producción y para comprar fuerza de trabajo sin perseguir más que un objetivo: obtener un excedente de valor sobre la cantidad e dinero inicial anticipada por él, es decir, obtener plusvalía Cuando se operan despidos masivos en la industria, se cree que es producto de los cambios tecnológicos, por la incorporación de máquinas que cumplen función de producción, lo que anteriormente realizaba un grupo de trabajadores; pero en Venezuela, se aprecia que la maquinaria aún es obsoleta.
Objetivos de los sindicatos La Ley Orgánica del Trabajo en su artículo 407 establece: Los sindicatos tendrán por objeto el estudio, defensa, desarrollo y protección de los intereses profesionales o generales de los trabajadores y de la producción, según se trate de sindicatos de trabajadores o de patronos, y el mejoramiento social, económico y moral y la defensa de los derechos individuales de sus asociados. Es importante recordar que para la LOT los sindicatos pueden se tanto de trabajadores como de patrono. Antiguamente se hacía distinción entre sindicatos de obreros y de empleados. La LOT ha eliminado esta distinción. De estos objetivos se extraen las atribuciones y finalidades de los sindicatos. De acuerdo al Art. 408 de la L.O.T. Los sindicatos de trabajadores tendrán las siguientes atribuciones y finalidades:
- Protección y defensa de los intereses profesionales y gremiales.
- Representación en las negociaciones, conflictos y procedimientos de conciliación.
- Vigilancias en los cumplimientos de las normas de higiene y seguridad industrial, en la defensa del medio ambiente, en las normas protectoras de los diversos sectores del colectivo laboral.
- Creación de formas de mejorar económicamente a los asociados (caja de ahorro, cooperativas etc.)
De acuerdo al Art. 409 de la LOT. Los sindicatos de patrono tendrán las siguientes atribuciones y finalidades:
- Proteger y defender los intereses generales de sus asociados ante los organismos y autoridades publicas
- Representar a sus miembros en las negociaciones y conflictos colectivos de trabajo, y especialmente en los procedimientos de conciliación y arbitraje.
- Promover, negociar, celebrar, revisar y modificar convenciones colectivas de trabajo.
- Representar y defender a sus miembros y a los patronos que lo soliciten, aunque no sean miembros del sindicato, en el ejercicio de sus intereses y derechos individuales, en los procedimientos administrativos que se relaciones con el patrono y en los judiciales, sin perjuicio de los dispuestos en la Ley de Abogados, y en sus relaciones con los trabajadores
- Realización de programas de educación técnicas y profesional así como preparación de estudios y proyectos que mejoren la vida profesional o la vida económica de la nación
Vigilar el cumplimiento de las normas destinadas a proteger a los trabajadores, la maternidad y la familia.
3. Acción y política de los sindicatos.
Ahora bien, ¿qué hacer para que los Sindicatos como vehículos organizados de la clase obrera avancen en un proceso orientado conforme a los verdaderos intereses de los trabajadores? Es evidente que no toda lucha de los trabajadores se ha de expresar necesariamente a través de los Sindicatos. Éstos, además, pueden transformarse en instrumentos que utiliza el sistema para bloquear la lucha obrera. Por otra parte, no puede ignorarse la importancia que reviste la organización sindical. Una línea correcta de acción sindical, según nuestro enfoque, sería la de no despreciar las luchas reivindicativas, como medio de presión, no siendo éstas las de definición estratégica, porque conduciría a una lucha economicista, contraria a la proyección democrática de participación popular. Es necesario combinarla con mecanismos de proyección política transformadora. Para ello es imperioso elevar el nivel de conciencia obrera a través de las luchas reivindicativas, en la medida en que éstas ponen de manifiesto que no bastan para lograr un auténtico avance hacia una proyección cultural, social, económica, política.
El paso de la lucha económica a la lucha política, se da mediante la inserción política de la clase trabajadora en un partido político revolucionario, pero con una mayor independencia, a través de la acción sindical, en cuanto ésta se presenta como alternativa clasista y revolucionaria y como organismo de masas. Pienso que esta sería la mejor línea de acción del movimiento sindical, penetrando en la esencia de las masas obreras, en su idiosincrasia, en su cultura que permita una lectura de su condición y de su dirección futura.
Sería ingenuo pensar en la inserción política inmediata de la clase trabajadora con la sola constitución de un sindicato o una federación y aún, de una confederación de sindicatos. Como es bien sabido, la ampliación del ámbito de la acción sindical comporta una serie de fases conforme cambian las circunstancias de tiempo y de lugar y las cuales podría resumir de la siguiente manera: En la empresa: las primeras formaciones sindicales surgen en el plano de la empresa, para defenderse de los abusos de la patronal y mejorar las condiciones de trabajo; En las profesiones: poco a poco el sindicalismo se va uniendo según ramas ocupacionales formando federaciones regionales y confederaciones nacionales, con lo cual aumenta su capacidad de negociación en orden a la defensa de los intereses de los trabajadores; En la economía nacional: como consecuencia de lo indicado anteriormente, el Estado se ve obligado a tener en cuenta a la fuerza sindical; el Estado y los Sindicatos se relacionan, tanto en problemas que conciernen a la política económica nacional, como en lo que se refiere a los intereses de la clase trabajadora. La discusión obrero-patronal pasa a ser una discusión obrero-estado: paritaria, y la discusión de los convenios colectivos de trabajo, son un ejemplo del ámbito en que operan los sindicatos en esta nueva fase. Las prédicas de "colaboración y armonía de clases" y la de "apoliticidad de los sindicatos" son los modos con que se embellece la esclavitud asalariada del sistema capitalista. Aparece aquí lo que Jorge Abelardo Ramos llama el doble carácter del sindicalismo: "de un lado expresa la necesidad de los obreros para mejorar sus condiciones de vida en la sociedad burguesa", y por el otro, "es la correa de transmisión de la ideología burguesa en el movimiento obrero. Este hecho se funda en una realidad evidente: el sindicalismo propone mejorar el salario, no suprimirlo con el fin de establecer una sociedad sin clases". En otras palabras, el sindicalismo es para obtener mejores condiciones de vida, pero no para constituirse en una alternativa revolucionaria.
Con el sindicalismo negociador, han aparecido, en Latinoamérica, los burócratas sindicales a quienes el dirigente obrero Agustín Tosco ha descrito como a los que manipulan ignominiosamente el movimiento obrero y se sirven de él para todo tipo de componendas sobre la base de reiteradas claudicaciones. Algunos plantean la necesidad de un sindicalismo puro, es decir, apolítico, sin reparar que todo lo que se haga por despolitizarlo, es un hecho político (aunque se lo niegue), pues, tiende a que los Sindicatos, con su "neutralidad política", no cuestionan al sistema, se circunscriben a la lucha económica y favorezcan una política negociadora reformista. Si el sindicalismo quiere ser algo más que un instrumento de defensa de los intereses laborales, con tareas extensivas de asistencia y servicios sociales, es necesario plantearse el problema en función de la sociedad actual, lo cual implica pensar acerca de su función política. Si bien es cierto que el objetivo básico de los sindicatos es la defensa de los intereses profesionales de sus miembros y de los trabajadores en general, también es evidente que el concepto de "intereses profesionales" ha ido adquiriendo una amplitud cada vez mayor. Esta ampliación de los objetivos sindicales, supone para el sindicalismo la necesidad de abordar un mayor número de actividades, y como consecuencia de ello, los intereses profesionales quedan insertos en la problemática política. Los sindicatos, entonces, comienzan a interesarse en los problemas políticos de la sociedad de la cual forman parte y los partidos políticos encuentran en los "premios" una buena "clientela", como medio para tener el apoyo electoral, o bien, porque quieren representar los intereses de esa clase. En esta etapa, la acción política de los Sindicatos puede asumir distintas formas:
Acción Política de Negociación y Control.- El sindicalismo no cuestiona al sistema, ni siquiera se plantea el problema, opero trata de sacar de él, todas las ventajas posibles para los trabajadores. Los empresarios han procurado promover este tipo de sindicalismo puesto oque sirve como grupo de presión contra las oligarquías terratenientes que subsisten en algunos países de Latinoamérica, pero, además, como instrumento de control de la misma clase obrera.
Acción Política de Integración.- El sindicalismo está integrado en la organización política del Estado. Acción Política Reformista.- Los sindicatos no sólo negocian, sino que también buscan una serie de reformas sociales y transformaciones estructurales, que lleven a una mejor distribución de los bienes económicos; pero, sin cuestionar los fundamentos mismos del sistema. Se procura que los obreros formen parte de las Cámaras Legislativas para tratar de asegurar una legislación social más avanzada; en ciertos casos, ellos integran algunos organismos del Estado tales como Consejo Económico y Social; Comisión Tripartita; Comisión de control de precios, etc., pero sin poder efectivo, ni facultades de decisión en cuestiones de importancia. Con este tipo de sindicalismo, gobierno y burguesía encuentran los modos de corromper y sobornar a las capas dirigentes de la clase obrera, transformando a dichos dirigentes en burócratas que nada harán más allá de las reglas del juego que les impondrá el sistema. Acción Política Revolucionaria.- Comienza a darse cuando las luchas obreras sacuden al sistema y lo cuestionan en sus mismo fundamentos, pues, la vanguardia obrera y un número cada vez mayor de trabajadores se hace consciente de que los problemas obreros no pueden resolverse dentro del marco del sistema capitalista, por cuanto esos problemas son mucho más que una cuestión de salarios, vacaciones pagadas, buenas condiciones de trabajo, etc.
Clasificación de los sindicatos De acuerdo a quienes lo conforman: La ley Orgánica del Trabajo, en su artículo 410 establece que los sindicatos pueden ser de: Trabajadores y Patronos, el Art. 410 señala las posibilidades agremiarles no solo los trabajadores como tradicionalmente se conoce, sino también los empleados o patronos. Algunos fundamentan esta clasificación en el interés de preservar los intereses clasistas, así tenemos que el Art. 411 de la misma ley que los sindicatos de trabajadores pueden ser: De Empresa: La Ley Orgánica del Trabajo, en su Art. 412 establece que "Son sindicatos de empresas, los integrados por trabajadores de cualquier profesión que presten servicios en una misma empresa, incluyendo sus sucursales, ubicadas en distintas localidades y regiones". Profesionales: La Ley Orgánica del trabajo (1990), en su Art. 413 establece que "son sindicatos profesionales los integrados por trabajadores de una misma profesión u oficio o de profesiones u oficios similares o conexos, ya trabajen en una distintas empresas". El Art. 413 prevé la posibilidad de que trabajadores que viven habitualmente de su trabajo pero sin estar en situación de dependencia respecto a uno o varios patrones (no dependientes), constituyen sindicatos profesionales, reforzando el Art. 40 de la misma Ley. De industria: La Ley orgánica del trabajo (1990) en su Art. 414 establece que "los sindicatos de industria son los integrados por trabajadores que presten sus servicios a varios patronos de una misma rama industrial, aun cuando desempeñen profesiones u oficios diferentes". Sectoriales: Integrados por trabajadores de diferentes patronos pero de una misma rama comercial, agrícola, de producción o de servicio, sin considerar tampoco la actividad que estos desempeñan; están descritos en la Ley Orgánica del Trabajo (1991), en su Art. 415.
De Patronos: Podemos afirmar que la legislación vigente no define ni subclasifica los sindicatos de patronos, sin embargo como es obvio estos están constituidos por la representación empresarial ya sea de una misma industria rama o comercio. Como lo afirma Rafael Alfonso Guzmán (Nueva Didáctica – Derecho del Trabajo 1995 Pág. 328), el sindicalismo patronal no ha alcanzado aún en Venezuela un vigoroso desarrollo, debido a que las cámaras de comercio y de industria a las cuales se hallan afiliados los patrones han venido asumiendo con idoneidad la representación de esos intereses: Sin ser estrictamente una organización sindical la Federación de Cámaras de Comercio y Producción "Fedecamaras" es estimada como el más autorizado exponente de la clase patronal venezolana. En vista de la renuncia del sector empresarial organizarse sindicalmente reconoce la exposición de motivos de la Ley Orgánica del trabajo, fue consagrada es ésta (Art.405) la novedad de "de darle a las Cámaras de Comercio y Producción el carácter de sindicatos patronales, cuando así lo deseen y se inscriban en el registro correspondiente llevado por las autoridades del trabajo.
De acuerdo al Ámbito Territorial Las organizaciones sindicales, según lo consagra el Art. 416 eiusdem se clasifican también de acuerdo con la demarcación geográfica dentro de la cual ejercen sus actividades. Según este criterio los sindicatos pueden ser: Locales: Aquellos que su ámbito de acción se circunscribe a una única localidad. Estatales: Aquellos que su limite de acción se encuadra dentro de una unidad política territorial específica. Regionales: Aquellos sindicatos que ejercen su actividad gremial en una extensión territorial equivalente a la unión de varios estados o porción de ellos vinculados por intereses comunes. Nacionales: Son aquellas organizaciones sindicales cuyo radio de acción esta enmarcada a todo lo largo y ancho de la república. Sin embargo la existencia de estos últimos no debe ser interpretada como excluyente del derecho de los trabajadores de crear o mantener sindicatos regionales o de la empresa en la rama respectiva.
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