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Ciudadanía Estadounidense

Enviado por JOSE A SANTOS


    1. La ciudadanía estadounidense
    2. La Ciudadanía Estadounidense y los Hijos de Ciudadanos
    3. Los requisitos de la naturalización
    4. Naturalización: ¿Difícil o fácil?
    5. ¿Qué puede hacer un abogado por el solicitante?
    6. Conclusión
    7. Fuentes Bibliográficas

    Introducción

    Una vez estudiada la lectura del Módulo USA de nuestro curso de experto intitulado: E-learning sobre Migraciones Internacionales, Extranjería y Personas en Movimiento Transnacional, se ha procedido a elegir seis apartados de los temas de ese Módulo, referidos a los temas 4, 5 y 6 que aparecen en el Módulo: La entrada temporal, La entrada a largo plazo y el de La Nacionalidad, respectivamente; todo ello, con el objetivo de desarrollar el trabajo final del módulo como requisito de este, tratado más adelante. Centrándonos de esa forma, en un trabajo de carácter jurídico orientativo, dirigido a extranjeros o inmigrantes interesados en estos temas a discutir: La residencia por familia y empleo, las visas para trabajar y otros asuntos relativos a éste. Pero, atendiendo más los procesos de naturalización para obtención de la ciudadanía norteamericana por parte del interesado (extranjero o inmigrante). Por lo que, veremos que cuando una persona se naturaliza, él o ella tiene todos los derechos de un ciudadano estadounidense, en el que él/ella puede votar por los políticos (a quienes les importan los asuntos de Inmigración) y ayudar a su familia a obtener la residencia legal en los Estados Unidos. Una vez mencionado nuestro tema de presentación, pasemos ahora a conocer el contenido del mismo.

    I- La ciudadanía estadounidense: ¿Qué significa para una familia establecerse o fijar su residencia legal por primera vez en los EEUU?

    Un estudio del año 2002 por Melinda Lewis y Richard Ruiz de El Centro dice que ochenta y cinco por ciento de las familias hispanas viven en familias "mezcladas," lo cual significa que por lo menos un miembro de la familia tiene un estatus legal como un "green card" o la ciudadanía norteamericana. ¿Qué quiere decir esto? Esto quiere decir que los que están en territorio norteamericano legalmente pueden ayudar a los que son indocumentados a obtener un estatus legal. Y por ende, la ciudadanía es una de las mejores maneras para hacerlo.

    A. Los ciudadanos pueden ayudar a sus esposas, a sus niños solteros menores de veintiuno años de edad y a sus padres a obtener la residencia o un "green cards". A modo de ejemplo (he cambiado los nombres, pero no el relato, todo para respetar la intimidad de las personas implicadas): "Una Sra. que se hace llamar María Romero recibió su "green card" en 1989. Su esposo, Roberto, es indocumentado. Ella solicitó la ciudadanía por su esposo ante la Oficina de la inmigración correspondiente en 1998 en la categoría 2A, la cual es para los esposos de residentes. Su aplicación fue aprobada. Pero su esposo no podía solicitar su "green card", porque había una línea de espera en su categoría, como no había bastantes visas en la misma. Probablemente no van a estar disponibles para unos tres o cuatro años. Mientras tanto, Roberto está ilegalmente en territorio estadounidense, y puede ser detenido y deportado. Y esta situación continuará por lo menos tres o cuatro años". ¿Cuál es el problema en cuestión en esa situación? Primeramente, que María fue elegible para solicitar su ciudadanía cinco años después del 1989, en 1994, y ella se podría haber hecho ciudadana en 1995. No tienen que esperar los esposos de ciudadanas estadounidenses. Es decir, Roberto podría haber solicitado y haber recibido su "green card" en el año noventa y cinco. Entonces, cuando María y Roberto fueron ante a un abogado-quien llevaba su asunto-. Surge, la siguiente interrogante ¿cómo podían arreglar jurídicamente la documentación de Roberto?. La respuesta del abogado en cuestión fue solicitar la ciudadanía a través de la ciudadanía de María. Para cuando ésta llegue a ser ciudadana, ella podrá proteger a su esposo y el padre de sus niños, ciudadanos de deportación y él puede obtener su "green card". De esta forma, Roberto se quede seguro de que va a recibir su "green card".

    B. Por otro lado, los ciudadanos también pueden ayudar a sus hermanos y sus niños que tienen por lo menos 21 años y están casados o solteros. Ayudar a los hermanos y niños mayores de edad lleva mucho más tiempo porque las líneas de espera para conseguir una visa son más largas. Para ser un poco más gráfico y ver lo complicado de la gestión, tan solo deben ver el boletín de visas y ver cuánto hay que esperar en las categorías de familias de uno, tres, y cuatro miembros. Sin embargo, el solicitar hasta en estas categorías le puede ofrecer la esperanza en muchos casos.

    En unos casos, guarda el derecho de ser elegible para el 245(i) de su pariente, y en otros, puede ayudar en los casos de la deportación a demostrar familia cercana en los Estados Unidos. Eso lo vemos en la 245(i), que como parte de la ley, beneficia a las personas que son elegibles para obtener una "green cards" por parte de la familia o el empleo, pero no se pueden solicitar en Estados Unidos, debido al hecho de que entraron ilegalmente o se quedaron después que vencieron sus visas. Pero para familias, la 245(i) es importante si solicitaron con la solicitud I-130 antes que el 30 de abril 2001, porque, en muchos casos, cuando el beneficiario sea elegible solicitar un "green card", no tendrá que salir de los EE.UU. por 10 años, sino que podrá pagar la multa de $1,000 y solicitar la residencia en los EE.UU. antes del 21 de diciembre 2000, si éste-interesado- se encontraba dentro de territorio estadounidense. Aunque la 245(i) venció, letrados estadounidenses esperan que pueda regresar – entonces los ciudadanos y residentes deben considerar solicitar por parte de sus familias mientras que esperen su regreso. Lo importante de toda esta gestión, es que el/la interesado/a, primero hable y se asesore con un/a abogado/a para saber cuáles son sus riesgos frente a su situación particular.

    II- La Ciudadanía Estadounidense y los Hijos de Ciudadanos

    ¿Es su hijo ciudadano de los Estados Unidos si nació fuera del país? ¿Se convertirá su hijo o hija automáticamente en ciudadano estadounidense tan pronto entre a los Estados Unidos? En muchos casos, los ciudadanos estadounidenses que tienen hijos fuera de los Estados Unidos se sorprenderán en saber que la respuesta es afirmativa.

    El Acta de Ciudadanía 2000 para Menores entró en vigencia el 27 de febrero del año 2001.  Esta pieza legislativa simplificó enormemente el proceso por el cual los niños de ciudadanos estadounidenses que nacieron en el extranjero pueden adoptar la nacionalidad de sus padres si ésta no fue claramente establecida cuando nació.  Para obtener la ciudadanía bajo estas circunstancias se deben cumplir los siguientes tres requisitos, establecidos por el Acta 2000:

    1.  Uno de los padres debe ser ciudadano estadounidense, bien sea por nacimiento o porque se naturalizó.  Esto aplica a los padres biológicos y a los padres adoptivos.  No aplica a padrastros.
    2. El niño es menor de los 18 años.
    3. Tras su entrada a los Estados Unidos el niño reside con o está bajo la tutela de un padre estadounidense.

    Además, en caso de que el niño sea adoptado, la adopción debe haber sido finalizada.

    Los niños que cumplen con todos los requerimientos del Acta 2000, y que eran menores de 18 años el 27 de febrero del 2001, automáticamente recibieron la ciudadanía estadounidense en esa fecha.  Los que eran mayores de 18 años ese día no califican según lo estipulado por el Acta.  Asimismo, a partir de esa fecha los niños que cumplan con los requisitos del Acta podrán optar por la ciudadanía estadounidense.

    Los menores que cumplen con todos los requisitos estipulados en el Acta 2000 no necesitan hacer una solicitud formal al Servicio de Inmigración y Naturalización para obtener la ciudadanía.  No necesitan llenar formularios ni pagar tarifas especiales.  Tampoco existe un tiempo de espera ni se emite un certificado especial de ciudadanía. 

    Si los padres así lo desean, pueden solicitar pasaportes estadounidenses para sus hijos siempre y cuando cumplan con los requisitos normales: presentar prueba de la relación padre-hijo (acta de nacimiento o decreto de adopción); prueba de entrada como residente permanente legal a los Estados Unidos (su pasaporte con el sello I-551 o tarjeta de residencia); y la identificación de los padres y prueba de ciudadanía (pasaporte o acta de nacimiento, o certificado de naturalización).

    III- Los requisitos de la naturalización

    Para pedir la ciudadanía por el proceso de la naturalización para adultos, hay que tener una "green card" y por lo menos 18 años. Después hay 6 requisitos.

    A. Hay que ser un residente permanente por lo menos:

    3 años si se consiguió el "green card" por un matrimonio con un ciudadano estadounidense; o

    5 años si no se consiguió el "green card" por un matrimonio con un ciudadano estadounidense.

    También, hay excepciones de esta regla de que no vamos a tratar por cuestión de espacio e información sobre esas situaciones específicas.

    B. Hay que estar presente físicamente en los EE.UU. por lo menos:

    Un año y medio si se consiguió la "green card" por un matrimonio con un ciudadano estadounidense; o

    Dos años y medio si no se consiguió la "green card" por un matrimonio con un ciudadano estadounidense.

    C. Hay que demostrar que tiene un buen carácter moral.

    D. Hay que estar registrado en el "Selective Service" (Servicio Selectivo) si es requerido.

    E. Hay que hablar, leer, y escribir inglés.

    F. Hay que pasar un examen de la historia y el gobierno de los Estados

    Unidos.

    IV- Naturalización: ¿Difícil o fácil?

    Para la naturalización, se utiliza el formulario N-400, conocido como la solicitud para la naturalización. Si vemos las preguntas, son fáciles: ¿Cómo se llama? ¿En dónde vive? Parece fácil. De hecho, mucha gente dice: "que no necesita de una abogado/a, esto es fácil".

    Pero lo dudoso de la anterior afirmación por parte de los propios afectados, es que, si en la guía de naturalización de la USCIS del año 2000 contiene 65 páginas, y que además se ha criticado duramente, dado que ésta contiene alguna información errónea. Entonces: ¿por qué se dice que es tan fácil completar la solicitud, si se necesita leer 65 páginas para entender cómo se prepara la misma?

    Pues, esa misma guía es el libro de los procedimientos de la inmigración escrito por unos de los abogados de inmigración más respetados de los EE.UU. Que además, contiene una sección de las solicitudes de residentes permanentes y la naturalización que tiene 120 páginas. Es decir, sí, hay abogados quienes no son muy cuidadosos y no entienden cómo hacer estos procesos, pero lo saben y así lo gestionan. ¿Por qué necesitan leer 120 páginas para entender como ayudar a sus clientes a naturalizarse? Precisamente, porque la naturalización puede ser un asunto muy complicado. Déjenme ponerles un ejemplo:

    A. El requisito de la residencia permanente

    Una vez un letrado recibió una llamada de una mujer llorando. Éste es su relato: "Ella es una soldada del ejército de los EE.UU., y estaba sirviendo en Alemania. Ésta solicitó la naturalización. Los abogados del ejército, quienes no se especializan en la inmigración, la ayudaron porque pensaron que era fácil. Mientras tanto, su "green card" por matrimonio venció y no pudo solicitar un nuevo a tiempo. Vino de Alemania a los EE.UU. con su identificación del ejército, y nadie le preguntó por su "green card". Cuando le tocó el turno con la Agencia Gubernamental de la Inmigración (U.S. Citizenship and Inmigration Services) para su entrevista de naturalización, el oficial le negó su solicitud." ¿Cuál fue la razón? .Su abogado del ejército marcó en la solicitud que se estaba naturalizando basado en dos años de servicio militar, y sólo tenía un año y 10 meses de servicio. Entonces: no ciudadanía y sin "green card", tenía que regresar a Alemania. En dos meses terminaría con el ejército, pero no podría regresar a su hogar en los EE.UU.

    Mientras tanto, se tendría que buscar la ley. Además, tuvo la suerte de que un decreto del Presidente de los EEUU DE América, que dice que cualquier persona que tiene una "green card" y sirve honradamente, a partir del 11 de septiembre 2001, es elegible para naturalizarse, no importa cuanto tiempo éste sirve. Hasta un día es bastante, y esta soldada ha servido por casi dos años. Entonces, una vez que se averiguo quien fue su oficial de inmigración. Le llamaron y le mandaron vía fax una copia del decreto presidencial. Éste, el oficial, dijo que ni él ni nadie de la Oficina de Inmigración tuvo conocimiento alguno sobre esa ley. No sólo aprobó la solicitud de la soldada el próximo día, sino la prestó juramento el día siguiente sin esperar la próxima ceremonia de naturalización. Por lo que, la soldada regresó a su base como una ciudadana de los EE. UU.

    B. El requisito de la presencia física.

    He mencionado unos requisitos antes. Es importante entender que los interesados puedan planear sus viajes fuera de los Estados Unidos para que tengan el tiempo razonable en EEUU para concluir su naturalización.

    C. Carácter moral bueno

    Estas son situaciones que pueden terminar en la tragedia de la deportación para alguien quien quiere naturalizarse:

    Los crímenes de conducta infame (como el fraude, los cheques dudosos, las drogas, y otros crímenes semejantes).

    Los crímenes violentos (como el maltrato a la esposa, el asalto).

    Cualquier crimen por el cual una persona haya pasado ciento ochenta días en la cárcel;

    o por lo menos dos crímenes con cinco años de castigo.

    Los delitos graves (crímenes por cuales el castigo es un año o más).

    Y otras situaciones- hasta la libertad condicional es considerada una condena bajo las leyes de la inmigración, por lo que se tiene que asegurar que un abogado/a de inmigración revise su caso antes que el/la interesado/a decida solicitar la ciudadanía.

    D. Registro en el Servicio Selectivo-"Selective Service".

    La mayoría de los hombres entre los 18 y 26 años de edad tienen que registrarse con el gobierno de los EE.UU. en el "Selective Service" (Servicio Selectivo). Es decir, si la persona no lo hizo a tiempo, debe hablar con un abogado/a de inmigración porque puede afectar su proceso de naturalización.

    E. Tener la habilidad de hablar, leer, y escribir en inglés.

    Para hacerse ciudadano, hay que pasar el examen de inglés. Tal vez a los interesados les de miedo, pero veamos como es: La parte de hablar es informal y comienza en la sala de esperar. El oficial hace preguntas cotidianas al interesado acerca de su nombre, su dirección, datos sobre sus hijos. El prepararse es sólo una práctica. Por lo que el interesado tendrá que tomar clases de inglés por mucho tiempo. Otra opción, es contactar con grupos de conversación en las bibliotecas para practicar más. Es decir, se les aconseja por parte de sus letrados a los interesados que en los meses durante los cuales su aplicación esté pendiente, vean los programas de televisión en inglés, que escuchen la radio en inglés, y que hablen sólo inglés en su casa.

    También se puede practicar para la parte de escribir y leer. Las frases son comunes, será mejor que el interesado lea periódicos o revistas en inglés para prepararse mejor. Es decir, tratar de que el interesado no tenga muchos problemas con esa parte, solo si éste la estudia correctamente, dado que la mayoría de los solicitantes lo hacen. Pero para otros puede ser más difícil. Hay unas excepciones para ellos y deben hablar con un abogado/a para ver si califican, pero en general si alguien ha sido residente por 15 años y tiene mas que 55 años de edad o ha sido residente por 20 años y tiene mas que 50 años de edad no tiene que tomar el examen de inglés y puede tomar el examen de historia y gobierno en su idioma. Hay otra excepción en la parte del inglés. Si el interesado puede comprobar que tiene una enfermedad que le impide aprender inglés, puede tomar el examen de historia y gobierno en su propio idioma. Si el interesado piensa que cualifica para eso, debe hablar con un abogado/a para obtener más información.

    F. El examen de historia y gobierno de los Estados Unidos.

    Es la parte que la mayoría de los interesados temen. Pero a veces se ve que ellos saben más que los propios nacionales después de que se ponen a estudiar. Para el examen de historia y gobierno, se les da una lista de cien preguntas de la inmigración. También, se les da el siguiente libro intitulado "Por las Hijas de la revolución" que tiene más información específica. Ahora el oficial de la inmigración escogerá diez de las preguntas y el solicitante tiene que contestar por lo menos seis correctamente. Entonces si no sabe una, todavía hay la oportunidad de contestar otras preguntas. Pero también, hay una excepción de esta parte. Deben hablar con un abogado/a a ver si cualifican. Si éste ha estado residente por 20 años y tiene más que 65 años de edad puede tomar un examen modificado con sólo 25 preguntas para estudiar. Si éste piensa que cualifica para eso, debe hablar con un abogado/a para obtener más información.

    Es importante que éste tenga confianza en sí mismo/a la entrevista. A veces los solicitantes se sienten altamente nerviosos. Por eso, algunos abogados en su práctica forense invitan a todas las personas a pasar por su oficina, por lo menos una vez, para tener así una entrevista con su letrado para practicar y dominar el contenido de la entrevista y, por ende sentirse seguro de su aprobación. Entonces los despachos de abogados dedicados a esta materia trabajan para aprender las palabras más importantes para la entrevista y evitar que sus clientes se sientan tan nerviosos.

    Lo que acabo de decir anteriormente cambiará en el corto plazo. El tema de la inmigración en EEUU de América se está discutiendo entre expertos y la administración, para establecer unos cambios al examen. Cuestión que muy es común con las propias normas jurídicas que regulan la inmigración en EEUU. Es decir, las normas que afectan a los inmigrantes se cambian casi a diario.En definitiva, para estos temas lo que se recomienda es asesorarse con un abogado/a que conoce el sistema de normas, su legalidad y posibles soluciones de un caso en concreto dada las modificaciones que sufren esas normas.

    V- ¿Qué puede hacer un abogado por el solicitante?

    En este caso, hablaremos sobre que puede hacer un/a abogado/a debidamente colegiado para que el solicitante complete satisfactoriamente el proceso de la naturalización. La primera pregunta, ¿qué tipo de abogado/a le puede ayudar? ¿Cualquier tipo de abogado/a? No. La inmigración es una especialidad compleja en que las normas jurídicas que afectan a esa materia van cambiando todo el tiempo. En todo caso, lo más sensato es asesorarse con una abogado/a que se dedique al derecho de inmigración o extranjería estadounidense. Por otro lado, los solicitantes deben asegurarse de que el abogado/a sea miembro de la asociación para abogados de inmigración (American Immigration Lawyers Association). Además, tener cuidado con abogados quienes dan una "garantía" o prometen que todos sus casos son aprobados – un abogado responsable y calificado le podrá dar una "garantía" de aprobación sí conoce el normas jurídico de inmigración y sí trabajar duro en su caso.

    A. ¿Cómo el/la abogado/a puede ayudar a los solicitantes para lograr su naturalización?

    Primero, el abogado/a debe analizar el caso para asegurar que el solicitante cumpla con los requisitos para la naturalización dado que, se tiene que asegurar que el/la solicitante haya empezado a aprender el inglés para evitar pérdidas de tiempo y dinero.

    Segundo, el abogado/a debe analizar el caso para asegurarse que no hay problemas para que se naturalice al solicitante, y evite así que éste/ésta sea detenido/a y/o deportado/a a su país de origen. Si hay problemas, en el caso como un divorcio o una separación en la familia o, por ejemplo, un problema con la policía que terminó con una condena o una sentencia de libertad condicional, se necesitará que el abogado/a se ocupe del problema antes de que el interesado solicite la correspondiente naturalización. Por lo que, el solicitante debe esperar o no debe solicitar nunca para evitar ser deportado. Si hay cuestiones médicas u otros asuntos que requieran tratamiento especial por el USCIS, se le deberá aconsejar al solicitante sobre ese asunto antes de que se solicite.

    Tercero, que el solicitante se preparé correctamente para la solicitud y, presente los documentos en la oficina apropiada. Luego, el abogado/a debe representar al cliente en el USCIS y proteger los intereses de su defendido de los errores oficiales del USCIS. Una vez hecho lo anterior, el abogado/a deberá hablar con los oficiales para aclarar el caso, si lo requiere necesario la situación. Lo más importante, es que el abogado/a discuta un plan con la familia interesada, en cuanto a cómo la naturalización les podrá beneficiar al resto de la familia y por ende obtener sus "green cards" correspondientes.

    Conclusión

    Una vez visto todos los casos reales y procesos de la residencia por familia y empleo, las visas para trabajar y naturalización, para obtener la ciudadanía norteamericana y, como una familia puede obtener la residencia legal en los Estados Unidos; llegamos a la siguiente conclusión: que para una persona establecerse en los EEUU de América, éste, el/la interesado/a deberá que conocer los procesos, trámites, documentos, agencias competentes para presentar la solicitud correspondiente y un posible letrado candidato en la materia tanto para su asesoramiento como para su representación, todo ello para poder gestionar y obtener satisfactoriamente lo solicitado frente a la administración estatal de inmigración. Y, que además éste (el/la interesado/a) deberá tener concretamente claro que, para solicitar la ciudadanía por naturalización, éste tendrá que estar libre de conductas delictivas o inmorales y tener conjuntamente una capacidad laboral y económica estable.

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    José A. Santos Ortíz