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Noticia de un secuestro de Gabriel Garcia Marquez

Enviado por marcelini


    Noticia de un secuestro de Gabriel Garcia Marquez

    1. Derecho a la información
    2. Libertad de prensa
    3. Aplicación del concepto: noticia de un secuestro, gabriel garcía márquez
    4. El papel de la prensa en la sociedad y su libertad
    5. Los medios informativos como mediadores del estado y la sociedad
    6. La opinión pública
    7. Los medios informativos como bien social
    8. El derecho de información y libertad de prensa en: noticia de un secuestro
    9. Conclusiones
    10. Bibliografía

     

    INTRODUCCIÓN

    El derecho a la información es la facultad de cada individuo de recibir, buscar y difundir información a una sociedad. Es un derecho fundamental y subjetivo que en su práctica se califica como un derecho social, el mismo que recoge en su concepto y su ejercicio varias libertades, y entre las que se encuentran la de pensamiento y de opinión. La libertad de prensa es un vehículo para desarrollar este derecho. Es decir, por medio de la libertad de prensa se promueven las demás libertades que abarcan el derecho a la información, convirtiéndose de este modo en una pieza fundamental para el desarrollo de un proceso democrático trasparente y la formación del individuo en su participación como ciudadano.

    El tema a tratar en el presente trabajo es la libertad de prensa y de información. A partir de la definición de estos dos conceptos, de la lectura y el análisis del libro: Noticia de un Secuestro de Gabriel García Márquez, relacionar el contexto en que se desarrolla la historia que se relata en el libro, con los temas que incluyen los dos conceptos ya mencionados.

    Con este trabajo se pretende analizar qué papel jugaron los medios de comunicación para la construcción de una democracia, en la época de la guerra de los Extraditables contra la Extradición y del gobierno contra el narcoterrorismo. Y de la misma forma, evaluar cómo se afectó la libertad de prensa y de información en la misma.

    DERECHO A LA INFORMACIÓN

    La información es un elemento del conocimiento, es una facultad jurídica y moral de manifestar a través de un medio cualquiera, todo un universo de ideas, que se ha constituido como un derecho individual capaz de encontrar las formas adecuadas para su ejercicio.

    La libertad de información es la capacidad de investigar, almacenar, buscar información para trasmitirla a un grupo social. Es un derecho individual subjetivo, que en su ejercicio, se puede calificar en área de los derechos sociales. El derecho a la información es una necesidad colectiva, una exigencia de los individuos de una sociedad.

    El fundamento del derecho a la información, es que todos los hombres en forma conceptual poseen las mismas capacidades de entendimiento y voluntad, éstas son equitativas en cuanto a su distribución, por lo tanto, el uso y desarrollo de estas facultades poseen la misma equidad. Pero el hombre hace parte de una sociedad, y la función del derecho con el hombre y la colectividad a la cual pertenece es proteger la libertad de los individuos contra los intereses de los demás. En el caso de la libertad de información la prohibición de la censura es un claro ejemplo: "puede hablarse de derecho de información, pero si se trata, por ejemplo, de un Estado en el cual impere la censura de prensa, entonces el derecho se queda en letra muerta, no como una realidad. Siempre hay una complementariedad entre derecho y libertad". El negar la posibilidad de una completa libertad de información sería aceptar la desigualdad en la posesión de estas facultades.

    El derecho de información es esencial para toda institución democrática, pues la sociedad que conforma este régimen exige la verdad y trasparencia, cualidades que debe poseer el ejercicio de este derecho. Éste debe ser justo y debe proteger la totalidad de las propiedades que lo hacen fundamental. "Es una misión del hombre y para el hombre". La información difundida a través de los medios masivos tiene como receptor a la opinión pública, ésta al ser distribuida a la sociedad, posibilita una responsabilidad democrática, hace real la libertad y justicia.

    La libertad de prensa es el requisito, es la base para el cabal ejercicio del derecho a la información. Por esto, es importante señalar que toda información noticiosa debe disfrutar de importancia para el grupo social al cual será difundida. Es decir, debe ser pública, debe contener un interés común, pues ésta juega un papel esencial en la formación de la opinión pública de los ciudadanos. "La verdad y la relevancia pública debe ser objeto de la información y de la desregulación. Toda información que esté sometida a estos dos parámetros debe ser absolutamente libre, suelta, etcétera. El único criterio que debe limitar y autolimitar al periodista y a la información es la exigencia de la verdad y que sea una noticia, un hecho público, un hecho que sea importante para la comunidad". Por lo tanto, el requisito para que la información cumpla su misión social es su veracidad y que debe pertenecer a ámbito de lo público, "lo público es lo que pertenece a la sociedad, por lo tanto es algo que alguien debe dar". Lo anterior soporta la calificación de los medios informativos como elementos claves que constituyen el sistema social, que se relaciona con el Estado.

    Todo medio adquiere una representatividad de opinión pública. "La opinión pública es la apreciación sobre una determinada cuestión difundida de manera colectiva y mayoritaria. Ésta no es la suma de opiniones individuales privadas, sino la suma de opiniones de grupos sociales que han sido asumidas de forma individual por las personas que componen cada grupo. Es la opinión de los gobernados". El medio que representa esta opinión, de forma directa se relaciona con su nombre y prestigio, que determina su papel mediador entre la sociedad y el Estado.

    El derecho de información se encuentra acompañado por otras libertades, estos subderechos que permiten la información son: son el derecho a recibir información, el derecho de difundir información y el derecho a buscar información.

    El derecho a informar es subjetivo. Es decir, una facultad para adoptar una conducta donde nadie puede prohibirla y nadie tiene la obligación a que ésta se realice. Este derecho da al individuo la libertad de informar. Pero también hay que tener en cuenta que esta libertad en su ejercicio no sólo afecta al individuo, también a la sociedad a la cual está difundiendo la información, en consecuencia a esto es también un derecho social, que implica a la obligación de poner los medios para que éste se realice. Entonces un derecho a informar debe contar con elementos que posibiliten su ejercicio. Pero esto no corresponde a la realidad, pues la libertad de informar se encuentra sujeta a la posibilidad de posesión de un medio, quien permite en realidad el ejercicio de esta libertad es el poseedor del medio, ya sea el periódico, canal de televisión, etcétera. Pero esto no significa que el derecho de información quede en su práctica muerto. Quien libremente hace uso del medio que posee para informar, ejerce el derecho de los demás de informar y ser informados. Así lo propone la Constitución Política Colombiana "se garantiza a toda persona la libertad… de informar y recibir información veraz e imparcial".

    En el momento que el individuo ejerce el derecho de informar adquiere obligaciones relacionadas con la sociedad a la cual pertenece, en cuanto a la veracidad de la información que ha de difundir. Quien informa a una colectividad a través de un medio masivo debe hacerlo bien, vinculándose a un compromiso con la verdad. El derecho de información no permite difundir un mensaje no veraz ("se garantiza a toda persona la libertad… de informar y recibir información veraz e imparcial" ), pues su fin es conocer a la verdad tal como es. Este derecho como se mencionó con anterioridad posee un carácter de bien social, siendo de ese modo un derecho que se ejerce de forma colectiva. Éste permite a los ciudadanos manifestar su opinión, dando así la posibilidad de formar una voluntad en el Estado. El derecho de informar hace posible la libertad de ser informado de manera veraz.

    Como se mencionó anteriormente el derecho informativo, se encuentra compuesto a su vez por una serie de libertades que en conjunto posibilitan la práctica del mismo: la libertad de pensamiento, la libertad de opinar, la libertad de buscar información, la facultad de difundir información y el derecho de recibirla. En Colombia la Constitución de 1991 en sus artículos 20 y 23 menciona los derechos de libre acceso a los documentos públicos y de petición de informaciones, ésta señala estos derechos como fundamentales y se encuentran protegidos a través de mecanismos especiales (Art 86, la acción de tutela).

    En conclusión el derecho de información es una libertad pública subjetiva, y quien goza de esta facultad es el individuo y la sociedad a la cual pertenece. Éste es limitado en su práctica ya sea por la falta de medios informativos, por el costo económico de los mismos o por la falta de igualdad en cuanto la facilidad de acceso a ellos. También es esencial mencionar al derecho informativo como clave en un régimen democrático y como mediador de la sociedad y el Estado, pues es indispensable en cuanto la formación de relaciones constructivas y trasparentes. "Es un derecho inherente a la democracia, no se puede pensar en un régimen democrático, si no hay un derecho a la información".

    LIBERTAD DE PRENSA

    Pensar, tener opiniones, y expresarlas son derechos inherentes, derechos fundamentales de todos los seres humanos, componentes inalienables de la dignidad humana. "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión". Parte esencial para el debido ejercicio de este derecho fundamental es la libertad de prensa.

    A través de esta libertad se puede y se debe ejercer y promover las demás libertades políticas y los derechos fundamentales o básicos a la vida, como también los derechos a la paz y la igualdad solidaria entre los seres humanos. La libertad de prensa es la fuente de acceso y elemento funcional en el mantenimiento de esos derechos tan poco respetados. Por lo mismo, la represión a esta libertad no permite el debido desarrollo de una sociedad, así lo afirma el periodista Fernando Castelló en su artículo: Libertad de prensa ¿para qué? "Sin libertad de prensa, no hay libertad; y sin libertad basada en el respeto de los derechos humanos, no hay pleno desarrollo humano de los pueblos". Al garantizar la libertad de prensa en un Estado, se está contribuyendo a eliminar las barreras que se oponen a que estos derechos fundamentales en la vida del ser humano gocen de un debido ejercicio y desarrollo. Por esta misma razón, el autor anteriormente citado se atreve a llamar a esta libertad "la libertad de libertades" , esta definición se puede interpretar como la libertad por excelencia, pues otras libertades se encuentran subordinadas a la misma, no es posible disfrutar plenamente de otras libertades, sin la correcta práctica de la libertad de prensa.

    Otro papel fundamental que juega la libertad de prensa como servidora de la sociedad es ser el componente esencial en todo proceso de desarrollo democrático y económico, pues esta permite la transparencia política, reclamación de responsabilidades, la lucha contra la corrupción y la creación de una economía estable. En toda sociedad, la libertad de prensa es esencial para un buen gobierno y rendición de cuentas, es decir, es la columna vertebral para la salud y sana reproducción de un régimen democrático, el ejercicio profesional de ésta, capacita al individuo para ser ciudadano y así poder participar en la toma pública de decisiones. También ofrece la posibilidad de que el ciudadano conozca sobre los hechos más trascendentales de su vida cotidiana. "La libertad de prensa es un pilar fundamental de los derechos humanos, y en garantía de otras libertades; ella fomenta la trasparencia y una política justa. La libertad de prensa garantiza que la sociedad no sólo se rija por las leyes existentes, sino que disfrute verdaderamente del imperio del derecho".

    Por conclusión de lo expuesto con anterioridad, se puede definir a la libertad de prensa como un fin hacia el bien público. Es decir, el derecho de un quehacer, que tiene por función satisfacer y ejercitar otros derechos fundamentales. Esto ha provocado que el papel de los medios de comunicación cumpla un rol cada vez más importante en la vida pública de una sociedad, en la actividad del poder, en la formación de opiniones y en el acceso del ciudadano a la información, esto exige mayor responsabilidad por parte de los medios, pues el periodista en el ejercicio de su profesión adquiere de inmediato un compromiso con el interés público y el bien común. En algunas ocasiones se confunde la verdadera función de la libertad de prensa, por esto se permite hablar de la legitimidad de los medios.

    Al hacer referencia a la legitimidad de los medios se habla en el cumplimiento de los periodistas a proporcionar información a la sociedad, pero información veraz, el compromiso del periodista está con la verdad. La responsabilidad social implica respeto a los derechos fundamentales; en Colombia la libertad de prensa se encuentra respalda por el Estado, este compromiso del Estado para con la prensa, las libertades y derechos que esta implica se encuentra plasmado básicamente en tres artículos 20, 73 y 74 de la Constitución Política de Colombia de 1991. "Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura". Enfocándonos en este artículo, podemos constatar que el derecho a la libertad de prensa no sería válido, si la información a difundir no es veraz, no es legítima y el ciudadano tiene como derecho fundamental exigirla, es claro que la verdad única no existe, por esta razón el hecho a que hace referencia la información puede ser explicado de diferentes maneras, pero todas ellas verídicas.

    Existe otro aspecto que permite calificar una información difundida por la prensa como legítima, este es la necesidad de trascendencia pública, requisito básico de toda sociedad democrática. Es decir, la libertad de prensa se ejerce a través de la difusión de información, pero no toda la información puede ser objeto de la libertad de prensa. La razón por la cual se exige este requisito es por la importancia que desempeñan los medios en la formación de una opinión pública, si estos no cumplen con su función social y democrática de estructurar la opinión pública, encontraríamos que "la libertad de libertades" podría denominarse libertinaje, que se encuentra determinado por la condición ética del periodista.

    La libertad de prensa es un vehículo, que permite el desarrollo de demás derechos fundamentales del ser humano y que de la misma forma, complementa el correcto ejercicio en un régimen democrático, aportando a los ciudadanos una disposición en la participación del mismo y en ocasiones contribuye a prevenir grandes atrocidades, en cuanto a la denuncia de irregularidades. La libertad de prensa es una extensión de la libertad de pensamiento y opinión, "la libertad de opinión es imprescindible para la democracia y para establecer relaciones constructivas entre el gobierno y la sociedad". Ser periodista implica una responsabilidad con el bien común, en donde él mismo es el limitante de su libertad, su ética y su compromiso con la sociedad son los factores que determinan los límites de esta facultad.

    APLICACIÓN DEL CONCEPTO: NOTICIA DE UN SECUESTRO, Gabriel García Márquez.

    Noticia de un Secuestro, es un libro que tiene por autor al reconocido Gabriel García Márquez. Éste relata la historia de un secuestro colectivo de diez personas el cual fue ejecutado por una misma empresa y con único objetivo.

    El principal motivo de la guerra que relata el libro, era terror de los narcoterroristas ante la posibilidad de ser extraditados a los Estados Unidos, en donde podían someterlos a condenas descomunales por sus delitos. Lo anterior se podía llevar acabo a causa de un tratado bajo el gobierno del presidente Julio Cesar Turbay, donde se acordó por primera vez la extradición de nacionales. El miedo de los terroristas continuó bajo el régimen del presidente Belisario Betancourt, el cual aplicó el tratado con una serie de extradiciones causadas por le asesinato de Lara Bonilla. Ante esto los Extraditables, autores intelectuales de la oleada de terrorismo de la época y quienes tenían por líder a Pablo Escobar, se dieron cuenta que el lugar más seguro para ellos era Colombia, dejando como única salida ponerse bajo la protección del Estado. En busca de esta protección desarrollaron dos mecanismos, uno por la razón y otro por la fuerza. El primero consistía en una propuesta al gobierno en el cual acordaban entregarse a la justicia e invertir sus capitales en Colombia con la condición de no ser extraditados; en el segundo no se pidió ningún acuerdo, éste se desarrollo con un terrorismo indiscriminado y terrorífico. "Preferimos una tumba en Colombia a una celda en los Estados Unidos".

    Entre 1989 y 1990 cuando César Gaviria se lanzó como candidato a la presidencia y postuló este cargo, defendió a la extradición como un instrumento esencial para la justicia y formuló un decreto contra el narcotráfico aprobado el 5 de septiembre de 1990. El decreto 2047 planteaba que quienes se entregaran y confesaran sus delitos podían obtener como principal beneficio la no extradición; quienes además de la confesión colaboraran con la justicia, tendrían una rebaja de la pena hasta de una tercera parte por la entrega y la confesión, y hasta una sexta parte por colaboración de la justicia con la delación. Pero esta formulación no fue suficiente para los Extraditables, Pablo Escobar a través de sus abogados exigía la no extradición incondicional, que la colaboración no fuera obligatoria y protección para sus familias y aliados. Para lograrlo, emprendió una ola de secuestros a periodistas con el fin de presionar al Gobierno. El primero de sus secuestrados fue Diana Turbay, directora del noticiero Criptón y de la revista hoy x hoy de Bogotá, hija del expresidente Julio César Turbay. Junto con ella fue secuestrado su equipo: Azucena Liévano, Juan Vitta, Richard Becerra, Orlando Acevedo y el periodista alemán radicado en Colombia, Hero Buss. Otra de las personas secuestradas era Marina Montoya, hermana del secretario general de presidencia en el gobierno de Virgilio Barco, que en cautiverio tuvo la oportunidad de compartir el encierro con otras dos secuestradas: Maruja Pachón de Villamizar, periodista, esposa del político Alberto villamizar, hermana de Gloria Pachón viuda de Luis Carlos Galán y directora general de Focine; la otra secuestrada fue Beatriz Villamizar hermana de Alberto Villamizar. Después de cuatro horas del secuestro de Marina Montoya fue secuestrado el jefe de redacción de El Tiempo Francisco Santos.

    En toda esta guerra los más afectados fueron los periodistas, en donde dos de los secuestrados por lo Extraditables, Diana Turbay y Marina Montoya, perdieron su vida. En cuanto a los arreglos de los Extraditables y el gobierno, con la ayuda de diferentes personajes y en principal la de Alberto Villamizar, el padre García Herreros y la Familia Ochoa, llegaron al acuerdo de su entrega a la justicia, que después de hacerse realidad con un simple soborno, terminó en una fuga y caminata tranquila por los bosques vecinos de la cárcel en la cual se encontraban recluidos.

    EL PAPEL DE LA PRENSA EN LA SOCIEDAD Y SU LIBERTAD

    Como ya se había mencionado con anterioridad la prensa es servidora de la sociedad y juega un papel primordial en el régimen democrático de un Estado, pues permite su trasparencia política y denuncia las irregularidades que ocurran en el mismo. También es importante mencionar a la prensa como la columna vertebral de una sociedad pues permite el desarrollo de otras libertades fundamentales y fomenta una trasparencia en las cuestiones de ésta.

    En el libro Noticia de un Secuestro, se puede ver con claridad la importancia de los medios informativos en un Estado. A partir de este relato, se puede suponer cómo Pablo Escobar y su grupo de Extraditables visualizaron lo esencial de los mismos en la sociedad, pues el secuestro de los periodistas, fue una reacción de este grupo de narcoterroristas como punto clave para presionar al gobierno de cumplir con sus exigencias, entre las cuales se encontraban la no extradición.

    Lo anterior no sólo se puede justificar por los secuestros de los periodistas entre los años 1990 y 1991 por parte del narcotráfico. También se puede sustentar con los hechos ocurridos entre septiembre de 1983 y enero de 1991, también relatados en el libro, pues en esta época fueron asesinados 26 periodistas, entre ellos se encuentra Guillermo Cano director de El Espectador el 17 de diciembre de 1986. También es importante mencionar como prueba de que en aquella época el gremio más afectado fue el de los periodistas, justo por su importancia, fue un atentado realizado al periódico El Espectador que fue destruido por trescientos kilos de dinamita.

    También es importante mencionar la forma en como los Extraditables se contradecían en cuanto a sus peticiones, pues al mismo tiempo que pedían que se le respetaron los derechos fundamentales a los jóvenes de las comunas de Medellín que eran violados por los policías, estaban violando un derecho tan fundamental como la libertad, que a su vez daba paso a que se violara otro derecho esencial para los periodistas secuestrados, el cual era la libertad de prensa.

    LOS MEDIOS INFORMATIVOS COMO MEDIADORES DEL ESTADO Y LA SOCIEDAD

    Como se había mencionado en las definiciones de libertad de presa y de información, los medios informativos permiten establecer una relación entre el Estado y la sociedad. En Noticia de un Secuestro, los medios de comunicación en su función de mediadores cumplían un papel aún más importante. En la guerra que relata el libro entre el gobierno y el terrorismo fueron claves como mediadores distintos personajes, como los abogados de Pablo Escobar, el padre García Herreros, Alberto Villamizar, Don Fabio Ochoa y su familia, etcétera. Pero uno de los principales mediadores fueron los medios de información, éstos en su afán por informar a la audiencia de este conflicto, permitían que tanto el gobierno como los Extraditables se informaran de qué estaba sucediendo en ambos territorios, y del mismo modo enviaban mensajes a sus rivales. El gobierno lo hacía con apariciones de los personajes incluidos en este conflicto, a través de los medios, enviando tanto a la sociedad como a los Extraditables sus decisiones y en momentos sus propuestas. En cambio el grupo terrorista ya mencionado, lo realizaba por medio de comunicados publicados en los mismos medios con sus exigencias o respuestas de las propuestas, y también con la trasmisión de actos terroristas que en algunas ocasiones eran respuestas a la decisiones del gobierno.

    También los medios informativos permitieron de forma directa o indirecta mantener un contacto con los secuestrados, convirtiéndose mediadores entre las familias y las personas en cautiverio. En el libro se relata como la Familia Santos sin ningún rodeo, sin mensajes camuflados y sin ni reservas en las publicaciones del periódico El Tiempo, enviaban mensajes por la sección de editorial a Pacho Santos, en una ocasión con la fotografía del estado de sus hijos y hasta en un momento dado, tal como lo relata el libro, evitó que Francisco se quitara la vida. El programa Enfoque, que era dirigido por una de las hijas de Maruja Pachón, permitió que esta recibiera mensajes indirectos y escondidos en los programas de su familia, un claro ejemplo de esta comunicación fue un programa realizado exclusivamente para realizar ejercicios en espacios pequeños, que permitieron a la secuestrada hacer un poco mejor su vida en cautiverio.

    Pero el hecho que los medios informativos permitieran relacionar a estas partes del conflicto, no significó que perdieran la función de mediador entre el Estado y los ciudadanos, pues a la vez que mediaba con los secuestrados y los Extraditables, cumpliendo con su función de informar lo hacían con la sociedad.

    LA OPINIÓN PÚBLICA

    El derecho de información en contenido posee otras libertades y en su ejercicio permite que éstas se lleven acabo. Entre las libertades de este derecho se encuentra la libertad de informar y el derecho de ser informado, para que estas en realidad se cumplan es de gran importancia dos requisitos: que la información sea de interés público y por supuesto que sea veraz. Por esto los medios informativos deben poseer estos dos requisitos, pues unas de las funciones sociales de los medios de información, es la formación de una opinión pública.

    En los hechos relatados en el libro, se permitió ver el trato de la opinión pública y los medios de comunicación. Una caso claro en el cual se puede ver la influencia de los medios informativos fue la declaración de Nidya Quintero a los medios en el momento que se enteró que su hija Diana Turbay estaba muerta. En la conferencia de prensa culpó tanto a los Extraditables como al gobierno de la muerte de su hija, y con gran rencor se dirigió al presidente como "frívolo e indiferente". Esta declaración fue trasmitida en vivo por todos los medios, y por consiguiente la opinión pública se solidarizó con su dolor y puso en duda el papel del gobierno en el conflicto. Este ejemplo es calve para señalar cómo la influencia de los medios puede cambiar de manera repentina la opinión de una sociedad.

    Otro hecho del libro en el cual los medios cumplieron un papel primordial fue en la trasmisión de El Minuto de Dios, un programa trasmitido por Inravisión, dirigido y presentado por el padre García Herreros. En una de sus trasmisiones, frente a las cámaras envió un mensaje a Pablo Escobar donde se ponía a su disposición para los acuerdo de su entrega a la justicia. Esta emisión provocó a la opinión pública gran conmoción, hasta el punto de ya no creerlo como un santo, sino como en varias ocasiones se dijo un loco. Este es otro de los hechos que narra el libro, que sustenta una vez más, a los medios como constructores de una opinión pública.

    LOS MEDIOS INFORMATIVOS COMO BIEN SOCIAL

    Como ya se había expuesto, los medios informativos tienen como prioridad servirle a la sociedad a la cual pertenecen, esto lo hacen promoviendo otras libertades sujetas al derecho de información, contribuyendo a una trasparencia democrática y denunciando las irregularidades que afecten a la sociedad. Por lo tanto, se puede denominar a los medios informativos como un quehacer que tiene como fin un bien común.

    En el libro analizado, a partir de los conceptos presentados, se dio un hecho de gran importancia que califica a los medios como portadores de un bien social. El hecho al cual se hace referencia es a una campaña realizada por televisión dedicada a los secuestrados por los Extraditables llamada: Colombia Los Reclama. Ésta se realizó gracias a Nora Sanín directora de Asomedios y María del Rosario Ortiz, esta consistía en invitar a personas importantes del cine, de televisión, de fútbol, entre otros, a pedir por la liberación de los secuestrados y respeto a los derechos humanos. Esto se justifica como un bien social, por el hecho de denunciar irregularidades que afectan a la sociedad y también por proclamar y promover el respeto a derechos tan fundamentales como la libertad en todos sus ámbitos. Otra razón que sustenta este hecho, es la solidaridad de los medios que demostraban en este programa, frente un conflicto que pertenecía a todo el Estado Colombiano.

    EL DERECHO DE INFORMACIÓN Y LIBERTAD DE PRENSA EN: NOTICIA DE UN SECUESTRO.

    El derecho de información es una necesidad colectiva y una exigencia de los individuos de una sociedad, que posibilita una responsabilidad democrática, hace real la libertad y la justicia. Relacionando esta definición con el libro de Gabriel García Márquez, Noticia de un Secuestro, es importante señalar que la publicación del mismo permite de alguna forma en su contenido, denunciar los atropellos de los narcoterrorista contra los derechos humanos de la sociedad Colombiana, exigiendo por este medio la justicia que todo Estado democrático debe poseer, y por el mismo, trasmitiendo una responsabilidad ciudadana en la narración de lo que él llama " la tarea más difícil y triste de su vida", que por medio de este libro refleja lo que fue una realidad permitiendo a los individuos una reflexión como ciudadanos de un Estado.

    El derecho de información en su ejercicio habilita a otras libertades: la de pensamiento, opinión, derecho de informa y ser informado y el de buscar la información, consagradas en Colombia en el artículo 20 de la Constitución. En Noticia de un Secuestro, el autor ejerciendo la libertad de información, permite las otras facultades. La libertad de pensamiento, de opinión y expresión en cuanto los secuestrados tuvieron la oportunidad de expresar sus experiencias en este libro; la libertad a la información, debido a que con la publicación de este libro se le permitió a la sociedad a conocer de manera más profunda y veraz lo sucedido en la guerra contra en narcoterrorismo y el papel de su gobierno en ella, dándoles la oportunidad de formar una opinión pública en bases más concretas. El de informar, pues Márquez con su libro ejerció su derecho individual de proporcionar la información a la sociedad y con la ventaja de poseer el medio para realizarlo.

    Para que el derecho de información sea legítimo en su práctica, el mensaje a difundir, debe poseer interés público y veracidad. El libro por el sólo hecho de narrar una guerra contra la violación de los derechos humanos ya posee interés común y más cuando se trata de un relato en el cual narran de principio a fin la época del narcoterrorismo padecida por el pueblo Colombiano, y que con la publicación de este libro se da la posibilidad de conocer detalles que muchos ignoraban. En cuanto a la veracidad de la información, con la confrontación de fuentes se demuestra. Un claro ejemplo, es en el informe que presentó en el libro de la muerte de Diana Turbay, donde ponía tanto la versión del estudio evaluativo de la Procuraduría General, la del Cuerpo Élite y la de los Extraditables. Dando a conocer la verdad tal cual fue, según su recolección de datos.

    En conclusión Noticia de un Secuestro de Gabriel García Márquez, ejerce el derecho de información, cumple con su función social y permite que las libertades que este derecho abarca sean ejercidas.

    En cuanto a libertad de prensa, este libro denuncia la violación a las derechos fundamentales, que en la época de narración fueron tan poco respetados, estableciéndose como elemento esencial en el mantenimiento de los mismos y así denunciando las barreras que se oponen a que estos fueran ejercidos. En el sentido de la libertad de prensa como servidora de la sociedad, da la posibilidad que el ciudadano conozca los hechos más trascendentales de su vida cotidiana, como lo fue la guerra contra Pablo Escobar y los Extraditables. Y por último es importante señalar, que Márquez en su ejercicio de la libertad de prensa, estaba denunciando por medio de su libro la violación que sufrió Colombia y sus colegas de la misma facultad que estaba practicando.

    CONCLUSIONES

    Después de desarrollar la aplicación del concepto de libertad de prensa y de información al libro Noticia de un Secuestro de Gabriel García Márquez, se puede concluir con respecto al papel que jugaron los medios informativos en la guerra del gobierno contra el narcoterrorismo y de éste contra la extradición lo siguiente:

    Uno de los elementos claves en cuanto a la mediación del gobierno y los Extraditables fueron los medios de comunicación, pues a través de éstos los partícipes de esta guerra informaban y se informaba de las decisiones, exigencias, reacciones, y respuestas frente a las acciones de los mismos. En lo que refiere a la opinión pública la influencia de los medios en la formación de ésta es indiscutible, pues por la información que éstos trasmitían permitieron que la sociedad asumiera una posición frente al conflicto que se vivía en la época del narcoterrorismo, y de esta misma manera construir una apreciación colectiva frente al mismo. En la definición de los medios de información como portadores de un bien común, con la campaña realizada por los mismos Colombia los Reclama, se consolidaron como defensores de los derechos humanos que por este tiempo fueron violados y poco respetados, cumpliendo con su función de promover otras libertades fundamentales para el hombre. Por último y como tema más importante hay que señalar a los medios como esencia y elemento clave en el correcto desarrollo de una sociedad, en el libro esto se presenta por la acción de los Extraditables de utilizar a los periodistas como su vehículo más importante para presionar al gobierno a la no extradición.

    En el tema de cómo se afecto la libertad de prensa y de información en el conflicto ya mencionado, se puede concluir que ésta sí fue afectada, debido a que los narcoterroristas tomaron como blanco el gremio periodístico, justo por su importancia, atentado no sólo contra su trabajo y sus vidas, sino a un derecho tan fundamental como el de la libertad, y de un modo imponiendo una censura a los mismo, irrespetando su libertad de pensamiento, de expresión, de opinión y por supuesto su libertad de prensa y de información.

    BIBLIOGRAFÍA

    GARCÍA Márquez Gabriel. Noticia de un Secuestro. Editorial Norma. Bogotá, 1996. Páginas 336.

    VOLLMER Antje. La Libertad de la Palabra: la fuerza de la crítica. Revista Deutschland. Alemania, febrero/ marzo de 2000. Pág 40.

    DOORNAERT Mia. La libertad de prensa, un derecho humano: el derecho de opinión. Revista Deutschland. Alemania, febrero/ marzo de 2000. Pág 44.

    DUVE Freimut. En aras de la estabilidad y el pluralismo: la OSCE apoya a los medios. Revista Deutschland. Alemania, febrero/ marzo de 2000. Pág. 48.

    ROTTER Gernot. La Libertad de Opinión y Civilización: diálogo de las culturas. Revista Deutschland. Alemania, febrero/ marzo de 2000. Pág. 52.

    OSORIO Hugo. La información: un derecho individual de bien público. Revista Contribuciones. Buenos Aires, abril/ junio de 1998, VOL 15. Pág. 7.

    www.saladeprensa.org

    SERRA de Carreras Lluis. Régimen Jurídico de la Información. Ariel Derecho. España, marzo de 1996. páginas 39- 106, 116- 119, 159- 177. Constitución Política de Colombia 1991.

     

     

     

    Marcela Alvarez

    Universidad Pontificia Bolivariana

    Medellín – Colombia