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Trata y trafico de niños (niñas)

Enviado por hernando


Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Marco histórico
  3. Marco conceptual
  4. Marco jurídico
  5. Situación de la Niñez en Bolivia
  6. Estadísticas de niños traficados, niños raptados, fugados del hogar, abusados sexualmente
  7. Perfil de los clientes
  8. Redes de tráfico
  9. Rutas de tráfico
  10. Caracterización del tráfico
  11. Forma de reclutamiento
  12. Políticas de migración y adopción internacional
  13. Conclusiones
  14. Bibliografía consultada

Introducción

El tráfico de niños, niñas es una violación a los derechos humanos que envuelve injusticia y explotación que atenta a la dignidad del niño, niña y que se desarrollo bajo una relación de poder, donde los más vulnerables son los niños y niñas, ejerciéndose sobre ellos una dominación.

El tráfico de niños y niñas es un delito, que se produce, para diversos fines ya sea para explotación laboral, compra venta de órganos, violencia sexual/ comercial en sus tres formas (sometimiento a la prostitución, pornografía y turismo sexual) y compra – venta de niños bajo la figura de adopción.

El tema de tráfico de Niños y Niñas aún tiene un horizonte de invisibilidad e insensibilidad social. Existen muchos actores sociales facilitadores del tráfico infantil y paralelamente este actuar ilícito es favorecido por el desconocimiento que las autoridades, profesionales y la población en general tienen sobre este tema.

Por ser una actividad criminal encubierta en nuestro país, es difícil conocer exactamente la verdadera magnitud de niños y niñas que son cada día víctimas de esta situación. El problema de tráfico infantil en nuestro país no es nuevo, como en otros países, es una forma contemporánea de esclavitud.

II.- OBJETIVO GENERAL

– Contribuir a visualizar la situación de los niños y niñas traficados con diversos fines: explotación laboral, compra venta de órganos, violencia sexual/comercial, bajo la figura de adopción.

III. OBJETIVOS ESPECIFICOS

– Obtener información estimada acerca del tráfico de niños y niñas en Bolivia, mediante la recopilación de datos existentes en las instituciones involucradas en esta temática.

-Sistematizar las investigaciones existentes referentes al tema de tráfico de niños y niñas.

Marco histórico

Mediante Ley No. 2314, de 24 de diciembre de 2001, Bolivia ratifica el Convenio de La Haya relativo a la Protección del niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, emitido en fecha 29 de mayo de 1993. La ratificación es depositada en la Sede de Naciones Unidas en fecha 1 de abril de 2002 y en consecuencia, entra en plena vigencia en el territorio boliviano a partir del 2 de julio de 2002, conforme a lo dispuesto por el artículo 46 del Convenio.

El Convenio de La Haya relativo a la Protección del niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional tiene por objeto establecer garantías a efectos de que las adopciones internacionales se sujeten al principio del interés superior del niño y niña. Es un instrumento para el cumplimiento de los derechos fundamentales de niños y niñas reconocidos por el Derecho Internacional.

El régimen de garantías establecido en el Convenio se hace posible a través de la instauración de un sistema de cooperación entre los Estados contratantes, cuyo objetivo es generar mecanismos de prevención respecto al tráfico de niños y niñas.

Este sistema de cooperación está basado en la distribución de responsabilidades entre las Autoridades Centrales de los Estados de Origen y las de los Estados de Recepción, respecto a la sustanciación de procesos de adopción internacional, específicamente en lo referido a la idoneidad de los futuros padres adoptivos (Artículo 15 del Convenio) y a la situación de adaptabilidad del niño, niña y adolescente (Artículo 16 del Convenio).

El procedimiento de acreditación de instituciones intermediarias de adopción internacional, el modelo de Acuerdo Marco para esa acreditación y el procedimiento para la comunicación oficial de la fecha de firma de ratificación del Convenio de La Haya del país de origen de la Institución solicitante cuentan con el amparo jurídico de la Resolución Bi-Ministerial No. 001/03 de fecha 20 de junio de 2003, suscrita entre el Ministerio de Desarrollo sostenible y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Los instrumentos internacionales que tratan específicamente el tráfico de niños son la Convención 182 de la OIT Concerniente a la Prohibición y Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (1999) y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1989) y su Protocolo Opcional sobre la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Pornografía Infantil (2000).

Marco conceptual

TRATA.- Tráfico ilegal e inmoral, que tiende a la explotación del hombre privado de su libertado al de la mujer como prostituta.

INFANCIA.- Es el periodo inicial de la vida, comprendido desde el nacimiento hasta los siete años, en el cual se adquiere, más o menos realmente, el llamado "usos de la razón "

Conceptos copiados del Diccionario jurídico elemental de Guillermo Cabanellas

PROSTITUCION.- Comercio sexual por precio, corrupción o deshonra de la mujer.

FILIACION.- Acción o efecto de filiar, de tomar los datos personales de un individuo.

PORNOGRAFIA.- Tratado sobre la prostitución.

BURDEL.-Casa pública de mujeres mundanas; prostíbulo, mancebía. (Prostitución, lenocinio).

Marco jurídico

Derecho de la niñez, adolescencia y juventud: Artículos 58 a 61 C. P. E.

Derecho de las familias: Artículos 62 a 66 C. P. E.

Convenios internacionales referentes a Derechos Humanos.

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños que complementa la Convención contra la delincuencia organizada transnacional – ONU.2003.

Convención 182 de la OIT Concerniente a la Prohibición y Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (1999)

Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1989) y su Protocolo Opcional sobre la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Pornografía Infantil (2000)

Convención de la Haya para la protección del niño. Marzo 2002

Instituto Interamericano del Niño 2000 violencia y explotación sexual en América Latina y el Caribe (Montevideo IIN OEA).

Azóala, Elena. 2000. Infancia robada. Niñas y Niños víctimas de explotación sexual en México (México DF: DIF – CIESAS.

Delitos contra la familia: Artículo 246 Código Penal

Rapto: Articulo 313 Código Penal

Extorsiones: Articulo 334 Código Penal

Autoridad de los padres: Artículos 249 y 250 Código de Familia

Derecho a la vida y derecho a la familia: Ley N0. 2026, Código niño, niña y adolescente

Mediante Ley No. 2314, de 24 de diciembre de 2001, Bolivia ratifica el Convenio de La Haya relativo a la Protección del niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, emitido en fecha 29 de mayo de 1993. La ratificación es depositada en la Sede de Naciones Unidas en fecha 1 de abril de 2002 y, en consecuencia, entra en plena vigencia en el territorio boliviano a partir del 2 de julio de 2002, conforme a lo dispuesto por el artículo 46 del Convenio.

DESARROLLO

Situación de la Niñez en Bolivia

Bolivia tiene aproximadamente 8.3 millones de habitantes, según datos del último censo realizado por el Instituto Nacional de Estadística. La población menor de 18 años representa el 49.2% de los 8.3 millones de habitantes. El grupo de 0 a 6 años alcanzo al 19.2% seguido por el de 7 a 12 años que acumula el 16.3% y los adolescentes de 13 a 18 años con el 13.7%. Tomando en cuenta que el 61% se concentra en el área urbana y el 39% en el área rural.

De estos datos, se estima que cerca de 2 millones de niños, niñas y adolescentes se encuentran en situación de riesgo, en el marco de la pobreza y marginalidad en que socializan su infancia.

En cuanto a la salud, la niñez presenta elevadas cifras de mortalidad. Según Encuesta Nacional de Demografía y Salud 98, se tiene una tasa de 67 por mil nacidos vivos en menores de un año, y 92 por mil nacidos vivos en menores de 5 años, constituyéndose éstos últimos en el 50% del total de las muertes maternas esperadas, lo que significa que anualmente mueren 22.000 niños.

El embarazo adolescente en Bolivia alcanza al 14% del total de embarazos.

En la educación la tasa de cobertura neta se mantiene alrededor del 91% Pero los altos índices de repelencia, junto a la deserción escolar aún continúan. Que ligados al ingreso tardío son las características más sobresalientes del sistema educativo, implicando que gran cantidad de personas abandone el sistema escolar antes de concluir. Representando dos terceras partes de los alumnos de primaria que terminan el sexto grado, y en secundaria tan sólo el 15% completa el ciclo, con un escaso 5% que obtiene algún grado universitario.(Censo 2001 Instituto Nacional de Estadística).

En el área rural, el 36,5% de los mayores de 15 años y el 50% de las mujeres son analfabetas.

El 65% de las mujeres rurales jefas de hogar son analfabetas, frente al 28% de los hombres en esa situación.

En Bolivia, aproximadamente 450.000 personas no se encuentran registradas legalmente, lo que significa que no cuentan con un certificado de nacimiento u otro tipo de documentos que acrediten su identidad lo que impide que ejerciten su derecho de ciudadanía.

La Corte Nacional Electoral y el UNICEF en el año 2003, en un esfuerzo combinado, lograron documentar a 230.000 niños, niñas y adolescentes de 0 a 7 años. Pero aún persiste un 29% de los usuarios de servicios municipales de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia que no cuentan con un certificado de nacimiento.

Las consecuencias de la pobreza, es la situación de los niños, niñas y adolescentes en condiciones de mayor vulnerabilidad en el ejercicio de sus Derechos, como resultado de diversos factores sociales, económicos, políticos y culturales generando una elevada pobreza y exclusión, viéndose imposibilitados de tener una vida digna, al ser trasgredidos sus más fundamentales derechos.

Por tanto, las expresiones ante estas estructurales condicionantes, es la situación de niños sometidos a maltrato y abuso sexual, incorporados al mercado laboral, otros viviendo en la calle. En nuestro país existen 800.000 niños, niñas y adolescentes trabajadores que representan el 21.3% de la población económicamente activa. Siendo objeto de violencia, discriminación y abuso, salarios demasiado bajos, excediendo en algunos casos su jornada de trabajo a más de 10 horas al día, sin ninguna protección de la Ley General del Trabajo. El trabajo les impide asistir a la escuela, aumentando los niveles de deserción escolar, con un 56% de no asistencia y/o abandono de la escuela.

Los niños, niñas y adolescentes que viven en la calle por diversas razones, entre ellas la ruptura temporal o definitiva con su familia, se traduce en una serie de elementos condicionantes que hacen referencia a historias de vida, sumergidas en marginamiento. Según datos de investigaciones realizadas cerca de 4.000 niños, niñas y adolescentes viven en la calle, situados en las principales ciudades del país.

Los huérfanos y abandonados alcanzan a 16.500, que se encuentran en centros de acogida y hogares de todo el país.

Quedando cada año 2.500 niños, niñas y adolescentes huérfanos a causa de las altas tasas de mortalidad materna.

Por tanto, la pobreza no sólo afecta a la niñez que debe incorporarse prematuramente al mercado laboral informal. La situación de pobreza afecta aún más y con mayor rigor a las familias desintegradas, con niños no reconocidos, sufriendo desde temprana edad abandono afectivo, constituyéndose en potenciales víctimas del maltrato físico, psicológico y abuso sexual. Aunque es necesario destacar que esto no es privativo de las familias pobres, pues la violencia no distingue niveles económicos y sociales.

Estas injusticias suceden con mayor frecuencia en los departamentos de Santa Cruz, La Paz y Cochabamba en cuanto a este tipo de denuncias.

Las denuncias se concentran más en estas ciudades por la estructura socioeconómica de Bolivia, que determina la existencia de un grupo de departamentos que tienen mayor despliegue económico y concentración poblacional que otros, como es el caso de La Paz, Santa Cruz y Cochabamba, que se les ha denominado ciudades del eje central, la incidencia en cuanto a secuestros y raptos se concentra también en estos departamentos.

Estadísticas de niños traficados, niños raptados, fugados del hogar, abusados sexualmente

Se tiene los siguientes indicadores según estadísticas disponibles de siete Defensorías Capitales en Bolivia y de 117 Defensorías del Área Rural de Bolivia:

En el año 2002 existieron 3 casos de tráfico de niños, todos ocurridos en la Ciudad de La Paz. Estos datos proporcionados por defensorías es una información que no concuerda con la información emitida sobre denuncias de tráfico de niños y niñas, en los medios de comunicación, pero son los que manejan estas instituciones.

En las Defensorías del Área Rural no se registraron denuncias sobre tráfico. En las Defensorías capitales se presentaron 1521 denuncias de Guarda o Tutela Ilegal, en todas las ciudades excepto en las ciudades de Santa Cruz, Beni y Cochabamba, presentándose en la ciudad de La paz el mayor número de casos.

En el Área Rural el número de denuncias de Guarda Ilegal es de 126 presentándose el mayor número en el grupo etareo de los 0 a los dos años en niños disminuyendo de manera paulatina en los demás grupos.

Cabe destacar que se tomó el indicador de guarda o tutela ilegal para representar a niños en situación de riesgo debido a que no sólo implica que uno de los progenitores lo tiene ilegalmente sino que en muchos casos son terceras personas ajenas al núcleo familiar. Presentándose esta problemática en las ciudades de La Paz, Potosí y Cochabamba, es necesario destacar que de cada diez niños y niñas.

En las Defensorías Rurales se presentaron 10 denuncias de abuso sexual de los cuales 3 pertenecen al grupo de edades de los 4 a los 8 años. Lo cual significa que las NNA del sexo femenino son las más vulnerables a este tipo de abuso, y sobre todo es proporcional a la edad, cuanto menos edad tienen son más vulnerables.

La información remitida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Distrito Judicial del Beni, contiene algunos datos erróneos, toda vez que la sumatoria en algunas de las variables consideradas no da como resultado el total de las autorizaciones de viajes expedidas en cada gestión.

Por tanto y en mérito a consolidar resultados uniformes, únicamente se tomo en cuenta las autorizaciones de viaje de siete Juzgados de la Niñez y Adolescencia de los trece existentes a nivel nacional y que corresponden igualmente a siete Distritos Judiciales: La Paz, Cochabamba, Tarija, Oruro, Potosí, Beni y Pando. Conforme a lo dispuesto por el Código del Niño, Niña y Adolescente, en su artículo 169 y por el Reglamento del Código del Niño, Niña y adolescente aprobado mediante Decreto Supremo No. 27443, dispone en los artículos 62, 63 y 64, los casos en los que procede las autorizaciones de viaje, otorgada por los Jueces de la Niñez y Adolescencia son los siguientes:

Niños, niñas y adolescentes que emigran con uno solo de sus progenitores.

Cuando el niño y niña viaje con uno solo de los padres, se requerirá la autorización expresa del otro. En ausencia del otro progenitor que debe otorgar la autorización, el Juez exigirá la garantía de dos personas que radiquen en la localidad donde se tramita la solicitud.

Perfil de los clientes

El perfil de los clientes, según la información obtenida por medio de los estudios existentes, tenemos que los clientes que son aquellos sujetos que ejerciendo sus prerrogativas otorgadas por el dinero y su condición de adulto y macho victimiza a niñas y adolescentes. Los clientes manifestaron su preferencia por adolescentes menores de 18 años.

En cuanto a la profesión u ocupación de los clientes, éste es muy amplio pues si bien se identificaron como comerciantes, incluye empleados, profesionales, choferes y turistas.

En cuanto al nivel de instrucción de los clientes es destacable que la gran mayoría hubiera alcanzado la secundaria e incluso el nivel universitario o nivel técnico militar, por lo que no se puede considerar el grado de instrucción escaso como argumento (casos Cobija, Guayaramerin y Yacuiba).

El estado civil de los clientes, en su gran mayoría son casados, coincidiendo con las otras ciudades, en este aspecto. Asimismo, son padres de 2 a 5 hijos como promedio.

Turismo Sexual

En las ciudades de Yacuiba, Cobija y Guayamerin se concentra la mayoría de casos de adolescentes que se trasladaron de diferentes lugares del interior y exterior del país. Es decir de ciudades como Santa Cruz, La Paz y otras, como la que viene de ciudades fronterizas de Brasil y Argentina, puesto que el flujo de turistas con esta finalidad se da principalmente en dirección hacia Bolivia y viceversa. En este marco se han identificado diferentes mecanismos de reclutamiento y tráfico de niñas y adolescentes con fines de comercio sexual.

Según la investigación realizada en estas tres ciudades (Guayamerin, Cobija y Yacuiba) los clientes provienen en un buen porcentaje de Brasil con un 43.20%, los del interior del país con un 15,60% y los procedentes de la Argentina con un 9,10%, con una demanda interna de 15,90% de clientes que provienen del interior del país. Lo que nos da indicios de que si existe turismo sexual en Bolivia, aunque la magnitud se deberá profundizar por medio de investigaciones.

Redes de tráfico

En las redes del tráfico existen actores involucrados, éstos son agentes privados y públicos, los cuales intervienen de manera directa e indirecta según sea el caso, como se describirá a continuación

Entre los agentes privados hay transportistas, taxis y camioneros. Pueden participar en reclutamiento y con acuerdo de dueños de establecimientos, o en forma independiente.

Los medios de comunicación son un método de reclutamiento, a través de avisos clasificados y anuncios en la radio. Los servicios de Internet están siendo usados para instar

la demanda, a través de páginas Web que ofrecen turismo sexual y matrimonios fraudulentos.

Los abogados han sido implicados en actividades de tráfico, por falsificar documentación para permitir a menores que puedan viajar sin autorización.

Los dueños de light clubs, burdeles, cabarets, bares, moteles, etc. Participan en el proceso de reclutamiento y destino. Reciben y controlar las ganancias y retienen documentación de las víctimas, lo cual asegura su posición de poder frente a ellas y garantiza un alto grado de impunidad.

Agentes Públicos: Funcionarios de inmigración, policía y otros funcionarios públicos ayudan a los traficantes. Se han identificado casos de certificación de nacimientos fraudulentos, documentación falsificando edades e identidades para cruzar fronteras, y destrucción de documentación para protección de los dueños de burdeles y bares, con el fin de impedir la investigación y continuación del procedimiento judicial.

Rutas de tráfico

Las rutas de tráfico en nuestro país, que se conocen según las investigaciones y denuncias que se conocieron son:

En el año 2001 según Defensa de Niños y Niñas Internacional en Cochabamba, denunciaron que existía un tráfico frecuente de niños bolivianos hacia Argentina y Chile, siendo Bolivia el país de origen y Argentina y Chile países de destino en el tráfico.

En los últimos años el tráfico de niños hacia Argentina ha sido intenso y ha tenido como centro a Cochabamba, desde donde migrantes viajan al país vecino trasladando niños, niñas ya adolescentes que después son explotados en todo tipo de negocios. Como ocurrió con Pedro:

El niño fue secuestrado en el municipio de Culpina, en Chuquisaca, junto con su primo Pedro Padilla de 13 años de edad, y llevado a una finca en la provincia de Mendoza donde permaneció privado de libertad y obligado a trabajar, hasta que logró escapar. Sin embargo, su primo Pedro Padilla continúa cautivo.

También se han registrado casos de niños bolivianos que son llevados desde La Paz y la ciudad minera de Oruro hacia Calama y otras ciudades del norte de Chile, donde son empleados en hogares y negocios. Se repatriaron de Calama a cuatro niñas de 12 a 17 años que fueron vendidas por una ciudadana boliviana, que se encuentra prófuga. Cuando el tráfico del niño, niña o adolescente se lleva a cabo dentro o fuera de una ciudad o país con o sin la autorización de los padres, apoderados o responsables, en el que pueden intervenir terceras personas.

Las rutas de tráfico fluctúan de acuerdo a las condiciones locales o a factores de oferta y demanda. Parecería que en muchos casos la dirección o flujo es ilógico. Sin embargo, se debe recordar que beneficia a los traficantes mantener a sus víctimas en un ambiente extraño donde no solo son vulnerables por haber entrado a un país ilegalmente, sino que están en desventaja por su ignorancia de la ley, cultura e idioma de ese país.

Tráfico interno y externo

Niños y niñas pueden ser traficados al interior de un país o a través de fronteras nacionales o internacionales.

El tráfico al interior como el tráfico entre fronteras, sin embargo el daño sufrido por niñas y niños no es menor que el sufrido por las víctimas del tráfico entre fronteras. Generalmente ocurre de las áreas rurales a las urbanas; sin embargo, niños y niñas también pueden ser llevados a áreas turísticas o áreas dominadas por trabajadores que se encuentran lejos de sus lugares de origen (campos petroleros, áreas de construcción, estaciones de camiones, puertos o bases militares). Como ocurre con adolescentes que son trasladadas de acuerdo a las festividades del calendario, para desempeñarse como trabajadoras sexuales y después retornan al lugar habitual de sus actividades. Además, niños y niñas que han sido traficados entre fronteras pueden seguir siendo traficados dentro del país de destino para evitar ser detectados.

Los documentos sobre tráfico entre fronteras generalmente se refieren a países de origen (por ejemplo niños y niñas que son llevados de estos de manera ilegal), países de destino (aquellos que reciben a niños y niñas traficados); y países de tránsito (no el destino final, sino un punto de entrada a otro país o región)

El proceso de repatriación puede ser muy traumático para un niño objeto del tráfico. Los niños y niñas que han sido traficados con propósitos sexuales entre fronteras a menudo son tratados como criminales. Son considerados como infractores de la ley en aquellos países donde se criminaliza la prostitución y se considera que infringen las leyes de inmigración por haber entrado a un país de manera ilegal.

Pueden estar sujetos a encarcelamiento o rehabilitación antes de ser enviados de regreso a su país de origen. También existe la posibilidad de que sean castigados una vez más, esta vez de acuerdo a las leyes y políticas de su propio país por haber emigrado de manera ilegal.

Existe una necesidad de aplicar leyes y políticas de inmigración de manera más humana en el caso de niños y niñas traficados, así como una necesidad de acuerdos de cooperación internacional y regional.

Casos de tráfico de niños y niñas

Los casos que se presentaron ante los estratos judiciales, vinculados a la temática de tráfico de niños, niñas y adolescentes, no prosperaron por no existir una ley específica que sancione estos delitos, se remiten al Código Penal, art 321mod. Por ley 2033 que dice: "Quién induzca o favorezca la entrada o salida del país o traslado dentro del mismo, de personas que ejerzan la prostitución, mediante engaño, violencia, amenaza o las reduzca a estado de inconsciencia para este fin, será sancionado con privación de libertad de 4 a 8 años. En caso de ser menores de 18 años la pena será de 5 a 10 años de privación de libertad. Cuando la víctima fuera menor de 14 años la pena será de 6 a 12 años de reclusión, pese a no mediar las circunstancias prevista en el párrafo anterior"

Este artículo del código penal presenta limitaciones para tipificar casos de tráfico, no contempla los diversos fines del tráfico y no se adecua a casos incidentes que se denuncian. Como se expondrán a continuación algunos de éstos casos, que no pudieron sancionarse como tales por los vacíos existentes en la normativa vigente actualmente.

El primer caso de tráfico infantil ventilado en la justicia ordinaria por el Nuevo Código de Procedimiento Penal sancionó a un médico, que vendió a una niña por 2.500 bolivianos, en cinco años de presidio. Al ser una condena poco severa y al no tener los imputados antecedentes previos, pudo acogerse al perdón judicial y ahora está libre.

La Juez de la Niñez y Adolescencia de Santa Cruz, denunció que Bolivia no tiene como sancionar el tráfico de niños. Hace algunos años, cuando se descubrió a una persona que llevaba niños a España con documentos obtenidos gracias a un certificado de nacido vivo fraguado, la pena impuesta fue por uso de instrumento falsificado y falsedad ideológica, pero no por el tráfico en sí.

Trasladar ilegalmente a niños del país no está penado, según el Código Niño, Niña Adolescente. Cuando un menor viaja, debe hacerlo con la autorización de sus padres o al menos de uno de ellos, para ello debe presentar papeles que así lo acrediten.

En las defensorías de la Niñez y Adolescencia del Departamento de Cochabamba se presentaron varios casos en los cuales los niños, niñas son tomados por los padres como objetos de intercambio y mercancía, atentándose a los derechos de los niños y adolescentes con maltrato, explotación laboral y tráfico.

Como sucedió con una pareja que intento vender a su bebé no nacido en una suma de 15 mil dólares, argumentando que no podían tenerlo por sus escasos recursos económicos para mantenerlo.

Este caso de venta que fue llevado ante los tribunales de justicia, mostró los vacíos legales que existen para sancionar este tipo de delitos. Las autoridades judiciales muy poco pueden hacer al respecto, porque la venta de niños no está tipificada como delito en el Código Penal. Para que el caso no quede impune, se lo tipifico como maltrato y privación de derechos de menores.

Caracterización del tráfico

1. PERFIL DE LOS NIÑOS TRAFICADOS Y SU CONTEXTO FAMILIAR

Entre las características que favorecen el tráfico hay factores de riesgo relacionados con los individuos o víctimas: son elementos que contribuyen para que ciertas personas sean más vulnerables al tráfico y explotación sexual.

Estos factores no son determinantes, pero su existencia junto a la demanda o clientela y a las redes criminales funcionando con impunidad, incrementan el riesgo de que estas personas caigan en el ciclo de tráfico.

Para las mujeres jóvenes mayores de edad y las menores (entre 12 y 17 años de edad), la combinación de necesidad económica, responsabilidad como jefas de hogar, analfabetismo o mínima educación, falta de preparación en habilidades técnicas, una historia de abuso físico y sexual, aparecen como contribuyentes al riesgo de que sean traficadas.

Entre las características relacionadas con circunstancias o condiciones externas, podemos decir que según la información proporcionada por las investigaciones existentes, surge la existencia de un ambiente que conduce al tráfico, como ser discriminación de género, desempleo y pobreza, actitudes de desprecio y falta de respeto a las mujeres y niños, débiles controles migratorios, corrupción y el impacto de la globalización. El mercado o industria del sexo, el turismo sexual y otras formas de demanda de servicios sexuales son componentes fundamentales en la existencia de las redes de tráfico.

2. Características familiares

En el panorama crítico de la realidad boliviana es donde se perciben los efectos profundos de la actual crisis, observando la situación en la que se encuentran Niños y Niñas. Es sobre estos actores sociales que la crisis económica y social ha provocado más estragos. Los índices desintegración familiar, violencia y maltrato dentro de la familia, son cada vez más elevados.

El hecho de que un niño, niña o adolescente enfrenta el riesgo de ser abandonado por sus padres es indirectamente proporcional al maltrato y abandono que sufre la madre como tal, generalmente de su pareja. Esta situación es cada vez más frecuente entre la población femenina con bajos niveles económicos, presionada o abandonada por su pareja, tiene profundas incidencias en la emergencia de un problema social que se agudiza y que sin embargo, es poco visible en nuestro medio: el tráfico de niños, niñas y adolescentes.

3. Papel de la Familia en el Tráfico

El papel de la familia en el tráfico, muchas veces es de complicidad en cuanto es la familia, los padres como tales, los que permiten que sus hijos salgan del hogar con terceras personas, a lugares desconocidos.

Puede decirse que la necesidad impulsa a los padres y a los niños, niñas y adolescentes a buscar alternativas para aliviar las necesidades de subsistencia y reproducción de sus familias. La estrategia que siguen es involucrar a sus hijos en diversos tipos de actividades laborales, a través de la entrega a terceras personas, pero también existen casos que la decisión pasa por los mismos adolescentes.

Para los padres de familia, los hijos y las hijas son posibilidad de contar con ingresos o acceder a medios de subsistencia, mientras que los empleadores en el usufructo y disfrute de su trabajo, aunque se encuentren matices de humanitarismo y solidaridad.

La entrega de niños, niñas y adolescentes a terceras personas se convierte en la negación del ejercicio de sus derechos. Más vale el aporte a la reproducción de la familia que el respeto de sus derechos. Las condiciones materiales de las familias de sectores empobrecidos, hace que los padres de familia se conviertan en cómplices del tráfico.

Las niñas, niños y adolescentes son los que más sufren esta entrega, situación que no es vista como una transgresión, sino como una estrategia válida. La entrega es una forma moderna de servidumbre, aceptada e internalizada por la conciencia social. Someterse a condiciones de servidumbre es una inversión a futuro, algo así como una moratoria del ejercicio de sus derechos para ejercitarlos posteriormente (aunque esta modalidad está más ejercitada en cuanto a la explotación laboral). Esta situación se repite en varias partes del mundo y en nuestro país nadie lo denuncia quedando en la impunidad la venta de niños para diferentes fines.

Las Defensorías de la Niñez y Adolescencia, reciben frecuentemente denuncias de casos, en los que los niños y niñas son tomados por los padres como objetos de intercambio y mercancía.

En esa instancia se conocieron casos de progenitores que vendieron a sus bebés. Pero en un caso concreto de venta que fue llevado a cabo ante los tribunales de justicia, mostró los vacíos legales que existen para sancionar este tipo de hechos. Las autoridades judiciales dijeron que muy poco podían hacer al respecto, porque la venta de niños no está tipificada como delito en el código penal.

Para que no quede impune el caso, se ha tipificado como maltrato y privación de derechos de niños. Los técnicos que trabajan en esas instancias, afirman que en muchos casos no pueden sancionar a causa de que no existen sanciones como es el caso de los niños que son traficados a otros países con fines de explotación sexual y laboral.

Esta situación es un claro atentado a los derechos de los niños y adolescentes con maltrato, explotación laboral y tráfico.

Forma de reclutamiento

Las formas de reclutamiento son diversas:

En este marco se han identificado diferentes mecanismos de reclutamiento, según la información proporcionada en la investigación realizada en Yacuiba, Cobija y Guayaramerin sobre explotación sexual comercial:

La propia búsqueda de parte de las niñas y adolescentes empujadas por la obtención rápida y fácil de significativos ingresos. Influenciadas en muchos casos por otras niñas o adolescentes víctimas de explotación sexual comercial.

La gestión de intermediarios a través de redes que involucran taxistas, trabajadoras sexuales, personal de hoteles, restaurantes o whiskerías, quienes reciben una remuneración (entre 10 a 20 $us) por niña o adolescente contactada para ser víctima de explotación sexual comercial.

La búsqueda directa de parte de los intermediarios, quienes normalmente pasan al Brasil e inician su búsqueda en los barrios más pobres a niñas o adolescentes "buena presencia" que están buscando trabajo. Ellos los reclutadores cuentan con pasaporte y la documentación necesaria para poder ingresar al Brasil. Luego ellos se encargan de trasladarlas a Cobija y Guayaramerin, donde reciben techo y comida.

Sobre todo en el Brasil, pero también en ciudades del interior de Bolivia como Santa Cruz, las redes de intermediarios contactan niñas y adolescentes en estado de necesidad y las trasladan con engaños de otro tipo de trabajo y luego cuando ya están en el lugar no les queda otra que ser explotadas sexualmente.

En las investigaciones existentes, se detecto modalidades de secuestro de niñas y adolescentes para ser explotadas sexualmente, en el caso de ciudades fronterizas como las mencionadas, encontramos que estas formas de secuestro y chantaje están bastante más sofisticadas y agravadas por tratarse de en muchos casos de niñas y adolescentes procedentes en unos casos de Brasil y en otros de ciudades bolivianas alejadas, entre algunas de las formas de presión y maltrato identificadas son las siguientes:

Los dueños, les ofrecen alimentación y casa, con lo cual se establecen las determinantes para una total dependencia, de tal forma que ante el primer problema las dejan abandonadas con el agravante de que al operar los dueños de los locales vinculados a la explotación sexual comercial en una especie de red, la ruptura "contractual" con uno significa la ruptura con todos.

Control del dinero y documentación, les despojan de cualquier documento que puedan poseer en sus manos las adolescentes, de esta manera mantienen y amplían su dominación sobre ellas.

La variable constante es la amenaza, uso de la fuerza para lograr la permanencia de la víctima.

.5. Aislamiento y Privación de Libertad

Según los estudios existentes, se ha detectado que existen casos de niñas y adolescentes que permanecen secuestradas, ya que no pueden salir libremente de los lenocinios, donde son los mismos proxenetas los que las llevan personalmente a sus revisiones médicas.

Se conoció de dos casos de adolescentes que se encuentran en situación de esclavitud sexual. Las adolescentes involucradas presentan una historia familiar signada por el abandono afectivo y la falta de referencias de figura materna y paterna. La esclavitud sexual sucede cuando son entregadas a otras personas que se harán cargo de ellas y éstas en función de su posición de dueños de estas pequeñas las abusan sexualmente en edades tempranas y luego usufructúan con el trabajo sexual a que ellas son obligadas:

Políticas de migración y adopción internacional

Políticas de migración

El Servicio Nacional de Migración tiene como misión institucional el regular, registrar y controlar el ingreso y salida de personas del territorio nacional, administrar el régimen de extranjería y naturalización, regulando y procesando el ingreso, residencia y permanencia de los ciudadanos extranjeros, la de administrar la emisión y control de pasaportes, así como de estudiar la política migratoria.

Normativa específica respecto al control en la entrada y salida en zonas fronterizas de niños y niñas.

Para el control de salida de niños y niñas en los puntos fronterizos y aeropuertos, se basan en las disposiciones contenidas en el Código del Niño, Niña y Adolescente, en cuanto se refiere a las autorizaciones de viaje otorgadas por los Jueces de la Niñez y Adolescencia, que sirve como requisito imprescindible tanto para la salida de los niños, niñas y adolescentes que viajan con uno solo de los progenitores, como para la extensión de pasaportes.

No obstante, este control sólo se estaría efectuando para la salida de niños, niñas y adolescentes, toda vez que la entrada no requiere de este requisito.

Por tanto, el Servicio Nacional de Migración no cuenta con una normativa específica de regulación en cuanto a la entrada y salida de niños, niñas y adolescentes.

Los requisitos para la extensión de pasaportes a personas menores de 18 años, son los siguientes:

– Carnet de identidad vigente más dos fotocopias.

-Fotocopias de carnet de identidad del padre, madre y/o tutor responsables.

?Autorización de viaje expedida por el juzgado de partido de la niñez y adolescencia, (no es necesaria si viaja con ambos padres).

?Fotocopia de certificado de nacimiento

Fotocopia de la cédula de identidad del padre y madre o apoderados.

Asimismo para la extensión de pasaportes para niños y niñas por extranjeros, se requiere el cumplimiento previo de los siguientes requisitos:

a) Para el adoptado:

?Carnet de identidad vigente más tres fotocopias.

?Certificado del carnet de identidad, otorgado por la dirección nacional de identificación.

?Autorización de viaje otorgada por el juzgado de partido de la niñez y adolescencia (no es necesario si viaja con ambos padres)

Certificado de nacimiento original con sello seco y una fotocopia simple

?Fotocopia legalizada del testimonio de adopción.

b) Para el adoptante:

?Fotocopia legalizada de los pasaportes de los adoptantes con visa de objeto determinado vigente.

Por lo mencionado anteriormente, el Servicio Nacional de Migración no cuenta con una normativa específica respecto al control de entradas y salidas en los puntos fronterizos de niños, niñas y adolescentes, en razón de que se remite para este control a las disposiciones establecidas por el Código del Niño, niña y Adolescente, consecuentemente el requisito exigido para la salida de niños, niñas y adolescentes que viajan con uno de solo de los progenitores o solos es la autorización.

Adopciones Internacionales

Las adopciones realizadas por parejas extranjeras en el año 2002, para adoptar niños y niñas bolivianos siendo el destino más frecuente España, que cuenta con tres organismos acreditados que son Feyda, Amofren y Adecop quienes realizaron procesos de adopción en número de 67, constituyendo más del 61% de adopciones realizadas en este período. Italia con cuatro organismos acreditados: La Casa, el Conventino, Spai y Aibi con 20 adopciones realizadas, siendo cerca del 18% de adopciones de este año.

Las características que buscan las parejas adoptantes, para su futuro hijo/a tienen que ver con el sexo y la edad. Con la tendencia a adoptar a niños menores de 0 a 2 años.

Partes: 1, 2
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