SubOposición Apelación Casación Revisión LOS RECURSOS USADOS EN EL PROCESO PENAL DOMINICANO
LOS RECURSOS EN EL NUEVO PROCESO PENAL ESQUEMA EXPLICATIVO Introducción sobre el derecho al recurso. Análisis de las Disposiciones Generales. El recurso de Oposición. El Recurso de Apelación contra resoluciones interlocutorias. El Recurso de Apelación contra la Sentencia. El Recurso de Casación. El Recurso de Revisión.
I. El Derecho al Recurso: Introducción Definición de Recurso conforme a la Suprema Corte de Justicia: Resolución 1920/2003: “Garantía procesal conferida al condenado (sujetos procesales), a quien se le reconoce el derecho a que se examine por un tribunal superior, la legalidad y razonabilidad de toda sentencia o resolución judicial que imponga a la persona un agravio de irreparable o difícil reparación”. Reconocimiento del Derecho por el Ordenamiento jurídico interno: Art. 3.2 de la CRD: “La República Dominiacana reconoce y aplica las normas de Derecho Internacional general y americano en la medida en que sus poderes públicos las hayan adoptado”. Art. 14.5 del PIDCP Art. 8 del CADH
I. El Derecho al Recurso: Su regulación legal en materia penal. LIBRO III. Titulo I: Disposiciones Generales. Titulo II: De la Oposición. Titulo III: De la Apelación. Titulo IV: Apelación de la Sentencia. Titulo V: De la Casación. Titulo VI: De la Revisión.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Derecho al recurso no es un derecho absoluto: 393 fija una triple restricción (Qué, cómo y quién). Constitucionalidad de la restricción. Limitación a la libertad de configuración legislativa.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: La Legitimación. LA LEGITIMACION: Art. 393: Las partes respecto a resoluciones adversas. La víctima: art. 27 Art. 396 Art. 84.5 Supuestos especiales: recurso de revisión (art. 429).
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Exigencia de Gravámen. LA LEGITIMACION: Desfavorables a las partes recurrentes, en el sentido de divergente con lo peticionado en su día por el recurrente. Morfología del Perjuicio: Efectivo (excepción de STC 79/1987) Iura novit curia Desestimación principal y estimación subordinada Condena en costas Gravamen procesal Pretensión de solidaridad Posición especial del Fiscal: Art. 395 (a favor de la justicia e in favor rei) Actor civil (Art. 123 y 53)
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Autodefensa del Imputado LA LEGITIMACION: Contenido de la Autodefensa 394: “El defensor puede recurrir por el imputado”. Doble dimensión implícita (18 y 111) Reconocimiento explícito al 404 Voluntad preminente: Rechazo de la apariencia del 111 Preeminencia del voluntad y libertad del encausado (ART. 398): consentimiento libre e informado del cliente Predicable del responsable civil (397 y 131).
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: Art. 399 “Se presentan en las condiciones de tiempo…que se determinan en el Código”. Extensión de los plazos. Plazos de caducidad e ininterrumpibles (Art. 143.1) Días hábiles (143.3). Notificación como dies a quo y excepción (143.3 y 143.4). Hora de vencimiento (143.1)
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Presentación hasta las 12 de la noche (Art. 143). Distribución de recursos: Art. 76. Requisitos: Presentación sujeta a plazo perentorio (último día). Dirigido a órgano con jurisdicción en el territorio. Presentación concluida jornada de trabajo del órgano destinatario. Presentación durante horario de guardia del receptor.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Inobservancia del Plazo: Inadmisibilidad (STCE, 113/1988). Prórroga del Plazo: Art. 143: Improrrogabilidad de los plazos salvo autorización legal. No prevista posibilidad de prórroga en 393 y ss. para recursos. Posibilidad de aplicación extensiva de la norma general del 147
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Cómputo en supuestos de Rectificación y Aclaración. Art. 405. Ampliable a errores materiales, mecanográficos, aritméticos o aclaración. Plazo en tales supuestos. Buena fe: antes de vencimiento término y fundado. Supuestos de conocimiento antes de notificación: STCE 176/97: Constitucionalidad, no idoneidad.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Cómputo del Plazo en supuestos de doble notificación. SSTCE 191/1994, 88/1997 y 184/1997. Previsión del CPP: A favor: recurribilidad indistinta. En contra: control del 111 exige conocimiento dual. Supuestos de omisión a la notificación de la indicación de recurso, plazo y lugar de interposición. Omisión no afecta a la parte. Improdedencia de nulidad: subsanación y nuevo computo. Libre opción de la parte entre ambas.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Supuestos de errónea indicación al momento de la notificación del recurso, plazo y lugar de interposición. Error no determina a la parte. Error no vincula al juzgador ni a ulteriores instancias: Inadmisión. Error en el plazo que sobrepasa el legal: Con o sin letrado. Indefensión impone subsanación y nuevo cómputo. Problemas derivados de la exigencia de que la renuncia al plazo haya de ser expresa. Interpretación del CPP a la luz del Art. 144.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES ESPECÍFICAS. ¿Computan los días inhábiles en los recursos contra decisiones en materia de coerción? Sentido de la regla General: Frente a art. 137, surge el lógico art. 143. Excepciones: en lo relativo a la investigación y medidas de coerción (términos de restricción máxima de derechos, no afectada por días feriados). Conjunción art. 245 (facultad de apelación) y 143 (computo de días inhábiles).
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. LA FORMA: Art. 399: Norma de Remisión e Indicación de mínimo formal (“indicación específica y motivada de los puntos impugnados de la decisión”). La Inadmisión a límine: Competencia para la resolución de inadmisión: la ausencia de r. queja. Supuestos incontrovertibles de inadmisión Reglas interpretativas en el resto de casos: Interpretación favorable a efectividad del derecho de acceso al recurso. Analizar finalidad del requisito y primar la finalidad sobre la literalidad. Criterio restrictivo respecto exigencias formales. Subsanabilidad, salvo que no quepa sin quebranto de otros derechos o bienes constitucionales dignos de igual tutela. Inadmisión final no es una sanción, sino garantía de preservar integridad objetiva del ordenamiento jurídico.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. LA FORMA: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Incumplimiento de las exigencias generales de forma: No imposición de forma de motivación. Indicación objeto del recurso y razones en las que se asienta. Indentificación. Concreción. Inteligibilidad. Subsanación y buena fe. Ausencia de firma: Justificación en la legitimación y postulación. Subsanabilidad.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. LA FORMA: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Recurso ante órgano distinto del procedente. Inadmisibilidad. Excepción en casos de omisión o error en la indicación, cabrá pedir nueva notificación. Errónea denominación del recurso: Tramitación correcta.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. LA FORMA: CUESTIONES ESPECÍFICAS. Admisión indebida del recurso: En el recurso de oposición. Defecto percibido antes de pronunciamiento sobre admisión: inadmisión. Defecto percibido después de errónea admisión: Si no hubiere actividad procesal posterior distinta de la resolución: desestimación. Si se percibe constante la sustanciación del recurso: Resolución de reposición y declarando inadmisibilidad.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. LA COMPETENCIA: Recursos devolutivos y no devolutivos. Competencia limitada en el objeto: Art. 400 (coherente con el artículo 399). Excepción (coherente con artículo 1) Imprecisión del término “cuestión de indole constitucional”. Audiencia de las partes. Incompetencia subjetiva: Art. 403. Casos Cubber o Piersak y Caso Ulloa (extensible a juicio valorativo que cree una convicción que afecte al objeto).
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. LOS EFECTOS DEL RECURSO: Efecto suspensivo: Regla General: Art. 401 Excepciones: Artículo 245: Recursos contra las medidas de coerción. Artículo 411: No paralizará Investigación ni procedimiento en curso. Artículo 427: Por remisión al 411, ineficacia suspensiva de la casación contra resoluciones interlocutorias. Recurso de Revisión: Suprema Corte se pronuncia sobre la suspensión constante la sustanciación. Aplicabilidad de la Regla General: Apelación y Casación de Sentencias. Apelación decisiones sobreseyentes del proceso.
2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas Comunes de Tramitación. TRAMITACIÓN Y RESOLUCION: Tramitación de las Audiencias: Art. 406 imparcialidad, igualdad de armas, oralidad, inmediación, cross examination Desistimiento (Art. 398): Admisibilidad y consecuencias. Autorización para la actuación letrada. Extensible a cualquier vicisitud procesal. Insuficiencia de la autorización escrita impuesta por la ley. Extensión: Art. 402 Proscripción de la reformatio in peius: Art. 404 Juicios rescisorios. Juicios rescindentes.
2.- El Recurso de Oposición. PROCEDENCIA: Art. 407. Acepción de “resolver” Interponible contra resoluciones que van más allá de la mera ordenación secuencial del proceso. Excepciones: Excluidas de recurso: Art. 393 Resoluciones apelables: Art. 409 Resoluciones resolviendo oposición: Art. 409.
2.- El Recurso de Oposición. TRAMITACION: El Plazo de Interposición: Actuación oral: Art. 408 Resolución Escrita: Art. 409. Acompañamiento copia para el resto de las partes: Sin trámite de traslado. Omisión grave. Quebranto de principios de defensa y contradicción. La Admisión a trámite: Prácticas forenses.
2.- El Recurso de Oposición. TRAMITACION: El Periodo de Práctica de Prueba: Imprevisión legal. Operatividad prueba documental. Proposición contraria a la resolución en 3 días. Admisibilidad extraordinaria. La Resolución: El plazo del Art. 409 y su redifinición práctica: dies a quo y plazo para dictar sentencia. La competencia del art. 407 (criterio de identidad funcional, frente a identidad subjetiva).
El recurso de Apelación contra resoluciones interlocutorias. Introducción. Resoluciones susceptibles de apelación Art. 410: Pº de Excepcionalidad (Pº de celeridad): Delimitación de los órganos de procedencia: Insuficiencia e imprecisión de la previsión general básica: Art. 410. La apelación de las resoluciones del juez de Ejecución Penal (art. 74 y 442 a 448). La lógica ininclusión del Juez de Primera Instancia (art. 72) Supuestos especiales de competencia objetiva por razón de la persona (art. 377 a 380) . Delimitación de resoluciones recurribles (sin indicación de motivos):
El recurso de Apelación contra resoluciones interlocutorias. TRAMITACION: El Plazo: Divergencia entre el plazo de interposición y contestación (art. 411 y 412) Su constitucionalidad y su contradicción con el artículo 12 del CPP. El escrito de sustanciación: Presentación de copias (411,412…245,2 a 251) Estructura: Motivación (indicación específica y motivada de los puntos de impugnación –art. 399). Proposición de prueba e indicación del objeto de la misma. Aportación o propuesta (411 y 413) Interpretación de la exigencia de precisión en la indicación de su objeto (indicación de razón estratégica, sin desvelar sentido indicativo). Subsanabilidad (ante el tribunal de alzada, exige nuevo traslado a la contraparte)
El recurso de Apelación contra resoluciones interlocutorias. TRAMITACION: Sobre las copias -legajo- exigidas en el artículo 412. Competencia para concretarlas. Definición de cuales han de incorporarse. Momento de concreción del contenido expediente. Tramitación ante el órgano ad quem. Inadmisión a limine Admisión e inadmisión de prueba (art. 413): Procedencia o improcedencia del recurso. Devolución de documental. Admisión del recurso y –total o parcialmente- de prueba interesada: Vista innecesaria (413). Vista necesaria a consideración del Tribunal (plazo de celebración).
El recurso de Apelación contra resoluciones interlocutorias. TRAMITACION: Su efecto suspensivo: Art. 411. Art. 245 Las resoluciones de sobreseimiento. Juicio rescisorio: Art. 415.
El recurso de Apelación contra resoluciones interlocutorias. TRAMITACION DE URGENCIA (decisión de prisión o arresto domiciliario): Sin suspensivo: Art. 245. Remisión Inmediata al Tribunal de alzada. Restricción de supuestos: Art. 414 Imposición ex lege de audiencia ante el tribunal de apelación. Independencia de proposición de prueba y necesidad de inmediación. Exigencia para articular el derecho de defensa del apelado. Practica forense de contestación previa a la audiencia o en esta
El recurso de Apelación contra las sentencias. Introducción. Reconocimiento legal del derecho. CoIDH Concreción procesal más amplia (art. 21 y 416) Legitimación: Normas Generales La apelación de las Sentencias de conformidad Acuerdo Parcial (Art. 366 a 368) Acuerdo Pleno (Art. 363 y 364)
El recurso de Apelación contra las sentencias. TRAMITACION: Plazo: 10 días desde notificación (última en doble) Sentencia in voce (desde escrita, admisible el adelanto de parte) Suspensión: Notificación, fuerza mayor Rectificación y Aclaración Cambio de postulación. (Ekbatani contra Suecia, Stcia de 26 de mayo de 1988) Escrito de interposición: Insuficiencia indicaciones genéricas (Art. 399). Defecto subsanable en plazo. Exigencia de indicación separada de los motivos (Art. 418) Sin Cuestiones nuevas –doble instancia-
El recurso de Apelación contra las sentencias. TRAMITACION: La Prueba: Exigencia de proposición en escrito de interposición. (art. 420). Limitaciones: ¿cabe repetición de pruebas practicadas en la instancia? Excepciones al pº anterior (STEDH, Ekbatani contra Suecia). ¿Prueba ha de limitarse a la que no pudo proponerse en la instancia o fue denegada? Admisibilidad en función de su pertinencia. Los motivos de la Apelación: Art. 417. Naturaleza ordinaria o extraordinaria (CoIDH Informe 55/1997).
El recurso de Apelación contra las sentencias. TRAMITACION: Operatividad de los motivos de recurso: Relevancia de los motivos al artículo 422. Insuficiencia legal. Quebrantamientos no subsanables o irresolubles en segunda instancia Obligan a repetición juicio, prueba, valoración o sentencia. Requisitos Supuestos. Non bis in idem y clausula Favor Rei del artículo 423. Quebrantamientos subsanables o resolubles en segunda instancia. Subsanación con decisión definitiva en la alzada. Requistos Supuestos
Elementos de vicio rescindente Quebranto o inobservancia de normas procesales o de inexcusable observancia. Que la trasgresión produzca afectación grave o anulación de un derecho o garantía. Que se derive una real (no formal) indefensión en el recurrente, privando o menoscabando los instrumentos para la defensa de sus derechos. Que no pueda subsanarse en segunda instancia. Que se haya interesado la subsanación en la instancia, salvo que se produjera la trasgresión en un momento en que haya resultado imposible reclamar.
El recurso de Apelación contra las sentencias. TRAMITACION: Operatividad de los motivos de recurso: Relevancia de los motivos al artículo 422. Insuficiencia legal. Quebrantamientos no subsanables o irresolubles en segunda instancia Obligan a repetición juicio, prueba, valoración o sentencia. Requisitos Supuestos. Non bis in idem y clausula Favor Rei del artículo 423. Quebrantamientos subsanables o resolubles en segunda instancia. Subsanación con decisión definitiva en la alzada. Requistos Supuestos
Elementos de vicio rescisorio Infracción de preceptos constitucionales o legales que deberán ser identificados por el recurrente. Real y efectiva indefensión del recurrente. Pedir la subsanación de la infracción en la instancia, salvo que quebranto se produjera en un momento procesal tras el que resulte imposible. Que la irregularidad sea resoluble por el propio órgano ad quem.
El Recurso de Casación. Resoluciones Recurribles (art. 425). Sentencias dictadas por Corte de Apelación (previa apelación 416, 71, 72 y 75). Decisiones interlocutorias que pongan fin al procedimiento: Denegación de apertura de juicio oral (art. 304) Decisión judicial confirmando archivo de actuaciones ordenado por el fiscal (281 y 282). Declaración de extinción de la acción penal por transcurso tiempo máximo (149 y ss). No prevista apelación (art. 410 en relación a 148 a 154). Actuación del 151 y reinterpretación práctica Decisión judicial de suspensión condicional del procedimiento Terminación condicionada: insatisfacción de la exigencia de poner fin al proceso. Resoluciones denegatorias de extinción o suspensión de la pena (442 y concordantes) Impropia inexigencia legal de previa apelación (art. 425). Inadecuada limitación a resoluciones denegatorias.
El Recurso de Revisión. Naturaleza y Justificación. Motivos Legitimación. Competencia. Tramitación: Prueba de oficio. Efecto suspensivo modificable. Juicio rescindente y Juicio rescisorio.
Motivos del recurso de revisión Evidencias de la irrealidad del delito atribuido (Art. 428.1 y 428.4). Justificación de no participación del condenado (Art. 428.2). Acreditación de un quebranto grave y definitivo del proceso debido (Art. 428.3 y 428.5). Modificación de la respuesta penal que los hechos merecen (Art. 428.6 y 428.7).