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Reglamento del área de extensión y proyección social


Partes: 1, 2

    TITULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    ART. 01.- El Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía es Órgano de línea dependiente del Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad de Ciencias Agrarias Universidad Nacional de Huancavelica, la actividad de Proyección social es función básica de la Universidad a través de la cual se transfiere tecnología se extienden conocimientos, se fomenta la creación, práctica, difusión cultural y artística, así también la formación y el fortalecimiento de los principios axiológicos, como resultado de las actividades académicas y de investigación. Se dirige a quienes no son integrantes de la comunidad universitaria, con el fin de orientar el desarrollo de la sociedad y mejorar su nivel y calidad de vida, dentro del ámbito de influencia de la UNH.

    ART. 02.- Las actividades de Extensión y Proyección Social de la Unidad del Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía están sustentadas por: La Constitución Política del Perú.

    Ley Universitaria No 23733 (Artículos 1º, 2° y 68°) Estatuto de la U.N.H., TITULO X; Artículos. 219° al 228°

    Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Universitaria de Extensión y Proyección Social UNH.

    Reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de Ciencias Agrarias.

    ART. 03.- La actividad de Extensión y Proyección social, constituye requisito para optar el grado académico de Bachiller para los egresados de la EAP Agronomía de la FCA – de la U.N.H.

    ART. 04.- La labor de proyección social es inherente a la docencia universitaria, tanto para docentes nombrados o contratados, a dedicación exclusiva o tiempo completo. Los de tiempo parcial no están obligados a labores de proyección social, pero su cumplimiento voluntario constituye acción meritoria.

    ART. 05.- La labor de extensión y proyección social no es obligatoria para el trabajador no docente pero su participación voluntaria y su cumplimiento, se valida como mérito para casos de evaluación y promoción.

    ART. 06.-La Proyección social puede ser realizada voluntariamente por graduados así como por profesionales que no forman parte del estamento universitario, según lo establecido en el presente reglamento.

    TITULO II

    DE LA NATURALEZA, FINES, ALCANCE Y OBJETIVOS DEL ÁREA DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

    CAPÍTULO I

    DE LA NATURALEZA

    ART. 07.-El Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía de la es un órgano operativo que depende de la EAPA – FCA-UNH, del Centro de Extensión y Proyección Social de Facultad de Ciencias Agrarias y de la- Dirección Universitaria de Extensión y Proyección Social.

    CAPITULO II

    DÉ LOS FINES ART. 08.-Son fines del Área de Extensión y Proyección Social:

    a) Orientar a desarrollar, consolidar y difundir el conocimiento científico, cultural y artístico vinculado a la actividad agraria creado en la Escuela Académico Profesional de Agronomía

    b) Establecer que cada docente disponga por lo menos cuatro horas por semana para que pueda ejecutar acciones de prestación de servicios profesionales a la población productiva agrícola, unidades productivas empresariales agropecuarias y centros de producción agrícola, a través del Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela.

    CAPÍTULO III DEL ALCANCE

    ART. 09.- El Área de Extensión y Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH desarrolla acciones, dentro del espacio territorial de la provincia de Acobamba y zona de influencia jurisdiccional de la Universidad, logrando su integración hacia la población urbana, rural y universitaria.

    CAPÍTULO IV

    DE LOS OBJETIVOS

    ART. 10.- La función del Área de Extensión y Proyección Social de la EAPAG-FCA-UNH., tiene los siguientes objetivos:

    a) Promover y contribuir al desarrollo socioeconómico de su entorno a través de propuestas tecnológicas adecuadas y sustentables para el aprovechamiento racional de los recursos de las comunidades ofertando servicios profesionales y educativos eficientes y competitivos.

    b) Difundir y promover el desarrollo de la cultura agraria regional y nacional, mediante la coordinación de actividades académicas, culturales y artísticas con el propósito de fortalecer la identidad regional y nacional.

    c) Proyectar la imagen y remozar el concepto público de la EAPA – FCA – UNH., sustentada en sus logros y su acción transformadora, así como el reconocimiento de la universidad como rectora de la cultura, ciencia y tecnología en la región y el país.

    d) Coordinar, gestionar y aprobar la resolución de los proyectos de Extensión y Proyección Social de la Escuela de Agronomía.

    e) Programar eventos y cursos de Proyección Social sobre las diferentes disciplinas de la formación académica y científica de la escuela de Agronomía.

    f) Concertar y establecer convenios con las instituciones culturales, sociales, económicas y de salud gubernamentales y/o privadas, con fines de cooperación.

    g) Participar en programas de proyección social, organizadas por el Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad de Ciencias Agrarias, a través de la cooperación interdisciplinaria de los docentes y de los medios de desarrollo.

    h) Crear y gestionar estímulos de reconocimiento institucional entre los, docentes y estudiantes de Agronomía; que participen en acciones de proyección social.

    ART. 11.- Los objetivos de la función del Área de Extensión y Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH, se cumplen a través de Proyectos integrales orientados a una de las cuatro áreas de actividades, que a continuación se detallan y que pueden ser libremente elegidas por los docentes y estudiantes de la EAP Agronomía:

    a) Transferencia Tecnológica. b) Extensión universitaria.

    c) Imagen Institucional.

    d) Desarrollo Cultural y Artístico con énfasis a la cultura agraria andina.

    ART. 12.- La Extensión y Proyección Social debe estar referido al cumplimiento de acciones prioritariamente a nivel de comunidades y/o unidades productivas empresariales circundantes al ámbito territorial de la Facultad de Ciencias Agrarias, a fin de cumplirse con lo que se estila en el

    Estatuto UNH., Ley Universitaria y Plan de Desarrollo Estratégico de la Facultad de Ciencias Agrarias, comprende la organización de eventos científicos culturales, cursos de capacitación y actualización, técnicos de difusión y otros con fines agrarios no lucrativos.

    ART. 13.- La transferencia Tecnológica consiste en proponer, asesorar o ejecutar tecnologías adecuadas, así como prestación de servicios profesionales; en los que se transfieren conocimientos generados y validados por la investigación o actividad académica de docentes y estudiantes, orientados al aprovechamiento de recursos potenciales o solución de problemas críticos que impacten en el desarrollo socio económico de las organizaciones de productores agrícolas.

    ART. 14.- El Desarrollo Cultural y Artístico, considera acciones de recopilación, revaloración y difusión de los valores y expresiones culturales andinos, locales, regionales y nacionales referidos a las labores agrarias, así como la creación de nuevas formas de expresión cultural de estas actividades. Comprende el teatro, las danzas, el canto, las artes plásticas, la música, el mimo, etc.

    ART. 15.-La imagen institucional comprende acciones de desarrollo y cultura organizacional armonioso, tendiente a mostrar una imagen positiva de la EAPA – FCA UNH., a través de una comunicación integrada, la difusión de los logros en todas las áreas del conocimiento y la exposición externa de los resultados del trabajo tecnológico y científico de la comunidad universitaria agraria. El área incluye proyectos de comunicación interna, programas de identidad, participación en ferias universitarias, programas radiales, publicaciones de calidad, participación relevante en competencias científicas y artísticas de nivel regional, nacional e internacional representando a la Universidad.

    ART.- 16.- No se permitirá los proyectos de fortalecimiento institucional y/o implementación interna, debido a la naturaleza de la función, entendiendo que esta debe estar orientada al beneficio de la comunidad no universitaria. Salvo casos sustentados técnicamente cuyos objetivos y metas de proyección futura beneficien a la comunidad, para lo cual debe contar con el aval del Centro de Extensión y Proyección Social de la F.C.A.

    TÍTULO III CAPÍTULO 1

    DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

    ART. 17.- La organización del Área de Extensión y Proyección Social, esta conformada por:

    a) El Jefe del Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela de Agronomía.

    b) El Jefe del Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela de Agronomía es nominado por el Director de la EAPA – FCA-UNH.

    TITULO IV

    DE LAS FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL AREA DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

    CAPITULO I

    DE LAS FUNCIONES GENERALES DEL AREA DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA EAPA – FCA-UNH

    ART. 18.- El Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela de Agronomía es órgano de línea de la Escuela y esta a cargo de un Jefe, el que preside el Área de Extensión y Proyección Social de la EAPA – FCA-UNH, quien será un docente ordinario designado por el Director de la Escuela de Agronomía.

    ART. 19.- Son funciones, facultades y atribuciones del Área Extensión y Proyección Social de la escuela de Agronomía:

    a) Divulgar conocimientos, científicos y tecnológicos y culturales destinados al acrecentamiento de los saberes y realidad de nuestra sociedad.

    b) Supervisar y monitorear las labores de Extensión y Proyección social desarrollado libremente por los alumnos y docentes de las EAP., Agronomía.

    c) Buscar Alianzas con el sector productivo, agrícola, pecuario y agroindustrial para vincular transferencia de tecnología adaptativa en la solución de los problemas productivos, transformación y agro negocios más prioritarios de los productores generando tecnologías innovadoras.

    d) Promover la elaboración de Perfiles, Proyectos y Propuestas técnicas acorde a la política de promoción agropecuaria actual propuesto por organismos públicos del MINAG., y organizaciones privadas.

    e) Organizar actividades que revaloren nuestra cultura agrícola e idiosincrasia andina promoviendo la formación artística y recreativa al servicio de la comunidad.

    f) Elaborar y elevar a través de la Dirección de la Escuela al Consejo de Facultad para su aprobación, el Reglamento Interno del Área de Extensión y Proyección Social.

    g) Elaborar el Plan Operativo Anual del Área de Extensión y Proyección Social de la EAPA., elevando a la Dirección para su aprobación en Concejo de Facultad.

    h) Hacer cumplir los Reglamentos y los acuerdos que emanan de la Dirección Universitaria de Extensión y Proyección Social de la UNH.

    i) Revisar e inscribir los Proyectos presentados por docentes y estudiantes, aprobarlos y emitir tres ejemplares al Centro de Extensión y Proyección Social de la FCA – UNH.

    j) Analizar las solicitudes de las instituciones para servicios unidisciplinarios, formar grupos para su atención, coordinando la designación del Asesor.

    k) Recibir los informes parciales y finales de los ejecutores, analizarlos y aprobarlos remitiendo tres ejemplares del informe final al Centro de Extensión y Proyección Social de la FCA – UNH.

    l) Controlar, supervisar y evaluar la labor de Proyección Social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía.

    m) Tener actualizada la estadística de proyectos elaborados, ejecutados y culminados en la Escuela Académico profesional de Agronomía.

    n) Informar anualmente del trabajo cumplido al Director de la Escuela de Agronomía con copia al Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias y Centro de Extensión y Proyección Social de la FCA-UNH.

    o) Sancionar en primera instancia a los docentes y estudiantes, de los grupos monovalentes y polivalentes que falten a las normas establecidas.

    p) Informar a los profesores asesores y estudiantes sobre el Reglamento Interno del Área de Extensión y Proyección Social de la Facultad.

    q) Registrar el control contable registrado en los libros de caja de las actividades realizadas por los grupos de Proyección Social Monovalentes o polivalente de la Escuela De Agronomía.

    r) Decidir sobre casos no contemplados en el presente reglamento.

    CAPÍTULO II

    DE LAS FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL JEFE DEL AREA DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL DE LA EAPA

    ART. 20.- Son funciones del Jefe del Área de Extensión y Proyección Social de la Facultad:

    a) Representar al Área de Extensión y Proyección de la Escuela de Agronomía.

    b) Formular y presentar el presupuesto y balance de gestión semestral y anual, ante la Dirección Decanato, Centro de extensión y Proyección Social de la Facultad de Ciencias Agrarias.

    c) Elaborar el Reglamento de Organización y Funciones del Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela.

    d) Convocar a reuniones con los docentes y grupos de monovalentes y/o polivalentes de extensión y proyección social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía.

    e) Aprobar los proyectos, que son presentados por docentes y grupos de monovalentes y/o polivalentes al Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía.

    f) Proponer la rectificación y/o reordenación de los Proyectos de Extensión y Proyección Social de acuerdo a fundamentos establecidos.

    g) Supervisar, monitorear y dar seguimiento a los trabajos y/o capacitación de Extensión y Proyección Social en coordinación con los Jefes del Áreas de la Escuela Académico Profesional de Agronomía de la Facultad, desde su aprobación hasta su culminación para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas trazadas en el proyecto.

    h) Registrar los proyectos aprobados en un libro que deberá ser formalizado con este fin.

    i) Formar cuadros; técnico profesionales en Agronomía como medio para difundir nuevos conocimientos en la comunidad.

    j) Propiciar y fomentar el espíritu de cooperación, entre los docentes, estudiantes durante el proceso.

    k) Fomentar la selección práctica y difusión de las principales expresiones culturales: danza música y teatro referido a la expresión agraria de la región, en escenarios públicos, boletines, publicación de textos, revistas e impresos, TV., radio diarios y otros.

    l) Promover la imagen institucional; en coordinación con la Dirección de la Escuela, Decanato de la Facultad y Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad

    m) Autorizar el cambio de proyectos, así como la rectificación del nombre de los proyectos, como también la exclusión y/o incorporación de nuevos miembros si el caso lo amerita.

    n) Adoptar medidas en caso de que fuese necesario, para mejorar el desarrollo de la Jefatura del Área de Extensión y Proyección Social de la facultad.

    o) Elaborar y/o actualizar periódicamente el Reglamento de Extensión y Proyección Social de la Escuela, elevar a la Dirección de Escuela para su aprobación y tramite correspondiente.

    CAPÍTULO III

    DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 21.- La evaluación de los Proyectos de Extensión y Proyección Social se efectúa en primera instancia por el Jefe de Área de la respectiva Escuela Académico quien eleva los proyectos monovalentes y/o polivalentes al Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad para su aprobación.

    CAPÍTULO IV

    DE LOS EJECUTORES DE PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 22.-Son ejecutores de los trabajos de Extensión y Proyección Social los Docentes, estudiantes, personal administrativo voluntario y los egresados que no hayan cumplido oportunamente, cada uno en su competencia.

    ART. 23.- Elaborar el proyecto de Extensión y Proyección social el mismo que debe referirse básicamente a la problemática productiva (no actividades paternalistas) como: incremento de índices productivos agrícolas, pecuarios, agroindustriales , transformación de productos alimenticios, fortalecimiento de las organizaciones de productores (administración, dirección, gestión comercial y análisis económico financiero), que permita difundir tecnología validada en concordancia al Plan de Desarrollo estratégico de la Provincia de Acobamba al 2,020, el proyecto debe incluir su reglamento interno para solicitar su inscripción, cumplir con responsabilidad y eficiencia los trabajos a los que se comprometieron, presentar los informes parciales y finales de acuerdo al cronograma establecido cuyo incumplimiento puede ser sancionado con la nulidad del proyecto.

    ART. 24.- La labor de Extensión y Proyección Social de los estudiantes se cumple a través de grupos organizados sea de la misma disciplina profesional o multidisciplinarios, de acuerdo a los objetivos del trabajo. Cada grupo tiene asesores docentes cuyas profesiones guardan relación con el tipo de trabajo a realizarse.

    ART. 25.-Son funciones de los asesores: participar activamente en la elaboración del plan de trabajo, supervisión y cumplimiento de las actividades programadas en el proyecto. Así mismo asesorar en los cambios de decisiones del grupo y los beneficiarios sin cambiar los objetivos y metas del trabajo en la elaboración del informe final. Informar al Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela, Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad y/o a la DUEPS – UNH., oportunamente de la suspensión o abandono de la ejecución y/o cambio del objetivo y metas del proyecto.

    ART. 26.-Los grupos monovalentes de estudiantes estarán de acuerdo a la modalidad del desarrollo del trabajo de Extensión y Proyección Social, pudiendo ser hasta 10 alumnos asesorado por uno o dos profesores de la misma facultad y/o Escuela Académico Profesional. Los grupos polivalentes estarán conformados por 10 a 20 alumnos y asesorados por uno o dos docentes de diferentes escuelas.

    ART. 27.- Los estudiantes estarán obligados a realizar trabajo de Extensión y Proyección Social a partir del V semestre académico que no cuenten con más de una asignatura desaprobada y acreditada por el Centro de Asuntos Académicos de la Facultad de Ciencias Agrarias, excepto en la modalidad de Extensión Cultural, pueden iniciar desde el I semestre académico pero bajo el fundamento del inciso k.- art.-20 del presente reglamento.

    ART. 28.-Los grupos de Extensión y Proyección Social se organizan con una Directiva mínima de dos cargos: un presidente y un secretario de actas. El control de asistencia y actividades realizadas constan en el Libro de Actas.

    ART. 29.- La Extensión y Proyección Social de los Docentes pueden ser individual o grupal monovalente o polivalente de acuerdo a los objetivos y a las nietas trazadas e el proyecto. Los docentes consideran un número de cuatro horas del total de su carga horaria académica para trabajos de proyección social.

    ART. 30.- El personal administrativo realiza Extensión y Proyección Social, como trabajo voluntario, sin comprometer el horario normal de trabajo diario que está obligado a cumplir.

    CAPITULO V

    DEL CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS

    ART. 31.- Las actividades de Extensión y Proyección Social, que realizan los estudiantes tendrá una duración mínima de dos semestres académicos. Los proyectos serán presentados preferentemente a inicios del año académico lectivo; el cronograma respectivo es fijado por la Jefatura del Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela Académico Profesional de Agronomía.

    ART. 32.- La inscripción de los proyectos presentados por grupos Monovalentes o Polivalentes se realiza en la Facultad de Ciencias Agrarias, en original y tres copias, respetando el cronograma establecido. La Unidad del Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad procede a la inscripción oficial, siempre en cuando cumpla con lo estipulado en el presente reglamento, caso contrario se deriva para su corrección y posterior reingreso contando con siete días hábiles para su rectificación.

    CAPÍTULO VI

    DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 33.- La admisión de los proyectos de Extensión y Proyección Social, son presentadas por docentes y estudiantes cada uno en su competencia; el personal administrativo voluntario y los egresados que no hayan cumplido oportunamente con su labor.

    ART. 34.- Los proyectos aprobados serán registrados en un libro debidamente autenticado y debidamente formalizado de acuerdo a ley.

    CAPÍTULO VII

    DEL NUMERO DE ASESORES E INTEGRANTES DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 35.- Un Proyecto de Extensión y Proyección Social tendrá como máximo un asesor y un co asesor, para los grupos monovalentes y para los polivalentes un asesor y un co asesor por cada Escuela siendo el cargo de asesor bajo la responsabilidad de un docente ordinario.

    ART.36.- El número de integrantes del grupo monovalente es de hasta 10, formados en función de la naturaleza del proyecto. El grupo polivalente está conformado por integrantes de dos o más Facultades preferentemente en un máximo de 20 integrantes-

    CAPITULO VIII

    DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS. FALTAS Y SANCIONES DE LOS EJECUTORES

    DE LOS DERECHOS Y ATRIBUCIONES

    ART.37.- Son derechos y atribuciones de los integrantes del grupo de Proyección Social:

    a) Recabar información académica, técnica, administrativa y profesional referente al trabajo voluntariamente escogido.

    b) Participar en los procesos de fiscalización si fuera necesario.

    c) Utilizar los locales, instalaciones, material bibliográfico y equipos audiovisuales, computo y de ingeniería pertenecientes a la universidad, a fin de alcanzar los objetivos trazados.

    d) Expresar libremente sus ideas y no ser sancionados, siempre que no dañe la integridad de la comunidad universitaria, persona o institución.

    e) Recibir menciones, distinciones y condecoraciones de acuerdo al mérito logrado.

    DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

    ART. 38.- Son deberes y obligaciones de los integrantes del grupo de proyección .social:

    a) Cumplir con lo estipulado en el presente reglamento

    b) Cumplir estrictamente con el cronograma y actividades programadas en el proyecto. c) Cumplir con responsabilidad el compromiso que se asume.

    ART. 39.- Se prohíbe:

    DE LAS PROHIBICIONES

    a) Percibir retribución económica y material de terceros por realizar; trabajos de extensión y proyección social.

    b) Realizar actividades políticas, partidaristas durante el cumplimiento de las labores de extensión y proyección social.

    c) Suspender el proyecto en forma intempestiva.

    DE LOS ESTÍMULOS

    ART. 40.- Dependiendo de su evaluación, son estímulos a la labor de proyección social:

    a. Felicitación escrita.

    b. Diploma de mérito.

    c. Resolución de felicitación.

    DE LAS FALTAS Y SANCIONES ART. 41– Se considerarán como faltas:

    a) El incumplimiento de las normas establecidas en el presente reglamento.

    b) El estudiante que abandone sin comunicar su retiro a la junta directiva de su grupo será, suspendido de integrar, otro grupo de proyección social por el término de un año.

    c) Negligencia en el desempeño de sus funciones. d) Impedir el normal desarrollo del proyecto.

    e) Utilizar o disponer de los bienes de la Universidad en beneficio personal o de terceros.

    f) Paralizar sin justificación los proyectos en ejecución.

    g) Conducta inmoral gravemente reprensible, que afecta la dignidad de la Universidad y la Facultad, debidamente probado.

    h) Actos de indisciplina que atenta contra los principios, fines y desarrollo de las labores académicas y labores de proyección social.

    i) Concurrir a las labores de proyección social en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o estupefacientes.

    j) Apoderarse, destruir o causar graves daños a los bienes de la Escuela, Facultad, la Universidad y/o de la institución donde realizan su labor de extensión y proyección social.

    k) Agredir verbal o físicamente a un compañero, docente, jefe de práctica, personal administrativo de la Escuela, Facultad y/o Universidad.

    l) Desarrollar actos de coacción o violencia que alteren el desarrollo de las labores de extensión y Proyección Social.

    ART. 42.- Las sanciones por faltas son:

    a).-Amonestación verbal.

    b).-Suspensión de la ejecución del proyecto

    C.-Retiro temporal o definitivo del proyecto.

    TITULO V

    DE LOS BENEFICIARIOS DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 43.- Son beneficiarios de las labores de Extensión y Proyección Social de la Universidad Nacional de Huancavelica, los siguientes:

    a. Las organizaciones de productores agropecuarios urbanas y rurales de la comunidad, clubes de madres, unidades vecinales, comité de productores, caseríos, unidades productivas empresariales, organización de usuarios de riego, etc.

    b. Instituciones de gestión estatal: centros educativos, centros de rehabilitación que cumplen labores productivas agropecuarias de producción y / o transformación.

    c. Instituciones de carácter social: asilo de ancianos, aldeas infantiles, comedores parroquiales, con énfasis a la producción agraria.

    ART. 44.- Para ser considerado beneficiario es necesario remitir una solicitud dirigida a la Dirección de la Escuela de Agronomía, Centro de Extensión y Proyección Social de la Facultad y/o Área de Extensión y Proyección Social de la Escuela, cuando se trate de un requerimiento que puede ser atendida por una sola especialidad.

    ART. 45.-La solicitud debe especificar las actividades que se requiere realizar debidamente fundamentadas, en los primeros 15 días de iniciado el semestre académico. Serán aceptadas, solicitudes de donaciones o implementaciones en casos estrictamente necesarios y que cuenten con un sólido fundamento.

    ART. 46.-El solicitante y el Área de Extensión y Proyección Social firmaran un convenio, carta de compromiso o intención, delimitando las obligaciones y atribuciones de ambos organismos.

    TÍTULO VI

    DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

    CAPÍTULO I

    DE LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE PROYECCIÓN SOCIAL

    ART. 47.- El proyecto, de acuerdo a lo dispuesto por la DUEPS – UNH; comprenderá las siguientes partes como mínimo:

    PARTE A: CARÁTULA

    Ø Membrete de la Universidad (Logotipo).

    Ø Membrete de la Facultad si es monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o multidisciplinario.

    Ø La palabra proyecto.

    Ø Titulo del proyecto (debe reflejar el contenido de tema o tarea que se va a ).

    Ø Lugar de ejecución.

    Ø Asesores (solo docentes), apellidos y nombres, categoría, dedicación, Facultad solo polivalentes.

    Ø Ejecutores (en caso de equipo exclusivo de docentes) Categoría, Dedicación, Facultad (para polivalentes). No se consideran asesores.

    Ø Ejecutores (estudiantes), apellidos y nombres, Código, semestre, Facultad solo polivalentes.

    Ø Modalidad: (Monovalente o Polivalente)

    Ø Fecha de inicio y conclusión.

    Ø Fecha de presentación.

    Ø Nombre y firma del Jefe del Área de la Escuela.

    PARTE B: CONTENIDO

    I. TITULO DEL PROYECTO (Debe expresar el propósito del proyecto, coherente con el objetivo general.)

    II. INFORMACIÓN GENERAL.

    2.1.- Facultad

    2.2.- Escuela Académico Profesional que genero el proyecto.

    2.3.- Beneficiarios (deben precisar además a las autoridades con quien se concerta ).

    2.4.- Ejecutores:

    2.4.1.- Asesor y co asesor (señalando condición, categoría y dedicación)

    2.4.2.- Estudiantes (con indicación del semestre y especialidad a la que corresponden). Debe también señalarse la Facultad de origen.

    2.4.3.- Junta directiva

    2.4.4. Localización (Describir la ubicación geográfica del proyecto, señalando detalles como las coordenadas geográficas y/o UTM, cuencas y sub cuencas involucradas, características geofísicas, diferentes usos de la tierra y otros recursos naturales, etc.)

    2.4.5. Departamento

    2.4.6. Provincia

    2.4.7. Distrito

    2.4.8. Lugar

    2.5.- Duración del proyecto.

    2.5.1.-Fecha de inicio (Inicia desde la presentación del proyecto de acuerdo al cronograma)

    2.5.2.-Fecha de culminación (termina con la entrega y evaluación del informe final de acuerdo al cronograma)

    III. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

    3.1.-Breve descripción de la entidad demandante (es toda aquella modalidad de organización de productores que demandan Servicios de Extensión y Proyección Social y, que también se denominarán Clientes de los Servicios. Así, pueden ser entidad demandante de servicios: grupos de productores, asociaciones de productores, empresas de productores, comunidades campesinas, comunidades nativas, gremios de productores (por rubro, por región, por localidad), cooperativas de producción, cooperativas de servicios, juntas de usuarios de riego (incluyendo sus distritos y comités), grupos solidarios, y otras modalidades de organizaciones de productores que puedan surgir.)

    3.2.- Descripción del problema y / o necesidad que originó el proyecto (Esta definición del Problema Central debe ser complementada con la delimitación de:

    Ø Ámbito geográfico.- Determinación de la zona geográfica afectada por el Problema Central. Es importante diferenciar entre el área afectada por el problema y el área atendida por el proyecto, las cuales pueden coincidir o no.

    Ø Población afectada.- Determinación y estimación de la población que se ve afectada por el Problema Central.

    3.3.- Justificación del Proyecto (Describir a manera de resumen el proyecto en términos de los servicios de extensión a proveer, así como la importancia de éstos para responder a la problemática que se pretende solucionar (sustentada en el análisis de los aspectos críticos de la producción, transformación y/o comercialización de los productos agropecuarios.

    Precisar los indicadores y metas que darán cuenta del impacto del proyecto respecto al logro de su objetivo.

    3.4.- Objetivos (Generales y específicos)

    3.5.-Metas

    3.6.-Sustento teórico del proyecto (En el caso de desarrollo Artístico y Cultural, el marco teórico se basa en la investigación sobre la danza o expresión desarrollada por el grupo.)

    3.7.-Metodología Detallar el Plan de Servicios de Extensión, precisando las actividades que se realizarán (cursos, visitas guiadas, pasantías, demostraciones, prácticas de campo, campañas de sensibilización, difusión, participación en ferias , etc.), su secuencia y temporalidad, así como los procedimientos e instrumentos a implementar como marco de la ejecución de estas actividades. Justificar la pertinencia de la metodología diseñada en relación a las características particulares de los productores clientes. Sustentar que la metodología contribuirá con la adopción y uso de las tecnologías, conocimientos e información que se transfieren. Precisar los indicadores identificados para el análisis de la efectividad de la metodología. Sustentar la conveniencia de la metodología para contribuir efectivamente a solucionar/manejar los aspectos críticos de la producción y/o comercialización del bien a mejorar identificados, fortaleciendo a su vez las capacidades de los productores para una mejor gestión de sus agro negocios rurales. (Pueden ser estrategias procedimientos y / o actividades)

    3.8.-Cronograma de actividades (distribuidos para dos informes parciales de acuerdo al cronograma establecido para el año académico (diagrama gannt).

    3.9.-Presupuesto.- (debe considerar los materiales de escritorio, viáticos, servicios, gastos operativos, de inversión, etc.)

    3.10.-Financiamiento.- (Indicar forma de cofinanciamiento)

    FUENTE

    PORCENTAJE

    MONTO TOTAL

    UNH

    BENEFICIARIOS

    EJECUTORES

    COLABORADORES

    TOTAL PRESUPUESTO

    3.11.-Bibliografía.-( Si existe el sustento teórico)

    3.12.-Firma de los ejecutores y Asesores.-(con los mismos datos de la carátula)

    3.13.-Anexos.-Reglamento interno del grupo (Indicar nombre del grupo, organización o junta directiva, reuniones, horario, forma de trabajo, sanciones si lo consideran necesario, etc. en forma clara y concisa); croquis y datos de ubicación del lugar de ejecución del proyecto interno del grupo)

    ART. 48.- Los informes parciales deben cumplir con la siguiente estructura

    ESTRUCTURA DEL INFORME PARCIAL (I y II) CARÁTULA

    Ø Membrete de la Universidad (Logotipo).

    Ø Membrete de la Facultad si es monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o multidisciplinario.

    Ø La palabra proyecto.

    Ø Titulo del proyecto (debe reflejar el contenido de tema o tarea que se va a realizar ).

    Ø Lugar de ejecución.

    Ø Asesor y co-asesor (solo docentes), apellidos y nombres, categoría, dedicación, Facultad (solo polivalentes.)

    Ø Ejecutores (en caso de equipo exclusivo de docentes) Categoría, Dedicación, Facultad (para polivalentes). No se consideran asesores.

    Ø Ejecutores (estudiantes), apellidos y nombres, Código, semestre, Facultad solo polivalentes.

    Ø Modalidad: (Monovalente o Polivalente)

    Ø Fecha de inicio y conclusión.

    Ø Fecha de presentación.

    Ø Nombre y firma del Jefe del Área de la Escuela.

    TEXTO DEL INFORME PARCIAL 1 y 2

    1.-REUNIONES DE TRABAJO (Especificar las fechas de reuniones de trabajo conjunto estudiantes y asesores, de conformidad al libro de actas.)

    2.-OBJETIVOS LOGRADOS.

    2.1.-……………………..

    2.2.-………………………

    3.-METAS LOGRADAS

    3.1.-……………………..

    3.2.-………………………

    4.-CUMPLIMIENTO DEL CRONOGRAMA (Especificar las actividades desarrolladas)

    5.-AVANCE PORCENTUAL (%) (Especificar el avance acumulado a la fecha).

    6.-METODOLOGÍA QUE SE VIENE APLICANDO.

    7.-INFORME ECONÓMICO (Enunciar los ingresos y egresos a la fecha, aportes, donaciones, cofinanciamiento, etc.).

    8.-INFORME DE ABANDONO, RENUNCIAS E INCORPORACIONES

    Enunciar los nombres y apellidos completos de aquellos integrantes que han sido expulsados por faltas o han hecho abandono (adjuntando copia legalizada del acta de aprobación, firmadas por los miembros del grupo de proyección social), en caso de renuncias (adjuntar copia de carta notarial), o si han sido incorporados previa aceptación del Director del Centro EPS de la Facultad (adjuntar acta de aceptación con la firma del Asesor, ejecutores y Director del Centro de EPS de la Facultad). Estos datos deben ser considerados en el Primer informe, si no se cumple se considera improcedente por ser extemporáneo.

    9.-FIRMA DE LOS EJECUTORES

    Apellidos y Nombres, Código de Matricula, Semestre, Facultad (polivalente) y Firma.

    10.-ASESOR Y CO ASESOR

    Apellidos y Nombres, Categoría, Dedicación, Facultad (polivalente) y Firma.

    11.-INFORMACION ADICIONAL

    12.-ANEXOS

    13.-FECHA

    14.-FIRMAS

    Asesor, Co Asesor, Presidente del Grupo, Secretario.

    ART. 49.- El informe final comprende las siguientes partes:

    PARTE A: CARÁTULA

    Ø Membrete de la Universidad (Logotipo).

    Ø Membrete de la Facultad si es monovalente y de la DUEPS-UNH si es polivalente o multidisciplinario.

    Ø La palabra proyecto.

    Ø Titulo del proyecto (debe reflejar el contenido de tema o tarea que se realizó).

    Partes: 1, 2
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