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Comparación de la Acción de Hábeas Corpus y la Acción de Amparo (página 4)


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  • A los abogados. Como actores del sistema judicial, para ejercer estas acciones y poder defender los derechos de su representado, deben tener manejo y dominio del procedimiento para ambos casos, esto así, porque en ocasiones instrumentan de manera indebida la acción, de lo que resulta que sean declaradas inadmisibles por no cumplir con los preceptos que establece la ley. De igual manera, que aquellos casos que no procedan los mismos, no ejercerlas, porque con ello lo que hacen es que crear descontento en sus representados, ante el apoderamiento de un caso que el Tribunal declare inadmisible.

  • A los estudiantes de la carrera de derecho. El estudio y análisis de las acciones de Habeas Corpus y de Amparo, como figuras jurídicas constitucionales las cuales son ejercidas diariamente en los tribunales no solo penales, sino también en otras jurisdicciones, por todo ciudadano que busca que se le proteja un derecho, resulta de interés para todo estudiante de la carrera de derecho, lo que les exhortamos para futuras investigaciones profundizar en el estudio de aspectos vinculados a las mismas por la importancia que revisten en el ordenamiento jurídico nacional.

Bibliografía

CODIGOS Y LEYES:

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  • República Dominicana. Congreso Nacional. (2004). Código Penal de la República Dominicana Moca, Provincia Espaillat: Dalís.

  • República Dominicana, Congreso Nacional, Ley No. 136-03 Codigo Del Menor.

  • República Dominicana. Congreso Nacional. (2004) Ley No. 278-04, sobre la Implementación del Proceso Penal Instituido por la Ley 76-02. Moca, Provincia Espaillat: Dalis

  • República Dominicana. Congreso Nacional. (2006). Ley No. 437-2006, sobre el Recurso de Amparo.

  • República Dominicana, Congreso Nacional Ley No.78-03 sobre el Estatuto del Ministerio Público.

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JURISPRUDENCIA:

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Folletos:

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Diccionarios:

  • Capitan T, H. (1930). Vocabulario Jurídico. Buenosaires, República de Argentina: De Palma.

DEDICATORIA

A Dios Todo poderoso: que me indica el camino a seguir ayudándome a superar con fortaleza las crisis por la que atravesaba en ese momento, señalándome que algo positivo vendría de ella. Por darme sabiduría para llegar a concluir esta parte de mi profesión.

A mis padres: Sara Silverio y Andrés Castillo. A ellos dedico este trabajo, ya que son las personas más importante, en mi vida, a ellos les debo todo lo que soy, desde pequeño me enseñaron el camino del estudio como un medio de superarme como persona, me apoyaron en todo lo necesario para la realización de mi carrera, no sólo en lo económico, sino también con aquellos valores positivos que me inculcaron, por lo cual hoy me siento orgulloso de tener unos padres tan maravillosos.

A mis hijos Keiry Claudette y Jordanys Andrews: Este logro es para ustedes, que son mi mayor orgullo y motivación.

Yunior Andrés.

AGRADECIMIENTOS

A Dios Todopoderoso: Te doy gracias por ser mi primer maestro. Por siempre estar conmigo en mis momentos difíciles, porque todas las metas que me he trazado ya las he logrado, gracias a ti, que siempre me apoyaste, que escuchaste mis oraciones y hoy hiciste realidad mi sueño de ser profesional.

A la Universidad de la Tercera Edad (UTE): Por su visión de dar la oportunidad a personas de realizar sus sueños, sobre todo por darme la oportunidad de ingresar en sus aulas para nutrirme de sus enseñanzas.

A la Lic. Jhamni Margarita Paula Cordero, por sus diversas orientaciones sobre el ámbito del derecho de la legislación inmobiliaria y su incidencia en los casos sobre Lítis sobre terrenos, tratados por ella.

Al Licda. Daysi de la Rosa Popa, Registradora de Titulo del municipio de Santiago, por su orientación y disponibilidad para proporcionarnos los datos estadísticos.

A mis maestros: Líqui Pascual y Néstor Julio Ventura, quienes junto a Filiberto Arias, Percio Medina, Cristino Peña y los demás facilitadores que hicieron posible, con su enseñanza magistrales, que llegaramos a la meta.

Yunior Andrés.

 

 

Autor:

Ing. +Licdo. Yunior Andrés Castillo S.

edu.red

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

[1] República Dominicana. Congreso Nacional. (2010) Constitución De La República Dominicana. Moca, Provincia Espaillat: Dalís. República Dominicana. Congreso Nacional. (2004). Código Procesal Penal de la República Dominicana Moca, Provincia Espaillat: Dalís.

[2] Código Procesal Penal de la República Dominicana, art. 1

[3] República Dominicana. Congreso Nacional. (2010) Constitución De La República Dominicana. Moca, Provincia Espaillat: Dalís. República Dominicana. Congreso Nacional. (2004). Código Procesal Penal de la República Dominicana Moca, Provincia Espaillat: Dalís

[4] Art. 3, Declaración Universal de los Derechos Humanos

[5] Constitución Dominicana, art. 40, numeral 9

[6] Código Procesal Penal, art. 381

[7] Lic. Juan B. de la Rosa en su obra, "El Recurso de Amparo, Estudio comparativo y su aplicación en la Rep. Dom." (Primera Edición, 2001), pág. 53

[8] Ley 437-06 sobre Recurso de Amparo, art. 2, Noviembre 2006, Gaceta Oficial no. 10396, Santo Domingo República Dominicana.

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