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Poderes públicos

Enviado por Zulay Camacho


Partes: 1, 2, 3

    1. Poderes Públicos en Venezuela
    2. Poder Ejecutivo
    3. Poder Legislativo
    4. Poder Judicial
    5. Poder Ciudadano
    6. Poder Electoral
    7. Conclusiones
    8. Anexos
    9. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Con la vigencia de la nueva Constitución Nacional de 1999, el Poder Público se transformó del tradicional esquema de tres poderes, heredado de las ideas de Charles Montesquieu (1689-1755) y Juan Jacobo Rousseau (1712-1778), a una estructura de cinco poderes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

    La Asamblea Nacional Constituyente decretó un Régimen de Transición del Poder Público , para realizar los cambios pertinentes de la pasada Constitución Nacional a la aprobada en referendo del 15 de diciembre de 1999. De esta manera, nombró una Comisión Legislativa Nacional, integrada por 21 personas, que se encargarían de las funciones de la Asamblea Nacional, hasta tanto se fuese elegido el nuevo cuerpo legislativo. Asimismo, designó a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, el Fiscal General de la República, el Contralor General de la República y el Defensor del Pueblo.

    En el caso del Poder Ejecutivo, la nueva Constitución de 1999 introduce la novedad del Vicepresidente Ejecutivo. El Presidente de la República continúa ejerciendo la jefatura del Estado y del Ejecutivo Nacional. El Vicepresidente Ejecutivo es colaborador inmediato del Jefe de Estado y de Gobierno y es designado y removido por éste.

    Con la nueva Constitución el período presidencial aumentó de 5 años a 6 años, además de la posibilidad de la reelección inmediata y por una sola vez para un nuevo período.

    El poder Legislativo es ejercido por la Asamblea Nacional, anteriormente llamado Congreso Nacional, conformado por diputados elegidos en cada entidad federal, según una base poblacional de 1,1% de la población total del país. Además, cada entidad podrá elegir a tres diputados, así como los pueblos indígenas tendrán derecho a elegir a tres representantes a la Asamblea Nacional.

    Esta Asamblea sólo estará conformada por una cámara, a diferencia del pasado Congreso Nacional que estaba compuesta por dos: La Cámara Baja o de Diputados y la Cámara Alta, Senado o de senadores.

    El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública y los órganos de investigación penal.

    El Poder Judicial es independiente y el Tribunal Supremo de Justicia gozará de autonomía funcional, financiera y administrativa. El sistema de justicia tendrá asignada una partida anual variable, no menor de 2% del presupuesto ordinario nacional.

    El Tribunal Supremo de Justicia -anteriormente llamado Corte Suprema de Justicia- se encarga de la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, la inspección y vigilancia de los tribunales y de las defensorías públicas.

    El Poder Electoral lo ejerce el Consejo Nacional Electoral (CNE) como ente rector y, como órganos subordinados al CNE: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

    En el caso del Poder Ciudadano, el cual fue creado con la nueva constitución de 199, se ejerce por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General de la República. Los órganos que ejercen el Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Estos tienen a su cargo, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

    Una vez realizada la exposición detallada de cada uno de estos poderes, se presentarán las conclusiones del trabajo.

    LOS PODERES PUBLICOS EN VENEZUELA

    Reseña Histórica

    Para realizar una breve historia de los Poderes Públicos en Venezuela es necesario determinar el nacimiento y formación de la República, surgida al concluir la época denominada colonial, aquélla en que nuestro territorio formó parte del Estado español. Consideramos que es a partir de la real cédula de Carlos III que en 1777 estableció los límites territoriales y políticos de la entidad que, desde 1528, se había conocido con el nombre de gobernación y capitanía general de Venezuela, cuando podemos hablar de Venezuela como entidad política. En todas las Constituciones que ha tenido la República a partir de 1830, se confirma la formación territorial que hemos mencionado al exponer, tal como lo hace la vigente Constitución de 1961, que «…el territorio nacional es el que correspondía a la capitanía general de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados celebrados válidamente por la República…» Con esta premisa, podría decirse que Venezuela, como entidad política dependiente del Estado español, tuvo existencia desde 1777 hasta el 19 de abril de 1810; pero, desde esta última fecha, adquiere autonomía no obstante los cambios ocurridos durante la Guerra de la Independencia hasta lograr su definitiva identidad e independencia con las batallas de Carabobo (1821) y del lago de Maracaibo (1823). Los Poderes Públicos de Venezuela muestran una marcada evolución desde 1810 hasta el presente, incluyendo el período de 1821 a 1830 cuando su territorio se integró con el del antiguo virreinato de Santa Fe, y posteriormente, con la antigua Audiencia de Quito, para formar la República de Colombia o Gran Colombia, como se le nombra frecuentemente.

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