Es el que se refiere a la organización de las cosas publica nacionales de un pais.
- Derecho Publico Nacional :
- Derecho Publico Internacional :
Es el que se refiere a la organización de las cosas publicas nacionales y internacionales y su relacion con el Estado, con los demas Estados, y la sociedad en si, de un pais determinado .
Es el que se refiere o actua al interes de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales . Se puede dividir en varias clasificaciones basadas en su relacion con otras ciencias y por su objetividad: Derecho Civil, Comercial, Maritimo, Intrnacional, Derecho de Trabajo, Etc. (* Vease Capitulo II : " Division del Derecho por su Relacion con otras Ciencias").
Es el que se refiere o actua al interes de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales en un pais determinado
- Derecho Privado Nacional :
- Derecho Privado Internacional :
Es el que se refiere o actua al interes de los sujetos entre si y concierne a las relaciones del individuo con sus semejante para satisfacer sus necesidades personales de manera internacional .
Se puede definir como el conjunto de facultades, beneficios, privilegios, ventajas, inmunidades, libertades, que nos pertenencen y de las cuales disfrutamos de origen y de esencia . Se puede dividir en varios grupos partiendo desde diferentes puntos de vista:
1.3.2.1. Según la Conducta :
1.3.2.1.1. Derecho Sujetivo a la Conducta Propia :
Cuando el Derecho faculta a la conducta propia de hacer algo, o sea la facultad de hacer.
1.3.2.1.2. Derecho Sujetivo a la Conducta Ajena :
Cuando el Derecho faculta la conducta propia a exigir algo.
1.3.2.2. Según su dependencia con otro Derecho :
1.3.2.2.1. Derecho Sujetivo Dependiente :
Es el que se fundamenta en en otro Derecho o en un deber juridico del titular.
1.3.2.2.1. Derecho Sujetivo Independiente:
Es el que se fundamenta en un deber o en un derecho del mismo sujeto.
1.3.2.3.Según las facultades frente al poder publico o frente a un sujeto particular:
1.3.2.3.1. Derecho Sujetivo Publico:
Es la facultad que posee el particular o sujeto frente al poder publico, representado por las limitaciones que el Estado se impone a si mismo.
1.3.2.3.2. Derecho Sujetivo Privado :
Es el conjunto de facultades juridicas exigibles frente al titular de un derecho.
Es el Derecho que puede apreciarse en dinero o valor moneda.
- Derecho Patrimonial :
- Derecho Extrapatrimonial :
Es el Derecho que no es suceptible a apreciarse por medio del valor monetario.
- Según su valor economico :
Es aquel que ejercitamos de forma inmediata sobre una cosa o derecho.
Es el Derecho que tiene su utilidad en sí mismo, permitiendo a la persona titular de este Derecho, a ejercer su poder sobre un bien determinado.
- Derecho Real Principal :
- Derecho Real Accesorio o Secundario:
Es el Derecho que tiene por objeto permitir a su titular disponer de una cosa, a traves de una garantia para la ejecucion de un Derecho Personal o de Credito. O sea es aquel otorgado a un acreedor sobre una cosa con el objeto de garantizar el pago de un credito.
- Derecho Real :
Es el Derecho que otorga a su titular o a quien lo posee, el poder de exigir de otra persona una prestacion que puede consistir en dar, hacer o no hacer una cosa . O sea un acreedor puede exigir al deudor un hecho, una renuncia o la entrega de la cosa adeudada.
- Derecho Personal o De Credito:
Es el Derecho que se exige sobre un objeto inmaterial, y muy particularmente sobre una obra del alma.
Es el Derecho moral del Autor sobe su obra, el cual no tiene un valor pecunario o economico.
- Derecho Intelectual de Autor:
- Derecho Intelectual de Explotacion:
- Derecho Intelectual :
Es el Derecho que tiene el Autor de Explotar su obra, de Dar Derecho a Explotarla y de no dar Derecho alguno, así como también del Derecho que tiene de exigir que nadie aproveche la misma, de manera lucrativa.
- Según los que recaen sobre una cosa, persona o actividad intelectual:
Es el Derecho que recae sobre un objeto material.
- Derecho Corporal :
- Derecho Incorporal :
Es el Derecho que tienen por objeto una cosa inmaterial .
- Según los que tienen por objeto una cosa material :
Es el Derecho que recae sobre los muebles .
- Derecho Mobiliario :
- Derecho Inmobiliario :
Es el Derecho que recae sobre los inmuebles.
- Según la naturaleza de la cosa :
Es el Derecho que puede ser opuesto a todo el mundo sin distincion, siempre y cuando no intervenga con el orden publico y social.
- Derecho Absoluto :
- Derecho Relativo:
Es el Derecho que se fundamenta cuando la obligacion corresponde o importa solo a varios sujetos individualmente y solo afecta a determinadas personas, el cual no es oponible a todo el mundo.
- Según su ambito de oposicion y respeto de su ejercicio
Es aquel que recae sobre actos juridicos cuyo cumplimiento no dependen de ningún suceso, condicion alguna, y no presenta ninguna complicacion .
- Derecho Puro y Simple:
- Derecho Afectado de Modalidad:
Es aquel que esta acompañado de modalidad, o sea de peculiaridades, así como también a toda variante de la cual puede sufrir o pueden presentarse o comportarse el Derecho .
- Según dependan o no de un suceso o condicion
Es aquel que surge de un acto que tiene ya algunos elementos, pero al que le falta uno esencial para que constituya uno puro y simple.
- Derecho Eventual :
- Derecho Mixto :
Es aquel que participa a la vez de los caracteres del Derecho Personal, resultado dificil distinguirlo con preferencia el uno del otro.
II. CLASES DE DERECHO POR SU RELACION CON OTRAS CIENCIAS.
2.1. Concepto de Ciencia
Ciencia es toda rama del saber que ha desarrolado un metodo de investigacion propio de la materia que estudia, teniendo un objeto de estudio definido y susceptible al tratamiento cientifico, así mismo dicha investigacion debe conducir a la formulacion de leyes que permitan pronóstico.
2.2. Relacion del Derecho con las Ciencias
La ciencia del Derecho cumple con las etapas que le dan el carácter cientifico del fenomeno estudiado, o sea que tiene un objeto de estudio, tiene sus metodos de investigacion y enuncia leyes y/o principios generales.
Entendemos que el Derecho se relaciona con las demas ciencias por su objetividad, sea publica o privada.
2.3. Clases de Derecho por su relacion con otras ciencias.
2.3.1. Derechos Publicos Relacionados con otras ciencias
Es el Derecho relacionado a la Politica y a sus ramas mas directas. Se conoce como "Politica Juridica" La Politica es la Ciencia de los medios adecuados para que el Estado cumpla con su mision propia, por lo que podemos decir que el Derecho Politico es la norma que rige los medios adecuados para que el Estado cumpla con su mision propia. Se divide en:
Es la que enseña a la legislacion sus fines y que marca sus propositos basicos.
- Politica Legislativa
- Tecnica Juridica
Es la que implica la elaboracion debida de las reglas juridicas.
- Derecho Politico
Es el Derecho que rige las leyes electorales del Estado para con el Ciudadano y viceversa, y a la vez reglamenta la estructura electoral del Estado y la Ciudadania .
- Derecho Electoral
Es el que fija las reglas basicas de la organización y constitucion del Estado.
- Derecho Constitucional
Es el que, para lograr que reine el orden, concreta las sanciones corporales y pecunarias, o sea economicas, con que el Estado puede castigar a los que infringen tal orden .
- Derecho Penal
Es el que reglamenta la estructura de la Administracion y sus relaciones con los particulares.
- Derecho Administrativo
Es el que determina las reglas según las cuales el Estado y la Administracion pueden procurarse los recursos que les son necesarios y como pueden emplearlos.
- Derecho Fiscal
Es el Derecho que determina las reglas según las cuales el Estado y la Administracion Publica regulan la recaudacion tributaria del ciudadano o de las empresas privadas. Es el Derecho que crea el "Codigo Tributario"
- Derecho Tributario
Es el que determina las reglas referentes a la legalidad de las tierras y su marco teorico practico .
- Derecho Agrario
Es el que rige las relaciones entre el Estado Militar y la Sociedad Civil, así como sienta las reglas y codigos militares, coordinando su legalidad estatal y mundial, estableciendo tratados militares, reglas internacionales militares. Los Tribunales militares estan identificados por las Cortes Marciales.
- Derecho Militar
Es el que rige las relaciones entre patronos y trabajadores.
- Derecho Laboral
Es el que concreta las reglas que han de seguirse para hacer valer ante los Tribunales, mediante acciones judiciales.
- Derecho Judicial
Es el que concreta las leyes, codigos, reglamentos que amparan los muncipios, ciudades, estados, y provincias en beneficio de la sociedad y los sujetos que la integran, en balance con el papel del Estado. Todo lo referente a la libre circulación de las personas, control de las fronteras exteriores, inmigración y cooperación judicial en materia civil pasa a formar parte del "pilar comunitario" y establece el Principio de no discriminación y de igualdad de oportunidades
- Derecho Social y Municipal
La medicina tiene como objetivo dar el debido valor y significacion generica a ciertos hechos del hombre, los cuales contribuyen a la ilustracion de los entes juridicos en la aplicación de la ley y la administracion judicial.
Parte de la investigacion medica que se encarga de investigar las causas de la muerte de las personas y cuales son los elementos de prueba para edificar una convicción .
- Patología Forense
- Medicina Legal
Es la suma de conocimientos medicos que son utilizados para resolver cuestiones comprendidas en la jurisdiccion civil .
- Derecho y La Ciencia Medica
Es el rige y concreta las leyes que han de seguirse en materia medio ambiental y el cuidado y conservacion del medio ambiente. En nuestro pais como en otros a nivel mundial, existen ya codigos y leyes medio ambientales.
- Derecho Medio Ambiental
Son llamados humanos porque son del hombre, de la persona humana, de cada uno de nosotros. El hombre es el único destinatario de estos derechos. Por ende, reclaman reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, y especialmente de la autoridad. Estos derechos son inherentes a la persona humana, así también son inalienables, imprescriptibles. No están bajo el comando del poder político, sino que están dirigidos exclusivamente por el hombre.
- Derechos Humanos
Es el que regula las leyes canónicas y esclesiasticas.
- Derecho Canonico
- Derecho Economico
Es el que regula y crea reglamentaciones sobre las acciones trazadas sobre el orden economico (propiedad, suceciones, hipotecas, leyes economicas, leyes antimonopolios, leyes de produccion, leyes monetarias) que repercuten sobre el aspecto juridico, demostrando la necesidad de que la economia y el derecho esten intimamente relacionadas .
2.3.1.18. Derecho Estadistico
Es el que crea las bases de las estadisticas judiciales, es mas bien el Derecho Puro ayudado por las ciencias estadisticas, las cuales agrupan metodicamente todos los hechos que se prestan a una evolucion numerica .
Es el que contiene las reglas del Derecho Comun que se aplican a las relaciones de los particulares entre si.
- Derecho Civil
Es el que contiene las reglas cuya aplicación esta reservada los actos de comercio, o sea las operaciones mercantiles. Se divide en :
- Derecho Comercial Terrestre : Contiene las reglas comerciales terrestres.
- Derecho Comercial Maritimo : Contiene las reglas comerciales maritimas
- Derecho Comercial Aereo : Contiene las reglas comerciales aereas
- Derecho Comercial
- Derecho Cientifico y Tecnologico
- Derechos Privados Relacionados con otras ciencias
Es el que regula el desarrollo cientifico y tecnologico, su uso, sus limites y parametros en el ambito civil, militar y Estatal. Esta muy ligado al derecho de autor, y a la ciencia computacional . su legislacion es creado por un vacio existencial de las leyes regulatorias ligadas a los delitos informáticos que son tipos de conductas susceptibles de ser penadas y que se han cometido contra o a través de una computadora.
- El acceso ilegítimo informático o intrusismo informático no autorizado (hacking) que supone vulnerar la confidencialidad de la información en sus dos aspectos: exclusividad e intimidad;
- El daño o sabotaje informático (cracking), conducta ésta que va dirigida esencialmente a menoscabar la integridad y disponibilidad de la información; y
- El fraude informático, hipótesis en la cual se utiliza el medio informático como instrumento para atentar contra el patrimonio de un tercero.
Así mismo regula las leyes de Derecho de Autor o Explotacion de Productos y Tecnologias.
Es aquel que determina y estudia las reglas del sector financiero y bancario de una sociedad determinada.
- Derecho Financiero
Es el que regula y crea las leyes y estatutos linguisticos internacionales. Crea las reales acedemias de lenguas y da institucionalidad a las mismas. Es una simbiosis de la lingüística, el derecho internacional y el Derecho Social y Humano.
- Derecho Linguistico
- Derecho Industrial
Es el que regula y crea las leyes rigen los derechos de los inventores, descubridores e introductores sobre las creaciones, inventos o descubrimientos, relacionados con la industria; y los de los productores, fabricantes o comerciantes sobre las frases o signos especiales que adopten para distinguir de los similares los resultados de su trabajo o actividad, Así mismo regula la emision de patentes .
Las Clases de Derecho estan divididas por varios autores de una manera poco uniforme y muy arbitraria a su concepto y punto de vista de cada autor. No existe una regla clara de esta division. Así también los diferentes paises y culturas tienen muy diferentes acepciones del derecho y sus divisiones.
Varios autores citan las diferentes clases de derecho de manera individual, por lo que procedimos a hacer y edificar una division constructiva y logica de las mismas.
La Ciencia y el Arte del Derecho tienen por objeto la regla del Derecho, pero la misma no es mas que la suma de reglas particulares . Clasificando estas reglas podemos concretar el contenido de la disciplina del Derecho, y fijar la relacion entre las distintas ramas.
Según podemos observar el Derecho se puede dividir de una manera generalizada como:
Derecho nacional e internacional y por otro lado como publico y privado .
En la busqueda de una division logica y clara que cada rama y cada manera de comportamiento posee una clase de derecho de estudio. Conocer y manejar esta relacion es muy importante, así como la delimitacion de la misma en un orden logico y ameno .
Comprobamos y tratamos a su vez con una vision general, el concepto y relacion del derecho en la sociedad, y el hombre y con otras ciencias del saber humano, donde nos dimos cuenta de la gran afinidad al conocimiento puro de ser humano de la ciencia del Derecho y de la relacion intima con otros dogmatismos.
Con este desarrollo, entendemos dejamos plasmado, una idea de la division del derecho para su facil estudio, aplicación y diferenciacion.
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RAFAEL HERRERA
OSVALDO TAVERAS
CARLA RODRIGUEZ DURAN
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