La garantía seriedad de oferta una causa para rechazar las ofertas en los concursos públicos del H. (página 2)
Enviado por ORLANDO VINICIO NACIMBA AMAGUA
Errores que han causado que los oferentes formulen en ciertos casos aclaraciones a la Comisión Técnica, que lo único que ocasionan es dilatar el trámite y entorpecer la obra pública en beneficio de la Colectividad.
Utilidad e importancia
La importancia de esta investigación radica, en que con una buena aplicación de la normativa legal y reglamentaria de la ley de Contratación Pública, evitaríamos que las ofertas presentadas dentro de los concursos públicos descalificadas e inhabilitadas por el incumplimiento de este requisito de seriedad de oferta, mal elaborado; ya que ocurre que ofertas con precios excelentes son rechazados por el incumplimiento de este requisito de la seriedad de la oferta, en un inicio por parte de la Comisión Técnica y posteriormente por los órganos de Control como son la Contraloría y Procuraduría General del Estado.
Es importante, anotar que pronunciamientos por parte de la Procuraduría General del Estado, consagra que la garantía seriedad de oferta, no es parte integrante del contrato, así lo tenemos en el pronunciamiento constante en el Of. PGE N° 8655 del 28 de enero de 1998, en respuesta al Of. 002-CCPMCN-98 del 6 de enero de 1998 del Presidente Del Comité De Contrataciones Del I. Municipio Del Cantón Nangaritza, y que su parte pertinente dice:
"No es la garantía de seriedad de la oferta la que forma parte del contrato, sino, en este caso, las de fiel cumplimiento, del anticipo y el fondo de garantía. Por consiguiente, suprímanse las palabras "de Ley (Seriedad de la oferta Banco del Azuay)" y déjense solamente las palabras "Las garantía?…"
Es decir, solo las garantías de fiel cumplimiento del contrato y buen uso del anticipo, son las únicas que deben considerarse al momento de suscribirse el contrato, sea este de obra o servicio en el sector público.
Marco teórico
El marco teórico de la GARANTÍA SERIEDAD DE OFERTA, se encuentra conceptuada en la Ley de Contratación Pública, en su art. 67 de la siguiente manera:
"Garantía de seriedad de la propuesta.- Para asegurar la celebración del contrato, el proponente presentará garantías de seriedad de la propuesta, en las condiciones y montos señalados en esta ley."
Concepto que guarda relación con el marco Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Contratación Pública, que nos dice en el art. 79, lo siguiente:
"Garantías de seriedad de propuestas.- Las propuestas que se presenten en los trámites de los contratos referidos en el artículo 6 de la ley y en el contrato de arrendamiento con opción a compra, incluirán la garantía de seriedad de la propuesta, por un valor igual al 2% del presupuesto referencial o, caso de no existir tal presupuesto, por tal porcentaje del valor de la oferta.
Esta garantía es exigible en los procesos cuyo contrato tenga una cuantía igual o superior a la base establecida para el concurso público de ofertas, y tendrá un período mínimo de validez de noventa días.
Las garantías podrán ser cualesquiera de las determinadas en el artículo 73 de la ley."
Debe tomarse en cuenta que la garantía de seriedad de oferta podrá ser ejecutada sólo cuando el adjudicatario se negare a suscribir el contrato, se hallare impedido para hacerlo, o cuando debiendo renovarla, no lo hiciere oportunamente. Ante lo cual el funcionario público, sin otro trámite, hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta (oferta), sin que el adjudicatario (oferente) tenga derecho a reclamación alguna. En este caso, el Comité de Contratación podrá reexaminar las propuestas para determinar de entre las presentadas, la más conveniente a los intereses del Estado. La entidad podrá acordar con el nuevo proponente la celebración del contrato.
El adjudicatario del concurso público de ofertas mantendrá vigente la garantía de seriedad de oferta hasta la suscripción del contrato, debiendo renovarla por lo menos cinco días hábiles antes de su vencimiento. De no renovársela oportunamente, la garantía se hará efectiva, sin otro trámite.
Existe también sanción si el contrato no se celebrare por culpa de la entidad contratante, dentro de los términos indicados, no podrá exigir al adjudicatario que mantenga vigente su oferta y la garantía de seriedad quedará sin vigencia y no podrá ser ejecutada, sin perjuicio del derecho del adjudicatario de demandar a la entidad el pago de los perjuicios que le hubiere ocasionado la falta de contratación; dicha indemnización no podrá exceder del valor de la garantía de seriedad de la oferta.
Hipótesis
De lo formulado en líneas anteriores, es indispensable que exista una reforma a la Ley de Contratación Pública y al Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Contratación Pública, para que en forma clara se corrija esta oscuridad en la Ley, ya que la falta de conocimiento del requisito de garantía de seriedad de oferta ocasiona la inhabilitación y rechazo de ofertas que incuestionablemente son convenientes a los intereses institucionales y nacionales por parte de los órganos de Control?
Objetivos
Se trata de qué con esta investigación se llegue a un resultado de cuantas ofertas convenientes para la institución son rechazadas por errores de los oferentes al presentar la garantía de seriedad de oferta, siendo esta una investigación analítica, para poder determinar en que fallan los oferentes o proponentes al presentar o llenar este requisito de garantía de seriedad de oferta dentro de los concursos públicos.
Se pretende a que los proponentes, llenen en forma correcta este requisito se seriedad de oferta y así lograr la mayor participación de oferentes dentro de los concursos públicos, ya que se tendría claro el porcentaje que deben presentar con su oferta y no como actualmente se produce, que se presentan porcentajes de garantía seriedad de propuestas por el valor de la oferta inferior al valor referencial elaborado por la Institución.
Además que con una reforma a la Ley y Reglamento se podría uniformidad al porcentaje que por garantía de seriedad de propuesta presenten los oferentes dentro de los concursos públicos.
Metodología
El trabajo se delimita a la Institución del H. Consejo Provincial de Orellana dentro del periodo 2005-2007 de los concursos públicos llevados a cabo y cuántos de ellos sufrieron observaciones del requisito de garantía de seriedad de oferta por parte de la comisión técnica en los concursos públicos. Por consiguiente se constituye en un proceso descriptivo y explicativo de estos casos.
El procedimiento establecido dentro de esta investigación se lo ejecutara con la metodología de la deducción, análisis y síntesis; además con técnicas de recolección de datos de campo (encuestas–entrevistas), información bibliográfica y demás técnicas aplicables a este tema y que puedan ser objeto de comprobación con la hipótesis.
Conclusiones
Me planteo como principio el llegar a conclusiones que en lo posterior sean aplicables en las normas comunes de los concursos públicos y licitación; ya que el grado de ofertas que incurren en este error es alto y la falta de llenado correcto causa en muchas ocasiones perjuicios y retardo en las obras que son de interés colectivo.
Que, en lo posterior y con la nueva expedición de la Ley de Compras por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, se elimine este requisito que en nada beneficia a la institución contratante en los actuales momentos, ya que en la mayoría de casos las ofertas adjudicadas siempre se las suscribe con el oferente ganador.
Que, con la eliminación de esta garantía, evitaríamos que los organismos de control den de baja o deshabiliten ofertas excelentes y oportunas para la administración pública.
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11.- DESARROLLO DEL TEMA
CAPITULO I
1.- Del Contrato Administrativo
1.1.- Análisis del Concepto de Contrato Público en nuestra legislación
1.2.- Elementos del Contrato Público
1.3.- Sujetos del Contrato Público
CAPITULO II
2.- Del Contrato de Concurso Público
2.1.- Contenido del contrato de concurso publico
2.1.1. Intervinientes
2.1.2. Competencia y capacidad
2.1.3. Objeto del contrato de Concurso Público
CAPITULO III
3.- De la Garantía
3.1.- Concepto
3.2.- Característica de la Garantía
3.3.- Clases de garantías.
3.1.1.- Garantía de seriedad de oferta
3.1.1.1. Formas de garantía de seriedad de oferta
3.1.1.2. Vigencia de la garantía de seriedad de oferta
3.1.1.3. Incumplimiento y ejecución de la garantía de seriedad de oferta al oferente que no celebra el contrato adjudicado
3.1.2.- Garantía de fiel cumplimiento
3.1.3.- Garantía del anticipo
3.1.4.- Garantía técnica
3.1.5.- Garantía de debida ejecución de la obra
3.2.- Devolución de la Garantía de seriedad de oferta a los oferentes no adjudicados
3.3.- Castigo al oferente que se niega a celebrar el contrato adjudicado dentro del concurso público
3.4.- Registro de oferente como contratista incumplido por ejecución de la garantía de seriedad de la oferta
CAPITULO IV
Conclusiones y Recomendaciones
Autor:
Dr. Orlando V. Nacimba A.
TUTOR: AB. CARLOS VILLACRESES PINCAY
Guayaquil, 16 de noviembre del 2009
Universidad de Guayaquil
Vicerrectorado Académico
POSTGRADO: Especialidad en Contratación Pública y Control Gubernamental
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