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ZOFRATACNA. Una idea audaz o un error político

Enviado por Bruno Reyes Pires


    1. ¿Qué es ZOFRATACNA?
    2. Historia
    3. Base Legal
    4. El sistema de gestión de calidad de ZOFRATACNA ISO9001:2000
    5. Aspectos generales
    6. ¿Más beneficios para ZOFRATACNA?
    7. Bibliografía

    INTRODUCCION

    La Zona Franca de Tacna, ZOFRATACNA, es la parte del territorio nacional perfectamente delimitada en la que las mercancías que en ella se internen se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero para efectos de los derechos e impuestos de importación, bajo la presunción de extraterritorialidad aduanera, gozando de un régimen especial en materia tributaria.

    La ZOFRATACNA está constituida sobre el área física del actual CETICOS de Tacna.

    La Zona Comercial de Tacna corresponde a la actual Zona de Comercialización de Tacna y comprende el distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el área donde se encuentran funcionando los mercadillos en el distrito del Alto de la Alianza de la provincia de Tacna

    Zona Franca

    1. ¿QUE ES ZOFRATACNA?

    La Zona Franca de Tacna ZOFRATACNA es una gran plataforma de servicios para realizar en forma óptima actividades de comercio exterior, cuenta con más de 13 años de experiencia y pone a disposición de la comunidad empresarial una moderna infraestructura que ha ido evolucionando a lo largo de los años, también ofrece muchos beneficios tributarios y aduaneros.

    ZOFRATACNA constituye la única zona franca que opera en el territorio del Perú, comprende dos unidades estratégicas: la Zona Franca y la Zona Comercial.

    La Zona Franca es un recinto cerrado que comprende una gama de servicios a las empresas instaladas en él, estos servicios incluyen almacenamiento, distribución, telecomunicaciones, bancos, aduanas, agencia de aduana, agencias navieras, empresas verificadoras.

    La Zona Comercial es una zona delimitada dentro de la ciudad de Tacna que comprende varios centros comerciales, que ofrecen productos liberados de todos los impuestos a precios altamente atractivos.

    2. HISTORIA

    La Zona Franca de Tacna tiene un historial que data del año 1989 cuando el gobierno crea la ZOTAC empezando a operar en el año 1990, La zona de Tratamiento Especial Comercial, o Zona Franca Comercial de Tacna, se creó con la intención de combatir el contrabando y reducir la gran influencia económica que en esta ciudad fronteriza ejercía la vecina ciudad de Arica, estableciendo un régimen aduanero especial para los artículos ingresados por el puerto de Ilo y el aeropuerto de Tacna, que pagaban un arancel de sólo 10% en lugar del usual 25%.

    Los comerciantes, además, gozarían de la exoneración del impuesto general a las ventas – 18 % (hoy 19%) para los artículos comercializados dentro de Tacna. La Zotac tuvo tal acogida que, al cumplirse el primer año de su establecimiento, los comerciantes ariqueños ya expresaban su preocupación porque el volumen normal de sus ventas se había reducido en un 50%; asimismo, en Tacna se había recaudado para entonces más de ocho millones de dólares por concepto del arancel del 10%.

    La Zotac no sólo redujo radicalmente el contrabando proveniente del eje Iquique-Arica, sino que generó importantes ingresos aduaneros, con los que se construyó la recientemente terminada carretera costanera Tacna-Ilo.

    La ley de creación de la Zotac preveía que este régimen preferencial duraría 15 años; pero, debido a limitaciones en el desarrollo de las actividades industriales, En el año 1995 se cambió la ley de ZOTAC por la de CETICOS Tacna (Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios) que planteaba el desarrollo de Ilo-Matarani-Tacna, y otorgaba a las industrias establecidas en la zona las mismas facilidades que ofrecía la ZOTAC (exoneración del Impuesto a la Renta y Arancel Cero), pero con la condición de exportar como mínimo el 90% de la producción; si el industrial quería introducir parte de su producción en el mercado nacional, debería pagar todos los impuestos vigentes.

    Estos sistemas no tuvieron la repercusión esperada por el pueblo de Tacna, finalmente a partir del mes de diciembre de 2002 entro en vigencia la Ley Nº 27688 la Zona Franca y Comercial de Tacna – ZOFRATACNA, sobre la base de las organizaciones creadas por las dos leyes anteriores, para la realización de actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios, y de la zona comercial de Tacna, que tiene como finalidad contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del departamento de Tacna, a través de la promoción de la inversión y desarrollo tecnológico. Esta reglamentación permite que el turista compre mercaderías por un valor de hasta US $ 1 000 por viaje, con un máximo de tres viajes al año.

    3. FILOSOFIA

    3.1 VISION "Lograr que ZOFRATACNA, como centro de distribución física internacional y de producción, se constituya en el eje del desarrollo socioeconómico de la región". 3.2 MISION"Ofrecer una plataforma de servicios competitiva, que facilite y promueva la inversión privada nacional y extranjera orientada a actividades productivas y de comercio exterior" 3.3 OBJETIVOS ESTRATEGICOS:1. Incrementar nuestra cartera de clientes 2. Mantener una gestión institucional sólida y autosostenida 3. Mejorar la calidad de servicios reduciendo tiempo de procesos y su adecuación a estándares internacionales 4. Implementar proyectos de desarrollo institucional y regional directamente orientados a la consolidación de ZOFRATACNA. 5. Fortalecer la cultura de servicio al cliente, basada en el desarrollo de su potencial humano. 6. Promover la adecuación del marco legal orientado a la consolidación de ZOFRATACNA.

    4. BASE LEGAL

    • Ley Nº 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, publicada el 28.3.2002, y norma modificatoria (en adelante, la Ley).  Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, publicado el 17.12.2002 (en adelante, el Reglamento).

    4.1 ANÁLISIS:

    1. El artículo 1° de la Ley declaró de interés nacional el desarrollo de la Zona Franca de Tacna -ZOFRATACNA- para la realización de actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios, y de la Zona Comercial de Tacna, con la finalidad de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del departamento de Tacna, a través de la promoción de la inversión y desarrollo tecnológico.

    El Título II de la citada Ley establece un régimen tributario especial para la ZOFRATACNA (Capítulo I del referido Título) y otro para la Zona Comercial de Tacna (Capítulo II).

    Por su parte, el artículo 40° de la aludida Ley dispone que se considera "usuario" a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que celebra contrato de cesión en uso oneroso de espacios físicos y/o usuario con el Operador, para desarrollar cualquiera de las actividades establecidas en los artículos 7° y 18° de dicha Ley, según corresponda.

    De otro lado, la Segunda Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley señaló que mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales en un plazo de 90 días se dictarían las normas reglamentarias y complementarias para la mejor aplicación de la Ley, en el cual se fijarían los plazos de adecuación del CETICOS de Tacna y de la Zona de Comercialización al nuevo tratamiento fijado por la aludida Ley.

    Es así que, para dar cumplimiento a lo antes señalado, se emite el Reglamento, el cual, entre otras regulaciones, establece que para gozar de los beneficios establecidos en los artículos 7° y 8° del aludido Reglamento, los usuarios de la ZOFRATACNA deberán cumplir con los requisitos que en el mismo se señalan (artículo 9°).

    Cabe indicar que el Capítulo I del Título II del aludido Reglamento (artículos 7° a 9°) contiene disposiciones aplicables al régimen tributario de la ZOFRATACNA y el Capítulo II del citado Título (artículos 10° a 14°), las disposiciones correspondientes al régimen tributario de la Zona Comercial de Tacna.

    Como fluye de las normas glosadas, la condición de usuario de la ZOFRATACNA es distinta de la de usuario de la Zona Comercial de Tacna.

    Asimismo, las normas del Capítulo I del Título II del Reglamento, entre las que se encuentra la norma objeto de la presente consulta (artículo 9°), son aplicables únicamente a los usuarios de la ZOFRATACNA, no así a los que tienen la condición de usuarios de la Zona Comercial de Tacna exclusivamente.

    Por lo tanto, los requisitos establecidos en el artículo 9° del Reglamento para gozar de los beneficios señalados en los artículos 7° y 8° del aludido Reglamento, no son exigibles a los sujetos que únicamente tienen la condición de usuarios de la Zona Comercial de Tacna.

    5. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD DE ZOFRATACNA ISO 9001:2000

    5.1 EL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD DE ZOFRATACNA

    El Sistema de Gestión de Calidad tiene como objetivo que los servicios brindados dentro de ZOFRATACNA, se realicen de manera planeada y ordenada en todas sus etapas, para obtener resultados de Calidad consistentes, demostrables y que cumplan con los requerimientos de los clientes y con la norma ISO 9001:2000.

    5.2 PROCESOS DEL SISTEMAS DE GESTION DE CALIDAD

    Dentro de los Requisitos Generales del SGC que establece la norma ISO 9001:2000, se señala que: "La Organización debe identificar los procesos necesarios para el SGC y su aplicación…", en este sentido, la Entidad ha identificado los siguientes procesos:

    • PROCESO PRINCIPAL.
    • PROCESOS ESTRATEGICOS.
    • PROCESOS DE SOPORTE Y/O APOYO.

    5.3 EL ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD DE ZOFRATACNA

    El ámbito de aplicación corresponde a los procesos relacionados a la

    "Plataforma de Servicios para la atención del Ingreso y Salida de Mercancías desde y hacia Depósitos Francos e industria".

    5.4 POLITICA DE LA CALIDAD

    La Política de la Calidad establecida en Zofratacna, es la siguiente:

    "ZOFRATACNA, plataforma de servicios al comercio exterior, se compromete a cumplir con los requisitos de sus clientes, de acuerdo la legislación aplicable y a mejorar continuamente"

    5.5 ¿CÓMO SE HA ORGANIZADO ZOFRATACNA PARA IMPLEMENTAR SU SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD?

    Para implementar el proceso se constituyeron equipos multidisciplinarios de todas las áreas para diseñar los procesos a certificar, implementarlos y medirlos.

    Todo el personal se integró al proceso a través de un Programa de Sensibilización, efectuando múltiples aportes y sugerencias que permitieron mejorar nuestro Sistema de Gestión de la Calidad.

    Además, el personal ha sido entrenado en diversos aspectos de implementación de la Norma ISO 9001:2000, tales como la Norma Internacional ISO 9001:2000, Auditores Internos de Calidad, Realización del Producto, Seguimiento y Medición, Determinación de Requisitos del Cliente, Control del Producto No Conforme, Auditores Líderes de Calidad, Indicadores de gestión, entre otros.

    6. ASPECTOS GENERALES

    6.1 UBICACION GEOGRAFICA

    CETICOS – Tacna se encuentra ubicado en el Km. 1,303 de la Carretera Panamericana Sur, y está constituida por el Complejo de Depósitos Francos ahí ubicado con un área de 394.5 Hectáreas

    LA ZONA DE COMERCIALIZACIÓN DE TACNA comprende el distrito de Tacna de la provincia de Tacna, así como el área donde funcionan los "Mercadillos" en el distrito Alto de la Alianza de la provincia de Tacna, con exclusión del área de CETICOS – Tacna.

    6.2 REGIMEN TRIBUTARIO ADUANERO APLICADO A LA ZOFRATACNA

    1. El ingreso de mercancías extranjeras a la ZOFRATACNA, no está afecto al pago de los Derechos Arancelarios, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto de Promoción Municipal y demás tributos que gravan la importación.

    2. La exportación definitiva de mercancías provenientes del resto del territorio nacional hacia la ZOFRATACNA otorga el derecho a gozar de los beneficios establecidos en los regímenes de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios y Reposición de Mercancías en Franquicia, siempre que se cumplan los requisitos y las formalidades exigidas para estos regímenes. Igualmente, regulariza total o parcialmente los regímenes de Admisión e Importación Temporal.

    3. La nacionalización al resto del territorio nacional del producto final elaborado con mercancías nacionales que fueron exportadas definitivamente a la ZOFRATACNA y de mercancías provenientes del exterior sometidas a las actividades 01 y 02 de la sección VI literal A, numeral 9, se encuentra afecta al pago de los derechos y demás impuestos de importación que corresponda, la misma que se efectúa por la Intendencia de Aduana de Tacna.

    4. La nacionalización de las mercancías provenientes del exterior almacenadas en la ZOFRATACNA sin haber sufrido transformación o reparación, así como de las mermas, residuos, desperdicios y/o subproductos con valor comercial, resultante de los procesos de transformación y/o elaboración en la ZOFRATACNA se encuentra afecta al pago de los derechos y demás impuestos de importación que corresponda, la misma que se efectúa por la Intendencia de Aduana de Tacna.

    5. Las mercancías nacionales que se exporten definitivamente a la ZOFRATACNA para ser utilizadas directamente en la actividad a desarrollarse, están impedidas de reingresar al resto del territorio nacional. Sin embargo, el producto final puede nacionalizarse siempre que se encuentre clasificado en una subpartida nacional distinta a la de sus insumos, componentes, partes o piezas y se cancelan los derechos y demás impuestos de importación que corresponda.

    6. En caso de la nacionalización de mercancías indicada en el numeral anterior, los tributos de importación se calculan sobre el valor agregado incorporado a éstas, para lo cual se requiere la presentación de un Cuadro de Coeficientes Insumo – Producto (CIP), con carácter de declaración jurada. El pago de los tributos correspondientes debe efectuarse en la Intendencia de Aduana de Tacna, previo a la salida de la mercancía de la ZOFRATACNA.

    7. El retorno en el mismo estado al resto del territorio nacional de las mercancías que ingresaron temporalmente a la ZOFRATACNA para ser utilizadas en un fin determinado, no está gravado con tributo alguno.

    8. Las mercancías que ingresen a la Zona Comercial de Tacna provenientes de la ZOFRATACNA, que se encuentran comprendidas en la relación aprobada por Decreto Supremo Nº 124-2003-EF, están afectas únicamente a un arancel especial del 8%, considerándose nacionalizadas sólo respecto a dicha zona. Dicho arancel se aplica sobre el valor CIF aduanero o sobre el valor de adquisición de los bienes por el usuario de la Zona Comercial de Tacna, el que resulte mayor.

    7. ¿MÁS BENEFICIOS PARA ZOFRATACNA?

    7.1 GENERANDO DISTORSIONES

    Se ha incorporado a las actividades de ensamblaje y la reparación, reacondicionamiento o mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera. Además, la ley ofrece la posibilidad de incluir otras actividades por decreto supremo.

    Asimismo, para determinar los bienes que pueden comercializarse en la Zona Comercial de Tacna ahora se requerirá la opinión del Comité de Administración de la ZOFRATACNA; es decir, de los propios interesados en mantener la zona franca. Con ello sería más probable que se incremente el número de bienes aptos para la comercialización en la zona señalada… y para el contrabando.

    Por si fuera poco, la nueva ley permite a los usuarios de la Zona Comercial almacenar la mercadería proveniente de la ZOFRATACNA en un almacén ubicado fuera de dicha zona, administrado por el Comité ya mencionado. ¿Más facilidades para el contrabando? También podría incrementarse la cantidad de bienes adquiridos en la Zona Comercial sin pagar impuestos, pues ya no se condiciona dicha exoneración a que el comprador sea turista, sino a que adquiera los productos sin fines comerciales o empresariales.

    Pero nada garantiza que lo haga .Por otro lado, con la nueva ley el requisito de exportación exigido a las empresas establecidas en ZOFRATACNA para gozar de sus beneficios desaparece por completo. Se ha dicho que con ello se cumple con lo dispuesto por la OMC; pero

    si al Gobierno realmente le preocupa cumplir, debería eliminar la zona franca y no ampliar las distorsiones que genera. La OMC permite estos mecanismos para zonas desfavorecidas… ¿acaso Tacna lo es? Parece que no, pues según cifras del INEI su PBI per cápita incluso supera el promedio nacional (en el 2001 fue 45% mayor).

    7.2 ¿COMERCIO ILEGAL PARA DESARROLLAR A TACNA?

    La evidencia ha dejado claro el fracaso de las zonas francas e instrumentos similares. Gracias a sus ayuditas, las empresas no tienen motivos para ser más productivas y competitivas; es decir, todo lo contrario a su objetivo: impulsar el desarrollo industrial y exportador del territorio donde se encuentra. Es más, entre los logros de ZOFRATACNA se encuentra el establecimiento de talleres de reparación o reacondicionamiento de autos usados y el haberse convertido en una de las principales fuentes de contrabando en nuestro país.

    Así, los principales productos ingresados a ella en el 2004 fueron vehículos y en ese mismo año se exportó apenas el 5% de las mercancías de salida.

    Por otro lado, el contrabando se da porque las importaciones que ingresan a la Zona Comercial de Tacna solo tienen que pagar un arancel especial de 8%. Supuestamente, estos productos deben pagar todos los impuestos que dejaron de pagar si se dirigen al resto del país; no obstante, la realidad es otra: buena parte entra de contrabando. Algunos vergonzosos ejemplos: en el 2003 ZOFRATACNA registró importaciones de whiskey por US$ 10.9 millones cuando a nivel nacional las importaciones de dicho producto solo alcanzaron los US$ 7.3 millones. Algo similar sucedió con la cerveza de malta: US$ 1.5 millones importados por ZOFRATACNA vs. US$ 1.3 millones registrados a nivel nacional. Estas son cifras oficiales; es decir, las autoridades saben lo que pasa ¿qué hacen al respecto? ¿Creerán que en Tacna el consumo de whisky por persona -incluyendo niños– alcanza los US$ 37 anuales mientras que a nivel nacional es de US$ 0.27? Y la lista continúa: radios, relojes, abrigos y licores de cremas, entre otros. El resultado: competencia desleal para las empresas en el resto del país, lo que puede llevar a la pérdida de puestos de trabajo.

    7.3 TRATANDO DE ARREGLAR LOS "HORRORES" DE ZOFRATACNA

    La zona franca de Tacna se creó con el propósito de desarrollar la industria y fomentar las exportaciones. El fin es positivo; sin embargo, los medios que se adoptaron para conseguirlo fueron los errados, pues ilusamente se pensó lograrlo a través de exoneraciones tributarias para las empresas ubicadas en la zona.

    La idea era convertir a Zofratacna en un centro logístico del comercio; es decir, se pretendía que las importaciones de bienes finales entraran y salieran inmediatamente a otros países y que las importaciones de materias primas se utilizaran en el proceso productivo de las empresas exportadoras. Para ello, el Estado le otorga beneficios arancelarios a los importadores que reexportan y le da un arancel especial equivalente al 8% a aquellas empresas que importen hacia la zona comercial de Tacna, a diferencia de las empresas que internan mercancías en el resto del país, pues ellas sí tienen que pagar el arancel completo.

    No obstante, lo que se ha logrado ha sido fomentar el contrabando. De hecho, menos del 5% de las mercancías que salen de Zofratacna se ha exportado, mientras que la gran mayoría ha sido comercializada al resto del país. Y lo mismo se ha dado en los Ceticos. En otras palabras, en lugar de promover las exportaciones, lo único que se ha logrado ha sido promover la evasión tributaria.

    El Ministerio de la Producción ha presentado un proyecto para reconvertir a Zofratacna en una zona logística compatible con las normas de la OMC. Para ello, el primer paso es la eliminación de la exoneración del IR para todas las empresas exportadoras de Tacna -incluida Zofratacna-, las que tendrían que realizar un pago único a fin de año. Sin embargo, también propone bonificar la capacitación con un bono de 1.5% sobre los gastos realizados en formación laboral tan solo para las empresas ubicadas en la zona industrial de Zofratacna, lo cual mantiene el espíritu de la norma original, pues sigue siendo un tratamiento diferencial.

    El tema de fondo no se ha comprendido. ¿Por qué seguir apoyando este tipo de regímenes? ¿Por qué seguir privilegiando a un grupo de empresas a costa de las demás? No se puede conseguir mayor producción ni exportación con subsidios, sean o no tributarios. Estos sirven para redistribuir riqueza, más no para generarla.

    No obstante, Zavala Lombardi de Economía y Finanzas afirmó que la zona comercial tacneña no es la única herramienta de desarrollo para la región, y se refirió a la experiencia exitosa de la exportación de páprika, por lo que recomendó identificar más productos con potencialidad de exportación a otros mercados.

    "Tenemos que empezar a pensar qué proyectos de inversión necesitamos hacer para desarrollarlos, qué producto se puede exportar", dijo.

    Manifestó que Tacna tiene una nueva oportunidad, ya que por concepto de transferencias recibirá un ingreso adicional de S/. 247 millones, provenientes del canon y regalías mineras. "Contamos con recursos adicionales que tenemos que ver e invertirlos correctamente, es trabajo de todas las municipalidades y el gobierno regional", puntualizó.

    7.4 CON FIRMA DEL TLC COMPRADORES YA NO VISITARÍAN LA ZOFRATACNA

    La firma del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos afectaría a la ZofraTacna, ya que al no existir gravámenes (aranceles) con el país del norte los productos que lleguen a nuestro sistema sí pagarían impuestos y no serían atractivos para los compradores.

    Según explicó el directivo del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) Gonzalo García Núñez, la ZofraTacna no desaparecería legalmente, pero si un producto cuesta menos puesto en Lima obviamente los usuarios preferirán adquirir los artículos que provengan por el TLC y ya no asumir los gastos de trasladarse a Tacna, pagar los aranceles y llevarlos hasta su lugar de origen.

    García indicó que este tema de la desgravación comercial se conocerá cuando se informe sobre los detalles del tratado.

    «Habrá que examinar en qué parte hay superposición con la legislación existente en materia de zonas especiales y zonas francas», anotó.

    El funcionario alertó sobre este problema que surgiría en Tacna y en el cual las autoridades locales deberían requerir la información sobre el TLC al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

    Expresó que los negociadores del tratado con Estados Unidos deberían aclarar si han considerado en su agenda a la Zona Franca de Tacna.

    Lo que ocurriría en Tacna con la firma del TLC, por el que se preferiría comprar en Lima u otra ciudad artículos de los Estados Unidos o procesados en dicho mercado y no preferir una compra en ZofraTacna debido a un mayor costo, se llama «desviación de comercio», apuntó García. De esta forma, en el corto plazo deja de ser atractivo para los compradores y puede llegar a sobrevivir, refirió el funcionario sobre el panorama sombrío para la ZofraTacna.

    «Si a usted le venden en un supermercado un producto a diez soles y en otro a cuarenta soles, ¿cuál prefiere?», cuestionó García.

    BIBLIOGRAFIA

    • www.zofratacna.com
    • www.mincetur.gob.pe
    • www.comex.com.pe
    • www.adexperu.org.pe
    • www.larepùblica.com.pe
    • www.elcomercioperu.com.pe

     

    Bruno Reyes Pires

    Estudiante de tercer ciclo

    Universidad de San Martín de Porres

    Facultad de Ciencias Administrativas y Relaciones Industriales

    Abril – 2006