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Accidentes de tránsito en el municipio de Bonao, República Dominicana


  1. Definición de los indicadores de las variables
  2. Denuncias y citaciones
  3. Bibliografía

Definición de los indicadores de las variables

Responsabilidad

Obligación de responder de los actos que alguien ejecuta o que otros hacen: cargar con la responsabilidad. De responsabilidad signo de crédito. Responsabilidad civil, obligación impuesta por la ley de reparar los daños y perjuicios causados a otro por el incumplimiento de un contrato o por un acto delictuoso.

Responsabilidad Penal

El fundamento de esta responsabilidad penal era el carácter voluntario del acto. Este estaba fundado en la libertad de la voluntad, y en que el agente poseyera en el momento de la acción, la inteligencia y el discernimiento de sus actos. Como consecuencia de ver las caras, fue negada la responsabilidad moral, y proclamada en su lugar la responsabilidad social o legal, cuya fórmula era: El hombre es imputable y responsable, por el hecho de vivir en sociedad.

Responsabilidad Civil

Una persona es responsable civilmente cuando está obligada a reparar un daño sufrido por otra.

Comportamiento

Conducta, modo de ser del individuo.

Actitud

Postura del cuerpo humano, disposición del ánimo manifestado exteriormente, actitud benévola. Actitud pacífica.

Requisitos

Circunstancias, condición, ese documento cumple todos los requisitos. Circunstancias, condición: para votar es requisito indispensable ser mayor de edad. Formalidad: cumplir con todos los requisitos.

Cumplimiento

Acción y efecto de cumplir: El cumplimiento de un deber suele a veces ser muy difícil, cumplido para bien, felicitación, ofrecimiento que se hace por urbanidad perfección, acabamiento, complemento. Ejecución, realización de una orden, aplicación de una ley, decreto. Acatamiento de los requisitos, educación, cortesía, cumplido.

Respeto

Sentimiento que induce a tratar a alguien con diferencia, a causa de su edad, superioridad o mérito: respecto a los mayores. Sentimiento de veneración que se debe a lo que es sagrado: respecto al recuerdo de un muerto. Actitud que consiste en no ir en contra de algo: respecto de los bienes ajenos, acatamiento, cumplimiento: respecto de las leyes. Miramiento, consideración, atención, faltarle el respecto a una cosa que se tiene repuesto: caja de respecto de un fusil. Miedo.

Denuncias y citaciones

Denuncias: acusación-delación, anulación. Se establece y se autoriza la denuncia y citaciones simultáneas para cuando se cometen infracciones a las leyes, reglamentos, disposiciones u ordenanzas municipales sobre transito, con excepción de lo dispuesto en el Art. 184. Es un acto mediante el cual determinada persona que tengan conocimiento de una infracción de acción pública. Las denuncias se llevan a cabo ante la policía, el ministerio público, o cualquier otra agencia ejecutiva que realice actividades auxiliares de investigación.

Las denuncias pueden ser oral o escrita, personalmente o por mandatario con poder especial quien presenta la denuncia no es parte en el proceso, y no incurre en ningún tipo de responsabilidad, salvo cuando las imputaciones sean falsas.

Puede denunciar toda persona que tenga conocimiento de una infracción de acción pública, puede denunciarla ante el ministerio, la policía o cualquier otra agencia ejecutiva que realice actividades auxiliares de investigación.

Cuando la denuncia es presentada por un menor de edad, el funcionario que la recibe está obligado a convocar a los padres o tutores o personas mayor de edad de su confianza, sin perjuicio de evitar que el hecho denunciado derive en consecuencias ulteriores e iniciar su investigación.

Citación: esta contenida en el Art. 223 del nuevo código procesal penal de la República Dominicana con comentarios del Lic. Manuel Ulises Bonnelly V. Santo Domingo, República Dominicana.

Es una medida realizada tanto por el ministerio público o el juez según corresponda bien sea para cualquier persona común ser escuchada en cualquier caso o bien sea al imputado para realizar un acto, según corresponda la cita a comparecer con indicación precisa del hecho atribuido y del objeto del acto.

Denuncias y Citaciones simultáneas: se establece y se autoriza la denuncia y citaciones simultánea para cuando se cometen infracciones a las leyes, reglamentos, disposiciones u ordenanzas municipales sobre tránsito, con excepción de lo dispuesto en el Art. 184.

Los formularios para las denuncias serán numerados consecutivamente e impresos en quintuplicado en forma de libros y contendrán los espacios en blancos material impresa requeridos para que las marcas.

Al intervenir en la infracción, el policía firmará la denuncia que deberá contener la citación del infractor para comparecer ante el tribunal en una fecha determinado que no será anterior a cinco días ni posterior a 15 contados desde la fecha de la denuncia.

Se entregará una copia a la persona denunciada, remitirá el original y dos copias al departamento de policía correspondiente. Para todos los fines legales el policía, al así actuar se considerará como un auxiliar de la justicia. Por la presente se faculta y ordena a los miembros de la policía para hacer uso del sistema de denuncia y citación simultáneas para denunciar a los conductores, peatones y otras personas que violaren las disposiciones de esta ley sobre tránsito.

Infracciones

Violación de una ley, orden, pacto, cometer una infracción.

Señales de tránsito

Señal marca o nota que se pone en algo para distinguirlo. Poner una señal en placas rotuladas con símbolos que se pone en las vías de comunicación para regular o dirigir la circulación del tránsito vehicular.

Tránsito

Acción de transitar, paso: el tránsito de los peatones. Circulación de vehículos y gente: calle de mucho tránsito-acción de pasar por un sitio para ir a otro. Viajeros mercancías de tránsito, sitio de parada en un viaje-de tránsito-de paso. Tránsito rodado, tráficos de vehículos por calles y carreteras.

Luego de haber finalizado la investigación se concluye lo siguiente:

El 37.93%% de los moto taxistas encuestados ni una vez ha tenido problema con la AMET; el 25.86%, una vez; el 18.296%, de una a dos veces; el 12.06%, más de dos veces; el 3.44%, casi siempre y el 1.72%, siempre. Lo que indica que una gran mayoría de ellos ha sido enfrentado por la autoridad del tránsito.

El 56.89% considera más o menos rentable el negocio del moto taxi; el 37.93% lo considera muy rentable. Por lo que este trabajo se desempeña por necesidad económica y desempleo en quienes la ejecutan.

Para el 34.64% de los encuestados, el caso de seguridad es uno de los requisitos que se exige a los moto taxi para identificarse; para el 33.77%, la licencia; para el 16.22%, el uniforme; para el 14.03%, moto en buen estado y para el 1.31%, el permiso de la AMET. Esto indica que para conducir en moto se han establecido los requisitos necesarios para el mejor funcionamiento de este tipo de transporte.

Según el 53.44%, de los moto taxis siempre cumple con la responsabilidad que obligan a los moto taxi a cumplir con las disposiciones legales, respecto a la ley de Tránsito; el 37.93%, casi siempre. Lo que indica cierto nivel de conciencia en los conductores de moto, ya que al conocerse la ley se comete menos imprudencias.

El 55.17%, dice que conoce poco los artículos de la Ley No. 241 que tratan sobre denuncias y citaciones por las violaciones a dicha ley; 25.96%, nada y el 18.96%, mucho. Se puede observar que casi la mitad de los que se dedican al moto taxi ignoran parte de los artículos de la ley y eso implica que por ignorancia pueden estar cometiendo ciertas imprudencias en el tránsito.

El 48.27% de los moto taxis piensa que la justicia casi siempre actúa correctamente ante las violaciones a la Ley por parte de los moto taxi; para el 41.37%, siempre y para el 10.34%, a veces. Esto indica que para los moto taxistas está claro el rol de la justicia ante las violaciones y sus consecuencias.

Según estos datos el 63.79% de los moto taxis está muy de acuerdo que se tomen las medidas que establece la Ley No. 241 sobre las infracciones al tránsito y el 36.20%, de acuerdo. Si se observa el 100% de alguna manera entiende que es justo controlar a través de lo que indica la ley.

La edad del 48.27% de los encuestado tiene una edad promedio de 26-35 años; el 27.58%, menos de 18 años; el 17.24%, más de 35 años y el 6.89%, de 18-25 años. Lo que indica que estas personas en su mayoría son muy jóvenes.

GRÁFICO No. 1

1) ¿Usted ha tenido problema con la AMET?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 1 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 2

2) ¿Cómo evalúa usted el comportamiento de los moto taxi en esta ciudad?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 2 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 3

3) ¿Cómo considera usted el negocio del moto taxi?.

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 3 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 4

6) ¿Usted conoce los artículos de la Ley No. 241 que tratan sobre denuncias y citaciones por las violaciones a dicha ley?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 6 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 5

7) ¿Usted piensa que los moto taxi cumplen con la ley de tránsito?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 7 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No.6

9) ¿Usted piensa que la justicia actúa correctamente ante las violaciones a la Ley por parte de los moto taxi?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 9 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 7

10) ¿Usted cambiaría el trabajo de la moto taxi por otro trabajo diferente?

ALTERNATIVA

FRECUENCIA

%

53

91.37

No

5

8.62

No sé

TOTAL

58

99.98

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 10 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 8

11) ¿Usted está de acuerdo que se tomen las medidas que establece la Ley No. 241 sobre las infracciones al tránsito?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 11 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 9

13) ¿Le han puesto alguna multa por violar la Ley de tránsito?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 13 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

GRÁFICO No. 10

14) ¿Usted piensa que es necesario que los moto taxi conozca los artículos que tratan sobre las consecuencias de la violación a las señales de tránsito?

edu.red

Fuente: Datos obtenidos de la pregunta 14 del cuestionario aplicado a los moto taxis del municipio de Bonao.

Para un mejor funcionamiento del sistema judicial es conveniente en material de la ley No. 241 hacer una revisión de esta ley con al finalidad de que las sanciones a imponerse vayan acorde con la realidad de los tiempos y surtan los efectos de toda pena ya que en el presente caso las penas establecidas son irrisorias y los individuos no dudan en cometer los mismo hechos.

Entendiendo que ese medio de transporte es necesario, ya que no existe transporte urbano en la zona urbana de Bonao, es recomendable que las autoridades competente organicen e instruyan a los moto taxi de cómo deben conducirse por las vías públicas, ya que son violadores reincidentes de las señales de transito, por falta de conciencia o conocimiento de la misma

Luego de haber finalizado la investigación se concluye lo siguiente:

El 37.93%% de los moto taxistas encuestados ni una vez ha tenido problema con la AMET; el 25.86%, una vez; el 18.296%, de una a dos veces; el 12.06%, más de dos veces; el 3.44%, casi siempre y el 1.72%, siempre. Lo que indica que una gran mayoría de ellos ha sido enfrentado por la autoridad del tránsito.

El 56.89% considera más o menos rentable el negocio del moto taxi; el 37.93% lo considera muy rentable. Por lo que este trabajo se desempeña por necesidad económica y desempleo en quienes la ejecutan.

Para el 34.64% de los encuestados, el caso de seguridad es uno de los requisitos que se exige a los moto taxi para identificarse; para el 33.77%, la licencia; para el 16.22%, el uniforme; para el 14.03%, moto en buen estado y para el 1.31%, el permiso de la AMET. Esto indica que para conducir en moto se han establecido los requisitos necesarios para el mejor funcionamiento de este tipo de transporte.

Según el 53.44%, de los moto taxis siempre cumple con la responsabilidad que obligan a los moto taxi a cumplir con las disposiciones legales, respecto a la ley de Tránsito; el 37.93%, casi siempre. Lo que indica cierto nivel de conciencia en los conductores de moto, ya que al conocerse la ley se comete menos imprudencias.

El 55.17%, dice que conoce poco los artículos de la Ley No. 241 que tratan sobre denuncias y citaciones por las violaciones a dicha ley; 25.96%, nada y el 18.96%, mucho. Se puede observar que casi la mitad de los que se dedican al moto taxi ignoran parte de los artículos de la ley y eso implica que por ignorancia pueden estar cometiendo ciertas imprudencias en el tránsito.

El 48.27% de los moto taxis piensa que la justicia casi siempre actúa correctamente ante las violaciones a la Ley por parte de los moto taxi; para el 41.37%, siempre y para el 10.34%, a veces. Esto indica que para los moto taxistas está claro el rol de la justicia ante las violaciones y sus consecuencias.

Según estos datos el 63.79% de los moto taxis está muy de acuerdo que se tomen las medidas que establece la Ley No. 241 sobre las infracciones al tránsito y el 36.20%, de acuerdo. Si se observa el 100% de alguna manera entiende que es justo controlar a través de lo que indica la ley.

La edad del 48.27% de los encuestado tiene una edad promedio de 26-35 años; el 27.58%, menos de 18 años; el 17.24%, más de 35 años y el 6.89%, de 18-25 años. Lo que indica que estas personas en su mayoría son muy jóvenes.

Bibliografía

  • Batista García, Francisco. Historia de Bonao. Fundación para la Cultura y museo Cándido Bidó. Editora Amigo del Hogar. 1988.

  • Capitant, Henry. Vocabulario jurídico. Buenos Aires Argentina. 1930.

  • Castellano Estrella, Víctor José. Manual para Jueces de Paz. Escuela Nacional de la Judicatura. 3ª edición. 2001.

  • Castillo Pantaleón, Juan Miguel Derecho de Tránsito de la República Dominicana. AMET. Santo Domingo. 1998.

  • Código de Procedimiento Criminal de la República Dominicana. Editora Tavárez. 2003.

  • Congreso Nacional de la República Dominicana. Código Penal de la República Dominicana, modificado por la Ley 24-97. 2000.

  • Díaz, Máximo. Ley No. 241 sobre tránsito de vehículos y sus modificaciones. Santo Domingo. 2000.

  • Dotel Matos, Héctor. Las infracciones penales. Auto ediciones. Santo Domingo. 1997.

  • González Canahuate, L. Jurisprudencia. Editora Centenario. Santo Domingo. 1998.

  • Machado Santana, Erich. Sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana. Santo Domingo. 1988.

  • Charles Dunlop, notas especiales. Derecho Procesal Penal.

  • Santana Polanco, Víctor. Derecho Procesal Penal, Tomo I. Editora Centenario. 2002.

  • Santana Polanco, Víctor. Vocabulario. Segunda edición. Editorial Cocolo. Santo Domingo. 2003.

  • Suvero Isa, Jorge. Responsabilidad Civil. Editora Dalí, Moca 1996.

  • Tavárez, Froilán. Elementos del Derecho Procesal Civil Dominicano, Vol. I, II, III. Editora Tiempo. Santo Domingo. 1991.

 

Enviado por:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®

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Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2016.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE, JUAN BOSCH Y ANDRÉS CASTILLO DE LEÓN – POR SIEMPRE"®