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Cuestionario de Derecho Mercantil (página 2)

Enviado por Leslie Denisse


Partes: 1, 2, 3

  • 20. Como se diferencia una sociedad mercantil de una asociación.

En la sociedad el vinculo se da entre los socios y en la asociación el vinculo es entre asociados y asociados con asociación, el fin de la sociedad es de lucro la asociación no es lucrativa aun que puede lucrar pero las ganancias se utilizan para el patrimonio de esta misma mientras que la sociedad cuando obtiene beneficios por lucro lo reparte entre los socios.

Inscripción de un Comerciante Individual y su empresa:    

  • Comprar un formulario de solicitud de inscripción de comerciante y de empresa mercantil. Tiene un valor de Q 2.00.

  • Pedir una orden de pago y cancelarla en el banco

  • Q75.00 para inscripción como Comerciante 

  • Q100.00 por inscripción de empresa.

  • Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un fólder tamaño oficio con pestaña. El expediente debe contener:

  • formulario correspondiente con firma autenticada de propietario (declaración jurada)  

  • Cédula de vecindad para su razonamiento.

  • Certificación contable.

  • El expediente es calificado por el departamento de empresa. El expediente puede ser rechazado por varios motivos, los más comunes son los siguientes:

  • El formulario debe ser llenado a maquina.

  • La fecha de la autentica debe coincidir con la fecha del formulario.

  • No se especifica el régimen matrimonial o estado civil.

  • No se especifica el municipio o el departamento en la dirección.

  • Inscripción del comerciante y su empresa y entrega de la cedula razonada y la patente de comercio de empresa mercantil.

  • Tramite ante SAT.Tramite ante el IGSS (si la empresa tuviere más de 5 trabajadores)Tramite ante la DIACO

Inscripción de una Sociedad:

  • 1. Solicitar cedula, objeto, domicilio, plazo, capital autorizado, capital suscrito y capital pagado, monto de las acciones, nombre del representante legal, sede y 5 denominaciones.

  • 2. Investigación en el Registro mercantil por denominación.

  • 3. Apertura de cuenta para el capital.

  • 4. Hacer una escritura pública cumpliendo los requisitos del art. 16 del código de comercio 1730 del Código Civil 46 y 47 del Código de Notariado.

  • 5. Dentro del mes posterior al otorgamiento de la escritura de constitución se presentara el testimonio con su duplicado legalizado (Q250.00 en timbres fiscales y 0.50 para razón registral, art 5 y #5 y #17 reglamento ley de timbres).

  • 6. Comprar un formulario de solicitud de inscripción de Sociedad Mercantil. Tiene un costo de Q 2.00. 

  • 7. Solicitar una orden de pago y cancelarla en el banco.

  • Q 275.00 para inscripción de sociedad mercantil.

  • Por cada Q 1,000.00 del capital autorizado, deberá pagar Q 6.00. El monto máximo a pagar por dicho arancel es de Q 25,000.00.

  • Q 15.00 por edicto para publicación.

  • Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un fólder tamaño oficio con pestaña. El expediente debe contener:

  • formulario correspondiente autenticado

  • testimonio de la escritura de constitución de la sociedad con duplicado.

En ventanilla devuelven el testimonio original y la copia de la orden de pago.

  • El expediente es calificado por el departamento de Asesoría Jurídica.  Si todo está correcto y conforme la ley, se ordena la inscripción provisional (numero, folio y libro) sino se inscribiere en forma definitiva la sociedad dentro de los 60 días posteriores a la provisional esta se cancela y la emisión del edicto para su publicación. (art. 337 y 341 c. comercio)

  • Dicho edicto debe ser publicado una vez en el  Diario Oficial.

  • Se debe inscribir el nombramiento del representante legal de la sociedad. el cual se realiza siguiendo los pasos respectivos para la inscripción de auxiliares de comercio.

  • Ocho días hábiles después de la publicación del edicto, se debe presentar en el Registro Mercantil.

  • Un memorial solicitando la inscripción definitiva de la sociedad

  • La página completa donde aparece la publicación de la inscripción provisional

  • El testimonio original de la escritura

  • Fotocopia del nombramiento del Representante Legal previamente inscrito en el Registro Mercantil.

  • Luego de realizados todos los tramites, puede pasar a recoger su expediente a la ventanilla de entrega de documentos. Cuando pase a recoger su expediente

  • Revise cuidadosamente su patente

  • Verificar razón en el testimonio original

  • Adherir Q 200.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de Sociedad.

  • Cuando la sociedad está inscrita definitivamente, debe hacerse el trámite para inscribir la empresa, propiedad de la sociedad.  Para ello deben seguirse los pasos indicados para inscribir una empresa.

  • Dentro de un año máximo, después de inscrita definitivamente la sociedad, debe hacerse el trámite para inscribir el Aviso de Emisión de Acciones (solo para sociedades accionadas),  el cual se realiza siguiendo los pasos respectivos para el aviso de emisión de acciones.

Venta de una empresa propiedad de comerciante individual

  • 1. Hacer la solicitud (vendedor) de venta ante el Registro Mercantil adjuntando el último balance y la patente de comercio de empresa.

  • 2. Solicitar una orden de pago y cancelar en el banco:

  • Q.125.00 En concepto de arancel

  • Q.15.00 por edicto

  • 3. Presentación y Calificación del expediente.

  • 4. Entrega de edicto redactado por el Registro Mercantil.

  • 5. Publicar el edicto 3 veces en el diario oficial y 3 veces en uno de mayor circulación. Plazo de 1 mes.

  • 6. Si hay oposición se ventilara en juicio sumario.

  • 7. 60 días después se hace la escritura de compraventa.

  • 8. Solicitud (comprador) con copia de las publicaciones del edicto y testimonio original con duplicado.

  • 9. Se razona el testimonio por parte de el registro mercantil y se entrega la nueva patente de comercio de empresa mercantil.

  • 10. Tramite ante SAT.

  • 11. Tramite ante el IGSS (si la empresa tuviere más de 5 trabajadores)

  • 12. Tramite ante la DIACO

  • 21. Como comprueba un comerciante individual su calidad de comerciante.

Con la razón en la cedula de vecindad realizada al momento de su inscripción en el registro mercantil.

  • 22. Que es una empresa.

Es el conjunto de trabajos, elementos materiales y valores incorpóreos coordinados sistemáticamente para ofrecer al público bienes y servicios con ánimo de lucro.

  • 23. Que abarca legalmente el concepto de transmisión.

Los contratos de compraventa, donaciones, aportaciones y sucesión hereditaria.

  • 24. Que es el aviamiento.

La fama mercantil.

  • 25. Cual es la prohibición de concurrencia.

Es la que establece que quien enajena una empresa mercantil no puede iniciar nueva empresa con el mismo o análogo objeto a la anterior durante los próximos 5 años a la transmisión salvo pacto en contrario.

  • 26. En el usufructo o arrendamiento de la empresa mercantil se da la prohibición de concurrencia.

Si, solamente que esta es válida únicamente por el tiempo que dure el arrendamiento o usufructo.

  • 27. Que datos debe contener el formulario con que se inscribe a un comerciante individual.

Nombres y apellidos completos, estado civil, nacionalidad, domicilio, dirección.

Actividad a la que se dedique

Régimen económico de su matrimonio, si fuere casado o unido de hecho,

Nombre de su empresa y establecimientos y sus direcciones.

Fecha que haya dado inicio su actividad mercantil.

  • 28. Datos que debe contener el formulario con que se inscribe una empresa mercantil.

Nombre de la empresa, nombre del propietario y número de registro como comerciante, dirección de la empresa, objeto y nombre de los administradores o factores.

  • 29. Que libros lleva el Registro Mercantil.

De comerciantes individuales, de sociedades mercantiles, de empresas y establecimientos mercantiles, de auxiliares de comercio, de presentación de documentos, los libros que sean necesarios para las demás inscripciones que requiera la ley, índices y libros auxiliares.

  • 30.  Cuál es el principio de exclusividad.

Al momento de la inscripción en el registro mercantil adquiere la sociedad el derecho de uso exclusivo de su razón o denominación social y no podrá ser adoptada por sociedad con objeto semejante mientras subsista inscrita la primera.

  • 31. Forma de las aportaciones no dinerarias.

Son aportados por los socios y pasan al dominio de la sociedad sin necesidad de tradición y se detallaran y justipreciaran en la escritura pública o en el inventario previamente aceptado por los socios el cual debe protocolizarse.

  • 32. Que bienes no dinerarios son aceptados como aportaciones.

Los bienes muebles e inmuebles, las patentes de invención, los estudios de prerfactibilidad y factibilidad los costos de preparación para la creación de la empresa así como la estimación de la promoción de la misma.

  • 33. El nuevo socio es responsable por las obligaciones de la sociedad anteriores a su ingreso.

Si es responsable según la forma adquirida por la sociedad incluso aun cuando se haya cambiado la razón o denominación social.

  • 34. En quien recae el riesgo de una aportación fungible y no fungible.

Las aportaciones no fungibles aportadas solamente para su uso, frutos o productos es riesgo del propietario, las fungibles son riesgo de la sociedad.

Entre socios capitalistas según al capital de su aporte, Si se estipulo solamente las ganancias sin mencionar las perdidas la distribución de estas se hará de igual forma a la establecida para las primeras, la participación de un socio industrial se determina promediando el capital de todas las aportaciones, si fueren varios socios industriales se aplicara la regla anterior, el socio industrial no soporta las perdidas sino que las que exceden el capital, el socio que reúna la doble calidad debe participar en la distribución en cada uno de los conceptos que le corresponde.

  • 36. Cuál es el pacto leonino.

Son nulas y no se tienen por puestas las clausulas de la escritura pública que estipulen que un socio no participara en las ganancias, sin embargo se pueden conferir preferencias en la distribución de estas por liquidación o pago de utilidades, la estipulación que exima de participar en las perdidas no produce efecto contra terceros.

  • 37. En qué consiste la prohibición de utilidades no causadas.

Se prohíbe la distribución de utilidades que realmente conforme al balance general de la sociedad no se han obtenido.

  • 38. Cuál es la reserva legal.

De las utilidades netas de cada ejercicio debe separarse anualmente el 5% como mínimo, esta puede capitalizarse cuando exceda del 15% del capital al cierre del ejercicio anterior.

  • 39. Derechos de los socios y clases de derechos.

  • Derechos políticos y derechos patrimoniales.

  • Derecho a examinar la contabilidad de la sociedad por lo menos 15 días antes de la asamblea o junta general.

  • Promover ante juez que se celebre la asamblea o junta general cuando ha pasado la época para celebrarla.

  • Reclamar la forma de la distribución de las utilidades dentro de los 3 meses siguientes a la asamblea o junta general.

  • Derecho de tanteo (solo Soc. no accionadas)

  • Derecho a exigir el reintegro de los gastos en que incurriere por el desempeño de sus obligaciones para con la sociedad.

  • 40. Prohibiciones a los socios.

  • Usar el patrimonio, razón o denominación de la sociedad para fines ajenos a esta,

  • Ejercer la industria que se aporta a la sociedad salvo en beneficio de esta, o dedicarse a negociaciones que lo distraigan de sus obligaciones hacia la sociedad a menos que cuente con consentimiento de los demás socios,

  • Ser socios de empresas análogas o competitivas o emprenderlas por su cuenta o para tercero sin consentimiento unánime de los socios, (solo Soc. no accionadas)

  • Ceder o gravar su aporte de capital sin consentimiento unánime (solo Soc. no accionadas).

  • 41. Formas de establecer la mayoría para resoluciones.

La que se haya establecido en el contrato o la mitad mas uno de los socios o la mitad mas una de las acciones.

  • 42. En qué consiste el pacto de herederos.

En que se puede pactar que a la muerte de cualquier socio lo pueden suceder en la sociedad sus herederos, no obliga a los herederos a ingresar a la sociedad pero si a los socios en recibirlos.

En uno o varios administradores o gerentes quienes podrán ser socios o no, y tendrán la representación judicial y no pueden dedicarse a la misma índole de negocios de su representada.

En las sociedades no accionadas cuando el administrador es socio y se ha pactado en el contrato, solo será removido por dolo, culpa, incapacidad o incumplimiento.

  • 45. Facultades del administrador.

La representación judicial, las que se requieran para efectuar los actos de giro ordinario de la sociedad inclusive la emisión de títulos de crédito, en la escritura social puede delimitarse las facultades, para negocios que no son de giro ordinario deberán tener facultades especiales descritas en la escritura pública, acta o mandato.

  • 46. En quien recae el uso de la razón o denominación social.

En al administrador o mandatario facultado

  • 47. Cuándo se paga al banco y se realiza la escritura de constitución de sociedad que obligación hay que cumplir.

Transcribir la boleta de depósito en el cierre de la escritura.

  • 48. Como se prueba la inscripción provisional de una sociedad.

Con la certificación emitida por el registro mercantil con un valor de 15 quetzales.

  • 49. Que sucede al momento de calificarlo el registro observa que el expediente contiene un error.

El registro rechaza el expediente y otorga 5 días para subsanar el error.

  • 50. Si al momento de calificar el expediente este se rechaza pero por razones no validas que se puede hacer.

Plantear una oposición ante un juez de primera instancia civil quien conoce en la vía de los incidentes.

  • 51. Que sucede con los negocios adquiridos si se cancela una inscripción provisional.

Se consideran como gestor de negocios.

  • 52. Que recurso cabe al momento de plantear oposición por que se rechaza el expediente por la denominación o razón social.

Ningún recurso.

  • 53. Cuál es el trámite para inscribir empresa de sociedad mercantil.

  • Formulario de inscripción (Q.2.00)

  • Pagar Q100 de arancel

  • Calificación

  • Entrega de patente de comercio de empresa (adherir Q.50 en timbres fiscales)

  • Emisión de acciones

  • 54. Para la emisión de acciones que pasos deben hacerse.

  • Formulario de solicitud.

  • Pagar Q.150 de arancel.

  • Calificación, certifican los montos.

  • Inscriben las acciones.

  • 55. Cuanto paga de arancel la inscripción del representante legal.

75 quetzales

  • 56. Clasificaciones de las personas jurídicas.

Por la forma (civiles y mercantiles)

Por el capital o persona (personalistas, capitalistas y mixtas)

Por el capital aportado (accionadas y no accionadas)

Legal

  • 57. Como se comprueba la calidad de socio de una sociedad mercantil.

Si es accionada con el titulo de las acciones, si es no accionada con el testimonio de la escritura pública.

  • 58. Diferencias entre la sociedad mercantil y la empresa.

Sociedad mercantil Empresa

Personas jurídicas Bien mueble

Personalidad No

Capacidad No

Se puede demandar No

No Se puede intervenir

Representante legal Propietario

Socios Propietario

Denominación o razón Nombre comercial

Escritura pública Solicitud

No Se puede vender

Patente de sociedad Patente de empresa

Al momento de quedar inscrita definitivamente pero sus efectos se retrotraen al momento de la inscripción provisional.

  • 60. Se puede constituir una sociedad como gestor de negocios.

No se puede solamente como mandatario.

  • 61. Que sucede si hay controversia entre los socios.

Prevalece lo estipulado en la escritura de constitución y a falta lo dispuesto en el código de comercio y a falta de este lo dispuesto en el código civil.

  • 62. Quienes no pueden constituir sociedad.

Declarados en quiebra y el tutor con el pupilo mientras dure la tutela y no se hayan cancelado las cuentas de su administración.

  • 63. Forma de las sociedades de menores e incapaces.

Por sus representantes legales por utilidad comprobada y responsabilidad limitada al monto de su aportación, por medio de autorización judicial en jurisdicción voluntaria judicial.

  • 64. Forma en que un menor o incapaz adquiere acciones.

Por sus representantes legales cuando estén totalmente pagadas.

  • 65. Forma de las aportaciones dinerarias.

Depositarse en un banco a nombre de la sociedad y en la escritura el notario deberá certificar ese hecho.

  • 66. Obligación del testimonio de escritura de sociedad con aportación de bien inmueble.

Inscribir el testimonio en el registro de la propiedad ya que si no se inscribe el registro mercantil no inscribe de forma definitiva a la sociedad.

  • 67. Si un aporte de bien inmueble está gravado con hipoteca que procede.

El socio que lo aporto está obligado al saneamiento.

  • 68. La escritura de constitución de sociedad es solemne.

Si de acuerdo al artículo 16 del código de comercio.

  • 69. Cuál es el derecho de tanteo.

El derecho de preferencia de un socio de adquirir la parte del capital de otro socio que desee enajenarla, termino de 30 días desde que se concedió la autorización.

  • 70. Plazo para que el heredero de un socio fallecido ingrese a la sociedad por pacto de herederos.

3 meses contados desde la muerte del causante.

  • 71. Quienes pueden ser mandatarios judiciales.

Los abogados y notarios, los parientes en los grados de ley.

  • 72. Derechos de las sociedades accionadas sobre las sociedades no accionadas.

No tienen prohibición de ser socios de sociedades análogas y pueden ceder o gravar su aporte sin previo consentimiento.

  • 73. Derechos u obligaciones de las sociedades no accionadas sobre las accionadas.

Ingreso y separación de socios por EP y consentimiento unánime, Modificación Voto Unánime, Derecho de tanteo, Derecho a separarse por administrador extraño.

  • 74. Clases de aportes.

Dinerario, no dinerario y de industria.

  • 75. En qué consiste la obligación de rendición de cuentas de los administradores.

Dar cuentas a los socios por lo menos anualmente de su administración, la falta de esta obligación es causa de remoción y demanda en juicio oral.

  • 76. Obligación del socio y socio moroso.

Obligación de efectuar sus aportaciones en la época y forma estipulada en la escritura de constitución, al socio moroso se le puede excluir de la sociedad y proceder ejecutivamente contra él.

  • 77. Cuando se da la administración conjunta de la sociedad.

Cuando fueren dos o más administradores, si hay negativa del otro administrador no se puede proceder a lo planteado por el otro, si fueren 3 o más procederá lo que disponga la mayoría.

  • 78. Cuando procede un administrador a actuar bajo su responsabilidad cuando la administración es conjunta.

Cuando de no proceder hubiere daño grave para la sociedad.

  • 79. Responsabilidad del administrador.

Responsabilidad por daños y perjuicios por dolo o culpa de forma ilimitada y solidaria si fueren 2 o más.

  • 80. Qué libro de actas lleva la sociedad mercantil.

Libro de actas o registro de juntas generales o asambleas generales.

  • 81. Que sucede si un administrador se excede de sus facultades.

Los actos que se obligo no afectan a la sociedad a menos que estos fueren ratificados por los socios o la sociedad se hubiere aprovechado de la operación.

  • 82. Esta vigente el código de comercio anterior.

Solamente los títulos del 1 al 6 y el 8 del libro 3 comercio marítimo.

Sumaria salvo que se estipule lo contrario.

  • 84. Cuales son títulos ejecutivos en materia mercantil.

Las copias legalizadas de acta de protocolización de protestos de documentos mercantiles y bancarios.

  • 85. Cuando procede el recurso de casación en materia mercantil.

En los juicios de valor indeterminado y los que excedan de dos mil quetzales de cuantía.

  • 86. Decreto, artículos, libros y vigencia.

Decreto 2-70, 1039, 4 (De los comerciantes y sus auxiliares, de las obligaciones profesionales de los comerciantes, de las cosas mercantiles y de las obligaciones y contratos mercantiles), vigente desde el 01-01-71

  • 87. La compraventa en documento privado es válida.

Es válida ya que la compraventa no requiere solemnidad pero no se puede inscribir en el registro de la propiedad.

  • 88. Que comprende un contrato de empresa que no exprese elementos.

El establecimiento, el aviamiento, Nombre comercial y signos distintivos de la empresa, contratos de arrendamiento, mobiliario y maquinaria, contratos de trabajo, mercaderías bienes y valores.

  • 89. Que se comprenderá en los contratos solo con pacto expreso.

Las patentes de invención, los secretos de fabricación y del negocio, las exclusivas y concesiones.

  • 90. Cuando pierde una empresa su calidad como tal.

Cuando deje de ser explotada por más de 6 meses consecutivos sin que su naturaleza lo justifique.

  • 91. Quienes están obligados a inscribirse en el registro mercantil.

Comerciantes individuales (capital de o mayor de Q2,000.00)

Sociedades mercantiles, empresas, auxiliares de comercio, (plazo de 1 mes para solicitud), de los hechos y relaciones jurídicas que especifique la ley.

  • 92. Por que las razones sociales se componen de los nombres o apellidos de un socio o más.

Por la fama mercantil del socio y porque son personalistas.

  • 93. Si un socio se va de una sociedad colectiva y su nombre figura en la razón social que debe hacer.

Colocar a la razón social la palabra "sucesores", para que el ya no tenga responsabilidad a favor de terceros y los otros socios.

  • 94. Porque la responsabilidad en la sociedad colectiva es subsidiaria.

Porque los socios responden con sus bienes propios al momento de no ser suficientes los bienes de la sociedad para cubrir la obligación, también conocido como principio de excusión.

  • 95. Que es una junta general de socios.

La reunión de todos los socios debidamente convocados.

  • 96. Qué pasa con el socio de una sociedad colectiva cuando se celebra la junta general de socios pero este no puede acudir.

Puede ser representado en junta por un tercero por medio de mandato o carta poder.

  • 97. En una sociedad en comandita simple que sucede cuando muere el administrador y no hay mas socios comanditados.

Puede un socio comanditario desempeñar interinamente como administrador durante un plazo de 1 mes.

  • 98. Que entiende cuando se establece que el tipo de sociedad es mixto o intermedio.

Que importa tanto el capital como la persona.

  • 99. Cuál es el capital suscrito en una sociedad anónima y formas de suscribirlo.

Es el compromiso que adquieren los socio de pagar el capital autorizado de forma parcial o total.

  • 100. Cuál es el capital pagado y formas de pagarlo.

El capital pagado es el capital que se cancela para efectos de emitir las acciones correspondientes.

  • 101. Cuál es el capital autorizado.

Es el monto máximo que la sociedad tiene para emitir acciones sin necesidad de aumentar el capital.

  • 102. Cuando se entregan certificados provisionales en vez de acciones.

Cuando el capital suscrito fue pagado parcialmente.

  • 103. Teorías que explican la naturaleza jurídica de la Sociedad anónima.

La teoría contractual (la S.A es un contrato) y la teoría institucional (La S.A es una Institución).

El sistema liberal (se organizan solo por el contrato), el sistema de autorización y control permanente (la S.A surge cuando el estado la autoriza) y el sistema de normatividad imperativa (conjunto de leyes o un código que regula los requisitos para la existencia de la S.A).

  • 105. Cuál es el capital social.

Es la suma del valor nominal de todas las acciones.

  • 106. Que sucede si una sociedad anónima anuncia su capital autorizado y no anuncia el capital pagado.

Deviene una multa de 25 a 500 quetzales.

Es el titulo valor que representa una alícuota del capital social.

  • 108. Cuál es el certificado provisional.

Es la acción que se suscribe y no esta pagada totalmente.

  • 109. Cuál es el contenido de la acción y certificado provisional.

La denominación, el domicilio, y plazo de la sociedad.

La fecha de escritura, lugar de otorgamiento, notario autorizante, datos de inscripción.

El nombre del titular si es nominativa, el valor nominal, el monto de capital autorizado y la firma de los administradores.

  • 110. Tipos de acciones acciones.

Nominativas y al portador.

  • 111. Cuál es la acción nominativa.

La acción creada a favor de persona determinada cuyo nombre se consigna en el propio texto de la acción como en el registro respectivo.

  • 112. Cuál es la acción al portador.

Son las acciones que no se emiten a favor de persona determinada aunque no contengan la clausula al portador.

  • 113. Que debe contener el libro de registro de acciones nominativas.

El nombre y domicilio del accionista, la indicación de las acciones que le pertenecen, expresando números de serie y clase.

En los certificados provisionales los llamamientos efectuados y pagos hechos.

Las transmisiones que se realicen, la conversión de certificados a acciones, los canjes de títulos, los gravámenes, la cancelación de estos.

  • 114. Los certificados provisionales pueden ser al portador.

No solo nominativos ya que la ley determina el registro de estas.

  • 115. Forma de transmisión de las acciones nominativas.

Por endoso, registro y entrega.

  • 116. Forma de transmisión de las acciones al portador.

Por entrega.

  • 117. Que se debe hacer al momento de que se pierde una acción nominativa.

Solicitar su reposición al administrador.

  • 118. Que se debe hacer al momento de que se pierde una acción al portador.

Solicitar la reposición ante juez de 1ra instancia del domicilio de la Soc. en JVJ,

Demostrar la propiedad y preexistencia del título, el juez ordena la notificación a la sociedad emisora y ordena la publicación de edicto 3 veces en el DOF, y en OMC, con intervalos de 5 días, debe de prestarse una garantía que cubrirá el valor nominal de la acción y prescribirá en 2 años.

  • 119. Se puede ser dueño de una acción en copropiedad.

Si se puede solamente que al momento de asamblea general deben hacerse representar por una persona.

  • 120. Hay copropiedad de una acción al portador.

No porque el dueño de una acción al portador es quien la posee físicamente y en este caso hay varios propietarios.

  • 121. Cuáles son los derechos del accionista.

Participar en el reparto de utilidades, el derecho preferente de suscripción de nuevas acciones, El de votar en asambleas generales.

  • 122. Que es pignorar.

Dar en prenda.

  • 123. Se puede ceder, usufructuar o gravar una acción.

Si ya que es un bien mueble.

  • 124. Que sucede si se vende un certificado provisional.

Hay obligación de registrar el cambio de propietario y quedan solidariamente responsables por 3 años por el monto no pagado.

  • 125. A quien corresponde el derecho a voto y el derecho preferencial cuando se pignora, o usufructúa una acción.

Lo que disponga la escritura, si hay silencio por parte de los socios, el derecho a voto corresponde a el propietario (prenda) usufructuario (usufructo), y el derecho preferente siempre es del propietario.

  • 126. Que es la asamblea general de accionistas.

Es la reunión de los socios previamente convocados.

  • 127. Clases de asambleas.

Ordinarias, extraordinarias y especiales.

  • 128.  Asuntos de la Asamblea Ordinaria.

Asuntos de giro ordinario de la sociedad (nombrar y remover administradores, el órgano de fiscalización, discutir y aprobar o improbar el balance general, conocer y resolver el proyecto de distribución de utilidades)

  • 129. Asuntos de la Asamblea Extraordinaria.

Asuntos de giro extraordinario (Modificaciones a la EP, Aumentar o disminuir el capital, creación de acciones preferentes)

  • 130. Cuantas veces se puede celebrar un Asamblea ordinaria.

Mínimo 1 vez al año, posterior a esta las veces que sea necesaria.

  • 131. Formas de convocar a la asamblea.

Por 2 publicaciones en el diario oficial y en OMC, por lo menos 15 días antes a su celebración, o por medio de aviso escrito a la dirección registrada de los accionistas con acciones nominativas.

  • 132. Cuáles son las convocatorias dobles.

Cuando la EP lo permita se señalan en el mismo aviso o convocatoria una segunda fecha hora y lugar para celebrar nuevamente asamblea general.

  • 133. Cuál es la asamblea totalitaria.

La reunión de todos los socios sin necesidad de convocatoria previa, y aprobando la agenda por unanimidad.

  • 134. El administrador esta fuera del país y hay que evacuar una audiencia en juicio en dos días que procede hacer.

Realizar una Asamblea general ordinaria con carácter totalitario para nombrar nuevo administrador.

  • 135. Puede resolverse asunto extraordinario en una asamblea ordinaria y viceversa.

En una asamblea ordinaria asuntos extraordinarios no se puede, en una extraordinaria asuntos ordinarios si se puede.

  • 136. Clases de Quórum.

De presencia y de votación.

  • 137. Cuál es el quórum de presencia y mínimo por la ley en las dos clases de asambleas.

El necesario para iniciar la sesión.

50% de las acciones en asamblea ordinaria.

60% de las acciones en asamblea extraordinaria.

  • 138. Cuál es el quórum de votación y mínimo por la ley en las dos clases de asambleas.

El necesario para tomar una resolución.

La mitad mas una de las acciones presentes en asamblea ordinaria.

La mitad mas una de las acciones totales en asamblea extraordinaria.

  • 139. Formas de asentar las actas de asamblea.

En el libro de actas de asamblea las cuales deberán ser firmadas por el presidente y secretario de la asamblea, o por acta notarial. Se deben registrar las actas de las asambleas extraordinarias en el registro mercantil en un plazo de 15 días.

  • 140. Se debe registrar en el registro mercantil las actas de asamblea general extraordinaria totalitaria y plazo.

Si por que solo el carácter de totalitario es el que cambia, en un plazo de 15 días.

  • 141.  Que sucede si un administrador tiene demasiado trabajo judicial que se hace.

Se debe nombrar un mandatario judicial por medio de asamblea general extraordinaria.

  • 142. Que procede al momento de que un socio no haga sus aportes en la forma pactada.

Se pueden vender las acciones que le correspondan, se puede reducir el capital y se puede proceder en la vía ejecutiva contra el socio moroso.

  • 143. Cuando puede adquirir acciones la sociedad.

En caso de exclusión o separación de un accionista y deberá venderlas en un plazo de 6 meses si no se logran vender se debe reducir el capital.

  • 144. Quien es el propietario de una acción.

El que esté inscrito en el registro de acciones si esta es nominativa o al poseedor de la acción si esta es al portador.

  • 145. Quien convoca a asamblea general.

El administrador, el órgano de fiscalización, un 25% de los accionistas o un accionista en ejercicio de su derecho corporativo.

  • 146. Cuál es el plazo de nombramiento de un administrador.

3 años.

  • 147. Como acredita el administrador único su calidad.

Acta Notarial de nombramiento.

  • 148. Que sucede si hay que evacuar una audiencia el día de mañana y el nombramiento del administrador ya caduco.

La ley establece que el administrador continuara en el desempeño de sus funciones mientras no se haya nombrado nuevo administrador.

  • 149. Quienes nombran al gerente y plazo máximo de nombramiento.

La asamblea General o el administrador.

  • 150. Diferencias entre Gerente y administrador.

El administrador es superior jerárquico al gerente y el plazo de duración de ambos es distinto siendo el del gerente hasta ilimitado y el del administrador como máximo por 3 años.

Partes: 1, 2, 3
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