Descargar

Historia de México

Enviado por ivan_escalona


    1. Manifiesto del Congreso Constituyente

    El período denominado la Reforma en México en un proceso altamente dinámico que abarcaba largos años, pues germina desde la Independencia y tiene su etapa más brillante a partir de 1854, en que inicia la Revolución de Ayutla, y más en concreto en los años 1855 a 1859, culminado en el momento en que Sebastián Lerdo de Tejada promulga las leyes de Reforma, primero la del 25 de septiembre de 1873 y finalmente la del 14 de diciembre de 1874. El movimiento reformista es parte del proceso que tiene a lograr el afianzamiento de la nacionalidad mediante la conquista plena de la soberanía y la transformación de sistema político, económico y social reinante, establecido uno nuevo bajo un régimen democrático, representativo y popular.

    En una circular de 5 de mayo de 1858 dirigida a os gobernadores de los estados, Melchor Ocampo señaló el pensamiento, objetivos y alcances de Juárez y sus ministros tenían a ese respeto: "Se harán nuevos esfuerzos para consumar la reforma radical y completa que es necesaria en todos los ramos de la administración pública…, pues ésta y no otra es la resolución que tienen los que actualmente forman el gabinete". Las principales leyes de reforma dictadas a partir de 1855, de gran contenido político, afectaban la actividad del país en sus aspectos económicos, cultural, social, y religioso.

    Entre las más importantes mencionamos las siguientes:

    Ley sobre administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la nación, del distrito y territorios, llama Ley Juárez, de 23 de noviembre de 1855.

    Ley de desamortización de fincas rústicas y urbanas propiedad de corporaciones civiles y eclesiásticas, llamada ley de Lerdo, de 25 de junio de 1856.

    La Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, de 5 de febrero de 1857.

    La Ley sobre obvenciones parroquiales, llamada Ley Iglesias, de 11 de abril de 1857

    Ley sobre nacionalización de los bienes eclesiásticos del clero secular y regular, de 12 de junio de 1859.

    La Ley del 28 de julio de 1859, que estableció el Registro Civil, y la del 31 de julio del mismo año, sobre la reglamentación de los cementerios.

    Las finalidades esenciales de los reformistas y de sus disposiciones puede enmarcase como sigue:

    1. Desamortizar la propiedad, especialmente la eclesiástica. La desamortización estaba encaminada a poner en circulación grandes recursos que no eran suficiente ni debidamente explotados por la iglesia, con el fin de que pudieran ser aprovechados por todos los sectores del país. Esta disposición ponía igualmente en circulación los bienes de las comunidades civiles, muchas de las cuales no cumplían con las finalidades y destino para el que habían sido constituidas.
    2. Nacionalizar los bienes inmuebles propiedad de la Iglesia. La nacionalización revertía en la nación todos los bienes que ella había constituido y que estaban destinados a satisfacer objetos piadosos, de beneficencias o de culto. Por esta ley, la nación tendía a mantener el dominio de una vasta propiedad que el pueblo había contribuido a forma, la cual debería ser vigilada por la representación nata de la nación que es el Estado. Además se consideró que aquellos bienes que no satisfacían ya una necesidad inaplazable podían ser destinados a otras finalidades o ser vendidos para su mejor utilización a particulares, con lo cual se obtendrían recursos económicos que con urgencia se requerían y con los cuales beneficiarían grandes núcleos de población.
    3. Acrecentar la fuerza económico – política del Estado y disminuir la eclesiástica. La iglesia, contaba además con los diezmos y aranceles establecidos, que él confería gran poder económico en la nación. En virtud de esa fuerza económica y su intervención en los asunto políticos tenían cierta superioridad sobre el Estado. Se necesitaba que éste adquiriera supremacía política, fuerza económica y la dirección real de la nación. Al crearse el Estado Nacional, éste tenía que acrecentar su fuerza y para ello era necesario superar en su campo de acción y político a la Iglesia, haciendo que ella se dedicara a su labor espiritual. El Estado como entidad soberana tenía que ostentar una fuerza superior a cualquier otra organización. Separar la actividad estatal, de esencia política, de la actividad eclesiástica, que debería ser fundamentalmente religiosa. Durante tres siglos existió una tradición de unidad entre la Iglesia y el Estado por lo cual aquélla intervenía n las funciones políticas de éste, y viceversa. Estas intervenciones con el tiempo perjudicaron tanto a la actividad estatal cuanto a la puramente espiritual de la Iglesia. Los reformistas creyeron era indispensable que el Estado se consagrara a una actividad puramente política y la Iglesia a su misión espiritual, alejada de toda intervención en los negocios estatales.
    4. Ejercer dominio y vigilancia sobre la población a través de la creación del Registro Civil. Ante el hecho de que la Iglesia ejercía las funciones de registro, el Estado como entidad política superior y urgido de tener un dominio sobre la población, retomó las funciones de control y vigilancia de la misma, decretando la creación y el funcionamiento del Registro Civil, a cargo del Estado, de las personas físicas en los momentos de su nacimiento y defunción. Secularización de cementerios y panteones. Con ella adquiría la nación el derecho de disponer libremente de lugares para la inhumación de las personas físicas, independientemente de su credo religioso o político. También se renovaba la prohibición de los entierros dentro de los templos por considerarlo antihigiénico.
    5. Supresión de los fueros militar y eclesiástico. Con la Ley de Juárez quedaron suprimidos toda clase de fueros, con lo cual se afianzó el principio de igualdad legal y social. Zarco decía, en su editorial del siglo XIX el 23 de abril de 1856, al ser ratificada la ley: "Queda desde ahora fijada una de as bases de la futura Constitución. ¡No más privilegios! ¡No más exenciones! ¡Igualdad para todos los ciudadanos! ¡Soberanía perfecta de poder temporal! ¡Justicia para todos!" Hábil periodista y decidió liberal como era Zarco, logró percatarse del alcance de esta ley, que se incorporó a la constitución del 57 y en la vigente.

    Manifiesto del Congreso Constituyente a la nación al ser promulgada la Constitución federal de los Estados Unidos mexicanos, sancionada y jurada por el Congreso General Constituyente el día 5 de febrero de 1857.

    EL CONGRESO CONSITITUYENTE A LA NACIÓN

    Mexicanos: Queda hoy cumplida la gran promesa de la regeneradora revolución de Ayutla, de volver al país al orden constitucional. Queda satisfecha esta noble exigencia de los pueblos, tan enérgicamente expresada por ellos, cuando se alzaron a quebrantar el yugo del más ominoso despotismo. En medio de los infortunios que les había sufrir la tiranía, conocieron que los pueblos sin instituciones que sea la legítima expresión de su voluntad, la invariable regla de sus mandatarios, la invariable regla de sus mandatarios, están expuestos a incesantes trastornos y a la más dura servidumbre. El voto del país entero aclamaba por una Constitución que asegurara las garantías del hombre, los derechos de ciudadano, el orden regular de la sociedad. A este voto sincero, íntimo del pueblo esforzado, que en mejores días conquistó su independencia; a esta aspiración del pueblo, que en el deshecho naufragio de sus libertades, buscaba ansioso una tabla que lo salvara de la muerte y, de algo peor, de la infamia; a este voto, a esta aspiración debió su triunfo la revolución de Ayutla, y de esta victoria del pueblo sobre sus opresores, del derecho sobre la fuerza bruta, se derivó la reunión del Congreso, llamado a realizar la ardiente esperanza de la República; un código político adecuado a sus necesidades y a los rápidos progresos que, a pues de sus desventuras, ha hecho en la carrera de la civilización.

    Bendiciendo la Providencia Divina los generosos esfuerzos que se hacen a favor de la libertad, ha permitido que el Congreso dé fin a su obra y ofrezca hoy al país la prometida Constitución, esperada como la buena nueva para tranquilizar los ánimos agitados, calmar la inquietud de los espíritus, cicatrizar las heridas de la República, ser el iris de paz, el símbolo de la reconciliación entre nuestros hermanos y hacer cesar esa penosa incertidumbre que caracteriza siempre los períodos difíciles de transición.

    El Congreso que libremente elegisteis, al concluir la ardua tarea que él encomendó, conoce él deber experimentar la necesidad de dirigirlos la palabra, no para encaminar el fruto de sus deliberaciones, sino para exhortarnos a la unión, a la concordia y a que vosotros mismos seáis los que perfeccionéis vuestras instituciones, sin abandonar las vías legales de que jamás debió salir la República. Vuestro representante a ha pasado por las más críticas y difíciles circunstancias; han visto la agitación de la sociedad, han escuchado el estrépito de la guerra fratricida, han contemplado amagada la libertad, y en tal situación, para no desesperar del porvenir, los ha alentado su fe en Dios, en Dios que no protege la iniquidad ni la injusticia, y, sin embargo, han tenido que hacer un esfuerzo supremo sobre sí mismos, que obedecer sumisos los mandatos del pueblo, que resignarse a todo género de sacrificios para perseverar en la obra de constituir al país.

    Tomaron por guía la opinión pública, aprovecharon las amargas lecciones de la experiencia para evitar los escollos de lo pasado, y les sonrió halagüeña la esperanza de mejorar el porvenir de su patria.

    Por esto, en vez de restaurar la única carta legítima que antes de ahora han tenido los Estados Unidos mexicanos; en vez de revivir las instituciones de 1824, obra venerable de nuestros padres, emprendieron la formación de un nuevo código fundamental, que no tuviera los gérmenes funestos que, en días de luctuosa memoria, prescribieron la libertad en nuestra patria y que correspondiese de entonces acá por el espíritu del siglo. El congreso estimó como base de toda prosperidad, de todo engrandecimiento, la unidad nacional, y, por tanto, se ha empeñado en que las instituciones sean un vínculo de fraternidad, un medio seguro de llegar a establecer armonías, y ha procurado alejar cuanto producir pudiera choques y resistencia colisiones y conflictos.

    Persuadido el Congreso de que la sociedad para ser justa, sin el que no puede ser duradera, debe perpetras los derechos concedidos al hombre por su Criador; convencido de que las más brillantes y deslumbradoras teorías políticas son torpes engaño, amarga irrisión, cuando no se goza de libertad civil, ha definido clara y precisamente las garantías individuales, poniéndolas a cubierto de todo ataque arbitrario. El acta de derechos que va al frente de la Constitución es un homenaje tributado, en vuestro nombre, por vuestros legisladores a los derechos imprescriptibles de la humanidad. Os quedan, pues, libres, expeditas, todas, las facultades que del Ser Supremo recibisteis para el desarrollo de vuestra inteligencia para el logro de vuestro bienestar.

    La igualdad será de hoy más la gran ley en la República; no habrá más mérito que el de las virtudes; no manchará el territorio nacional la esclavitud, oprobio de la historia humana; el domicilio será sagrado; la propiedad, inviolables; el trabajo y la industria, libres; la manifestación del pensamiento, sin más trabas que el respeto a la moral, a la paz pública y a la vida privada; el tránsito, el movimiento, sin dificultades; el comercio, la agricultura, sin obstáculos; los negocios del Estado, examinados por los ciudadanos todos: no habrá leyes retroactivas, ni monopolios, ni prisiones arbitrarias, ni jueces especiales, ni la confiscación de bienes, ni penas infamantes, ni se pagará por la justicia, ni se violará la correspondencia; y en México, para su gloria ante Dios y ante el mundo, será una verdad práctica a inviolabilidad de la vida humana, luego que con el sistema penitenciario pueda alcanzare el arrepentimiento y la rehabilitación moral del hombre que el crimen extravía.

    Tales son, ciudadanos, las garantías que el Congreso creyó deber asegurar en la Constitución, para hacer efectiva la igualdad, para no conculcar ningún derecho, para que las instituciones desciendan solícitas y bienhechoras hasta las clases más desvalidas y desgraciadas, a sacarlas de su abatimiento, a llevarles la luz de la verdad, a vivificarlas con el conocimiento de sus derechos. Así despertará se estimularás su actividad, que paralizó la abyección; así entrará en la comunión social y dejando de ser ilotas miserables, redimida, emancipadas, traerán nueva savia, nueva fuerza a la República.

    La federación, bandera de los que han luchado contra la tiranía, recuerdo de épocas venturosas, fuerza de la República para sostener su independencia, símbolo de los principios democráticos, es la única forma de gobierno que en México cuenta con el amor de sus pueblos, con el prestigio de la legitimidad, con el respeto de la tradición de la República. El Congreso, pues, hubo de reconocer como preexistentes los Estados libres y soberanos; proclamó sus libertadores locales y, al ocuparse de sus límites, no hizo más alteraciones que las imperiosamente reclamadas por la opinión o porra convivencia pública para mejorar la administración de los pueblos. Queriendo que en una democracia no haya pueblos sometidos a pupilaje, reconoció el legítimo derecho de varias localidades a gozar de vida propia como Estados de la federación.

    Gozando los Estados de amplísima libertad en su régimen interior, y estrechamente unidos por el lazo federal, los poderes que ante el mundo han de representar a la Federación quedan con las facultades necesarias para sostener la independencia, para fortalecer la unidad nacional, para promover el bien público, para atender a todas las necesidades generales; pero no será jamás una entidad extraña que esté en pugna con los Estados, sino que, por el contrario, serán la hechura de los Estados todos.

    La obra de la Constitución debe naturalmente, lo conoce el Congreso, debe resentirse de las azarosas circunstancias en que ha sido formada, y puede también contener errores que se hayan escapado a la perspicacia de la asamblea. El Congreso sabe muy bien que en siglo presente no hay barrera que pueda mantener estacionario no se estanca, que las leyes inmutables son frágiles valladar para el progreso de las sociedades, que es vana empresa querer legislar para las edades futuras, que el género humano avanza día a día necesitando incesantes innovaciones en su modo de ser político y social. Por esto ha dejado expedito el camino a la reforma del Código político.

    Bibliografía:

    Enciclopedia "Historia de México", Primera edición, México D.F 1978, Editorial: Salvat Mexicana de editores, Tomo VIII, P.p. 2181 – 2204.

     

     

     

     

    Autor:

    Iván Escalona M.

    Estudios de Preparatoria: Centro Escolar Atoyac (Incorporado a la U.N.A.M.)

    Estudios Universitarios: Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias sociales y Administrativas (UPIICSA) del Instituto Politécnico Nacional (I.P.N.)

    Ciudad de Origen: México, Distrito Federal

    Fecha de elaboración e investigación: Noviembre de 1998. Profesor que revisó trabajo: Adrián Gutiérrez (Profesor de Historia del Atoyac y alias: Chico Homo)