La revocatoria como control de la ciudadanía: un mecanismo de democracia directa (página 2)
Enviado por Lesly Llatas Ramirez
DNI | NOMBRES | CARGO | ORGANIZACIÓN POLÍTICA | |||||
08051943 | SUSANA MARÍA DEL CARMEN VILLARÁN DE LA PUENTE | ALCALDE | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
06597898 | EDUARDO ARIEL ZEGARRA MÉNDEZ | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
40885560 | MARISA GLAVE REMY | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
08221274 | RAFAEL EDUARDO GARCÍA MELGAR | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
07960892 | PERFECTO VÍCTOR RAMÍREZ CIFUENTES | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
40716094 | ZOILA ELENA REATEGUI BARQUERO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
09245131 | LUIS VALER CORONADO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
09677079 | MARCO ANTONIO ZEVALLOS BUENO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
08900861 | SIGIFREDO MARCIAL VELÁSQUEZ RAMOS | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
45847387 | VICTORIA DE SOTOMAYOR COTRADO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
40984410 | LUISA MERCEDES MARTÍNEZ CORNEJO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
07723966 | DORA BEATRIZ HERNANDO SÁNCHEZ | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
08717578 | INÉS CECILIA RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
08114553 | JOSÉ LIBORIO ESTEVES ROBLES | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
42860076 | MÓNICA GISSELLA ERAZO TRUJILLO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
07909873 | MANUEL ABELARDO CÁRDENAS MUÑOZ | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
09215292 | CAYO TITO QUILLAS | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
00361244 | OLGA CELINDA MORÁN ARAUJO | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
42869783 | RONALD GONZALES PINEDA | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
10586876 | MAIA LIBERTAD ROJAS BRUCKMANN | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
43938404 | PEDRO JAVIER LOPEZ TORRES TUBBS | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
42991816 | HERNÁN NÚÑEZ GONZALES | REGIDOR | PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL | |||||
07959820 | WÁLTER ARCESIO GUILLÉN CASTILLO | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
06474307 | JAIME EDUARDO SALINAS LÓPEZ TORRES | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
09489571 | EDGARDO RENÁN DE POMAR VIZCARRA | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
25612470 | JOSÉ ALBERTO DANOS ORDÓÑEZ | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
08132516 | MÓNICA EMPERATRIZ SARAVIA SORIANO | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
40283799 | JORGE RAFAEL VILLENA LARREA | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
07855512 | LUZ MARÍA DEL PILAR FREITAS ALVARADO | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
09753681 | PABLO ALBERTO SECADA ELGUERA | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
43404273 | LUIS MANUEL CASTAÑEDA PARDO | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
07742778 | TERESA DE JESÚS CANOVA SARANGO | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
09675166 | ALBERTO VALENZUELA SOTO | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
10586288 | ÓSCAR JAVIER IBÁÑEZ YAGUI | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
07857135 | LUIS FELIPE CALVIMONTES BARRÓN | REGIDOR | PARTIDO POPULAR CRISTIANO – PPC -UNIDAD NACIONAL | |||||
08643844 | RUBÉN SANTIAGO GAVINO SÁNCHEZ | REGIDOR | RESTAURACIÓN NACIONAL | |||||
09464422 | IVAN BECERRA HURTADO | REGIDOR | RESTAURACIÓN NACIONAL | |||||
07726641 | GERMÁN RICARDO APARICIO LEMBCKE | REGIDOR | PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERU | |||||
08274679 | FERNÁN ROMANO ALTUVE-FEBRES LORES | REGIDOR | CAMBIO RADICAL | |||||
10144733 | LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA | REGIDOR | SIEMPRE UNIDOS |
Artículo tercero.- ESTABLECER que las normas vigentes para el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del
Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el 17 de marzo de 2013 son:
a. Constitución Política del Perú.
b. Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones c. Ley N. º 26859 – Ley Orgánica de Elecciones.
d. Ley N.° 26300 – Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
e. Resolución N° 038-2009-P/JNE, que aprueba el TUPA del Jurado Nacional de Elecciones
f. Resolución N.° 1000-2012-JNE y N.° 1068-2012-JNE, que convocó a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales para el domingo 17 de marzo de 2013.
g. La Resolución N.° 004-2011-JNE, que aprobó el Reglamento de Publicidad Estatal en periodo electoral.
h. La Resolución N.° 5011-2010-JNE, que aprobó el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras y su modificatoria, realizada con la Resolución N.° 699-2011-JNE. i. La Resolución N.° 136-2010-JNE, que aprobó el Reglamento de Propaganda Electoral y su modificatoria, realizada con la Resolución N.° 23-2011-JNE.
j. La Resolución N.° 5006-2010-JNE, que aprobó el Reglamento para la acreditación de personeros y observadores en procesos electorales.
k. Demás normas legales pertinentes.
(..)
II.- Conclusiones.-
1. La sociedad como se concibe hoy en día moderna y tecnológicamente revolucionada, al menos en sus medios de comunicación social permite en este contexto de globalización sumergirnos en un nivel de inclusión social más alto, con mecanismos de participación directa de los ciudadanos en asuntos públicos del Estado, lo cual, parece haber alcanzado una mayor madurez en lo que respecta a la asunción de una responsabilidad social y a la adquisición de una mayor toma de conciencia en que nosotros también somos responsables del gobierno que queremos.
2. Hoy en día, contamos con mandamientos adoptados por la comunidad internacional de exigencia directa a los Estados en velar por el orden Constitucional y democrático así como el respeto a los derechos humanos, prueba de ello, lo tenemos en la Carta Democrática Interamericana, adoptada en el año 2011 en la Ciudad de Lima-Perú.
3. La forma de gobierno que queremos y el Estado fuerte que anhelamos, se logra con la participación de todos y todas, representados en los partidos políticos, ONG, Instituciones, Comunidad académica, colegios profesionales, entre otros.
4. Vemos además, que la democracia es concebida en los actuales tiempos no solo como una legitima forma de gobierno sino como que además es tratada también como una forma de vida. Quiere decir, que, la democracia parte en nuestras actitudes personales y en el cultivo de los principales y valores inherentes a nuestra naturaleza.
5. El pilar de la democracia son los partidos políticos y si a esto le sumamos las condiciones o perfiles personales y/ o profesionales de los candidatos, entonces el voto de la ciudadanía tiene "doble garantía" un partido organizado y un representante idóneo y con liderazgo político que permitirá un
mayor fortalecimiento del desarrollo del país a través de la labor política de representación pero con la vigilancia del pueblo hacia la administración del Estado.
6. La ciudadanía ha dejado establecido que quiere un gobierno con el pueblo, quien resulte elegido, tienen que gobernar desde el corazón del pueblo; no queremos un "gobierno de espadas" es decir, de traiciones, resistencias sociales, de golpes militares, ni dictaduras, ni autoritarismo, buscamos la Paz y el bienestar con inclusión social.
7. El pueblo comienza a despertar pues ya hemos crecido como tal y nos estamos dando cuenta de cuán importante es hacernos sentir. Esto debe motivar una profunda reflexión a los partidos políticos, líderes y a toda la sociedad en su conjunto que debe aprender a valorar "la democracia como forma de vida y de gobierno". Se dice que no se valora lo bueno que se tiene hasta que se pierde. ¿Hemos perdido nuestra democracia? Dejamos ésta interrogante para nuestra reflexión interna.
8. Dejemos que la ciudadanía decida en la revocatoria si revoca o no a la Alcaldesa de Lima, pero dejemos actuarlo en libertad, para ello, los medios de comunicación social son muy importantes para orientar a la ciudadanía como debe ser el comportamiento en estas elecciones y no permitir que amedrante, restringa o tergiverse este de derecho de todos los ciudadanos peruanos.
FUENTES DE CONSULTA.- Constitución Política del Perú Carta Democrática Interamericana
Hans Kelsen. Concepto de Democracia y la Constitución de Austria de 1920 por Jorge Robles Vásquez, profesor del Colegio de Ciencia y Humanidades de la UNAM.
Resolución Nº 1000-2012-JNE Resolución Nº 1073-2012- JNE
Apuntes del Curso de Derecho Constitucional y Teoría del Estado, de la Maestría de Derechos
Constitucional y Derechos Humanos de la UAP cursado y concluido.
Apuntes del Curso de Política Exterior y DDHH dictado por la suscrita en la Academia Diplomática del
Perú, módulo II. Democracia y DDHH. (Junio 2012)
ANEXO 01
Preguntas frecuentes: extraído de la pagina web del Jurado Nacional de Elecciones.
¿Qué autoridades pueden ser revocadas? 2
a. Los alcaldes y regidores.
b. Presidentes regionales, vicepresidentes regionales y consejeros regionales, y c. Jueces de paz que provengan de elección popular.
¿Qué es la revocatoria?
La revocatoria es uno de los derechos fundamentales a la participación política que le reconoce la Constitución a las personas (artículo 2, numeral 17 de la Constitución Política vigente) que consiste en la posibilidad de destituir de sus cargos a autoridades elegidas.
¿Se puede pedir y realizar la consulta de revocatoria en cualquier momento del mandato de la autoridad elegida?
No, el ordenamiento jurídico señala que no se puede pedir la realización de la consulta de revocatoria en el primer ni en el último año del mandato, salvo en el caso de los jueces de paz.
¿Cuántas veces se puede realizar la consulta de revocatoria?
Sólo una vez durante el periodo que dure el mandato de la autoridad. Si es reelecto, igual se computa el plazo desde el inicio del nuevo periodo de gestión municipal o regional.
¿Puede pedir la revocatoria de una autoridad un ciudadano que no pertenece a la jurisdicción donde esta ejerce el cargo?
No, solo podrá ser promotor de un proceso de revocatoria aquel que consigne en su DNI un domicilio en la circunscripción donde se presente realizar la referida consulta de revocatoria.
¿Ante quién se presentan los pedidos de revocatoria?
Ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
NOTAS:
1Es un organismo constitucionalmente autónomo de competencia a nivel nacional, cuya máxima autoridad es el Pleno, integrado por cinco miembros, que son elegidos en diferentes instancias; su Presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema, los miembros son elegidos, uno por la Junta de Fiscales Supremos, uno por el Colegio de Abogados de Lima, uno por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y uno por los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas. Su conformación colegiada y la forma de elección, propicia su independencia y una toma de decisiones basada en la deliberación.
http://portal.jne.gob.pe/informacioninstitucional/quienessomos/Qu%C3%A9%20es%20el%20JNE.aspx
2 Acceder a este Link.- Página web del JNE, en la sección de preguntas frecuentes.- http://portal.jne.gob.pe/procesoselectorales/Informacion%20Electoral/Revocatoria%20Lima%202013%20Preguntas%20Frecuente s.aspx
Autor:
Abogada Lesly LLatas Ramirez
04/01/2013
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