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Servicios solidarios del Estado en un mundo globalizado


Partes: 1, 2, 3

    1. Estado social de Derecho en Costa Rica
    2. Globalización y apertura económica
    3. La disyuntiva de escoger un modelo
    4. Resultados del modelo solidario
    5. Conclusiones
    6. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    La globalización es un proceso progresivo, acelerado hoy por a) la convergencia tecnológica de las redes, la informática y las telecomunicaciones, b) la acción de las empresas transnacionales y c) los tratados de libre comercio. Las fuerzas del libre comercio, en asocio con gobernantes complacientes en nuestros países del tercer mundo, han venido infiltrando las políticas de Estado, desarticulado el desarrollo social que caracterizó una mayoría de ellos y propiciado la apertura y desregulación de los mercados y la privatización de las empresas públicas, causando en la mayoría de los casos, pobreza y exclusión de las clases más vulnerables.

    Costa Rica, sin embargo, es todavía ejemplo de desarrollo social, para una América Latina cada vez más pobre. Su Estado Social de Derecho, con instituciones públicas prestando servicios al costo y bajo el principio de solidaridad, le ha permitido niveles de desarrollo socio-económico, muy superiores al promedio latinoamericano.

    Sus instituciones estatales han sido por tanto, un instrumento de desarrollo, generador de economías para las empresas, pero sobretodo de bienestar para toda la población, pues no solo constituyen un medio de distribución de riqueza, sino que le generan un extraordinario excedente al consumidor.

    ESTADO SOCIAL DE DERECHO EN COSTA RICA

    Costa Rica es hoy, posiblemente, el país más solidario de América Latina. Su Modelo de Estado, creado en 1949, garantiza servicios públicos que hoy son estratégicos, a casi la totalidad de su población. Tal cosa solo ha sido posible, a través de la acción y la regulación del Estado.

    Las políticas neoliberales en las últimas dos décadas, han venido sin embargo, debilitando el Estado y limitando ese modelo. Sus repercusiones, sobre todo en la población de menores recursos, han provocado que haya aumentado -en vez de disminuir- la brecha social y la exclusión. El auge de los servicios privados de salud y educación y el deterioro de sus contrapartes públicas, son consecuencia directa de la estrategia de liberalización de mercados, desgravación tributaria para algunos grupos y reducción del Estado.

    A pesar de todo eso, el modelo de empresas del Estado que prestan servicios, sobre todo cuando estos se dan en monopolio (pero regulado, para prevenir abusos); que opera por ley al costo y con subsidios para quienes no pueden pagar su costo, ha sido el medio por el que nuestro país ha garantizado acceso universal a los más importantes servicios públicos: salud, educación, agua potable, energía eléctrica, telecomunicaciones y seguros.

    Nuestro Estado está cimentado, desde 1949, sobre pilares constitucionales que podríamos resumir de la siguiente forma:

    1. Un Estado Social de Derecho, sustentado en el Artículo No. 50 de la Constitución Política: "El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza".
    2. Educación gratuita y obligatoria, garantizada por el Artículo No. 78 de la Constitución Política: "La educación general básica es obligatoria. Esta, la preescolar y la educación diversificada son gratuitas y costeadas por la Nación".
    3. La proscripción del ejército como institución permanente, según el Artículo No. 12 de la Constitución Política: "Se proscribe el ejército como institución permanente".
    4. El Principio de Solidaridad Social, garantizado por el Artículo No. 74 de la Constitución Política: "Los derechos y beneficios a que este capítulo se refiere son irrenunciables. Su enumeración no excluye otros que se deriven del principio cristiano de justicia social y que indique la ley; serán aplicables por igual a todos los factores concurrentes al proceso de producción y reglamentados en una legislación social y de trabajo, a fin de procurar una política permanente de solidaridad nacional".
    5. La prestación de servicios públicos por instituciones del Estado, que operan al costo, sin fines de lucro, en procura del desarrollo y el bienestar del país y sus habitantes, así garantizado por la Ley No. 7593 del 9 de agosto de 1996, de la Autoridad Reguladora de las Servicios Públicos (ARESEP) y la Ley No. 3226 del 28 de octubre de 1963, en el caso específico de telecomunicaciones.

    Esas normas de nuestra Constitución y legislación, han producido el más universal acceso a los servicios básicos, que país alguno haya podido lograr en América Latina, a través de instituciones públicas como la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Ministerio de Educación, las Universidades Públicas y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), el Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SNAA), el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), y el Instituto Nacional de Seguros (INS).

    A través del Servicio Nacional de Electricidad (SNE), creado por Ley No. 77 del 31 de julio de 1924 y convertido más recientemente en la Autoridad de Servicios Públicos (ARESEP), creada por Ley No. 7593 del 9 de agosto de 1996, se asegura el país de que esos monopolios públicos, permitidos para el Estado, no para los privados, no abusen de su condición; y por el contrario, garanticen siempre una operación al costo y en algunos casos con subsidios cruzados, para hacer posible que todos los habitantes del país tengan acceso a los mismos.

    El ICE es quizá, la más emblemática de las instituciones, que ha llevado servicios de electricidad y telecomunicaciones a todo el país, con rasgos de singularidad mundial, por las siguientes razones:

    1. Presta, como una sola empresa, dos servicios estratégicas para el desarrollo del país.
    2. Optimiza su gestión, al obtener economías de escala y compartir recursos: personal, maquinaria, vehículos, edificios, etc.
    3. Comparte la misma infraestructura, tanto para los servicios de telecomunicaciones, como para los de energía eléctrica: por ejemplo, la postería.
    4. Aprovecha una convergencia tecnológica cada vez mayor. Por ejemplo, la de cables eléctricos para distribuir las comunicaciones, a través de la tecnología del Power Line Carrier (PLC), y las fibras ópticas instaladas en el interior de los cables de muy alta tensión.
    5. Obtiene beneficios del apalancamiento financiero entre los dos sectores. Por ejemplo, el sector de electricidad es intensivo en capital, tiene periodos de construcción y recuperación mucho más largos y una menor rentabilidad; mientras que le de telecomunicaciones requieren de menores inversiones, periodos de construcción y de recuperación más cortos y una mayor rentabilidad.
    6. No paga el uso del espectro radioeléctrico, por ser una institución del Estado.
    7. No paga derechos de paso en vías públicas o propiedades del Estado, por ser, de nuevo, patrimonio nacional.
    8. No reparte dividendos, sino que genera riqueza para el país, beneficiando directamente a los ciudadanos y las empresas.
    9. No gasta en mercadeo y publicidad.
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