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Gestión en los organismos provinciales

Enviado por EDUARDO RAMOS


  1. Principios registrales
  2. Certificados de Dominio
  3. Registraciones especiales
  4. Práctico final

GRILLA Nº 1

Principios registrales

Los principios registrales son ocho: Principio de Publicidad, Principio de Rogación, Principio de Especialidad, Principio de Legalidad, Principio de Prioridad Registral, Principio de Tracto Sucesivo, Principio de Tracto abreviado, Principio de Legitimación.

Principio de Publicidad: Es dar a conocer a los terceros el estado jurídico de un bien siguiendo los principios de legalidad.

Principio de rogación: El registro no actúa de oficio, solo a pedido de partes. Es la instancia por la cual se le pide al registro que inscriba determinadas situaciones jurídicas de un inmueble. Por ejemplo, la inscripción de la escritura traslativa de dominio porque la piden las partes al escribano.

Principio de Especialidad: Este principio nos dice que se va a individualizar el inmueble por número de matrícula y deja de lado la inscripción cronológica.

Principio de legalidad: La legalidad es el reconocimiento del cumplimiento de las pautas que da la ley y todos los requisitos formales. El registro va a revisar que se hayan cumplido con las legalidades formales y materiales, es decir, que el escribano haya cumplido con todo lo que tenía que cumplir de acuerdo a la ley. Cuando esto se cumple y el documento se expide del registro, el mismo ya es legítimo.

Prioridad Registral: Va a entrar y va a tener prioridad el primero que entra al registro, el menor numero en el menor tiempo, es decir, que la prioridad esta dada por el numero y la hora que le toca al documento. La excepción a esto es por ejemplo, si entra un embargo a las 8 hs y en el mismo día entra un certificado de dominio a las 13 hs, va a tener prioridad el certificado de dominio, porque se retrotrae a las 00 hs del mismo día.

El principio de prioridad registral establece que quien haya pedido un certificado de dominio, tiene prioridad en el registro y provoca un bloqueo registral, por lo cual se le da un plazo para escriturar aunque durante dicho plazo, recaiga sobre el bien, alguna medida de embargo. Siempre y cuando ingresen el mismo día. En el caso de que el embargo ingrese un día antes que el certificado de dominio, hay que pagar el embargo.

Tracto Sucesivo: El principio de tracto sucesivo es un mecanismo técnico que tiene por objeto mantener el enlace o conexión de las adquisiciones por el orden regular de los titulares registrales sucesivos. De los asientos existentes de cada folio deberá resultar el perfecto encadenamiento del titular del dominio y de los demás derechos registrales.

Tracto Abreviado: El tracto abreviado es una modalidad del tracto sucesivo por la que se permite concentrar en un asiento único registral dos o más transmisiones operadas desde el titular inscripto. Por ejemplo una declaratoria de herederos que se presenta a vender en nombre de su padre premuerto, en un solo asiento se escribe la declaratoria de herederos y el nuevo comprador.

Artículo 2505 del código civil: El artículo 2505 del código civil establece que la adquisición o transmisión de derechos reales sobre inmuebles se juzgará perfeccionada mediante la inscripción en el registro de la propiedad inmueble de la jurisdicción que corresponda.

Publicidad posesoria: La publicidad posesoria emana del ejercicio de actos posesorios sobre el inmueble, es decir que da a conocer a terceros el estado de poseedor de buena fe, sirve para que en algún futuro se pueda obtener un título en caso de no haberlo obtenido anteriormente, a través de testigos, servicios a su nombre, etc.

Matriculación: Matriculación es el procedimiento en el cual se le asigna un número. Es el cambio de la inscripción de folio cronológico a matrícula o también llamado folio real. Lo que se registra es la transmisión y adquisición.

Folio Real en la ley 17801: Es el principio de especialidad plasmado en un papel.

Es la técnica de llevar un registro real, consiste en asignársele a cada cosa objeto de la registración (mueble o inmueble), una ficha o cuadernillo, en el cual se practicarán todos los asientos que tengan relación con esa cosa, según resulten de los diferentes documentos que se presenten para su toma de razón.

La ley impone la técnica folio real, sobre la base del principio de cada inmueble debe tener un folio, y que un folio no puede contener a mas de un inmueble.

El folio subsistirá en tanto no se modifique la configuración física del inmueble, sea por subdivisión o anexión.

GRILLA Nº 2

Certificados de Dominio

Concepto de certificado de dominio.

Certificado de dominio: Es la constancia emanada del registro a petición de parte que publicita la situación jurídica de los inmuebles y de las personas, produciendo simultáneamente el cierre registral.

Además origina reserva de prioridad de los escribanos con los siguientes días.

15 días escribanos con domicilio en la plata.

25 días escribanos con domicilio en el resto del país.

30 días escribanos con domicilio en carmen de patagones y extraña jurisdicción.

¿Cuáles son las funciones del certificado de dominio?

La función principal es que Asegura la inmutabilidad jurídica del inmueble dentro de los 25 días para la inscripción.

¿Cómo opera la publicidad registral mediante la expedición de los certificados de dominio?

La publicidad registral de los certificados de dominio opera dando a conocer a terceros las reservas de prioridad y la situación del inmueble por un periodo de tiempo.

¿Para qué actos se exigen los certificados de dominio?

Los certificados de dominio se exigen para los actos por los que se trasmitan, constituyan, modifiquen o sedan, derechos reales sobre inmuebles.

Transmisión: Son aquellos actos que llevan reserva de prioridad por escritura pública

Modificaciones: Son aquellos actos que llevan reserva de prioridad por escritura pública y produzcan modificaciones en los sujetos u objetos ya escritos como por ejemplo agregar o quitar personas, modificación de razón social o nombres, cuestiones del terreno.

Objeto: Cuando el lote 1 se modificó y ya no existe y pasó a ser 1 A y 1 B, o que estaba mal puesto y en vez de ser el lote 1 era el lote 2;

Constitución: por escritura y con reserva.

¿A que se refiere el art. 23 de la ley 17.801 cuando hace mención a los actos que "modifiquen"?

Cuando hace mención a actos que se modifiquen se refiere a que toda alteración en la situación jurídica sobre la titularidad y el objeto, no es necesario pedir certificado si lo que cambia es el nombre del titular sin alterar la titularidad.

Por ejemplo, cuando es error de tipeo o hay letras invertidas.

¿Qué efectos produce la presentación del certificado de dominio?

Los efectos que produce la presentación del certificado de dominio son el cierre registral y la reserva de prioridad

Explique brevemente la obligatoriedad de la que habla el art. 23 de la ley 17.801.

Obligatoriedad del artículo 23 de la ley 17801: Ningún escribano o funcionario público podrá autorizar una escritura sin tener a la vista el título y certificado original, en donde se consigna el estado jurídico del bien y de las personas.

La escritura otorgada deberá consignar el número, fecha y constancias que resulten de la certificación.

Explique la validez de la escritura pública otorgada sin haberse solicitado el respectivo certificado de dominio y su reserva correspondiente.

La escritura pública otorgada sin el certificado de dominio no anula el acto pero los escribanos o funcionarios públicos pueden ser penados por sus omisiones con multas.

La falta de certificado traerá como consecuencia que la escritura se opondrá a terceros desde el momento de su registración y no goce de la reserva de prioridad.

Explique cuales son los plazos de validez para el uso de los escribanos del certificado de dominio.

La validez del uso se contara siempre a partir del momento que fue solicitado y solo se modifica el plazo dependiendo del escribano interviniente:

Escribanos de la plata: 15 días para usarlo y firmar la escritura.

Escribanos de Capital Federal: 30 días para usarlo y firmar la escritura

Escribanos de Carmen de Patagones: 30 días para usarlo y firmar la escritura

Escribanos de la Provincia de Buenos Aires: 25 días para usarlo y firmar la escritura

Una vez que se firma la escritura tienen 45 días, a partir de ese momento, para presentar la escritura en La Plata.

¿Puede un certificado ser utilizado por otro escribano distinto del que lo solicitó?

El certificado que pidió un escribano no puede ser utilizado por otro distinto a quien lo pidió. Excepto que, exista un reemplazante legal o el escribano tenga un adscripto. O por ejemplo la escritura puede hacerla, un escribano de Córdoba, santa fe o tierra del fuego y el certificado lo pide un escribano de buenos Aires, y que este luego le inscriba el título.

¿Cómo se computan los plazos establecidos por el art. 24 de la ley 17.801?

Los plazos establecidos se computan en días corridos y comienzan a correr desde las 00:00 hs. Siempre se da la prioridad del certificado porque se retrotrae a las 00:00 hs.

¿En que casos se pueden modificar los plazos establecidos por la ley 17.801?

Solo se podrán modificar los plazos en algún caso de fuerza mayor. Los plazos pueden ser ampliados o reducidos por reglamentaciones locales cuando lo soliciten escribanos o funcionarios públicos (cónsules), por ejemplo, si el registro está de paro, el gobernador deberá cambiar los plazos.

Explique brevemente los efectos del vencimiento del plazo establecido por la ley

Efectos del vencimiento del plazo establecido por el art. 24 de la ley 17.801:

Si el certificado no fue utilizado se pierde la reserva de prioridad por lo tanto todas las inscripciones y anotaciones pasan a ser definitivas.

Si la escritura se autoriza con el plazo vencido es válida y la oponibilidad a terceros, correrá a partir del día de la presentación. Igual se deberá pagar una multa y de haber embargo, también hay que pagarlo, sino queda firme.

Si se firma luego de 45 días el vendedor deberá pagar el embargo y pierde la reserva de prioridad.

¿Quienes pueden utilizar el certificado de dominio?

Pueden utilizar el certificado de dominio, el escribano, el reemplazante legal o quien lo pida desde otra jurisdicción. O pueden firmar una escritura los cónsules, es decir que son funcionarios públicos que pueden actuar de la misma manera que un escribano.

¿En qué casos el certificado de dominio pierde la reserva de prioridad?

El certificado de dominio pierde la reserva de prioridad cuando:

Se vencen los plazos

Escribano distinto de quien lo solicitó, excepto por un escribano adscripto.

Cuando es utilizado para un acto distinto para el que se la pidió, por ejemplo, si lo pedí para una donación y ahora quiero hacer una compra venta.

Medidas cautelares y bloqueo registral: Explique brevemente el principio general que resulta de la ley.

El bloqueo registral tiene que ver con la reserva de prioridad y el pedido de Certificado.

Un embargo que se anota durante el plazo del Certificado y este se anota en forma condicional. Si no se utiliza el plazo del certificado, se anota el embargo.

Qué medidas puede solicitar un tercero que obtiene una anotación condicional por efectos de la anotación preventiva.

Puede pedir que el embargo se traslade al precio de venta de la cosa, pidiendo que se retenga el monto del embargo. Esto debe ser ordenado por el juez mediante un oficio dirigido al notario interviniente.

Explique el tratamiento registral de la medida de no innovar.

La medida de no innovar es una medida cautelar, es decir, que el juez toma una medida para prevenir que sucedan determinados actos sin previo aviso al juzgado.

No innovar significa que no tiene que haber nuevos movimientos, ni levantamientos, ni nuevos embargos, por ejemplo, no se puede efectuar una venta aunque no tenga embargo sobre la cosa hasta que el juzgado no diga lo que va a pasar.

Todas las medidas precautorias se inscriben por 5 años y se reinscriben por otros 5 años.

Explique las consecuencias del dictado de una medida cautelar innovativa.

Consecuencia del dictado de una medida cautelar innovativa:

Ordena al registro hacer o dejar de hacer, ordena que se haga lo contrario a lo que se estaba haciendo en ese momento.

Se pueden expedir nuevos certificados, deja sin efecto la medida de no innovar u otra medida

¿Puede un certificado de dominio ser utilizado en escrituras simultáneas?

Un certificado de dominio puede ser utilizado para varios actos dentro de los 25 días, pero tiene que ser simultáneo.

Por ejemplo, hay un vendedor y dos compradores, se pide un solo certificado para utilizar en cada escritura (una escritura para cada comprador), ambas escrituras se hacen en el momento, lo que se considera simultáneo.

También se puede hacer una escritura un día y la otra hacerla 5 días después, pero también se va a considerar simultáneo porque son efectuadas con el mismo certificado dentro de los 25 días.

Una postura entiende por simultáneo que deben ser hechas en el mismo día, y otra postura entiende por simultánea los 25 días de certificado.

GRILLA Nº 3

Registraciones especiales

Explique brevemente el concepto y la terminología de las anotaciones especiales.

Las anotaciones son especiales por que están en otro sector dentro del Registro de la Propiedad Inmueble, y por que dichas anotaciones se hacen sobre las personas y no sobre los bienes. Ej.: cesión de derechos hereditarios, inhibiciones.

Explique brevemente el concepto del art. 30 de la ley 17.801.

Este artículo aclara que el registro va a tener dos secciones en las que se van a anotar:

La declaración de inhibición de las personas para disponer libremente de sus bienes, y toda otra registración personal dispuesta por leyes nacionales o provinciales que incida sobre el estado o la disponibilidad jurídica de los inmuebles.

¿Qué Instrumentos de origen Judicial pueden inscribirse?

Se pueden inscribir los instrumentos de origen judicial que se dicten, por disposición de la ley, que protejan el patrimonio de las personas incapaces, inhabilitados, penados interdictos, declarados ausentes, o los que resguardan el patrimonio del concursado en beneficio de los acreedores.

También se pueden inscribir las cesiones de derechos hereditarios hechas por escritura o por juzgado; declaratoria de herederos, sin estar terminado el juicio sucesorio; trabas de inhibiciones; levantamientos de inhibiciones.

Explique brevemente el concepto de los arts. 31 y 32 de la ley 17.801.

Art 31: Cuando fuere procedente, las anotaciones mencionadas en el artículo anterior deberán ser relacionadas con el folio del inmueble que corresponda. En cuanto sea compatible, les serán aplicables las disposiciones establecidas en esta ley para la matriculación de inmuebles e inscripción del documento que a ello se refiera.

Art. 32: El registro de las inhibiciones o interdicciones de las personas físicas se practicará siempre que en el oficio que las ordene se expresen los datos que el respectivo código de procedimientos señale, el número de Documento Nacional de Identidad, y toda otra referencia que tienda a evitar la posibilidad de homónimos. Cuando no se consigne el número del documento de identidad a que se ha hecho referencia, serán anotadas provisionalmente según el sistema establecido, salvo que por resolución judicial se declare que se han realizado los trámites de información ante los organismos correspondientes, sin haberse podido obtener el número del documento identifica torio.

Requisitos en el oficio para inscribir una inhibición general de bienes.

Para inscribir una inhibición general de bienes en el oficio judicial hay que indicar: Nombre, Apellido paterno y materno, DNI, folio de seguridad y toda otra referencia para evitar nombres iguales (homónimos).

Si tiene DNI extranjero se debe declarar la nacionalidad y el domicilio del deudor.

Duración de la inhibición general de bienes.

La duración de la inhibición general de bienes es de 5 años contados a partir de la anotación en el Registro, se puede renovar por otros 5 años desde 6 meses antes que se venza el primer periodo y hasta el día en que vence.

El nuevo periodo empieza a regir cuando vence el periodo anterior.

Se puede levantar en cualquier momento.

Explique brevemente el caso de la inhibición ordenada por un proceso concursal.

La ley de concursos establece que abierto el concurso de una persona debe ordenarse la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor.

En caso de los socios ilimitadamente responsables, deben ser anotadas en los registros pertinentes para solicitar su retribución.

Esta medida se mantiene durante la etapa de cumplimiento del acuerdo. En caso de quiebra, la ley ordena anotar la quiebra y la inhibición general de bienes en los registros pertinentes.

El registro abre el concurso de acreedores, antes de la inhibición y nombra un síndico (auxiliar de justicia), el cual debe decir a los acreedores que la empresa esta óptima para inhibirla para que no pierda la prioridad de cobro.

También puede pedir que se levante la inhibición para mantener la empresa y regularizar la situación económica.

Explique que es una inhibición voluntaria.

La inhibición voluntaria significa que una persona titular de dominio se autolimita en su facultad de disposición y, en consecuencia, se obliga a no enajenar el bien en garantía por el cumplimento de una obligación.

Autoinhibirse significa que el deudor no da otro bien como garantía sino que da el mismo, comprometiéndose a no deshacerse de ese bien.

Concepto de cesión de derechos hereditarios.

La cesión de derechos hereditarios es aquel contrato donde un heredero transfiere a un tercero todo los derechos y obligaciones patrimoniales (o una parte de ellos) que le corresponde en una sucesión. Puede ceder a uno o a varios, a titulo gratuito u oneroso.

Forma de instrumentación de la cesión de derechos hereditarios.

La escritura pública es la única forma idónea para instrumentar la cesión de derechos hereditarios, como también para la repudiación o renuncia a los mismos.

También se pueden ceder en forma judicial cuando los herederos se los nombran como tal (cesión en el momento de la declaratoria)

La cesión se anota, y esa anotación dura 10 años. Una vez hecha la D.H. ya no se puede ceder, pero si donar.

Explique los efectos de la declaratoria de herederos.

Una D.H. menciona quienes son los herederos y el porcentaje que les corresponde.

Debe ser inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble para que sea valida a terceros, sino solo va a ser válida entre las partes.

Explique los efectos de la inscripción de la declaratoria de herederos.

Los efectos son que en el momento de inscribir la D.H. se puede hacer la partición de bienes o luego de ella.

GRILLA Nº 4

Práctico final

¿Qué datos necesito parra llenar una Copia de Asiento Registral?

Para pedir una copia de asiento Registral se necesita:

Un inmueble matriculado: Matrícula – Partido

Un inmueble no matriculado: Folio (15) – Año (75) – Partido (La Matanza)

Una Declaratoria de Herederos: Folio – Año

Un inmueble matriculado afectado a Propiedad Horizontal: Matrícula y Unidad Funcional o polígono – Partido, si es PH

Un inmueble no matriculado afectado a Propiedad Horizontal: Legajo – Unidad Funcional o polígono – Partido, si es Ph.

Estos datos servirán para saber si hay Gravámenes, cancelaciones, número y fecha de entrada.

La copia de asiento sirve para obtener los datos cuando no tengo la escritura.

No tiene validez legal, por ende no necesariamente la tiene que firmar un abogado, sino que la puede firmar un gestor.

¿Cuáles son las distintas formas para llenar un Informe de Índice de Titulares y qué resultados me proporcionará cada informe?

Hay dos formas de pedir el informe:

Por la persona: Es para saber si tiene propiedades en la provincia de buenos aires

Con el nombre y apellido de la persona, el registro me va a decir si tiene o no propiedades en la Prov. d Bs. As. En caso de que tenga propiedades nos va a dar la partida inmobiliaria, la nomenclatura catastral, la inscripción de dominio y el partido.

Por Inmueble: Es para saber quien es el titular.

Con el partido y la nomenclatura catastral el registro me va a decir los datos personales del titular que figure con ese inmueble.

El nombre y apellido del titular, tipo y número de documento, la inscripción de dominio, la partida inmobiliaria y nomenclatura catastral.

También se podrá solicitar solo teniendo el nombre del partido o la partida inmobiliaria o la inscripción de dominio.

¿Que datos necesito para completar un In forme de Dominio?

Para pedir un informe de dominio necesito:

Matriculado: Inscripción o matrícula, partido, nomenclatura catastral y titulares

No matriculado: Folio y año, partido, nomenclatura catastral y titulares, medidas linderas, superficie y designación.

Matriculado afectado a Propiedad Horizontal: Inscripción o matrícula, partido, nomenclatura catastral y titulares, polígono o Unidad funcional

No matriculado afectado a Propiedad Horizontal: Folio y año, partido, nomenclatura catastral y titulares, medidas linderas, superficie y designación, legajo y polígono.

¿Qué datos puedo obtener de un Impuesto Inmobiliario?

En los impuestos nuevos, partido y partida.

En los impuestos viejos, partido, partida y nomenclatura.

Describa los pasos, documentación e información proporcionada por dicho formulario, para obtener información de un inmueble para poder solicitar un Segundo Testimonio, partiendo de:

Una boleta de Impuesto Inmobiliario: Con el impuesto inmobiliario, tomo el partido y la partida, con esos datos solicito un índice de titulares y con el resultado del índice puedo pedir un informe de dominio.

La dirección de la casa: Con la dirección de la casa vamos a pedir la plancheta catastral, con esta el índice, con este la copia de asiento o directamente el informe de dominio.

Una Plancheta Catastral: Si es no matriculado primero pedimos una copia de asiento registral o una plancheta y en base a eso solicitamos el índice para luego obtener el informe de dominio

Partiendo de una escritura que datos relevantes subrayaría, enumerarlos:

Datos a tener en cuenta en la escritura: Escritura, fecha y datos del escribano.

Datos del comprador: Nombre, apellido, cuit (a partir del 95) estado civil, numero de nupcias, datos del cónyuge, nombre y apellido, nacionalidad

Datos del inmueble, partida, número y año, designación según plano (PH – unificado). Datos según el título. Medidas, linderos y superficie, Nomenclatura catastral (existe a partir del año 49), antes se reconocían por los linderos, Partida inmobiliaria.

Corresponde (muy importante) la forma / año en que el vendedor obtuvo el inmueble y a quien va destinado, lo que consta en tal año, escritura, escribano.

En caso de que sea por declaratoria de herederos. Inscripción de dominio, folio, año y matrícula, fecha de inscripción (bajo el número de entidad)

Describa brevemente y con sus palabras que es la Subdivisión de Parcelas.

Subdivisión de parcelas: Es cuando un lote se divide en dos o mas parcelas.

Describa brevemente y con sus palabras que es la Unificación de Parcelas.

Unificación de parcelas: Es cuando dos o mas parcelas se juntan para formar una nueva.

Describa brevemente y con sus palabras que es el Principio de Rogación.

Principio de rogación: El registro no actúa de oficio, solo a pedido de partes.

Es la instancia por la cual se le pide al registro que inscriba determinadas situaciones jurídicas de un inmueble. Por ejemplo, la inscripción de la escritura traslativa de dominio porque la piden las partes al escribano.

Describa brevemente y con sus palabras que es el Principio de Publicidad

Principio de Publicidad: Es dar a conocer a los terceros el estado jurídico de un bien siguiendo los principios de legalidad.

Describa brevemente y con sus palabras que es el Principio de Especialidad.

Principio de Especialidad: Este principio nos dice que se va a individualizar el inmueble por número de matrícula y deja de lado la inscripción cronológica.

Describa brevemente y con sus palabras que es el Principio de Tracto Sucesivo.

Principio de Tracto Sucesivo: El principio de tracto sucesivo es un mecanismo técnico que tiene por objeto mantener el enlace o conexión de las adquisiciones por el orden regular de los titulares registrales sucesivos.

De los asientos existentes de cada folio deberán resultar el perfecto encadenamiento del titular del dominio y de los demás derechos registrales.

Describa brevemente y con sus palabras que es el Principio de Tracto Abreviado.

Tracto abreviado: El tracto abreviado es una modalidad del tracto sucesivo por la que se permite concentrar en un asiento único registral dos o más transmisiones operadas desde el titular inscripto.

Por ejemplo una declaratoria de herederos que se presenta a vender en nombre de su padre premuerto, en un solo asiento se escribe la declaratoria de herederos y el nuevo comprador.

Describa brevemente y con sus palabras que es una Matricula.

Es un número que ordena registralmente a los inmuebles para poder individualizarlos.

Enumere que datos se vuelcan en una Matricula.

Datos que se vuelcan en la matrícula:

Número de matrícula

Nomenclatura catastral

Partido

Designación según título o según plano

Medidas, linderos y superficie

Antecedentes domínales

En la matricula enumere las columnas A, B, C y D aclarando que tipo de asiento se vuelcan en estas.

Columna A:

Titulares de dominio (nombres y apellido, tipo y numero de documento, CUIT o CUIL, estado civil, casado con quien o viudo de quien y si es soltero, hijo de quien)

Compradores o nuevo titular, como lo adquirió que puede ser por: (compra venta, donación, permuta, sucesión, declaratoria de herederos) por cualquiera de estos motivos hay que poner escritura número, fecha, que escribano y numero de entrada.

Columna B: Gravámenes (hipotecas, servidumbres, usufructo, bienes de familias, inscripciones de embargos, reinscripciones de embargos.

Columna C: Levantamientos y Cancelaciones (levantamientos de los embargos, cancelaciones de los usufructos, desafectaciones de bienes de familia y de usufructo, cancelaciones de hipoteca).

Columna D: Reservas (son las reservas de prioridad que van a tener los escribanos para poder hacer las escrituras

Según el Art. 2 de la ley 17.801 "… para su publicidad, oponibilidad a terceros… " Que documentos se inscribirán en el registro.

Según la ley 17.801 los documentos que se inscribirán en el registro son:

Los documentos que transmiten (sucesión de una parte a la otra)

Los documentos que gravan (hipoteca, embargo)

Cancelaciones (levantamientos, cancelaciones)

Adquieran (compra, venta, usucapión cuando se disuelve una sociedad conyugal)

Modificación: Hay dos tipos de modificaciones, el objeto y de los derechos.

De Objeto. Se da cuando tengo un terreno grande y quiero aplicar la ley de propiedad horizontal, por lo tanto lo voy modificar transformándolo en 5 inmuebles dentro de un mismo lote.

De los Derechos o de los gravámenes. Se da cuando un banco se funde, se va del país y lo vende, por lo tanto hay una modificación del acreedor, ya que lo vende con todos sus activos y sus pasivos.

Quienes están legitimados para solicitar al Registro de la Propiedad y que tipo de inscripción:

Están legitimados para pedir al registro de la propiedad los escribanos, los jueces, agrimensores, martilleros, arquitectos, abogados y los titulares de dominio.

¿Qué diferencia hay entre la Inscripción Cronológica, y la Inscripción en Folio Real?

La inscripción de folio real. Es aquella que aplica el principio de especialidad y se identifica por el inmueble, en este caso se anota todo por inmueble que esta identificado sin importar lo que suceda.

La inscripción de folio cronológico Es aquella donde se anotan en forma cronológica los actos y se identifica por el año.

¿Qué es la Nomenclatura Catastral?

Nomenclatura catastral: Es la forma de identificar el lote en determinado lugar geográfico.

¿Para qué sirve la Nomenclatura Catastral?

La nomenclatura catastral sirve para identificar al inmueble, teniendo en cuenta el lote

¿Qué es y para qué sirve la Valuación Fiscal?

Valuación Fiscal: Es el valor tierra que te da ARBA como base imponible del impuesto inmobiliario.

¿Qué es y para qué sirve la Partida Inmobiliaria?

Partida inmobiliaria: sirve para identificar el inmueble en cuestión dinero y en cuestión deudas, identifica el lote impositivamente.

¿Para qué sirven las medidas y los linderos de un lote?

Medidas y linderos de un lote: Para identificar donde se encuentra ubicado un lote.

¿Qué datos debe contener el asiento de titularidad (Columna A) en una matricula?

Titulares de dominio por cada comprador, Nombre, apellido tipo y número de documento

Cuit o Cuil, Estado civil, Como lo adquirió.

 

 

Autor:

Eduardo Ramos