Descargar

Cuestionario del Derecho Internacional


  1. Las diversas jurisdicciones
  2. La competencia
  3. Inadmisiblilidades

  • 1- CUAL ES LA MÍSTICA DE LA CIUDAD DEL VATICANO.

El papa en su calidad jefe espiritual de al Iglesia como también Gobernante de los Estados Pontificios ha estado revestido de personalidad Jurídica internacional desde los tiempos medievales. Al papa se le despojo de su soberanía , aunque conservo la personalidad internacional que resultaba de su posición como jefe espiritual

A partir de entonces reino una situación de tirantes entre Italia y la Santa Sede que se alivio con los acuerdos de Letrán , de 11 de febrero del 1929. Estos acuerdo comprende un concordato, un convenio financiero y un tratado . el primero regula la condición Jurídica de la Iglesia Católica en Italia ; el segundo otorga una indemnización económica a la Santa Sede por la perdida sufrida por la anexión de los Estados pontificios

  • 2- CUALES SON LAS TEORÍAS QUE SE REFIEREN A LOS SUJETOS DE DIP

El sujeto del derecho se utiliza para designar la persona con capacidad de ser titular de derecho y obligaciones y la persona que ya participa en relaciones jurídicas. Esta teoría es enteramente aplicable al DI , aunque el número de los sujetos se diferencia substancialmente al número de sujeto del D.I.

También existen otra teoría que es cuando una nación emprende al lucha por la realización del derecho a la autodeterminación y crea los órganos de poder corresponder constituye un sujeto de D.I.

Los autores que sostienen esta tesis en el carácter transitorio y especial de la subjetividad internacional de las naciones, puesto que ellas son participes solo de aquellas relaciones jurídicas que surgen en base al principio de la autodeterminación

3-EXPLIQUE EL TERMINO RECONOCIMIENTO

Es un acto unilateral, o puede ser también un acto discrecional por el cual uno o mas Estados constatan el surgimiento de un nuevo estado.

Son acontecimiento que ocasiona determinada reacción oficial ante ese tipo de acontecimiento lo es el reconocimiento o bien lo es el no reconocimiento; expresa generalmente la voluntad del que reconoce de entrar en relaciones oficiales en la entidad reconocida

4-QUE ES EL RECONOCIMIENTO DE FACTO Y EL RECONOCIMIENTO JURE

El reconocimiento de caracteriza por el establecimiento de plenas relaciones diplomáticas, que crea las mas favorables condiciones jurídicas para el desarrollo de la colaboración entre la partes que reconoce y parte reconocida y el reconocimiento de Facto es un reconocimiento incompleto. El volumen concreto de las relaciones jurídicas, establecida en base el reconocimiento de facto, en base a este acuerdo se pueden celebrar varios acuerdos comerciales y financieros de cuestión especiales de colaboración que puede tener lugar en intercambios de representantes oficiales , los cuales no tienen un status diplomático pleno

5- CUALES SON LOS RECONOCIMIENTO QUE USTED CONOCE

  • 1- reconocimiento de Estado

  • 2- reconocimiento de Gobierno

  • 3- reconocimiento Expreso

  • 4- reconocimiento de Beligerantes

6-EN QUE CONSISTIÓ LA DOCTRINA ESTRADA

Es un modo de reconocimiento tácito, en Septiembre en 1930 el Secretario de Relaciones Exteriores de México , Genaro Estrado donde establece una opinión sobre la legitimidad o de un régimen establecido en otro estado. La declaración decía "el gobierno de México se limita a mantener o retirar, según estime perteneciente, sus agentes diplomáticos, al igual que las naciones respectivamente pueden hacerlo en México.

El objetivo de la declaración consistía en remediar el estado de continua intervención en los asuntos domésticos de los países americano resultante de la practica del reconocimiento internacional de gobiernos.

7- DIGA LA DIFERENCIA DE RECONOCIMIENTO DE ESTRADA Y RECONOCIMIENTO DE GOBIERNO

El reconocimiento de gobierno es la representación de los Estado en la Organización , es el logro de la mayoría requerida por parte de una de las autoridades en disputa, presupone de nuevo su reconocimiento por un numero de estados miembros que los integran

El reconocimiento es legitimar o no legitimar un régimen establecido en otro Estado

8- QUE USTED ENTIENDE POR FUENTES DE DIP

Se conoce como los medios formales de que se vale este orden jurídico para elaborar sus normas, también son fuentes del DIP los modos de formación de este derecho, siendo la fuente la forma de nacimiento de Derecho , las fuetes formales son los modos típicos de manifestaciones , las formas peculiares de expresión de las normas jurídicas a través de la voluntad de un instancia humanan competente

9- MENCIONE LAS PRINCIPALES FUENTES DEL DIP CARACTERÍSTICAS DE CADA UNO

  • 1- las Convenciones Internacionales, establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes

  • 2- La Costumbres Internacionales , como prueba de una practica generalmente aceptada como derecho

  • 3- Los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas

  • 4- Los contrato Es todo acuerdo concluido entre dos o mas sujeto del DI

  • 5- La Doctrina

10-CUAL ES LA IMPORTANCIA DEL TRATADO INTERNACIONAL COMO FUENTE DEL DIP

Cono Tratado Internacional se necesita en primer orden, entre sujeto del Derecho Internacional. Es decir no puede considerarse como tratado los acuerdo celebrados entre los Estados. También son llamado a crear reglas Jurídicas obligatoria para ellos. Los tratados se dividen en tratados – Ley y Tratados –Contratos

12-CUAL ES LA IMPORTANCIA DE LA JURISPRUDENCIA Y LA DOCTRINA EN EL D.I.P

El statud del Tribunal Internacional de Justicia tiene establecido en su art. 38 literal de que en la contravenciones sometida a sus consideración se deberán aplicar las decisiones judiciales y las doctrina de los publicista de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de Derecho. Una sentencia no puede apoyarse entonces, únicamente en un precedente jurisprudencia o doctrinal, solo podrá utilizarse en forma subsidiario para suministrar un norma de D.I

13- QUE JERARQUIA PRESENTA LAS FUENTES DEL D.I.P

La fuentes esta en l primer lugar en la jerarquía (el tratado) , siempre y cuando no perjudique la constitución

19 DE QUE FORMA SE REVISAN LOS TRATADOS

La asamblea puede, de tiempo en tiempo, invitar a los miembros de la Sociedad a proceder a un nuevo examen de los tratados que han llegado a ser inaplicable, los mismo que aquellas situaciones internacionales cuyo mantenimiento pudiera poner en peligro la paz mundial. El órgano competente era la Asamblea General

No obstante el art.14 de la Carta de Naciones Unidas nos dice" salvo lo dispuesto en el art.12, la asamblea general podrá reconocer medidas para los arreglos específicos de cualquier situaciones, sea cual fuere su origen que a juicio de la asamblea general pueda perjudicar el bienestar general de las relaciones amistosas entre las naciones

TEMA II

Las diversas jurisdicciones

Las Jurisdicción es la extensión y limite del poder de juzgar, también es el conjunto de los tribunales de igual clase o grado.

Es la potestad para administrar justicia atribuida a los jueces, quienes la ejercen

Aplicando las normas jurídicas generales y abstractas a los casos concretos que deben deducir, es la actividad del Estado encaminada a la actuaciones del Derecho positivo mediante la aplicación de las normas; su instrumento especifico es el Poder Judicial.

Ejemplo de estos concepto son:

1- La jurisdicción del juez de paz se limita a la extensión de Santiago.

  • 2- jurisdicción de las cortes de apelación o de los tribunales de Primera Instancia

Entre otras funciones al Estado le corresponde la de asegurar la protección de los derechos de las personas. Para lograr esta protección, existen órganos especiales, los cuales son los tribunales del orden Judicial. El termino jurídico sirve para designar, en sentido figurado, a los tribunales.

EL ACTO JURISDICCIONAL Y EL ACTO LEGISLATIVO

El acto Legislativo en sentido amplio es la ley: disposición general y abstracta que expone la regla de derecho objetivo. El titular de un derecho subjetivo, cuando este derecho le es perturbado, acude a los tribunales, por medio del ejercicio en justicia. La demanda en justicia inicia la actividad del Juez . comienza la actividad Jurisdiccional .

Según el criterio formal-procesal, el acto jurisdiccional es el que se realiza según la reglas de los procedimientos particulares que dan garantía a los litigantes .

Existen también los llamados criterios materiales. Aun dentro de los criterios materiales no hay unidad entre sus sostenedores, pues mientras algunos entienden que lo que debe tener en cuenta es la estructura del acto, otros afirman que es necesario tomar en cuenta la estructura del acto.

LOS EFECTOS DEL ACTO JURISDICCIONAL

Se desprende una serie de consecuencias jurídicas, de la cuales unas se refieren al fondo del derecho y otras al procedimiento y otras a la autoridad de al cosa juzgada o fuerza ejecutoria. Estos efectos son:

1-Autoridad de al cosa Juzgada: Es el acto jurisdiccional tiene autoridad de la cosa juzgada (art.1351) Este articulo consagra la presunción legal.

2-Condiciones de la autoridad de la cosa juzgada: Reside en el acto jurisdiccional, sin distinguir la jurisdicción de la cual procede dicho acto.

3-Efecto de la autoridad de la cosas juzgada: Se manifiesta sobre el derecho sustancial sometido al juez, así como sobre el plan procesal y formal

sobre el plan procesal, la autoridad de la cosa juzgada goza de una presunción de regularidad de los procedimientos. Sobre la relación al fondo, tienen un aspecto positivo , porque el litigante que obtiene ganancia de causa puede proceder a la ejecución de la sentencia.

LA JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA

Son órganos que ejercen una de las tres funciones de soberanía; normalmente los jueces dictan actos de carácter jurisdiccional ,pero también de carácter administrativo judicial. Cuando se dicta actos administrativos judiciales decimos que el juez actúo en jurisdicción graciosa igual que si ocurre cuando se solicita la homologación a la deliberación de un consejo de familia

JURISDICCIÓN GRACIOSA

El juez constituye en materia graciosa cuando en ausencia de litigio, el es apoderado de una demanda , de la cual la ley exige, en razón a la naturaleza del asunto o la calidad del requeriente , que ella sea sometida a su control

La jurisdicción voluntaria

Se ejerce entre personas que se hallan de acuerdo sobre el acto que se ejecuta o la solicitud de una sola persona a quien le importa la practica de algún acto, solo con consentimiento afirmativo , solo se pide al juez la intervención de su autoridad para dar fuerza o eficacia al acto.

TEMA III

La competencia

Las reglas de la competencia de Jurisdicción

La reglas de la competencia de la atribución indica cual es la naturaleza de la jurisdicción, es decir si se trata de un tribunal de derecho común o de excepción.

Como el Código de Procedimiento Civil no tiene regla general de la competencia de atribución, para fijar la competencia, el legislador a veces, ha tomado en cuenta la importancia del interés en discusión, enviando los asuntos de menor cuantía por ante los tribunales de excepción y lo de mayor interés por ante las jurisdicciones ordinarias. A veces se ha tomado en cuenta al naturaleza propia del asunto , así por ejemplo si se trata de un asunto comercial va a la jurisdicción comercial y si se trata de un asunto laboral va a la jurisdicción laboral

La competencia del Tribunal de primera Instancia

El juzgado de primera instancia como tribunal de derecho común. Esto quiere decir que es competente para conocer todos los asuntos con la única excepción de aquellos que de manera especial se han atribuido a otro tribunal.

El art. 43 de la Ley 821 del 1972 sobre Organización Judicial dice: "En cada Distrito Judicial habrá un Tribunal de Primera Instancia con plenitud de Jurisdicción, el cual las labores judiciales a su cargo"

La Suprema Corte de Justicia ha dicho " En la O.J. dominicana no existen Tribunales de comercio y las funciones que a estos atribuyen los código, corresponden a los Juzgado de Primera Instancia "

Los Juzgado de Primera Instancia conocen a cargo de apelación, de todas las acciones reales, personales y mixta que no sean de la competencia de los jueces de paz desde la cuantía de 20 pesos en adelante o de cuantía indeterminada.

Estas es la competencia general o de principio del Juzgado de Primera Instancia. Los Jueces de Paz conocen todas las acciones puramente personales o mobiliarias

La competencia exclusiva del tribunal de primera Instancia , en muchos casos la ley atribuye competencia y cuando esto ocurre en los casos siguientes

1-Derecho Familiar ( divorcio, matrimonio, separación, nacionalidad y ausencia)

2- Acciones Inmobiliarias (copropiedad de condominio, acciones inmobiliarias)

3-Acciones de los abogados y oficiales Ministerial ( Pagos de Honorarios )

4-Títulos Ejecutivos (titulo de Certificaron de Duplicado del dueño)

5-Sociedad de Comercio (entre las asociaciones , demanda de un asociado contra otro, aciones en nulidad o disolución de sociedad comerciales)

  • 6- Quiebra (asuntos relativos a las quiebras)

  • 8- Actos mixtos (naturaleza civil y comercial a la vez)

  • 9- Algunos medios de prueba (verificación de escritura, inscripción de falsedad )

  • 10- Proceso mixto (indivisibilidad o conexión)

La competencia en materia de referimiento

El código de procedimiento civil consagraba al referimiento los art. 806 al 811 los cuales fueron derogados por los art. 101 al 112 de la ley 834 de 1978 este es un procedimientos excepciones instituido en aso de urgencia o cuando hay dificultad de ejecución. Permite además tener decisiones rápida pero provisionales

La corte de apelación como tribunal de segundo grado es un tribunal de derecho común conocerá en consecuencia los asunto fallados de primer grado, la Corte de apelación también es competente para conocerla apelaciones interpuestas contra las ordenanzas dictada sobre instancia y6 en referiminto.

Carácter de competencia de segundo grado. Cuando la ley establece la instancia única, esta absolutamente prohibido apelar, no importa que la decisión sea dictada por el juzgado de primera instancia o por el juzgado de paz

La competencia de atribución de los tribunales de excepción

Este se ha determinado siguiendo un criterio cualitativo: asuntos sencillos, de cuantía menor.

Asuntos inapelables hasta Tres Mil pesos y apelables de hasta Veinte Mil pesos: Los juzgado de paz conocen sin apelación, hasta el valor de 3,000 pesos y a cargo de la apelación hasta el monto que fija el limite de la jurisdicción de los tribunales o sea hasta 20,000 pesos

  • 1- sobre las contestaciones que surjan entre hoteleros o fondista y huéspedes y lo concerniente a los gastos de posada y perdida de efectos depositados

  • 2- Entre los viajeros y los conductores de cargas por aguan y tierra por demora, gastos de camión y perdida o avería de efectos.

Conforme al párrafo 2 del art.1 del C.P.C. mod. Por ley 38-98, los jueces de paz conocen sin apelación, hasta la suma de 3,000 pesos y a cargo de apelación, por alquiler cuantía a que se le eleve la demanda

Demanda reconvenciones.

Los jueces de paz conocen de toda las demanda por compensación , que por su naturaleza o cuantía estuviesen dentro de los limites de su competencia.

La demandas sin apelación.

Cuando una de las demandas principales sea por reconvenciones o por compensación estuviere dentro de los limites de la compensación del juez de paz en ultima instancia, disidirá sin apelación. Las diversas demandas con los que esta el párrafo 2 del art.1 del C.P.C. mod. Por ley 38-98, cuando una instancia incoada por una misma parte contuviere diversas demandas, el Juez de Paz juzgara a cargo de la apelación si el valor total excede de 3,000 pesos, aunque algunas de las demanda fuere inferior a la suma . el Juez será incompetente para conocer sobre el todo.

Las reglas de al competencia territorial

En materia de la competencia territorial, la regla básica es la contenida en al frase actor sequitur form rei esta contendida en art. 59 C.P.C es decir el demandante debe llevar su acción por ante el tribunal del demandado, conforme a la regla general en dicho art. Ya mencionado. Esta regla nos viene del derecho romano habiendo sido también consagrada en el derecho canónico y consuetudinario. Los tratadista justifican esta regla expresando que el demandado se beneficia de una doble presunción " nadie le debe nada a nadie y quien tiene algo entre sus manos se presume propietario" por tanto para demostrar esta doble presunción , la acción debe llevarse a cabo en los tribunal del demandado

Demandado sin domicilio ni residencia

Cuando el demandado no tiene domicilio ni residencia conocida, el tribunal competente es el domicilio del demandante .

Las personas morales son las sociedad civiles, las compañías o sociedades comerciales y las asociaciones incorporadas de conformidad con la ley 520 de 1920. En este caso la competencia se fija por el domicilio social de la sociedad, compañía o asociación

Existen diversas excepciones que son

  • 1- Acciones reales inmobiliarias

2-Acciones sucesorias

3-Acciones en intervención forzosa y en garantía incidental

4-Quiebra

5-Eleccion de domicilio

6-Pluralidad de demandados

7-Asuntos mixtos inmobiliarios

8-Demandas de la abogados

9-Extranjeros din domicilio

Las reglas de la competencia territorial no son de orden publico ya que disponen de la distribución de los procesos de la misma naturaleza entre tribunales igualmente aptos para conocerlos y fallarlos, los cuales ofrecen las misma garantías.

La competencia territorial de los tribunales de Derecho Común

Los juzgado de Primera Instancia conocen todas las acciones reales, personales y mixtas que no son de la competencia del Juzgado de Paz

En materia de Divorcio . está regida por el art. 3 de la ley 1306-bis de 1937. Se trata de al aplicación de la regla general de la mencionada ley no refiere al domicilio del demandante sino a su residencia

Territorial de la Corte de Apelación: esta conoce todas las apelaciones de las sentencias dictada por los Juzgada de Primera Instancia de su depto. Judicial , las excepciones de incompetencia, litispendencia y conexidad dan origen al recurso de impugnación , del cual debe conocer la Corte de Apelación correspondiente.

La prorrogación de la competencia

Se trata de un tribunal en la cual el tribunal no es competente territorialmente , pero resulta competente por ser debido a su conexida o indivisibilidad entre dos o mas asuntos. Existe competencia legal, judicial o convencional según desprenda la ley , es por eso que aveces es necesario extender la competencia de un tribunal .

Cuando ante un Juzgado de Primera Instancia se lleva una acción, es evidente su competencia para conocer la demanda principal asi como de las incidentales que pudieran surgir, sin que sea necesario distinguir entre conexidad o indivisibilidad.

También el juez del juzgado de paz es competente para conocer en caso de conexidad o indivisibilidad. Hay que tener en cuenta que como el juez de paz es un tribunal de excepción, puede resultar incompetente para conocer de las demandas de conexidad o indivisibilidad. Siempre que ella no se de competencia de ratione materiae.

La prorrogación judicial de competencia: Es aquella que depende de una decisión judicial. También esto ocurre en los casos de designación de jueces. Cada vez que se trate de tomar juramento, recibir fianza, proceder al informativo testimonial, nombrar peritos y hacer operaciones referente a las sentencias.

La prorrogación voluntaria: Es la que hacen las partes involucradas en el litigio. Se trata de un convenio entre las parte, pero que tienes sus limitaciones. Ninguna regla de competencia de orden publico puede violarse, ni aun entre las partes por mutuo acuerdo .

Las partes pueden presentarse espontáneamente ante el juez de paz quien considerara de sus diferencias ya en ultimo recurso como impropiamente dice la ley y si la ley y las partes lo autorizan a ello , ya a cargo de apelación, las partes pueden suprimir el segundo grado , lo cual también se valido a los tribunales de Primera Instancia , según opinan sectores de la doctrina.

TEMA IV

Inadmisiblilidades

Definición

Defensa tendiente a paralizar el ejercicio de una reclamación administrativa o judicial, sin discutir fondo del derecho Ej: oponer la falta de capacidad del demandante, la ausencia de interés para accionar, la máxima " nadie litigia en Francia por procurador, salvo el rey".

La Ley 834 modifica ciertas disposiciones donde aclara que constituye un excepción de procedimiento todo medio que tienda sea a hacer declarar el procedimiento irregular o extinguido, sea a suspender su curso.

La excepciones deben, a pena de inadmisibilidad, ser presentada simultáneamente y antes de toda defensa al fondo o fin de inadmision. Se procederá de igual forma cuando las reglas invocadas en apoyo de la excepción sean de orden publico. La demanda en comunicación de documentos no constituye una causa de inadmision de la excepciones.

La incompetencia promovida por las partes. Si se pretende que la jurisdicción apoderada es incompetente, la parte que promueve esta excepción debe a pena de inadmisibilidad, motivarla y hacer conocer en todos las casos ante cual jurisdicción ella demanda que sea llavado.

El juez, en la misma sentencia, pero por disposiciones distintas, declararse competente y estatuir sobre el fondo del litigio, salvo poner previamente a las partes en mora de concluir sobre el fondo, en una próxima audiencia a celebrarse en un plazo que no excederá de 15 días , a partir de la audiencia.

Cuando el juez no se pronuncie sobre el fondo del litigio, pero en la determinación de la competencia depende de una cuestión de fondo, el juez debe, en el dispositivo de la sentencia, estatuir sobre esta cuestión de fondo y sobre la competencia por disposiciones distintas

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

edu.red

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.