*Informar ampliamente al lector sobre el sistema de ahorro para el retiro.
*Analizar una serie de puntos coyunturales, que pueden afectar positiva y negativamente el desarrollo del sistema pensionario de las AFORES.
Hipótesis:
* El sistema actual de ahorro para el retiro a pesar de que ha sido eficaz quedara obsoleto en algunos años.
a) Información básica de las AFORES.
¿Sabes qué es una Afore? Afore es una Administradora de Fondos para el Retiro. Las Afore son empresas financieras debidamente autorizadas por la SHCP, y supervisadas por la CONSAR, que se especializan en el manejo de los ahorros para el retiro de los trabajadores.
¿Quién puede hacer uso de una Afore? Si estás afiliado al IMSS, deberás contar necesariamente con un sistema de pensiones y puedes elegir tu Afore
¿Cómo funcionan las AFORES? Las Afores no son un banco, ni una aseguradora. Son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar los recursos depositados en tu cuenta individual de los trabajadores y tienen el objetivo de ofrecer al trabajador una pensión en el momento de tu retiro.
¿Qué es una pensión? Los sistemas de pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en la vida:
•Vejez
•Cesantía en edad avanzada
•Muerte prematura
•Accidentes y enfermedades que conducen a la invalidez
La pensión es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores. Contar con una pensión, te ofrece tranquilidad y seguridad de que podrás contar un apoyo económico que te permita vivir con dignidad. Con mayor razón, no dejes que otros tomen decisiones sobre tu pensión, porque sólo te corresponde a ti informarte y tomar mejores decisiones.
¿Qué es la cuenta individual? Es la cuenta personal y única de cada trabajador administrada por la Afore. En ésta, durante la vida laboral del trabajador, se acumulan las cuotas y aportaciones que realizan:
1. el patrón
2. el gobierno
3. el propio trabajador
A su vez, la cuenta individual que administra tu AFORE está conformada de cuatro grandes Sub-cuentas:
- Retiro, Cesantía y Vejez (RCV)
- Aportaciones Voluntarias
Patrón. | El 2% de tu Salario base de cotización para Retiro y 3.15% de tu salario base de cotización para Cesantía en edad avanzada y Vejez. Las aportaciones se realizan de manera bimestral. |
Gobierno. | 0.225% del salario base de cotización por Cesantía en edad avanzada y Vejez (de manera bimestral) y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general para el D.F., por cada día cotizado, por concepto de cuota social. |
Trabajador. | 1.125% sobre el salario base de cotización de manera bimestral. |
Vivienda
Aportaciones complementarias
¿Qué es la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV)? En esta subcuenta se depositan las cuotas y aportaciones tripartitas, es decir: las que realiza tu patrón, el gobierno federal y las del trabajador. Las aportaciones se realizan en la siguiente proporción:
¿Qué es la subcuenta de aportaciones voluntarias? Si lo deseas, podrás llevar a cabo aportaciones de manera voluntaria que servirán para complementar tu pensión. Puedes realizarlo tú personalmente en tu Afore o solicitarle a tu patrón que las realice haciendo un descuento de tu sueldo, obviamente con tu anuencia. No hay montos mínimos ni máximos.
¿Qué es la subcuenta de vivienda? Es aquella subcuenta en la que únicamente el patrón realiza (deposita) aportaciones que equivalen al 5% sobre tu salario base de cotización (bimestral). Estos recursos son canalizados al INFONAVIT a través del al Fondo Nacional de la Vivienda y la Afore sólo lleva el registro de dichos recursos, que aparecen en tu estado de cuenta.
¿Qué es la subcuenta de aportaciones complementarias? Es aquella con el propósito de incrementar el monto de tu pensión, éstas aportaciones las podrán realizar tu o tu patrón en cualquier momento. Sólo se podrá disponer de éstas aportaciones al momento de tu retiro.
¿Cuáles son las funciones de una Afore? Entre las funciones que realiza una AFORE se encuentran las siguientes:
- Abrir, administrar y operar las cuentas individuales
- Proporcionar material informativo sobre el sistema (SAR)
- Contar con una Unidad Especializada de Atención al Público para atender quejas y reclamaciones
- Efectuar los traspasos de recursos SAR 92-97 a tu cuenta individual,
- Proporcionarte estados de cuenta
- Contar con una Sociedad de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORE) a través de la cuál los trabajadores podrán obtener mejores rendimientos para sus ahorros y con muy poco riesgo. A través de ella la Afore podrá recibir y tramitar retiros totales y parciales
- Llevar el registro de los recursos correspondientes a tu subcuenta de vivienda
¿Qué es la cuenta concentradora? La cuenta concentradora es donde se depositan los recursos de aquellos trabajadores que no eligieron Afore durante los primeros dos meses de su vida laboral. Después de dos meses, la CONSAR los asignará a una de las tres Afores con menores comisiones del Sistema.
¿Por qué me beneficia registrarme desde el principio en una Afore? Porque si no te registras, no podrás corroborar que tus datos personales estén correctos, y, por otra parte, no recibirás estados de cuenta (porque la Afore no tendrá tu domicilio) y no podrás verificar tu saldo en tu cuenta individual.
Ésta te deberá proporcionar un formato donde aparecen todas las comisiones que cobran las AFORES para que sepas quién cobra menos y quién cobra más comisiones, lo que te ayudará a tomar una mejor decisión. Si no lo firmas, la solicitud de registro no será válida.
Además, deberás presentar anexo a la solicitud
el Número de Seguridad Social a 11 posiciones, mismo que viene en tu Hoja color Rosa del IMSS
- original y copia simple del Acta de nacimiento o constancia CURP, si no tienes acta y
- original y copia simple de una identificación con fotografía.
¿Por qué la AFORE me cobra una comisión?
- Porque administran las cuentas individuales de los trabajadores, es decir llevan el registro puntual de las aportaciones que ingresan a tu cuenta individual.
- Porque se encargan de procurar la obtención de una adecuada rentabilidad (rendimiento) y seguridad en la inversión de tus ahorros.
- Porque al momento del retiro, se encargan de entregar los recursos de la cuenta individual a la institución de seguros que el trabajador o sus beneficiarios (son los familiares a los que elijas para, en caso de muerte, reciban los recursos de tu ahorro para el retiro) elijan para contratar la pensión.
- Porque obligatoriamente deberán enviarte dos estados de cuenta en forma periódica, además de ofrecerte asesoría.
El porcentaje de comisión que cobra la AFORE en la que estás registrado, influirá en el monto de tu futura pensión. Por eso, infórmate de quién es quien en el cobro de comisiones.
Si deseas contar con mayor información, la CONSAR pone a tu disposición la calculadora de proyección de saldos en la página de Internet de la CONSAR www.consar.gob.mxAhí podrás hacer varios ejercicios para saber qué AFORE te conviene más.
¿Cómo me cambio de AFORE?
Si ya te encuentras registrado en una AFORE, recuerda que puedes cambiarte en el momento que lo decidas, siempre y cuando tengas un año de permanencia en la Afore en la que te encuentras actualmente. Es importante que sepas que el trámite de traspaso lo tienes que realizar con la Afore a la cual te quieres cambiar.
Sólo deberás acudir a las oficinas de la AFORE a la que desees traspasar tus recursos o solicitarlo en alguno de los teléfonos 01-800 de las Afores y ellos te enviarán un agente promotor a tu centro de trabajo o domicilio. Deberás llenar la solicitud de registro que te proporcionen y anexar tu acta de nacimiento, tu Hoja Rosa del IMSS, un estado de cuenta de la AFORE en la que estabas y una identificación oficial con fotografía
La AFORE te deberá proporcionarte un formato (cuya vigencia es de 30 días) en donde aparecen las comisiones que cobran todas las Administradoras lo que te permitirá evaluar aún más a fondo si te conviene o no realizar el traspaso. Deberás firmarlo para que proceda el traspaso.
Si tu solicitud fue aceptada, la nueva AFORE deberá enviarte a tu domicilio la "constancia de traspaso" en un plazo de 26 días hábiles. Si tu solicitud no fue aceptada, la nueva AFORE deberá enviarte a tu domicilio un documento explicando las causas del rechazo. En todo momento puedes solicitar directamente en la AFORE un estado de cuenta.
¿Cuándo me puedo retirar? Cuando cumplas con alguno de los requisitos: Tengas 65 años cumplidos o que tengas derecho a una pensión (por cesantía, vejez, invalidez, riesgo de trabajo, incapacidades)
¿Si dejo de trabajar, que pasa con mi Afore? Los recursos permanecen en tu cuenta individual, sin que nadie pueda hacer uso de ellos. Tus recursos seguirán obteniendo rendimientos hasta que cumplas con los requisitos de retiro.
¿Cómo retiro los recursos de mi cuenta? Para saber en que casos te encuentras primero revisa tu resolución de pensión (que la puedes obtener en el IMSS) y dependiendo de la opción en que te encuentres, podrás disponer de los recursos de la siguiente forma:
- Si obtuviste una pensión por la Ley del Seguro Social de 1973: Podrás disponer de los recursos de Retiro y Vivienda 92, en una sola exhibición y el 2% del saldo acumulado en la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV). Todo lo acumulado en el Nuevo Sistema de Pensiones, incluyendo lo de la vivienda, será entregado al IMSS para que te sigan pagando tu pensión.
- Cuando hayas adquirido una pensión en función de un plan de pensiones establecido por tu patrón o derivado de contratación colectiva, podrás disponer del total de los recursos de tu cuenta individual. Si no se encuentra registrado el plan de pensiones, no podrás disponer de tus recursos hasta que tu patrón lo registre.
- Si obtuviste una pensión por la Ley del Seguro Social 1995: Podrás disponer de los recursos de Retiro y Vivienda 92 en una sola exhibición y el saldo de RCV y Vivienda 97 será utilizado para contratar una pensión ya sea a través de una Aseguradora o con la misma AFORE.
- Si obtuviste del IMSS una negativa de pensión: Podrás disponer del total de tus recursos por RCV y Vivienda 97 en una sola exhibición. Para disponer de los recursos de Retiro y Vivienda 92 deberás tener 65 años de edad cumplidos
En todos los casos, se deberá anexar a la solicitud de retiro, la resolución de la pensión, una identificación oficial con fotografía y un estado de cuenta.
¿Puedo disponer en forma parcial de los recursos de mi cuenta individual? Solamente podrás hacerlo en el caso de que te encuentres sin trabajo o bien por matrimonio:
Por desempleo, podrás retirar el 10% de los recursos acumulados en la Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) a partir del día 46 en que quedaste sin empleo. Éste retiro sólo podrás ejercerlo una vez cada cinco años. Para tramitarlo deberás acudir al IMSS y solicitar la constancia de baja; posteriormente acudir a la AFORE para que concluyas el trámite.
Por matrimonio, tendrás derecho a retirar 30 días de salario mínimo vigente en el DF, siempre y cuando tengas acreditadas un mínimo de 150 semanas de cotización en la subcuenta de RCV a la fecha de celebración del matrimonio. Para ello, deberás solicitar al IMSS la resolución de ayuda para gastos de matrimonio y posteriormente acudir ante la Afore para solicitar el retiro.
¿Cuándo debo recibir mis estados de cuenta? Por ley, las Afores deberán enviarte dos veces al año, a tu domicilio, el estado de cuenta. Tu estado de cuenta deberá incluir la siguiente información:
a) las aportaciones patronales, del Estado y del trabajador,
b) el número de días de cotización registrado durante cada bimestre y,
c) los rendimientos obtenidos
En caso de que no recibas los estados de cuenta de tu AFORE, o tus datos personales no coincidan, notifica dicha irregularidad a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF). Teléfonos: 5682-6373 y 01 800 999-8080.
Asimismo, deberás verificar cada vez que recibas tu estado de cuenta que tus datos personales sean correctos, que tu Número de Seguridad Social sea con el que tu patrón te tiene registrado en el IMSS, la fecha de corte y los importes correspondientes.
¿Cómo utilizo los recursos de la Vivienda? Los recursos depositados en la subcuenta de vivienda son aportaciones que realiza tu patrón (5% del Salario base de cotización, de manera bimestral) que te servirán si quieres solicitar un crédito para Vivienda. Los recursos los administran el Infonavit, aunque tu los verás registrados en tu estado de cuenta que te manda tu Afore. Si deseas solicitar un crédito hipotecario, deberás realizar el trámite ante el Infonavit. Si se te otorga, tu cuenta deberá aparecer en ceros, ya que los recursos en la subcuenta de vivienda, servirán para pagar tu crédito.
Si no obtienes el crédito, o en su caso, nunca lo solicitas, los recursos que aparecen en la subcuenta de Vivienda, al final de tu vida laboral, servirán de complemento para tu pensión.
Si tienes un crédito y aún hay recursos en la subcuenta de vivienda deberás notificarlo al INFONAVIT para que transfieran éstos al adeudo correspondiente.
¿Qué pasa con los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda, si nunca obtuve un crédito por parte del INFONAVIT? En este caso, si tienes derecho a una pensión, los recursos acumulados a partir del 4° bimestre de 1997 en adelante en la subcuenta de vivienda, se sumarán al saldo total de tu cuenta para contratar tu pensión. Si no tienes derecho a la pensión, te serán entregados en una sola exhibición.
Tienes mas de un Números de Seguridad Social (NSS) ¿Cómo unifico mis cuentas del SAR? Si tienes dos o más Números de Seguridad Social (NSS) deberás acudir al IMSS a solicitar la certificación de tu NSS. Posteriormente acude a tu AFORE e inicia los trámites de unificación. Dicho trámite durará aproximadamente 4 meses. Una vez que quede concluido el trámite verifica que los saldos hayan sido transferidos correctamente.
¿Qué debo hacer si tengo una homonimia en el SAR (un trabajador que comparte el mismo número de seguridad social)? En caso de que exista otro trabajador que tenga el mismo NSS que tú (la única forma de saberlo es supervisando que tus datos sean los correctos y que el monto de aportaciones que recibes vayan en consonancia con tu salario base de cotización) deberás acudir al IMSS a solicitar la certificación de tu NSS. Posteriormente deberás acudir a tu AFORE para que inicie la separación de los recursos.
No olvides presentarle a la AFORE todos los comprobantes que acrediten con cuántos patrones has trabajado. La Administradora por su parte identificará tu cuenta para que sobre la misma no puedan utilizar los recursos.
Asimismo, deberás notificarle a tu patrón el nuevo NSS para que en lo subsiguiente realice las aportaciones con el número correcto.
¿Cómo corrijo mis datos de SAR 92-97 y los de la AFORE? En caso de que existan diferencias en los datos que tienes registrados en la cuenta del SAR (los recursos del SAR son los recursos pensionarios que se acumularon durante el periodo 1992-1997 y que deben de aparecer en tu estado de cuenta si laboraste durante este periodo) y los de la AFORE, deberás acudir al IMSS y solicitar la corrección de tus datos personales. El instituto te dará un documento que se llama Afil-07, mismo que deberás presentar en tu AFORE para iniciar la corrección. La Afore te deberá contestar en un tiempo pertinente (aprox. 2 meses) Una vez que quede corregido el nombre, el INFONAVIT recibirá la actualización correspondiente.
Al efecto, te proporcionamos el número telefónico del IMSS: 52 41 02 45. www.imss.gob.mx
Si se presenta la diferencia en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y en tu Homoclave, deberás acudir al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que te corresponda conforme a su domicilio personal y/o fiscal a corregir el error, toda vez que dicho Organismo es el único facultado para realizar la asignación o corrección correspondiente.
Al efecto, te proporcionamos el número telefónico del SAT: 52 27 02 97. www.sat.gob.mx
Asimismo, cualquier irregularidad, podrás hacerla del conocimiento de la CONDUSEF Teléfono 5682-6373 y 01-800-999-8080, www.condusef.gob.mx
¿Cómo puedo traspasar los recursos de las cuentas individuales del SAR 92-97 a una Afore? Si ya elegiste una AFORE, podrás solicitarle el traspaso de los recursos acumulados en tu cuenta individual SAR 92-97, operada por una institución de crédito mediante el llenado del formato de usos múltiples, que la propia Afore te proporcione.
Si no has elegido una AFORE, en el momento en que la elijas podrás solicitarle el traspaso de tu cuenta individual.
En ambos casos, deberás anexar a la solicitud correspondiente copia del comprobante individual SAR-03, SAR-04, estado de cuenta o cualquier otro documento emitido por la institución de crédito, que contenga tus datos de identificación de la o las cuentas que vayas a traspasar, así como una identificación oficial vigente.
¿Es posible traspasar mis recursos de la cuenta individual del ISSSTE a una Afore? Si tus recursos son IMSS e ISSSTE, no es posible unificar las cuentas individuales, hasta en tanto los sistemas de seguridad social se homologuen. En este caso tendrás una cuenta individual SAR 92-97, misma que se abrió cuando cotizaste para el IMSS y otra actualmente cotizando para el ISSSTE, generando los rendimientos que a cada una corresponda.
¿Cómo se efectúan las aportaciones voluntarias a una cuenta SAR? Las puedes realizar de dos formas: tú mismo o por conducto de tu patrón.
De igual forma, puedes realizar retiros de la subcuenta de aportaciones voluntarias cada 2 ó 6 meses dependiendo de la AFORE en la que te encuentres registrado.
Si deseas disponer de los recursos depositados en esa subcuenta, deberás presentarte ante la AFORE y tramitar la disposición de los recursos. Por su parte la AFORE deberá entregarte los recursos en una sola exhibición en un plazo no mayor de 15 días hábiles.
¿Qué pasa con los recursos de mi cuenta individual si dejé de cotizar antes de los 60 ó 65 años de edad? Si dejas de cotizar antes de cumplir con las edades requeridas o bien con las semanas de cotización, los recursos de tu cuenta individual permanecerán en la Afore que hayas elegido, generando los intereses correspondientes, hasta que se cumpla con algún supuesto de retiro establecido en la Ley del Seguro Social.
¿Qué pasa si mi patrón no está haciendo los pagos del SAR? Si consideras que tu patrón ha omitido cumplir con el pago de tus cuotas y aportaciones deberás hacerlo del conocimiento del IMSS y del INFONAVIT con el fin de notificar el posible Incumplimiento Patronal, a efecto de que éstos, en su carácter de organismos autónomos fiscalizadores, ejerzan sus facultades de fiscalización requiriéndole al patrón de que se trate, los pagos que no realizó. Una vez recuperados los recursos, se canalizarán a la AFORE en la que te encuentres registrado.
¿Qué es la CONDUSEF? La CONDUSEF ( www.condusef.gob.mx )es la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que se crea el 18 de enero de 1999 y cuyo objetivo es promover, asesorar, proteger y defender los intereses de los usuarios de los servicios financieros, actuar como árbitro en los conflictos que éstos sometan a su jurisdicción, y promover la equidad de las relaciones entre éstos y las instituciones financieras; así como atender las consultas y reclamaciones presentadas por los usuarios sobre asuntos de su competencia.
b) Reflexión de la problemática actual de las AFORES.
Introducción.
A siete años de haber iniciado su vigencia el nuevo Sistema de Seguridad social (Julio, 1997) ha alcanzado resultados que indudablemente deben ser analizados, se cambió a principios del año 2000, al 1er. presidente de la Consar (Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro) a quien se debe el diseño y puesta en marcha del mencionado sistema previsionario, muchas cosas que originalmente se planearon realizar, no se llevaron a cabo, otras surgieron como consecuencia directa del operar, unas más se dieron casi espontáneas y otras que se esperaban nunca se realizaron.
Pero a pesar de todo ello el sistema está obteniendo resultados, está en un periodo de consolidación, sus tasas de rendimientos globales han superado, los rendimientos que están pagando los instrumentos de deuda manejados por otras financieras, diferentes a las Siefores (Sociedades de Inversión de Fondos de Retiro), del promedio obtenido en los siete años de operación, las administradoras han rendido el 7.12% real, que los sitúa como uno de los mejores medios financieros, dentro de los primeros lugares de rentabilidad de las sociedades de inversión, motivo por el cual se cuestiona si dicho rendimiento es para el trabajador o todavía estará sujeto a descuentos por parte de las Siefores, etc. lo cual ha motivado, que los resultados individuales que han obtenido estas sociedades, no se puedan aún comparar entre ellas y poder determinar realmente, cual de ellas está produciendo el mayor rendimiento a sus afiliados.
A continuación señalo una lista, en forma enunciativa, que en mi opinión constituye a la fecha, la problemática que deberán enfrentar las Afores, que al modificarlas perfeccionarlas o eliminarlas el sistema puede permanecer, crecer y con el paso de los años lograr darle al trabajador al final de su vida activa, la tan mencionada pensión decorosa: espíritu de este sistema, y objetivo esencial que solo se lograra con comisiones bajas y buenos rendimientos reales.
- Número de trabajadores afiliados.
- Política salarial.
- Instrumentos financieros a largo plazo.
- Aportaciones voluntarias.
- Monto de la pensión.
Análisis de la problemática actual de las AFORES.
Es necesario resaltar que solo se enunciaron algunos de los problemas que requieren una participación activa de los trabajadores que intervienen en la planeación, operación y sostenimiento de todo este sistema de seguridad social, de inmediato procederé a informar, para comprender la situación y poder por último hacer una reflexión individual y global de los retos que enfrentarán las Afores en el inicio del tercer milenio.
Número de afiliados.
Los trabajadores inscritos en alguna de las 13 administradoras de ahorro para el retiro suman a septiembre del 2004, 32,677,176 afiliados, de los cuales el 60.5% se encuentran concentrados en 5 Afores, ocupando el primer lugar la Afore Banamex con el 17.7%; con 5,792,433 trabajadores afiliados, el resto de las 8 Afores tienen registrados como socios el 39.5% del total de afiliados, siendo la Afore IXE la que tiene el menor número de socios 51,360 representando el 0.2% de la población. Se estima que el número máximo de afiliados al final del año será de 34,000,000 de trabajadores.
De esta cifra de 32,677,176 trabajadores registrados a una Afore, existen un total de casi 9 000 000 de trabajadores dados de alta en el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro social) que representan 14 000 mil millones de pesos, que teniendo derecho a seleccionar una administradora a partir del 1º. de julio de 1997, no lo han hecho y sus patrones continúan aportando el 2% del SAR para el fondo de retiro, tales trabajadores por el derecho que les conceden las leyes del sistema de ahorro para el retiro, tuvieron
el derecho de seleccionar una Afore antes del 1º. de julio del año 2001; que de no ejercer dicho derecho, la Consar seleccionará las Afores que manejarán dichos recursos, controlados actualmente por el Banco de México, en una cuenta denominada: Cuenta Concentradora del IMSS para el retiro, por la que cobra por administrarla, una comisión del 1.15% del salario integrado de cada uno de los trabajadores de dicha cuenta, que no han seleccionado a la fecha una Afore que administre sus ahorros para el retiro, los cuales en cualquier momento lo pueden realizar.
Para ver la tabla seleccione la opción "Descargar" del menú superior
El Banco de México para manejar dichas cuentas, a partir de marzo de 1998 seleccionó, de las 17 Afores que existían, a 13 de ellas para que le manejaran en su nombre dichas cuentas, las cuales las distribuyó de acuerdo a criterios propios que el diseñó.
Pero a partir del 1º de julio del año 2001, de no tomar los trabajadores de la cuenta Concentradora la decisión de seleccionar una Afore. Obligará a la Consar asignar a una o varias Afores a los trabajadores de dicha cuenta, pero esto pudiera ocasionar un serio problema en el porcentaje de mercado que tiene cada una de ellas actualmente, ya que 9 000 000 de trabajadores representa el 30% del total de afiliados en las administradoras, cantidad que puede cambiar totalmente el perfil, la capacidad de las Afores, premiándolas o castigándolas según el desempeño realizado; comparándola individualmente con la Afore líder representa 2.4 veces el número de afiliados que tiene la de Banamex, la cual no podría recibir el total de socios de la Cuenta Concentradora, porque rebasaría el porcentaje máximo de mercado que señala la ley, que es del 20% del universo que representaría un incremento en el número de afiliados. Si se hace una equivocada distribución, pudiera ocasionar cambios drásticos en la participación del mercado, de tal manera que una o algunas de las seis Afores menores pudieran convertirse en los líderes o bien que de las 7 mayoritarias actualmente su participación en el mercado las situara en posiciones medianas o pequeñas, lo que en algunos casos quizá los orillará a retirarse. Lo que se requiere para esa distribución es definir criterios y parámetros justos para evaluar la rentabilidad, eficiencia, capacidad administrativa y operacional que premie por un lado a las de éxito, y que castigue y elimine a las ineficientes.
Es por ello la importancia que tiene para las administradoras, que los criterios que tome la Consar busquen conservar el lugar que actualmente se ha ganado, con su inversión, planeación y tiempo dedicado a la afiliación y conservación de sus clientes, que la distribución sea en forma equitativa, pero sin rebasar los porcentajes máximos de socios que pueda tener cada Afore, que es el 20% del mercado potencial total, para que ninguna o varias de ellas constituyan un monopolio de los ahorros para el retiro.
Este es el primer problema fuerte que deberá de enfrentar el nuevo presidente de la Consar: diseñar e implementar un sistema de asignación de los socios de la cuenta Concentradora, a más tardar en el mes de diciembre del año en curso.
Pero la situación de este tipo de afiliados no se termina con la distribución de sus ahorros a las Afores, porque existe alrededor de ellos otra problemática, tanto en la cuenta Concentradora como en las propias Afores, existen cuentas inactivas que suman 6,000,000 de trabajadores, que en este momento no están cotizando al IMSS, porque cambiaron de sistema de seguridad, porque trabajan en forma independiente, porque ingresaron a la población activa informal cuyo crecimiento cada día es mayor, representando el 64% del total de trabajadores activos, están desempleados, etc., esto indudablemente que representa un problema para el sistema, qué hacer con este número tan grande de cuentas inactivas, por el lado de las administradoras, no van a querer que les asignen en la distribución de la Cuenta Concentradora a este tipo de socios, de las que tienen en sus registros, los quisieran eliminar. El manejo de todas ellas les implica trabajo y costos, por lo cual ellos creen que es justo cobre la comisión por su administración, aunque ello signifique ir disminuyendo el monto acumulado del ahorro del trabajador a la fecha en que el patrón dejo de hacer las aportaciones correspondientes.
Los trabajadores opinan que es una política equivocada del sistema, el permitir que las Afores tomen sus comisiones del fondo acumulado ya que éste, aunque no reciba nuevas aportaciones, sus ahorros siguen trabajando, generando ingresos; lo que se debería de hacer es implementar otro sistema de pago de comisiones para dichas cuentas, que nunca permitiera a la Afores tocar parte de los ahorros acumulados, para que de esa manera el trabajador que no vuelva a aportar, tuviera como garantía que lo que acumuló en el tiempo que estuvo activo lo va a recibir, porque de no cambiar el procedimiento del cobro de las comisiones en las cuentas inactivas, lleva el riesgo de que las comisiones, con el transcurso del tiempo se coman el patrimonio y llegan a la edad que fija la ley (65 años) para poder realizar su retiro de la Afore, no va a tener nada que retirar y todas aquellas aportaciones que hicieron sus empleadores cuando fue activo fueron para las administradoras, falla grave del sistema.
Política laboral.
Como consecuencia directa de la manera como en el país se ha orientado la política laboral, se está manejando y se prevé que en el futuro mantendrá sus enfoques, el cual consiste en que cualquier estrategia que tome el gobierno, con el apoyo o participación de la iniciativa privada, siempre buscará sacrificar el ya mini poder adquisitivo del trabajador, que año tras año se ha observado, que el incremento anual a los salarios mínimos, es siempre menor a la tasa de inflación, que se tuvo en el año inmediato anterior y esto ¿qué efectos tiene en el operar del sistema de seguridad social?, muchos, pero el más grave es el que a continuación se detalla en un análisis.
Recordemos que el resultado final del sistema de ahorro para el retiro es que el trabajador al terminar su vida laboral activa y tener la edad señalada por la ley (65 años) para disfrutar de una pensión digna para que ésta sea tal, el monto acumulado por las aportaciones de los patrones y en ocasiones por el trabajador, aumentado por los rendimientos obtenidos por las Siefores, permitan aquel trabajador que haya cubierto al IMSS las 1250 cotizaciones obligatorias, contratar con una compañía de Seguros especializada en el manejo de fondos de retiro, una pensión vitalicia, que como mínimo sea igual al último sueldo obtenido como trabajador activo, lo cual solo se podría lograr, si en los años venideros se cambia el procedimiento por el cual se aprueban los incrementos salariales a través de la Comisión de los Salarios Mínimos, que en su funcionar, en lugar de proteger el poder adquisitivo del trabajador ha venido beneficiando al sector patronal, y gubernamental (con casi 20 años de inflexible contención salarial y la indexación de precios a los bienes y tarifas del sector público).
Prueba de ello es que el incremento salarial de los últimos años, solo fue aprobado por los representantes del sector patronal y el gobierno, ya que por el ridículo aumento autorizado, no le alcanza para adquirir la canasta básica cuyo precio $1,447.30 actualmente, y el salario diario de un obrero al día de hoy es de $42.11 a $45.24. Los representantes de los trabajadores se tuvieron que retirar del seno de la Comisión al no ser escuchados los requerimientos de sus representados, quienes temen que de mantenerse estas tendencias a través de los años, su poder adquisitivo es cada vez menor que el de año anterior y ese había sido menor que el que le antecedió, surge de inmediato la pregunta: ¿en qué afecta esto al sistema? Si recordamos que la aportación obligatoria del ahorro la realiza el patrón y no el trabajador, la respuesta es sencilla, mientras el crecimiento anual de los salarios sea en cantidades muy pequeñas, la base sobre la cual se calcula las aportaciones al sistema es el salario que recibe el trabajador y si este crece anualmente en menor cantidad que la tasa de inflación del año anterior, la cantidad que se logre acumular en la vida activa del trabajador, seguramente no alcanzará para poder contratar una pensión digna, de la que tanto pregona el sistema, que tenga el poder adquisitivo para adquirir en el futuro, lo que se puede obtener en este momento de persistir esta tendencia, pone en riesgo el espíritu del sistema de proteger el poder adquisitivo del ahorro acumulado.
Otro factor negativo que origina que el ahorro acumulado no crezca más rápidamente y proporcione la seguridad de que lo que se ahorre sí alcanzará para contratar la pensión vitalicia, es que al no tener poder adquisitivo el trabajador para cubrir sus necesidades más urgentes, menos tendrá capacidad para generar aportaciones voluntarias que fortalecieran e incrementaran el ahorro para el retiro, mientras el salario promedio que reciben actualmente los trabajadores no pasan de 3 salarios mínimos y escasamente algunos llegan alcanzar 5 salarios, siendo una minoría de la población económica productiva, que alcanza ese nivel, los eliminan automáticamente de poder participar activamente en la formación de su fondo de ahorro, lo que sitúa a un porcentaje muy alto de la población activa a solo recibir de este sistema la pensión de garantía que será de un salario mínimo, cantidad que pagaba el anterior sistema de seguridad.
Es por ello que es prioritario incrementar el poder adquisitivo del trabajador a un monto que realmente permita a la población económicamente activa adquirir los productos de la canasta básica y de ser posible tengan un excedente. Y si recordamos de ahí surgen las propuestas de los excandidatos a la presidencia de la República, de que el incremento anual de los salarios mínimos deberá ser superior a la tasa de inflación del año anterior (Francisco Labastida Ochoa), que el salario mínimo para que se recupere su poder adquisitivo deberá ser de $150 (Vicente Fox). UNT, el salario mínimo deben ser igual a la tasa de inflación prevista más cinco puntos, y lo único que pienso al leer esto es que el país sigue hundido en la mediocridad, ya que nuestro presidente electo, el señor Vicente Fox no ha logrado obtener los resultados que prometió durante su campaña.
Como se podrá observar, el monto del salario es punto vital e importante para el país, pero más importante es para el trabajador que al final de su vida lleva el riesgo de no alcanzar una pensión digna y decorosa, solo podrá disponer de la pensión de garantía que seguramente será inferior para aquellos trabajadores que percibían más de un salario mínimo.
Aun cuando se corrigiera esta base, los nuevos trabajadores y todos aquellos trabajadores que estuvieron cotizando con la ley anterior de seguridad enfrentarán una problemática que se está originando con la nueva manera de contratación laboral, la cual consiste en la creación de contratos de trabajo temporales, como consecuencia de la política gubernamental y empresarial de generar empleos temporales, lo que motivará a que todo trabajador para poder acumular las 1250 cotizaciones al IMSS, le llevará varios años más, quizá 30 de servicios ya que el tiempo que esté desempleado, no se le contará y su monto acumulado de permanecer la norma de que las Afores sigan cobrando comisiones por cuentas inactivas y descontarlas de los ahorros; los pondrán en una situación indefinida de no cubrir el tiempo y su ahorro no ser suficiente para contratar la pensión vitalicia con las compañías de seguro especializada en fondos de retiro.
Instrumentos financieros a largo plazo.
Un aspecto tan importante como los anteriormente tratados es la necesidad de la gestación en el mercado financiero, de instrumentos financieros de largo plazo, a 5, 10, 15, 20 años, que les permita a las Siefores ofrecer a los trabajadores varias alternativas confiables de inversión con tasas de rendimientos diferentes, acorde a riesgos, montos y plazos.
Por otro lado la Consar debe buscar una nueva distribución de la inversión de esos instrumentos, donde los porcentajes mayoritarios sean en aquellos instrumentos a mediano y largo plazo. Por lo que es vital pugnar porque la inversión mayoritaria de los fondos para el retiro se invierta en instrumentos financieros emitidos por la iniciativa privada con calificación "AAA". Es prioritario para que el sistema de pensiones cumpla sus objetivos de generar empleos con proyectos productivos, que el gobierno no siga acumulando en sus instrumentos financieros la casi totalidad de los $125 000 millones de pesos captados por el sistema de retiro.
Es urgente que el mercado financiero se aboque al diseño y participación de instrumentos financieros a mediano y largo plazo que reúnan las condiciones de estar indexados a la inflación, para que los rendimientos que pague conserven el poder adquisitivo y sobre todo que sean expedidos por instituciones de la iniciativa privada que sean internamente controlados y supervisados para que en ningún momento y por ningún motivo pongan en peligro los ahorros de los trabajadores.
La necesidad que origina urgentemente la aparición de estos documentos obedece a que los actuales no les dan libertades a las Siefores de ofertar otro tipo de rendimientos a los trabajadores al obligarlos a invertir solo en los instrumentos expedidos por el gobierno quien al recibir los recursos los usa como quiere y no los destina a proyectos productivos ni a generar empleos permanentes.
Este requerimiento de las Siefores de contar con un abanico más grande de instrumentos financieros se debe a que todas ellas tienen que mantener las tasas de rendimiento promedio que a la fecha ha obtenido en estos dos primeros años de operar la cual es del 13.5% anual neta, lo cual será imposible sostener durante los 24 años mínimos que manejará los fondos de retiro del trabajador, preocupación que se incrementa en este año tan especial por el cambio del poder Ejecutivo, aunado a los cambios de tasas del fondo de reservas, se estima que el rendimiento que se pagará este año será del 5 al 7% neto. Es por ello que se requiere se implementen las cinco siguientes actividades:
- Que el mercado financiero se aboque al diseño de paquetes de instrumentos financieros a corto, mediano y largo plazo.
- Que la Consar autorice la creación de nuevos tipos de Siefores.
- Quitar los candados que establecen las leyes respectivas para incrementar la inversión de las Siefores en las empresas particulares que tengan el aval de autoridades financieras.
- La construcción de una metodología que permita a cualquier trabajador poder comparar los rendimientos que le paga su Afore con el resto de las demás y poder determinar las bondades y debilidades de los rendimientos recibidos por el trabajador.
- Diseño de un sistema de comisiones por administración descendente con el paso de los años.
Por último, es conveniente considerar que al mismo tiempo que se genere en el mercado financiero una amplia gama de instrumentos a largo plazo, se les permita a las Siefores invertir en ellos, sin importan quien es el emisor: gobierno federal, gobierno estatal, iniciativa privada, bancos, etc., que tengan la calificación de triple "A", sea de bajo riesgo y generen empleo, que las sociedades de inversión puedan invertir en emisiones un porcentaje mayor del 20% aprobado a la fecha. Simultáneamente, con esto las administradoras deben de buscar un sistema que les permita reducir sus costos de administración y, por ende, sus comisiones. Ello motivaría que la rentabilidad para el trabajador aumentaría.
Aportaciones voluntarias.
Uno de los derechos que le concede las leyes y reglamentos del nuevo sistema de pensiones a todo el trabajador, es que si lo desea y puede, realice aportaciones voluntarias en apoyo al crecimiento de su fondo para el retiro, para que llegado el momento de jubilarse o pensionarse, la cantidad acumulada sea mayor, lo que le permitirá, sin duda alguna contratar una pensión más cuantiosa que le proporcione mayor bienestar.
Esta aportación voluntaria es opcional en todo tiempo para el trabajador, quien podrá decidir, que ésta sea una cantidad fija o variable, permanente o temporal durante todo el tiempo en que permanezca como activo, pudiéndola retirar toda o una parte seis meses después de cada aportación; dichas aportaciones, las Afores las manejarán en forma separada de las aportaciones que realice el patrón por cada trabajador, pero recibirán el mismo rendimiento que generen los fondos para el retiro.
Este derecho consignado en la ley casi no fue ejercido en el primer año de operación del sistema, pero a partir de su segundo año de funcionamiento inició un crecimiento mensual cada vez mayor llegando a sumar a la fecha 600 millones de pesos, y a criterio de la Consar es un nicho que de seguir con la tendencia actual representara un porcentaje significativo del total de los fondos que manejan las Siefores.
Basado en ese significativo crecimiento la nueva presidencia de la Consar, aprobó en el mes de abril del 2000 la constitución de una segunda Siefore cuya función primordial será la de manejar todos los fondos de ahorro para el retiro que provengan de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, los cuales serán invertidos en títulos de deuda referidos en UDI (Unidades de Inversión), y tomar hasta el 20% de una emisión en papeles de deudas de empresas privadas que favoreciendo la generación de empleos, cobrándole al trabajador una comisión diferente a la que cobra por administrar los fondos de retiro aportados por el empleador y el gobierno. La Consar al mes de junio del año en curso aún no ha publicado la normatividad a la que se sujetarán esta nuevas Siefores, por lo cual, lo único que pueden hacer en este momento cada una de las 13 Afores existentes, es solicitar el permiso para constituir esa segunda Siefore y esperar a que se publiquen los mecanismos, controles, y supervisiones a que se debe someter este nuevo tipo de sociedad.
La limitante que pueda tener esta segunda Siefore es que las comisiones que cobre sean mayores a las que se está cobrando actualmente y por ende sus rendimientos que paguen pudieran ser menores a los que produzcan las Siefores autorizadas. Esta diferencia de tasas puede, y de hecho está generando un problema en perjuicio de los rendimientos del trabajador a quien le cobraban la misma comisión, y le otorgaban el mismo rendimiento de los fondos de retiro.
No se encuentra una base lógica el cambio de comisión porque si la diferencia es significativa, es probable que detenga el crecimiento duplicador que a la fecha han tenido las aportaciones voluntarias. En caso que fueran menores originará problemas a las primeras Siefores. Veremos qué es lo que sucede en el futuro inmediato.
Por otro lado, el crecimiento tan raro que está teniendo en este momento se puede interrumpir como consecuencia de que deje de realizar aportaciones el trabajador, disminuya su aportación o la retire, lo que le restaría potencial a estas nuevas Siefores, que en los planes de la Consar no se tenía contemplado, que el segundo tipo Siefores se encargarían de manejar las aportaciones voluntarias. Hay que recordar que el grueso de los trabajadores inscriptos en el IMSS su promedio de sueldo no rebasa los tres salarios mínimos, y como es sabido, cada año su ingreso salarial pierde poder adquisitivo, eso realmente le impide al sistema de pensiones que todo trabajador realice aportaciones voluntarias, lo cual reduce de manera significativa el tamaño del mercado donde operarán esta 2ª Siefore, quizá en el último cuatrimestre del año inicien su funcionamiento algunas de estas Siefores, de las cuales el trabajador no tiene conocimiento de su aprobación, funcionamiento, comisiones que cobrará, instrumentos en los que se invertirá, etc., por tal motivo, la Consar deberá iniciar una gran campaña de difusión de esta nueva Siefore como el complemento urgente que requiere el sistema para que pueda otorgarle con seguridad una pensión digna a todos y cada uno de los socios del sistema.
Es conveniente hacer notar que es tan importante que existan las aportaciones voluntarias, que espero que la aprobación de esta segunda Siefore no sea la primera etapa de un proceso de obligar a los trabajadores a tener que hacer en forma obligatoria una aportación fija permanente como una consecuencia directa de las debilidades que está presentando el crecimiento del fondo acumulado a la fecha.
Monto de la pensión.
Todo el análisis anterior nos lleva directamente a formular la pregunta clave del sistema: ¿cuál es el monto de la pensión que se pagará al trabajador?, no puede, ni podrá contestar directamente ya que en todo su planteamiento administrativo solo se hace referencia de ella, al decir que el trabajador que se jubile recibirá una pensión digna, en ocasiones se menciona como una pensión decorosa, según ellos suficiente; basta para cubrir las necesidades de los pensionados, que les permitirá tener un nivel de vida respetable, el cual podrá conservar el resto de su vida, sin preocupación alguna.
De acuerdo a nuestros análisis, este objetivo del sistema, corre un gran peligro de no realizarse, debido a que son muchos los factores que se deben de integrar y ser definidos por el sistema para que el monto de la pensión alcance a ser digna.
Dichos factores están referidos a que el monto acumulado de ahorro al final de la vida del trabajador, dependerá del sueldo que ganó, el número de cotizaciones que tuvo al IMSS, lo que representará, si tiene o no, derecho a la pensión, las tasas de rendimiento que le pagó la o las Siefores en donde se invirtieron sus ahorros, las comisiones que le cobraron la administradora que seleccionó, los riesgos que corrieron sus inversiones, la permanencia en una o en varias administradoras, el monto de sus aportaciones voluntarias, su permanencia, retiros, constancia, años en que su cuenta de retiro estuvo inactiva, etc. Todo ello, se traduce a un total de ahorro acumulado y de la cuantía de este dependerá el monto y tipo de pensión o devolución a la que Tenga derecho una vez que llegue a la edad de los 65 años.
Llegado este momento cuando el trabajador tenga 65 años o más, y haya realizado 1250 cotizaciones al IMSS por la versatilidad del sistema pueden darse las siguientes situaciones, por las que tendrá que tomar una decisión el trabajador que se retira:
- Retirar en una sola exhibición el total de ahorro acumulados a la fecha de retiro y gozar únicamente de los servicios médicos del IMSS.
- Indicarle a su Afore su deseo de realizar retiros programados anuales pagaderos mensualmente y el resto que se lo siga manejando la Afore para que siga ganando intereses, en caso de fallecimiento, entregue la parte disponible de sus ahorros a sus familiares.
De aquí, surge la duda: ¿Cuántos salarios mínimos debe ganar el trabajador? para que su fondo acumulado sea suficiente para poder contratar una pensión vitalicia que sea más o menos similar al sueldo que sirvió de base para integrar el ahorro y que dicha pensión fuera variable en la misma proporción en que se incrementan los salarios de trabajador activo que ocupa el puesto del que se retiró.
Si la respuesta es que se necesitan más de tres salarios, que es el promedio de los socios del sistema, todos ellos se verán obligados acepta la pensión de garantía, que será menor que el sueldo que toda su vida productiva recibió y que le permitió alcanzar un nivel de vida mejor al que tendrá una vez que se jubile, qué mejorías le trajo el nuevo sistema, si el monto de su pensión será igual al salario mínimo, ¿Por qué esta falla del sistema desde sus inicios?
Es por ello que actualmente se está gestando una petición por todos los representantes de los trabajadores, consistente en que la pensión mínima que reciba todo jubilado y pensionado no sea inferior a dos salarios mínimos del D.F., lo que motivará el primer cambio fundamental en el sistema, lo que probablemente originen una serie sucesiva de cambios a favor del trabajador.
- Si la cantidad acumulada no es suficiente para contratar una pensión vitalicia por el resto de su vida, el Gobierno Federal le otorgará una pensión de garantía vitalicia igual al salario mínimo del Distrito Federal elevada al mes; a cambio de ello todos sus fondos pasarán a poder del gobierno. Es necesario resaltar que esta situación pudiera ser la que más se repita en el sistema, como consecuencia del bajo monto que en promedio gana el 60% de la población activa, ya que el promedio de sueldos, es de 2 o 3 salarios mínimos, base que probablemente no sea suficiente para que el monto del ahorro final sea suficiente para contratar una pensión igual o casi igual al último salario obtenido como trabajador activo.
- Si la cantidad es suficiente para contratar una pensión vitalicia con una Compañía de seguros especializada en fondos de retiro, para que sea tal, cuántos salarios mínimos requiere el sistema para que la cantidad aportada sea suficiente, para que el trabajador pueda contratar una pensión digna, decorosa, que tenga cuando menos las siguientes características:
Que sea vitalicia.
Que sea igual al último salario ganado como activo.
Que sea de naturaleza variable acorde con los incrementos salariales que reciba el trabajador activo.
Que las comisiones que cobren las compañías de seguros especializadas en el manejo de fondos, no estén sujetas a cambios, y que sus servicios sean eficientes y de calidad.
Es necesario que los trabajadores jubilados y sus dependientes económicos estén conscientes que al firmar su contrato de pensión con una Compañía de Seguros, automáticamente entrega la Afore a la Cía. de seguros seleccionada por el trabajador todos los ahorros acumulados y ésta se compromete a pagarle la pensión acordada con sus variantes mientras permanezca vivo el trabajador, que puede ser en un periodo corto o largo, sea cual sea, no hay devolución alguna de ahorros para sus beneficiados, de ahí la importancia de la decisión del trabajador de disponer de la totalidad o parcialidad de sus horros o tener una pensión vitalicia.
Nuevamente volvemos al estado de incertidumbre de cuánto será el monto de la pensión ¿igual al sueldo, mayor, menor? ¿será vitalicia? ¿será variable?, no lo sé; esto seguirá en un estado de indefinición, sólo el tiempo nos dará la respuesta, esperemos que sea buena para todos aquellos trabajadores que habiendo cumplido con los requisitos establecidos por la ley del Sistema de Retiro son sujetos de gozar una pensión, la cual les permita tener un nivel de estabilidad, y si tienen la fortuna de alcanzar el promedio de vida pronosticado para el siglo XXI de 80 años, puedan disfrutarlos plenamente en paz y tranquilidad. Si eso les dará el sistema, enhorabuena, si se teme que ocurrirá lo contrario estamos a tiempo de corregirlo, perfeccionándolo, modificándolo, y en caso extremo de anularlo, porque con los ahorros de los trabajadores, nadie, ni en ningún caso se debe jugar o poner en riesgo los recursos de los jubilados porque de ellos depende su vida.
Después de todo lo comentado sobre el sistema de previsión, a manera de conclusión podemos decir que para que todo trabajador que gane más de un salario mínimo y pueda contratar una pensión digna y vitalicia, el sistema deberia de integrar con los siguientes factores un círculo sin fin:
Para ello, el sistema debe de buscar en todo momento un aumento constante en las aportaciones que los empleadores, el gobierno y el trabajador realicen, en forma tripartita combinado con un aumento en el mercado financiero de instrumentos a corto, mediano y largo plazo, donde los principales emisores sean la iniciativa privada, bancos, financiera que cuenten con una calificación de Triple A que den confiabilidad a los ahorros del retiro y produzca una adecuada rentabilidad sostenida, la cual solo se logrará si se permite a las Siefores invertir sus recursos en proyectos productivos de bajo riesgo, que traigan consigo un aumento de infraestructuras productivas y tecnología de punta que generen empleos permanentes, que motiven un aumento en la producción y calidad de los productos permitiéndole a las empresas obtener mayores utilidades y les dé capacidad económica para incrementar los salarios de sus trabajadores a 4 o 5 puntos arriba de la tasa de inflación del año anterior, que les proporcionen un nivel mejor de vida, al permitirles ir recuperando el poder adquisitivo que ha venido perdiendo desde hace casi dos décadas por un lado, por el otro, al haber más empleos se reduce el tamaño de la población económica activa informal, se les incorpora nuevamente al sistema, se les brinda protección y se evita el riesgo de que las comisiones por administración de sus cuentas inactivas devoren sus ahorros, y sobre todo, crece la posibilidad de todos de cumplir los requisitos establecidos en la ley para poder contratar una pensión digna.
- Disposiciones legales y administrativas relativas al SAR. Ediciones Fiscales ISEF. S.A. Enero 1999.
- Cárdenas Gutiérrez, Carlos. Estudio Práctico sobre el SAR. 1994.
- Ley del Seguro social 2000. Ediciones Fiscales ISEF. Enero 2000.
- Miranda Valenzuela, Patricio y Noriega Granado, Juan. Entendiendo las Afores. SICCO. 1997.
- Noticiero del Sistema de Ahorro (NOTISAR). http://www.notisar.com/.
- Circulares de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro.
GABRIEL ONTIVEROS MIER
1er semestre de licenciatura en Economia
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
FACULTAD DE ECONOMIA