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La justicia a través de la filosofía (página 2)

Enviado por ababas


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Aristóteles afirma que es una especie de justicia universal que se aplica a la distribución de honores, o cualquier otro bien externo compartido por los miembros de la comunidad, así como los tratos que los individuos establecen en sus relaciones.

Dice Aristóteles[3] que en relación a la justicia y la injusticia hay que considerar en qué acciones consisten, qué clase de posición intermedia es la justicia, y entre cuales extremos es lo justo   el termino medio.

La justicia y la injusticia se entienden a lo que parece, en muchos sentidos, aunque por ser muy cercana una significación de la otra, la ambigüedad nos escapa, y no están manifiesta como cuando se aplica a cosas muy distantes entre sí, que difieren grandemente una de la otra por su aspecto, como por ejemplo, cuando se llama con la misma palabra kleis (llave) la clavícula de un animal y el instrumento con que cerramos la puerta. Tomemos pues como punto de partida el terminar en cuántos sentidos se dice de uno que es injusto.

Son, pues, tenidos por injustos el transgresor de la ley, el codicioso y el   inicuo o desigual; de donde es claro que el justo será el observante de la ley y de la igualdad. Lo justo, pues, es lo legal y lo igual; lo injusto lo ilegal y lo desigual.

Al transgresor de la ley lo hemos visto como injusto y al observante como justo, es claro que todas las cosas legales son de algún modo justas. Los actos definidos como legislación son legales, y de cada uno de ellos decimos que es justo. Ahora bien, las leyes se promulgan en todas las materias mirando ya el interés de todos en común, ya el interés de los mejores o de los principales, sea por el linaje, sea por algún otro titulo semejante.

Llamamos justo a lo que produce y protege la felicidad y sus elementos en la comunidad política. Por la ley prescribe justamente hacer los actos del valiente, tales como no abandonar las filas, ni huir, ni arrojar las armas y los del parentesco, como no cometer adulterio ni incurrir en excesos; y los del varón manso, como herir ni hablar mal de nadie y lo mismo en las otras virtudes y fechorías, ordenando unas cosas, prohibiendo otras, rectamente la ley rectamente establecida, menos bien la improvisada a la ligera.

La justicia nos parece a menudo ser la mejor de las virtudes; y ni la estrella de la tarde ni el lucero del alba son tan maravillosos; así entendida no es una parte de la virtud, sino toda la virtud, como la injusticia contraria no es una parte del vicio, sino el vicio todo. En qué difieran esta justicia y las virtudes patente por lo que hemos dicho. La virtud y la justicia son lo mismo en su existir, pero en su esencia lógica no son lo mismo, sino que, en cuanto es para otro, es justicia, y en cuanto es tal hábito en absoluto, es virtud.

Al lado de la injusticia total hay otra injusticia particular y que recibe el mismo nombre, porque su definición está contenida en el mismo genero. Ambas reciben su significación de la relación de un hombre con otro; pero la una se refiere al honor y alas riquezas o a la salud o a todas las cosas de este orden si pudiéramos comprenderlas con un nombre, y su motivo es el placer proveniente del lucro, mientras que la otra se refiere a todo aquello con que tiene que ver el hombre virtuoso.

Hemos distinguido dos sentidos de lo injusto, a saber, lo ilegal y lo desigual y dos de lo justo, a saber, lo legal y lo igual.

La injusticia de que se ha hablado en primer lugar es la que se refiere a la ilegalidad. Pero puesto que lo desigual y lo ilegal no son lo mismo, sino diferentes, como la parte respecto del todo, lo injusto y la injusticia como desigualdad no son lo mismo, sino diferentes de lo injusto y la injusticia como ilegalidad, una como parte, otra como el todo, porque la injusticia en sentido particular es una parte de la injusticia total, y de la misma manera la injusticia en un sentido de la justicia en el otro. El injusto es desigual y lo injusto es lo desigual, claro está que hay un término medio de lo desigual, que es lo igual. Porque en toda acción en que hay lo más y lo menos hay también lo desigual, lo justo será lo igual. Si, pues, lo injusto es lo desigual, lo justo será lo igual; lo cual sin otra razón lo estiman así todos. Y puesto que lo igual es un medio, lo justo será también una especie de medio.

Lo justo, es pues, lo proporcional; lo injusto lo que esta fuera de la proporción, lo cual puede ser en más y en menos. Esto es lo que acontece en la práctica: el que comete injusticia es el que recibe más; es el que sufre, menos de lo que estaría bien.

En el mal es la inversa: el mal menor esta en concepto del bien comparando con el mal mayor. El mal menor es preferible al mayor; ahora bien, lo preferible es un bien.

La otra forma que resta es lo justo correctivo, que se da en las transacciones privadas, tanto en las voluntarias como en las involuntarias. Lo justo tiene aquí otra forma distinta de lo justo anterior. Lo justo distributivo, en efecto, se refiere a las cosas comunes, y es siempre conforme a la proporción antes dicha.

Paréceles a algunos que la reciprocidad o el talión es simplemente lo justo. Los pitagóricos así lo afirmaron al definir lo justo simplemente el sufrir uno lo mismo que hizo a otro. Pero el talión no está en consonancia ni con la justicia distributiva ni con la correctiva, por mas que pretenda decirse que esta es la justicia de Radamanto: "si uno padece lo que hizo ésta será la recta justicia".

Habrá, pues, reciprocidad cuando se hayan igualado las prestaciones, de manera que la relación entre el agricultor y el zapatero sea la misma que entre el producto del zapatero y el del agricultor. Sin embargo no es en el momento del cambio cuando hay que proceder a un esquema de proporción pues de ese modo uno de los extremos tendría ambos excesos, si no cuando ambas partes están aún en posesión de lo suyo.

Cuáles son las injusticias que hay que cometer para ser ya injusto en cada especie de injusticia, ya se trate del ladrón, del adultero o del bandido ¿ o es que no habrá ninguna diferencia?

Lo justo, en efecto, existe sólo entre hombres cuyas relaciones mutuas están gobernadas por la ley; y la ley existe para hombres entre quienes hay injusticias, puesto que la sentencia judicial es el discernimiento de lo justo y lo injusto. Y entre quienes puede haber justicia, pueden también cometerse actos injustos.

De lo justo político una parte es natural, otra legal. Natural es lo que en todas partes tiene la misma fuerza y no depende de nuestra aprobación o desaprobación. Legal es lo que en un principio es indiferente que sea de este modo o del otro, pero una vez constituidas las leyes deja de ser indiferente.

Hay diferencias entre la acción justa y lo injusto, así entre la acción justa y lo justo. Lo justo lo es por naturaleza o disposición de la ley; siendo la acción justa y las injustas las que acabamos de decir se cometen injusticias o se obra justamente cuando alguno ejecuta tales actos voluntariamente. Cuando procede involuntariamente, ni comete injusticias ni obra justamente sino por accidente, porque aconteció ser justo o injusto lo que hacia.

Hay tres especies de daños en las relaciones sociales. Los causados por ignorancia son errores cuando se obra sin darse cuenta ni de la persona afectada, ni del acto, ni del instrumento, ni del fin, como cuando no se pensó arrojar un proyectil a una persona, o con tal fin, sino que el resultado fue de otro modo de cómo pensó o la persona herida o el proyectil distintos de los que se supuso. Las cuestiones de justicia no existen sino entre quienes participan de los bienes absolutos, y que pueden recibir de ellos una parte excesiva o defectuosa. Porque hay algunos para quienes nunca pueden haber excesos en el disfrute de ellos, como son por ventura los dioses.

Por su parte NIncola Abbagnano[4] en su diccionario de Filosofía nos señala que por justicia en general se entiende el orden de las relaciones humanas o la conducta del que se adapta a este orden. Se pueden distinguir dos principales significados:

  1. El significado según el cual la Justicia es la conformidad de la conducta a una norma y;
  2. Aquel por el cual la justicia constituye la eficiencia de una norma o de un sistema de normas entendiéndose por eficiencia de una norma una determinada medida en su capacidad de hacer posibles las relaciones entre los hombres. En el primer sentido, se adopta este concepto para juzgar el comportamiento humano o la persona humana y esta última por su comportamiento. En el segundo significado se lo adopta para juzgar las normas que regulan el comportamiento mismo. La problemática histórica de los dos conceptos aún cuando unida y confuso a menudo es totalmente diferente.

El mismo autor menciona que Hobbes afirma que la justicia consiste simplemente en el mantenimiento de los pactos y que, por lo tanto, donde no hay un estado con poder coercitivo que asegure la observancia de los pactos no hay justicia ni injusticia.

Por otra parte Kant formuló la identificación de la justicia con la libertad señalando que "una sociedad en la cual la libertad bajo leyes externas se enlace en el más alto grado posible con un poder irresistible, o sea una constitución civil perfectamente justa es la tarea suprema de la naturaleza en relación con la especie humana".[5]

El mismo autor señala que en nuestros días Kelsen opuso a la justicia como ideal y racional la paz como medida empírica de la eficiencia de las leyes.

Por su parte Rawls identifica la justicia con la actuación de los principios de justicia relativos a la estructura fundamental de una sociedad bien ordenada que escogerían y actuarían de acuerdo con personas racionales libres e iguales o sea individuos que se encuentren en una situación de autonomía. 

En este sentido Rawls reformuló los dos principios de la justicia señalando que toda persona tiene igual titulo a un sistema plenamente adecuado de derechos iguales y libertades fundamentales; la asignación de ese sistema a una persona es compatible con su asignación a todos lo cual, debe garantizar el valor justo de iguales libertades políticas y en relación al segundo principio señalo que las desigualdades sociales y económicas deben satisfacer la coedición de estar asociadas a posiciones y cargos abiertos a todos en condiciones de justa igualdad en materia de oportunidades y por otra parte proporcionar el máximo beneficio a los miembros menos favorecidos de la sociedad.

OPINIÓN PERSONAL

El tema de la justicia a sido central en la historia del pensamiento humano en mi opinión los conceptos y definición de la idea de justicia tienen relación con el devenir histórico así por ejemplo si pensamos cual pudo haber sido la idea de justicia en el hombre primitivo tendríamos que asociarlo con una idea de lo que pudiera ser conveniente, útil o peligroso para ese grupo donde era difícil detenerse a pensar si una acción determinada era justa o injusta, el pensamiento primitivo debió haber estado más relacionado con las ideas de satisfacción, peligro, en la búsqueda de ciertos satisfactores y en huir de peligros que conllevaban la muerte y la destrucción del mismo hombre y de su especie.

Posteriormente la idea de justicia al implementarse la religión como un pensamiento sistemático y ordenado en relación a la divinidad tendría que tener relación con los deseos de esa divinidad, quien finalmente estaría protegiendo al hombre en sus necesidades primarias y en su cultura, así la idea de justicia se asociaría con la idea de lo útil y lo conveniente para el orden social y religioso.

Por otra parte si pensamos por ejemplo en la estructura social de los egipcios pensaríamos en un orden jerárquico que es el que determina cuales son las acciones justas y cuales injustas como de nueva cuenta una u otra idea se van a relacionar con aquello que es socialmente conveniente y que permite el desarrollo económico en este caso de los egipcios, quienes tendrían que defender no solo a sus dioses tutelares sino también a los diferentes grupos jerarquizados por lo tanto hablaríamos de diferentes ideas de justicia según el grupo determinado al que cada individuo perteneciera, así quiero pensar que en las diferentes líneas de las relaciones humanas existen diferentes tratamientos según jerarquía social, grupo religiosos, sexo, raza, jerarquía militar, actividad económica, en esta forma si nos ponemos a reflexionar existirían históricamente hablando varias ideas de los que es la justicia, al igual existirían diferentes conceptos de derecho, ética, religión, ideas que nos llevan a revisar en un contexto antropológico y jurídico la justicia desde el punto de vista desde los diferentes contextos culturales e históricos de los pueblos.

Señalábamos en párrafos anteriores algunas ideas sobre como pudo haber sido el concepto de justicia en la antigüedad y despues hemos visto en el curso de este ensayo que la idea se organiza en torno al precepto de dar a cada quien lo que le corresponde de acuerdo a su merito o demerito, sin embargo el precepto es tan amplio que nos permite diferentes lecturas de acuerdo nuevamente a la ideología de cada época así por ejemplo esta definición que se le atribuye a Ulpiniano y que fue adoptada por los juriscultos romanos como la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo no siempre a sido aplicada en un justo equilibrio basta recordar las diferencias en la aplicación de los justo cuando las luchas de religión en la edad media por ejemplo donde se consideraba justo y conveniente eliminar, acosar y destruir a los que tenían ideas religiosas diferentes así se establecen marginaciones para los julios y árabes en Europa o al revés para los judíos y cristianos en los países controlados por el Islam en este mismo sentido existía y quizás existe una diferente justicia para los pobres y otra para los ricos, donde las diferencias se han dado históricamente no solo en relación a los ingresos económicos sino también a ciertos signos externos como los raciales o culturales, todo esto nos lleva a la idea que si bien es cierto de que se busca el ideal de justicia esta idea es central pero solo se aplica dentro de un grupo muy homogéneo, es decir la justicia en el sentido de dar a cada quien lo que le corresponde tendría mayor peso normativo a medida de que hubiera más integración en un grupo determinado y cuando me refiero a un grupo determinado no debemos de perder de vista la idea de que los grupos están integrados por subgrupos en forma tal que a pesar de que actualmente se busca una homogenización de la justicia, las normas y el derecho se han dado casos de discriminación muy notorias por ejemplo hacia las mujeres, los menores, las razas diferentes, los proletarios y demás grupos que se van formando en el curso de la integración social.

La Justicia es un ideal de distribución y de equilibrio de difícil realización en donde los investigadores modernos deben estudiarla desde el contexto de incorporar a más y mayores cantidades y calidades de hombres en un equilibrio armónico que tienda a la búsqueda de la felicidad individual y social.     

Por

Abraham Bastida Aguilar

 

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